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CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:
 El cargo por consumo, que es el precio que el usuario paga por
  unidad de servicio consumido, es decir:
• Por minuto de comunicación,
• Por kilovatio de energía, y
• Por metro cúbico de agua o de gas natural.

 El cargo por aporte de conexión que es el valor que la persona
  prestadora del servicio puede cobrar al suscriptor por la conexión de
  cada inmueble al sistema o red existente, y debe corresponder a los
  costos directos de conexión del usuario del servicio.

 ¡Recuerde! Actualmente no se cobra cargo fijo en el servicio de
  energía eléctrica.
  08/11/2011                                                       1
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:

               Como me entero del Incremento de la Tarifa
 Los Usuarios tienen derecho a que las empresas publiquen, en
  diarios locales o nacionales, los nuevos valores de las tarifas,
  cuando proceda su actualización por variación del índice de precios
  al consumidor.

 Los Usuarios tienen derecho a que la empresa les informe y
  asesore sobre los mecanismos existentes para generar ahorro en el
  consumo, evitar el incremento del mismo y beneficiarse de tarifas
  reducidas o de sistemas de medición o aforo que reduzcan dichos
  costos.

  08/11/2011                                                     2
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:

                  Clasificación de los Usuarios

   Residencial
   Comercial
   Industrial
   Oficial
   Especial
   Bloque




    08/11/2011                                    3
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:
                                 Estratificación
Se utilizan para clasificar a los usuarios residenciales en grupos, teniendo en cuenta
sus características sociales y económicas. Se utiliza:

 Para que las empresas de servicios públicos cobren los servicios domiciliarios de
  agua potable, aseo, alcantarillado, energía eléctrica, gas y teléfono con tarifas
  diferentes por estrato.

 Seleccionar los estratos que requieren subsidios para el pago de estos servicios y
  los estratos que pueden hacer contribuciones para ayudar a subsidiar.

 Realizar programas sociales como expansión y mejoramiento de infraestructura
  de servicios públicos y vías, campañas de salud y saneamiento, programas
  educativos y recreativos, en las zonas que más lo requieren.

 Para que a las autoridades municipales cobren el impuesto predial teniendo en
  cuenta las diferencias de estrato.
  08/11/2011                                                                     4
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:

               Clasificación de los Estratos


   Estrato 1- Bajo-Bajo
   Estrato 2- Bajo
   Estrato 3- Medio Bajo
   Estrato 4- Medio
   Estrato 5_Medio Alto
   Estrato 6- Alto
  08/11/2011                                    5
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:
                               Subsidios
El Estado colombiano, ha dispuesto subsidiar el pago de servicios públicos
domiciliarios a los habitantes de las viviendas y predios ubicados en los
estratos más bajos. Para esto, es necesario también que los estratos altos
paguen un sobrecosto solidario.

 Por eso solo los estratos 1, 2 y 3 reciben subsidio.

 El estrato 4 no recibe subsidios.

 Los estratos 5 y 6 pagan contribuciones para financiar los
  subsidios de los estratos 1, 2, y 3.

 El estrato opera para todos los Servicios Públicos.
  08/11/2011                                                          6
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:
                   Revisión de Estrato
     Los usuarios residenciales tienen derecho a solicitar la revisión del estrato
      socioeconómico que les haya sido asignado por el Alcalde o por la empresa
      cuando el municipio no se haya expedido el decreto de estratificación.

     En primera instancia pueden acudir ante la Alcaldía Municipal. Si esa
      reclamación no es atendida satisfactoriamente por la Alcaldía, el usuario puede
      presentar reclamación ante el Comité Permanente de Estratificación.

     Si el municipio no ha efectuado la estratificación, debe acudir en primera
      instancia ante la empresa que presta el servicio y en segunda instancia ante la
      Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Recuerde: Las Oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos de las empresas, las
personerías, y los Comités Permanentes de Estratificación deben asesorar al usuario para
el adecuado ejercicio de este derecho.


    08/11/2011                                                                     7
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:

               Comité Permanente de Estratificación

 Los Comités Permanentes de Estratificación funcionan en
  cada municipio y distrito de acuerdo con el modelo de
  reglamento interno que les suministre el Departamento
  Nacional de Planeación.

 Los Comités son veedores de la labor de estratificación de
  la Alcaldía y están conformados por representantes de la
  comunidad y por representantes de las empresas de
  servicios públicos domiciliarios.
  08/11/2011                                             8
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:
                  Servicio de Acueducto

Es el servicio de distribución de agua para el consumo
humano, incluida su conexión y medición. Sus
actividades complementarias son la captación, el
procesamiento y tratamiento, conducción y transporte
de agua.

 Para solicitar la conexión al sistema de acueducto, debe
  conectarse al sistema de alcantarillado o contar con
  un sistema de disposición de aguas residuales aprobado
  por la autoridad ambiental competente.
  08/11/2011                                           9
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:

               Servicio de Alcantarillado

Es el servicio de recolección de residuos,
principalmente líquidos por medio de tuberías
y conductos, evacuando aguas residuales o de
lluvia. Sus actividades complementarias son el
transporte, tratamiento y disposición final de
residuos.
  08/11/2011                                   10
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:
     Cómo se cobran los servicios de acueducto y alcantarillado
En el caso de acueducto y alcantarillado, el cobro tiene dos componentes:

      Un cargo fijo, que se cobra por usuario mensual o bimestralmente
       ($/usuario), y que busca compensar los costos en que incurren los
       prestadores de servicios públicos domiciliarios para garantizar la
       disponibilidad del servicio.

      Un cargo por consumo, que se fija por metro cúbico ($/m3), y que
       busca retribuir los demás costos de prestación del servicio.

      En el cargo por consumo se distinguen rangos de consumo, a
       efectos de establecer quienes son objeto de subsidio o quienes
       aportan para efecto de hacer efectivo el principio de solidaridad
       establecido en la Constitución Política.
    08/11/2011                                                       11
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:
        Cómo se cobran los servicios de acueducto y alcantarillado

Dichos rangos son:

      Consumo Básico, que incluye los primeros 20 m3/mensuales
       de consumo.

      Consumo Complementario, para los siguientes 20
       m3/mensuales (es decir, de 21 a 40 m3/mensuales de
       consumo).

      Consumo Suntuario, para consumos mayores a 40
       m3/mensuales. Por ello, a mayor consumo, mayor pago por la
       prestación de los servicios.
    08/11/2011                                                       12
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:
        Facultad para reparar o suministrar el medidor
 La Empresa no es la única facultada para reparar o suministrar el medidor.

 Cuando haya necesidad de reparar o reemplazar el medidor, el
  prestador deberá informarlo al usuario y solicitarle que adopte las
  medidas necesarias.

 En caso de cambio, deberá especificar las características técnicas del
  medidor.

 Si pasado un periodo de facturación (un mes o dos meses, según sea la
  facturación mensual o bimestral), el usuario no ha tomado las medidas
  necesarias para reparar o reemplazar el medidor, la empresa podrá hacerlo
  y lo cobrará al usuario
  08/11/2011                                                           13
CAPITULO IV:
GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
              DE SERVICIOS PUBLICOS:

               Medición correcta del Servicio
Los asuntos relacionados con medición (calibración, patronaje,
unidades de medida) se encuentran a cargo de la Superintendencia de
Industria y Comercio.

Cuando usted adquiere un medidor o cuando la empresa lo suministra,
el instrumento debe cumplir con las disposiciones que sobre medición
ha expedido el Gobierno Nacional.

Así se garantiza para todos los usuarios que la cantidad que se mida
sea verdadera.
  08/11/2011                                                    14

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Capitulo 4

  • 1. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS:  El cargo por consumo, que es el precio que el usuario paga por unidad de servicio consumido, es decir: • Por minuto de comunicación, • Por kilovatio de energía, y • Por metro cúbico de agua o de gas natural.  El cargo por aporte de conexión que es el valor que la persona prestadora del servicio puede cobrar al suscriptor por la conexión de cada inmueble al sistema o red existente, y debe corresponder a los costos directos de conexión del usuario del servicio.  ¡Recuerde! Actualmente no se cobra cargo fijo en el servicio de energía eléctrica. 08/11/2011 1
  • 2. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Como me entero del Incremento de la Tarifa  Los Usuarios tienen derecho a que las empresas publiquen, en diarios locales o nacionales, los nuevos valores de las tarifas, cuando proceda su actualización por variación del índice de precios al consumidor.  Los Usuarios tienen derecho a que la empresa les informe y asesore sobre los mecanismos existentes para generar ahorro en el consumo, evitar el incremento del mismo y beneficiarse de tarifas reducidas o de sistemas de medición o aforo que reduzcan dichos costos. 08/11/2011 2
  • 3. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Clasificación de los Usuarios  Residencial  Comercial  Industrial  Oficial  Especial  Bloque 08/11/2011 3
  • 4. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Estratificación Se utilizan para clasificar a los usuarios residenciales en grupos, teniendo en cuenta sus características sociales y económicas. Se utiliza:  Para que las empresas de servicios públicos cobren los servicios domiciliarios de agua potable, aseo, alcantarillado, energía eléctrica, gas y teléfono con tarifas diferentes por estrato.  Seleccionar los estratos que requieren subsidios para el pago de estos servicios y los estratos que pueden hacer contribuciones para ayudar a subsidiar.  Realizar programas sociales como expansión y mejoramiento de infraestructura de servicios públicos y vías, campañas de salud y saneamiento, programas educativos y recreativos, en las zonas que más lo requieren.  Para que a las autoridades municipales cobren el impuesto predial teniendo en cuenta las diferencias de estrato. 08/11/2011 4
  • 5. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Clasificación de los Estratos  Estrato 1- Bajo-Bajo  Estrato 2- Bajo  Estrato 3- Medio Bajo  Estrato 4- Medio  Estrato 5_Medio Alto  Estrato 6- Alto 08/11/2011 5
  • 6. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Subsidios El Estado colombiano, ha dispuesto subsidiar el pago de servicios públicos domiciliarios a los habitantes de las viviendas y predios ubicados en los estratos más bajos. Para esto, es necesario también que los estratos altos paguen un sobrecosto solidario.  Por eso solo los estratos 1, 2 y 3 reciben subsidio.  El estrato 4 no recibe subsidios.  Los estratos 5 y 6 pagan contribuciones para financiar los subsidios de los estratos 1, 2, y 3.  El estrato opera para todos los Servicios Públicos. 08/11/2011 6
  • 7. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Revisión de Estrato  Los usuarios residenciales tienen derecho a solicitar la revisión del estrato socioeconómico que les haya sido asignado por el Alcalde o por la empresa cuando el municipio no se haya expedido el decreto de estratificación.  En primera instancia pueden acudir ante la Alcaldía Municipal. Si esa reclamación no es atendida satisfactoriamente por la Alcaldía, el usuario puede presentar reclamación ante el Comité Permanente de Estratificación.  Si el municipio no ha efectuado la estratificación, debe acudir en primera instancia ante la empresa que presta el servicio y en segunda instancia ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Recuerde: Las Oficinas de Peticiones, Quejas y Recursos de las empresas, las personerías, y los Comités Permanentes de Estratificación deben asesorar al usuario para el adecuado ejercicio de este derecho. 08/11/2011 7
  • 8. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Comité Permanente de Estratificación  Los Comités Permanentes de Estratificación funcionan en cada municipio y distrito de acuerdo con el modelo de reglamento interno que les suministre el Departamento Nacional de Planeación.  Los Comités son veedores de la labor de estratificación de la Alcaldía y están conformados por representantes de la comunidad y por representantes de las empresas de servicios públicos domiciliarios. 08/11/2011 8
  • 9. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Servicio de Acueducto Es el servicio de distribución de agua para el consumo humano, incluida su conexión y medición. Sus actividades complementarias son la captación, el procesamiento y tratamiento, conducción y transporte de agua.  Para solicitar la conexión al sistema de acueducto, debe conectarse al sistema de alcantarillado o contar con un sistema de disposición de aguas residuales aprobado por la autoridad ambiental competente. 08/11/2011 9
  • 10. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Servicio de Alcantarillado Es el servicio de recolección de residuos, principalmente líquidos por medio de tuberías y conductos, evacuando aguas residuales o de lluvia. Sus actividades complementarias son el transporte, tratamiento y disposición final de residuos. 08/11/2011 10
  • 11. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Cómo se cobran los servicios de acueducto y alcantarillado En el caso de acueducto y alcantarillado, el cobro tiene dos componentes:  Un cargo fijo, que se cobra por usuario mensual o bimestralmente ($/usuario), y que busca compensar los costos en que incurren los prestadores de servicios públicos domiciliarios para garantizar la disponibilidad del servicio.  Un cargo por consumo, que se fija por metro cúbico ($/m3), y que busca retribuir los demás costos de prestación del servicio.  En el cargo por consumo se distinguen rangos de consumo, a efectos de establecer quienes son objeto de subsidio o quienes aportan para efecto de hacer efectivo el principio de solidaridad establecido en la Constitución Política. 08/11/2011 11
  • 12. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Cómo se cobran los servicios de acueducto y alcantarillado Dichos rangos son:  Consumo Básico, que incluye los primeros 20 m3/mensuales de consumo.  Consumo Complementario, para los siguientes 20 m3/mensuales (es decir, de 21 a 40 m3/mensuales de consumo).  Consumo Suntuario, para consumos mayores a 40 m3/mensuales. Por ello, a mayor consumo, mayor pago por la prestación de los servicios. 08/11/2011 12
  • 13. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Facultad para reparar o suministrar el medidor  La Empresa no es la única facultada para reparar o suministrar el medidor.  Cuando haya necesidad de reparar o reemplazar el medidor, el prestador deberá informarlo al usuario y solicitarle que adopte las medidas necesarias.  En caso de cambio, deberá especificar las características técnicas del medidor.  Si pasado un periodo de facturación (un mes o dos meses, según sea la facturación mensual o bimestral), el usuario no ha tomado las medidas necesarias para reparar o reemplazar el medidor, la empresa podrá hacerlo y lo cobrará al usuario 08/11/2011 13
  • 14. CAPITULO IV: GENERALIDADES Y DEFINICIONES RELATIVAS AL CONTRATO DE SERVICIOS PUBLICOS: Medición correcta del Servicio Los asuntos relacionados con medición (calibración, patronaje, unidades de medida) se encuentran a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio. Cuando usted adquiere un medidor o cuando la empresa lo suministra, el instrumento debe cumplir con las disposiciones que sobre medición ha expedido el Gobierno Nacional. Así se garantiza para todos los usuarios que la cantidad que se mida sea verdadera. 08/11/2011 14