El Plan Anual de Contrataciones es aprobado por el Titular de la Entidad o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, de conformidad con las reglas previstas en la normatividad del Sistema Nacional de Abastecimiento.
4. Artículo 6.- Aprobación y modificación del Plan Anual de Contrataciones
6.1 El Plan Anual de Contrataciones es aprobado por el Titular de la Entidad
o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, de
conformidad con las reglas previstas en la normatividad del Sistema Nacional
de Abastecimiento.
6.2 Luego de aprobado, el Plan Anual de Contrataciones, puede ser
modificado en cualquier momento durante el año fiscal para incluir o excluir
contrataciones.
6.3 La entidad publica su Plan Anual de Contrataciones y sus modificaciones
en el SEACE y, cuando lo tuviere, en su portal institucional. Dicha publicación
se realiza dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la aprobación del
Plan Anual de Contrataciones o de sus modificaciones, e incluye, la
publicación del correspondiente documento aprobatorio, de ser el caso.
6.4 Es requisito para la convocatoria de los procedimientos de selección,
salvo para la Comparación de Precios, que estén incluidos en el Plan Anual
de Contrataciones, bajo sanción de nulidad.
31. Artículo 53. Procedimientos de selección
53.1. Para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías u obras,
la Entidad utiliza, según corresponda, los siguientes procedimientos de
selección:
a) Licitación Pública.
b) Concurso Público.
c) Adjudicación Simplificada.
d) Subasta Inversa Electrónica.
e) Selección de Consultores Individuales.
f) Comparación de Precios.
g) Contratación Directa.
53.2. La determinación del procedimiento de selección se realiza en atención al
objeto de la contratación, la cuantía y las demás condiciones para su empleo
previstos en la Ley y el Reglamento.
32. Artículo 53. Procedimientos de selección
53.3. En el caso de contrataciones que involucren un conjunto de
prestaciones de distinta naturaleza, el objeto se determina en función a la
prestación que represente la mayor incidencia porcentual en el valor
referencial o valor estimado de la contratación.
33. LICITACION PÚBLICA
Artículo 70.
Etapas 70.1. La Entidad utiliza la Licitación Pública para contratar bienes y
obras. La Licitación Pública contempla las siguientes etapas:
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes.
c) Formulación de consultas y observaciones.
d) Absolución de consultas, observaciones e integración de bases.
e) Presentación de ofertas.
f) Evaluación de ofertas.
g) Calificación de ofertas.
h) Otorgamiento de la buena pro.
34. CONCURSO PÚBLICO
SERVICIOS EN GENERAL
Artículo 78. Concurso Público para contratar servicios en general
El Concurso Público para contratar servicios en general se rige por las
disposiciones aplicables a la Licitación Pública contempladas en los artículos
70 al 76.
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes.
c) Formulación de consultas y observaciones.
d) Absolución de consultas, observaciones e integración de bases.
e) Presentación de ofertas.
f) Evaluación de ofertas.
g) Calificación de ofertas.
h) Otorgamiento de la buena pro.
35. CONCURSO PÚBLICO
CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA EN GENERAL Y CONSULTORÍA
DE OBRAS
Artículo 79. Etapas
El Concurso Público para contratar consultoría en general y consultoría de
obra contempla las siguientes etapas:
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes.
c) Formulación de consultas y observaciones.
d) Absolución de consultas, observaciones e integración de bases.
e) Presentación de ofertas.
f) Calificación de ofertas.
g) Evaluación de ofertas.
h) Otorgamiento de la buena pro.
36. ADJUDICACION SIMPLIFICADA
Artículo 88. Etapas
88.1. La Adjudicación Simplificada para contratar bienes, servicios, consultoría
en general, consultorías de obras y ejecución de obras contempla las
siguientes etapas:
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes.
c) Formulación de consultas y observaciones.
d) Absolución de consultas, observaciones e integración de bases.
e) Presentación de ofertas.
f) Evaluación y calificación.
g) Otorgamiento de la buena pro.
37. SELECCIÓN DE CONSULTORES INDIVIDUALES
Artículo 93. Etapas de la Selección de Consultores Individuales
La Selección de Consultores Individuales contempla las siguientes etapas:
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes.
c) Recepción de expresiones de interés.
d) Calificación y evaluación.
e) Otorgamiento de la buena pro.
38. COMPARACIÓN DE PRECIOS
Artículo 98. Condiciones para el empleo de la Comparación de Precios
98.1. Para aplicar el procedimiento de selección de Comparación de Precios, la
Entidad verifica que los bienes y/o servicios en general objeto de la contratación
sean de disponibilidad inmediata, fáciles de obtener en el mercado, se
comercialicen bajo una oferta estándar establecida por el mercado y que no se
fabrican, producen, suministran o prestan siguiendo la descripción particular o
instrucciones dadas por la Entidad contratante.
98.2. Una vez definido el requerimiento de la Entidad, el órgano encargado de
las contrataciones elabora un informe en el que consta el cumplimiento de las
condiciones para el empleo del procedimiento de selección de Comparación de
Precios.
98.3. El valor referencial de las contrataciones que se realicen aplicando este
procedimiento de selección es igual o menor a quince (15) UIT.
39. CONTRATACIÓN DIRECTA
Artículo 100. Condiciones para el empleo de la Contratación Directa
La Entidad puede contratar directamente con un proveedor solo cuando se
configure alguno de los supuestos del artículo 27 de la Ley bajo las
condiciones que a continuación se indican:
a) Contratación entre Entidades.
b) Situación de Emergencia.
c) Situación de desabastecimiento.
d) Contrataciones con carácter secreto, secreto militar o por razones de
orden interno.
e) Proveedor único.
f) Servicios personalísimos.
g) Servicios de publicidad para el Estado.
h) Servicios de consultoría distintos a las consultorías de obra que son
continuación y/o actualización de un trabajo previo ejecutado por un consultor
individual.
40. CONTRATACIÓN DIRECTA
i) Contratación de bienes o servicios con fines de investigación,
experimentación o desarrollo de carácter científico o tecnológico.
j) Adquisición y arrendamiento.
k) Contrataciones derivadas de un contrato resuelto o declarado nulo cuya
continuidad de ejecución resulta urgente.
l) Contrataciones de servicios de capacitación de interés institucional.
41. SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
Artículo 112. Etapas de la Subasta Inversa Electrónica
112.1. El procedimiento de Subasta Inversa Electrónica tiene las siguientes
etapas:
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes, registro y presentación de ofertas.
c) Apertura de ofertas y periodo de lances.
d) Otorgamiento de la buena pro.