El documento presenta los plazos y requisitos tributarios para los años gravables 2019 y 2020 en Colombia. Para 2019, los contribuyentes no están obligados a declarar impuesto sobre la renta si sus ingresos e inversiones son inferiores a ciertos umbrales. Se especifican también las fechas límite para declarar y pagar impuestos sobre la renta para personas naturales, jurídicas y grandes contribuyentes. Para 2020, se incluyen detalles sobre nuevos impuestos como el impuesto al patrimonio y la normalización tributaria, así como tasas e información
Este documento proporciona información tributaria relevante para los años gravables 2016 y 2017 en Colombia. Detalla los contribuyentes no obligados a declarar impuestos sobre la renta, los plazos para declarar y pagar impuestos, nuevos impuestos como el impuesto a la riqueza, tasas de retención en la fuente, y tablas de impuestos. También cubre temas como sanciones, descuentos tributarios, y datos estadísticos.
Este documento proporciona instrucciones sobre la declaración de impuestos a la renta para personas naturales en Perú. Explica que las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales deben presentar una declaración anual si cumplen ciertos criterios como tener un saldo a favor del fisco. También describe los plazos para presentar la declaración y pagar cualquier regularización del impuesto adeudado. Finalmente, resume brevemente los tipos de rentas sujetas a impuestos como rentas de capital, del trabajo y de fuente extranjera
México: Declaración de las Personas Físicas 2014betean
El documento proporciona información sobre las obligaciones fiscales de las personas físicas en México para el año fiscal 2014, incluyendo la obligación de presentar declaraciones anuales si sus ingresos superan ciertos umbrales, las deducciones personales permitidas como gastos médicos y donativos caritativos, y los requisitos para presentar la declaración como constancias de retenciones y comprobantes de gastos deducibles.
El documento resume los requisitos para presentar la declaración definitiva del Impuesto sobre la Renta para personas naturales en Venezuela para el año 2013, incluyendo quiénes están obligados a declarar, los plazos, modalidades de declaración y pago, desgravaciones y rebajas permitidas, y sanciones por incumplimiento.
El documento explica los conceptos y normas relacionadas con la determinación de la renta neta imponible para efectos del Impuesto a la Renta. Define la renta bruta, gastos deducibles, gastos no deducibles, conciliación con los resultados contables y otros aspectos como la bancarización de pagos y requisitos de los comprobantes de pago.
Medidas tributarias y aduana ante el impacto del coronavirusAnderson Choque
El documento resume las medidas tributarias adoptadas por la SUNAT durante el estado de emergencia en Perú debido al COVID-19, incluyendo la prórroga de vencimientos de declaraciones de impuestos, la suspensión de sanciones por infracciones tributarias, y facilidades como mayor flexibilidad en el arrastre de pérdidas y tasas de depreciación para empresas.
Este documento presenta un reporte financiero de impuestos que incluye secciones para la identificación del contribuyente, operaciones del mes como compras y ventas, impuestos declarados, determinación del impuesto, y pagos adeudados o a favor. El reporte resume las transacciones comerciales y el cálculo del impuesto sobre la transferencia de bienes muebles y la prestación de servicios para el periodo tributario.
Este documento proporciona información tributaria relevante para los años gravables 2016 y 2017 en Colombia. Detalla los contribuyentes no obligados a declarar impuestos sobre la renta, los plazos para declarar y pagar impuestos, nuevos impuestos como el impuesto a la riqueza, tasas de retención en la fuente, y tablas de impuestos. También cubre temas como sanciones, descuentos tributarios, y datos estadísticos.
Este documento proporciona instrucciones sobre la declaración de impuestos a la renta para personas naturales en Perú. Explica que las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales deben presentar una declaración anual si cumplen ciertos criterios como tener un saldo a favor del fisco. También describe los plazos para presentar la declaración y pagar cualquier regularización del impuesto adeudado. Finalmente, resume brevemente los tipos de rentas sujetas a impuestos como rentas de capital, del trabajo y de fuente extranjera
México: Declaración de las Personas Físicas 2014betean
El documento proporciona información sobre las obligaciones fiscales de las personas físicas en México para el año fiscal 2014, incluyendo la obligación de presentar declaraciones anuales si sus ingresos superan ciertos umbrales, las deducciones personales permitidas como gastos médicos y donativos caritativos, y los requisitos para presentar la declaración como constancias de retenciones y comprobantes de gastos deducibles.
El documento resume los requisitos para presentar la declaración definitiva del Impuesto sobre la Renta para personas naturales en Venezuela para el año 2013, incluyendo quiénes están obligados a declarar, los plazos, modalidades de declaración y pago, desgravaciones y rebajas permitidas, y sanciones por incumplimiento.
El documento explica los conceptos y normas relacionadas con la determinación de la renta neta imponible para efectos del Impuesto a la Renta. Define la renta bruta, gastos deducibles, gastos no deducibles, conciliación con los resultados contables y otros aspectos como la bancarización de pagos y requisitos de los comprobantes de pago.
Medidas tributarias y aduana ante el impacto del coronavirusAnderson Choque
El documento resume las medidas tributarias adoptadas por la SUNAT durante el estado de emergencia en Perú debido al COVID-19, incluyendo la prórroga de vencimientos de declaraciones de impuestos, la suspensión de sanciones por infracciones tributarias, y facilidades como mayor flexibilidad en el arrastre de pérdidas y tasas de depreciación para empresas.
Este documento presenta un reporte financiero de impuestos que incluye secciones para la identificación del contribuyente, operaciones del mes como compras y ventas, impuestos declarados, determinación del impuesto, y pagos adeudados o a favor. El reporte resume las transacciones comerciales y el cálculo del impuesto sobre la transferencia de bienes muebles y la prestación de servicios para el periodo tributario.
El documento explica los conceptos básicos del impuesto a la renta en Ecuador. 1) Se define el impuesto a la renta como el impuesto sobre los ingresos o rentas de personas y sociedades. 2) Detalla las fuentes de ingresos gravadas como sueldos, dividendos, alquileres, y ganancias de capital. 3) Explica cómo calcular la base imponible restando gastos deducibles de los ingresos totales.
El documento resume la normativa y características del Régimen Complementario al IVA en Bolivia. Explica que grava los ingresos de personas naturales y sucesiones indivisas, incluyendo sueldos, salarios, intereses y honorarios. También describe los requisitos para presentar notas fiscales y obtener créditos fiscales, el software RC-IVA Davinci y el proceso de declaración tributaria.
1) El documento contiene resúmenes de varios oficios emitidos por la Dirección de Impuestos Internos de Chile en enero de 2019, los cuales abordan temas tributarios como inversiones en bienes raíces, imputación de créditos por impuestos pagados en el extranjero, y tratamiento impositivo de cesiones de derechos hereditarios y ventas de acciones.
2) Un oficio confirma que una persona natural chilena que invierte en bienes raíces en Chile desde el extranjero no adquiere domicilio tributario en Chile
Este documento resume el marco legal, objeto, sujetos pasivos, base jurídicional y otros aspectos del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) en Bolivia. El RC-IVA grava ingresos como alquileres, intereses, sueldos, honorarios y anticipos, a una tasa del 13%. Hay contribuyentes directos (personas naturales e independientes) y dependientes (empleados). Los empleadores actúan como agentes de retención del impuesto sobre los sueldos de sus empleados.
El documento resume los principales beneficios tributarios establecidos en la Ley 1739 de 2014, entre los que se encuentran: 1) la posibilidad de conciliar procesos contenciosos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios ante la DIAN u otros entes territoriales; 2) terminar por mutuo acuerdo procesos administrativos en estas materias ante la DIAN u otros entes; y 3) definir condiciones especiales para el pago de obligaciones tributarias pendientes. Se detallan los requisitos y porcentajes aplicables para acogerse a
El RC-IVA grava los ingresos por alquiler de inmuebles, intereses, contratos de anticrético, sueldos, salarios y otros ingresos habituales. La alícuota del impuesto es del 13% y se aplica a los ingresos de fuente boliviana. Los trabajadores dependientes pagan este impuesto mensualmente a través de retenciones realizadas por su empleador.
Este documento presenta una ordenanza municipal sobre agentes de retención del impuesto sobre actividades económicas en el municipio de Caroní, Venezuela. La ordenanza establece seis capítulos que definen a los agentes de retención, los porcentajes de retención, la forma y oportunidad de retener y enterar el impuesto, las responsabilidades, obligaciones formales y sanciones. El objetivo es garantizar que la administración tributaria municipal recaude el impuesto sobre las actividades económicas realizadas en su jurisdicción.
El documento resume las principales modificaciones introducidas a la Ley del Impuesto a la Renta en el 2007, incluyendo: 1) cambios en las reglas sobre la condición de domicilio de personas naturales extranjeras, 2) consideración de servicios digitales como renta de fuente peruana, y 3) clarificación de obligaciones tributarias de extranjeros no domiciliados al abandonar el país. También trata temas como subsidios por incapacidad, exoneraciones, gastos deducibles y no deducibles.
Este documento presenta extractos del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta de Venezuela, incluyendo disposiciones generales, sujetos gravados, exenciones de impuestos y otros aspectos. Define términos clave, establece las normas para la determinación de la renta gravable de fuentes nacionales y extranjeras, y especifica los tipos de impuestos y tasas que se aplican a diferentes tipos de contribuyentes como personas naturales, sociedades, establecimientos permanentes y otros.
Este documento proporciona información sobre los requisitos, impuestos y fechas de vencimiento para los consultores de línea y otros contribuyentes directos. Explica que deben obtener un NIT para pagar el impuesto RC-IVA del 13% trimestralmente, y pueden descontar facturas y el impuesto sobre dos salarios mínimos por mes. También cubre las características válidas de las facturas para el descargo y los procedimientos para presentar los formularios 610 V.2 y 110 V.3.
El documento habla sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en México. Explica que el IVA es un impuesto indirecto que grava la enajenación de bienes, prestación de servicios, y otros actos. Detalla las tasas del IVA, incluyendo la tasa general del 16% y la tasa fronteriza del 11%. También cubre conceptos como sujetos del IVA, bases imponibles, y cómo calcular el IVA adeudado o acreditable cuando una empresa realiza actividades gravadas y exentas.
Este documento es el Acuerdo No. 003 de 2002 mediante el cual el Municipio de Santa Fe de Antioquia expide su Estatuto Tributario. El Estatuto establece los principios y normas que rigen los tributos municipales como el Impuesto Predial Unificado, Impuesto de Industria y Comercio, y otros. También define conceptos como el avalúo catastral, obligación tributaria, y las facultades del municipio para establecer y administrar sus propios tributos de acuerdo con la Constitución y la ley.
RENTA 2013 SUNAT #Renta2013SUNAT Caso Práctico para las rentas de Primera, Cu...Renta2013
La señora Carmen Flores y su esposo declaran sus rentas como sociedad conyugal. Generaron ingresos por el arrendamiento de varias propiedades inmuebles. Adicionalmente, la señora Flores obtuvo ingresos por su trabajo como psicóloga. El resumen detalla los ingresos anuales por alquiler de las propiedades, los pagos mensuales realizados, y los ingresos y retenciones de la señora Flores por su trabajo.
Este documento describe varios aspectos relacionados con el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en México, incluyendo los requisitos para tributar bajo este régimen, las obligaciones de los contribuyentes del RIF, cómo calcular y pagar impuestos, y excepciones al RIF.
El documento contiene preguntas frecuentes sobre el Impuesto Sobre la Renta en Venezuela. Explica quiénes están obligados a declarar el impuesto, los plazos y formas de declaración, las tarifas aplicables, los desgravámenes permitidos y otras deducciones, así como dónde y cómo efectuar los pagos correspondientes.
Este documento presenta las disposiciones generales del impuesto sobre la renta y complementarios en Colombia. Define los sujetos pasivos del impuesto, incluyendo personas naturales, sucesiones ilíquidas, cónyuges, sociedades y entidades. Establece que las personas naturales residentes están sujetas al impuesto sobre sus rentas y ganancias tanto nacionales como extranjeras, mientras que los no residentes sólo sobre las rentas y ganancias nacionales. También define la residencia fiscal y especifica que ciertas entidades como fondos públicos, consorcios y union
El documento explica el Régimen de Incorporación Fiscal, un nuevo esquema de tributación para personas físicas con actividad empresarial e ingresos menores a dos millones de pesos. Este régimen les permite incorporarse gradualmente al régimen general durante 10 años mediante la presentación de declaraciones bimestrales y la reducción progresiva de sus impuestos. También describe las obligaciones, beneficios, deducciones y formas de pago de impuestos que tendrán los contribuyentes bajo este régimen.
Este documento proporciona información sobre el régimen general del impuesto a la renta de tercera categoría en Perú. Explica que grava las rentas provenientes de la combinación de capital y trabajo y que los sujetos deben llevar contabilidad y pagar impuestos mensuales sobre sus utilidades. También resume los principales conceptos como ingresos y gastos deducibles, cálculo del impuesto, libros contables y comprobantes permitidos.
Modificaciones a la Ley del IVA, Decreto 27-92, que afectan a las Institucion...asociacionvocare
Este documento resume varias reformas a la Ley del IVA en Guatemala realizadas a través de los Decretos 4-2012 y 10-2012. Algunas de las reformas incluyen modificaciones a las exenciones generales del IVA, los requisitos para el reconocimiento de crédito fiscal, el régimen de pequeño contribuyente y las obligaciones de facturación.
Este documento establece los plazos y requisitos para la declaración y pago del impuesto sobre la renta en Colombia para el año 2021. Exime de la declaración a personas naturales con ingresos menores a 49.850.000 COP y patrimonio menor a 160.232.000 COP. También exime a extranjeros con ingresos sujetos a retención en la fuente y a contribuyentes del régimen simple. Fija plazos para la declaración y pago en cuotas dependiendo del último dígito del NIT.
Este documento proporciona información sobre cómo calcular y declarar el impuesto a la renta en Ecuador. Explica los pasos para completar el Formulario 102A, incluyendo cómo calcular los ingresos gravados, gastos deducibles, gastos personales y el impuesto a pagar. También cubre temas como los anticipos de impuesto a la renta y los nuevos casilleros en el formulario relacionados con beneficios para personas con discapacidad.
El documento explica los conceptos básicos del impuesto a la renta en Ecuador. 1) Se define el impuesto a la renta como el impuesto sobre los ingresos o rentas de personas y sociedades. 2) Detalla las fuentes de ingresos gravadas como sueldos, dividendos, alquileres, y ganancias de capital. 3) Explica cómo calcular la base imponible restando gastos deducibles de los ingresos totales.
El documento resume la normativa y características del Régimen Complementario al IVA en Bolivia. Explica que grava los ingresos de personas naturales y sucesiones indivisas, incluyendo sueldos, salarios, intereses y honorarios. También describe los requisitos para presentar notas fiscales y obtener créditos fiscales, el software RC-IVA Davinci y el proceso de declaración tributaria.
1) El documento contiene resúmenes de varios oficios emitidos por la Dirección de Impuestos Internos de Chile en enero de 2019, los cuales abordan temas tributarios como inversiones en bienes raíces, imputación de créditos por impuestos pagados en el extranjero, y tratamiento impositivo de cesiones de derechos hereditarios y ventas de acciones.
2) Un oficio confirma que una persona natural chilena que invierte en bienes raíces en Chile desde el extranjero no adquiere domicilio tributario en Chile
Este documento resume el marco legal, objeto, sujetos pasivos, base jurídicional y otros aspectos del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) en Bolivia. El RC-IVA grava ingresos como alquileres, intereses, sueldos, honorarios y anticipos, a una tasa del 13%. Hay contribuyentes directos (personas naturales e independientes) y dependientes (empleados). Los empleadores actúan como agentes de retención del impuesto sobre los sueldos de sus empleados.
El documento resume los principales beneficios tributarios establecidos en la Ley 1739 de 2014, entre los que se encuentran: 1) la posibilidad de conciliar procesos contenciosos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios ante la DIAN u otros entes territoriales; 2) terminar por mutuo acuerdo procesos administrativos en estas materias ante la DIAN u otros entes; y 3) definir condiciones especiales para el pago de obligaciones tributarias pendientes. Se detallan los requisitos y porcentajes aplicables para acogerse a
El RC-IVA grava los ingresos por alquiler de inmuebles, intereses, contratos de anticrético, sueldos, salarios y otros ingresos habituales. La alícuota del impuesto es del 13% y se aplica a los ingresos de fuente boliviana. Los trabajadores dependientes pagan este impuesto mensualmente a través de retenciones realizadas por su empleador.
Este documento presenta una ordenanza municipal sobre agentes de retención del impuesto sobre actividades económicas en el municipio de Caroní, Venezuela. La ordenanza establece seis capítulos que definen a los agentes de retención, los porcentajes de retención, la forma y oportunidad de retener y enterar el impuesto, las responsabilidades, obligaciones formales y sanciones. El objetivo es garantizar que la administración tributaria municipal recaude el impuesto sobre las actividades económicas realizadas en su jurisdicción.
El documento resume las principales modificaciones introducidas a la Ley del Impuesto a la Renta en el 2007, incluyendo: 1) cambios en las reglas sobre la condición de domicilio de personas naturales extranjeras, 2) consideración de servicios digitales como renta de fuente peruana, y 3) clarificación de obligaciones tributarias de extranjeros no domiciliados al abandonar el país. También trata temas como subsidios por incapacidad, exoneraciones, gastos deducibles y no deducibles.
Este documento presenta extractos del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta de Venezuela, incluyendo disposiciones generales, sujetos gravados, exenciones de impuestos y otros aspectos. Define términos clave, establece las normas para la determinación de la renta gravable de fuentes nacionales y extranjeras, y especifica los tipos de impuestos y tasas que se aplican a diferentes tipos de contribuyentes como personas naturales, sociedades, establecimientos permanentes y otros.
Este documento proporciona información sobre los requisitos, impuestos y fechas de vencimiento para los consultores de línea y otros contribuyentes directos. Explica que deben obtener un NIT para pagar el impuesto RC-IVA del 13% trimestralmente, y pueden descontar facturas y el impuesto sobre dos salarios mínimos por mes. También cubre las características válidas de las facturas para el descargo y los procedimientos para presentar los formularios 610 V.2 y 110 V.3.
El documento habla sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en México. Explica que el IVA es un impuesto indirecto que grava la enajenación de bienes, prestación de servicios, y otros actos. Detalla las tasas del IVA, incluyendo la tasa general del 16% y la tasa fronteriza del 11%. También cubre conceptos como sujetos del IVA, bases imponibles, y cómo calcular el IVA adeudado o acreditable cuando una empresa realiza actividades gravadas y exentas.
Este documento es el Acuerdo No. 003 de 2002 mediante el cual el Municipio de Santa Fe de Antioquia expide su Estatuto Tributario. El Estatuto establece los principios y normas que rigen los tributos municipales como el Impuesto Predial Unificado, Impuesto de Industria y Comercio, y otros. También define conceptos como el avalúo catastral, obligación tributaria, y las facultades del municipio para establecer y administrar sus propios tributos de acuerdo con la Constitución y la ley.
RENTA 2013 SUNAT #Renta2013SUNAT Caso Práctico para las rentas de Primera, Cu...Renta2013
La señora Carmen Flores y su esposo declaran sus rentas como sociedad conyugal. Generaron ingresos por el arrendamiento de varias propiedades inmuebles. Adicionalmente, la señora Flores obtuvo ingresos por su trabajo como psicóloga. El resumen detalla los ingresos anuales por alquiler de las propiedades, los pagos mensuales realizados, y los ingresos y retenciones de la señora Flores por su trabajo.
Este documento describe varios aspectos relacionados con el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en México, incluyendo los requisitos para tributar bajo este régimen, las obligaciones de los contribuyentes del RIF, cómo calcular y pagar impuestos, y excepciones al RIF.
El documento contiene preguntas frecuentes sobre el Impuesto Sobre la Renta en Venezuela. Explica quiénes están obligados a declarar el impuesto, los plazos y formas de declaración, las tarifas aplicables, los desgravámenes permitidos y otras deducciones, así como dónde y cómo efectuar los pagos correspondientes.
Este documento presenta las disposiciones generales del impuesto sobre la renta y complementarios en Colombia. Define los sujetos pasivos del impuesto, incluyendo personas naturales, sucesiones ilíquidas, cónyuges, sociedades y entidades. Establece que las personas naturales residentes están sujetas al impuesto sobre sus rentas y ganancias tanto nacionales como extranjeras, mientras que los no residentes sólo sobre las rentas y ganancias nacionales. También define la residencia fiscal y especifica que ciertas entidades como fondos públicos, consorcios y union
El documento explica el Régimen de Incorporación Fiscal, un nuevo esquema de tributación para personas físicas con actividad empresarial e ingresos menores a dos millones de pesos. Este régimen les permite incorporarse gradualmente al régimen general durante 10 años mediante la presentación de declaraciones bimestrales y la reducción progresiva de sus impuestos. También describe las obligaciones, beneficios, deducciones y formas de pago de impuestos que tendrán los contribuyentes bajo este régimen.
Este documento proporciona información sobre el régimen general del impuesto a la renta de tercera categoría en Perú. Explica que grava las rentas provenientes de la combinación de capital y trabajo y que los sujetos deben llevar contabilidad y pagar impuestos mensuales sobre sus utilidades. También resume los principales conceptos como ingresos y gastos deducibles, cálculo del impuesto, libros contables y comprobantes permitidos.
Modificaciones a la Ley del IVA, Decreto 27-92, que afectan a las Institucion...asociacionvocare
Este documento resume varias reformas a la Ley del IVA en Guatemala realizadas a través de los Decretos 4-2012 y 10-2012. Algunas de las reformas incluyen modificaciones a las exenciones generales del IVA, los requisitos para el reconocimiento de crédito fiscal, el régimen de pequeño contribuyente y las obligaciones de facturación.
Este documento establece los plazos y requisitos para la declaración y pago del impuesto sobre la renta en Colombia para el año 2021. Exime de la declaración a personas naturales con ingresos menores a 49.850.000 COP y patrimonio menor a 160.232.000 COP. También exime a extranjeros con ingresos sujetos a retención en la fuente y a contribuyentes del régimen simple. Fija plazos para la declaración y pago en cuotas dependiendo del último dígito del NIT.
Este documento proporciona información sobre cómo calcular y declarar el impuesto a la renta en Ecuador. Explica los pasos para completar el Formulario 102A, incluyendo cómo calcular los ingresos gravados, gastos deducibles, gastos personales y el impuesto a pagar. También cubre temas como los anticipos de impuesto a la renta y los nuevos casilleros en el formulario relacionados con beneficios para personas con discapacidad.
PAGOS PROVISIONALES DE PERSONAS MORALES.pptxOmarUc4
El documento proporciona información sobre los pagos provisionales de personas morales en México, incluyendo el régimen general de ley y el régimen simplificado de confianza. Explica cómo calcular los pagos provisionales, los elementos que intervienen como ingresos y egresos, y cómo presentar la declaración a través del aplicativo del SAT. También incluye un caso práctico demostrando cómo calcular e ingresar el pago provisional de enero de una persona moral bajo el régimen simplificado.
Este documento proporciona instrucciones para la elaboración de la declaración del Impuesto sobre la Renta en El Salvador. Explica quiénes están obligados a presentar declaración, incluyendo personas naturales asalariadas, con rentas diversas, personas jurídicas, sucesiones y fideicomisos. También describe las secciones de identificación, cálculo de la renta imponible, deducciones permitidas y cálculo de costos y gastos deducibles.
Este documento proporciona instrucciones sobre cómo declarar impuestos anuales a la renta en Chile. Explica que todos los ciudadanos que obtuvieron ingresos sobre ciertos límites exentos deben presentar una declaración. Describe cuatro métodos para presentar la declaración, ya sea en línea, mediante software, en papel o mediante una propuesta del Servicio de Impuestos Internos. También especifica las fechas límite para presentar declaraciones con o sin pago y obtener reembolsos.
Este documento proporciona información sobre requisitos y cambios fiscales para el año 2015, incluyendo: a) elaborar la contabilidad de acuerdo a las NIF, b) deducción de automóviles hasta $130,000, y c) continua la obligación de subir la contabilidad electrónica. También incluye ejemplos sobre el efecto de la deducción del 53% de ingresos exentos y sobre ingresos exentos a trabajadores.
Resoluciones de exogena compiladas año 2021.pdfssuser42fbf4
Este documento establece los sujetos obligados a presentar información exógena a la DIAN para el año 2021, incluyendo entidades públicas y privadas que celebren convenios con organismos internacionales, entidades financieras, personas naturales y jurídicas con ingresos brutos superiores a ciertos montos, entre otros. También describe la información que cada grupo debe reportar, como pagos realizados en virtud de convenios internacionales, datos de cuentas bancarias con movimientos o saldos superiores a un millón de pesos, y
A partir de Agosto 9 se vence el plazo para que las personas naturales declaren impuesto de renta. Aquí le mostramos quienes no están obligados a declarar
Este documento resume los conceptos clave de la declaración de renta para personas naturales y jurídicas en Colombia. Explica que las personas naturales deben declarar renta si cumplen con ciertos umbrales de patrimonio, ingresos, gastos o inversiones. También cubre los conceptos deducibles en la cédula de trabajo como intereses hipotecarios, pagos de salud y dependientes. Finalmente, resume los elementos de la obligación tributaria del impuesto de renta para personas jurídicas como sujetos, periodo, tarifa y base gravable.
Este documento resume los principales cambios introducidos por la reforma tributaria de 2018 en Colombia, incluyendo: 1) La reducción gradual de la tarifa de impuesto de renta para sociedades hasta el 30% para 2022; 2) La creación de nuevas tarifas marginales de impuesto de renta para personas naturales del 37% y 39%; 3) La ampliación de la base gravable del IVA a tratamientos de belleza, cirugías estéticas y expendio de comidas y bebidas en franquicia.
Este decreto establece los plazos y lugares para presentar declaraciones tributarias y pagar impuestos, anticipos y retenciones en Colombia durante el año 2012. En particular, establece que las declaraciones deben presentarse de forma virtual a través de servicios electrónicos del gobierno, a menos que se cumplan ciertas excepciones. También especifica quiénes están obligados y no obligados a presentar declaraciones del impuesto sobre la renta, dependiendo de sus ingresos y otros factores.
Este decreto establece los plazos y lugares para presentar declaraciones tributarias y pagar impuestos, anticipos y retenciones en Colombia durante el año 2012. En particular, determina quiénes están obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por el año 2011. Exime a contribuyentes de menores ingresos, asalariados, trabajadores independientes, extranjeros y empresas de transporte internacional que cumplan con ciertos requisitos sobre ingresos, patrimonio y gastos.
Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tri...Miguel A. C. Sánchez
Guia de orientacion para aplicar la Ley Transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias en virtud de la emergencia nacional ocasionada por la pandemia COVID 19
El documento proporciona información sobre el impuesto sobre la renta en Colombia. Explica que es un tributo obligatorio que los contribuyentes deben pagar al estado basado en una parte de sus utilidades anuales. Luego define personas jurídicas y proporciona detalles sobre diferentes tarifas, deducciones y otros aspectos del impuesto sobre la renta para empresas y personas en Colombia.
Este documento proporciona una guía práctica para que las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad puedan declarar correctamente su impuesto a la renta para el ejercicio fiscal 2003. Explica que deben llevar un registro de ingresos y gastos, presentar la declaración en el formulario SRI-102, y pagar posibles intereses y multas si la declaración es tardía. También incluye un ejemplo práctico del cálculo del impuesto a la renta para un profesional.
El documento resume los conceptos clave relacionados con las declaraciones tributarias en Colombia. Explica que la declaración de renta es un impuesto anual sobre los ingresos de personas y empresas y requiere determinar la renta bruta y neta. También define la ganancia ocasional y los sistemas de declaración de renta ordinario, IMAS e IMAN. Finalmente, resume los tipos de formularios de declaración de renta, periodos de declaración de IVA y retención en la fuente.
El documento proporciona información sobre las deducciones de gastos personales que pueden realizar las personas naturales en Ecuador al calcular su impuesto a la renta. Se describen los diferentes tipos de gastos personales deducibles como vivienda, educación, salud, alimentación y vestimenta. También se especifican los requisitos y plazos para presentar la declaración de gastos personales.
1) El documento describe el impuesto sobre la renta y complementarios en Colombia, el cual integra los impuestos de renta y los complementarios de ganancias ocasionales y de remesas. 2) Explica que las ganancias ocasionales son ingresos generados por actividades esporádicas o extraordinarias, mientras que el impuesto complementario de remesas grava la transferencia al exterior de rentas o ganancias ocasionales obtenidas en Colombia. 3) Finalmente, señala que el impuesto sobre la renta grava todos los ingresos susceptibles de increment
Este documento presenta una actualización tributaria de marzo de 2022. Incluye modificaciones al impuesto a la renta, ITAN, código tributario, IGV, evasión y formalización, casinos, recuperación anticipada del IGV, impuesto a las transacciones financieras, impuesto a los activos netos y marco para la dación de exoneraciones.
Este documento describe las rentas de primera categoría generadas por personas naturales, las cuales pueden provenir de arriendos de bienes inmuebles y muebles, subarriendos, rentas presuntas y fictas. También explica conceptos como renta presunta, ficta, y subarriendo. Además, resume los cambios introducidos por el Decreto Legislativo No. 1258 respecto a la deducción adicional de 3 UIT sobre las rentas del trabajo.
Mario Mendoza Marichal — Un Líder con Maestría en Políticas Públicas por ...Mario Mendoza Marichal
Mario Mendoza Marichal: Un Líder con Maestría en Políticas Públicas por la Universidad de Chicago
Mario Mendoza Marichal es un profesional destacado en el ámbito de las políticas públicas, con una sólida formación académica y una amplia trayectoria en los sectores público y privado.
El-Codigo-De-La-Abundancia para todos.pdfAshliMack
Si quieres alcanzar tus sueños y tener el estilo de vida que deseas, es primordial que te comprometas contigo mismo y realices todos los ejercicios que te propongo para recibieron lo que mereces, incluso algunos milagros que no tenías en mente
Bienvenido al mundo real de la teoría organizacional. La suerte cambiante de Xerox
muestra la teoría organizacional en acción. Los directivos de Xerox estaban muy involucrados en la teoría organizacional cada día de su vida laboral; pero muchos nunca se
dieron cuenta de ello. Los gerentes de la empresa no entendían muy bien la manera en que
la organización se relacionaba con el entorno o cómo debía funcionar internamente. Los
conceptos de la teoría organizacional han ayudado a que Anne Mulcahy y Úrsula analicen
y diagnostiquen lo que sucede, así como los cambios necesarios para que la empresa siga
siendo competitiva. La teoría organizacional proporciona las herramientas para explicar
el declive de Xerox, entender la transformación realizada por Mulcahy y reconocer algunos pasos que Burns pudo tomar para mantener a Xerox competitiva.
Numerosas organizaciones han enfrentado problemas similares. Los directivos de
American Airlines, por ejemplo, que una vez fue la aerolínea más grande de Estados
Unidos, han estado luchando durante los últimos diez años para encontrar la fórmula
adecuada para mantener a la empresa una vez más orgullosa y competitiva. La compañía
matriz de American, AMR Corporation, acumuló $11.6 mil millones en pérdidas de 2001
a 2011 y no ha tenido un año rentable desde 2007.2
O considere los errores organizacionales dramáticos ilustrados por la crisis de 2008 en el sector de la industria hipotecaria
y de las finanzas en los Estados Unidos. Bear Stearns desapareció y Lehman Brothers se
declaró en quiebra. American International Group (AIG) buscó un rescate del gobierno
estadounidense. Otro icono, Merrill Lynch, fue salvado por formar parte de Bank of
America, que ya le había arrebatado al prestamista hipotecario Countrywide Financial
Corporation.3
La crisis de 2008 en el sector financiero de Estados Unidos representó un
cambio y una incertidumbre en una escala sin precedentes, y hasta cierto grado, afectó a
los gerentes en todo tipo de organizaciones e industrias del mundo en los años venideros.
2. DATOS DE INTERÉS PARA EL AÑO GRAVABLE 2019 2
I. CONTRIBUYENTES NO OBLIGADOS A DECLARAR IMPUESTO
SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIO.�����������������������������������������������������������������������2
II. PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR LAS DECLARACIONES
TRIBUTARIAS Y EXPEDIR CERTIFICADOS�����������������������������������������������������������������������3
III. INFORMACIÓN EXÓGENA EN MEDIOS ELECTRÓNICOS���������������������������������������14
IV. GANANCIAS OCASIONALES EXENTAS 2019�����������������������������������������������������������������18
V. RENTAS EXENTAS 2019�������������������������������������������������������������������������������������������������������19
VI. DESCUENTOS TRIBUTARIOS���������������������������������������������������������������������������������������������19
VII. OTRAS CONSIDERACIONES PARA EL 2019�������������������������������������������������������������������21
VIII. ALGUNOS DATOS ESTADÍSTICOS �����������������������������������������������������������������������������������22
IX. TABLA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIO
AÑO 2019 ���������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������25
X. TABLAS DEL IMPUESTO UNIFICADO BAJO EL RÉGIMEN SIMPLE
DE TRIBUTACIÓN - SIMPLE �����������������������������������������������������������������������������������������������26
XI. TABLA DE AJUSTES DE ACTIVOS FIJOS PARA PERSONAS NATURALES 2019�����27
DATOS DE INTERÉS PARA EL AÑO GRAVABLE 2020 29
I. IMPUESTO AL PATRIMONIO POR LOS AÑOS 2020 Y 2021�������������������������������������29
II. IMPUESTO DE NORMALIZACIÓN TRIBUTARIA
COMPLEMENTARIO AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y AL
IMPUESTO AL PATRIMONIO ���������������������������������������������������������������������������������������������30
III. IMPUESTO CÉDULA DE DIVIDENDOS DECRETADOS EN EL AÑO 2020����������� 31
IV. RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA EL AÑO GRAVABLE 2020���������������������������������32
V. TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA RENTAS DE
TRABAJO AÑO GRAVABLE 2020 �������������������������������������������������������������������������������������34
VI. IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS �������������������������������������������������������������������������������������35
VII. IMPUESTO UNIFICADO BAJO EL RÉGIMEN SIMPLE DE
TRIBUTACIÓN -SIMPLE-�������������������������������������������������������������������������������������������������������36
VIII. TABLA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA AÑO GRAVABLE 2020�������������������������41
IX. IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES�������������������������������������������������������42
X. SANCIONES�����������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������42
XI. OTRAS CONSIDERACIONES PARA EL 2020�������������������������������������������������������������������43
XII. TASAS DE INTERESES MORATORIOS�����������������������������������������������������������������������������45
XIII. DATOS LABORALES�������������������������������������������������������������������������������������������������������45
ÍNDICE
Los datos aquí presentados constituyen una orientación y guía para
el diligenciamiento de sus obligaciones tributarias, los cuales han
sido elaborados por la firma Restrepo Londoño S.A.S. y no exime a
los contribuyentes de consultar el Estatuto Tributario, los decretos
reglamentarios y demás normas.
3. 2
I. CONTRIBUYENTES NO OBLIGADOS A DECLARAR IMPUESTO
SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIO:
Residentes que al 31 de diciembre de 2019 cumplan con los siguientes
requisitos:
1. ASALARIADOS
Que sus ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos
originados en una relación laboral o legal y reglamentaria y además:
• Los ingresos brutos sean inferiores a: (1.400 UVT) $47.978.000
• El patrimonio bruto sea inferior a: (4.500 UVT) $154.215.000
• No sean responsables del impuesto sobre las ventas
2. LAS PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILÍQUIDAS
Que sean residentes en el país y además:
• Los ingresos brutos sean inferiores a: (1.400 UVT) $47.978.000
• El patrimonio bruto sea inferior a: (4.500 UVT) $154.215.000
• No sean responsables del impuesto sobre las ventas
3. LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS QUE PERTENEZCAN
AL RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN
OTROS REQUISITOS PARA NUMERALES 1 Y 2
• Consumos mediante tarjeta
de crédito inferiores a: (1.400 UVT) $47.978.000
• Compras y consumos inferiores a: (1.400 UVT) $47.978.000
• Consignaciones bancarias, depósitos
o inversiones financieras inferiores a: (1.400 UVT) $47.978.000
NOTA: Para los numerales 1 y 2 se debe tener en cuenta que:
• Se deben incluir todos los ingresos provenientes de cualquier acti-
vidad económica, con independencia de la cédula a la que pertenez-
can los ingresos
• No se deben incluir los ingresos por concepto de ganancias oca-
sionales, este impuesto complementario se determina de manera
independiente
• Dentro de los ingresos originados en la relación laboral o legal y
reglamentaria no se entienden incorporadas las pensiones de jubila-
ción, vejez, invalidez y muerte
DATOS DE INTERÉS PARA
EL AÑO GRAVABLE 2019
4. 3
PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS EXTRANJERAS
Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin residencia o domicilio
en el país cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado someti-
dos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 409 del
Estatuto Tributario y dicha retención en la fuente cuando fuere el caso,
les hubiere sido practicada.
DECLARACIÓN VOLUNTARIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Las personas naturales residentes en el país a quienes les hayan prac-
ticado retenciones en Ia fuente y que de acuerdo con las disposiciones
del Estatuto Tributario no estén obligadas a presentar declaración del
impuesto sobre la renta y complementario, podrán presentarla. Dicha
declaración produce efectos legales y se regirá por lo dispuesto en el
Libro I del Estatuto Tributario.
PROHIBICIÓN DE EXIGIR DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIO A LOS NO
OBLIGADOS A DECLARAR
Ninguna entidad de derecho público o privado puede exigir la presenta-
ción o exhibición de copia de la declaración de renta y complementario
a las personas naturales no obligadas a declarar.
El impuesto sobre la renta y complementario a cargo de los contribu-
yentes no obligados a declarar es el que resulte de sumar las retencio-
nes en la fuente por todo concepto que deban aplicarse a los pagos o
abonos en cuenta, según el caso, realizados al contribuyente durante el
respectivo año o período gravable.
NOTA: La anterior información corresponde a lo previsto en el artículo
1.6.1.13.2.49 del Decreto 1625 de 2016.
II. PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR LAS DECLARACIONES
TRIBUTARIAS Y EXPEDIR CERTIFICADOS
1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA
• GRANDES CONTRIBUYENTES
Vence entre el 14 y 27 de abril del mismo año según el último dígito del
NIT del declarante. Deberán cancelar el valor total a pagar en tres (3)
cuotas a más tardar en las siguientes fechas:
SIELÚLTIMO
DÍGITODEL
NITES
PAGOPRIMERACUOTA
HASTAELDÍA
DECLARACIÓNYPAGO
SEGUNDACUOTARENTA
HASTAELDÍA
PAGOTERCERACUOTA
RENTAHASTAELDÍA
0 11defebrerode2020 14deabrilde2020 9dejuniode2020
9 12defebrerode2020 15deabrilde2020 10dejuniode2020
8 13defebrerode2020 16deabrilde2020 11dejuniode2020
5. 4
SIELÚLTIMO
DÍGITODEL
NITES
PAGOPRIMERACUOTA
HASTAELDÍA
DECLARACIÓNYPAGO
SEGUNDACUOTARENTA
HASTAELDÍA
PAGOTERCERACUOTA
RENTAHASTAELDÍA
7 14defebrerode2020 17deabrilde2020 12dejuniode2020
6 17defebrerode2020 20deabrilde2020 16dejuniode2020
5 18defebrerode2020 21deabrilde2020 17dejuniode2020
4 19defebrerode2020 22deabrilde2020 18dejuniode2020
3 20defebrerode2020 23deabrilde2020 19dejuniode2020
2 21defebrerode2020 24deabrilde2020 23dejuniode2020
1 24defebrerode2020 27deabrilde2020 24dejuniode2020
PORCENTAJE VERNOTA 50% 50%
NOTA: El valor de la primera cuota no podrá ser inferior al 20% del saldo
a pagar del año gravable 2018. Una vez liquidado el impuesto y el antici-
po del impuesto sobre la renta en la respectiva declaración, del valor a
pagar, se restará lo pagado en la primera cuota y el saldo se cancelará de
acuerdo con los porcentajes antes señalados.
No obstante, si al momento del pago de la primera cuota se tiene por
cierto que por el año 2019 la declaración arroja saldo a favor, podrá abs-
tenerse de efectuar este pago siendo de su entera responsabilidad si
posteriormente se genera saldo a pagar en la declaración.
• PERSONAS JURÍDICAS
SILOSDOS
ÚLTIMOSDÍGITOS
DELNITSON
DECLARACIÓNYPAGO
PRIMERACUOTA
HASTAELDÍA
96al00 14deabrilde2020
91al95 15deabrilde2020
86al90 16deabrilde2020
81al85 17deabrilde2020
76al80 20deabrilde2020
71al75 21deabrilde2020
66al70 22deabrilde2020
61al65 23deabrilde2020
PORCENTAJE 50%
SILOSDOS
ÚLTIMOSDÍGITOS
DELNITSON
DECLARACIÓNYPAGO
PRIMERACUOTA
HASTAELDÍA
56al60 24deabrilde2020
51al55 27deabrilde2020
46al50 28deabrilde2020
41al45 29deabrilde2020
36al40 30deabrilde2020
31al35 4demayode2020
26al30 5demayode2020
21al25 6demayode2020
PORCENTAJE 50%
6. 5
NOTA: El plazo para el pago de las declaraciones tributarias que arrojen
un saldo a pagar inferior a (41 UVT) $1.460.000 será el mismo día del ven-
cimiento para declarar en una sola cuota.
SIELÚLTIMO
DÍGITODEL
NITES
PAGOSEGUNDACUOTA
HASTAELDÍA
0 9dejuniode2020
9 10dejuniode2020
8 11dejuniode2020
7 12dejuniode2020
6 16dejuniode2020
5 17dejuniode2020
4 18dejuniode2020
3 19dejuniode2020
2 23dejuniode2020
1 24dejuniode2020
PORCENTAJE 50%
• PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILÍQUIDAS
SILOSDOS
ÚLTIMOSDÍGITOS
DELNITSON
DECLARACIÓNYPAGO
PRIMERACUOTA
HASTAELDÍA
16al20 7demayode2020
11al15 8demayode2020
PORCENTAJE 50%
SILOSDOS
ÚLTIMOSDÍGITOS
DELNITSON
DECLARACIÓNYPAGO
PRIMERACUOTA
HASTAELDÍA
06al10 11demayode2020
01al05 12demayode2020
PORCENTAJE 50%
SILOSDOS
ÚLTIMOSDÍGITOS
DELNITSON
HASTAELDÍA
99y00 11deagostode2020
97y98 12deagostode2020
95y96 13deagostode2020
93y94 14deagostode2020
SILOSDOS
ÚLTIMOSDÍGITOS
DELNITSON
HASTAELDÍA
91y92 18deagostode2020
89y90 19deagostode2020
87y88 20deagostode2020
85y86 21deagostode2020
7. 6
SILOSDOS
ÚLTIMOSDÍGITOS
DELNITSON
HASTAELDÍA
83y84 24deagostode2020
81y82 25deagostode2020
79y80 26deagostode2020
77y78 27deagostode2020
75y76 28deagostode2020
73y74 31deagostode2020
71y72 1desept.de2020
69y70 2desept.de2020
67y68 3desept.de2020
65y66 4desept.de2020
63y64 7desept.de2020
61y62 8desept.de2020
59y60 9desept.de2020
57y58 10desept.de2020
55y56 11desept.de2020
53y54 14desept.de2020
51y52 15desept.de2020
49y50 16desept.de2020
47y48 17desept.de2020
45y46 18desept.de2020
43y44 21desept.de2020
SILOSDOS
ÚLTIMOSDÍGITOS
DELNITSON
HASTAELDÍA
41y42 22desept.de2020
39y40 23desept.de2020
37y38 24desept.de2020
35y36 25desept.de2020
33y34 28desept.de2020
31y32 29desept.de2020
29y30 30desept.de2020
27y28 1deoct.de2020
25y26 2deoct.de2020
23y24 5deoct.de2020
21y22 6deoct.de2020
19y20 7deoct.de2020
17y18 8deoct.de2020
15y16 9deoct.de2020
13y14 13deoct.de2020
11y12 14deoct.de2020
09y10 15deoct.de2020
07y08 16deoct.de2020
05y06 19deoct.de2020
03y04 20deoct.de2020
01y02 21deoct.de2020
2. DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIO EN EL EXTERIOR
Las personas naturales residentes en el exterior obligadas a presentar
declaración del impuesto sobre la renta, deberán presentar la declara-
ción en forma electrónica y dentro de los plazos antes señalados. Igual-
mente, el pago del impuesto y el anticipo podrán efectuarlo electróni-
camente o en los bancos y demás entidades autorizadas en el territorio
colombiano dentro del mismo plazo.
8. 7
3. DECLARACIÓN POR FRACCIÓN DE AÑO
En los casos de liquidación de sociedades o sucesiones, podrán presen-
tarse a partir del día siguiente a su liquidación y a más tardar en las fe-
chas de vencimientos establecidas anteriormente para el año gravable,
al cual correspondan de no haberse liquidado.
4. RÉGIMEN SIMPLE DE TRIBUTACIÓN SIMPLE
• IMPUESTO UNIFICADO PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
SILOSÚLTIMOSDÍGITOS
DELNITSON
HASTAELDÍA
0-9 22deoct.de2020
8-7 23deoct.de2020
6-5 26deoct.de2020
4-3 27deoct.de2020
2-1 28deoct.de2020
• DECLARACIÓN ANUAL CONSOLIDADA DEL IMPUESTO SOBRE
LAS VENTAS
SILOSÚLTIMOSDÍGITOS
DELNITSON
HASTAELDÍA
0-9 24defebrerode2020
8-7 25defebrerode2020
6-5 26defebrerode2020
4-3 27defebrerode2020
2-1 28defebrerode2020
5. DECLARACIÓN ANUAL DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR
• GRANDES CONTRIBUYENTES
SIELÚLTIMO
DÍGITODELNITES
HASTAELDÍA
0 14deabrilde2020
9 15deabrilde2020
8 16deabrilde2020
7 17deabrilde2020
6 20deabrilde2020
SIELÚLTIMO
DÍGITODELNITES
HASTAELDÍA
5 21deabrilde2020
4 22deabrilde2020
3 23deabrilde2020
2 24deabrilde2020
1 27deabrilde2020
14. 13
8. IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO
SIELÚLTIMO
DÍGITODELNITES
BIMESTRE
ENERO-FEBRERO2020
HASTAELDÍA
BIMESTRE
MARZO-ABRIL2020
HASTAELDÍA
BIMESTRE
MAYO-JUNIO2020
HASTAELDÍA
0 10demarzode2020 12demayode2020 7dejuliode2020
9 11demarzode2020 13demayode2020 8dejuliode2020
8 12demarzode2020 14demayode2020 9dejuliode2020
7 13demarzode2020 15demayode2020 10dejuliode2020
6 16demarzode2020 18demayode2020 13dejuliode2020
5 17demarzode2020 19demayode2020 14dejuliode2020
4 18demarzode2020 20demayode2020 15dejuliode2020
3 19demarzode2020 21demayode2020 16dejuliode2020
2 20demarzode2020 22demayode2020 17dejuliode2020
1 24demarzode2020 26demayode2020 21dejuliode2020
SIELÚLTIMODÍGITO
DELNITES
BIMESTRE
JULIO-AGOSTO2020
HASTAELDÍA
BIMESTRE
SEPT.-OCT.2020
HASTAELDÍA
BIMESTRE
NOV.-DIC.2020
HASTAELDÍA
0 8desept.de2020 10denov.de2020 13deenerode2021
9 9desept.de2020 11denov.de2020 14deenerode2021
8 10desept.de2020 12denov.de2020 15deenerode2021
7 11desept.de2020 13denov.de2020 18deenerode2021
6 14desept.de2020 17denov.de2020 19deenerode2021
5 15desept.de2020 18denov.de2020 20deenerode2021
4 16desept.de2020 19denov.de2020 21deenerode2021
3 17desept.de2020 20denov.de2020 22deenerode2021
2 18desept.de2020 23denov.de2020 25deenerode2021
1 21desept.de2020 24denov.de2020 26deenerode2021
9. PLAZOS PARA EXPEDIR ALGUNOS CERTIFICADOS
• Los agentes retenedores del impuesto sobre la renta y complemen-
tario y los del gravamen a los movimientos financieros deberán
expedir a más tardar el 31 de marzo de 2020 los certificados de ingre-
sos y retenciones por concepto de pagos originados en la relación
laboral o legal y reglamentaria y por los demás conceptos
• Las entidades financieras deberán expedir y entregar los certifi-
cados sobre la parte no gravada de los rendimientos financieros
pagados dentro de los 15 días calendario siguientes a la fecha de
solicitud por parte del ahorrador
15. 14
• Los agentes de retención del impuesto sobre las ventas deberán expe-
dir por las retenciones practicadas, un certificado dentro de los 15 días
calendario siguientes al bimestre o cuatrimestre en que se practicó la
retención que cumpla los requisitos previstos en el artículo 1.6.1.12.13.
del Decreto 1625 de 2016
III. INFORMACIÓN EXÓGENA EN MEDIOS ELECTRÓNICOS
Indicamos los aspectos más relevantes de esta información.
Algunos obligados a reportar en medios electrónicos la información del
año gravable 2019, según Resolución 011004 del 29 de octubre de 2018.
OBLIGADOS
INGRESOSBRUTOS
ENELAÑO2017
SUPERIORES A
FORMATOS
A
REPORTAR
Laspersonasnaturalesyasimiladas
$500.000.000yrentasdecapital
y/onolaboralesdelañogravable
2019superioresa$100.000.000
Todoslos
formatos
Laspersonasjurídicas,sociedadesy
asimiladasydemásentidadespúblicasy
privadasobligadas
apresentardeclaracióndelimpuesto
sobrelarentaycomplementarioode
ingresosypatrimonio
$100.000.000
Todoslos
formatos
Laspersonasnaturalesyasimiladasque
percibanrentasdecapitalynolaborales,
laspersonasjurídicasysusasimiladas,
entidadespúblicasyprivadasydemás
obligadasapracticarretenciónenlafuen-
te,autorretenciónatítulodelimpuesto
sobrelasrenta,IVA,timbreduranteelaño
gravable2018
Independientementedelmonto
delosingresos
Todoslos
formatos
Losconsorciosyunionestemporales,
mandatariosocontratistas,losposeedo-
resdetítulosmineros,lassociedadesfidu-
ciarias,entidadespúblicas,lossecretarios
generalesoquieneshagansusvecesde
losórganosquefinanciengastoscon
recursosdelTesoroNacional,laspersonas
oentidadesquecelebrencontratosde
colaboraciónempresarialconentidades
públicas
Independientementedelmonto
delosingresos
Los
formatos
requeridos
paracada
entidad
Laspersonasnaturalesojurídicasoenti-
dadesqueefectúenpagosporconcepto
derentasdetrabajoydepensiones,y
esténobligadasapresentarcualquiertipo
deinformacióndequetratalaresolución
Independientementedelmonto
delosingresos
2276
Losempleadoresqueocupentrabajadoras
mujeresvíctimasdelaviolenciacom-
probada,yesténobligadasapresentar
cualquiertipodeinformacióndequetrata
laresolución
Independientedelmontodelos
Ingresos
2280
16. 15
NOTA: Para efectos de establecer la obligación de informar lo anterior,
los ingresos brutos incluyen todos los ingresos ordinarios y extraordi-
narios de conformidad con lo establecido en el artículo 26 del Estatuto
Tributario y entre los ingresos extraordinarios se deben tener en cuenta
las ganancias ocasionales.
1. CONCEPTOS, FORMATOS Y CUANTÍAS A REPORTAR
ART631E.T. CONCEPTO CUANTÍA
FORMATO/
VERSIÓN
PERSONASNATURALESYJURÍDICASENGENERAL
Literala)
Accionistasosocios,
comuneros,cooperados
y/oasociados
Accionesoaportes=
$3.000.000y%departicipación
1010/8
Literalb) ye)
Pagosoabonosen
cuentadecostosy
gastos,incluidoslosque
noconstituyancostoni
deducción,retenciones
yautorretencionesenla
fuentepracticadas
$100.000cuandoalpagoo
abonoencuentanoselehaya
practicadoretención 1001/10
Literalc)
Retencionesquele
practicaronporrentay
ventas
Sinlímite 1003/7
Impuestossobrelas
ventasdescontabley
porventasdevueltas,
anuladasrescindidaso
resueltas
Sinlímite 1005/7
Literald) Descuentostributarios Sinlímite 1004/7
Literalf)
Ingresosrecibidos,
devoluciones,rebajasy
descuentos
$500.000osuperior 1007/9
Impuestosobrelas
ventasgeneradoy/o
impuestoalconsumoy
porcomprasanuladas
rescindidasoresueltase
impuestoalconsumo
Cuandolosingresosacumula-
dosseande$500.000osuperior
1006/8
Literalg)
Informacióndeingresos
recibidosparaterceros
Sinlímite 1647/2
Literalh) Pasivos
Saldopasivosadic.31
=$100.000.000ellímitepor
cadaacreedor$500.000
Pasivosadic.31$100.000.000
ellímiteporcadaacreedor
$1.000.000
1009/7
19. 18
ÚLTIMOSDÍGITOS FECHALÍMITE
96a00 13demayode2020
91a95 14demayode2020
86a90 15demayode2020
81a85 18demayode2020
76a80 19demayode2020
71a75 20demayode2020
66a70 21demayode2020
61a65 22demayode2020
56a60 26demayode2020
51a55 27demayode2020
ÚLTIMOSDÍGITOS FECHALÍMITE
46a50 28demayode2020
41a45 29demayode2020
36a40 1dejuniode2020
31a35 2dejuniode2020
26a30 3dejuniode2020
21a25 4dejuniode2020
16a20 5dejuniode2020
11a15 8dejuniode2020
06a10 9dejuniode2020
01a05 10dejuniode2020
PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES
3. FORMA DE PRESENTACIÓN
La información será presentada en forma virtual utilizando los servicios
electrónicos de la DIAN, en cuyo caso debe ser presentada con firma
electrónica respaldada con certificación digital emitida por la DIAN.
4. SANCIONES
Para el año gravable 2019 no enviar o suministrar la información solici-
tada y toda corrección a los datos reportados implica sanción de confor-
midad con lo establecido en el artículo 651 del Estatuto Tributario.
IV. GANANCIAS OCASIONALES EXENTAS 2019
Herencias, legados, donaciones y otras
• El valor de un inmueble de vivienda
urbana de propiedad del causante,
sin exceder de: (7.700 UVT) $263.879.000
• Elvalordeuninmuebleruraldepropiedad
delcausante(noesaplicablealascasas,
quintasofincasderecreo)sinexcederde: (7.700UVT) $ 263.879.000
• Asignaciones de legitimarios o
cónyuge y porción conyugal exentos
los primeros: (3.490 UVT) $119.602.000
• Para no legitimarios el 20%
sin exceder de: (2.290 UVT) $78.478.000
• Donaciones para no legitimarios y
cónyuge el 20% sin exceder de: (2.290 UVT) $78.478.000
20. 19
• Los libros, las ropas y utensilios de uso personal y el mobiliario de la
casa del causante
• Indemnización por seguros de vida hasta (12.500 UVT) $428.375.000 el
exceso estará gravado con la tarifa de las ganancias ocasionales
• La utilidad en la venta de la casa o apartamento de habitación las pri-
meras (7.500 UVT) $257.025.000 siempre que: haya sido poseída 2 años o
más; el valor catastral o el autoavalúo sea igual o inferior a (15.000 UVT)
$514.050.000, en el año gravable en el cual se protocoliza la escritura pú-
blica; los dineros recibidos sean depositados en una cuenta AFC y se des-
tinen a la adquisición de otra casa o apartamento de habitación o para
el pago total o parcial de créditos hipotecarios vinculados al inmueble
enajenado
V. RENTAS EXENTAS 2019
• Pensiónmensualdejubilación,
invalidez,vejezymuertehasta: (1.000UVT) $34.270.000
• Máximarentaexentaanualporaportes
obligatorios,voluntariosycuentas AFC
hastael30%delingresolaboralotributario
sinexcederde: (3.800UVT) $130.226.000
• Cesantíaseinteresessobrecesantías
cuandoelingresomensualpromedio
enlosúltimos6mesesnoexcedade: (350UVT) $11.995.000
• El25%delvalortotaldelospagosgravables
recibidosporrentaslaborales,límitemensual: (240UVT) $8.225.000
• Ventadeenergíaeléctricageneradaconrecursos
eólicos,biomasaoresiduosagrícolas,solar,geotérmicaodelosmares
• Serviciosdetransportefluvial
• Aprovechamientodenuevasplantacionesforestales
• Empresasdeeconomíanaranja
• DesarrollodelcampoColombiano
• Rentasasociadasalaviviendadeinteréssocialylaviviendadeinterés
prioritario
• Creacionesliterariasdelaeconomíanaranja
VI. DESCUENTOS TRIBUTARIOS
1. IMPUESTOS PAGADOS EN EL EXTERIOR
Del monto del impuesto sobre la renta declarado en Colombia se puede
descontar el impuesto pagado en el extranjero sobre esas mismas rentas.
2. INVERSIONES
• Inversiones realizadas en control, conservación y mejoramiento del
medioambiente.
Las personas jurídicas que realicen directamente inversiones tendrán
derecho a descontar de su impuesto sobre la renta a cargo el 25% de las
inversiones que hayan realizado en el respectivo año gravable, previa
acreditación que efectúe la autoridad ambiental respectiva.
21. 20
El exceso originado en el descuento, podrá tomarse dentro de los
cuatro (4) períodos gravables siguientes a aquel en que se efectuó la
inversión.
• Inversionesrealizadaseninvestigación,desarrollo tecnológico o inno-
vación (I+D+i).
Las personas que realicen inversiones tendrán derecho a descontar de
su impuesto sobre la renta a cargo el 25% del valor invertido en dichos
proyectos en el período gravable en que se realizó la inversión.
El exceso originado en el descuento podrá tomarse dentro de los
cuatro (4) períodos gravables siguientes a aquel en que se efectuó la
inversión.
3. DONACIONES
• Donaciones a programas creados por las instituciones de educación
superior.
Las personas que realicen donaciones a estos programas, tendrán
derecho a descontar de su impuesto sobre la renta a cargo el 25% del
valor invertido en dichos proyectos en el período gravable en que se
realizó la inversión.
El exceso originado en el descuento, podrá tomarse dentro de los
cuatro (4) períodos gravables siguientes a aquel en que se realizó la
inversión.
• Donacionesentidadessinánimodelucropertenecientes al régimen
especial.
Las donaciones darán lugar a un descuento del impuesto sobre la
rentaycomplementario,equivalenteal25%delvalordonadoenelaño
o período gravable.
Elexcesooriginadoeneldescuento,podrátomarsedentrodelperíodo
gravable siguiente a aquel en que se efectuó la inversión.
NOTA: Los descuentos en inversiones y donaciones tomados en su con-
junto no podrán exceder del 25% del impuesto sobre la renta a cargo del
contribuyente en el respectivo año gravable.
Las inversiones en I+D+i y las donaciones a instituciones de educación
superior, serán deducibles en la determinación del impuesto de renta en
el período gravable en que se realicen, sin que ello excluya la aplicación
del descuento tributario.
4. IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS EN LA IMPORTACIÓN, FORMACIÓN,
CONSTRUCCIÓN O ADQUISICIÓN DE ACTIVOS FIJOS REALES PRODUCTIVOS
• Beneficiarios: Los responsables del Impuesto sobre las ventas
• Tratamiento: Descuento en renta: el IVA pagado por la adquisición,
construcción e importación de AFRP, incluyendo el de los servicios
para ponerlos en condiciones de utilización
22. 21
• Oportunidad:
• Año en el que se efectúe su pago
• AFRP construidos en el año gravable en que se active
y comience a depreciarse o amortizarse
• Activos adquiridos por leasing:
• Procede el descuento para AFRP adquiridos, construidos
o importados a través de contratos de leasing
• Opción irrevocable de compra
• Aplica para el arrendatario
VII. OTRAS CONSIDERACIONES PARA EL 2019
• Intereses presuntivos por préstamos a socios: 4.54%
• Deducción por intereses sobre préstamo de vivienda
y contratos de leasing habitacional: (1.200 UVT) $41.124.000
• Máximo aporte anual a pensión obligatoria
personas naturales asalariadas: $14.906.000
• Máximo aporte anual a pensión obligatoria
personas naturales independientes: $44.718.000
• Tasa representativa del mercado a 31 de dic. de 2019: $3.277,14
• Inflación (I.P.C. 2019): 3,80%
• Ajuste al costo de los activos fijos: 3,36%
• Formato de reporte de conciliación fiscal para
contribuyentes obligados a llevar contabilidad
• Anexo de otras deducciones a la declaración del impuesto sobre la
renta para contribuyentes obligados a llevar contabilidad
• RENTA PRESUNTIVA
Patrimonio Líquido del año anterior
(-) Los primeros $629.964.000 (19.000 UVT) del sector agropecuario
(-) Los primeros $265.248.000 (8.000 UVT) de la vivienda para personas
naturales
(-) El valor bruto de los aportes o acciones que se posean en socieda-
desubicadasenpaísesdelaComunidadAndina(Decisión578de2004)
(-) El valor patrimonial neto de:
• Acciones, derechos y aportes en sociedades colombianas
• Bienes afectados por hechos constitutivos de fuerza mayor
o caso fortuito
• Bienes de empresas en período improductivo
=Base de renta presuntiva
(*) 1,5%
(+) Las rentas gravables generadas en el año que se declara de los
activos exceptuados
23. 22
• BENEFICIO DE AUDITORÍA
AÑO
INCREMENTOIMPUESTODE
RENTANETOAÑOANTERIOR*
TÉRMINODEFIRMEZA
2019
30% 6meses
20% 12meses
2020
30% 6meses
20% 12meses
2021
30% 6meses
20% 12meses
*El impuesto neto sobre la renta de la declaración correspondiente
al año gravable anterior debe ser superior a 71 UVT.
VIII. ALGUNOS DATOS ESTADÍSTICOS
AÑO PAAG% INFLACIÓN% T.R.M.$
1992 25,17 25,13 737,98
1993 23,03 22,60 804,33
1994 21,66 22,59 831,27
1995 20,28 19,46 987,65
1996 22,09 21,63 1.005,33
1997 17,38 17,68 1.293,58
1998 15,69 16,70 1.542,11
1999 9,63 9,23 1.873,77
2000 8,77 8,75 2.229,18
2001 7,76 7,65 2.291,18
2002 7,03 6,99 2.864,79
2003 6,12 6,49 2.778,21
2004 5,92 5,50 2.389,75
2005 5,16 4,85 2.284,22
2006 4,57 4,48 2.238,79
2007 ----- 5,69 2.014,76
2008 ----- 7,67 2.243,59
2009 ----- 2,00 2.044,23
2010 ----- 3,17 1.913,98
2011 ----- 3,73 1.942,70
2012 ----- 2,44 1.768,23
2013 ----- 1,94 1.926,83
2014 ----- 3,66 2.392,46
30. 29
AÑODEADQUISICIÓN
ACCIONESYAPORTES BIENESRAÍCES
MULTIPLICARPOR
2013 1,27 1,58
2014 1,25 1,40
2015 1,20 1,30
2016 1,13 1,24
2017 1,07 1,17
2018 1,03 1,09
I. IMPUESTO AL PATRIMONIO POR LOS AÑOS 2020 Y 2021
1. SUJETOS PASIVOS
• Personas naturales
• Contribuyentes del impuesto sobre la renta
• Nacionales o extranjeras, residentes en el exterior, respecto
de su patrimonio poseído en el país directa e indirectamente
a través de establecimientos permanentes, salvo excepciones
previas en los tratados internacionales y en el derecho interno
• Sucesiones ilíquidas
• Contribuyentes del impuesto sobre la renta
• De causantes residentes en el exterior al momento de su
muerte, respecto de su patrimonio poseido en el país
• Sociedades y entidades extranjeras
• No declarantes del impuesto sobre la renta que posean
bienes en Colombia como inmuebles, yates, botes, lanchas,
obras de arte, aeronaves o derechos mineros y petroleros. Se
exceptúan las acciones, cuentas por cobrar, las inversiones de
portafolio
• Excepto las que suscriban contratos de arrendamiento
financiero con residentes en Colombia
DATOS DE INTERÉS PARA
EL AÑO GRAVABLE 2020
31. 30
2. HECHO GENERADOR
La posesión al 1 de enero de 2020 de patrimonio líquido (patrimonio
bruto menos las deudas a cargo) igual o superior a $5.000.000.000.
3. BASE GRAVABLE
El valor del patrimonio líquido poseído al 01 de enero de 2020, menos
el valor patrimonial neto (VPN) de:
• Las primeras (13.500 UVT) $480.694.000; año base 2020 de la casa o
apartamento de habitación de las personas naturales
• El 50% de los bienes objeto del impuesto complementario de
normalización tributaria que hayan sido declarados en el periodo
gravable 2019 y que hayan sido repatriados al país de forma
permanente
• El 50% de los bienes objeto del impuesto complementario de
normalización tributaria que sean declarados en el periodo gravable
2020 y que hayan sido repatriados al país de forma permanente
4. CAUSACIÓN Y TARIFA
AÑ0GRAVABLE TARIFA
1deenerode2020 1%
1deenerode2021 1%
II. IMPUESTO DE NORMALIZACIÓN TRIBUTARIA COMPLEMENTARIO
AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y AL IMPUESTO AL PATRIMONIO
1. SUJETOS PASIVOS
• Contribuyentes del impuesto sobre la renta o de régimenes susti-
tutivos del impuesto sobre la renta con activos omitidos o pasivos
inexistentes
• Contribuyentes que tengan declarados sus activos diferentes a in-
ventarios por un valor inferior al de mercado y opten por actualizar-
los
2. HECHO GENERADOR
La posesión de activos omitidos y pasivos inexistentes a 1 de enero de
2020
3. BASE GRAVABLE
• El valor del costo fiscal histórico de los activos omitidos y el valor
fiscal o el valor reportado en la última declaración de renta de los
pasivos inexistentes
• Las sumas adicionales de los activos declarados diferentes a inven-
tarios por un valor inferior al de mercado
32. 31
4. TARIFA
• 15% del total de la base gravable
• 7,5% cuando el contribuyente normalice activos poseídos en el exte-
rior y los invierta con vocación de permanencia en el país
5. PLAZO
La declaración se debe presentar y pagar hasta el 25 de septiembre de
2020.
No permite presentación extemporánea ni correcciones.
La normalización no da lugar a la persecución fiscal o penal, a menos que
se acredite el origen ilícito de los recursos por cualquiera de los delitos
contemplados en el Código Penal. Tampoco genera infracción cambiaria.
III. IMPUESTO CÉDULA DE DIVIDENDOS DECRETADOS EN EL AÑO 2020
ACCIONISTAS
UTILIDADESGENERADASHASTAELAÑO2016
NOGRAVADOS GRAVADOS
Personasnaturalesysucesiones
ilíquidasresidentes
0% Tablaaño2016
Sociedadesnacionales 0% 33%
Sociedadesyentidadesextran-
jeras,personasnaturales,suce-
sionesilíquidasnoresidentesy
establecimientospermanentes
desociedadesextranjeras
0% 33%
ACCIONISTAS
UTILIDADESGENERADASAPARTIRDELAÑO2017
NOGRAVADOS GRAVADOS
Personasnaturalesysucesiones
ilíquidasresidentes
Segúntabla
100%dividendo 32%
68%dividendo Segúntabla
Sociedadesnacionales 7,5%
100%dividendo 32%
68%dividendo 7,5%
Sociedadesyentidadesextran-
jeras,personasnaturales,suce-
sionesilíquidasnoresidentesy
establecimientospermanentes
desociedadesextranjeras
10%
100%dividendo 32%
68%dividendo 10%
33. 32
TABLA TARIFAS PARA DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES RECIBIDAS POR
PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILÍQUIDAS RESIDENTES
RANGOSENUVT RANGOSENPESOS TARIFA
MARGINAL
IMPUESTO
DESDE HASTA DESDE HASTA
0 300 0 10.682.000 0% 0
300 Enadelante 10.682.000 Enadelante 10%
(Dividendos en
UVT menos 300
UVT) * 10%
IV. RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA EL AÑO GRAVABLE 2020
CONCEPTO BASE TARIFA%
ARRENDAMIENTOS
Arrendamientodebienes
inmuebles
100%delpagooabonoen
cuentaigualosuperiora
$961.000(27UVT)
3,5%
Arrendamientodebienesmuebles
100%delpagooabonoen
cuenta
4%
COMPRAS
Combustiblesderivadosdel
petróleo
100%delpagooabonoen
cuenta
0,1%
Compradeproductosagrícolas
opecuariossinprocesamiento
industrial
100%delpagooabonoen
cuentaigualosuperiora
$3.276.000(92UVT)
1,5%
Compras
100%delpagooabonoen
cuentaigualosuperiora
$961.000(27UVT)
Declarantes2,5%
--------------------------------------
Nodeclarantes3,5%
HONORARIOS
Honorariosycomisiones*
100%delpagooabonoen
cuenta
11% (1)
--------------------------------------
10%
Consultoríayadministración
delegada*
100%delpagooabonoen
cuenta
Declarantes11%(1)
--------------------------------------
Nodeclarantes10%
INGRESOSRENTASDETRABAJO
Ingresosrentasdetrabajo
Pagossuperioresa$3.383.000
(95UVT)
Segúntabla (Pág.34)
Indemnizaciónlaboral
Ingresossuperioresa
$7.264.000(204UVT)
20%
SERVICIOS
Contratosdeconstruccióno
urbanización
100%delpagooabonoen
cuentaigualosuperiora
$961.000(27UVT)
2%
34. 33
(1)
Personasjurídicasynaturales,estasúltimasporcontratossuperioresypagosoabonosencuentaen
excesode(3.300UVT)$117.503.000
* Siempre que no se consideren rentas de trabajo
CONCEPTO BASE TARIFA%
Empresasdeserviciostemporales
100%delAIUigualosuperior
a$142.000(4UVT)
1%
Transporteaéreoymarítimode
pasajeros
100%delpagooabonoen
cuentaigualosuperiora
$142.000(4UVT)
1%
Transportedecarga
100%delpagooabonoen
cuentaigualosuperiora
$142.000(4UVT)
1%
Serviciosprestadosporlasempre-
sasdeaseoy/ovigilancia
100%delAIUigualosuperior
a$142.000(4UVT)
2%
Serviciosintegralesdesaludque
comprendenhospitalización,radio-
logía,medicamentos,exámenesy
análisisdelaboratoriosclínicos
100%delpagooabonoen
cuentaigualosuperiora
$142.000(4UVT)
2%
Serviciospúblicos. Laretenciónen
lafuentedeberáserpracticadaa
travésdelmecanismodeautorre-
tenciónporpartedelasempresas
prestadorasdelserviciocalificadas
porlaDIAN
Elvalordelpagooabono
encuenta.Losvalores
recaudadosporconceptode
serviciospúblicos,factura-
dosatravésyparaterceros
noestaránsujetosaautorre-
tención
2,5%
Hoteles,restaurantesyhospedajes
100%delpagooabonoen
cuentaigualosuperiora
$142.000(4UVT)
3,5%
Transporteterrestredepasajeros
100%delpagooabonoen
cuentaigualosuperiora
$961.000(27UVT)
3,5%
Serviciosengeneral *
100%delpagooabonoen
cuentaigualosuperiora
$142.000(4UVT)
Declarantes4%
--------------------------------------
Nodeclarantes6%
RENDIMIENTOSFINANCIEROS
Títulosderentafija 100%delpagooabonoen
cuenta
4%
Comisionesentidadesvigiladas
Superfinanciera
100%delpagooabonoen
cuenta
11%
Transaccionesrealizadasenbolsa
100%delpagooabonoen
cuenta
3%
Operacionesactivasdecréditoo
mutuocomercial
100%delpagooabonoen
cuenta
2,5%
Operacionesdereportoorepo,
simultáneasytransferenciatempo-
raldevalores
100%delpagooabonoen
cuenta
2,5%
OTROSCONCEPTOS
Vehículos
100%delvalordelaenajena-
cióndelactivo
1%
36. 35
RANGOSENUVT RANGOSENPESOS TARIFA
MARGINAL
RETENCIÓNEN
LAFUENTE
DESDE HASTA DESDE HASTA
150 360 5.341.000 12.819.000 28%
(Ingresolaboralgravado
expresadoenUVTmenos
150UVT)*28%+10UVT
360 640 12.819.000 22.788.000 33%
(Ingresolaboralgravado
expresadoenUVTmenos
360UVT)*33%+69UVT
640 945 22.788.000 33.649.000 35%
(Ingresolaboralgravado
expresadoenUVTmenos
640UVT)*35%+162UVT
945 2.300 33.649.00 81.896.000 37%
(Ingresolaboralgravado
expresadoenUVTmenos
945UVT)*37%+268UVT
2.300
En
adelante
81.896.000
En
adelante
39%
(Ingresolaboralgravado
expresadoenUVTmenos
2.300UVT)*39%+770UVT
VI. IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
1. NO RESPONSABLES
No son responsables del IVA las personas naturales comerciantes
y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los pequeños
agricultores y los ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así
como quienes presten servicios gravados siempre y cuando cumplan
la totalidad de las siguientes condiciones:
CONCEPTO 2019 2020
Ingresosbrutostotalesprovenientes
delaactividadgravadainferioresa:
$119.945.000 $124.625.000
3.500UVT
Celebracióndecontratosdeventa
debienesoprestacióndeservicios
gravadosinferioresa:
$119.945.000 $124.625.000
3.500UVT
Elmontodesusconsignaciones
bancarias,depósitosoinversiones
financierasprovenientesdelaactivi-
dadgravada
$119.945.000 $124.625.000
3.500UVT
• Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede,
local o negocio donde ejerzan su actividad
• Que en dicho establecimiento no se desarrollen actividades las
cuales impliquen la explotación de intangibles
• No sean usuarios aduaneros
37. 36
Nota: Para la elaboración de contratos de venta de bienes o prestación
de servicios gravados por cuantía individual y superior a $124.625.000
(3.500 UVT) (año base 2020), deberá inscribirse previamente como
responsable del IVA.
VII. IMPUESTO UNIFICADO BAJO EL RÉGIMEN SIMPLE DE
TRIBUTACIÓN -SIMPLE-
1. GENERALIDADES
• Régimen de tributación opcional
2. HECHO GENERADOR
• Obtención de ingresos susceptibles de producir un incremento en
el patrimonio
3. BASE GRAVABLE
∑ Ingresosbrutos,ordinariosyextraordinarios,percibidosenelperiodo
gravable
[-]
Ingresosconstitutivosdegananciaocasional
Ingresosnoconstitutivosderentanigananciaocasional
4. SUJETOS PASIVOS
• Las personas naturales que desarrollen una empresa
• Laspersonasjurídicasenlaquesussociosseanpersonasnaturales
residentes en Colombia
5. CONDICIONES
• Queenelañogravableanteriorhubierenobtenidoingresosfiscales
brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 80.000 UVT.
Los ingresos por ganancias ocasionales y los ingresos no
constitutivos de renta ni ganancia ocasional, no se consideran
para efectos del límite de ingresos.
Se consolidan ingresos fiscales si uno de los socios persona
natural: [i] tiene varias empresas o participa en varias sociedades
inscritas en el Simple; [ii] tiene una participación superior al
10% en sociedades no inscritas en el Simple; [iii] es gerente o
administrador de otras empresas o sociedades.
• En el caso de empresas o personas jurídicas nuevas, los ingresos
del año no deben superar 80.000 UVT
• Estar al día con sus obligaciones tributarias de carácter nacional,
departamental y municipal, y del Sistema de Seguridad Social
Integral
• Inscripción en el RUT y expedir factura electrónica
38. 37
6. SUJETOS QUE NO PUEDEN OPTAR POR EL SIMPLE
• Las personas jurídicas extranjeras, las personas naturales sin
residencia en el país; o sus establecimientos permanentes
• Las personas naturales residentes que en el ejercicio de sus
actividades configuren una relación laboral
• Lassociedadescuyossociosoadministradorestenganensustancia
una relación laboral con el contratante
• Filiales, subsidiarias, agencias, sucursales, de personas jurídicas
nacionales o extranjeras, o de extranjeros no residentes
• Las sociedades que sean accionistas, fideicomitentes o beneficia-
rios de otras sociedades o entidades, en Colombia o el exterior
• Las entidades financieras
• Las personas naturales o jurídicas que desarrollen una de las
actividades a las que no aplica el Simple
• Las sociedades que resulten de la escisión de un negocio, que haya
ocurrido en los 5 años anteriores al momento de inscripción
7. ACTIVIDADES A LAS QUE NO APLICA EL SIMPLE
• Microcrédito
• Gestión, intermediación en la venta, arrendamiento de activos y/o
las actividades que generen ingresos pasivos en un 20% o más de
los ingresos brutos
• Factoraje o factoring
• Servicios de asesoría financiera y/o estructuración de créditos
• Generación, transmisión, distribución o comercialización de
energía eléctrica
• Fabricación, importación o comercialización de automóviles
• Importación de combustibles
• Producción o comercialización de armas de fuego, municiones y
pólvoras, explosivos y detonantes
8 . IMPUESTOS QUE INTEGRAN EL SIMPLE
• Impuesto sobre la renta
• Impuesto nacional al consumo, por los servicios de expendio de
comidas y bebidas
• El IVA únicamente para tiendas pequeñas y peluquerías
• El impuesto de industria y comercio, de avisos y tableros y la
sobretasa bomberil
39. 38
9 . TARIFAS
• Del impuesto
TIENDAS PEQUEÑAS, MINI-MERCADOS, MICRO-MERCADOS Y PELUQUERÍA
INGRESOSBRUTOSANUALES
TARIFASIMPLE
CONSOLIDADA
RANGOSENUVT RANGOSENPESOS
IGUALO
SUPERIOR INFERIOR
IGUALO
SUPERIOR
INFERIOR
0 6.000 0 205.620.000 2,0%
6.000 15.000 205.620.000 514.050.000 2,8%
15.000 30.000 514.050.000 1.028.100.000 8,1%
30.000 80.000 1.028.100.000 2.741.600.000 11,6%
ACTIVIDADES COMERCIALES AL POR MAYOR Y AL DETAL
INGRESOSBRUTOSANUALES
TARIFASIMPLE
CONSOLIDADA
RANGOSENUVT RANGOSENPESOS
IGUALO
SUPERIOR INFERIOR IGUALO
SUPERIOR INFERIOR
0 6.000 0 205.620.000 1,8%
6.000 15.000 205.620.000 514.050.000 2,2%
15.000 30.000 514.050.000 1.028.100.000 3,9%
30.000 80.000 1.028.100.000 2.741.600.000 5,4%
SERVICIOS PROFESIONALES DE CONSULTORÍA Y CIENTÍFICOS
INGRESOSBRUTOS ANUALES
TARIFASIMPLE
CONSOLIDADA
RANGOSENUVT RANGOSENPESOS
IGUALO
SUPERIOR INFERIOR
IGUALO
SUPERIOR
INFERIOR
0 6.000 0 205.620.000 5,9%
6.000 15.000 205.620.000 514.050.000 7,3%
15.000 30.000 514.050.000 1.028.100.000 12,0%
30.000 80.000 1.028.100.000 2.741.600.000 14,5%
40. 39
ACTIVIDADES DE EXPENDIO DE COMIDAS Y BEBIDAS Y ACTIVIDADES DE
TRANSPORTE
INGRESOSBRUTOS ANUALES
TARIFASIMPLE
CONSOLIDADA
RANGOSENUVT RANGOSENPESOS
IGUALO
SUPERIOR INFERIOR
IGUALO
SUPERIOR
INFERIOR
0 6.000 0 205.620.000 3,4%
6.000 15.000 205.620.000 514.050.000 3,8%
15.000 30.000 514.050.000 1.028.100.000 5,5%
30.000 80.000 1.028.100.000 2.741.600.000 7,0%
• Del anticipo
TIENDAS PEQUEÑAS, MINI-MERCADOS, MICRO-MERCADOS Y PELUQUERÍA
INGRESOSBRUTOS BIMESTRALES
TARIFASIMPLE
CONSOLIDADA
BIMESTRAL
RANGOSENUVT RANGOSENPESOS
IGUALO
SUPERIOR INFERIOR
IGUALO
SUPERIOR
INFERIOR
0 1.000 0 34.270.000 2,0%
1.000 2.500 34.270.000 85.675.000 2,8%
2.500 5.000 85.675.000 171.350.000 8,1%
5.000 13.334 171.350.000 456.956.000 11,6%
ACTIVIDADES COMERCIALES AL POR MAYOR Y DETAL
INGRESOSBRUTOS BIMESTRALES
TARIFASIMPLE
CONSOLIDADA
BIMESTRAL
RANGOSENUVT RANGOSENPESOS
IGUALO
SUPERIOR INFERIOR
IGUALO
SUPERIOR
INFERIOR
0 1.000 0 34.270.000 1,8%
1.000 2.500 34.270.000 85.675.000 2,2%
2.500 5.000 85.675.000 171.350.000 3,9%
5.000 13.334 171.350.000 456.956.000 5,4%
41. 40
SERVICIOS PROFESIONALES, DE CONSULTORÍA Y CIENTÍFICOS
INGRESOSBRUTOS BIMESTRALES
TARIFASIMPLE
CONSOLIDADA
BIMESTRAL
RANGOSENUVT RANGOSENPESOS
IGUALO
SUPERIOR INFERIOR
IGUALO
SUPERIOR
INFERIOR
0 1.000 0 34.270.000 5,9%
1.000 2.500 34.270.000 85.675.000 7,3%
2.500 5.000 85.675.000 171.350.000 12,0%
5.000 13.334 171.350.000 456.956.000 14,5%
ACTIVIDADES DE EXPENDIO DE COMIDAS Y BEBIDAS Y ACTIVIDADES DE
TRANSPORTE
INGRESOSBRUTOS BIMESTRALES
TARIFASIMPLE
CONSOLIDADA
BIMESTRAL
RANGOSENUVT RANGOSENPESOS
IGUALO
SUPERIOR INFERIOR
IGUALO
SUPERIOR
INFERIOR
0 1.000 0 34.270.000 3,4%
1.000 2.500 34.270.000 85.675.000 3,8%
2.500 5.000 85.675.000 171.350.000 5,5%
5.000 13.334 171.350.000 456.956.000 7,0%
10 .IVA
• Declaración anual consolidada
11 .RETENCIÓN EN LA FUENTE
• Noestánsujetosaretenciónenlafuente,salvolaretencióndeIVA
• No están obligados a practicar retenciones y autorretenciones en
la fuente, salvo por concepto de pagos laborales
12 .INSCRIPCIÓN
• Hasta el 31 de enero de cada año gravable
• Quienes inicien actividades en el año gravable en el momento del
registro inicial en el RUT
• Por el año 2020 hasta el 31 de julio
13 .DECLARACIÓN Y PAGO
• Declaración anual consolidada
• Anticipos bimestrales
42. 41
14 .BENEFICIOS TRIBUTARIOS
• Exonerados de aportes parafiscales en los términos del artículo
14-1 del Estatuto Tributario
• Descuentos tributarios en renta
• El 0,5% de los ingresos recibidos, por concepto de ventas de
bienes o servicios, por los sistemas de tarjetas de crédito y/o
débito y otros mecanismos de pagos electrónicos
• El valor del aporte al Sistema General de Pensiones a cargo del
empleador
VIII. TABLA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA AÑO GRAVABLE 2020
Tarifa para las personas naturales residentes y asignaciones y
donaciones modales
RANGOSENUVT RANGOSENPESOS TARIFA
MARGINAL
IMPUESTO
DESDE HASTA DESDE HASTA
0 1.090 0 38.812.000 0% 0
1.090 1.700 38.812.000 60.532.000 19%
Base gravable
expresada en
UVT menos
1090 UVT)*19%
1.700 4.100 60.532.000 145.989.000 28%
Base gravable
expresada en
UVTmenos1.700
UVT)*28%+116UVT
4.100 8.670 145.989.000 308.713.000 33%
Base gravable
expresada en
UVTmenos4.100
UVT)*33%+788UVT
8.670 18.970 308.713.000 675.465.000 35%
Base gravable
expresada enUVT
menos8.670UVT)
*35%+2.296UVT
18.970 31.000 675.465.000 1.103.817.000 37%
Base gravable
expresadaenUVT
menos18.970
UVT)*37%+5.901UVT
31.000
En
Adelante
1.103.817.000 Enadelante 39%
Base gravable
expresada en UVT
menos31.000
UVT)*39%+10.352
UVT
43. 42
IX. IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
Vehículos particulares con los siguientes avalúos:
• Hasta $48.029.000 1,5%
• Más de $48.029.000 y hasta $108.063.000 2,5%
• Más de $108.063.000 3,5%
X. SANCIONES
• Valor mínimo de cualquier sanción: (10 UVT) $356.000
• Porextemporaneidadenla
presentacióndeladeclaración,el5%
pormesofraccióndemes,sobreel
totaldelimpuestoacargooretención
sinexcederdel100%delimpuestoa
cargooretención,cuandonoresulte
impuestoacargo,nopuedeexcederde: (2.500UVT) $89.018.000
• Si la declaración se presenta
después del emplazamiento para
declarar, la sanción será del 10%
por mes o fracción de mes sin
exceder del 200% del impuesto a
cargo o retención cuando no resulte
impuesto a cargo no puede exceder de: (5.000 UVT) $178.035.000
• Las personas y entidades que no
suministren las informaciones
o pruebas solicitadas o que lo
hagan extemporáneamente o cuyo
contenido presente errores o no
corresponda a lo solicitado serán
acreedoras a una multa hasta de: (15.000 UVT) $534.105.000
• Por expedir facturas sin algunos
requisitos es el 1% de las
operaciones facturadas sin exceder de : (950 UVT) $33.827.000
Si reincide, el cierre del establecimiento por 3 días
• La sanción por libros de
contabilidad será del 0,5% del mayor
valor entre el patrimonio líquido y
los ingresos netos del año anterior
al de su imposición sin exceder de: (20.000 UVT) $712.140.000
• La sanción por no expedir facturas es el cierre del establecimien-
to de comercio, oficina o consultorio
44. 43
No inscripción en el RUT antes del inicio de actividad:
• Cierre del establecimiento de comercio, sede, oficina o local por
un día por mes o fracción de mes de retraso
• Quienes no tengan establecimiento, sede, local u oficina multa
equivalente a 1 UVT por cada día de retraso en la inscripción
No exhibición de la inscripción en el RUT:
• Clausura del establecimiento por tres días
No actualización del RUT dentro del mes siguiente:
• Multa equivalente a 1 UVT por cada día de retraso
• Si no se actualiza dirección o actividad económica multa equiva-
lente a 2 UVT por cada día de retraso
• Por informar datos falsos, incompletos o errados en el RUT multa
equivalente a 100 UVT
XI. OTRAS CONSIDERACIONES PARA EL 2020
1. INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL
• Aporte anual a pensión obligatoria
personas naturales asalariadas máximo: $15.801.000
• Aporte anual a salud obligatoria
personas naturales asalariadas máximo: $10.534.000
• Aporte anual a pensión obligatoria
personas naturales independientes máximo: $47.401.000
• Aporte anual a salud obligatoria
personas naturales independientes máximo: $32.918.000
2. RETENCIÓN EN LA FUENTE RENTAS DE TRABAJO
Sobrelasrentasdetrabajosepodránrestardelabasemensualdereten-
ción los siguientes conceptos:
• Deducciones
• Pagos por salud (medicina prepagada)
máximo mensual: (16 UVT) $570.000
• Pagos por intereses o corrección monetaria por
préstamos para adquisición de vivienda
máximo mensual: (100 UVT) $3.561.000
• Pagos por concepto de dependientes hasta el 10%
del total de los ingresos brutos o hasta un
máximo mensual: (32 UVT) $1.139.000
• Rentas Exentas
• Están exentas las cesantías y los intereses
a las cesantías siempre y cuando el ingreso
mensual promedio de los últimos 6 meses
no sea superior: (350 UVT) $12.462.000
• Es exento el 25% del valor total de los pagos
gravables recibidos por rentas de trabajo
límite mensual: (240 UVT) $8.546.000
45. 44
Nota: La suma total de deducciones y rentas exentas no podrá superar
el 40% del resultado de restar del pago o abono en cuenta los ingresos
no constitutivos de renta ni ganacia ocasional, sin exceder 5.040 UVT
anualmente, 420 UVT mensualmente.
3. DATOS DE INTERÉS
• Unidad de valor tributario UVT: $35.607
• Intereses presuntivos por préstamos a socios: 4,48%
• Firma de la declaración tributaria por contador público:
• La de renta o de ingresos y
patrimonio cuando los ingresos
brutos o el patrimonio bruto en el
2019 sean superiores a: (100.000 UVT) $3.427.000.000
• De ventas y/o de retenciones en la
fuente cuando los ingresos brutos
o el patrimonio bruto en el 2019
sean superiores a: (100.000 UVT) $3.427.000.000
• Declaraciones de IVA con saldo a favor
• Personas naturales comerciantes que son agentes de retención:
• Las personas naturales que tengan
la calidad de comerciantes y que
en el año inmediatamente anterior
tuvieron un patrimonio bruto o
unos ingresos brutos superiores a: (30.000 UVT) $1.068.210.000
• Obligados a tener revisor fiscal
• Todas las sociedades anónimas y sucursales de sociedades
extranjeras
• Demás sociedades comerciales con:
• Activos brutos a 31 de diciembre de 2019
superiores a: (5.000 SMLMV) $4.140.580.000
• Ingresos brutos a 31 de diciembre de 2019
superiores a: (3.000 SMLMV) $2.484.348.000
• Determinación dividendo no gravado:
Renta líquida gravable
(-) Impuesto básico de renta
(-) Descuentos tributarios
(+) Ganancias ocasionales gravables
(-) Impuesto de ganancias ocasionales
(+) Dividendos no gravados recibidos de otras sociedades nacio-
nales y de la CAN
(+) Los beneficios especiales a los socios
(=) Total dividendo no gravado
46. 45
XII. TASAS DE INTERESES MORATORIOS
La tasa de interés moratorio es la equivalente a la tasa de usura certifi-
cada por la Superintendencia Financiera de Colombia:
enero 1 de 2020 a enero 31 de 2020 26,16%
febrero 1 de 2020 a febrero 29 de 2020 26.59%
marzo 1 de 2020 a marzo 31 de 2020
abril 1 de 2020 a abril 30 de 2020
mayo 1 de 2020 a mayo 31 de 2020
junio 1 de 2020 a junio 30 de 2020
julio 1 de 2020 a julio 31 de 2020
agosto 1 de 2020 a agosto 31 de 2020
septiembre 1 de 2020 a septiembre 30 de 2020
octubre 1 de 2020 a octubre 31 de 2020
noviembre 1 de 2020 a noviembre 30 de 2020
diciembre 1 de 2020 a diciembre 31 de 2020
XIII. DATOS LABORALES
• Salario mínimo: $877.803
• Auxilio de transporte: $102.854
• Salario mínimo integral: $11.411.439
1. APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL
CONCEPTO TRABAJADOR EMPLEADOR TOTAL
Salud 4,0% 8,5%(2)
12,5%
Pensión 4,0%(1)
12,0% 16,0%
Total 8,0% 20,5% 28,5%
(1)
Los cotizantes cuyos ingresos sean superiores a 4 salarios mínimos
deberánaportarel1%adicionalcorrespondientealFondodeSolidaridad
Pensional.
Los cotizantes con ingresos iguales o superiores a 16 salarios mínimos,
tendrán un aporte adicional sobre su base de cotización al fondo de so-
lidaridad pensional, según los siguientes rangos:
S.M.L.M.V. $ %
16a17 14.044.848a14.922.651 0,2
17a18 14.922.651a15.800.454 0,4
18a19 15.800.454a16.678.257 0,6
19a20 16.678.257a17.556.060 0,8
Másde20 Másde17.556.060 1
47. 46
2. PARAFISCALES
CajadeCompensaciónFamiliar 4%
I.C.B.F. 3%(2)
SENA 2%(2)
(2)
Las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes
declarantes del impuesto sobre la renta y complementario estarán
exoneradas de la obligación de pago de los aportes parafiscales al SENA,
al ICBF y al Sistema de Seguridad Social en Salud por los empleados que
devenguen menos de diez (10) SMLMV, así mismo las personas naturales
que empleen dos o más trabajadores contarán con esta exoneración.
3. HORAS LABORALES
Horaordinaria S.M.L.M.V.⁄HoraMes $3.657,51
Horadetrabajonocturno Horaordinariax1.35 $4.937,64
Horaextradiurna Horaordinariax1.25 $4.571,89
Horaextranocturna Horaordinariax1.75 $6.400,65
Horaordinariadominicalofestivo Horaordinariax1.75 $6.400,65
Horaextradiurnaendominicalofestivo Horaordinariax2.00 $7.315,03
Horaextranocturnaendominicalo
festivo
Horaordinariax2.50 $9.143,78
4. PRESTACIONES SOCIALES
Cesantías 8,33%
Prima 8,33%
Vacaciones 4,17%
48.
49. Si su empresa necesita
un asesor financiero
nosotros le ofrecemos seis