Este documento resume las diferentes acciones que existen en el proceso penal, incluyendo la acción penal pública, la acción penal privada y la acción penal pública previa instancia particular. Explica que la acción penal pública debe ser ejercida de oficio por el Ministerio Público para delitos que atentan contra bienes jurídicos sociales. La acción penal privada protege intereses particulares y se extingue por renuncia de la víctima. La acción penal pública previa instancia particular requiere denuncia previa de la víctima antes