El documento discute los derechos laborales de las trabajadoras domésticas en Chile. Señala que a pesar de que Chile ratificó el Convenio 189 de la OIT hace 5 años, la legislación chilena no ha sido adecuada y las recientes leyes relacionadas a la pandemia han aumentado la brecha entre estas trabajadoras y otros trabajadores. Específicamente, la Ley de Protección al Empleo no contempla beneficios para las trabajadoras informales, dejándolas sin seguridad social. El documento concluye instando
El documento describe la historia laboral de Panamá y los efectos de la pandemia en el mercado laboral panameño. Se destaca la promulgación de leyes laborales clave como la Ley 6 de 1914 y el Código de Trabajo de 1947. La pandemia ha causado el cierre de muchos negocios y la suspensión de contratos laborales, lo que ha aumentado la tasa de desempleo a entre un 20-25% y la informalidad laboral al 55%. Miles de panameños se han visto afectados en sus trabajos y salarios.
Este documento describe la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la resolución de la Dirección General de Empleo que registra y publica el VI Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. El convenio cubre aspectos como ámbitos territoriales y personales, clasificación del personal en grupos profesionales, y establece una Comisión Paritaria para la interpretación y seguimiento del convenio.
Este documento resume la historia del derecho colectivo del trabajo en Venezuela desde las Leyes de Indias hasta la actual Ley Orgánica del Trabajo de 1990. También describe la estructura del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo y ofrece definiciones generales de sindicatos y sindicalismo, incluyendo sus objetivos y principios fundamentales.
Este documento resume la reforma previsional chilena de 2008. Explica que el antiguo sistema de cajas de previsión tenía problemas como requisitos de jubilación injustos, desfinanciamiento y falta de propiedad de los fondos por parte de los trabajadores. El sistema de capitalización individual creado en 1980 también tenía deficiencias como supuestos erróneos, cambios demográficos y comportamientos de afiliados. La reforma de 2008 creó un pilar solidario financiado por el estado, mejoró el pilar contributivo de capitalización individual
El documento describe la evolución del sistema de seguridad social en España desde sus orígenes a principios del siglo XX hasta la actualidad. Se explican las distintas etapas por las que ha pasado, desde la definición inicial de prestaciones e instituciones, la configuración normativa en la década de 1960 y la consolidación del sistema. También se destacan hitos como la Ley de Bases de 1963 que unificó los seguros sociales y la Constitución de 1978 que consagró el derecho a la seguridad social.
El documento resume la historia del sistema de seguridad social en Guatemala, República Dominicana y Chile. En Guatemala, la primera ley de seguridad social se promulgó en 1945 y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social se estableció formalmente en 1946. En la República Dominicana, el derecho a la seguridad social está consagrado desde 1948 y cubre a todos los residentes. Chile estableció su primer sistema de seguro obligatorio para trabajadores en 1924.
El sistema antiguo de reparto--era bueno pero las mismas cusas de hoy lo hicieron fracasar al igual que el nuevo sistema--
Un estudio e investigación se ha llegado a las siguientes conclusiones-
El documento resume los aspectos generales de la seguridad social integral en Colombia. Explica que la seguridad social integral se compone de tres sistemas: pensiones, salud y riesgos laborales. También describe los principios, objetivos y regímenes de la seguridad social, así como las obligaciones de los empleadores para realizar los aportes mensuales al sistema a través de una planilla integrada de liquidación.
El documento describe la historia laboral de Panamá y los efectos de la pandemia en el mercado laboral panameño. Se destaca la promulgación de leyes laborales clave como la Ley 6 de 1914 y el Código de Trabajo de 1947. La pandemia ha causado el cierre de muchos negocios y la suspensión de contratos laborales, lo que ha aumentado la tasa de desempleo a entre un 20-25% y la informalidad laboral al 55%. Miles de panameños se han visto afectados en sus trabajos y salarios.
Este documento describe la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la resolución de la Dirección General de Empleo que registra y publica el VI Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. El convenio cubre aspectos como ámbitos territoriales y personales, clasificación del personal en grupos profesionales, y establece una Comisión Paritaria para la interpretación y seguimiento del convenio.
Este documento resume la historia del derecho colectivo del trabajo en Venezuela desde las Leyes de Indias hasta la actual Ley Orgánica del Trabajo de 1990. También describe la estructura del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo y ofrece definiciones generales de sindicatos y sindicalismo, incluyendo sus objetivos y principios fundamentales.
Este documento resume la reforma previsional chilena de 2008. Explica que el antiguo sistema de cajas de previsión tenía problemas como requisitos de jubilación injustos, desfinanciamiento y falta de propiedad de los fondos por parte de los trabajadores. El sistema de capitalización individual creado en 1980 también tenía deficiencias como supuestos erróneos, cambios demográficos y comportamientos de afiliados. La reforma de 2008 creó un pilar solidario financiado por el estado, mejoró el pilar contributivo de capitalización individual
El documento describe la evolución del sistema de seguridad social en España desde sus orígenes a principios del siglo XX hasta la actualidad. Se explican las distintas etapas por las que ha pasado, desde la definición inicial de prestaciones e instituciones, la configuración normativa en la década de 1960 y la consolidación del sistema. También se destacan hitos como la Ley de Bases de 1963 que unificó los seguros sociales y la Constitución de 1978 que consagró el derecho a la seguridad social.
El documento resume la historia del sistema de seguridad social en Guatemala, República Dominicana y Chile. En Guatemala, la primera ley de seguridad social se promulgó en 1945 y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social se estableció formalmente en 1946. En la República Dominicana, el derecho a la seguridad social está consagrado desde 1948 y cubre a todos los residentes. Chile estableció su primer sistema de seguro obligatorio para trabajadores en 1924.
El sistema antiguo de reparto--era bueno pero las mismas cusas de hoy lo hicieron fracasar al igual que el nuevo sistema--
Un estudio e investigación se ha llegado a las siguientes conclusiones-
El documento resume los aspectos generales de la seguridad social integral en Colombia. Explica que la seguridad social integral se compone de tres sistemas: pensiones, salud y riesgos laborales. También describe los principios, objetivos y regímenes de la seguridad social, así como las obligaciones de los empleadores para realizar los aportes mensuales al sistema a través de una planilla integrada de liquidación.
El documento describe la historia y estructura del sistema de pensiones en Perú. Comenzó en 1850 con beneficios para empleados estatales y se expandió en las décadas siguientes para cubrir a más trabajadores. En la actualidad, el sistema consiste en dos subsistemas: el Sistema Nacional de Pensiones (estatal) y el Sistema Privado de Pensiones (capitalizado individualmente). El documento también discute los cambios recientes para ampliar la cobertura a más peruanos.
Este documento discute las propuestas de CCOO (Comisiones Obreras) para negociar un acuerdo global sobre las pensiones y la reforma laboral en España. CCOO se opone a la propuesta del gobierno de elevar la edad de jubilación obligatoria a 67 años y prefiere fortalecer el sistema de pensiones mediante el aumento del empleo y las cotizaciones. Respecto a la reforma laboral, CCOO considera insuficiente la corrección propuesta por el gobierno sobre los despidos y pide eliminar el despido objet
El documento describe el sistema de seguridad social en España, incluyendo sus principios de universalidad, unidad y solidaridad. Explica que el sistema protege a los trabajadores frente a contingencias como enfermedad, vejez y desempleo a través de prestaciones contributivas y no contributivas. También describe la estructura administrativa del sistema, que incluye la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina.
La empresa "Valles de Oaxaca SA de CV" ubicada en el sur de Oaxaca fue fundada en 1985 y ha crecido considerablemente, empleando actualmente a unos 60 trabajadores. De acuerdo con la ley, la empresa distribuye anualmente una porción de sus utilidades entre los empleados a través de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). El documento analiza los antecedentes históricos y legales de la PTU en México, así como los procedimientos y criterios para su cálculo y pago.
La seguridad social en México tiene sus orígenes en la Constitución de 1917 y la Ley de Seguro Social de 1929, estableciéndose como un derecho de los trabajadores mexicanos. Recientemente se han realizado reformas para fortalecer el sistema, como la creación de AFOREs en 1997 para administrar los fondos de jubilación. El régimen de seguridad social comprende los regímenes obligatorio y voluntario, cubriendo riesgos como enfermedades, maternidad, invalidez, vejez, y accidentes de trabajo.
El documento presenta una introducción al tema de la seguridad social y previsión social en Guatemala. Explica que la seguridad social incluye programas de pensiones, enfermedad, maternidad y otros, siendo el objetivo de este documento analizar los programas de pensiones. Describe que Guatemala cuenta con el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) como ente regulador de la seguridad social, el cual funciona a través de los programas de enfermedad/maternidad y de pensiones e invalidez. Finalmente, establece que
La seguridad social en Panamá ha evolucionado desde 1962 cuando se inauguró el primer hospital de la Caja de Seguro Social. Desde entonces se han ampliado las coberturas e instalaciones de salud. En 2005 se reformó la ley orgánica de la Caja de Seguro Social y se creó un sistema mixto de pensiones. Actualmente la Caja de Seguro Social brinda prestaciones a más de 195,000 pensionados en 79 instalaciones de salud en todo el país.
Este documento resume la historia y la estructura del derecho laboral colectivo en Venezuela. Comienza con las leyes coloniales españolas de 1680 y continúa hasta la actual Ley Orgánica del Trabajo de 2012. También describe la estructura del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, las nociones generales de sindicatos y sindicalismo, y algunos desafíos actuales como la violencia sindical.
El documento describe la evolución del movimiento sindical y los derechos laborales en Venezuela desde el siglo XIX hasta la actualidad. Se destaca la creación de los primeros sindicatos, la promulgación de la Ley del Trabajo, la fundación de la Confederación de Trabajadores de Venezuela y el papel de grandes huelgas como la Huelga Petrolera de 1936-1937 en el avance de los derechos de los trabajadores. También se menciona el establecimiento de la Organización Internacional del Trabajo en 1919 para establecer normas laborales a
El documento resume las principales reformas acordadas en el Pacto por México entre el gobierno federal y los tres principales partidos políticos de México. Se incluyen iniciativas para eliminar el fuero a todos los niveles, crear gobiernos de coalición, establecer un mando único policial, abrir la inversión en Pemex y modificar el sistema electoral. También se mencionan reformas en telecomunicaciones, energía, justicia, desarrollo social y sustentabilidad. El coordinador ejecutivo del consejo es José Murat.
Instituto Tecnológico de Cancún
Asignatura: Taller de Informática 1.
Carrera de Contador Público.
La seguridad social en México ha sufrido muchos cambios con el paso del tiempo, como es conocido de anexan, abrogan o derogan algunos artículos de las leyes mexicanas, por lo que en estas diapositivas se presentan algunos de los cambios mas relevantes a la seguridad social en México, en materia de IMSS e INFONAVIT.
El documento resume las actividades recientes de la Central Única de Trabajadores de Perú (CUT) relacionadas con la seguridad social y la salud laboral, incluyendo un seminario regional sobre salud laboral, el desarrollo de un sistema de vigilancia de salud laboral y la presentación de demandas de los trabajadores a los candidatos presidenciales, enfocándose en temas laborales, de seguridad social y salud.
Este documento presenta la unidad 7 sobre la Seguridad Social. Explica la estructura del sistema de Seguridad Social en España, incluyendo sus regímenes y entidades gestoras. También describe las principales obligaciones de los empresarios y trabajadores, así como los tipos de prestaciones que ofrece la Seguridad Social como asistencia sanitaria, incapacidad temporal, maternidad/paternidad, jubilación, y prestaciones por muerte.
El documento presenta el proyecto de ley de pensiones del gobierno boliviano. Busca establecer un nuevo sistema de pensiones público que reemplace al sistema privado de capitalización individual. El nuevo sistema tendrá una pensión solidaria universal para todos los ciudadanos y mejorará las prestaciones para los trabajadores formales e informales. Se financiará a través de contribuciones de empleadores, trabajadores y un fondo solidario para aquellos con menores ingresos.
Este documento resume la evolución histórica de la seguridad social en el Perú. Comienza con las técnicas primarias de protección como el ahorro individual y el mutualismo. Luego describe el desarrollo de los seguros sociales en Alemania, Italia e Inglaterra en los siglos XIX y XX. Finalmente, explica cómo surgió el concepto moderno de seguridad social en el sistema soviético y cómo se ha ido aplicando en el Perú a través de las instituciones y normativas.
Este documento presenta una ley que establece un sistema de protección por cese de actividad para los trabajadores autónomos en España. La ley consta de 19 artículos y disposiciones adicionales que regulan aspectos como los requisitos para acceder a la protección, la duración y cuantía de las prestaciones económicas, y el régimen financiero del sistema. Las mutuas de accidentes de trabajo gestionarán la prestación económica, mientras que los servicios públicos de empleo se encargarán de las medidas de formación y orientación
El documento describe la evolución histórica y el marco legal de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en España. Estas instituciones sin ánimo de lucro gestionan prestaciones de la Seguridad Social relacionadas con riesgos laborales. Ofrecen servicios de asistencia sanitaria, prestaciones económicas e iniciativas de prevención y reinserción laboral a trabajadores de empresas asociadas de forma voluntaria. Su funcionamiento se rige por la Ley General de la Seguridad Social y el Reglamento de
El documento presenta información sobre el marco teórico de la seguridad social en México. Explica que existen dos sistemas de seguridad social, el alemán y el inglés, adoptando México el sistema alemán aunque con modificaciones. Describe los antecedentes del IMSS y el ISSSTE, así como las pensiones privadas. Finalmente, presenta los fundamentos para el diseño de un plan privado de pensiones, incluyendo elementos generales y específicos según las leyes mexicanas.
Las Mutuas de Accidente de Trabajo y EnfermedadesYuri Rivera
El documento describe la evolución histórica de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social en España desde sus orígenes en instituciones de ayuda mutua hasta la actualidad. Se establecieron inicialmente como asociaciones voluntarias de empresarios para asegurar el cumplimiento de la ley sobre accidentes laborales de 1900. Con el tiempo fueron colaborando más estrechamente con la Seguridad Social en la gestión de estas contingencias hasta su regulación actual como entidades privadas que trabajan junto al sistema
La seguridad social en España protege a los ciudadanos en situaciones de necesidad como la salud, desempleo, vejez e invalidez. Existen un régimen general y regímenes especiales. La seguridad social ha evolucionado desde inicios del siglo XX con la creación de instituciones como el Instituto Nacional de Previsión en 1908. La constitución de 1978 reconoce la seguridad social como un derecho de todos los ciudadanos.
Este documento presenta un resumen de varias leyes y proyectos de ley laborales a nivel nacional e internacional en el contexto de la pandemia de COVID-19. A nivel internacional, se describen medidas como subsidios salariales en Australia, cobertura de salarios por parte del estado en Francia e Italia, e indemnizaciones para trabajadores autónomos. A nivel nacional, se resumen leyes chilenas sobre el teletrabajo, un bono COVID-19, y el uso del seguro de cesantía para cubrir salarios. También critica
El documento propone una ley orgánica para mejorar la justicia laboral y reconocer el trabajo doméstico no remunerado. Busca regularizar los contratos laborales, proteger a los trabajadores despedidos, garantizar los derechos de los sindicatos, extender la seguridad social a quienes realizan trabajo doméstico y proteger los derechos reproductivos de las trabajadoras.
El documento describe la historia y estructura del sistema de pensiones en Perú. Comenzó en 1850 con beneficios para empleados estatales y se expandió en las décadas siguientes para cubrir a más trabajadores. En la actualidad, el sistema consiste en dos subsistemas: el Sistema Nacional de Pensiones (estatal) y el Sistema Privado de Pensiones (capitalizado individualmente). El documento también discute los cambios recientes para ampliar la cobertura a más peruanos.
Este documento discute las propuestas de CCOO (Comisiones Obreras) para negociar un acuerdo global sobre las pensiones y la reforma laboral en España. CCOO se opone a la propuesta del gobierno de elevar la edad de jubilación obligatoria a 67 años y prefiere fortalecer el sistema de pensiones mediante el aumento del empleo y las cotizaciones. Respecto a la reforma laboral, CCOO considera insuficiente la corrección propuesta por el gobierno sobre los despidos y pide eliminar el despido objet
El documento describe el sistema de seguridad social en España, incluyendo sus principios de universalidad, unidad y solidaridad. Explica que el sistema protege a los trabajadores frente a contingencias como enfermedad, vejez y desempleo a través de prestaciones contributivas y no contributivas. También describe la estructura administrativa del sistema, que incluye la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina.
La empresa "Valles de Oaxaca SA de CV" ubicada en el sur de Oaxaca fue fundada en 1985 y ha crecido considerablemente, empleando actualmente a unos 60 trabajadores. De acuerdo con la ley, la empresa distribuye anualmente una porción de sus utilidades entre los empleados a través de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). El documento analiza los antecedentes históricos y legales de la PTU en México, así como los procedimientos y criterios para su cálculo y pago.
La seguridad social en México tiene sus orígenes en la Constitución de 1917 y la Ley de Seguro Social de 1929, estableciéndose como un derecho de los trabajadores mexicanos. Recientemente se han realizado reformas para fortalecer el sistema, como la creación de AFOREs en 1997 para administrar los fondos de jubilación. El régimen de seguridad social comprende los regímenes obligatorio y voluntario, cubriendo riesgos como enfermedades, maternidad, invalidez, vejez, y accidentes de trabajo.
El documento presenta una introducción al tema de la seguridad social y previsión social en Guatemala. Explica que la seguridad social incluye programas de pensiones, enfermedad, maternidad y otros, siendo el objetivo de este documento analizar los programas de pensiones. Describe que Guatemala cuenta con el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) como ente regulador de la seguridad social, el cual funciona a través de los programas de enfermedad/maternidad y de pensiones e invalidez. Finalmente, establece que
La seguridad social en Panamá ha evolucionado desde 1962 cuando se inauguró el primer hospital de la Caja de Seguro Social. Desde entonces se han ampliado las coberturas e instalaciones de salud. En 2005 se reformó la ley orgánica de la Caja de Seguro Social y se creó un sistema mixto de pensiones. Actualmente la Caja de Seguro Social brinda prestaciones a más de 195,000 pensionados en 79 instalaciones de salud en todo el país.
Este documento resume la historia y la estructura del derecho laboral colectivo en Venezuela. Comienza con las leyes coloniales españolas de 1680 y continúa hasta la actual Ley Orgánica del Trabajo de 2012. También describe la estructura del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, las nociones generales de sindicatos y sindicalismo, y algunos desafíos actuales como la violencia sindical.
El documento describe la evolución del movimiento sindical y los derechos laborales en Venezuela desde el siglo XIX hasta la actualidad. Se destaca la creación de los primeros sindicatos, la promulgación de la Ley del Trabajo, la fundación de la Confederación de Trabajadores de Venezuela y el papel de grandes huelgas como la Huelga Petrolera de 1936-1937 en el avance de los derechos de los trabajadores. También se menciona el establecimiento de la Organización Internacional del Trabajo en 1919 para establecer normas laborales a
El documento resume las principales reformas acordadas en el Pacto por México entre el gobierno federal y los tres principales partidos políticos de México. Se incluyen iniciativas para eliminar el fuero a todos los niveles, crear gobiernos de coalición, establecer un mando único policial, abrir la inversión en Pemex y modificar el sistema electoral. También se mencionan reformas en telecomunicaciones, energía, justicia, desarrollo social y sustentabilidad. El coordinador ejecutivo del consejo es José Murat.
Instituto Tecnológico de Cancún
Asignatura: Taller de Informática 1.
Carrera de Contador Público.
La seguridad social en México ha sufrido muchos cambios con el paso del tiempo, como es conocido de anexan, abrogan o derogan algunos artículos de las leyes mexicanas, por lo que en estas diapositivas se presentan algunos de los cambios mas relevantes a la seguridad social en México, en materia de IMSS e INFONAVIT.
El documento resume las actividades recientes de la Central Única de Trabajadores de Perú (CUT) relacionadas con la seguridad social y la salud laboral, incluyendo un seminario regional sobre salud laboral, el desarrollo de un sistema de vigilancia de salud laboral y la presentación de demandas de los trabajadores a los candidatos presidenciales, enfocándose en temas laborales, de seguridad social y salud.
Este documento presenta la unidad 7 sobre la Seguridad Social. Explica la estructura del sistema de Seguridad Social en España, incluyendo sus regímenes y entidades gestoras. También describe las principales obligaciones de los empresarios y trabajadores, así como los tipos de prestaciones que ofrece la Seguridad Social como asistencia sanitaria, incapacidad temporal, maternidad/paternidad, jubilación, y prestaciones por muerte.
El documento presenta el proyecto de ley de pensiones del gobierno boliviano. Busca establecer un nuevo sistema de pensiones público que reemplace al sistema privado de capitalización individual. El nuevo sistema tendrá una pensión solidaria universal para todos los ciudadanos y mejorará las prestaciones para los trabajadores formales e informales. Se financiará a través de contribuciones de empleadores, trabajadores y un fondo solidario para aquellos con menores ingresos.
Este documento resume la evolución histórica de la seguridad social en el Perú. Comienza con las técnicas primarias de protección como el ahorro individual y el mutualismo. Luego describe el desarrollo de los seguros sociales en Alemania, Italia e Inglaterra en los siglos XIX y XX. Finalmente, explica cómo surgió el concepto moderno de seguridad social en el sistema soviético y cómo se ha ido aplicando en el Perú a través de las instituciones y normativas.
Este documento presenta una ley que establece un sistema de protección por cese de actividad para los trabajadores autónomos en España. La ley consta de 19 artículos y disposiciones adicionales que regulan aspectos como los requisitos para acceder a la protección, la duración y cuantía de las prestaciones económicas, y el régimen financiero del sistema. Las mutuas de accidentes de trabajo gestionarán la prestación económica, mientras que los servicios públicos de empleo se encargarán de las medidas de formación y orientación
El documento describe la evolución histórica y el marco legal de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en España. Estas instituciones sin ánimo de lucro gestionan prestaciones de la Seguridad Social relacionadas con riesgos laborales. Ofrecen servicios de asistencia sanitaria, prestaciones económicas e iniciativas de prevención y reinserción laboral a trabajadores de empresas asociadas de forma voluntaria. Su funcionamiento se rige por la Ley General de la Seguridad Social y el Reglamento de
El documento presenta información sobre el marco teórico de la seguridad social en México. Explica que existen dos sistemas de seguridad social, el alemán y el inglés, adoptando México el sistema alemán aunque con modificaciones. Describe los antecedentes del IMSS y el ISSSTE, así como las pensiones privadas. Finalmente, presenta los fundamentos para el diseño de un plan privado de pensiones, incluyendo elementos generales y específicos según las leyes mexicanas.
Las Mutuas de Accidente de Trabajo y EnfermedadesYuri Rivera
El documento describe la evolución histórica de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social en España desde sus orígenes en instituciones de ayuda mutua hasta la actualidad. Se establecieron inicialmente como asociaciones voluntarias de empresarios para asegurar el cumplimiento de la ley sobre accidentes laborales de 1900. Con el tiempo fueron colaborando más estrechamente con la Seguridad Social en la gestión de estas contingencias hasta su regulación actual como entidades privadas que trabajan junto al sistema
La seguridad social en España protege a los ciudadanos en situaciones de necesidad como la salud, desempleo, vejez e invalidez. Existen un régimen general y regímenes especiales. La seguridad social ha evolucionado desde inicios del siglo XX con la creación de instituciones como el Instituto Nacional de Previsión en 1908. La constitución de 1978 reconoce la seguridad social como un derecho de todos los ciudadanos.
Este documento presenta un resumen de varias leyes y proyectos de ley laborales a nivel nacional e internacional en el contexto de la pandemia de COVID-19. A nivel internacional, se describen medidas como subsidios salariales en Australia, cobertura de salarios por parte del estado en Francia e Italia, e indemnizaciones para trabajadores autónomos. A nivel nacional, se resumen leyes chilenas sobre el teletrabajo, un bono COVID-19, y el uso del seguro de cesantía para cubrir salarios. También critica
El documento propone una ley orgánica para mejorar la justicia laboral y reconocer el trabajo doméstico no remunerado. Busca regularizar los contratos laborales, proteger a los trabajadores despedidos, garantizar los derechos de los sindicatos, extender la seguridad social a quienes realizan trabajo doméstico y proteger los derechos reproductivos de las trabajadoras.
La Ley de Régimen Prestacional de Empleo venezolana tiene como objetivo regular la atención a trabajadores en situación de desempleo y asegurarles una prestación dineraria en caso de pérdida involuntaria del empleo. Establece el Instituto Nacional de Empleo como ente gestor encargado de otorgar prestaciones y servicios de capacitación, orientación e intermediación laboral a los beneficiarios. La ley también define los derechos de los trabajadores y deberes de los empleadores en el régimen, así como las prestaciones a las que
1) El documento propone 10 reformas laborales, incluyendo establecer un salario digno que cubra necesidades básicas y sea inembargable, aplicar la derogatoria de enmiendas constitucionales de 2015, e incorporar nuevos principios laborales como la primacía de la realidad. 2) También propone actualizar modalidades de trabajo, declarar nulo el despido de socios sindicales, permitir sindicación por rama de actividad, y eliminar renuncias anticipadas de derechos. 3) Finalmente, plantea la participación de sindicatos en
Pronunciamiento - Ley de Empleo Juvenil - Partido Descentralista Fuerza SocialGuillermo Loli
El Partido Descentralista Fuerza Social expresa su rechazo a la reciente aprobación de la Ley N° 30288 por vulnerar los derechos laborales de los jóvenes y promover una precarización del trabajo. Argumentan que la ley no reducirá realmente la informalidad y beneficiará a los empresarios al reducir costos. Exigen la derogación de la ley e instan al Congreso a elaborar políticas que garanticen los derechos de los trabajadores.
Seguridad Social Para Trabajadores Y Trabajadoras Del HogarAlberto García
El documento propone la creación de un régimen especial de seguridad social para trabajadores del hogar. Actualmente, estos trabajadores pueden afiliarse de forma voluntaria al régimen obligatorio del IMSS, pero tienen acceso limitado a prestaciones. El régimen especial definiría sujetos de aseguramiento, seguros cubiertos, prestaciones y mecanismos de inscripción y financiamiento, considerando la naturaleza de este trabajo. Se busca brindar protección social a este sector excluido tradicionalmente, de manera equitativa, transparente y
Este documento presenta un proyecto de ley sobre la cogestión de los trabajadores en Venezuela. El proyecto establece que todas las empresas con más de seis meses de actividad deben otorgar a sus trabajadores una participación en el capital social de la empresa de manera progresiva hasta alcanzar el 40%. Describe los derechos y obligaciones asociados con esta cuota de cogestión, así como los métodos para compensar el valor de la cuota a través de la productividad laboral. También crea una Superintendencia de Cogestión para supervisar la
El documento resume los principales cambios introducidos en la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTT) de Venezuela en 2012. Se reestructuraron y modificaron los títulos y contenidos de la ley para enfatizar la protección de los derechos laborales. Algunos cambios notables incluyen una mayor protección de la estabilidad laboral, licencias parentales extendidas, y el reconocimiento del acoso laboral como causal de despido.
El documento presenta el resumen de la Comisión Asesora Presidencial sobre el Sistema de Pensiones en Chile. La comisión identificó problemas con la legitimidad y cobertura del sistema privado de AFP y propuso 32 reformas, incluyendo la creación de un sistema público de pensiones, mayor regulación de las AFP, aumento de las cotizaciones y montos imponibles, y mejor control y protección de los fondos de los trabajadores.
la inconstitucionalidad del contrato especial emergente dentro de la ley de a...Greta Rivadeneira
La figura del Contrato Especial Emergente fue registrada en nuestra legislación a través de la Ley de Apoyo Humanitario, dentro del marco de la pandemia por el Covid-19 y la crisis de empleo. Se encuentra normativizado en el artículo 19 de la misma ley y nos expresa que “es aquel contrato individual de trabajo por tiempo definido que se celebre para la sostenibilidad...” (2020); dentro de la primera oración del artículo estamos frente a un gran retroceso legal. Teniendo en consideración que la figura del contrato a tiempo definido fue suprimida mediante la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar el 20 de abril del 2015, presentando la figura del contrato de trabajo por tiempo indefinido, asegurando así el derecho de la estabilidad laboral de los trabajadores. No obstante aquella estabilidad ha sido pausada y violentada gracias a este nuevo contrato emergente, violentando nuestro principio de progresividad tutelado por nuestra Constitución en su artículo 11 numeral 7, el cual nos indica que: “ el contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y políticas públicas…” teniendo en cuenta que obliga al Estado a garantizarnos el reconocimiento y ejercicio del mismo principio.
El documento discute el Decreto Legislativo 558 de 2020 que establece que Colpensiones asumirá los costos de riesgos de los fondos privados de pensiones. Argumenta que los fondos han administrado deficientemente los recursos de los afiliados y que el decreto subsidiará a los fondos privados al transferir la responsabilidad de pagar las mesadas pensionales a Colpensiones. También critica que los trabajadores fueron engañados por los fondos privados sobre las ventajas del sistema de ahorro individual sobre el sistema de prima media.
La suspensión de la relación laboral durante la pandemia mantiene los derechos de los trabajadores, como la antigüedad y la inamovilidad. Aunque el trabajador no preste servicio, el empleador debe continuar pagando salarios y realizando aportes al seguro social. El bono vacacional también debe pagarse a pesar de que no se puedan disfrutar las vacaciones debido a la cuarentena. Se plantean interrogantes sobre la aplicación práctica versus la normativa legal durante esta situación excepcional.
Este documento resume un debate sobre una ley que incorpora a los docentes de entidades educativas privadas al seguro social. Dos expertos discutieron varios artículos problemáticos de la ley y señalaron posibles soluciones. También se debatió si las entidades educativas privadas deberían aumentar las cuotas de los estudiantes para cubrir los nuevos costos asociados con la ley.
Este documento propone una ley para fomentar el primer empleo de jóvenes y madres en Venezuela. Busca reducir el alto desempleo juvenil y la informalidad laboral mediante incentivos fiscales y contratos especiales para empleadores que contraten a estas poblaciones. El proyecto establece beneficios como rebajas en impuestos y aportes a la seguridad social, así como modalidades contractuales como pasantías, tiempo parcial y protecciones contra despidos.
El documento describe la evolución histórica y el concepto actual del derecho al trabajo según el derecho internacional. Reconoce el derecho al trabajo como un derecho humano fundamental en documentos como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Explica que surgió para proteger a los trabajadores durante la revolución industrial y que organizaciones como la Organización Internacional del Trabajo lo han promovido a nivel global.
Ley del Sistema de la Seguridad Social YoelinAponte
El documento describe los principales aspectos de la Ley del Sistema de Seguridad Social Venezolano. Establece que el sistema debe crearse para regular la organización y funcionamiento de los servicios de seguridad social de una manera no lucrativa, beneficiando a los venezolanos y extranjeros residentes. También define los principios, beneficios y prestaciones que el sistema debe proveer, como pensiones, atención médica, subsidios de vivienda y más, buscando proteger a la población en diferentes contingencias como enfermedad, vejez y desempleo
El documento trata sobre el Artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el cual defiende el derecho al trabajo, la igualdad salarial y la protección contra el desempleo. Asimismo, protege el derecho a sindicalizarse. Sin embargo, en la actualidad estos derechos se violan con frecuencia debido a la discriminación laboral, la precariedad en el empleo y las dificultades para encontrar trabajo.
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Dejamos con ustedes una edición especial de nuestro boletín en conmemoración de los 48 años desde el golpe de Estado en Chile.
¡Sólo la lucha nos hizo libres!
El documento describe la experiencia militante de mujeres en Chile durante la dictadura militar de Pinochet. Mujeres se unieron a organizaciones revolucionarias como el MIR y el FPMR para luchar contra la dictadura de forma armada y no violenta, asumiendo diversos roles a pesar de las expectativas de género de la época. Aunque su participación ha sido invisibilizada, desempeñaron un papel fundamental en la resistencia y la recuperación de la democracia en Chile.
El proyecto de ley presentado busca penalizar las conductas negacionistas o que enaltezcan las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura cívico-militar en Chile entre 1973 y 1990. Se proponen dos nuevos delitos: negar, justificar o minimizar dichos crímenes, con una pena de presidio menor; y aprobar o glorificarlos, con una pena de presidio menor a máximo. Ambos delitos se agravan si la acción causa deshonra a las víctimas o sus familias
El documento resume varios temas relacionados con el sindicalismo y la memoria social en Chile. Brevemente, propone que la memoria social es importante para construir una sociedad basada en la verdad, la paz y el respeto. También discute la importancia de no olvidar el pasado para evitar perpetuar daños, y la necesidad de que la memoria sea construida desde las experiencias de las víctimas. Finalmente, presenta brevemente algunas noticias contingentes sobre temas laborales en Chile.
El documento resume la historia de la masacre de la Escuela Santa María de Iquique en 1907, cuando el ejército chileno reprimió violentamente una huelga de trabajadores. Más de 2,000 trabajadores, muchos de ellos inmigrantes, fueron asesinados por exigir mejores condiciones laborales. La masacre evidenció la necesidad de mejorar los derechos de los trabajadores en Chile.
Este documento resume las principales disposiciones de la ley que permite el retiro de fondos previsionales. Establece que las personas podrán retirar hasta un 10% de sus fondos previsionales, con un mínimo de 35 UF y un máximo de 150 UF. Explica los criterios para determinar el monto a retirar según el saldo en la cuenta y proporciona ejemplos. También indica que las personas tendrán 365 días para solicitar el retiro y que las AFPs deberán habilitar una sección en su sitio web para realizar la solicitud
El documento habla sobre la importancia de la solidaridad y la empatía colectiva, especialmente hacia los pueblos indígenas y migrantes que enfrentan racismo y discriminación. También resalta la desigualdad estructural revelada por la pandemia y cómo la clase trabajadora siempre asume los mayores costos. Finalmente, enfatiza la necesidad de luchar por una sociedad más justa e inclusiva que respete la dignidad de todas las personas.
El documento describe la tradición de las ollas comunes en Chile como una forma de organización y resistencia del pueblo ante las crisis económicas y políticas causadas por el imperialismo y el sistema capitalista. Las ollas comunes surgen durante crisis como la Gran Depresión de 1929 y la crisis de la deuda de 1982 durante la dictadura, cuando el hambre y la falta de ingresos eran generalizados. Actualmente, las ollas comunes vuelven a levantarse ante la crisis económica y de salud causada por la pandemia, organizadas principalmente por mujeres para
El documento describe la experiencia de los cordones industriales y comandos comunales en Chile durante el gobierno de Salvador Allende, como expresiones de poder popular y autoorganización de la clase trabajadora. Ante el paro patronal de 1972 que buscaba desestabilizar al gobierno, los trabajadores tomaron control de las fábricas manteniendo la producción. Esto permitió mitigar los efectos de la crisis y disputar el poder real al Estado y patrones, mostrando la capacidad de organización popular para enfrentar tiempos de crisis desde abajo.
Primera parte 5° Edición del Boletin Sindical
Tenemos el agrado de compartir con ustedes la quinta edición del Boletín Sindical Carmela Jeria, medio que buscamos sean útiles para fomentar la prensa popular y la formación de la clase trabajadora. La edición de esta semana apunta a la necesidad de fomentar la organización sindical, y territorial, y que la solidaridad es uno de los principios fundamentales de la clase trabajadora, y por lo tanto, de las organizaciones que la componen
Este boletín surge del esfuerzo conjunto de un grupo de compañer-s de la Escuela Sindical Derecho Uchile, junto a trabajador-s, dirigentes y sindicatos.
¡Por la solidaridad obrera estudiantil!
En este numero encontrarán:
EDITORIAL:
Somos Pueblo
CONTINGENCIA:
Proyecto de ley servicios básicos
Contraloría general de la republica declara ilegal instructivo para retorno de funcionarios públicos
Limitación de los cambios de fondo en AFP
Ollas comunes como expresión de solidaridad
Derecho a sala cuna
ARTICULO:
De la organización de clase y el derecho laboral
MEMORIA:
Cordones industriales y comandos comunales, experiencias de poder popular en Chile
La tradición de la olla común, sobrevivencia y resistencia popular
OPINIÓN:
A la precarización se le responde con organización, Sindicato KSB
ENTRETENCIÓN:
-Espejito espejito, ¿Qué facho se esconde tras mi amistad tóxica?
El resumen describe la lucha de las mujeres mapuche (lamngen) por la tierra y la autonomía de su pueblo. Se destaca la figura de la Werkén Nora Ñancul, quien ha liderado procesos de recuperación territorial a pesar de sufrir violencia y persecución por parte del Estado. También se menciona la huelga de hambre de presos políticos mapuche que exigen su libertad y el fin de la militarización de sus territorios. Finalmente, se hace un llamado a la solidaridad con las luchas
El documento describe la resistencia de mujeres migrantes en España ante la crisis de la deuda hipotecaria. En 2013, 15 mujeres lideradas por Doris Pérez ocuparon un edificio vacío en Salt, Girona para exigir viviendas de alquiler social. Vivieron de forma comunitaria durante meses, enfrentando la oposición de las autoridades. Finalmente lograron que las familias fueran reubicadas en viviendas con alquiler accesible, demostrando la poder de la organización y solidaridad femenina.
Este documento discute cómo la pandemia de COVID-19 ha afectado desproporcionadamente a las mujeres y sectores vulnerables de la sociedad. Señala que las mujeres enfrentan una mayor carga de trabajo remunerado y no remunerado, como el trabajo doméstico y de cuidados. También critica las leyes recientes que protegen más los intereses empresariales que las vidas de los trabajadores. Finalmente, argumenta que la pandemia ha demostrado la necesidad de reorganizar el sistema de cuidados de una manera colectiva e integral que reconozca
Este boletín sindical feminista discute la situación de las mujeres durante la pandemia de COVID-19. En el editorial, señala que la cuarentena ha aumentado la vulnerabilidad de las mujeres ante la violencia patriarcal y la explotación laboral. También destaca la organización y resistencia del movimiento feminista. Aborda cifras sobre el aumento de la violencia de género y los femicidios durante la pandemia. Critica al gobierno por nombrar a una ministra que no representa a las mujeres. Resalta el papel de las mujeres en la organiz
6° Edición Boletín Sindical Carmela Jeria - Parte 3
1. AGOSTO 2020
11
zación Internacional del Trabajo, en adelan-
te OIT, sobre trabajadoras y trabajadores de
casa particular. Este convenio fue ratificado
por Chile hace aproximadamente 5 años y, a
partir de ello, se desprende la obligación del
Estado de adecuar la normativa interna a ese
estándar internacional, lo que no ha ocurri-
do a la fecha, al igual que con otros conve-
nios que se encuentran también ratificados
por Chile, como el 98, 87 y 151 de la OIT que
también, coincidentemente, se refieren a de-
rechos en el ámbito del trabajo. No basta sim-
plemente con la ratificación de convenios in-
tablece, en su artículo 14 que el Estado
“deberá adoptar medidas apropiadas a
fin de asegurar que los trabajadores do-
mésticos disfruten de condiciones no
menos favorables que las condiciones
aplicables a los trabajadores en general
con respecto a la protección de la segu-
ridad social, inclusive en lo relativo a la
maternidad”, a su vez el artículo 17 señala
que “todo Miembro (Estado) deberá formu-
lar y poner en práctica medidas relativas a
la inspección del trabajo, la aplicación de las
normas y las sanciones”, entre otras normas.
Como veremos, en nuesto país no se cum-
ple ese estándar mínimo, sino que, muy por
el contrario, las recientes leyes dictadas a
propósito de la pandemia han aumentado la
brecha entre las trabajadoras de casa parti-
cular y el resto de los trabajadores, especial-
mente en materias de seguridad social.
Mucho antes de la declaración del Estado de
Catástrofe en nuestro país, las trabajadoras
de casa particular, a través de sus organiza-
ciones sindicales como SINTRACAP (Sin-
dicato de Trabajadoras de Casa Particu-
lar) han denunciado la alta presencia de
trabajo informal, que representa a casi el
60% de las trabajadoras (Nueva Encues-
ta Nacional de Empleo NENE, 2020); la
escasa fiscalización por parte de las ins-
pecciones del trabajo, ya que la labor se
desarrolla al interior de espacios priva-
dos, distintos de las empresas; la legis-
lación diferenciada respecto de ellas en
materia de seguridad social, entre otras,
todas las que incluso motivaron un proyecto
- ARTÍCULO -
ternacionales para satisfacer el estándar allí
contenido, si no que, además, los Estados de-
ben dictar leyes y mecanismos que aseguren
su efectivo cumplimiento.
En ese sentido podemos señalar, a modo de
ejemplo, que el Convenio 189 de la OIT es- [CONTINÚA]
FOTO:RadioUChile
2. AGOSTO 2020
12
de ley llamado “Cuida a quien te cuida”, que
se presentó con el apoyo de algunas diputa-
das y que aún se encuentra detenido a la es-
pera de su tramitación en el Congreso.
Cabe señalar que estas demandas también
se han visto reflejadas en el plano interna-
cional, a través de recomendaciones que ha
recibido nuestro país, como la del Comité
para la Eliminación de la Discriminación
contra la mujer, que en sus observaciones al
7° informe periódico de Chile, recomendó al
Estado velar para que la legislación laboral
se aplique al sector, “en particular mediante
inspecciones laborales sistemáticas y activi-
dades de sensibilización y por que el Convenio
189 se aplique plenamente”.
No obstante lo anterior, nuestro país -con
las nuevas leyes dictadas a propósito del
COVID-19-, lejos de corregir la legislación,
aparentemente ha profundizado aún más la
brecha entre trabajadoras de casa particular
y el resto de los trabajadores, sobretodo en
materias de seguridad social, como se ob-
serva a propósito de la Ley de Protección al
Empleo, Ley Nº 21.227.
Específicamente, el texto inicial de la Ley
de Protección al Empleo, que fue publicado
el 06 de abril de 2020, contemplaba que
aquellas trabajadoras de casa particular
que se enfrentaran a la suspensión de sus
contratos de trabajo obtendrían su remu-
neración no con cargo al Fondo de Cesan-
tía (pues están excluidas), sino que con car-
go a la indemnización a todo evento, que
es una institución creada específicamente
para estos tipos de contratos, y que se com-
pone de una cotización mensual del 4,11 %
de sus remuneraciones. Eso significaba que
durante el tiempo en que se mantuviere
suspendido su contrato de trabajo podrían
obtener su remuneración a través de este
fondo que manejan las AFP.
Lamentablemente la mayoría de ellas, al ser
informales, no cuentan con cotizaciones pre-
visionales ni mucho menos la cotización del
4,11%, lo que ha hecho que queden en una
situación aún peor que el resto de los y las
trabajadoras, ya que quedan sin prestaciones
de seguridad social aún cuando esa infor-
- ARTÍCULO -
malidad es imputable al empleador. Esto, ya
que de acuerdo con lo contemplado en nues-
tro Código del Trabajo es el empleador quien
está obligado a la escrituración y al pago de
las cotizaciones previsionales. (artículos 146
ter y 58 del Código del Trabajo).
Incluso, para aquellos casos en que las tra-
bajadoras no tuvieran fondos suficientes en
su indemnización a todo evento (el equiva-
[CONTINÚA]
FOTO:película“LaNana”,2009.
3. AGOSTO 2020
13
lente al Seguro de Cesantía), no se contem-
pló para ellas una figura análoga al Fon-
do Solidario de Cesantía, que permite al
resto de los trabajadores que no tuvieren
fondos suficientes en sus Fondos Indivi-
duales de Cesantía, obtener parte de sus
remuneraciones con cargo al Estado, es
decir, el Estado al no contemplar una for-
ma análoga de protección en este caso,
realiza una discriminación arbitraria
respecto de estas trabajadoras, contravi-
niendo abiertamente el Convenio 189 de
laOITensuartículo14,antesmencionado.
De lo contrario ¿Cómo explicamos que el Es-
tado sí subsidie a través de un fondo especial
(Fondo Solidario de Cesantía) a quienes se les
acaban sus recursos del Seguro de Cesantía
pero no a quienes se les acaban sus recursos
de las indemnizaciones a todo evento, cuan-
do son reconocidos en la propia Ley 21.227 o
Ley de Protección al Empleo como institucio-
nes análogas que subsidian la remuneración
cuando estos trabajadores y trabajadoras se
encuentran con sus contratos suspendidos?
Lo anterior es particularmente alarmante
si consideramos que a junio el mes pasado
más del 25% de trabajadoras de casa parti-
cular informales han perdido sus empleos y,
de acuerdo a las cifras entregadas por Juana
Collado (Presidenta SINTRACAP La Sere-
na) en la Sesión de la Comisión de Derecho
del Trabajo de la Cámara de Diputados del
01 de junio recién pasado, en el mejor de los
casos, cuando la trabajadora tiene fondos en
su indemnización a todo evento, esos fondos
alcanzan un valor aproximado de $100.000
mensuales, lo que a todas luces es insuficien-
te y perpetúa el circulo de la pobreza que sa-
bemos impacta mayormente a las mujeres.
Lo que resulta más llamativo es que estas
trabajadoras, a través de sus propias orga-
nizaciones sindicales, han hecho insistentes
llamados y participado de discusiones par-
lamentarias con el objeto de que sean inclui-
das en el Seguro de Cesantía, en el Ingreso
Familiar de Emergencia y en general, para
que se aplique el Convenio 189 en nuestro
país. Sin embargo, pareciera ser que aún son
invisibles, así como lo es el trabajo no remu-
nerado, las labores de cuidado y las labores
reproductivas en general.
Por ello se hace urgente que se atienda el lla-
mado que están realizando, al igual que otros
organismos internacionales, para nuestro
país adopte las leyes necesarias que den efec-
tivo cumplimiento al Convenio 189 de la OIT.
Presidentas de SINTRACAP y FESINTRACAP liberadas después
de ser detenidas por manifestarse por los derechos de las
trabajadoras de casa particular. 1° de mayo 2020. Foto: Sintracap
- ARTÍCULO -
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Horizontes anticoloniales
para el buen vivir de la
clase trabajadora
ARTÍCULO
La realidad que habitamos en los tiempos
actuales de la humanidad, se está constru-
yendo desde una forma de vida funcional
a las necesidades del sistema económico
global, con poca capacidad de autonomía
para decidir cómo queremos vivir, como si
el mercado fuera el Dios que debemos obe-
decer. Detrás de ésta funcionalidad se en-
cuentran interconectadas distintas dinámi-
cas de opresión histórica que favorecen la
concentración del poder. Nos referiremos a
las que pueden ser más visibles, la dinámi-
ca capitalista que opera en el orden econó-
mico, la dinámica patriarcal que opera en el
orden social y la dinámica colonial que ope-
ra en el orden intelectual. Podríamos decir
que guardan relación también con la diná-
mica extractivista que opera en el orden de
la Naturaleza.
Estas dinámicas permiten que vivamos en
una comunidad política profundamente des-
igual, donde el poder está concentrado hege-
mónicamenteenunpequeñogrupodeperso-
nas que se sirven de éstas redes de opresión.
La clase trabajadora se ha puesto en la lu-
cha histórica contra el capitalismo dispu-
tando el poder político o luchando contra
él, con el propósito de que se socialicen los
medios de producción y se recupere la li-
bertad.Sinembargo,esalibertad,paraque
pueda ser realmente autónoma requiere
que la lucha se extienda contra otras di-
námicas de opresión también, como el
patriarcado, y el colonialismo, de mane-
ra que la clase trabajadora necesita ser
no solo anticapitalista, sino que también
antipatriarcal y anticolonial. La lucha an-
tipatriarcal será la que busque terminar con
[CONTINÚA]
FOTO: Twitter. Temuco, 2019
5. AGOSTO 2020
15
la dominación masculina sobre las mujeres y
sobre la vida, que estructura el orden social
en favor de los hombres, pero, ¿cuál sería la
lucha anticolonial?
LA IMPOSICIÓN DE LA NACIONALIDAD
Para responder esta pregunta debemos si-
tuarnos en el contexto particular de la cla-
se trabajadora del pueblo chileno. Entender
cómo opera la dinámica colonial implica re-
mitirnos a una mirada revisionista del pasa-
do, sobre la época en que la élite criolla cons-
truye el ideario europeo de Estado Nación,
una vez lograda la independencia política
del reino de España.
La independencia de Chile no es un hito li-
bertario que haya puesto fin a la coloniza-
ción española, en cuanto se consolidó desde
la clase gobernante una relación desigual
de poder no solamente con los pueblos ori-
ginarios, sino también con el pueblo mesti-
zo que habitaba desde Copiapó hasta el río
Bío Bío. La oligarquía criolla identificada
con los valores eurocéntricos del conquis-
tador español, instala un modelo de esta-
do francés que desde sus orígenes excluyó
de la comunidad política a las mujeres, los
pueblos originarios, y los pobres que for-
maban el pueblo mestizo de los valles cen-
trales. La ciudadanía fue un privilegio de
los hombres que tenían patrimonio y que
supieran leer y escribir.
Por otro lado, la construcción de la identi-
dad chilena fue desde los comienzos de la
república un esfuerzo de la clase dominan-
te para uniformar, bajo el ideal del Estado
Nación, al pueblo mestizo y posteriormente
a los pueblos originarios despojados de sus
territorios, a través de los símbolos patrios,
y de la imposición de los valores eurocéntri-
cos y católicos, para que sirvieran al ideario
político y económico que se quiso implantar.
Justamente este pueblo reclutado a las filas
de la república chilena fue el que tuvo que
pelear guerras fratricidas en favor de los in-
tereses de la oligarquía contra el pueblo pe-
ruano, boliviano, y mapuche.
En este sentido, existiría una visión unifor-
me del mundo, implantada por el colonia-
lismo europeo en la construcción de nues-
tra identidad como pueblo, sostenida hasta
el presente, que nos ha limitado en el orden
intelectual a una dinámica de opresión co-
lonialista sobre nuestras mentes y la mane-
ra en que concebimos nuestra identidad y
cómo observamos el mundo.
LA PLURALIDAD EN NUESTRO
TERRITORIO
Pareciera que no hemos podido mirar más
allá del mundo occidental, siendo que guar-
damosenlasprofundidadesdenuestraiden-
tidad, como pueblo chileno mestizo, otras
visiones plurales del mundo, enraizadas a
los saberes y las identidades indígenas del
territorio. La lucha anticolonial es aquella
que nos permite la liberación, o al menos
la sospecha, de los dogmas implantados
en nuestra mente por la cultura occiden-
tal antropocéntrica, para permitirnos
observar otros valores que han inspirado
la vida de los pueblos originarios del te-
rritorio desde hace miles de años, y que
todavía perviven.
- ARTÍCULO -
[CONTINÚA]