Este documento resume la regulación del salario en España. Explica que el salario está regulado por la Ley del Estatuto de los Trabajadores y cubre temas como el salario mínimo interprofesional, la igualdad de remuneración y el Fondo de Garantía Salarial. También define los diferentes tipos de salario como el salario en especie, por obra o servicio, y por unidad de tiempo. Resalta la importancia del salario mínimo y del Fondo de Garantía Salarial para proteger a los trabajadores.
2. 1.-LEY REGULADORA
El Salario es regulado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social.
Los artículos de estudio son los siguientes:
Artículo 26. Del salario
Artículo 27. Salario mínimo interprofesional.
Artículo 28. Igualdad de remuneración por razón de sexo.
Artículo 29. Liquidación y pago.
Artículo 30. Imposibilidad de la prestación
Artículo 31. Gratificaciones extraordinarias.
Artículo 32. Garantías del salario.
Artículo 33. El Fondo de Garantía Salarial.
2. APLICACIÓN PRÁCTICA
El salario se conoce como las retribuciones que se reciben al desempeñar un trabajo eficaz
en una empresa o por cuenta ajena y este se puede recibir en dinero o en especie, en ningún
caso el salario en especie podrá superar el 30% de las retribuciones salariales del trabajador.
El salario se compone por un salario base que será lo mínimo que debe pagarse al
trabajador por el trabajo que esté realizando dependiendo de la familia profesional a la que
pertenezca y del trabajo que realiza y por los complementos salariales que son cantidades
que se suman al salario base.
Tipos de salario:
· Según el medio de pago empleado, será en especie donde se le abonará al trabajador su
salario en forma de productos, servicios, vivienda vacacional… y el valor de este pago no
puede superar el 30% del salario del trabajador. También según el medio de pago podrá
ser en metálico, es decir, por medio de dinero aunque puede ser por distintos métodos de
transferencia.
3. También podemos encontrar salarios que se pagan por obra o servicio, por unidad de
tiempo empleado, es decir, por horas y de tipo mixto donde el salario se determina según el
tiempo del servicio realizado y el trabajo
Salario mínimo interprofesional (SMI)
Es la cantidad mínima que se puede recibir un trabajador realizando una jornada
completa aunque este salario mínimo interprofesional puede ser mejorado por convenio
colectivo.
Fondo de Garantia Salarial (FOGASA)
Es un tipo de protección hacia el trabajador donde se le asegurará el salario a los
trabajadores y está compuesto por el fondo de garantía salarial (FOGASA) que es un
organismo que se asegura de llevar a cabo los pagos de las empresas en el momento en el
que tengan deudas con los trabajadores por quiebra o suspensión de pago de la propia
empresa este tipo de organismo se financia por las cotizaciones similares a la de la
seguridad social en cuanto a riesgo laboral o enfermedad profesional y el pago que
realizará FOGASA será el triple del salario mínimo interprofesional incluyendo las pagas
extraordinarias con un máximo de 150 días exceptuando el caso de despido o extinción del
contrato donde el limite será de 1 año.
3. ELEMETOS CLAVES
En esta unidad yo destacaría por la importancia que es el Salario Minimo interprofesional
y el Fondo de Garantia Salarial (FOGASA)
¿Qué es el salario mínimo?
El salario mínimo interprofesional (SMI) fija la cuantía retributiva mínima que
percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo u edad
de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporeros.
El valor que toma el SMI se fija cada año por el Gobierno, mediante la publicación de un
Real Decreto. Y para la determinación del mismo se tienen en cuenta factores como el
IPC, la productividad media nacional alcanzada o el incremento de la participación del
trabajo en la renta nacional.
Para el año 2015 el Ministerio de Empleo y Seguridad Social fijó el Salario Mínimo
Interprofesional en los siguientes valores:
Salario Mínimo diario: 21,62€
Salario Mínimo mensual: 648,60€
Salario Mínimo anual: 9080,40€ (14 pagas)
Estos valores representan un incremento del 0,5% respecto al pasado año 2014.
4. Otro punto clave de esta unidad. Es el FOGASA como entidad responsable de los salarios
no percibidos por los trabajadores.
Esta entidad esta a disposición de los trabajadores cuando las empresas se encuentran
declaradas en insolvencia o en concurso de acreedores.
4.CONCLUSIONES
La existencia de un salario mínimo es fundamental pero, bajo mi punto de vista, es necesaria
la revisión de las cantidades. Creo que es de urgencia comprobar el nivel de vida existente
en España, el precio de los productos de primera necesidad y servicios diarios, el precio de
los alquileres etc. De forma que el salario mínimo ofrezca a los trabajadores que lo reciben
una vida digna y posible.