Memorias.- Introducción al Pensamiento
Romano
Curso de admisión (Preuniversitario)
- Néstor Toro Hinostroza -
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTIAGO DE GUAYAQUIL
INTRODUCCIÓN AL PENSAMIENTO ROMANO – DR. RICKY BENAVIDES
NÉSTOR TORO HINOSTROZA
MATERIAL DEL PREUNIVERSSITARIO DE DERECHO
PERÍODOS HISTÓRICOS DE ROMA
- Monarquía (753 – 509 A.C.).- el superior era el rey
- República (509 – 30 A.C.).- los superiores eran los magistrados y los cónsules
- Imperio (30 A.C. – 476 D.C.).- el superior era el emperador
MONARQUÍA
ACERCA DEL REY DE LAS DEMÁS CLASES SOCIALES
En Roma, el rey era al mismo tiempo: jefe judicial, jefe religioso, jefe del ejército y jefe político; este
proponía leyes, las cuales eran aprobadas por comicios por curias, generalmente estas leyes no eran
escritas.
En Roma, de todos los magistrados, el más importante era el rey; cabe recalcar que en esta sociedad,
las primeras leyes escritas fueron las doce tablas (en la república), las cuales favorecían a los
patricios.
Por otro lado, las clases sociales en Roma, pueden resumirse de la siguiente manera:
- Patricios.- descendientes de los fundadores de Roma
- Plebeyos.- una clase social, en la cual no existía el derecho al voto
- Clientes.- dependían de los patricios
Al inicio de la monarquía la cantidad de senadores eran cien y solamente los patricios tenían
conocimiento de las leyes.
En la monarquía, en cuanto a su relación con el rey, existía una suerte de desbalance por la lex curiata
Imperium, la cual otorgaba todo el poder posible para ejercer sobre la sociedad a los magistrados y al
rey, sin hacer distinción.
En la monarquía romana, el cargo del rey era vitalicio.
LOS SIETE REYES DE ROMA DURANTE LA MONARQUÍA
1. Rómulo
2. Numa Pompilio
3. Tulio Hostilio
4. Anco Marcio
5. Tarquino Priscio
6. Servio Tulio
7. Tarquino “el soberbio”
De todos estos reyes fue Servio Tulio quien para un mejor manejo de la economía en el reino introdujo
reformas necesarias, los llamados comicios por centurias.
Estos comicios por centurias eran llevados a cabo por las curias, las cuales agrupaban tres tribus:
latinos, sabinos y etruscos, que estaban encargados de aprobar leyes.
EL SENADO ROMANO
El senado romano recibe su nombre de la palabra senectus o senectud en español, que se refiere a las
edades más avanzadas de la vida humana y esto es porque al senado romano lo conformaban los
patricios más ancianos (considerados sabios) de Roma, al inicio eran 100 y eran una suerte de
consultores o consejeros, encargados de convalidar leyes.
REPÚBLICA
ORGANIZACIÓN Y FORMAS DE REPÚBLICA
La república romana estaba conformada por los magistrados, los más importantes de estos eran los
llamados cónsules, de entre los cuales solo dos podían vetar las decisiones, estos cónsules duraban 1
año en el poder.
Dentro de Roma se supieron distinguir tres tipos de república:
- Aristocrática.- conformada por patricios y los demás cargos públicos
- Democrática.- conformada por los plebeyos y estos empiezan a tener cargos
- Decadentes.- es la corrupción en sí
La república estaba formada por: senados y comicios. Los senados decidían la paz y la guerra y estos
senados estaban formados por ex cónsules, en caso de vacancia respecto de la representación de la
república, aparecía una figura de gobierno llamada interrex o interregno en la cual solo podían
presidir los patricios.
- Comicios centuriados.- hacen las leyes en Roma
- Curiados.- nacen gracias a las reformas de Servio Tulio, estaban encargados de los actos
religiosos y sobre la decisión de derechos privados.
- Tribus o tribados.- estaban formados por 4 urbanos y 31 rurales, estos decidían
legislativamente cosas de menor importancia
ACERCA DE LAS MAGISTRATURAS
Los magistrados podían ser ordinarios o también extraordinarios cuando eran tiempos de guerra (en
tiempo de dictaduras desaparecían las magistraturas ordinarias y los cónsules elegían al dictador), en
ambos casos, estos tenían la potestad de crear leyes; su servicio era honorífico (gratuito), trabajaban
en órganos colegiados de hasta 20 personas, sus funciones eran temporales y elegidos a través de los
comicios centuriados.
Los magistrados tenían dos atribuciones: Imperium, es decir, que podían tomar decisiones sin previa
consulta; y, potestas, que era la facultad para publicar edictos.
CÓNSULES
En las magistraturas no había rey, puesto que los cónsules reemplazaban a este.
Existían dos tipos de cónsules: los jefes civiles y militares, para poder tener un equilibrio y evitar
abusos de poder. Estos eran elegidos también por los comicios centuriados, duraban un año en el
cargo y la edad mínima para ejercer este cargo eran los 43 años.
PRETORES
Eran los encargados de administrar justicia, podían ser urbanos cuando era entre ciudadanos y
peregrinos cuando era entre extranjeros. Estos duraban un año en sus cargos y tenían tanto las
facultades de Imperium y potestas.
CENSORES
Era la magistratura de mayor honor, puesto que habían concluido el cursus honorum, solo había dos
censores que eran elegidos cada cinco años por los comicios centuriados; tenían a su cargo las tareas
de los censos y de la supervisión de las conductas morales, además de las finanzas públicas. Estos
solamente tenían la facultad de potestas.
EDILES CURULES
Eran de menor jerarquía, eran una calidad de alguaciles, pues sus funciones se ceñían a lo municipal
tal cual policías municipales; estos conocían los litigios en los mercados; existían dos ediles curules,
los cuales tenían solamente la facultad de potestas.
CUESTORES
Existían dos cuestores y entre sus requisitos estaba que tengan un mínimo de 30 años de edad; estaban
encargados de administrar el tesoro público y las finanzas. Duraban un año en el cargo.
TRIBUNADOS
Los tribunados tenían como principales funciones la de defender los derechos de la plebe, así como
el derecho de veto. Estos tribunados permitían la formación de los concilia plebis que era una
asamblea de la cual estaban excluidos los patricios y aquí era donde se escogían a los ediles curules
y a los tribunos de la plebe.
DIFERENCIAS MONARQUÍA – REPÚBLICA
- En la monarquía la fuente del derecho era la ley no escrita (costumbre)
- En la república, los magistrados podían ser ordinarios (2 cónsules para no concentrar poder)
y extraordinario que escogían el dictador, el cual gobernaba en casos especiales como la
guerra y presidían por seis meses.
- Durante la república se expidió una de las mayores fuentes legales de Roma: las lex
duodecimun tabulae (ley de las doce tablas), las cuales fueron escritas por los patricios y
estaban organizadas de la siguiente manera:
1. I – II.- Procedimiento judicial
2. III.- deudores insolventes
3. IV.- Patria potestas
4. V.- Tutela, curatela y matrimonio
5. VI.- Propiedad
6. VII.- Servidumbre
7. VIII.- Derecho Penal
8. IX.- Derecho Público
9. X.- Derecho Canónico
10. XI – XII.- Normas complementarias para las demás tablas
ELEMENTOS DE LAS LEYES ROMANAS Y OTRAS LEYES
Praescriptio.- Contenía el nombre del magistrado que elaboraba la ley y la fecha de la
votación.
Rogatio.- Es el texto de la ley
Sanctio.- Es la sanción o consecuencia perjudicial en caso de incumplimiento, podía ser:
o Perfectos.- anulan el acto violatorio
o Menos que perfectos.- se castiga al culpable, pero no se le anula el acto violatorio
o Imperfectos.- carecen de sanción
o Más que perfectos.- castigo del culpable y anulación del acto violatorio
Al final de la monarquía se expidieron tres leyes de gran relevancia:
1. Lex Canuleia.- permitía el matrimonio entre patricios y plebeyos
2. Lex Hortensia.- Todas las disposiciones, incluidas las decididas en la plebe eran de
obligatorio cumplimiento para los patricios y plebeyos.
3. Lex Publilia.- Las leyes aprobadas en senado ahora debían contar con la auctoritas
(autorización) para ser sometidas a decisión popular.
FUENTES DEL DERECHO ROMANO
- Senados consultos o senatus consultum.- era la medida legislativa emitida por el senado
- Edictos.- era el informe o programa que dicta el magistrado
- Jurisprudencia.- opiniones emitidas por los jurisconsultos (persona sabia del Derecho en
virtud de su prudencia)
Respecto de la jurisprudencia una de las que más resaltó a través del tiempo fueron las leyes de citas
o leyes de muertos, las cuales fueron escritas por cinco jurisconsultos connotados: Gayo, Papiniano,
Paulo, Ulpiano y Modestino
FUNCIONES DE LOS JURISCONSULTOS
- Respondere.- Absolver consultas verbales
- Cavere.- Redactar documentos jurídicos
- Agere.- Asistir a las partes dentro de un litigio o juicio
- Escribere.- Elaborar obras doctrinales acerca del derecho