Este documento describe las asociaciones público-privadas (APP) en Perú. Explica que las APP permiten que el sector privado participe en proyectos de infraestructura y servicios públicos mediante la inversión, experiencia y distribución de riesgos. Detalla las leyes relevantes, clasificaciones, actores, garantías, modalidades como concesiones, y organismos promotores de APP. Finalmente, analiza los balances positivos de las concesiones de infraestructura y la necesidad de explorar nuevos proyectos de contenido social bajo esta modalidad.
Las Asociaciones Público Privadas – APPs se han constituido en un mecanismo fundamental para desarrollar infraestructura de uso público en el esfuerzo por reducir la brecha de infraestructura en el Perú, lo que resulta imprescindible para mejorar la competitividad del país. En la presente charla, Carlos Núñez explicó los aspectos más importantes y especialmente discutidos de la nueva ley y reglamento de APPs, para presentar un panorama general y comprender la operatividad y principales ventajas del sistema, así como algunas de las dificultades más comunes que se afrontan en la práctica.
Las Asociaciones Público Privadas – APPs se han constituido en un mecanismo fundamental para desarrollar infraestructura de uso público en el esfuerzo por reducir la brecha de infraestructura en el Perú, lo que resulta imprescindible para mejorar la competitividad del país. En la presente charla, Carlos Núñez explicó los aspectos más importantes y especialmente discutidos de la nueva ley y reglamento de APPs, para presentar un panorama general y comprender la operatividad y principales ventajas del sistema, así como algunas de las dificultades más comunes que se afrontan en la práctica.
Material de capacitación utilizado en el I Encuentro Nacional de Planeamiento Estratégico de los Gobiernos Regionales
Expositora: Alvaro Velezmoro, Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, CEPLAN
11 de setiembre de 2015
Modificaciones al Reglamento de la Ley de Contrataciones del EstadoOscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Modificaciones al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado" realizado el 15/07/2021
Acceda al Video del Webinar en nuestro canal de Youtube: https://www.youtube.com/user/comprasestatales?sub_confirmation=1
Material utilizado en el Seminario “Promoviendo el Desarrollo Económico y la Competitividad en el Norte del Perú” en Piura.
Expositor: Yaco Rosas Romero, Subdirector de Gestión de Proyectos - ProInversión
19 y 20 de marzo de 2015
Material utilizado en el Programa de Entrenamiento para Consejeras y Consejeros Regionales (Período 2015-2018).
Expositor: Sara Arobes, Secretaria de Gestión Pública de la SGP-PCM
Módulo 1
Lima 23 al 26 de febrero 2015
Material de capacitación utilizado en el I Encuentro Nacional de Planeamiento Estratégico de los Gobiernos Regionales
Expositora: Alvaro Velezmoro, Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, CEPLAN
11 de setiembre de 2015
Modificaciones al Reglamento de la Ley de Contrataciones del EstadoOscar Saravia
Diapositivas del Webinar "Modificaciones al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado" realizado el 15/07/2021
Acceda al Video del Webinar en nuestro canal de Youtube: https://www.youtube.com/user/comprasestatales?sub_confirmation=1
Material utilizado en el Seminario “Promoviendo el Desarrollo Económico y la Competitividad en el Norte del Perú” en Piura.
Expositor: Yaco Rosas Romero, Subdirector de Gestión de Proyectos - ProInversión
19 y 20 de marzo de 2015
Material utilizado en el Programa de Entrenamiento para Consejeras y Consejeros Regionales (Período 2015-2018).
Expositor: Sara Arobes, Secretaria de Gestión Pública de la SGP-PCM
Módulo 1
Lima 23 al 26 de febrero 2015
La nueva ley tiene por objeto establecer normas y medidas para promover las inversiones en la infraestructura pública y en la prestación de los servicios a que está destinada o que sean complementarios a ésta, a través de la participación público-privada.
Sennior Infraestructure anda public-private partnership "Elementos de la expe...OECD Governance
Presentation made by Jocelyn Fernandez, Ministry of Public Works, Chile, at the 9th annual network meeting of Senior Infrastructure & PPP Officials held at the OECD, Paris, on 1 March 2016
Empresas constructoras, cararacterísticas generales, formas de contratación, Contratación a través del Sistema de Contracción Pública, Características Generales de las Empresas Constructoras Formas de contratación de las Empresas Constructoras, Contratación a través del Sistema de Contracción Pública
Material utilizado en el Seminario “Promoviendo el Desarrollo Económico y la Competitividad en el Norte del Perú” en Piura.
Expositor: Denisse MirallesDirectora (e) de Inversiones Descentralizadas - ProInversión
19 y 20 de marzo de 2015
EL MERCADO LABORAL EN EL SEMESTRE EUROPEO. COMPARATIVA.ManfredNolte
Hoy repasaremos a uña de caballo otro reciente documento de la Comisión (SWD-2024) que lleva por título ‘Análisis de países sobre la convergencia social en línea con las características del Marco de Convergencia Social (SCF)’.
“La teoría de la producción sostiene que en un proceso productivo que se caracteriza por tener factores fijos (corto plazo), al aumentar el uso del factor variable, a partir de cierta tasa de producción
2. ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA
¿Qué es una APP?
Las Asociaciones Público Privadas son
modalidades de participación de la inversión
privada en las que se incorpora experiencia,
conocimientos, equipos, tecnología, y se
distribuyen riesgos y recursos, preferentemente
privados, con el objeto de crear, desarrollar,
mejorar, operar o mantener infraestructura
pública o proveer servicios públicos.
(Artículo3°delDecretoLegislativoN°1012).
Modalidad que involucra: concesión, operación,
gerencia.
3. MARCO LEGAL
• Decreto Legislativo N° 1012 y
modificatorias (Ley Marco de APPs)
• Decreto Supremo No 146-2008-EF y
modificatorias (Reglamento de Ley 1012)
• Decreto Supremo No 059-96-PCM (TUO
de Concesiones)
• Decreto Supremo No 060-96-PCM
• (Reglamento del TUO de Concesiones)
4. CLASIFICACIONES DE LAS APPS
Las APPS se clasifican como:
• Auto sostenibles
No demandan recursos públicos.
Si tienen demanda nula o mínima de garantía del
Estado (Menos del 5% del costo total de la inversión).
Si las garantías no financieras tienen una probabilidad
nula o mínima de uso de recursos públicos (Menor
del 10% durante los primeros 5 años de operación
del proyecto).
No pasan por el SNIP.
5. CLASIFICACIONES DE LAS APPS
• Cofinanciados
Demandan recursos públicos.
Requieren cofinanciamiento o garantías
(financieras o no financieras)
Con Probabilidad significativa de uso de recursos
públicos (Mayor al 10% durante los primeros 5
años de operación).
Pasa por el SNIP.
7. • Sectores, Gobiernos Regionales y Locales
Identifican y formulan los proyectos de infraestructura o de prestación
de servicios públicos que pueden ser llevados a cabo bajo el esquema
de APP.
• Organismos Promotores de la Inversión Privada
(OPIPs)PROINVERSION
Llevan a cabo los procesos de promoción de los proyectos de inversión.
En el caso de proyectos de alcance nacional, multisectoriales o con
inversión de 15 mil UIT.
• Organismos Reguladores
Opinan sobre Contratos de Concesión, referidos a sectores regulados,
en aspectos de su competencia como tarifas, acceso y calidad de
servicio.
• Ministerio de Economía y Finanzas
Opina sobre la versión final de los contratos, en relación a capacidad
presupuestal, responsabilidad fiscal, garantías, asignación de riesgos,
entre otros asuntos.
8. GARANTIAS
Garantías Financieras
• Son aquellos aseguramientos de carácter incondicional y
de ejecución inmediata, cuyo otorgamiento y
contratación por el Estado respalda las obligaciones del
privado, derivadas de préstamos o bonos emitidos para
financiar los proyectos de APP, o para respaldar
obligaciones de pago del Estado.
Garantías No financieras
• Son aquellos aseguramientos estipulados en el contrato
que se derivan de riesgos propios de un proyecto de APP,
como riesgos de ingresos o demanda.
• Cofinanciamiento
• Asignación de recursos públicos para el financiamiento
del proyecto.
9. MODALIDADES DE LAS APP
Las APP pueden llevarse a cabo bajo diversas modalidades
como:
• Concesiones
Es la modalidad más utilizada, mediante el cual el Estado
otorga a personas jurídicas nacionales o extranjeras, por
un plazo determinado, la construcción, operación y
mantenimiento de obras públicas de infraestructura o la
prestación de servicios públicos.
• Asociaciones en participación
Es la modalidad contractual mediante la cual el Estado
otorga una participación en el resultado y/o en las
utilidades de una o de varia empresas bajo su dirección , a
cambio de una determinada contribución.
10. MODALIDADES DE LAS APP
• Contratos de Gerencia
El Estado, bajo esta modalidad, cede temporalmente a
una persona natural ó jurídica la dirección,
administración y/o gestión de una empresa bajo su
dirección, transfiriendo el manejo ó gerenciamiento
de la misma.
• Joint Ventures
El Estado celebra un acuerdo con personas naturales o
jurídicas para llevar a cabo, de manera conjunta y por
un plazo determinado, una operación económica
empresarial, y consecuentemente se comparte
inversiones, costos, riesgos, así como también los
retornos del proyecto.
11. ORGANISMOS PROMOTORES DE LA
INVERSIÓN PRIVADA EN APP’S
• Los Ministerios a través de los Comités de Inversión
que conformen. (Ministerio de Salud, Ministerio de
Energía y Minas, Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, Ministerio de
Transportes y Comunicaciones). Para aquellas APP’s
de competencia nacional no comprendidas en
características anteriores.
• En el caso de los Gobiernos Regionales o Locales:
Órgano del Gobierno Regional o Local designado
para tal efecto. Proyectos regionales, aquellos de su
competencia o que abarquen más de una provincia y
locales, los de su competencia.
12. RESEÑA SOBRE APP
• Han pasado casi dos décadas desde que es Estado
Peruano decidió cambiar su papel de intervencionista y
asumir un rol promotor de la economía de libre
mercado.
• La inversión privada no solo cobro participación en las
actividades productivas, también lo hizo en la provisión
de servicios públicos con la administración del Estado,
sobre todo en infraestructura de transporte.
• Según estudios efectuados estiman un US$ 37.000
millones la brecha en infraestructura y servicios
públicos, la misma que concentra el 37% de este monto
en infraestructura de transporte relacionado sobre todo
en carreteras.
13. CONTRATOS DE CONCESION
En 1998, la concesión era la carretera
Arequipa – Matarani, con un
compromiso de inversión de US$
5.800 millones. Este proyecto fue el
que inicia los procesos de concesiones
de infraestructura al sector privado.
14. ANALISIS- CONCESIONES APP AL 2011
• Esta modalidad de concesiones ha permitido que privados y el
Estado, hagan lo mejor para conseguir mejores resultados en
corto plazo sobre todo en materia de infraestructura.
• Las concesiones a 30 años dan mayor seguridad a la
comunidad, a diferencia de las concesiones de un año o dos,
porque éstas simplemente construye y se van.
• Ejemplos:
• La Interoceánica, el compromiso que asumen las empresas
con su entorno social considerando que van a estar allí
durante 30 años.
• En los contratos de concesión, además de las cláusulas de
compromiso de construcción y mantenimiento, existen
cláusulas respecto a la calidad de la obra o el servicio que el
concesionario prestará a los usuarios. Eso ha permitido no
sólo el mejoramiento de las redes viales sino también elevar
los estándares de calidad de los servicios y con ellos los
indicadores de competitividad.
15. BALANCES RESPECTO A LAS CONCESIONES
PÚBLICO – PRIVADAS
• El balance ha sido gradualmente favorable porque
ha aumentado los compromisos de inversión, los
proyectos concluidos ya están dando frutos
generando algunos beneficios en las áreas de
influencia y crecimiento económico y sobre todo,
oportunidades para que los peruanos encuentren su
forma de vincularse al mercado y desarrollen
actividades productivas que les permitan mejorar su
situación económica; y en otras casos, salir de la
pobreza.
• Uno de los tipos de infraestructura que ha ganado
mayores niveles de competitividad en este ranking
es el sector portuario.
16.
17. FIRMAN EL CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIOS "BATA
GRIS" DEL HOSPITAL DEL NIÑO DE SAN BORJA13/10/2014
(Nota de Prensa)
18. • El proyecto “Gestión del Instituto Nacional de Salud del Niño – San Borja”
consiste en la provisión, por un operador privado, de los servicios
denominados “bata gris”:
• Mantenimiento de la edificación, instalaciones y equipamiento
electromecánico asociado a la infraestructura, áreas verdes y
estacionamiento
• Mantenimiento de equipamiento clínico y no clínico
• Operación y mantenimiento de los servicios generales (alimentación,
lavandería, limpieza, seguridad y gestión de residuos hospitalarios)
• Operación y mantenimiento de los servicios de apoyo al diagnóstico
(patología clínica y central de esterilización).
• El Instituto es un centro hospitalario especializado y de alta complejidad
que atenderá pacientes pediátricos de 0 a 17 años, derivados de otros
hospitales. Cuenta con 253 camas hospitalarias y 59 camas de la Unidad de
Cuidados Intensivos (UCI), así como 13 salas de cirugía. Se encuentra
construido y equipado con tecnología de última generación, entre los
equipos destacan, por ser de alto costo y capacidad tecnológica, el
resonador, el tomógrafo, el angiógrafo, el neuronavegador y un
espectrómetro de masas.
• El Contrato de Gerencia del INSN – San Borja será por 10 años y se efectúa
por encargo del Ministerio de Salud. La Dirección del hospital y el servicio
asistencial continuará de manera integral a cargo del Ministerio de Salud a
través del personal médico altamente calificado con que cuenta dicho
instituto.
19. CONCLUSIONES
• En el Perú se han desarrollado un número
importante de concesiones que vienen obteniendo
resultados satisfactorios. En un principio se dieron
concesiones auto sostenibles en materia económica,
luego cofinanciadas.
• Debido al grado de avance de ejecución de proyectos
con participación privada, es necesario mirar hacia
las concesiones de una nueva generación.
• Los proyectos de contenido social (educación, salud,
establecimientos penitenciarios, entre otros)son el
futuro de la participación privada, bajo modalidad
de APP’s.
• El desarrollo de APP’ se requiere madurez tanto del
sector público como del privado.