REAL DECRETO LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO DE LOS JÓVENES, EL FOMENTO DE LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y EL MANTENIMIENTO DEL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE LAS PERSONAS QUE AGOTEN SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO.
Conoce a modo de TEST los puntos más sangrantes de la reciente REFORMA LABORAL antes de decidir si participas de la Huelga General del 29M.
¡INFORMATE!
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Luces y sombras laborales del RDL 18/2020AGM Abogados
Ante la publicación del RDL 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, con vigencia desde el 13 de mayo de 2020, las empresas entran en una nueva encrucijada laboral. En este webinar analizamos la tan controvertida cláusula de salvaguarda del empleo, cómo actuar ante ella y qué resultado nos puede acarrear en cuanto al incumplimiento de ella.
Novedades laborales plan de igualdad y igualdad retributiva entre hombres y m...EvaFerrn
Resumen de las disposiciones que se han aprobado en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los Planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre el registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre de igualdad retributiva entre hombres y mujeres.
Luces y sombras laborales del RDL 18/2020AGM Abogados
Ante la publicación del RDL 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, con vigencia desde el 13 de mayo de 2020, las empresas entran en una nueva encrucijada laboral. En este webinar analizamos la tan controvertida cláusula de salvaguarda del empleo, cómo actuar ante ella y qué resultado nos puede acarrear en cuanto al incumplimiento de ella.
Novedades laborales plan de igualdad y igualdad retributiva entre hombres y m...EvaFerrn
Resumen de las disposiciones que se han aprobado en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los Planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre el registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre de igualdad retributiva entre hombres y mujeres.
There are a number of ways to make a lot of money these days. Some are more profitable than others. Some are also more deplorable than others, and need to be stopped.
Inspired by the E. Benjamin Skinner book of the same title. Find out more at http://acrimesomonstrous.com/
This deck contains slides I have used in live talks that (more or less) are simple and contain quite a bit of empty space. The first set are some before/after examples, followed by a random sample. This deck is not meant to tell a story -- this is just a way to show some random examples. The meaning of the slides may not be at all clear without the narration that goes with the slides.
A presentation on why simplicity is important and how it can be achieved.
It was inspired by John Maeda's fantastic book The Laws of Simplicity, edited by MIT Press. If you have the chance please read it.
EDIT: You may want to download the original file as it loses considerable detail during conversion.
Muerte por powerpoint y como diseñar presentaciones efectivasdaniel silverman
Como evitar la muerte por powerpoint dando estructura (guión) y siguiendo principios de diseño para determinar color, tipografía, fondos, animaciones, etc.
This contains the entire 4-napkin health care series in one file. It makes more sense to read this one now than the others since it is the complete set all in one file.
En la IV Jornada de Recursos Humanos celebrada en el Instituto Logístico Tajamar, el 28 de Mayo en colaboración con UNO. Carlos Arcas, Responsable Departamento Jurídico ADECCO.
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...AGM Abogados
Luis Esteban-Manzanares Fernández-Roldán, Subdirector Adjunto en la Subdirección General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios, te informa de las diferencias más importantes entre la autorización de residencia para profesionales altamente cualificados y la nueva tarjeta azul UE, para poder decidir qué permiso es más beneficioso para la empresa y sus trabajadores.
Diferencias entre la autorización como profesional altamente cualificado y la...AGM Abogados
Te informamos de las diferencias más importantes entre la autorización de residencia para profesionales altamente cualificados y la nueva tarjeta azul UE, para poder decidir qué permiso es más beneficioso para la empresa y sus trabajadores.
El objetivo de nuestro webinar es en primer lugar facilitar una imagen del mapa procedimental del estudiante extranjero desde que es aceptado por la universidad o centro de estudios hasta que finaliza los mismos y decide iniciar o continuar su carrera profesional en España, sea buscando trabajo o iniciando un proyecto empresarial.
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...AGM Abogados
El pasado 16 de febrero de 2023 el Congreso aprobó la Ley relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Esta Ley obliga a todas las empresas de más de 50 trabajadores y a las entidades del Sector Público a implementar un canal ético o de denuncias en las empresas.
El próximo 1 de diciembre finaliza el plazo para que las empresas comprendidas entre 50 y 249 trabajadores tengan implementado el canal ético o de denuncias. De no cumplir con la Ley llegada esta fecha, las empresas pueden enfrentarse a sanciones de hasta un millón de euros.
Te explicamos todo lo que necesitas saber para cumplir con la Ley y evitar sanciones en nuestro webinar del 19 de octubre.
1 de diciembre: plazo para tener implementado el canal de denuncias en tu emp...AGM Abogados
El pasado 16 de febrero de 2023 el Congreso aprobó la Ley relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Esta Ley obliga a todas las empresas de más de 50 trabajadores y a las entidades del Sector Público a implementar un canal ético o de denuncias en las empresas.
El próximo 1 de diciembre finaliza el plazo para que las empresas comprendidas entre 50 y 249 trabajadores tengan implementado el canal ético o de denuncias. De no cumplir con la Ley llegada esta fecha, las empresas pueden enfrentarse a sanciones de hasta un millón de euros.
La preocupación constante y las dificultades para seguir el día a día de los responsables de los departamentos de RRHH del caos normativo laboral que está invadiendo a nuestras empresas hace que, mediante el presente webinar, fijemos los apartados más sobresalientes de nuestro panorama laboral para saber si nuestra labor diaria es acorde con la legislación laboral actual.
Tanto durante el año pasado como en el presente ejercicio 2023, los Juzgados de Primera Instancia y las Audiencias Provinciales han ido resolviendo asuntos sobre las controvertidas reclamaciones de cobertura efectuadas por algunos asegurados frente a sus aseguradoras, en los que les reclamaban las pérdidas de beneficios (el lucro cesante) sufridas por el cierre de sus negocios durante la pandemia del Covid.
El presente webinar tiene por objeto analizar las dos tendencias apreciadas por nuestros Tribunales a la hora de resolver esta cuestión: una primera corriente (mayoritaria) que podríamos denominar “pro aseguradora”, y que ha supuesto la desestimación de este tipo de reclamaciones y una segunda corriente “pro asegurado” que, por el contrario, ha estimado las reclamaciones de los demandantes.
Presentación_webinar_Desplazamiento de trabajadores a Francia_060723.pdfAGM Abogados
En este webinar queremos contarte todo lo que debes tener en cuenta a la hora de desplazar a tus trabajadores a Francia, para evitar cualquier tipo de sanción por parte de las autoridades del país de destino.
En esta presentación te explicamos en qué consiste el procedimiento de Due Diligence, la logística del proceso, y desglosaremos cada una de las áreas susceptibles de ser analizadas. Además, hablamos sobre los tipos de informe de Due Diligence que pueden emitirse, atendiendo al contexto y a las necesidades del cliente.
El Tratado de la Unión Europea (TUE) autoriza el desplazamiento de trabajadores entre países de la UE. Sin embargo, este desplazamiento se rige por una serie de directivas europeas.
Además, cuando los trabajadores se desplazan a Francia, hay que respetar la normativa francesa relativa al núcleo duro de los derechos de los trabajadores.
International teleworking: migration, tax and Social Security implicationsAGM Abogados
With the approval of the Startups Law, the Spanish Government regulates for the first time the figure of international teleworking and with it, important fiscal, commercial and migratory measures.
From the migratory point of view, a permit is created for international teleworkers (or digital nomads), both for those who work as freelancers, which will have a significant impact on the Social Security of workers.
Finally, from a fiscal point of view, the possibility of benefiting from the Special Tax Regime (Beckham Law) is established for this type of profiles that travel to Spain to telework.
Plataforma de denuncia de Whistleblower SoftwareAGM Abogados
Plataforma de denuncia de Whistleblower Software: solución sencilla y seguro te ayudará a cumplir con los requisitos legales y fortalecerá la protección de los denunciantes.
Plazo de 3 meses para que las empresas implementen el canal ético o de denunciasAGM Abogados
El pasado jueves 16 de febrero de 2023 el Congreso aprobó la Ley relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Esta nueva Ley obliga a todas las empresas de más de 50 trabajadores y a las entidades del Sector Público a implementar un canal ético o de denuncias en el seno de tu organización.
En este presentación te explicamos en qué consiste el canal de denuncias, quién está obligado a tener uno, el plazo del que dispone su empresa para implementarlo, las sanciones a las que puedes enfrentarte si no lo tienes.
Cómo afecta al ciudadano y a las empresas el Impuesto de las Grandes Fortunas...AGM Abogados
El objeto de esta presentación es poder desgranar de una forma sencilla y con ejemplos qué implican todas estas nuevas medidas fiscales y a quiénes afectan.
Se comentan, asimismo, alternativas ante un posible incremento de la presión fiscal para el contribuyente.
Presentacion webinar Ventas UP en concurso_01122022.pdfAGM Abogados
El objetivo es dar a conocer las posibilidades de compra o venta de unidades productivas en situaciones de crisis empresarial y las ventajas que puede traer tanto para la empresa que vende, como para la empresa que la comprará.
Entre las novedades introducidas por el Código Aduanero (Ley 22415 y Normas complementarias), quizás la más importante es el articulado referido a la determinación del Valor Imponible de Exportación; es decir la base sobre la que el exportador calcula el pago de los derechos de exportación.
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID. The international successful Case Study of Banco de Desarrollo Rural S.A. in Guatemala - a mixed capital bank with a multicultural and multisectoral governance structure, and one of the largest and most profitable banks in the Central American region.
INCAE Business Review, 2010.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
Dr. Luis Noel Alfaro Gramajo
1. REAL DECRETO LEY 10/2011, DE 26 DE AGOSTO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO
DE LOS JÓVENES, EL FOMENTO DE LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y EL MANTENIMIENTO DEL PROGRAMA DE
RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL DE LAS PERSONAS QUE AGOTEN SU PROTECCIÓN POR DESEMPLEO.
El día 30 de agosto ha sido publicado en el BOE núm. 208 las medidas laborales para
fomentar la contratación, aprobadas por el gobierno el pasado día 26 de agosto. Destacan
con especial relevancia las siguientes modificaciones y novedades que son de especial
interés para las empresas:
1. NUEVO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: SE MODIFICA EL ART. 11.2
DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES:
- OBJETO: si antes tenía por objeto la formación teórica y práctica necesaria de un
oficio de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación, la
nueva redacción de este apartado, ahora el objeto es la cualificación profesional de
los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una
empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación
profesional para el empleo o del sistema educativo.
- REGLAS:
Elimina el límite máximo de edad situándolo de los 21 años a los 25. El máximo se
mantiene en los 16 años. Además la DT 2ª prevé hasta el 31 de diciembre de 2013
que se podrá celebrar también con trabajadores que, careciendo de cualificación
profesional, sean mayores de 25 y menores de 30 años.
Se elimina la letra b, relativa al número máximo de estos contratos que la empresa
podía realizar.
En cuanto a la duración máxima de esta modalidad contractual (anterior letra c) se
amplía el límite mínimo (de los anteriores 6 meses, amplía a 1 año), el límite máximo
se mantiene en 2, prorrogables, aunque en la redacción anterior la prórroga derivaba
de la negociación colectiva, ahora además se basará en las necesidades del proceso
formativo del trabajador en los términos que se establezcan reglamentariamente, o
en función de las necesidades organizativas o productivas de las empresas de
acuerdo con aquélla o cuando se celebre con trabajadores que no haya obtenido el
título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Al finalizar este periodo máximo (2 años, más en su caso, prórroga de 1 año más), el
legislador abre la vía a que si no se han superado 12 meses el trabajador pueda
volver a ser contratado con este mismo contrato en la misma empresa.
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2. Tiempo dedicado a formación: antes se decía que no podía ser inferior a un 15% de la
jornada máxima del convenio o la máxima legal, ahora se elimina este mínimo
teórico, remitiendo a un ulterior desarrollo reglamentario, tanto la regulación de las
características de la formación que se reciba como el reconocimiento de unos
centros formativos en los que ésta se impartirá; asimismo, se mantiene para
aquellos que no tengan la ESO, que con este contrato se les permita obtener este
título. En la nueva letra f) habrá de ser compatible con el tiempo dedicado a las
actividades formativas, no podrá ser superior al 75% de la jornada máxima prevista
en el convenio colectivo o, en su defecto, a la jornada máxima legal. Los trabajadores
no podrán realizar horas extraordinarias, salvo fuerza mayor; ni tampoco podrán
realizar trabajos nocturnos ni a turnos.
En cuanto a las actividades que componen la formación, -la “cualificación”-, se deja
abierta la vía a que sea la propia empresa la que la determine, según sus necesidades
y sin referirse al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
El legislador elimina las referencias anteriores a los programas públicos de empleo
formación, cuya finalidad era profesionalizar los jóvenes e insertarlos en el mercado
laboral, así como la referencia al incremento retributivo por no dedicar el contrato a
la formación teórica, así como la referencia a la contratación del discapacitado
psíquico.
En cuanto a la acreditación de la formación elimina la acreditación del trabajador de
haber recibido formación teórica cuando la administración pública competente
acredite que ha realizado un curso de formación profesional adecuado al oficio o
puesto de trabajo objeto del contrato; por lo que se refiere a la cualificación
profesional adquirida por este contrato, se mantiene igual que con anterioridad
según LO 5/2002, con la adición de la posibilidad de “acreditación parcial
acumulable”.
Por lo que se refiere a la Retribución, se eliminan las referencias al primer y segundo
año de contrato, fijándose ahora en proporción al tiempo de trabajo efectivo, según
convenio colectivo que resulte de aplicación y manteniendo el límite del SMI.
En lo referente a la acción protectora, se mantienen.
Se mantiene también lo referente a que a la finalización del contrato no puede volver
a establecerse periodo de prueba.
Se elimina la letra k) relativa a la presunción de indefinido si el empresario incumple
la formación teórica.
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3. Esta contratación viene acompañada de una serie de REDUCCIONES DE CUOTAS PARA LA
CONCERTACIÓN DE ESTA MODALIDAD CONTRACTUAL:
- PERIODO: desde la entrada en vigor del Real Decreto (31/08/2011) hasta el
31/12/2013; durante la TODA la vigencia del contrato.
- REQUISITOS RESPECTO AL TRABAJADOR:
o Trabajadores desempleados.
o Mayores de 20 años.
o Inscritos en la Oficina de Empleo antes del 16/08/2011.
Dependiendo de la plantilla, la EMPRESA tiene derecho a una serie de REDUCCIONES:
o Reducción del 100% de las cuotas empresariales (CC y EP y AT, desempleo,
FOGASA y FP) en empresas de menos de 250 trabajadores.
o Reducción del 75% de las cuotas empresariales (CC y EP y AT, desempleo,
FOGASA y FP) En empresas de 250 o más trabajadores.
REQUISITOS DE LA EMPRESA PARA BENEFICIARSE DE LA BONIFICACIÓN:
El contrato debe suponer incremento de la plantilla de la empresa, siguiendo el art.
1.9 RD Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la
transición al empleo estable y la recualificación profesional a personas
desempleadas.
Si a la finalización, la empresa transforma estos contratos en indefinidos, además,
tendrá derecho a la reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de
1.500€/año, durante 3 años. En el caso de mujeres, dicha reducción será de
1.800€/año.
Para tener derecho a estas reducciones, la transformación deberá suponer un
incremento del nivel de empleo fijo en la empresa -se aplicará la misma regla
anterior, art. 1.9 RD Ley 1/2011, de 11 de febrero- pero con el promedio diario de
trabajadores con contratos indefinidos.
Además, el RD modifica las Letras b) y c) del apartado 2 de la disposición adicional
primera de la Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del
mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad.
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4. 2. CONVERSIÓN DE CONTRATOS TEMPORALES EN CONTRATOS DE FOMENTO
Se modifica además la Ley 12/2001, de 9 julio, (D.A 1ª), en cuanto a la contratación
mediante la modalidad de contrato de fomento, se modifica, dentro de los grupos
beneficiados.
Se mantiene la redacción anterior, pero se modifican las fechas de referencia, respecto a los
contratos celebrados antes del 18/06/2010 ahora se corresponden al 28/08/2011; y aquellas
(letra b) transformaciones que antes referían como límite antes del 31/12/2010, ahora se
refieren al 31/12/2011, mientras que las transformaciones (letra c) anteriores al 31/12/2011,
pasan a establecerse en 31/12/2012, todo ello, siempre que se transforme en los 12 meses
siguientes a la contratación.
3. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA APLICACIÓN DEL ART. 15.5 DEL ESTATUTO DE LOS
TRABAJADORES
Se suspende, la aplicación de los 24 meses máximos de duración bajo esta modalidad, en un
periodo de referencia de 30 meses (art. 15.5 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo), durante el
periodo de los 2 años siguientes a la entrada en vigor de este real decreto-ley es decir, hasta
el 31/08/2013.
Esta suspensión no supone que las empresas estén exentas de justificar la temporalidad de
sus contrataciones para no incurrir en fraudes de ley, que harían los contratos indefinidos.
Simplemente se trata de una suspensión en la aplicación de esta regla de cómputo para que
el contrato pasase a ser indefinido, no la exención de justificar el por qué de la contratación.
La suspensión de esta regla es a partir del día de entrada en vigor de la norma (31/08/2011),
continuando vigente la misma para los contratos celebrados con anterioridad.
Dpto. Jurídico-Laboral
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