Caso practico: La empresa comercial “EL SOL S.A.C”, identificada con RUC N° 20102420706 con domicilio en la calle Miguel Iglesias N° 611 – Los Olivos; tiene como actividad principal la comercialización en el país de productos alimenticios y abarrotes en general, desarrolla actividades desde el año 1999.
Para efectos de la declaración anual del Impuesto a la renta de Tercera Categoría del ejercicio gravable 2013 presenta la siguiente información...
En ocasiones, las materias que nos resultan cercanas y que constituyen el día a día de nuestra labor profesional no merecen la reflexión que su importancia exige. Tal es el caso de la fiscalización tributaria. De hecho, la primera aproximación que se tiene a la misma normalmente es con un auditor o un requerimiento a cuestas, siendo nuestra primera percepción la de un conjunto de actos coordinados entre sí que tienen una finalidad determinada. Es decir, abordamos el tema como un trámite previo a la emisión de una Resolución de Determinación, el cual, si no se sigue, sólo puede ocasionar que la Administración Tributaria emita una Orden de Pago. Entonces, las diferencias aparecen bastante claras: La emisión de una Resolución de Determinación implica un procedimiento de fiscalización previo, y la de una Orden de Pago un simple procedimiento de verificación. Ello es relevante porque cada uno de los valores antes mencionados tendrá un tratamiento tributario distinto, sea en cuanto a plazos de exigibilidad, a requisitos para su impugnación o requisitos de anulabilidad, entre otros.
El siguiente trabajo tiene el objetivo de desarrollas el tema del proceso de fiscalización, para ello veremos de que trata este procedimiento, los requerimientos que realiza la Administración Tributaria y sobre las conclusiones de este procedimiento.
Covid19: ¿Las empresas tienen que seguir pagando impuestos?AGM Abogados
El socio responsable del área de derecho fiscal de AGM Abogados, Leonardo Cárdenas Armesto, aborda cuestiones que preocupan actualmente a las empresas y a los ciudadanos en referencia a sus obligaciones con Hacienda después de la declaración del gobierno español del Estado de Alarma, provocado por la pandemia del Covid-19.
Caso practico: La empresa comercial “EL SOL S.A.C”, identificada con RUC N° 20102420706 con domicilio en la calle Miguel Iglesias N° 611 – Los Olivos; tiene como actividad principal la comercialización en el país de productos alimenticios y abarrotes en general, desarrolla actividades desde el año 1999.
Para efectos de la declaración anual del Impuesto a la renta de Tercera Categoría del ejercicio gravable 2013 presenta la siguiente información...
En ocasiones, las materias que nos resultan cercanas y que constituyen el día a día de nuestra labor profesional no merecen la reflexión que su importancia exige. Tal es el caso de la fiscalización tributaria. De hecho, la primera aproximación que se tiene a la misma normalmente es con un auditor o un requerimiento a cuestas, siendo nuestra primera percepción la de un conjunto de actos coordinados entre sí que tienen una finalidad determinada. Es decir, abordamos el tema como un trámite previo a la emisión de una Resolución de Determinación, el cual, si no se sigue, sólo puede ocasionar que la Administración Tributaria emita una Orden de Pago. Entonces, las diferencias aparecen bastante claras: La emisión de una Resolución de Determinación implica un procedimiento de fiscalización previo, y la de una Orden de Pago un simple procedimiento de verificación. Ello es relevante porque cada uno de los valores antes mencionados tendrá un tratamiento tributario distinto, sea en cuanto a plazos de exigibilidad, a requisitos para su impugnación o requisitos de anulabilidad, entre otros.
El siguiente trabajo tiene el objetivo de desarrollas el tema del proceso de fiscalización, para ello veremos de que trata este procedimiento, los requerimientos que realiza la Administración Tributaria y sobre las conclusiones de este procedimiento.
Covid19: ¿Las empresas tienen que seguir pagando impuestos?AGM Abogados
El socio responsable del área de derecho fiscal de AGM Abogados, Leonardo Cárdenas Armesto, aborda cuestiones que preocupan actualmente a las empresas y a los ciudadanos en referencia a sus obligaciones con Hacienda después de la declaración del gobierno español del Estado de Alarma, provocado por la pandemia del Covid-19.
Webinar | ¿Qué alternativa tienen las empresas ante el pago de sus impuestos?...AGM Abogados
Leonardo Cárdenas Armesto, socio del área Fiscal y Tributario de AGM Abogados, aborda cuestiones que siguen preocupando a las empresas y a los ciudadanos en referencia a sus obligaciones para con Hacienda desde la implantación del estado de alarma y la profusa publicación de diferentes Real Decretos para atenuar las consecuencias de la crisis económica.
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1. 1
Que acciones tomaría frente a los siguientes hechos:
1. A la fecha no empasté mi registro de activos fijos.
Si a la fecha no tengo empastado el libro de activos fijos, se debe proceder con el
empaste a fin de cumplir la norma y evitar la infracción tipificada en el Numeral 2 del
artículo 175 del código tributario…”Sin observar la forma y condiciones establecidas en
las normas correspondientes.”
2. Cuál es el plazo máximo que puedo pedir de prórroga a la SUNAT.
Dentro de las facultades de la administración tributaria menciona el numeral 6 del
Artículo 62 del código tributario…”Mediante Resolución de Superintendencia la
prórroga podrá otorgarse por un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles.
En casos de fiscalización:
3. Me entregaron una autodetracción clonada.
4. El día lunes 16 de agosto del 2021, debo presentar mi documentación del Impuesto a
la Renta 2017, pero en el taxi que trasladaba los documentos a mi Oficina me olvidé.
Lo único que recuerdo que el carro que me trasladó era un taxi negro.
5. Se realizó un servicio de construcción pero hice la detracción con el 10%.
6. Realicé un servicio de mantenimiento de mis sistemas contables, pero realicé la
detracción con el 4%.
7. Soy PRICO pero a la fecha no he declarado el lugar donde debo conservar el archivo
contable.
8. Analizando mis facturas de compra observo que no cuentan con el archivo XML.
9. Emití una nota de debido por penalidades más IGV.
10. Si el SATT realiza una inspección en mi local encontrando a la fecha (sábado
12/08/2021) que mi local tiene 3 pisos, pero en la declaración jurada de autoavalúo
figura un solo piso construido. Realmente está construido desde el ejercicio 2010.
11. El Sr. Juan Bailón tenía una deuda ante la SUNAT de S/. 100, 000.00, la cual el Tribunal
Fiscal acaba de notificarle el día 12/08/2017 que la deuda ha prescrito, sin embargo, el
día 31/07/2017 se acogió al FRAES y pagó la deuda.
12. El Sr. Gerson Núñez tiene una deuda de S/. 100, 000.00 la cual el Tribunal Fiscal acaba
de notificarle hoy 12/08/2017 que la deuda caducó, sin embargo, la primera semana
de agosto se acogió a un fraccionamiento general para cancelar en 3 meses.
13. Una empresa tiene un saldo a favor acumulado del Impuesto a la Renta del ejercicio
2016. A la fecha no ha presentado D.J Anual del 2017, sin embargo el contador utilizó
dicho saldo desde el período marzo 2018.
14. Una empresa tiene un saldo a favor acumulado del Impuesto a la Renta del ejercicio
2016. Presentó su D.J Anual del 2016 en el mes de mayo de 2017. Realizó sus pagos a
cuenta de enero a julio de 2017 con un coeficiente mayor, sin haber utilizado el saldo
a favor sin embargo el contador utilizó dicho saldo desde el período marzo 2017.
2. 2
15. Una empresa tiene perdida tributaria en el ejercicio 2016 optando por el método A. En
el ejercicio anual del 2017 nuevamente tiene pérdida tributaria, pero decide optar por
el método B de arrastre.
16. Una empresa tiene recibos de honorarios, facturas de compras y boletas de pagos de
remuneraciones; éstadocumentación la conserva en un almacén desde elaño 90. ¿Qué
documentos (citar fechas) puede destruir el contribuyente? La empresa no es agente
de retención del IGV.
17. Tengoautorizaciónparaimprimirenmáquinaregistradora, pero otorgoticketsamis
clientes en dólares y soles.
18. El auditor me ha solicitado mediante llamada telefónica grabada según SUNAT
documentación de gastos del ejercicio 2018 (año en fiscalización), indicándome que
lo lleve a las oficinas de la SUNAT. Me olvidé. Tendré multa?
19. El auditordelaSUNATdetectóenmi cuentacontable lasalidadedineroa unacuenta
cifrada del Gran Caiman el pago de un diezmo por S/. 3´ 000, 000.00.
Supuesto como persona Natural
Las entregas dinerarias deben ser soportadas y compatibles con el sustento las salida
del dinero no sólo contablemente, si no también financieramente.
Caso contrario la administración Tributaria presumirá un desbalance patrimonial.
La administración tributaria puede presumir ingresos conforme al Art. 65 del código
tributario.
De haberse comprobado la presunción tendrá una Infracción tipificada en el numeral 1
del artículo 178°
Supuesto personal jurídica
La administración tributaria al detectar la salida de un dinero debe ser contable y
financieramente al no tener el comprobante de pago que respalde el motivo de la
transferencia se presumirá como repartición indirecta de dividendos presuntos según
Según el inciso g) del artículo 24-A de la LIR.
El impuesto a ser aplicado sobre estas se regula conforme a lo previsto en el artículo
55 de la citada LIR.
a)1 Dividendos y otras formas de distribución de utilidades, salvo
aquellas señaladas en el inciso f ) del artículo 10° de la ley. 5%
3. 3
20. El contador Teodoro Navarrete emite sus recibos por honorarios a la empresa la
Impecable S.A. El servicio contable se ha realizado, pero el trabajo realmente lo
efectuó su asistente (Sr. Juan Bailón).
En cuanto a las futuras implicancias sobre los trabajos realizados por su asistente el
responsable solidario de hecho es el contador Teodoro puesto quién es el que emite el
rxh como sustento de la presentación de servicios.
21. Me encuentro en plena fiscalización y no he declarado un local anexo (mi almacén)
donde tengo gastos (arrendamiento, luz, agua, teléfono por S/. 200, 000.00). Tengo
contrato legalizado notarialmente.
Es de vital importancia declarar los establecimientos anexo puesto que al no hacerlo la
SUNAT presumirá la omisión de ingresos independiente a la legalización del contrato
que es un acuerdo comercial, adicionalmente los gastos que se hayan incurrido con
esta dirección no declarada no podrán ser utilizados como costo o gasto.
Inc J. del artículo 44
El contribuyente o responsable al no dar de alta cometen la infracción tipificada en el
numeral 5 del artículo 173 del código tributario.
Plazo de alta en caso de establecimiento: Tienen 5 días hábiles para dar el alta a través
de las oficinas de la administración tributaria o en función de la Resolución 316-2017.
22. Ante la SUNAT me acogí al beneficio del sector agro (Ley N° 27360) exporto todas las
mercaderías que adquiero pero nunca he cosechado ni he sembrado producto
alguno.
El contribuyente es responsable solidario de derecho según en Inc. 7 del numeral 5 del
artículo 16 del código tributario.
La nueva ley 31110 del régimen agrario para poder acogerse debe cumplir ciertas
normas como tener una actividad agraria como son:
Desarrollen principalmente actividades de cultivos y/o crianza con excepción de la
industria forestal.
Realicen operatividad agraria fuera de la ciudad de Lima.
Consecuencias por gozar de beneficios de un régimen tributario distinto al que
corresponda:
Comisión de infracciones
Responsabilidad Solidaria de representantes legales, administradores, etc.
Determinación sobre base presunta
Pérdida del régimen y reparos, resoluciones de determinación, orden de pago.
4. 4
23. Estoy en plena fiscalización del ejercicio IGV 2020; sin embargo, la SUNAT me acaba
de notificar que iniciarán una fiscalización IGV Enero 2017 a Diciembre del 2017.
En caso exista dos notificaciones por fiscalización podemos solicitar prórroga mediante
una carta indicando las causales como mínimo de anticipación no menor a tres (1) día
hábil siguiente de realizada la notificación, indicando los descargos fehacientes, dentro
de ellos que se está en proceso de fiscalización y así tener el plazo suficiente para
cumplir con el proceso de fiscalización.
Según el artículo 87 del código tributario detalla las obligaciones de los administrados
como es de facilitar sus labores de fiscalización y determinación
24. Un Centro Educativo realizó sus pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta
conforme cancelan los alumnos sus pensiones.
El centro educativo debe cumplir sus obligaciones tributarias conforme a lo establecido
en el cronograma de vencimiento mensual indistintamente a los ingresos que tengas
por pago de los alumnos.
25. Llevo a contabilidad de un Centro Educativo en el cual realizo mis pagos a cuenta
mensuales del Impuesto a la Renta en la cual he declarado todos los alumnos
matriculados, sin embargo existen 50 alumnos que nunca asistieron a clase y otros
80 alumnos asisten, pero nunca pagaron. El total de alumnos matriculados son 300.
El centro educativo debe informar y dar de baja a los 50 alumnos que no asisten y
tributar por los que asisten independiente del pago que éstos realicen.
26. Soy una empresa de servicios de computación en el cual mis ingresos anuales
proyectados del 2017 son 500, 000.00. Me conviene acogerme al RUS, RER, MYPE
TRIBUTARIO o Régimen general? Mi margen de utilidad es 90% de las ventas.
El régimen tributario al que debe acogerse es al MYPE y realizar los pagos cuenta con el
1% mensual.
5. 5
27. Gerson Núñez adquirió un inmueble en enero del 2016 por S/. 300, 000.00
(bancarizado), en noviembre del mismo ejercicio lo vende a Tania por el importe de
S/. 400, 000.00, luego Tania en diciembre del 2016 lo vende a Jhon en S/. 600, 000.00
y finalmente Jhon se lo vende al BCP en el mes de enero del 2017. Tratamiento del
Impuesto a la Renta IGV, alcabala e impuesto predial. Tania lo compró en efectivo.
Renta.-Para efectos del impuesto a la renta deberá tributar como persona natural tributan de
manera independiente y la tasa aplicable 5% sobre la ganancia obtenida.
IGV.- Para efectos del IGV no se encuentra comprendido según el inc. B del Art. 2 de la ley del
IGV.
Alcabala.- Se paga el 3% del valor de venta del inmueble o valor del autovalúo, el que sea
mayor. Previamente se descontarán 10 unidades impositivas tributarias (UIT).
Predial.- El monto del impuesto está determinado por ley, y se rige básicamente por el valor
del terreno y la edificación que tenga el inmueble, según autoavalúo.
28. El Asilo de ancianos recibe una donación de Pablito con dinero en efectivo de S/.
5000.00. Pablito es un empresario y utilizó como gasto dicha donación.
Tratándose de la deducción por donaciones prevista en el Inciso x) del Art. 37 de la LIR.
Sólo podrán deducir la donación si las entidades beneficiarias se encuentran calificadas
previamente por la SUNAT como entidades perceptoras de donaciones.
29. Una empresa tiene bienes (mercaderías) en mal estado las cuales desea donarlas o
destruirlas como desmedro. Qué recomienda?
Recomendaría destruirlas y aplicar el Inc. C del artículo 21 del reglamento de la ley del
impuesto a la renta.
30. Una empresa tiene 4 autos Toyota los cuales superaron su adquisición las 26 UITs
cuando fueron adquiridos. Un primer vehículo es para la gerencia, los otros 3 vehículos
son para parte operativa.
31. Me requirieron información para ser presentada el 15 de junio. El contador no lo pudo
presentar por encontrarse internado en una clínica en estado de coma. La fiscalización
es del Impuesto a la Renta 2020. A la fecha SUNAT no emite los valores. El auditor de
SUNAT no me quiere recibir los sustentos a pesar de presentar certificado médico.
32. Soy un consorcio con operador. Qué reglas debe cumplir el operador y el partícipe. El
participe declaró solamente sus utilidades. El operador declaro y pagó todas las
obligaciones tributarias al 100%.
33. Eldía 25 de agostode 2017 alas 3 p.m. entregué documentación alauditor de laSUNAT
respecto al último requerimiento de una fiscalización (3,000 folios). El mismo 25 de
6. 6
agosto a las 3.30 p.m. me notifica el auditor el cierre del requerimiento. ¿Cuál es el
tiempo tiene el auditor de la SUNAT para cerrar el requerimiento?
34. Me notificaron un requerimiento sobre incremento patrimonial de una persona natural
del ejercicio 2014 (Fiscalización definitiva). ¿Qué acción principal debería realizar antes
de presentar la documentación a la SUNAT? ¿Qué efectos tiene la “causa ajena” en la
presentación de los documentos ante la SUNAT?
35. Soy una empresa de transporte de carga que he prestado servicios durante el mes
julio de 2017, para lo cual emití y traslade los productos con mis guías de remisión
transportista durante el mes de julio, pero emito mis facturas por este servicio de
transporte la primera semana de agosto, debido a que mi cliente pactó verbalmente
que me pagaría en dicha semana (agosto).
Nacimiento de la obligación tributaria es en el mes de agosto de acuerdo al inciso c) del
Art. 4 de Ley de IGV señala que: En la prestación de servicios, en la fecha en que se emite
el comprobante de pago o en la fecha en que se percibe la retribución, lo que ocurra primero.
36. Una empresa de transporte de pasajeros (Trujillo-Lima) emite 4 boletos de viaje con
fecha de emisión 26 de julio de 2017:
Primer boleto es para viajar el 10 de agosto de 2017 y utiliza el boleto ese día.
Segundo boleto indicó que viajaría el 26 de julio de 2017, pero lo posterga con
fecha indefinida (el cual vence el 26 de octubre). A dicha fecha no viaja.
Tercer boleto indicó que viajaría el 26 de julio de 2017, pero lo posterga,
viajando el 20 de agosto. Adicionalmente lleva bultos, para lo cual le cobran
exceso de equipaje S/. 20.00 (Paga IGV?)
Cuarto boleto indicó que viajaríael 26 de julio de 2017, pero lo dejó elbus. Llegó
tarde al embarque. Pero envía bultos, para lo cual paga S/. 20.00 (Paga IGV?)
De acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 1° de la Resolución de
Superintendencia N.° 156-2003/SUNAT, el “boleto de viaje” es el comprobante de pago que
sustenta la prestación de un servicio de transporte público nacional de pasajeros (1 )(2 ), el
mismo que debe ser emitido por el transportista(3 ) independientemente del monto cobrado.
37. En un proceso de fiscalización la SUNAT me viene solicitando copia del anverso y el
reverso de los cheques de 5 proveedores. Me otorgaron prórroga 20 días hábiles, pero
a esa fecha el Banco no me entrega, indicándome verbalmente que en 40 días me
entregarán dichos cheques.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Fiscalización, Decreto
Supremo N.° 085-2007-EF. Cuando la Administración requiera la entrega y/o exhibición
de documentación de manera inmediata y el sujeto fiscalizado justifique la aplicación
de un plazo, el agente fiscalizador elaborará un acta, dejando constancia de las razones
comunicadas por el citado sujeto y la evaluación de estas, así como de la nueva fecha
en que debe cumplirse con lo requerido.
7. 7
38. SUNAT me cita para una comparecencia como contador de una empresa, en la cual me
sindican que figura mi nombre en las declaraciones juradas (PDT del ejercicio 2017),
pero no conozco a la empresa, nunca le presté servicios. Figuran cheques girados a mi
nombre sin el sello de no negociable. La empresa se creó para lavar dinero ¿Qué
acciones debo realizar?
Artículo 192 del Código tributario, comunicación de delitos delito tributario, donde
señala que cualquier persona debe denunciar ante la administración tributaria la
existencia de actos que presumiblemente constituyan delitos de tributarios.
39. Cuando estuve en el área de consultas de la SUNAT, fui abordado por una Señorita, la
cual me rogó que la apoyara para llenar su PDT del 2013, a lo cual acepté, pero nunca
me mostró libros ni documentos algunos. La Señorita me mostró una hoja donde
resumía sus operaciones. Acepté llenarle su PDT e incluso le firmé sus EEFF para el
Banco. Al día siguiente amanecí “pepeado” en un parque. Hoy día la PNP me ha citado
para tomarme una manifestación por una denuncia porque lo empresa compra y vende
facturas. ¿Qué hago?
De acuerdo al artículo 95-A del código tributario la SUNAT debe abstenerse a
responder consultas de carácter personal.
De acuerdo al Artículo 186 del código tributario, sanciones a funcionarios de la
administración pública. Los funcionarios públicos serán sancionados con
suspensión o destitución de acuerdo a la falta.
40. Cuando estuve en el área de consultas de la SUNAT, fui abordado por una Auditora de
la SUNAT, quien amablemente me indicó que la SUNAT me estaba buscando,
accediendo a que me tomaran una manifestación por dos empresas no habidas, en la
cual figuraba como contador. Realmente llené el PDT de favor y cobré un RXH de S/.
1,000. La otra empresa no recuerdo. La empresa está en proceso de ser denunciada
ante el Ministerio Público por defraudación tributaria. ¿Qué hago?
De acuerdo al artículo 17 código tributario seria responsable solidario de hecho.
41. SUNAT viene fiscalizando el ejercicio 2018 a una empresa constructora, en la cual el
auditor notifica que existen tres volquetes que no seencuentran contabilizados figuran
en los activos fijos (el dueño los compró directamente al contado de sus propios
recursos a nombre de la empresa). Otros dos vehículos figuran en la contabilidad a
nombre de la empresa, los cuales se vienen depreciando, pero en RRPP figura que
fueron vendidos en el ejercicio 2010. ¿Qué hago?
8. 8
De acuerdo al Artículo 38 ley de impuesto a la renta solo de deprecian por desgaste los
bienesde activos fijos seutilicenen elnegocio yde acuerdo elartículo 22 delreglamento
de impuesto a la renta, la depreciación solo se acepta tributariamente aquellas que se
encuentran contabilizados dentro del periodo gravable en los libros y registros
contables.
42. Llevo la contabilidad de una empresa inmobiliaria, cuyos departamentos son para
vivienda, los cuales se vendieron en el 2019 al contado por S/. 300,000 c/u. Pagué el
IGV sobre el total del cobro. De igual manera tributó mensual y anual el Impuesto a la
Renta en el ejercicio 2019, a pesar que los terminé de construir los departamentos y
los entregué en el 2020. SUNAT me viene fiscalizando el 2020 IGV e impuesto a la renta
(¿Tendré alguna contingencia?)
Si, de acuerdo a la Ley 30730, El TUO de la Ley de bancarización establece la obligación
de realizar pagos por importes iguales o superiores a S/ 3,500.
43. Recibí una carta de invitación de la SUNAT como responsable solidario de una empresa
(gerente) por el ejercicio 2017 donde me indican que existe una deuda de S/. 300,000
de una fiscalización de dicho ejercicio 2017. En el 2019, renuncié notarialmente ante la
Junta de Accionistas, pero la empresa a la fecha no realizó la baja de mi nombre en la
ficha RUC. Tengo información de RRPP que a la semana siguiente que renuncié (2019)
nombraron otro gerente. Igual sucedió con el Subgerente, el cual también renunció,
pero sigue figurando en RRPP.
44. Una empresa agro – Ley 27360 erradica sus plantaciones de uva, con presencia de
notario y de funcionarios de la SUNAT. ¿Es correcto? ¿Habrá alguna contingencia?
45. Una empresa tiene un cliente que al 30-11-2016 a quien le entregué los productos y la
factura por S/. 2´000,000, en la cual se indica que el plazo para el pago es hasta el 28
de diciembre. (Cobranza dudosa). El 30 de diciembre la vendedora le notifica
notarialmente que se encuentra morosa. En la D.J. anual del Impuesto a la Renta del
2016, la consideró como gasto por provisión de cobranza dudosa, a pesar que no tener
12 meses de antigüedad la deuda. ¿Existe contingencia?
46. LaSUNAT me notificó eldía 25 de agosto que me fiscalizaráelejercicio2018. En lacarta
de presentación indican IGV 2018, pero en el requerimiento Impuesto a la Renta 2018.
Es correcta esta notificación. Qué acción tomaría?
47. Una empresa tiene una persona de confianza (Jaimito) que figura en planilla de la
empresa, a quién periódicamente le giran cheques (sin la leyenda “no negociable”).
Jaimito cobra los cheques en ventanilla del Banco y paga deudas de la empresa y
9. 9
deudas personales de los socios. ¿Existe contingencia? Adicionalmente pagó en
efectivo un recibo de Hidrandina por un monto de S/5,000.00.
48. 3 diferencias entre prescripción y caducidad.
49. 2 efectos tributarios de la fusión por absorción.
50. 3 diferencias entre un recurso de reclamación y recurso de apelación.