1. 26/05/2010
Módulo 2
Identificación, análisis de las cuentas y
Registros de Contabilidad
Duración 5 semanas. Del 4 de mayo al 3 de junio de 2010. Parcial: 3 de
Duración:
junio 2010
Objetivos Específicos:
1. Conocer los aspectos legales que regulan el ITBMS en
Panamá, tipos de contribuyentes, las incidencias en los
registros de contabilidad y las normas para la preparación y
presentación de declaraciones del ITBMS
2. Conocer los aspectos legales que regula el ISC y sus
procedimientos de los reconocimientos en los registros
contables y Estados Financieros.
Programa de Contabilidad I (Con 102) Prof. Néstor O. Paz D.
1
Módulo 2
Identificación, análisis de las cuentas y
Registros de Contabilidad
Contenido:
1. ITBMS:
a. Aspecto legal, Clases de contribuyentes
b. Aplicaciones contables, Operaciones Gravadas, Operaciones
no gravadas, Operaciones exentas
c. ITBMS Incluido y Operaciones exterior (Importación de Bienes)
d. Reconocimiento en los registros contables y Estados
Financieros
2. ISC:
1. Aspecto legal
2. Reconocimiento en los registros contables y Estados
Financieros
Programa de Contabilidad I (Con 102) Prof. Néstor O. Paz D.
2
Módulo 2
Identificación, análisis de las cuentas y
Registros de Contabilidad
Bibliografía:
1. Contabilidad General, Autor Néstor Oscar Paz
Díaz, Editorial McGraw-Hill, 2007, 4ta. Edición.
Capitulo IV,
2. Leyes del ITBMS
3. Ley Nº 45 de 14 de noviembre de 1995, que crea
el Impuesto Selectivo al Consumidor (ISC)
4. Ley Nº 49 de 17 de septiembre de 2009
5. Ley Nº 8 de 15 de mayo de 2010.
3
1
2. 26/05/2010
¿Qué significa ITBMS?
ITBMS:
ITBMS: Impuesto sobre la Transferencia de Bienes
Corporales Muebles y la Prestación de Servicios.
Comparación con otros países es decir IVA: IVA IVA:
Impuesto al valor agregado.
Permuta: Venta o prestación de servicios que realice
el contribuyente, por la cual reciba como
contraprestación un servicio o un bien que no sea
dinero de curso legal.
4
Aspecto Legal del ITBMS
Ley N°75 de 22 de diciembre Crea el ITBM (Adiciona al
de 1976 Código Fiscal Art. 1057v)
Decreto N°59 del 24 de marzo Reglamenta el Art. 1 de la Ley
de 1977 N°75 que creó el ITBM
Modifica el parágrafo 6°del
Art. 1057v del Código Fiscal)
Ley N°31 de 30 de diciembre
Gravamen del ITBM del 10%
de 1991
para Bebidas Alcohólicas y
Cigarrillos
Modifica el Gravamen para los
Ley Nº 28 de junio de 2001
cigarrillos al 15%
5
Aspecto Legal del ITBMS
Modifica los parágrafo 1 al 7,
Ley N°61 de 26 Diciembre
8, del 11 al 13, 15 y 16 del Art.
2002
1057v Código Fiscal ITBMS
Exoneración del ITBMS (5%)
por el consumo de alimentos
Ley 6 del 2 Febrero 2005 en restaurantes, en las cuales
Gaceta Oficial 25,232 no se sirvan bebidas
alcohólicas. (Art. 39. Parágrafo
8, literal b y numeral 17
Ley N 8 de 15 de marzo de A partir del 1 de Julio de 2010
2010 la cuota del 5% cambia al 7%
6
2
3. 26/05/2010
Operaciones que causan ITBMS
a. La transferencia de bienes corporales muebles
realizada por comerciantes, productores o industriales
en el desarrollo de su actividad, que implique o tenga
como fin transmitir el dominio de bienes corporales
muebles.
b. La prestación de todo tipo de servicios por
comerciantes, productores, industriales, profesionales,
arrendadores de bienes y prestaciones de servicios en
general, excluidos los de carácter persona que se
presten en relación de dependencia y los que se
prestan al Estado.
7
Prestaciones de Servicios
1. La realización por obras con o sin entrega de
materiales
2. Las intermediaciones en general.
3. La utilización personal por parte del dueño, socios,
directores, representantes legales, dignatarios o
accionistas de la empresa, de los servicios
prestados por éstas.
4. El arrendamiento de bines inmuebles y corporales
muebles o cualquier otra convención o acto que
implique o tenga como fin dar el uso o el goce del
bien.
8
Prestaciones de Servicios, que
incluyó la Ley Nº 8 de 15-Mar-2010
15-Mar-
5. Los espectáculos públicos, eventos, seminarios,
conferencias, charlas, presentaciones de agrupaciones
artísticas o musicales, artistas, cantantes, concertistas,
profesionales del deporte y profesionales en general,
no gratuitos, que se realicen en Panamá.
6. El Transporte aéreo de pasajero local e internacional.
7. El servicio de hospedaje o alojamiento público.
9
3
4. 26/05/2010
Parágrafo 1 Art. 1,1057v C.F. modificado
por la Ley 6 del 2-feb-2005
2-feb-
c. Importación de bienes corporales muebles o de
mercaderías ya sea que se estimen al uso o
consumo personal del introductor, ya sea que
se destinen a propósitos de beneficencia, de
culto, educativos, científicos o comerciales, ya
sea que se utilicen en la transformación,
mejora o producción de otros bienes y
cualquier objeto lícito
10
Obligación de pagar – Parágrafo 2 Ley 6-
6-
feb-2005
feb-
a. En las transferencias de bienes, en el momento de su facturación o
en el de la entrega, el que produzca primero de los referidos actos.
b. En la prestación de servicios, con cualquiera de los siguientes
actos, el que ocurra primero:
1. Emisión de la factura correspondiente.
2. Finalización del servicio prestado.
3. Percepción del pago total o parcial del servicio a prestar. En los casos en
prestar.
que la prestación de servicios consta en el cobro de honorarios por
servicios de agente registrado o residente, representante legal de naves u
otros servicios anuales de naturaleza recurrente (Ley Nº 8 de 15.Mar-2010)
15.Mar-2010)
c. En la importación, en el momento de la declaración – liquidación
de aduana y, en todo caso, antes de su introducción al territorio
fiscal de la República.
d. En el caso del uso o consumo personal del dueño o socios de la
empresa, del representante legal, dignatarios o accionistas en el
momento del retiro del bien o en el de su contabilización, el que se
produzca primero.
11
NO CAUSA ITBMS
a. Las transmisiones en capitulaciones
matrimoniales, aportes o división de bienes
conyugales.
b. La expropiación, ventas y prestación de
servicios que haga el Estado, salvo las que
efectúen las empresas industriales,
comerciales y financieras de éste.
c. Las adjudicaciones de bienes dentro de
cualesquiera juicios ordinarios o especiales,
incluyendo los juicios de división de bienes.
d. Las transferencias de documentos negociables
y de títulos y valores en general.
12
4
5. 26/05/2010
NO CAUSA ITBMS
e. Los pagos, incluidos los intereses pagados y
recibidos, generados por servicios financieros,
prestados por las entidades autorizadas
legalmente para prestar este tipo de servicios.
f. Los pagos e intereses de los aportes a fondos de
pensión, fondos de cesantía, fondos mutuos y
otros medios de ahorro.
g. Los servicios profesionales que se presten a
personas domiciliadas en el exterior, que no
generen renta gravable dentro de la República de
Panamá, sean sociedades, fundaciones de interés
privado, fideicomisos o naves.
13
NO CAUSA ITBMS
h. Los servicios legales que se presten a las
naves de comercio internacional inscritas en la
marina mercante nacional, así como la
inscripción de sus hipotecas navales.
14
EXENTOS DEL ITBMS
a. Las transferencias de:
1. Productos agropecuarios en estado natural.
2. Exportación y reexportación de bienes.
3. Bienes dentro de las zonas libres y de los que se
encuentren en recintos aduaneros, así como en
almacenes de depósito y cuyo dominio se transfiera
mediante endoso de documentos.
4. Bebidas gaseosas.
5. Petróleo crudo, diesel liviano. diesel marítino,
gasolina de aviación, gasolina natural, bunker, gas
licuado, kerosene y asfalto, excepto los lubricantes,
aceites lubricantes y grasas lubricantes.
15
5
6. 26/05/2010
EXENTOS DEL ITBMS
a. Las transferencias de:
6. Productos alimenticios.
7. Abonos manufacturados especificados en las
partidas o grupos del Arancel de Importación
8. Abonos manufacturados especificados en las
partidas o grupos del Arancel de Importación.
9. Insecticidas, fungicidas, herbicidas, desinfectantes y
similares, utilizados en la agricultura y ganadería.
10. Todas las semillas utilizadas en la agricultura.
11. Alambres de púas especificados en la partida
73.13.00.20 del Arancel de Importación.
16
EXENTOS DEL ITBMS
a. Las transferencias de:
12. Herramientas de mano utilizadas en la agricultura,
tales como machete, azadón, coa, pala-coa, chuzo.
13. Diarios y periódicos, revistas, medios magnéticos de
carácter educativo, cuadernos, lápices y demás
artículos de exclusivo uso escolar, así como los
textos, libros y publicaciones en general, excluidos
los pornográficos. La reglamentación establecerá la
lista de los artículos considerados de exclusivo uso
escolar.
17
EXENTOS DEL ITBMS
b. La prestación de los siguientes servicios:
1. Vinculados con la salud de los seres humanos.
2. Arrendamiento o subarrendamiento de bienes
inmuebles con destino exclusivo a casa o habitación del
arrendatario.
3. Relacionados con la educación, cuando sean prestados
por personas jurídicas o personas naturales habilitadas
por el Ministerio de Educación.
4. Préstamos al Estado, así como los préstamos y
depósitos realizados en las instituciones comprendidas
en el literal e) del Parágrafo 7.
18
6
7. 26/05/2010
EXENTOS DEL ITBMS
b. La prestación de los siguientes servicios:
5. Flete y transporte de carga aérea, marítima y terrestre,
así como el transporte marítimo y terrestre de
pasajero. (Ley Nº 8 de 15-Mar-2010)
6. Generación, transmisión y distribución de energía
eléctrica.
7. Telefonía fija. (Derogado Ley Nº 8 de 15-Mar-2010)
8. Comunicación social, tales como el de prensa oral, escrita
y televisiva, realizados por entidades públicas o privadas,
con excepción de la cesión de espacios para la
publicidad.
9. Correo prestado por el Estado.
10. Juegos de apuestas en los casinos e hipódromos del
Estado y privados, así como los concesionados por el
Estado.
19
EXENTOS DEL ITBMS
b. La prestación de los siguientes servicios:
11. Seguros y reaseguros
12. Operaciones de carga, descarga, traslado en o
entre los puestos, los servicios de logística y
auxiliares prestados a la carga en los puertos y en
las zonas libres o áreas económicas especiales, así
como los servicios de reparación, mantenimiento y
limpieza prestados a las naves en tránsito dentro de
las aguas territoriales.
13. Servicio de acceso a Internet residencial y para
entidades que presten servicio de educación
reconocidas como tal por el Estado
20
EXENTOS DEL ITBMS
b. La prestación de los siguientes servicios:
14. Servicios de alcantarillado y aseo prestados por
entidades públicas o concesionarias.
15. Espectáculos públicos culturales, según calificación
del Instituto Nacional de Cultura.
16. Actividades de las bolsas de valores,
agropecuarias y las actividades financieras de las
cooperativas.
c. Las importaciones de bienes cuya transferencia se
exonera por el presente artículo
21
7
8. 26/05/2010
Contribuyentes del ITBMS?
Las personas naturales; y/o,
Sociedades con o sin personería
jurídica que realicen:
Operaciones gravadas y que actúen
como transferentes de bienes
corporales muebles y/o prestadores
de servicios cuyos ingresos brutos.
22
Contribuyentes del ITBMS
Ingresos
B/.36,000 Anual B/.36,000 Anual
Es contribuyente No es Contribuyente
23
Tipos Contribuyentes
• Personas naturales o jurídicas cuyo
promedio mensual de ingresos
Clase 1 brutos sea superior a B/.5,000.00.
• Liquidarán y pagarán el impuesto
mensualmente.
• Personas naturales o jurídicas cuyo
promedio mensual de ingresos
brutos sea superior a B/.3,000.00 sin
Clase 2 sobrepasar los B/.5,000.00
• Liquidarán y pagarán el impuesto
trimestralmente.
24
8
9. 26/05/2010
Tipos Contribuyentes
• Personas Naturales que trabajen en
profesionales u oficios por su propia
cuenta o en forma de sociedades
civiles, que se dediquen a la
prestación de servicios
Profesionales profesionales.
u Oficios
• Liquidaran y pagarán
Clase 2 trimestralmente, o sea, son
contribuyentes Clase 2.
25
Identificar el ITBMS
Los espectáculos públicos, eventos, seminarios,
conferencias, charlas, presentaciones de
agrupaciones artísticas o musicales, artistas,
cantantes, concertistas, profesionales del deporte y
profesionales en general, no gratuitos, deben
indicar el ITBMS en los boletos de entrada.
entrada.
26
Alícuotas del ITBMS
• Compras / Ventas y prestaciones de
5% servicios
7% • Su aplicación es a partir del 1 de
Julio de 2010
• Importación, venta al por mayor y
menor de bebidas alcohólicas
• Servicios de hospedaje o
10%
alojamiento en todas las
modalidades (A partir del 1 de julio
de 2010.
• Importación, venta al por mayor y
15%
menor de productos del tabaco.
27
9
10. 26/05/2010
Contribuyentes con ingresos menores de
B/.3,000 mensual o B/.36,000 anual
El parágrafo 9 modificado por la
Ley No. 6 de 2 de febrero de
2005, indica que no se
considerarán contribuyentes del
ITBMS los productores,
comerciantes y prestadores de
servicios cuyo promedio mensual
de ingresos brutos sean: Menores
de B/.3,000.00 mensuales; o, Menores
B/. 000. mensuales;
de B/.36,000.00 anuales
B/.36,000.
28
¿Cómo se Declara?
Cualesquiera que sea la clase en que se
encuentre clasificado el contribuyente, deberá
rendir una declaración jurada dentro de los
quince días siguientes a aquel en que termina el
periodo a declarar, en el formulario que para
estos efectos provee la DGI del MEF,
identificado con el número 430 modificado por la
430,
Resolución No. 201-2611 de 28 de agosto de
2001.
Ver Formulario 430
29
¿Cuándo se pierde ser contribuyente del
ITBMS?
Cuando los ingresos del año anterior no superen los B/.36,000.00,
comprobado por la Declaración Jurada de Renta.
Ampliar o Rectificar la Declaración de ITBMS
Solo por una sola vez por periodo
Plazo de doce (12) meses, contado a partir del vencimiento
del plazo fijado en la Ley para la presentación.
Costos causados por ampliar o rectificar, en los casos que
fuera presentada después de 3 meses de la fecha legal de
la declaración original:
B/.100.00 – Persona Natural
B/.500.pp – Persona Jurídica
30
10
11. 26/05/2010
Aplicaciones contables del ITBMS
Las empresas (Naturales y/o Jurídicas) que son
contribuyentes del ITBMS (Clase 1 y Clase 2)
deben incluir en su codificador de cuenta, sobre la
base de sus actividades, la cuenta denominada
Tesoro Nacional – ITBMS en la que se
ITBMS,
acreditará el impuesto cobrado en las ventas y/o
prestaciones de servicios realizadas (contado o
crédito) y se debitará por las compras y/o
prestaciones de servicios (contado o crédito) y la
liquidación del mismo por medio del formulario 430
31
Tesoro Nacional - ITBMS
Tesoro Nacional - ITBMS
Débito Crédito
Impuesto cauado por Impuesto causado por
compras de bienes ventas de bienes
Impuesto causado por Impuesto causado por
prestaciones de servicios prestaciones de servicios
Impuesto casuado por Ajustes
liquidación de aduana
Pago declaración jurada
Ajuste
32
Cuenta de Gasto de ITBMS
Empresas Naturales y/o Jurídicas: No contribuyentes del ITBMS y/o Son
contribuyentes con operaciones mixtas, deben incluirán en su codificador de
mixtas
cuenta nominal siguiente: Gasto de ITBMS.
Gasto de ITBMS
Débito Crédito
Impuesto causado por compras de
bienes Ajustes por error u omisión
Impuesto causado por prestaciones
de servicios Cierre de periodo contable
Impuesto causado por liquidación de
aduana
Ajustes
33
11
12. 26/05/2010
Base Imponible
Cantidad o monto en términos monetarios que establece
la cifra real por el cual se debe calcular el ITBMS. El
artículo 39, parágrafo 5, modificado por la Ley No. 6 de
2 de febrero de 2005; además, lo constituye el precio
que se integrará con todos los importes cargados al
comprador o prestatario, como las prestaciones
accesorias que realice el contribuyente y que beneficie
al adquirente, tales como:
transporte, flete, envases, interés por financiamiento,
ya sea que se facturen en forma conjunta o
separada.
En el caso de las prestaciones de servicio, se entenderá
por precio el monto de los honorarios profesionales
pactados.
34
Compraventa en operaciones locales
Transacciones dentro del territorio nacional
(República de Panamá), relacionadas con las
adquisiciones (compra) y los ingresos por ventas
(Operaciones) de bienes y servicios prestados
35
No contribuyente del ITBMS
Compra mercancía gravada durante el mes por
la suma de B/.2,500.00 más el ITBM 5% al
contado Ck 888 Banco General, del mes de
mayo
Fecha Descripción Débito Crédito
May-31 Compras 2,500.00
Gastos de ITBMS 125.00
Banco General 2,625.00
Compras de mayo
36
12
13. 26/05/2010
No Contribuyente del ITBMS
Las ventas al contado fueron B/.2,150.00 del mes de
mayo:
Fecha Descripción Débito Crédito
May-31 Caja general 2,150.00
Ventas 2,150.00
Ventas de mayo
37
Contribuyente 100% del ITBMS
Compras al crédito: el 15 de marzo de 2010, se
Hannpa, S.A., compró a Zamat, S.A, 100 cajas
de detergentes a B/.95.00 cada caja más el
ITBMS factura Nº 1526 al crédito.
38
Nº 1526
ZAMAT, S.A. FACTURA
RUC 41369-85-283456 DV 73
AVE de las America
Panamá, 083-10248
Teléfono: (507) 333--8916
FACTURAR A: HANNPA, S.A. FECHA: 15 Marzo 2010
AVE 20 y 25 Villa Lucre Contado
Panamá, 0834-00248
Teléfono: (507) 269-8916 X Crédito
Costo Costo
Cant DESCRIPCIÓN
Unitario Total
100 Caja de detergentes 95.00 9,500.00
SUBTOTAL 9,500.00
Descuento
Sub total 9,500.00
ITBMS 5% 475.00
TOTAL 9,975.00
39
13
14. 26/05/2010
Registro de Diario de la Compra
Fecha Descripción Ref Débito Crédito
Mar-15 Compras gravadas 5% 9,500.00
Tesoro nacional ITBMS 475.00
Cuentas por pagar 9,975.00
Para registrar compras al credito
Zamat, S.A. Factura 1526
40
Contribuyente 100% del ITBMS
Ventas al crédito el 20 de mayo de 2010,
Hannpa, S.A. vendió 85 caja de detergente al
S/M La Dama a B/.119.41 más el ITBMS al
crédito, factura Nº 345
41
Nº 345
HANNPA, S.A. FACTURA
RUC 767 76-1511 DV
AVE 20 y 25 Villa Lucre
Panamá, 0834-00248
Teléfono: (507) 269-8916
FACTURAR A: S/M LA DAMA FECHA: 20 Mayo 2010
AVE La Esquina Chepo Contado
Panamá, 0944-00248
Teléfono: (507) 996-8275 X Crédito
Costo
Cant DESCRIPCIÓN Costo Total
Unitario
85 Caja de detergentes 119.41 10,150.00
SUBTOTAL 10,150.00
Descuento
Sub total 10,150.00
ITBMS 5% 507.50
TOTAL 10,657.50
42
14
15. 26/05/2010
Registro de Diario de la Venta
Fecha Descripción Ref. Débito Crédito
May-20 Cuentas por cobar 10,657.50
Tesoro nacional ITBMS 507.50
Ventas gravadas 5% 10,150.00
Para registrar venta al crédito
S/M La Dama, Factura Nº 345
43
Contribuyente 100% del ITBMS
Servicios prestados: P&A, factura a
Servimex, S.A. el 30 de abril de 2010,
honorarios al crédito por B/.1,000.00 más el
ITBMS fact. 1309
Fecha Descripción Débito Crédito
Abr-30 Cuentas por cobrar 1,050.00
Honorarios gravados 5% 1,000.00
Tesoro nacional ITBMS 50.00
Honorarios Cr. Fact. 1309
44
EN DESCUENTOS Y DEVOLUCIONES
DE COMPRAS-VENTAS
15
16. 26/05/2010
Compras contado con descuento y
devolución
a) El 15 de octubre de 2006, la empresa Ventas Díaz,
S.A. compró mercancía al contado a Casa Óscar, S.A.,
mediante factura 645, en la siguiente forma: Granos
alimenticios por B/.5,200.00, Cajas de detergentes
por B/.1,500.00. Descuento del 15%. Se giró el
cheque Nº 113 del Oscar Bank.
b) El 20 de octubre de 2006 se devolvió detergentes
dañados, por la suma de B/.400.00, recibiendo un
cheque por el valor neto
46
Análisis y registro contable
Detalle Exentas Gravadas Total
Compras 5,200.00 1,500.00 6,700.00
Menos: Descuento 15% 780.00 225.00 1,005.00
Sub total 4,420.00 1,275.00 5,695.00
ITBMS 5% 63.75 63.75
Total 4,420.00 1,338.75 5,758.75
Libro Diario
Fecha Detalle Ref. Débito Crédito
15-Oct-06 Compras exentas 4,420.00
Compras gravadas 5% 1,275.00
Tesoro Nacional - ITBMS 63.75
Oscka Bank 5,758.75
Para registrar compra al contado
a Casa Oscar Fact. 645 Des. 15%
47
Devolución en Compras Contado
Mercancía devuelta gravada 5% B/. 400.00
Menos descuento aplicado 15% 60.00
Sub. total 340.00
ITBMS 5% 17.00
Total 357.00
Libro Diario
Fecha Detalle Ref. Débito Crédito
20-Oct-06 Caja general 357.00
Devoluciones en compras gravadas 5% 340.00
Tesoro Nacional ITBMS 17.00
Para registrar devolución de mercancía
gravada 5%
48
16
17. 26/05/2010
Ventas contado, descuento y devolución
a) El 10 de octubre de 2006 Hannpa, S.A.,
vendió al contado el 10 de octubre de 2006 la
suma de B/.9,500.00 en bienes gravadas 10%
y B/.3,750.00 en bienes gravados 15% a Ros.
S.A., con un descuento del 12.5%.
b) El 20 de octubre de 2006 hubo devolución de
mercancía gravada 10% dañada por la suma
de B/.950.00. Por lo que se giró el cheque Nº
913 por el valor neto.
49
Análisis y registro
Gravadas Gravadas
Detalle Total
10% 15%
Ventas 9,500.00 3,750.00 13,250.00
Menos: Descuento 12.5% 1,187.50 468.75 1,656.25
Sub total 8,312.50 3,281.25 11,593.75
ITBMS 831.25 492.19 1,323.44
Total 9,143.75 3,773.44 12,917.19
Libro Diario
Fecha Detalle Ref. Débito Crédito
10-Oct-06 Caja general 12,917.19
Ventas gravadas 10% 8,312.50
Ventas gravadas 15% 3,281.25
Tesoro Nacional ITBMS 1,323.44
Para registrar ventas al contado y
descuento del 12.5%
50
Devolución en ventas contado
Mercancía devuelta gravada 10% B/. 950.00
Menos descuento aplicado 12.5% 118.75
Sub. total 831.25
ITBMS 10% 83.13
Total 914.38
Libro Diario
Fecha Detalle Ref. Débito Crédito
20-Oct-06 Devoluciones en ventas gravadas 10% 831.25
Tesoro Nacional ITBMS 83.13
Banco 914.38
Para registrar devolución de mercancía
gravada 10%
51
17
18. 26/05/2010
COMPRAS CRÉDITO
a) Hannpa, S.A. compra mercancía gravada al 5% el 1
de octubre de 2006 por la suma de B/.8,500.00, según
factura No. 555, a Cía. Paz, S.A. Condiciones del
crédito 10/10 - N/30.
b) El 6 de octubre de 2006, se devuelve B/.1,000.00 por
mercancía defectuosa, por lo que se recibió la nota de
crédito Nº 999.
c) Descuento por pronto pago. El 9 de octubre de
2006, se canceló la factura de compra, por lo que se
giró el cheque Nº 123 del Banco General por el valor
neto
52
Registro de la compra y devolución
Fecha Detalle Ref. Débito Crédito
1-Oct-06 Compras gravadas 5% 8,500.00
Tesoro Nacional ITBMS 425.00
Cuentas por pagar- Cía. Paz, S.A. 8,925.00
Para registrar compras al crédito, Fact.
Nº 555, Condiciones 10/10 - N/30
6-Oct-06 Cuentas por pagar - Cía Paz, S.A. 1,050.00
Tesoro Nacional ITBMS 50.00
Devoluciones en compras gravadas 5% 1,000.00
Para registrar devolución en compras
según nota de crédito Nº 999
53
Descuento por pronto pago
Análisis y registro
Detalle Valor ITBMS 5% Total
Compras - 1 de octubre 8,500.00 425.00 8,925.00
Menos devolución del 6 de octubre 1,000.00 50.00 1,050.00
Sub total 7,500.00 375.00 7,875.00
Menos descuento de 9 de octubre 10% 750.00 37.50 787.50
Valor Neto 6,750.00 337.50 7,087.50
Libro Diario
Fecha Detalle Ref. Débito Crédito
9-Oct-06 Cuentas por pagar - Cía. Paz, S.A. 7,875.00
Banco General 7,087.50
Tesoro Nacional ITBMS 37.50
Descuento en compras gravadas 5% 750.00
Para cancelar factura Nº 555, mediante
cheque Nº 123 y descuento del 10%
54
18
19. 26/05/2010
No aplica el descuento
Libro Diario
Fecha Detalle Ref. Débito Crédito
18-Oct-06 Cuentas por pagar - Cía. Paz, S.A. 7,875.00
Banco General 7,875.00
Para cancelar factura Nº 555, mediante
cheque Nº 123
55
Ventas al crédito
a. Hannpa, S.A. vendió licores el 15 de octubre de 2006
al crédito, por la suma de B/.12,500.00 a Cía. López,
S.A., factura No. 805. Condiciones del crédito 7.5/15 –
N/30.
b. El 20 de octubre se recibe una devolución de licores
por la suma de B/.2,000.00, por lo que se giró nota de
crédito No. 425.
c. Descuento por pronto cobro. El 29 de octubre se
recibe el importe neto de la factura de venta No. 508
d. No aplica descuento. Si en vez de recibir el cobro de
la factura de venta el 29, fuera el 1 de noviembre, se
pierde el descuento
56
Registro de la venta y devolución
Libro Diario
Fecha Detalle Ref. Débito Crédito
15-Oct-06 Cuentas por cobrar - Cía. López, S.A. 13,750.00
Ventas gravadas 10% 12,500.00
Tesoro Nacional ITBMS 1,250.00
Para registra ventas, factura 805
Condiciones 7.5/15 - N/30
20-Oct-06 Devoluciones en ventas gravadas 10% 2,000.00
Tesoro Nacional ITBMS 200.00
Cuentas por cobrar - Cía López, S.A. 2,200.00
Para registrar nota de crédito Nº 425
por devolución en mercancía
57
19
20. 26/05/2010
Descuento por pronto cobro
Análisis y registro
Detalle Valor ITBMS 10% Total
Ventas del 15 de octubre 12,500.00 1,250.00 13,750.00
Menos devolución del 20 de octubre 2,000.00 200.00 2,200.00
Sub total 10,500.00 1,050.00 11,550.00
Menos descuento del 29 de octubre 7.5% 787.50 78.75 866.25
Valor Neto 9,712.50 971.25 10,683.75
Libro Diario
Fecha Detalle Ref. Débito Crédito
29-Oct-06 Caja general 10,683.75
Descuentos en ventas gravadas 10% 787.50
Tesoro Nacional ITBMS 78.75
Cuentas por cobrar - Cía. López, S.A. 11,550.00
Para registrar cobro de la factura
Nº 805 y descuento del 7.5%
58
No aplica descuento
Libro Diario
Fecha Detalle Ref. Débito Crédito
1-Nov-06 Caja general 10,683.75
Cuentas por cobrar - Cía. López, S.A. 10,683.75
Para registrar cobro de la factura Nº 805,
59
Aplicaciones de Importación de Bienes
VALOR CIF
VALOR FOB
20
21. 26/05/2010
OPERACIONES EXTERNAS
Importación de Bienes
Adquisición de bienes fuera del territorio
nacional; o sea, importación.
Conocer la legislación sobre los aranceles o
impuesto de introducción y los elementos que
forman parte de las transacciones
relacionadas a operaciones externas como:
Valor CIF (Cost, Insurance, Freight)
Cost, Insurance, Freight)
Valor FOB (Free on Board
Free Board)
impuesto de introducción, tasas, derechos,
liquidación de aduana.
61
Compras - Importación CIF
(Costo, Seguro y Flete)
La mercancía adquirida fuera del territorio nacional
(importación), puesta en Panamá incluye:
Valor del bien facturado, Costo (Cost
Cost)
Seguro (Insurance y,
Insurance);
Flete (Freight
Freight).
Liquidación de aduana (Corredor de aduana) se
calcula los elementos necesarios para efecto del
ITBMS de determinar la base imponible.
62
Compra Valor CIF
Descripción Monto Impuestos
Costo de la mercancía CIF B/. 10,000.00
Impuesto de introducción 12.5% 1,250.00 1,250.00
Base imponible 11,250.00
ITBMS 5% 562.50 562.50
Neto a pagar 11,812.50 1,812.50
Libro Diario
Fecha Descripción Ref. Débito Crédito
2-May-06 Compras importadas gravadas 5% 11,250.00
Tesoro Nacional ITBMS 562.50
Oskar Bank 1,812.50
Documentos por pagar 10,000.00
Para registrar importación de mercancía
según liquidación Nº 444444
63
21
22. 26/05/2010
Compra - Importación FOB
FOB (Free on Board - Libre a bordo
Free bordo)
Va seguido del puerto de embarque, ej. FOB
Panamá. Significa que la mercadería es puesta
a bordo del barco con todos los gastos,
derechos y riesgos a cargo del vendedor hasta
que la mercadería haya pasado la borda del
barco, con el flete excluido.
• La mercancía adquirida fuera del territorio
nacional (importación), puesta en Panamá
incluye solo el valor del bien (Costo).
64
Compra - Importación FOB
La circular 707-01-119 Ministerio de Economía y
Finanzas de 2-feb.-95 establece que al no
conocerse el flete y el seguro, Aduana aplicará
sobre el valor FOB lo siguiente:
14% de Flete
1% de Seguro
Lo que indica que en la liquidación de aduana se
debe calcular los elementos necesarios para
efecto de determinar la base imponible para
establecer el ITBMS de la mercancía importada.
65
Cálculo del ITBMS Compra FOB
Hannpa, S.A. compra el 2 de mayo según liquidación de aduana Nº
123456, un embarque de equipos electrónicos para la venta, por
B/.15,000.00 FOB. El arancel de importación es del 10.5%. Los
impuestos fueron cancelados al gobierno mediante el cheque Nº 556
del Oskar Bank, el resto se cancelará en 120 días.
Descripción Monto Impuesto
Costo de la mercancía FOB B/. 15,000.00
Mas :Flete 14% 2,100.00
Seguro 1% 150.00
Costo de la mercancía CIF 17,250.00
Impuesto de introducción 10.5% 1,811.25 1,811.25
Base imponible 19,061.25
ITBMS 5% 953.06 953.06
Total B/. 20,014.31 B/. 2,764.31
66
22
23. 26/05/2010
Registro - Compra FOB
Libro Diario
Fecha Descripción Ref. Débito Crédito
2-May-06 Compras importadas gravadas 5% 19,061.25
Tesoro Nacional ITBMS 953.06
Oskar Bank 2,764.31
Cuentas por pagar 17,250.00
Para registrar importación de mercancía
según liquidación Nº 123456
67
Caso práctico ITBMS
Preparar Formulario 430
Hannpa, S.A., RUC 20-2456-7890 DV 21 Preparación Declaración del
ITBMS de Abril 2010.
Detalle Monto ITBMS
Ventas gravadas 5% 85,580.00 4,279.00
Ventas gravadas 10% 25,250.00 2,525.00
Ventas exentas 15,325.00
Devoluciones en ventas gravadas 5% 2,750.00 137.50
Compras gravadas 5% 30,000.00 1,500.00
Compras importadas gravadas 5% 10,000.00 500.00
Compras gravadas 10% 19,750.00 1,975.00
Compras exentas 8,750.00
Descuento en compras gravadas 10% 1,350.00 135.00
Compras y otras adquisiciones mixtas 9,980.00 499.00
68
23