TEMA 3 DECISIONES DE INVERSION Y FINANCIACION UNIVERISDAD REY JUAN CARLOS
1-1. SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL PERU.pptx
1. MODULO 3 – GESTION PUBLICA
SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL PERU
2. SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL PERU
MODULO 3 – GESTION PUBLICA
1. DEFINICIÓN DE ADMINISTRACION PUBLICA
Las administraciones publicas en los estados agrupan a una enorme conjunto de organizaciones y
suborganizaciones, que gestionan servicios y definen políticas publicas.
desde el punto de vista del derecho administrativo. La gestión publica es el conjunto de organismos, órganos y
personas-organo, estadales o no estadales, que ejercen la función administrativa del poder para lo cual tiene necesidad de
valerse de diversos instrumentos o medios para el cumplimiento de sus objetivos.
2. AMBITO DE LA ADMINISTRACION PUBLICAS
PODER
LEGISLATIVO
PODER
JUDICIAL
PODER
EJECUTIVO
GOBIERNO
REGIONAL
GOBIERNO
LOCAL
ORGANISMOS
AUTONOMOS
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3. NATURALEZA DE LA FUNCION PUBLICA
• La realización de actividades de gobiernos y administración propias del estado, ejecutadas a través de la
organización gubernamental, genéricamente se les conoce como Función Publica
• Las realización practica de los fines públicos supone el Estado ya Constituido que desarrolla sus actividades
admirativas, incluidas a las organizadas bajo la forma de Poderes del Estado, estas actividades administrativas
constituyen funciones del estado efectuadas a través de la organización gubernamental y genéricamente se les
conoce como Función Publica
• Siendo el estado la organización publica que tiene la nación para alcanzar sus fines de desarrollo, la función
publica es el ejercicio de las funciones propias del estado, por los funcionarios y servidores públicos, quienes las
ejercen en nombre del estado y al servicio de la nación.
• El concepto de función publica comprende a las personas que realizan funciones del estado. Reciprocamente el
concepto de función es inseparable del de función publica
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4. CONSTITUCION POLITICA Y FUNCION PUBLICA
Según la constitución política (Art. 39°) todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la
nación, por lo tanto, es importante que en el ejercicio de la función publica se tenga muy presente las limitaciones y
responsabilidades señaladas por la Constitución y la Ley.
5. ADMINISTRACION PUBLICA – AGENTES
5.1. PERSONAL DEL EMPLEO PUBLICO (LEY N° 28175)
• Funcionario Publico
• Empleado de Confianza
• Servidor Publico
• Director Superior
• Especialista
• De Apoyo
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5.2 ESTRUCTURAS ORGANIZACIONALES DE LAS ENTIDADES PUBLICAS
Estructura típica: Seis niveles (Órgano de dirección, órgano de control, órganos de asesoramiento, órganos de apoyo,
órganos de línea y órganos desconcentrados)
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5.2 ESTRUCTURAS ORGANIZACIONALES DE LAS ENTIDADES PUBLICAS
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5.3 ELEMENTOS DE UN PROCESO- ADMINISTRACION PUBLICA
• Los recursos o insumos (son visto por igual)
• Las etapas en niveles (actividades, procesos, tareas, etc.). Casi siempre son lineales, consecutivas
• Los administrados (clientes expertos) que se atienden al final del proceso
• Los productos son los materiales o servicios que se generan
• Los resultados son los objetivos logrados
• Los impactos generados
Los mecanismos de monitoreo, control y evaluación se trata por separado- no hay un único responsable del proceso toda
vez que las personas están bien sujetas a cargos con funciones determinadas y oficialmente aprobadas según MOF, CAP,
RIT, MAPRO y demás
En la realidad los impactos dependen de variables exógenas al limite del proceso.
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5.4. DEFINICION DE SISTEMA
Conjunto de reglas o principios sobre una materia racionalmente enlazados entre sí o conjunto de cosas que relacionadas
entre sí ordenadamente contribuye a determinado objeto.
Los sistemas, tienen dos (2) usos muy diferenciados, que se refiere a los sistemas de conceptos y a los objetos reales
complejos y dotados de una organización
La mayoría de los sistemas que tienen importancia en el mundo real poseen controles; y, los sistemas son diseñados por
el hombre o la naturaleza para alcanzar algo o realizar algo
• En general, se puede señalar que cada una de las partes que encierra un sistema puede ser considerado como un
subsistema, así los subsistemas son sistemas más pequeños dentro de sistemas mayores
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5.5. SISTEMAS EN EL PERU (Ley 29158-LOPE)
Los sistemas son los conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se
organizan las actividades de la administración publica que requieren ser realizadas por todas o varias entidades de los
Poderes del Estado, los Organismos Constitucionales y los niveles de Gobierno. Son de dos tipos:
1. Sistemas Funcionales
2. Sistemas Administrativos
Solo por ley se crea un Sistema. Para su creación se debe contar la opinión favorable de la Presidencia del Consejo de
Ministro.
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5.5. SISTEMAS EN EL PERU (Ley 29158-LOPE)
5.5.1 SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
• La Ley 29158, de 19.Dic.2007 (LOPE), en su Título V – Sistemas, precisa que los Sistemas, son de 2 tipos: Sistemas
Funcionales y Sistemas Administrativos; y que solo por ley se crea un Sistema, debiéndose contar con la opinión
favorable de la PCM
• Los Sistemas están a cargo de un Ente Rector que se constituye en su autoridad técnico normativa a nivel nacional;
dicta normas y establece procedimientos relacionados con su ámbito; coordina su operación técnica y es
responsable de su correcto funcionamiento en el marco de la LOPE y sus leyes especiales.
• Los Sistemas Funcionales, tienen la finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la
participación de todas o varias entidades del Estad
• Los Sistemas Administrativos, tienen la finalidad de regular la utilización de los recursos en las entidades de la
Administración Pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso.
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5.5. SISTEMAS EN EL PERU (Ley 29158-LOPE)
5.5.2 SISTEMAS FUNCIONALES
Los Sistemas Funcionales tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la
participación de todas o varias entidades del Estado.
El Poder Ejecutivo es responsable de reglamentar y operar los Sistemas Funcionales.
Las normas del Sistema establecen las atribuciones del Ente Rector del Sistema.
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5.5. SISTEMAS EN EL PERU (Ley 29158-LOPE)
5.5.3 IMPORTANCIA Y RIESGOS DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVO
• Dichos sistemas han permitido que el Estado se ordene paulatinamente y son clave para seguir modernizándolo.
• Siempre corren el riesgo de burocratizarse y ser poco efectivos, privilegiando procedimientos antes que
resultados, generando costos adicionales.
• Los sistemas buscan un objetivo común: el uso eficiente de los recursos públicos.
• En tal sentido, resulta necesario que las entidades conozcan y se capaciten en la interrelación existente entre
dichos sistemas administrativos.
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5.5. SISTEMAS EN EL PERU (Ley 29158-LOPE)
5.5.4 ENTES RECTORES DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
Los sistemas están a cargo de un ente rector que se constituye en su autoridad Técnico-normativa a nivel nacional; dicta
las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito; coordina su operación técnica y es responsable de
su correcto funcionamiento en el marco de la presente ley, sus leyes especiales y disposiciones complementarias.
Atribuciones:
1) Programar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestión del proceso, 2) Expandir las normas reglamentarias que
regulan el sistema, 3) mantener actualizada y sistematizada la normatividad del sistema, 4) emitir opinión vinculante
sobre la matera del sistema, 5) Capacitar y difundir las normatividad del sistema administrativo publico, 6) Llevar registro y
producir información relevante de manera actualizada y oportuna, 7) Supervisar y dar seguimiento a la aplicación de la
normatividad de los procesos técnicos de los sistemas, 8) Promover el perfeccionamiento y simplificación permanente de
los procesos técnicos del sistema administrativo y 9) las demás que señalen las leyes correspondientes.
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5.5. SISTEMAS EN EL PERU (Ley 29158-LOPE)
5.5.4 ENTES RECTORES DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
En su Art. 46º, la Ley 29158, de 19.Dic.2007 – LOPE, precisa que los Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular
la utilización de los recursos. Los sistemas administrativos, de aplicación nacional abarca 11 materias:
1. Gestión de Recursos Humanos
2. Abastecimiento
3. Presupuesto Publico
4. Tesorería
5. Endeudamiento Público
6. Contabilidad
7. Inversión Pública
8. Planeamiento Estratégico
9. Defensa Judicial del Estado
10. Control (El Poder Ejecutivo no ejerce rectoría de este sistema)
11. Modernización de la Gestión Pública Ley 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
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5.5.4 ENTES RECTORES DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
SISTEMAS ADMINISTRATIVOS ENTIDADES RECTORAS
GESTION DE RECURSOS HUMANOS PCM – SERVIR
ABASTECIMIENTO ME - OSCE / EX CONSUCODE
PRESUPUESTO PUBLICO MEF – DNPP
TESORERIA MEF – DNPP
ENDEUDAMIENTO PUBLICO MEF – DENEP
INVERSION PUBLICA MEF – DGPM
PLANEAMIENTO ESTRATEGICO PCM – CEPLAM
DEFENSA JUDICIAL DEL ESTADO MINJUS – CNDJE
CONTABILIDAD MEF – CONTADURIA PUBLICA
CONTROL CONTRALORIA
MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA PCM - SGP
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5.5.4 ENTES RECTORES DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
SISTEMAS ADMINISTRATIVOS ENTIDADES RECTORAS
SISTEMA NACIONAL DE PLANEAMIENTO
ESTRATEGICO
CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO
ESTRATEGICO - CEPLAN
SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO – MEF
SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD
DIRECCION NACIONAL DE CONTAVILIDAD –
MEF
SISTEMA NACIONAL DE TESORERIA DIRECCION NACIONAL DE TESORERIA – MEF
CONTRATACIONES DEL ESTADO OSCE
SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO
PUBLICO
DIRECCION NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO
PUBLICO – MEF
SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION
MULTIANUAL DEL SECTOR PUBLICO – MEF
SISTEMA NACIONAL DE BIENES PUBLICOS SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONAL
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5.5. SISTEMAS EN EL PERU (Ley 29158-LOPE)
5.5.5 PRINCIPALES SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
18. SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DEL PERU
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5.5. SISTEMAS EN EL PERU (Ley 29158-LOPE)
5.5.5 PRINCIPALES SISTEMAS ADMINISTRATIVOS