UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
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1. ROSA MARÍA SAMPEDRO MORENO
FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL
Mejora de gestión y protección social
en el Sistema Especial para
Empleados del Hogar.
2. Como consecuencia de la aprobación del Real
Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de
mejora de gestión y protección social en el
Sistema Especial para Empleados de Hogar y
otras medidas de carácter económico y social, se
han introducido una serie de modificaciones en la
configuración jurídica del Sistema Especial para
Empleados de Hogar. Por otra parte, la Ley
22/2013 de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2014 ha variado el tipo de cotización
por contingencias comunes y su distribución
entre empleador y empleado.
3. AFILIACIÓN ALTA Y BAJA EN LA
SEGURI DAD SOCI AL
Desde el 1 de abril de 2013, los trabajadores
incluidos en el Sistema Especial para Empleados
de Hogar establecido en el Régimen General de
la Seguridad Social que presten sus servicios durante
menos de 60 horas mensuales por empleador
deberán formular directamente su afiliación, altas,
bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden
con tales empleadores. En todo caso, las solicitudes
de alta, baja y variaciones de datos presentadas por
los empleados de hogar deberán ir firmadas por sus
empleadores.
4. COTIZACIONES A LA SEGUIRDAD
SOCIAL
En el año 2014, las bases de cotización por contingencias comunes y
profesionales se determinarán con arreglo a la siguiente escala, en función de
la retribución percibida por los empleados de hogar:
Tramo Retribución mensual incrementada en la
proporción de pagas extraordinarias €/mes
Base de
cotización €/mes
1º Hasta 172,05 147,86
2º Desde 172,06 hasta 268,80 244,62
3º Desde 268,81 hasta 365,60 341,40
4º Desde 365,61 hasta 462,40 438,17
5º Desde 462,41 hasta 559,10 534,95
6º Desde 559,11 hasta 655,90 631,73
7º Desde 655,91 hasta 753,00 753,00
8º Desde 753,01 790,65
5. Forma del contrato: de palabra o por escrito. En los
contratos de duración determinada por tiempo igual o
superior a 4 semana será por escrito.
Duración del contrato: Indefinido o de duración
determinada. También podrá realizarse un periodo de
prueba inferior a 2 meses estando obligados a cumplir con
las respectivas prestaciones
Cuando la duración del contrato sea superior a 4 semanas
el trabajador debe recibir información sobre los elementos
esenciales del contrato.
6. JORNADA, VACACIONES Y
PERMISOS
La jornada máxima semanal será de 40 horas de trabajo
efectivo
Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente
deberá haber un descanso mínimo de 12 horas.
El empleado interno dispondrá al menos de dos horas
diarias para las comidas principales.
El descanso semanal será de 36 horas consecutivas
El periodo de vacaciones anuales será de 30 días naturales
que podrán fraccionarse o dos o más periodos.
Durante las vacaciones, el trabajador no estará obligado a
residir en el domicilio familiar
7. VENTAJAS INCONVENIENTES
En caso de baja por
contingencias
profesionales
(accidente o
enfermedad), la
prestación se
percibirá a partir del
día siguiente al de
la baja médica,
siendo la mutua la
responsable de la
prestación
8. OPINIONES NEGATIVAS SOBRE EL
NUEVO SISTEMA:
Isabel Ochoa (asesora legal de la Asociación de Trabajadoras de
Hogar de Vizcaya) el nuevo sistema le parece negativo. "Hay que tratar
a las empleadas del hogar como el resto de los sectores: que el
empleador te dé siempre de alta, aunque hagas pocas horas”
Desde Comisiones Obreras (CCOO) su Secretario de Seguridad
Social, Carlos Bravo, desaconseja el uso del nuevo sistema, y
recomienda que sigan haciéndose cargo de las cotizaciones los
empleadores. “El nuevo sistema es más desfavorable para la
empleada, pero también para el empleador: recuerda entre otras cosas
que las bonificaciones para los empleadores se pierden al cambiar de
sistema, y que el empleador queda como responsable subsidiario de
los eventuales incumplimientos de cotización en los que pudiese
incurrir la empleada; mi recomendación sería que el empleador dé el
alta, tramite una vez las cosas, domicilie el pago y no se complique la
vida"
9. Miguel Ángel Vílchez (Secretario del Consejo General
de Gestores Administrativos), dice que con este cambio el
sistema se complica: "Complejidad toda; sencillez ninguna.
Además, cree que es poco beneficioso para la Seguridad Social.
"La cotización se adapta mejor ahora que antes. Antes cuando
uno escogía una determinada cotización la tenía que mantener
durante todo el año; mientras que ahora un mes puedes cotizar
más, otro mes menos... y se presta mucho más al fraude y a la
manipulación"
10. COMENTARIO PERSONAL:
He escogido este tema ya que me llama la atención debido a los pocos
beneficios que estos trabajadores reciben. Considero que este empleo es
tan respetuoso como otros y se debería comparar como otros empleos y
percibir las mismas condiciones y derechos que los demás.
Estoy de acuerdo con la reforma que se ha realizado, aunque aún así
pienso que no está suficientemente compensado. Como bien he puesto en
uno de los comentarios anteriores )dicho por Isabel Ochoa de la
Asociación de Trabajadoras de Hogar) Hay que tratar a las empleadas del
hogar como el resto de los sectores.
Con la nueva reforma las empleadas del hogar cotizaran a la seguridad
social en el régimen general aunque no tendrán derecho a cobrar
desempleo, confiemos en que este punto cambiará para que haya
igualdad de condiciones para todos los trabajadores.
Adjunto un video en el que se explica algunos puntos de laa nueva
normativa:
https://www.youtube.com/watch?v=shlxe4fw9cs
11. Ministerio de empleo y seguridad social:
http://www.empleo.gob.es/es/portada/serviciohogar/masinformacion/index.htm
Real decreto-ley 29-2012 mejora de gestión y protección social en el sistema
especial para empleados de hogar y otras medidas de carácter económico y
social:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdl29-2012.html
Noticias:
http://www.cadenaser.com/economia/articulo/empleadas-hogar-horas-podran-
volver-cotizar-mismas/csrcsrpor/20130331csrcsreco_1/Tes
http://www.lexdiario.es/noticias/193475/entran-en-vigor-los-cambios-en-el-sistema-
especial-de-empleados-de-hogar
FUENTES DE INFORMACIÓN