Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Derecho Adjetivo y Sustantivo
1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Integrante:
25.629.908 María Mosquera
Sección: SAIA-ABarquisimeto, 25 de agosto de 2018
2. Es el conjunto de
reglamentaciones, leyes y
resoluciones, enmarcadas en un
sistema de instituciones, principios
y normas que regulan la conducta
humana dentro de una sociedad,
con el objetivo de alcanzar el bien
común, la seguridad y la justicia.
El Derecho se basa generalmente
determinados fundamentos
esenciales para hacer su uso, estas
son: la constitución, la ley, la
jurisprudencia, la costumbre, el acto
jurídico, los tratados, la doctrina,
entre otros.
3. Se refiere al conjunto de normas
que establecen derechos y
obligaciones a los sujetos que están
vinculados por el orden jurídico
establecido por el estado (código
civil).
Este establece el procedimiento para
ejecutar o hacer valer tales derechos
y que la doctrina universalmente ha
consagrado como el Derecho
procedimental como es el caso de
Derecho procesal civil, penal o laboral.
4. Hace referencia a una serie de
normas, preceptos o pautas que
demandan los derechos y
obligaciones de los individuos que
contienen nexos con el orden jurídico
propuesto por el estado, es decir, se
trata del derecho que implanta las
conductas que deben seguir
los sujetos.
Se encuentra anexado, como bien se dijo
en normas de contenido sustantivo, tales
como el Código Penal, el Código Civil,
entre otros.
5. El debido proceso es un principio
jurídico procesal o sustantivo, según el
cual toda persona tiene derecho a
ciertas garantías mínimas, tendientes a
asegurar un resultado justo y equitativo
dentro del proceso, y a permitirle tener
oportunidad de ser oído y hacer valer
sus pretensiones frente al juez.
6. Artículo 49. El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones
judiciales y administrativas; en consecuencia:
1. La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en
todo estado y grado de la investigación y del proceso.
2. 2. Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo
contrario.
3. Toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de
proceso, con las debidas garantías y dentro del plazo
razonable determinado legalmente, por un tribunal
competente, independiente e imparcial establecido con
anterioridad.
4. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces
naturales en las jurisdicciones ordinarias, o especiales, con
las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley.
5. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces
naturales en las jurisdicciones ordinarias, o especiales, con
las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley.
6. Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones
que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en
leyes preexistentes.
7. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio por los mismos
hechos en virtud de los cuales hubiese sido juzgada
anteriormente.
8. Toda persona podrá solicitar del Estado el restablecimiento o
reparación de la situación jurídica lesionada por error
judicial, retardo u omisión injustificados.