2. Logro
Al final de la unidad, el estudiante identifica la potestad tributaria
municipal y regional, así como el sistema tributario municipal.
3. Importancia
En esta unidad conocerás la importancia del estudio de la
potestad tributaria municipal y regional, así como el sistema
tributario, pues constituyen instrumentos básicos del derecho
tributario especial.
4. Contenido general
• La potestad Tributaria de los Gobiernos Regionales y
Municipales
• El sistema tributario municipal
6. POTESTAD TRIBUTARIA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Artículo 74°. Los tributos se crean, modifican o
derogan, o se establece una exoneración,
exclusivamente por ley o decreto legislativo en
caso de delegación de facultades, salvo los
aranceles y tasas, los cuales se regulan
mediante decreto supremo.
Los gobiernos regionales y locales pueden crear,
modificar y suprimir contribuciones y tasas, o
exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y
con los límites que señala la ley. El Estado, al
ejercer la potestad tributaria, debe respetar los
principios de reserva de la ley, y los de igualdad
y respeto de los derechos fundamentales de la
persona. Ningún tributo puede tener efecto
confiscatorio.
(…)
No surten efecto las normas tributarias dictadas
en violación de lo que establece el presente
Artículo
7. POTESTAD TRIBUTARIA
NORMA II CT CONCEPTO LEGAL
IMPUESTOS Tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en
favor del contribuyente por parte del Estado.
CONTRIBUCIONES Tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados
de la realización de obras públicas o de actividades estatales.
TASAS Tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva
por el Estado de un servicio público individualizado en el
contribuyente.
Tributo y código tributario
8. POTESTAD TRIBUTARIA EN NORMATIVA PERUANA
TRIBUTOS GOBIERNO
CENTRAL
GOBIERNOS
LOCALES Y
REGIONALES
IMPUESTOS LEY Y DECRETO
LEGISLATIVO
--------------------
CONTRIBUCIONES LEY Y DECRETO
LEGISLATIVO
ORDENANZAS
TASAS DECRETO
SUPREMO
ORDENANZAS
Síntesis
10. Sistema Tributario Municipal
Tributos
• Impuestos Municipales
• Contribuciones y tasas
• Impuestos nacionales en
favor de Municipalidad
recaudado por gobierno
nacional.
• Otros.
Sistema
Normativo
• Constitución Política
• Ley de tributación municipal
• Ley Orgánica de
Municipalidades.
• Otros
Entidades
• Municipalidades
• Organismo Publico
descentralizado
• Tribunal Fiscal
• Otros ..
11. SISTEMA NORMATIVO CONSTITUCIONAL
(…)
2. Administrar sus bienes y sus rentas.
3. Crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,
licencias y derechos municipales.
(…)
1.1. Los bienes e ingresos propios.
2.2. Los impuestos creados por ley a su favor.
3.3. Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de
su competencia, creados por su Concejo.
4.4. Los recursos asignados del Fondo de Compensación
Municipal que se crea por ley según los tributos municipales.
5.(…)
12. SISTEMA NORMATIVO LEGAL: LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES – Ley N 27972
Artículo 9
CONSEJO MUNICIPAL:
8. Aprobar modificar o derogar
las ordenanzas y dejarlas sin
efecto
9. Crear, modificar, suprimir o
exonerar sus contribuciones,
arbitrios y derechos conforme a
Ley.
Artículo 40
Mediante ordenanzas se crean,
modifican, suprimen o exoneran,
los arbitrios, tasas, licencias,
derechos y contribuciones
Las ordenanzas en materia
tributaria expedidas por
municipalidades distritales
deben ser ratificadas por las
municipalidades de sus
circunscripción para su vigencia.
Artículo 44
Las ordenanzas, los decretos de
alcaldía (…) deben ser
publicadas:
2. En el diario encargado de las
publicaciones de cada
jurisdicción en el caso de
municipalidades distritales y
provinciales de las ciudades que
cuentan con tales publicaciones.
14. TRIBUTOS EN LEY DE TRIBUTACIÓN MUNICIPAL Y OTROS
TRIBUTOS CREADOS EN FAVOR DE MUNICIPALIDAD Y RECAUDADOS POR GOBIERNO CENTRAL
Impuesto al rodaje Impuesto a las embarcaciones de recreo
CONTRIBUCIONES Y TASAS
Contribución por obra Arbitrios, derechos, licencias
TRIBUTOS CREADOS EN FAVOR DE MUNICIPALIDADES
Impuesto predial, impuesto al patrimonio
vehicular
Impuesto alcabala, etc.
15. Conclusiones
• La Potestad tributaria de los gobiernos regionales y locales es
una facultad que proviene de la Constitución Política.
• Los tributos están constituidos por impuestos, contribuciones
y tasas (arbitrios, derechos y licencias).
• El sistema tributario esta compuesto por el conjunto de
normas que la regulan, así como los tributos que la
conforman y las entidades que las crean y administran.
• El sistema normativo tributario tiene un orden constitucional
y un orden legal, el último establecido en la Ley de
Tributación Municipal y la Ley Orgánica de Municipalidades.