Guía completa sobre esta obligación empresarial en México.
Elaborada por: Agustín Monroy Enriquez
www.monroyasesores.com.mx
contactanos@monroyasesores.com.mx
Reforma laboral agosto 2011 - AGM AbogadosAGM Abogados
REAL DECRETO LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO DE LOS JÓVENES, EL FOMENTO DE LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y EL MANTENIMIENTO DEL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE LAS PERSONAS QUE AGOTEN SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO.
Boletin revista laboral actualizate al 21 setiembre 2018 1Ricardo Candela
Richard Candel <revistactualizate@gmail.com>
Archivos adjuntosjue., 20 sept. 14:13 (hace 18 horas)
para yo
---- Contenido -----
1.- Despido incausado
===================
Afectación del debidoproceso por incurrir en falta de motivación y transgredir el principio de congruencia procesal
2.- Facultades legislativas al Poder Ejecutivo
===================
DECRETOS LEGISLATIVOS APROBADOS EN VIRTUD DE LA LEY 30823
En materia laboral ...
3.- Permisos laborales
===================
¿ Existe algún permiso laboral establecido en las normas vigentes que aun no se pueda
aplicar ?
Guía completa sobre esta obligación empresarial en México.
Elaborada por: Agustín Monroy Enriquez
www.monroyasesores.com.mx
contactanos@monroyasesores.com.mx
Reforma laboral agosto 2011 - AGM AbogadosAGM Abogados
REAL DECRETO LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO DE LOS JÓVENES, EL FOMENTO DE LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y EL MANTENIMIENTO DEL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE LAS PERSONAS QUE AGOTEN SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO.
Boletin revista laboral actualizate al 21 setiembre 2018 1Ricardo Candela
Richard Candel <revistactualizate@gmail.com>
Archivos adjuntosjue., 20 sept. 14:13 (hace 18 horas)
para yo
---- Contenido -----
1.- Despido incausado
===================
Afectación del debidoproceso por incurrir en falta de motivación y transgredir el principio de congruencia procesal
2.- Facultades legislativas al Poder Ejecutivo
===================
DECRETOS LEGISLATIVOS APROBADOS EN VIRTUD DE LA LEY 30823
En materia laboral ...
3.- Permisos laborales
===================
¿ Existe algún permiso laboral establecido en las normas vigentes que aun no se pueda
aplicar ?
Ley Nº 20.123. Regula el trabajo en régimen de Sub contratación, el funcionamiento de las Empresas de Servicios Temporales, y el contrato de trabajo de servicios transitorios. Publicada en el Diario Oficial el 14 de Octubre de 2006, entrada en plena vigencia desde el 14 de Enero de 2007.
Charla Estatuto Pyme, organizada por Diario PymeDiariopyme.com
Más de 150 personas asistieron a la charla dictada por Ximena Clark, jefa de la División de Empresas de Menor Tamaño del Ministerio de Economía. Jueves 1 de abril 2010.
Más información en www.diariopyme.com
51. Integración laboral de la discapacidad: ¿Qué son la cuota de reserva y la...Albert Vilariño
Post publicado en www.albertvilarino.com el 11/5/2018.
https://albertvilarino.com/2018/05/11/integracion-laboral-discapacidad-que-son-cuota-reserva-medidas-alternativas-discapacidad/
Guia valorizacion puestos sin discriminacion de genero
Aprueban documento denominado “Guía Metodológica para la Valoración Objetiva, sin Discriminación de Género, de Puestos de Trabajo y Elaboración de Cuadros de Categorías y Funciones”
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
es un libro utilizado para el peritaje o estudio de los documentos y firmas, encontrara una guía completa que le servirá para emitir un dictamen técnico en la materia.
contiene ejemplos para una mejor interpretación, ente no solo es de carácter teórico si no que presenta las habilidades de origen técnico.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Boletin revista laboral actualizate al 07 febrero 2019
1. Revista laboral electrónica Actualizate : Boletin
Página 1 de 8
Actualizate
Edición al 06 de Febrero 2019
Boletin
Legislación Laboral Peruana
Procesos laborales
Caso en que la sentencia de vista se
pronunció respecto de una pretensión
(despido incausado) que fue objeto de
desistimiento
Fuente : Cas. Lab. 4367-2017, Lima (pub. 2-1-19)
(Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema)
Hechos: Un trabajador solicitó como pretensión principal la desnaturalización de los contratos
modales, la reposición de su puesto por nulidad de despido o despido incausado y el pago de
remuneraciones devengadas.
Como pretensión subordinada, solicitó la indemnización por despido arbitrario.
El juez de primera instancia declaró fundada en parte la demanda. Señaló que los contratos por
incremento de actividad que había suscrito fueron desnaturalizados, al no indicarse la causa que dio
origen a la contratación.
Agregó que el trabajador había sido despedido por su afiliación a un sindicato, por lo que procedía
la reposición y el pago de remuneraciones devengadas.
La Corte Superior confirmó la sentencia respecto a la desnaturalización.
Con relación a la nulidad del despido señaló que la extinción del vínculo fue motivada por el
vencimiento del plazo pactado en el contrato.
Agregó que el despido tampoco fue motivado por una acción legal del trabajador en
contra del empleador.
2. Revista laboral electrónica Actualizate : Boletin
Página 2 de 8
Consideró que procedía la reposición pues el trabajador había sido víctima de un despido incausado.
En su recurso de casación, el trabajador denunció la infracción normativa del art. 139, inc. 3) de la
Constitución (afectación del debido proceso por falta de motivación).
Cuestión controvertida: ¿Las instancias de mérito afectaron el derecho al debido proceso (falta de
motivación) del trabajador al resolver?
Fallo: Sí.
El Colegiado Superior determinó que procedía amparar la reposición por despido
incausado postulada en el proceso, al haberse vulnerado el art. 22 de la Constitución; sin embargo,
el demandante se desistió de dicha pretensión durante la Audiencia de Juzgamiento; en
consecuencia, se verifica la vulneración del principio de congruencia procesal, por haberse
pronunciado sobre una cosa distinta a lo peticionado en el proceso, más aún, si dicho
supuesto deja en estado de indefensión a la parte demandada.
La pretensión del demandante sólo está vinculada a la desnaturalización de los contratos sujetos a
modalidad suscritos entre las partes y a la reposición por despido nulo, y como pretensión
subordinada, a la indemnización por despido arbitrario, parámetros que debe tener en cuenta
para pronunciarse sobre los agravios postulados por el impugnante.
En ese sentido, las omisiones advertidas transgreden el principio de congruencia
procesal, el derecho de defensa y debido proceso que resguarda la motivación de las resoluciones
judiciales, lo que implica la infracción normativa del art. 139, inc. 3) de la Constitución Política del
Perú.
@ctualizate
3. Revista laboral electrónica Actualizate : Boletin
Página 3 de 8
Legislación laboral y tributaria
Impuesto a la renta
Pago directo del IR de no domiciliados sin
efectuarse la retención: Supuesto de no
configuración de infracciones
Fuente : RTF 8336-4-2017 de 19-9-17
Cuestiones controvertidas: i) El hecho de que la recurrente (agente retenedor) haya
asumido por cuenta propia el pago de las retenciones de no domiciliados, ¿la exime de su
obligación de efectuar las retenciones a las cuales estaba obligada? y ii) si no se efectuó la
retención, ¿se configuran las infracciones de los arts. 176, inc. 1 y 178, inc. 1?
Fallo:
i) No. El hecho de cancelar el Impuesto a la Renta de cargo de los sujetos no domiciliados,
no exime al agente retenedor de la obligación de efectuar las retenciones a las que se está
obligado.
ii) No. Para que se configure la infracción del art. 178, inc. 1 del Código Tributario debía
darse el supuesto que habiéndose efectivamente retenido o percibido el tributo se omita
incluirlo en la declaración jurada, toda vez que el tipo infractor está referido a no incluir en
las declaraciones tributos retenidos o percibidos.
Tampoco se configura la infracción del art. 176, inc. 1, pues para ello se requiere que no se
presente la declaración jurada, habiéndose retenido el tributo
@ctualizate
4. Revista laboral electrónica Actualizate : Boletin
Página 4 de 8
Legislación Laboral
Lactarios en la empresa
¿ Como se viene aplicando ?
Para recordar :
¿Qué entidades están obligadas a implementar un lactario?
Los centros de trabajo del sector público y del sector privado, donde laboren veinte (20) o más
mujeres en edad fértil deben contar con un lactario.
Base legal: D.S. 001-2016-MIMP , articulo 1
Curiosidad
No deja de llamar la atención que la norma en mención considere como único requisito para la
obligatoriedad del lactario, la existencia de un determinado número de trabajadoras, sin que sea de
relevancia que se encuentren o no en estado de gestación.
¿ Y en aquellas entidades o centros de trabajo con menos de 20 mujeres en edad fértil?
En los centros de trabajo con menos de veinte (20) mujeres en edad fértil, los empleadores podrán
implementar lactarios en forma voluntaria.
Base legal : D.S. 001-2016-MIMP, articulo 4
Obligatorio Facultativo
Mujeres en edad fértil
20 a mas
Mujeres en edad fértil
01 a 19
Implementación de lactario
Algo de historia :
La preocupación del Estado por la adecuada alimentación de los menores y particularmente por la
promoción de la lactancia, encuentra antecedentes muy antiguos al interior de nuestro ordenamiento
laboral.
Puede citarse a la Ley Nº 2851, publicada hace ya casi cien años, que creó la hora de lactancia y las
salas-cuna en los centros de trabajo con al menos 25 trabajadoras.
5. Revista laboral electrónica Actualizate : Boletin
Página 5 de 8
¿Cómo se viene aplicando este servicio en la empresa?
Han pasado treinta meses desde que la Ley N° 29896 dispuso la aplicación de los lactarios
en las empresas de la actividad privada que cuentan con veinte o más trabajadoras en edad
fértil, esto es, entre los 15 y los 49 años.
Como es conocido, se conceptúa como lactario a un ambiente propicio, de al menos diez
metros cuadrados, para la extracción y conservación adecuada de la leche materna, en
condiciones de privacidad, higiene y comodidad.
De acuerdo a la ley, las trabajadoras podrán hacer uso del lactario durante, al menos, una
hora al día, dentro de su horario de labores y por los primeros dos años del menor.
Sin discutir las bondades de la norma, una buena forma de evaluar su idoneidad es
observando su grado de aceptación por los interesados.
En el caso concreto de la obligación de poner en práctica los lactarios, la aceptación ha sido
muy limitada, casi marginal, tanto por los empleadores como por las propias trabajadoras
supuestamente beneficiarias.
Para los empleadores, implementar el lactario constituye un mandato legal en tal grado
oneroso que solo puede cubrir ese gasto un sector bastante reducido; la mediana y la gran
empresa.
Más del 90 por ciento de las empresas están catalogadas como pequeñas o micro empresas,
dato que evidencia las limitaciones en el ámbito de aplicación de la ley.
El solo hecho de retirar un área de diez metros de las actividades productivas y asignarla al
lactario, es significativo.
Calcule el lector el precio de compra o alquiler de tal espacio para tener una idea clara del
costo.
Por otro lado, el tiempo de uso del lactario dentro de la jornada –hasta por una hora– no es
remunerado.
Por tanto, salvo las trabajadoras con una remuneración notoriamente por encima
del promedio, son pocas las que se pueden permitir una disminución de hasta un octavo de
sus haberes mensuales en caso de servirse del lactario.
6. Revista laboral electrónica Actualizate : Boletin
Página 6 de 8
Sin un detenido estudio previo o –peor aún– por populismo, es sencillo caer en el error de
legislar para una realidad que no es necesariamente la nuestra.
Manual implementación de lactarios 2019
Documento en formato PDF
27 paginas
========================
--------- Contenido ----------
Obligación
¿Qué entidades están obligadas a implementar un lactario?
¿Y en aquellas entidades o centros de trabajo con menos de 20 mujeres en edad fértil?
El término institución en la Ley Nº 29896
¿A qué se entiende por institución en el sector Público?
Responsabilidad en el cumplimiento de la presente norma en las instituciones del sector
público o privado.
¿Qué dependencia dentro de la organización es responsable del cumplimiento de la norma?
Plazo de implementación
¿Cual es el plazo de implementación?
Edad fértil
¿Qué se entiende por edad fértil?
7. Revista laboral electrónica Actualizate : Boletin
Página 7 de 8
Características del lactario
¿Qué características debe reunir el lactario?
Características mínimas para la implementación del servicio de lactario
¿Puede precisar más sobre las características mínimas?
Ubicación
¿ Donde deberá estar ubicado el lactario?
¿Qué debe considerar cuando el lactario no está dentro de las instalaciones de la empresa?
Vigencia de la obligación
¿Hasta qué edad del niño(a) la madre tendrá derecho al uso del lactario?
Oportunidad de su uso
¿En qué momento la madre trabajadora puede utilizar el lactario?
Frecuencia de uso
¿Con que frecuencia se podrá utilizar el lactario?
¿Si se requiere de un tiempo mayor a la de una hora al día?
La hora de lactancia materna y el uso del lactario
¿Es lo mismo la hora de lactancia materna con el derecho al uso del lactario?
Comunicación de implementación a organismos supervisor
¿ A quién se debe comunicar que se ha implementado un lactario?
¿ En qué forma debe comunicarse dicha implementación?
¿ En qué plazo que debe realizar dicha comunicación?
Difusión del uso del lactario
¿ Que acciones debe tomar la empres para difundir el uso del lactario?
¿ Pero cuáles son las acciones para un funcionamiento optimo del servicio?
Reconocimiento público a instituciones amigas de la lactancia materna.
¿Las empresas que cumplan con esta norma , tienen algún tipo de reconocimiento?
Fiscalización
La comisión multisectorial de Lactarios
¿ Cual es la función de la comisión multisectorial de lactarios?
¿ Los integrantes de esta comisión tendrán algún pago por sus servicios?
Incumplimiento de las obligaciones en materia de lactarios
Sector Público
¿ Quien fiscaliza el cumplimiento de esta obligación en el sector Público?
En el sector Privado
¿Quién fiscalizara el cumplimiento de esta obligación en el sector privado?
Ante una visita inspectiva y detectada la omisión a la norma ¿ Que sucedería?
¿ Si terminado el plazo y la empresa no ha implementado el lactario ¿ Que sucedería?
Normas legales relacionadas
8. Revista laboral electrónica Actualizate : Boletin
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Costo del documento solo para suscritos a revista laboral Actualziate ======================
S/ 19.00
Diecinueve soles
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Forma de entrega :
Recibido el mensaje con Boucher deposito se confirma la operación
En 05 minutos se remite el documento solicitado anexado a su correo electrónico.
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Deposite el importe en la cuenta del BANCO DE CREDITO DEL PERU
Cuenta : Ahorros
Moneda : Soles
Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas
Código Interbancario : 00219410454447607893
El código interbancario se utiliza para realizar transferencias entre cuentas de bancos distintos al
de Banco de Crédito del Perú.
También puede realizar el deposito en los AGENTES-BCP ( Bodegas, farmacias y
establecimientos afiliados al Banco de crédito).
Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al teléfono 989827008
@ctualizate