Una de las principales novedades del nuevo Código Civil y Comercial respecto del régimen patrimonial del matrimonio es la posibilidad que tienen los cónyuges de elegir qué tratamiento se dará a los bienes generados durante su vida en común. Mediante la celebración de un acuerdo llamado “convención matrimonial”, podrán decidir entre un régimen de separación de bienes y el tradicional de comunidad. Esta opción quedará asentada en el acta matrimonial, a través de una anotación marginal, y se podrá modificar tantas veces como se desee, siempre que se cumpla un año de permanencia en el régimen elegido.
Además de describir las características de ambos regímenes, este capítulo desarrolla otros temas vinculados con el vínculo matrimonial, entre ellos, el deber de asistencia mutua, la obligación de alimentos, la responsabilidad solidaria durante el matrimonio, el convenio regulador en caso de divorcio y los asentimientos necesarios para enajenar o gravar un bien. Por último, también se abordan cuestiones relacionadas con las sucesiones, como la acción de petición de herencia, la responsabilidad del heredero, y las porciones disponibles y legítimas.
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linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
Rodrigo f. García - Régimen patrimonial del matrimonio del Nuevo Código Civil y Comercial
1. CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN
2015
REGIMEN PATRIMONIAL DEL
MATRIMONIO Y DE LAS UNIONES
CONVIVENCIALES
Rodrigo Fermín García
2. DE QUÉ HABLAREMOS HOY
• La democratización del Derecho de Familia
• Derechos y deberes de los cónyuges
• Convenciones matrimoniales
• Régimen de comunidad y Régimen de separación de bienes
• El proceso de divorcio y sus efectos
• Uniones convivenciales
• Los tres asentimientos
• Art. 7 y divorcios en tramite
• Sucesiones
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3. LA DEMOCRATIZACIÓN DEL DERECHO DE FAMILIA
PRINCIPIOS RECTORES
• Igualdad y no discriminación
• Libertad y Autonomía de la voluntad
• Cambio de paradigmas
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4. DERECHOS Y DEBERES DE LOS CÓNYUGES
Asistencia mutua (Art. 431) Compromiso de desarrollar un proyecto de vida en común:
- Cooperación
- Convivencia
- Fidelidad
Alimentos (Arts. 432 y 455) Durante la vida en común y la separación de hecho.
Luego del divorcio, excepcionalmente y por plazo determinado.
Responsabilidad Solidaria Necesidades ordinarias del hogar
(Art. 461) Sostenimiento y educación de los hijos.
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5. CONVENCIONES MATRIMONIALES
¿Qué son?:
Acuerdos relativos a los efectos económicos del matrimonio.
Objetos Permitidos (Art. 446):
- Designación y avalúo de bienes.
- Enunciación de las deudas.
- Donaciones reciprocas.
- Opción por alguno de los regímenes patrimoniales.
- Forma y Publicidad (Art. 448) Escritura pública – Anotación marginal.
- Modificación del régimen (Art. 449): - Por acuerdo de cónyuges.
- Un año de permanencia.
- Anotación marginal del cambio.
- Acción de acreedores perjudicados.
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6. RÉGIMEN DE COMUNIDAD
- Carácter supletorio (Art. 463).
- Presunción de ganancialidad (Art. 466).
- Deudas de los cónyuges y recompensas (Art. 467 y 468).
- Extinción de la comunidad Muerte
(Art. 475) Anulación del matrimonio
Divorcio
Separación judicial de bienes
Cambio de régimen
- Separación Judicial de bienes:
(Art. 477) Mala administración
Concurso o quiebra
Separación de hecho
Designación de curador a un tercero
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7. REGIMEN DE SEPARACION
Gestión de los Libre administración y disposición
Bienes personales: (salvo vivienda familiar y muebles del hogar).
(Art. 505)
Prueba de la Amplitud de prueba entre cónyuges y terceros
Propiedad exclusiva:
(Art. 506).
Cese del Régimen: Disolución del matrimonio.
(Art. 507) Modificación del régimen convenido.
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8. EL PROCESO DE DIVORCIO Y SUS EFECTOS
- Adiós al divorcio “causado” No hay causas objetivas, ni cónyuges culpables.
- El convenio regulador ¿Cómo se gesta?
(Art. 439) ¿Suspende el divorcio la falta de acuerdo?
Homologación y afectación de los intereses del grupo familiar
Contenido, vigencia y garantías
Atribución del uso de la vivienda familiar
- Compensación económica Desequilibrio manifiesto
Fijación judicial - caducidad
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9. UNIONES CONVIVENCIALES
- Ámbito de aplicación (Art. 509) Relaciones afectivas estables de dos personas que
comparten un proyecto de vida
- Efectos jurídicos Convivencia durante al menos 2 años
(Art. 510)
- Registración Con fines probatorios a solicitud de ambos integrantes
(Art 511)
- Pactos de convivencia Autonomía de la voluntad
(Art. 513) Contenido Contribución a las cargas
Atribución del hogar común
División de bienes
Oponibles a terceros desde su inscripción
- Vivienda familiar Atribución Del uso. Dos años máximo.
(Arts. 526/527) Derecho real de habitación gratuito. Dos años máx.
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10. LOS TRES ASENTIMIENTOS
Asentimiento conyugal Genérico (Art. 456)
- Protege la vivienda familiar y los muebles indispensables
- 6 meses para demandar la nulidad o restitución
Asentimiento conyugal Especial (Art. 470)
- Solo en el régimen de comunidad
- Protege el derecho en expectativa del cónyuge no titular
Asentimiento convivencial (Art. 522)
- Solo para uniones inscriptas
- Protege vivienda familiar y muebles indispensables
- 6 meses para demandar la nulidad
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11. ARTÍCULO 7 Y DIVORCIOS EN TRÁMITE
- Art. 7
“A partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplican a las
consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes”
- Norma de derecho
No contempla relaciones jurídicas sometidas a transitorio insuficiente proceso al tiempo
de la entrada en vigencia de la nueva ley.
La acordada de la cámara de Trelew y la discusión doctrinaria
- El dictado de la sentencia de primera instancia y el consumo jurídico.
- La traba de la Litis.
- La garantía de defensa en juicio.
- El principio de congruencia y el iura novit.
- El derecho como guía de conducta.
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