Leonardo Cárdenas Armesto, socio del área Fiscal y Tributario de AGM Abogados, aborda cuestiones que siguen preocupando a las empresas y a los ciudadanos en referencia a sus obligaciones para con Hacienda desde la implantación del estado de alarma y la profusa publicación de diferentes Real Decretos para atenuar las consecuencias de la crisis económica.
¿Qué debes tener en cuenta a la hora de desplazar a tus trabajadores? AGM Abogados
Webinar realizado el 21 de octubre, en colaboración con Cambra, en donde se habló sobre todo lo que una empresa debe saber en el momento de trasladar a sus trabajadores para evitar cualquier tipo de sanción por parte de las autoridades del país de destino.
Luces y sombras laborales del RDL 18/2020AGM Abogados
Ante la publicación del RDL 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, con vigencia desde el 13 de mayo de 2020, las empresas entran en una nueva encrucijada laboral. En este webinar analizamos la tan controvertida cláusula de salvaguarda del empleo, cómo actuar ante ella y qué resultado nos puede acarrear en cuanto al incumplimiento de ella.
Webinar | Covid-19: últimas novedades del tsunami laboralAGM Abogados
En este webinar, realizado el 6 de mayo, nuestro socio Luis San José ha abordado las últimas novedades laborales relacionadas con el #COVID19 con el fin de actualizar los puntos más importantes sobre la temática laboral y de Seguridad Social desarrollada en los reales decretos.
Webinar | Opciones de residencia para trabajar en una startup en España 0103...AGM Abogados
En este webinar explicaremos las distintas opciones de residencia que existen en la legislación migratoria para encajar cualquier tipo de perfil profesional que pretenda trabajar en una startup Española: perfiles directivos o de gerencia, perfiles seniors o managers, perfiles juniors y de estudiantes en prácticas.
Agm presentacion webinar gestion de la morosidad_290121AGM Abogados
En el presente webinar y desde nuestra perspectiva como abogados procesalistas con más de 20 años de experiencia lidiando con situaciones de morosidad, te expondremos las mejores políticas para gestionar las situaciones de impago, desde una doble perspectiva:
• Por un lado preventiva, para evitar las situaciones de impago a futuro.
• Por otro lado resolutiva, para solucionar favorablemente las situaciones de impago que ya se estén produciendo, acudiendo al cauce de reclamación más efectivo existente.
¿Qué debes tener en cuenta a la hora de desplazar a tus trabajadores? AGM Abogados
Webinar realizado el 21 de octubre, en colaboración con Cambra, en donde se habló sobre todo lo que una empresa debe saber en el momento de trasladar a sus trabajadores para evitar cualquier tipo de sanción por parte de las autoridades del país de destino.
Luces y sombras laborales del RDL 18/2020AGM Abogados
Ante la publicación del RDL 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, con vigencia desde el 13 de mayo de 2020, las empresas entran en una nueva encrucijada laboral. En este webinar analizamos la tan controvertida cláusula de salvaguarda del empleo, cómo actuar ante ella y qué resultado nos puede acarrear en cuanto al incumplimiento de ella.
Webinar | Covid-19: últimas novedades del tsunami laboralAGM Abogados
En este webinar, realizado el 6 de mayo, nuestro socio Luis San José ha abordado las últimas novedades laborales relacionadas con el #COVID19 con el fin de actualizar los puntos más importantes sobre la temática laboral y de Seguridad Social desarrollada en los reales decretos.
Webinar | Opciones de residencia para trabajar en una startup en España 0103...AGM Abogados
En este webinar explicaremos las distintas opciones de residencia que existen en la legislación migratoria para encajar cualquier tipo de perfil profesional que pretenda trabajar en una startup Española: perfiles directivos o de gerencia, perfiles seniors o managers, perfiles juniors y de estudiantes en prácticas.
Agm presentacion webinar gestion de la morosidad_290121AGM Abogados
En el presente webinar y desde nuestra perspectiva como abogados procesalistas con más de 20 años de experiencia lidiando con situaciones de morosidad, te expondremos las mejores políticas para gestionar las situaciones de impago, desde una doble perspectiva:
• Por un lado preventiva, para evitar las situaciones de impago a futuro.
• Por otro lado resolutiva, para solucionar favorablemente las situaciones de impago que ya se estén produciendo, acudiendo al cauce de reclamación más efectivo existente.
Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? Segunda con...AGM Abogados
La batalla contra la pandemia del #Covid19 ha enfrentado a muchas empresas a una crisis con la que nunca antes se habían encontrado, y con unas consecuencias económicas verdaderamente devastadoras. En este webinar, nuestros abogados explican cómo salvar las empresas a través del proceso concursal y cómo afrontar esta difícil situación.
En este webinar hablaremos sobre el concurso con declaración y conclusión simultáneas por insuficiencia de la masa activa, también conocido como concurso exprés.
El concurso exprés es una herramienta que ofrece la Ley Concursal para liquidar empresas que no tienen viabilidad y que será necesaria en este escenario postpandemia.
Acompáñanos para comentar con nuestros expertos sobre los aspectos más importantes a tomar en cuenta en este tipo de procedimientos.
APttCB | Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? AGM Abogados
La batalla contra la pandemia del #Covid19 ha enfrentado a muchas empresas a una crisis con la que nunca antes se habían encontrado, y con unas consecuencias económicas verdaderamente devastadoras. En este webinar, en colaboración con APttCB, nuestros abogados de AGM explican cómo salvar las empresas a través del proceso concursal y cómo afrontar esta difícil situación.
Jonathan Gil te explica las posibles contingencias y riesgos legales existentes desde la perspectiva laboral y de Seguridad Social respecto a la contratación de peritos “freelance”.
Webinar | Esperar o no al concurso de acreedores: ventajas e inconvenientesAGM Abogados
En este webinar, proporcionaremos a empresas con dificultades económicas actuales, una visión práctica de si deben apurar la presentación de su concurso de acreedores al final de la moratoria y, por lo tanto, solicitarlo con la nueva Ley Concursal, o bien aprovechar las ventajas de hacerlo con la actual legislación concursal.
Pre-pack concursal: nueva alternativa para salvar empresasAGM Abogados
En este webinar hablamos sobre esta nueva alternativa para salvar empresas:
1. ¿ Qué es una Unidad Productiva?
2. Transmisión de Unidades Productivas dentro del concurso de acreedores
3. Nuevo procedimiento del pre-pack concursal
4. Ventajas de la compra de empresas en concurso
5. Aspectos prácticos
Agm a ptt_cb_gestion de la morosidad_260321AGM Abogados
Una adecuada gestión del riesgo comercial resulta fundamental para la buena marcha de las empresas. Sin embargo, se convierte en un elemento imprescindible en momentos como los actuales, aquejados por una drástica caída de la demanda que ha hundido varios sectores de la actividad empresarial, afectando muy negativamente la “foto” macro del PIB español con una reducción del 12%.
Fruto de dicha contracción, en el momento actual se desconoce con mayor grado de incertidumbre que en años anteriores, la situación patrimonial real de muchas empresas, que siguen operando en el mercado con una liquidez muy comprometida y que de forma muchas veces involuntaria, acaban incumpliendo sus obligaciones de pago, arrastradas por la crisis económica.
De ahí que resulte una cuestión de supervivencia controlar más que nunca las políticas de crédito comercial y gestionar de la forma más eficiente y rápida posible cualquier situación de impago que se presente.
Webinar Cambra | ¿Cómo atraer personal altamente cualificado? Residencia e in...AGM Abogados
En esta sesión hablaremos de los diferentes tipos de perfiles para los que se pueden tramitar permisos de trabajo con agilidad, así como de los incentivos fiscales que pueden convencerles de que la oferta recibida tiene atractivos adicionales.
APttCB | La compra de empresas en concurso como alternativa a la desaparición...AGM Abogados
¿Qué alternativas pueden tener las empresas que se tengan que declarar en concurso de acreedores ante la crisis provocada por el #Covid19? En este webinar, te explicamos una de ellas, conocidas como #Distressed M&A, especialmente, sobre los aspectos legales, fiscales y prácticos de este tipo de compraventas.
La crisis generada por la pandemia ha golpeado duramente a muchas empresas, cuya supervivencia está en juego. Para salvarlas, existen herramientas como la compra de unidades productivas dentro del concurso de acreedores y, en especial, existe un nuevo procedimiento de “pre-pack”, creado por los Juzgados Mercantiles de Barcelona, que permitirán salvar empresas y empleos.
En este webinar hablaremos sobre esta nueva alternativa para salvar empresas.
CAMBRA & AGM Abogados | La compra de empresas en concurso como alternativa a ...AGM Abogados
¿Qué alternativas pueden tener las empresas que se tengan que declarar en concurso de acreedores ante la crisis provocada por el #Covid19? En este webinar, te explicamos una de ellas, conocidas como #Distressed M&A, especialmente, sobre los aspectos legales, fiscales y prácticos de este tipo de compraventas.
Webinar | Claves de acceso a Francia: subcontratación, inspecciones de trabaj...AGM Abogados
Francia es un país con numerosas oportunidades económicas para las empresas españolas.
En numerosas ocasiones las empresas comienzan su actividad en el país galo como subcontratas y beneficiándose del marco europeo de desplazamiento de trabajadores comunitarios. Así mismo, cada día más, las empresas se ven confrontadas a la inspección de trabajo francesa.
Nuestro webinar tiene como objeto ofrecerles los instrumentos jurídicos básicos necesarios para desarrollar su actividad con todas las garantías en estos ámbitos, subcontratación, desplazamientos intracomunitarios e inspecciones de trabajo.
En la charla participará el equipo de abogados de la oficina de París de AGM Avocats-Abogados y será presentado por Javier Burgos Belascoain, Consejero Económico y Comercial Jefe de España de la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Francia, quien ofrecerá una visión económica del país tras la pandemia del Covid-19.
AFYDAD & AGM Abogados | Covid-19: ayudas financieras y subvenciones para las ...AGM Abogados
Luís F. Conde, Asociado del área Gestión de Crisis y experto en financiación bancaria, y Francisco Lacasa, Socio del área Gestión de Crisis de AGM Abogados, te explican las diferentes ayudas financieras y subvenciones que existen para las empresas con el objetivo de paliar los efectos económicos del #COVID19.
Covid19: ¿Las empresas tienen que seguir pagando impuestos?AGM Abogados
El socio responsable del área de derecho fiscal de AGM Abogados, Leonardo Cárdenas Armesto, aborda cuestiones que preocupan actualmente a las empresas y a los ciudadanos en referencia a sus obligaciones con Hacienda después de la declaración del gobierno español del Estado de Alarma, provocado por la pandemia del Covid-19.
Te explicamos en pocas palabras lo que puedes hacer y cómo para reducir las cargas fiscales con las medidas adoptadas por el Gobierno en esta crissi del COVID19
Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? Segunda con...AGM Abogados
La batalla contra la pandemia del #Covid19 ha enfrentado a muchas empresas a una crisis con la que nunca antes se habían encontrado, y con unas consecuencias económicas verdaderamente devastadoras. En este webinar, nuestros abogados explican cómo salvar las empresas a través del proceso concursal y cómo afrontar esta difícil situación.
En este webinar hablaremos sobre el concurso con declaración y conclusión simultáneas por insuficiencia de la masa activa, también conocido como concurso exprés.
El concurso exprés es una herramienta que ofrece la Ley Concursal para liquidar empresas que no tienen viabilidad y que será necesaria en este escenario postpandemia.
Acompáñanos para comentar con nuestros expertos sobre los aspectos más importantes a tomar en cuenta en este tipo de procedimientos.
APttCB | Covid-19: ¿Cómo salvar mi empresa a través del proceso concursal? AGM Abogados
La batalla contra la pandemia del #Covid19 ha enfrentado a muchas empresas a una crisis con la que nunca antes se habían encontrado, y con unas consecuencias económicas verdaderamente devastadoras. En este webinar, en colaboración con APttCB, nuestros abogados de AGM explican cómo salvar las empresas a través del proceso concursal y cómo afrontar esta difícil situación.
Jonathan Gil te explica las posibles contingencias y riesgos legales existentes desde la perspectiva laboral y de Seguridad Social respecto a la contratación de peritos “freelance”.
Webinar | Esperar o no al concurso de acreedores: ventajas e inconvenientesAGM Abogados
En este webinar, proporcionaremos a empresas con dificultades económicas actuales, una visión práctica de si deben apurar la presentación de su concurso de acreedores al final de la moratoria y, por lo tanto, solicitarlo con la nueva Ley Concursal, o bien aprovechar las ventajas de hacerlo con la actual legislación concursal.
Pre-pack concursal: nueva alternativa para salvar empresasAGM Abogados
En este webinar hablamos sobre esta nueva alternativa para salvar empresas:
1. ¿ Qué es una Unidad Productiva?
2. Transmisión de Unidades Productivas dentro del concurso de acreedores
3. Nuevo procedimiento del pre-pack concursal
4. Ventajas de la compra de empresas en concurso
5. Aspectos prácticos
Agm a ptt_cb_gestion de la morosidad_260321AGM Abogados
Una adecuada gestión del riesgo comercial resulta fundamental para la buena marcha de las empresas. Sin embargo, se convierte en un elemento imprescindible en momentos como los actuales, aquejados por una drástica caída de la demanda que ha hundido varios sectores de la actividad empresarial, afectando muy negativamente la “foto” macro del PIB español con una reducción del 12%.
Fruto de dicha contracción, en el momento actual se desconoce con mayor grado de incertidumbre que en años anteriores, la situación patrimonial real de muchas empresas, que siguen operando en el mercado con una liquidez muy comprometida y que de forma muchas veces involuntaria, acaban incumpliendo sus obligaciones de pago, arrastradas por la crisis económica.
De ahí que resulte una cuestión de supervivencia controlar más que nunca las políticas de crédito comercial y gestionar de la forma más eficiente y rápida posible cualquier situación de impago que se presente.
Webinar Cambra | ¿Cómo atraer personal altamente cualificado? Residencia e in...AGM Abogados
En esta sesión hablaremos de los diferentes tipos de perfiles para los que se pueden tramitar permisos de trabajo con agilidad, así como de los incentivos fiscales que pueden convencerles de que la oferta recibida tiene atractivos adicionales.
APttCB | La compra de empresas en concurso como alternativa a la desaparición...AGM Abogados
¿Qué alternativas pueden tener las empresas que se tengan que declarar en concurso de acreedores ante la crisis provocada por el #Covid19? En este webinar, te explicamos una de ellas, conocidas como #Distressed M&A, especialmente, sobre los aspectos legales, fiscales y prácticos de este tipo de compraventas.
La crisis generada por la pandemia ha golpeado duramente a muchas empresas, cuya supervivencia está en juego. Para salvarlas, existen herramientas como la compra de unidades productivas dentro del concurso de acreedores y, en especial, existe un nuevo procedimiento de “pre-pack”, creado por los Juzgados Mercantiles de Barcelona, que permitirán salvar empresas y empleos.
En este webinar hablaremos sobre esta nueva alternativa para salvar empresas.
CAMBRA & AGM Abogados | La compra de empresas en concurso como alternativa a ...AGM Abogados
¿Qué alternativas pueden tener las empresas que se tengan que declarar en concurso de acreedores ante la crisis provocada por el #Covid19? En este webinar, te explicamos una de ellas, conocidas como #Distressed M&A, especialmente, sobre los aspectos legales, fiscales y prácticos de este tipo de compraventas.
Webinar | Claves de acceso a Francia: subcontratación, inspecciones de trabaj...AGM Abogados
Francia es un país con numerosas oportunidades económicas para las empresas españolas.
En numerosas ocasiones las empresas comienzan su actividad en el país galo como subcontratas y beneficiándose del marco europeo de desplazamiento de trabajadores comunitarios. Así mismo, cada día más, las empresas se ven confrontadas a la inspección de trabajo francesa.
Nuestro webinar tiene como objeto ofrecerles los instrumentos jurídicos básicos necesarios para desarrollar su actividad con todas las garantías en estos ámbitos, subcontratación, desplazamientos intracomunitarios e inspecciones de trabajo.
En la charla participará el equipo de abogados de la oficina de París de AGM Avocats-Abogados y será presentado por Javier Burgos Belascoain, Consejero Económico y Comercial Jefe de España de la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Francia, quien ofrecerá una visión económica del país tras la pandemia del Covid-19.
AFYDAD & AGM Abogados | Covid-19: ayudas financieras y subvenciones para las ...AGM Abogados
Luís F. Conde, Asociado del área Gestión de Crisis y experto en financiación bancaria, y Francisco Lacasa, Socio del área Gestión de Crisis de AGM Abogados, te explican las diferentes ayudas financieras y subvenciones que existen para las empresas con el objetivo de paliar los efectos económicos del #COVID19.
Covid19: ¿Las empresas tienen que seguir pagando impuestos?AGM Abogados
El socio responsable del área de derecho fiscal de AGM Abogados, Leonardo Cárdenas Armesto, aborda cuestiones que preocupan actualmente a las empresas y a los ciudadanos en referencia a sus obligaciones con Hacienda después de la declaración del gobierno español del Estado de Alarma, provocado por la pandemia del Covid-19.
Te explicamos en pocas palabras lo que puedes hacer y cómo para reducir las cargas fiscales con las medidas adoptadas por el Gobierno en esta crissi del COVID19
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...Miguel A. C. Sánchez
Guia de orientacion para aplicar la Ley Transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias en virtud de la emergencia nacional ocasionada por la pandemia COVID 19
Infografia: Modelo 202: Pago a cuenta del Impuesto de SociedadesSage España
Los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades se realizan en tres épocas del año. La primera de ellas durante los primeros 20 días del mes de Abril.
En esta infografía destacamos algunas de las novedades que entraron en vigor el pasado 1 de Enero de 2015. Más información en http://www.sage.es/recursos-de-negocio/biblioteca-empresarial/tabs/infografias/modelo-202-impuesto-de-sociedades
La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa (SEPYME), a través de la resolución 68-E, reglamentó el régimen de fomento de inversiones, beneficio que contempla un pago a cuenta en el impuesto a las ganancias y la obtención de un bono de crédito fiscal para el pago de tributos.
Por su parte, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó y reordenó en una sola norma (RG 4010-E) el acceso a los beneficios contemplados en la ley -“Régimen de Fomento para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas”-.
A medida que el Covid 19 avanza en Chile, el gobierno ha dispuesto de medidas tributarias para empresas y personas naturales para ayudar a superar esta crisis. Puedes aprender más al respecto acá #greatconversations #renta2020 #nowfortomorrow #covid
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...AGM Abogados
Luis Esteban-Manzanares Fernández-Roldán, Subdirector Adjunto en la Subdirección General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios, te informa de las diferencias más importantes entre la autorización de residencia para profesionales altamente cualificados y la nueva tarjeta azul UE, para poder decidir qué permiso es más beneficioso para la empresa y sus trabajadores.
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...AGM Abogados
Te informamos de las diferencias más importantes entre la autorización de residencia para profesionales altamente cualificados y la nueva tarjeta azul UE, para poder decidir qué permiso es más beneficioso para la empresa y sus trabajadores.
El objetivo de nuestro webinar es en primer lugar facilitar una imagen del mapa procedimental del estudiante extranjero desde que es aceptado por la universidad o centro de estudios hasta que finaliza los mismos y decide iniciar o continuar su carrera profesional en España, sea buscando trabajo o iniciando un proyecto empresarial.
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...AGM Abogados
El pasado 16 de febrero de 2023 el Congreso aprobó la Ley relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Esta Ley obliga a todas las empresas de más de 50 trabajadores y a las entidades del Sector Público a implementar un canal ético o de denuncias en las empresas.
El próximo 1 de diciembre finaliza el plazo para que las empresas comprendidas entre 50 y 249 trabajadores tengan implementado el canal ético o de denuncias. De no cumplir con la Ley llegada esta fecha, las empresas pueden enfrentarse a sanciones de hasta un millón de euros.
Te explicamos todo lo que necesitas saber para cumplir con la Ley y evitar sanciones en nuestro webinar del 19 de octubre.
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...AGM Abogados
El pasado 16 de febrero de 2023 el Congreso aprobó la Ley relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Esta Ley obliga a todas las empresas de más de 50 trabajadores y a las entidades del Sector Público a implementar un canal ético o de denuncias en las empresas.
El próximo 1 de diciembre finaliza el plazo para que las empresas comprendidas entre 50 y 249 trabajadores tengan implementado el canal ético o de denuncias. De no cumplir con la Ley llegada esta fecha, las empresas pueden enfrentarse a sanciones de hasta un millón de euros.
La preocupación constante y las dificultades para seguir el día a día de los responsables de los departamentos de RRHH del caos normativo laboral que está invadiendo a nuestras empresas hace que, mediante el presente webinar, fijemos los apartados más sobresalientes de nuestro panorama laboral para saber si nuestra labor diaria es acorde con la legislación laboral actual.
Tanto durante el año pasado como en el presente ejercicio 2023, los Juzgados de Primera Instancia y las Audiencias Provinciales han ido resolviendo asuntos sobre las controvertidas reclamaciones de cobertura efectuadas por algunos asegurados frente a sus aseguradoras, en los que les reclamaban las pérdidas de beneficios (el lucro cesante) sufridas por el cierre de sus negocios durante la pandemia del Covid.
El presente webinar tiene por objeto analizar las dos tendencias apreciadas por nuestros Tribunales a la hora de resolver esta cuestión: una primera corriente (mayoritaria) que podríamos denominar “pro aseguradora”, y que ha supuesto la desestimación de este tipo de reclamaciones y una segunda corriente “pro asegurado” que, por el contrario, ha estimado las reclamaciones de los demandantes.
Presentación_webinar_Desplazamiento de trabajadores a Francia_060723.pdfAGM Abogados
En este webinar queremos contarte todo lo que debes tener en cuenta a la hora de desplazar a tus trabajadores a Francia, para evitar cualquier tipo de sanción por parte de las autoridades del país de destino.
En esta presentación te explicamos en qué consiste el procedimiento de Due Diligence, la logística del proceso, y desglosaremos cada una de las áreas susceptibles de ser analizadas. Además, hablamos sobre los tipos de informe de Due Diligence que pueden emitirse, atendiendo al contexto y a las necesidades del cliente.
El Tratado de la Unión Europea (TUE) autoriza el desplazamiento de trabajadores entre países de la UE. Sin embargo, este desplazamiento se rige por una serie de directivas europeas.
Además, cuando los trabajadores se desplazan a Francia, hay que respetar la normativa francesa relativa al núcleo duro de los derechos de los trabajadores.
International teleworking: migration, tax and Social Security implicationsAGM Abogados
With the approval of the Startups Law, the Spanish Government regulates for the first time the figure of international teleworking and with it, important fiscal, commercial and migratory measures.
From the migratory point of view, a permit is created for international teleworkers (or digital nomads), both for those who work as freelancers, which will have a significant impact on the Social Security of workers.
Finally, from a fiscal point of view, the possibility of benefiting from the Special Tax Regime (Beckham Law) is established for this type of profiles that travel to Spain to telework.
Plataforma de denuncia de Whistleblower SoftwareAGM Abogados
Plataforma de denuncia de Whistleblower Software: solución sencilla y seguro te ayudará a cumplir con los requisitos legales y fortalecerá la protección de los denunciantes.
Plazo de 3 meses para que las empresas implementen el canal ético o de denunciasAGM Abogados
El pasado jueves 16 de febrero de 2023 el Congreso aprobó la Ley relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Esta nueva Ley obliga a todas las empresas de más de 50 trabajadores y a las entidades del Sector Público a implementar un canal ético o de denuncias en el seno de tu organización.
En este presentación te explicamos en qué consiste el canal de denuncias, quién está obligado a tener uno, el plazo del que dispone su empresa para implementarlo, las sanciones a las que puedes enfrentarte si no lo tienes.
Cómo afecta al ciudadano y a las empresas el Impuesto de las Grandes Fortunas...AGM Abogados
El objeto de esta presentación es poder desgranar de una forma sencilla y con ejemplos qué implican todas estas nuevas medidas fiscales y a quiénes afectan.
Se comentan, asimismo, alternativas ante un posible incremento de la presión fiscal para el contribuyente.
Presentacion webinar Ventas UP en concurso_01122022.pdfAGM Abogados
El objetivo es dar a conocer las posibilidades de compra o venta de unidades productivas en situaciones de crisis empresarial y las ventajas que puede traer tanto para la empresa que vende, como para la empresa que la comprará.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Las objeciones en el proceso penal acusatorio mexicano
Webinar | ¿Qué alternativa tienen las empresas ante el pago de sus impuestos? ¿Y ante Hacienda?
1. Covid-19: ¿Qué alternativas
tienen las empresas ante el
pago de sus impuestos? ¿Y
ante Hacienda?
12 de mayo de 2020
WEBINAR AGM ABOGADOS
Con Leonardo Cárdenas Armesto
2. Somos AGM Abogados
El equipo que te acompaña de principio a fin.
Con más de 30 años de recorrido, AGM Abogados siempre ha tenido el mismo objetivo: encontrar la
mejor y más rápida solución a los problemas legales de nuestros clientes.
Es por esto que reunimos a un equipo internacional de más de 100 profesionales, repartidos entre
Madrid, Barcelona, Sabadell, París y Shanghai, cada uno especializado en su área en concreto, y, sobre
todo, apasionados por su trabajo.
Somos una de las 35 firmas de abogados españolas más importantes del país y la única que cuenta con
oficina propia en Francia.
Los prestigiosos rankings de despachos de abogados nos recomiendan:
www.agmabogados.com
3. Índice de temas a tratar
1. Normativa aplicable
2. Principales medidas contenidas en el RDL 8/2020 y el RDL 15/2020
3. Autoliquidaciones, declaraciones y declaraciones informativas
4. Plazo para el pago de las deudas liquidadas por la Administración
5. Plazo para el pago de deudas fraccionadas o aplazadas
6. Embargos
7. Plazo para contestar requerimientos y efectuar alegaciones
8. Actuaciones de/ante la Administración (cuestiones generales)
9. Actuaciones de/ante la Inspección
10.Procedimientos ante la Administración Autonómica
11.Procedimientos ante la Administración Local
12.Plazo para la formulación y aprobación de cuentas de las sociedades.
www.agmabogados.com
4. 1.- Normativa fiscal Covid-19
Real Decreto-Ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan
medidas urgentes para responder el impacto económico del COVID-
19.
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el
estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19.
Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el RD
463/200, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma
para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19.
Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes
extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del
COVID-19.
Real Decreto-Ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes
complementarias para apoyar la economía y el empleo.www.agmabogados.com
5. 2.- Principales medidas tributarias del RDL
8/2020 y 15/2020
i. Suspensión del cómputo del plazo de los procedimientos tributarios
de la AEAT desde el 14 de marzo hasta 30 de mayo de 2020
ii. Suspensión de los plazos de caducidad y de los plazos de
prescripción desde el 14/03 al 30/05
iii. En procedimientos de apremio, no ejecución de garantías que
recaigan sobre inmuebles, desde el 14/03 hasta 30/05/20
iv. Inicio el 31/05/20 del plazo para interponer recursos y
reclamaciones económicas-administrativas, o bien inicio desde la
fecha determinada por la norma general, si la notificación del acto a
recurrir se hubiera producido con posterioridad al 30/05/2020
v. No entrada en vía ejecutiva aquellos aplazamientos denegados a
empresas que hubieran solicitado préstamos financieros avalados
por el ICO para pagar sus impuestos, con determinados requisitos
vi. Posibilidad de renunciar al sistema de estimación objetiva del IRPF
y simplificado de Iva, así como escoger opción pago a cuenta IS
www.agmabogados.com
6. 3.- Autoliquidaciones, declaraciones y
declaraciones complementarias
www.agmabogados.com
1. ¿Las empresas tienen obligación de presentar sus autoliquidaciones, a pesar del estado
de alarma?
Las empresa tienen obligación de presentar sus autoliquidaciones en los plazos reglamentarios
y pagarlas
Sin embargo, las declaraciones y autoliquidaciones competencia de la AEAT (vencidas entre
14/04 y 20/05) se amplia el plazo para su presentación hasta el 20 de mayo para aquellos
obligados con volumen de operaciones < 600.000€ en el año 2019.
2. ¿Qué impuestos habrá que presentar durante el estado de alarma?
Los que reglamentariamente se establece que su plazo de presentación se meritan, sin
importar el estado de alarma. Afecta a IVA, IRPF retenciones, Pago fraccionado del IS, etc.
Recordar que el día 1º de abril se abre el periodo de declaración del IRPF anual del año 2019
3. ¿Se amplia el plazo de registro en el SII?
Si durante el estado el estado de alarma no se han emitido factura y tampoco registrado en la
contabilidad las facturas recibidas, no habrán obligaciones de registro en el SII. En otro caso,
NO existe una ampliación en el plazo para registrar en el SII.
7. 3.- Autoliquidaciones, declaraciones y
declaraciones complementarias
.
www.agmabogados.com
4. ¿Soy PYME (INCN < 6 millones de euros) ¿Tengo que presentar mis declaraciones del
primer trimestre en el plazo habitual?
Sí. Los plazos para la presentación de las autoliquidaciones y declaraciones no se han alterado
(menos aquellas empresas con operaciones <600.000€ en 2019)
5. En 2019 nuestro INCN fue superior a 6 millones de euros. ¿Se ha contemplado alguna
suspensión o aplazamiento en el pago de las deudas derivadas de nuestras obligaciones
mensuales?
No. Para las grandes empresas no se ha adoptado ninguna medida de carácter tributario.
No se tiene en cuenta el concepto de PYME del art. 101 LIS (INCN <10 M €)
6. Soy una PYME con cifra de negocios < 600.000 € ¿Se extiende el plazo para la presentación
e ingreso del primer pago fraccionado del IS?
Sí, se permite la opción de realizar los pagos fraccionados sobre la parte de la base imponible
del periodo de los 3, 9 u 11 primeros meses mediante la presentación dentro del plazo
ampliado por el RD 14/2020 del pago fraccionado.
.
8. 7. Soy PYME (INCN < 6 millones de euros) pero mi volumen de operaciones supera los
600.000 € ¿Puedo ejercer la opción de realizar los pagos fraccionados, en el ejercicio de
2020, del impuesto de Sociedades?
Los contribuyentes cuyo periodo impositivo se haya iniciado a partir del 1º de enero de 2020
podrán ejercitar la opción del art.40.3 LIS mediante la presentación en plazo del segundo pago
fraccionado a cuenta de la liquidación correspondiente a dicho periodo impositivo que deba
efectuarse en los primeros 20 días naturales del mes de octubre de 2020.
8. Soy PYME (INCN < 6 millones de euros) ¿Puedo solicitar el aplazamiento de alguna deuda
derivada de mis declaraciones trimestrales? ¿Qué deudas se pueden aplazar?
Sí. Las medidas tributarias adoptadas contemplan el aplazamiento de deudas que por Ley son
inaplazables (IVA, retenciones y pagos fraccionados del IS). Dicho aplazamiento puede
solicitarse por un plazo de 6 meses (sin intereses los 3 primeros meses).
9. ¿Existe algún límite de importe para la solicitud de aplazamiento?
En este aspecto no ha habido ninguna modificación: puedo pedir el aplazamiento de cualquier
importe sin necesidad de aportar garantías hasta un importe de 30.000 euros.
(El importe es conjunto para el total de deudas, no por impuesto)
3.- Autoliquidaciones, declaraciones y
declaraciones complementarias
9. 3.- Autoliquidaciones, declaraciones y
declaraciones complementarias
.
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10.- ¿Y qué ocurre si necesito aplazar IVA por un importe superior a 30.000 euros?
Además de ser necesario aportar garantía, se exigirá acreditar que los clientes no han pagado
el IVA repercutido, y que se ha efectuado la reclamación oportuna.
Las retenciones no se podrán aplazar por un importe superior a 30.000 €.
11. ¿Y si tengo deudas anteriores aplazadas, podré aplazar adicionalmente estos 30.000 €?
Si la PYME tiene reconocidos aplazamientos de deudas anteriores y está al corriente de pago,
podrá adicionar otro nuevo aplazamiento por importe de hasta 30.000€
12. ¿El aplazamiento es gratis?
Sí, para los tres primeros meses (hasta el 20 de julio/agosto). Para los tres siguientes se aplicará
el tipo de interés de demora (actualmente, 3,75 % anual).
La conclusión es que por cada 10.000 € de aplazamiento tendrá un coste de 93,75 €.
Si fuera 30.000 € tendría un coste total de 281,25 €. Un 0,9475% semestral
10. 3.- Autoliquidaciones, declaraciones y
declaraciones complementarias
13.- Soy empresario que tributa por estimación objetiva de IRPF y régimen especial
simplificado en el IVA. Mi actividad se ha reducido por el estado de alarma ¿Puedo renunciar
a la estimación objetiva y tributar en el régimen general de IVA por la diferencia entre cuotas
efectivamente repercutidas y cuotas soportadas? En caso de renuncia, ¿Podré aplicar en
2021 el régimen especial simplificado de nuevo?
El empresario puede renunciar al régimen de estimación objetiva de IRPF en el plazo para la
presentación del primer pago fraccionado (cuya finalización es el 20 de mayo) y presentará el
modelo 303 del primer trimestre aplicando el régimen general.
La renuncia al régimen de estimación objetiva no le vinculará para los tres años siguientes,
pudiendo aplicar el régimen especial simplificado siempre que cumpla con los requisitos
normativos y siempre que no la revoquen la opción en el mes de diciembre de 2020,
11. 3.- Autoliquidaciones, declaraciones y
declaraciones complementarias
14.- ¿Se ha establecido algún procedimiento especial para la renuncia al régimen de la
estimación objetiva (módulos) en la actual situación de alarma?
Sí, deberán presentar el primer pago fraccionado de 2020 conforme al método de estimación
directa (es decir presentando el modelo 130 en lugar de 131)
En ese caso tributarán en 2020 en el método de estimación directa. Para el año 2021, se ha
establecido de forma excepcional que puedan volver a tributar en el régimen de estimación
objetiva siempre que cumplan con los requisitos para su aplicación, revocando la renuncia
anterior.
15.- ¿Se ha modificado el cálculo de los pagos fraccionados para los contribuyentes del IRPF
que determinan el rendimiento de sus actividades por el régimen de estimación objetiva?
Sí, para los contribuyentes con actividades distintas de las agrícolas, ganadera y forestales se
reducen los pagos fraccionados durante el estado de alarma ya que no computaran, en cada
trimestre natural, como días de actividad, los días naturales en los que haya estado declarado
el estado de alarma.
12. 3.- Autoliquidaciones, declaraciones y
declaraciones complementarias
16.- Ante la situación de crisis provocada por el Covid-19, ¿las entidades pueden modificar el
sistema de cálculo del pago fraccionado a cuenta del IS?
Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades a los que resultó de aplicación la extensión del
plazo hasta el 20 de mayo, que podrán realizar esta opción mediante la presentación en el plazo
ampliado del primer pago fraccionado a cuenta de la liquidación determinado por aplicación de la
modalidad de pago fraccionado del artículo 40.3.
Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades que no hayan tenido derecho a la extensión del
plazo, pero cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a <6.000.000 de euros podrán
ejercitar la opción, mediante la presentación en plazo del segundo pago fraccionado a cuenta de la
liquidación correspondiente a dicho período impositivo que deba efectuarse en los primeros 20 días
naturales del mes de octubre de 2020 determinado por aplicación de la modalidad de pago
fraccionado regulado en dicho apartado.
En este supuesto, el pago fraccionado efectuado en los 20 días naturales del mes de abril de 2020 será
deducible de la cuota del resto de pagos fraccionados que se efectúen a cuenta del mismo período
impositivo determinados con arreglo a la opción prevista en el párrafo anterior.
En todo caso, ninguna de estas opciones resultará de aplicación a los grupos fiscales que
apliquen el régimen especial de consolidación fiscal regulado en el capítulo VI del título VII de
la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
13. 4.- Sobre los plazos para el pago de deudas
liquidadas por la Administración
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17. Me han desestimado unas alegaciones relativas la Impuesto sobre Sociedades del 2017, y
con fecha 20 de marzo me han notificado la propuesta de liquidación con la carta de pago
correspondiente. En ella se indica que si he recibido la notificación en la segunda quincena
del mes, el plazo para el pago será hasta el 5 de mayo. ¿Es ese mi plazo para realizar el pago?
No, el plazo para el pago se amplía hasta el día 30 de mayo.
18. En enero presenté la declaración del IVA correspondiente al cuarto trimestre de 2019, sin
realizar el pago de la cuota resultante de la misma. Con fecha 14 de marzo, recibí la
notificación del recargo de apremio con su correspondiente carta de pago. En ella se indica
que si he recibido la notificación en la primera quincena del mes, el plazo para el pago
finalizará el día 20 del mismo mes. ¿Debería haber pagado el día 20?
No, el plazo para el pago se amplía hasta el día 30 de mayo.
Si la deuda se paga en ese plazo, el recargo será el 10%.
Transcurrido el mismo, será el 20%
14. 4.- Sobre los plazos para el pago de deudas
liquidadas por la Administración
.
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19. He recibido la carta para el pago de una liquidación practicada por la Administración
Tributaria en fecha 16 de abril. En ella se indica como plazo para el pago finalizará el día 5 de
junio. ¿Tengo que atender el pago el día 30 de mayo?
No, en este caso se mantiene el plazo original, pues lo contrario perjudicaría al contribuyente,
es decir el 5 de junio.
20. ¿Es necesario solicitar de forma expresa la aplicación de la ampliación de plazos
aprobada?
No. La ampliación es automática con la entrada en vigor del Real Decreto Ley.
21. Estos nuevos plazos ¿incrementan la cuantía de la deuda? Es decir, ¿Se genera algún tipo
de recargo o interés?
No. El nuevo plazo es en las mismas condiciones que el plazo originario.
15. 5.- Sobre los plazos para el pago de deudas
fraccionadas o aplazadas
.
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22. Tengo concedido un fraccionamiento de la cuota del Impuesto sobre Sociedades
correspondiente al ejercicio 2018. ¿Cuándo tengo que pagar los vencimientos posteriores al
14 de marzo?
Al tratarse de un aplazamiento concedido con anterioridad al 14 de marzo, todos los
vencimientos comprendidos entre el 14 de marzo y el 30 de mayo se trasladan al 30 de mayo.
El resto de vencimientos en sus plazos.
23. En febrero presenté solicitud de aplazamiento sobre una deuda derivada de una
liquidación provisional relativa al Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2016. Solicitaba el
aplazamiento del pago hasta abril. El día 25 de marzo 2020 recibí la concesión del
aplazamiento. ¿Cómo me afectan las medidas adoptadas recientemente?
El plazo para el pago de la deuda se amplía hasta el 30 de mayo.
Al igual que ocurría con las deudas liquidadas por la Administración, estos nuevos plazos no
precisan de solicitud expresa y no incrementan la cuantía.
16. 5.- Sobre los plazos para el pago de deudas
fraccionadas o aplazadas
.
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24. Con anterioridad al 14 de marzo, la Administración me comunica la denegación de una
solicitud de aplazamiento de una deuda tributaria. El plazo para el pago finaliza después del
14 de marzo. ¿Cuándo tengo que efectuar dicho pago?
Si el plazo finaliza antes del 30 de mayo, éste se trasladará a dicha fecha.
Si la finalización del plazo es posterior, se mantiene.
25. ¿Qué ocurre si la Administración me comunica la inadmisión de una solicitud de
aplazamiento de una deuda tributaria antes del 14 de marzo?
Si no se realiza el pago, se iniciará el periodo ejecutivo y se generará el recargo de apremio. Si
la notificación de la deuda más el recargo de apremio es anterior también al 14 de marzo, el
plazo finalizará el 30 de mayo.
17. 5.- Sobre los plazos para el pago de deudas
fraccionadas o aplazadas
.
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26. ¿Cuándo se puedo inadmitir una solicitud de aplazamiento y fraccionamiento?
1.- Cuando la deuda debe ser declarada por autoliquidación y no haya se haya pedido con
anterioridad o conjuntamente con la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento
2.- Cuando la autoliquidación haya sido presentada habiéndose iniciado con anterioridad un
procedimiento de comprobación o investigación que hubiera quedado suspendido por haber
pasado el tanto de culpa a la jurisdicción competente o por haber sido remitido el expediente al
Ministerio Fiscal, por concurrir alguno de los supuestos regulados en el artículo 305 del Código
Penal, siempre que la solicitud se refiera a conceptos y períodos objeto de dicho procedimiento
de comprobación o investigación.
3.- Cuando se presenten solicitudes reiterativas de otras anteriores que hayan sido objeto de
denegación y no contengan modificaciones sustanciales, y en particular, cuando dicha
reiteración tenga por finalidad dilatar, dificultar o impedir la gestión recaudatoria
4.- Asimismo, se inadmitirá por extemporánea la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento
presentada después de la notificación del acuerdo de enajenación de los bienes embargados.
La inadmisión de una solicitud determina que la misma se tenga por no presentada,
entendiéndose por tanto iniciado el período ejecutivo al día siguiente al del vencimiento del
plazo de ingreso en período voluntario
18. 5.- Sobre los plazos para el pago de deudas
fraccionadas o aplazadas
.
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27. Se ha denegado el aplazamiento solicitado por exceder del importe máximo que es posible
aplazar o porque es una empresa que superó los 6 millones de € e el 2019 y no se puede pagar
en el plazo ¿Qué alternativas tiene la empresa?
La presentación de declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones presentadas por un contribuyente
en el plazo voluntario sin efectuar el ingreso correspondiente a las deudas tributarias resultantes de las
mismas, impedirá el inicio del periodo ejecutivo siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
1.- Que se haya solicitado dentro del plazo voluntario del tributo la financiación a que se refiere el
artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, para el pago de las deudas tributarias resultantes de dichas
declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones y por, al menos, el importe de dichas deudas.
2.- Que se aporte a la Administración Tributaria hasta el plazo máximo de cinco días desde el fin del plazo
de presentación de la declaración-liquidación o autoliquidación, un certificado expedido por la entidad
financiera acreditativo de haberse efectuado la solicitud de financiación incluyendo el importe y las
deudas tributarias objeto de la misma.
3.- Que dicha solicitud de financiación sea concedida en, al menos, el importe de las deudas
mencionadas.
4.- Que las deudas se satisfagan efectiva, completa e inmediatamente en el momento de la concesión de
la financiación.
En caso de incumplimiento de cualquiera de los requisitos enumerados, no se habrá entendido impedido
el inicio del periodo ejecutivo al finalizar el plazo voluntario
19. 6.- Sobre diligencias de embargos
.
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28. Con fecha posterior al 18 de marzo recibí una diligencia de embargo por una deuda
impagada correspondiente al IVA del 2T de 2019. ¿Hasta qué fecha tengo para atender
dicha diligencia?
Como la notificación de la diligencia se produjo después de la entrada en vigor del RDL,
la fecha se amplía hasta el día 30 de mayo.
29. Si con anterioridad la 14 de marzo he recibido una diligencia de embargo de
créditos, (a un proveedor o a un empleado), al no ser un embargo a mi empresa, qué
plazo tengo para contestar e ingresar el crédito embargado?
Si a 14 de marzo aún no había concluido el plazo, éste se amplía hasta el 30 de mayo.
No obstante, al estar notificado el embargo, no se podrá pagar la cuantía embargada al
proveedor o al empleado.
20. 7 .- Sobre los plazos para contestar
requerimientos y efectuar alegaciones
.
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30. Con anterioridad al 14 de marzo se recibió una propuesta de liquidación provisional con
trámite de alegaciones. La ampliación de plazo regulada en el RDL es sólo para el pago de
deudas, o también afecta a este trámite?
Sí, también afecta al plazo para formular las alegaciones, que se extenderá al 30 de mayo.
31. ¿Y en el caso de que dicho trámite de alegaciones hubiese sido notificado con
posterioridad al 14 de marzo?
En ese supuesto el plazo también se amplia al 30 de mayo. Únicamente se mantendría el plazo
originario en caso de que éste finalizase en un momento posterior a dicha fecha.
32. Si el día 20 de marzo recibí un requerimiento de información, concediéndose 10 días
hábiles para atender al mismo, ¿cómo me afectan las medidas extraordinarias adoptadas?
Al haberse notificado el requerimiento con fecha posterior al 18 de marzo, el plazo para
atender el requerimiento se extenderá al 30 de mayo.
21. 7.- Sobre los plazos para contestar
requerimientos y efectuar alegaciones
.
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33. En estos supuestos de contestación de requerimientos y alegaciones, ¿es necesario
tramitar el procedimiento de ampliación de plazo regulado en la normativa tributaria?
No. Dicho procedimiento de solicitud de ampliación del plazo por su mitad es el que aplica en
condiciones normales. Ahora mismo, aplicarían automáticamente los plazos (30 de mayo)
aprobados en las medidas extraordinarias adoptadas.
34. ¿Qué ocurre si la Administración me envía la notificación a mi DEH con fecha anterior al
18 de marzo, pero se abre transcurrida esa fecha? ¿qué fecha se tiene en cuenta?
(esta respuesta también es válida para lo relativo al pago de deudas)
Si en la fecha de apertura de la notificación aún no han transcurrido los 10 días desde la fecha
de inclusión de la misma en la DEH, entonces se entenderá notificada con posterioridad al 18
de marzo, y le afectará el plazo del 30 de mayo.
22. 8.- Sobre las actuaciones de/ante la
Administración (cuestiones generales)
.
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35. ¿Puedo recibir durante el periodo de suspensión (14-03 a 30-05) alguna notificación de la
Agencia Tributaria?
En principio la Agencia Tributaria no realizará trámites durante este periodo, aunque se reserva
el derecho de realizar aquellos trámites que sean imprescindibles. (No se aclara el concepto
“imprescindible”). Sí entradas y registros.
36. Durante el periodo de suspensión/aplazamiento (14-03 a 30-05), ¿puedo igualmente
atender el pago o el requerimiento?
Sí, la ampliación de plazo es una “facilidad”, de carácter potestativo. Si se contesta en el plazo
originario, o entre la finalización de éste y la finalización del plazo ampliado, el requerimiento o
pago se considerará atendido.
37. Este periodo de suspensión, ¿afecta a los plazos de prescripción? ¿Qué plazo afecta?
Sí. El periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 30 de mayo, no computará a efectos de
considerar los cuatro años del periodo de prescripción, ni de duración
de los procedimientos.
23. 8.- Sobre las actuaciones de/ante la
Administración (cuestiones generales)
.
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38. El plazo para interponer recursos o reclamaciones económicas-administrativas ¿también
se ve modificado?
Sí. En términos generales el plazo para interponer un recurso de reposición o una reclamación
económico administrativa, es de un mes desde la fecha de notificación del acto objeto de
recurso o reclamación.
Si dicho acto fue notificado con anterioridad al 14 de marzo (fecha de entrada en vigor del RD
463/2020), pero a esa fecha aún no ha finalizado dicho plazo de un mes, éste se paraliza y
comenzará de nuevo el primer día hábil siguiente al cese del estado de alarma.
El plazo volverá a computarse desde su inicio (se reinicia el computo por el plazo original).
(Art.2 RD 16/2020)
24. 9.- Sobre las actuaciones de/ante la
Inspección
.
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39. ¿Qué ocurre con los procedimientos inspectores recientemente iniciados con cita para la
primera comparecencia dentro del periodo de declaración del estado de alarma?
En estos momentos no se aconseja la celebración de la comparecencia, ni en las oficinas de la
inspección, ni en las del obligado tributario. Por ello se acordará con el actuario
correspondiente el aplazamiento de esta primera comparecencia.
Si en el inicio de las actuaciones se requería la aportación de documentación, ésta podrá ser
aportada a través de la sede electrónica, extendiéndose el plazo para realizar dicho trámite
hasta el día 30 de mayo.
40. Si el procedimiento inspector ya se encontraba avanzado a la entrada en vigor del RD,
¿puede la inspección solicitar nueva documentación durante este periodo?
El periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 30 de mayo no computará a efectos del
cómputo de la duración máxima del procedimiento, por lo que únicamente se realizarán los
trámites imprescindibles y aquéllos respecto de los cuales el contribuyente manifieste
expresamente su conformidad.
25. 9.- Sobre las actuaciones de/ante la
Inspección
.
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40. Con anterioridad al 14 de marzo se ha iniciado el trámite de audiencia, habiéndose fijado
fecha para la firma de las actas ¿cómo se debe proceder?
Si dicha firma estaba fijada para una fecha anterior al 30 de mayo, su celebración estará
supeditada a la manifestación de conformidad por parte del contribuyente.
41. ¿Se puede abrir el trámite de audiencia del procedimiento inspector?
Con carácter general dicho trámite no se abrirá salvo que el contribuyente manifieste
explícitamente su conformidad.
26. 10.- Procedimientos ante las
Administraciones autonómicas
.
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42. ¿Se han modificado los términos para la presentación y pago de las autoliquidaciones y
liquidaciones, en Catalunya?
Sí. Han quedado suspendidos los plazos para la presentación y pago de las autoliquidaciones por
los impuestos cedidos y propios, hasta que quede sin efecto el estado de alarma, en general.
En contraposición a la posición del Estado, los plazos para hacer el pago de impuestos han
quedado suspendidos.
Supuestos especiales:
• Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos Las autoliquidaciones
correspondientes al periodo de 1/10/2019 a 31/03/2020 se presentarán entre el 1º al
20/10/2020
• Impuesto sobre bebidas azucaradas Las liquidaciones del 1t/20 se presentaran entre el 1º
y el 20/07/2020
• Impuesto sobre Sucesiones: En los supuestos de sucesiones que el 14 de marzo no había
finalizado el plazo de presentación y plazo se prorroga dos meses adicionales, una vez
finalice el estado de alarma
27. 43. Tengo una herencia que a 14 de marzo no había finalizado el plazo voluntario para el
pago del impuesto en Catalunya, ¿Cuál es el nuevo plazo?
El plazo se amplia en dos meses adicionales, una vez finalizado el estado de alarma.
44. Los plazos de suspensión de los procedimientos tributarios ¿se han suspendido?
Al igual que a los procedimientos tributarios gestionados por la AEAT, éstos han quedado
suspendido hasta el 30 de mayo.
45. En la Comunidad de Madrid, ¿han quedado suspendido los plazos para el pago de
autoliquidaciones y liquidaciones tributarias?
Se amplia, a partir del día 27 de abril de 2020, en un mes adicional los plazos para la
presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la
Comunidad de Madrid.
Se aplica tanto a los plazos en curso no vencidos surgidos de hechos imponibles devengados
con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 26 de marzo de 2020 de la Consejería de
Hacienda y Función Pública, siempre que su plazo legal de presentación no hubiera ya
finalizado el 12 de marzo de 2020, como a los plazos que se abran como consecuencia de
hechos imponibles que se devenguen posteriormente
10.- Procedimientos ante las
Administraciones autonómicas
28. 11.- Procedimientos ante las
Administraciones locales
.
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46. ¿En virtud del RDL 8/2020, han quedado suspendido los procedimientos tributarios y
pago de impuestos municipales?
No. La norma no lo prevé, solo afecta a impuestos y procedimientos tributarios de
competencia de la AEAT.
No obstante, cada ayuntamiento ha previsto toda una serie de medidas, para la suspensión de
los procedimientos tributarios, y la ampliación de los plazos para el pago de los impuestos
municipales (IBI, IAE, impuestos de estancia de establecimiento turísticos, tasa de residuos,
terrazas, etc).
Así es de ver, en Ayuntamiento como Barcelona, Madrid, y otras ciudades.
29. 12.- Plazo para la formulación y aprobación
de las cuentas anuales de las sociedades
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47. Si no estuvieran formuladas las cuentas anuales de la sociedad, ¿cuál es el plazo para su
formulación y aprobación?
Si no estuvieran formuladas, el plazo sería de 3 meses desde que finalice el estado de alarma.
Formuladas las mismas, se deberá legalizar los libros oficiales de contabilidad en el plazo de 1
mes. Ello no obsta que se pueda presentar
Para su aprobación, serán dentro de los 3 meses siguientes a la formulación de las mismas y el
depósito de cuentas, en el siguiente
Si el estado de alarma finaliza el 23 de mayo, y se apuraran los plazos, éstos serías los
siguientes:
- Formulación de cuentas: hasta 23 de agosto 2020
- Presentación libros RM: Hasta el 23 de septiembre 2020
- Aprobación cuentas Sociedad: Hasta el 23 de noviembre de 2020
- Deposito cuentas RM: Hasta el 24 de diciembre de 2020
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