El documento resume la evolución histórica y las fuentes del Derecho Internacional Privado. Explica que en la Edad Media, cada grupo social seguía sus propias leyes y los extranjeros enfrentaban graves limitaciones. Con el tiempo, las influencias comerciales y los convenios entre Estados fueron eliminando estas limitaciones y dando a los extranjeros una mayor capacidad legal. La Revolución Francesa finalmente abolió las desigualdades legales que enfrentaban los extranjeros. El documento también distingue entre el Derecho Internacional Públic
El documento describe la importancia y el desarrollo de las Naciones Unidas. Explica que la ONU fue creada en 1945 para mantener la paz internacional y promover la cooperación entre las naciones. Describe la estructura de la ONU, incluyendo la Asamblea General, el Consejo de Seguridad y otros organismos. También discute los orígenes de la ONU en conferencias como las de San Francisco y Yalta durante la Segunda Guerra Mundial.
Derecho constitucional como base de la comparación a la constitución dominica...Castillo'S Legal Solutions
Este documento presenta un resumen de un trabajo sobre las constituciones dominicana y francesa. Introduce el tema y objetivos del trabajo, y describe brevemente el origen y principios fundamentales de ambas constituciones. Luego, analiza aspectos como la nación, soberanía, derechos absolutos y políticos, y los poderes legislativo, ejecutivo y judicial en cada constitución, con el fin de comparar sus similitudes y diferencias.
El documento resume el Derecho Romano desde sus orígenes hasta Justiniano. Comienza explicando cómo surgió el derecho en Roma a través del uso y la legislación. Luego describe la fundación de Roma por Rómulo en el año 753 a.C., y el periodo que abarcó desde entonces hasta la Ley de las Doce Tablas en el 450 a.C. Finalmente, resume brevemente las etapas de evolución del Derecho Romano.
El documento presenta una introducción general sobre el sistema internacional de protección de los derechos humanos y los principios del código procesal penal. Explica conceptos clave como los derechos humanos, sus generaciones y características. También describe los principales instrumentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los Pactos Internacionales. Finalmente, analiza cómo estos tratados internacionales se proyectan en los principios fundamentales del código procesal penal de un país, como el principio del juicio previo, el juez natural y la
Este documento presenta una introducción al tema del divorcio y proporciona definiciones conceptuales. Luego resume la evolución histórica del divorcio en la República Dominicana y las causales legales para solicitar el divorcio, las cuales incluyen el mutuo consentimiento, la incompatibilidad de caracteres, la ausencia, el adulterio, la condena criminal y las sevicias o injurias graves.
Este documento presenta los principios fundamentales y la constitucionalización del proceso penal. Propone tres hipótesis: 1) que las disposiciones del nuevo código procesal penal se basan en tradiciones constitucionales que enfatizan la libertad individual y los derechos fundamentales, 2) que los 28 principios del código desarrollan cinco principios constitucionales como la supremacía constitucional, la libertad, la igualdad y el debido proceso, y 3) que el código fortalece la constitución y el estado de derecho. El documento anal
Este documento trata sobre la teoría general de los contratos. Explica conceptos clave como la capacidad de las partes contratantes, el objeto y la causa de los contratos. También analiza temas como los diferentes tipos de contratos civiles, las nulidades y vicios del consentimiento. El objetivo es estudiar la teoría de los contratos, analizando sus características y concepciones desde una perspectiva histórica y legal.
El documento describe las fuentes del Derecho Internacional Público, incluyendo tratados, costumbres internacionales, principios generales de derecho y jurisprudencia. Explica que los tratados son la fuente más importante dado que requieren el consentimiento expreso de los Estados. También describe los elementos necesarios para que una costumbre se convierta en una norma jurídica vinculante, como la práctica reiterada y la convicción de que dicha práctica es obligatoria. Finalmente, resume las fuentes que la Corte Internacional de Justicia aplica de ac
El documento describe la importancia y el desarrollo de las Naciones Unidas. Explica que la ONU fue creada en 1945 para mantener la paz internacional y promover la cooperación entre las naciones. Describe la estructura de la ONU, incluyendo la Asamblea General, el Consejo de Seguridad y otros organismos. También discute los orígenes de la ONU en conferencias como las de San Francisco y Yalta durante la Segunda Guerra Mundial.
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El documento resume el Derecho Romano desde sus orígenes hasta Justiniano. Comienza explicando cómo surgió el derecho en Roma a través del uso y la legislación. Luego describe la fundación de Roma por Rómulo en el año 753 a.C., y el periodo que abarcó desde entonces hasta la Ley de las Doce Tablas en el 450 a.C. Finalmente, resume brevemente las etapas de evolución del Derecho Romano.
El documento presenta una introducción general sobre el sistema internacional de protección de los derechos humanos y los principios del código procesal penal. Explica conceptos clave como los derechos humanos, sus generaciones y características. También describe los principales instrumentos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los Pactos Internacionales. Finalmente, analiza cómo estos tratados internacionales se proyectan en los principios fundamentales del código procesal penal de un país, como el principio del juicio previo, el juez natural y la
Este documento presenta una introducción al tema del divorcio y proporciona definiciones conceptuales. Luego resume la evolución histórica del divorcio en la República Dominicana y las causales legales para solicitar el divorcio, las cuales incluyen el mutuo consentimiento, la incompatibilidad de caracteres, la ausencia, el adulterio, la condena criminal y las sevicias o injurias graves.
Este documento presenta los principios fundamentales y la constitucionalización del proceso penal. Propone tres hipótesis: 1) que las disposiciones del nuevo código procesal penal se basan en tradiciones constitucionales que enfatizan la libertad individual y los derechos fundamentales, 2) que los 28 principios del código desarrollan cinco principios constitucionales como la supremacía constitucional, la libertad, la igualdad y el debido proceso, y 3) que el código fortalece la constitución y el estado de derecho. El documento anal
Este documento trata sobre la teoría general de los contratos. Explica conceptos clave como la capacidad de las partes contratantes, el objeto y la causa de los contratos. También analiza temas como los diferentes tipos de contratos civiles, las nulidades y vicios del consentimiento. El objetivo es estudiar la teoría de los contratos, analizando sus características y concepciones desde una perspectiva histórica y legal.
El documento describe las fuentes del Derecho Internacional Público, incluyendo tratados, costumbres internacionales, principios generales de derecho y jurisprudencia. Explica que los tratados son la fuente más importante dado que requieren el consentimiento expreso de los Estados. También describe los elementos necesarios para que una costumbre se convierta en una norma jurídica vinculante, como la práctica reiterada y la convicción de que dicha práctica es obligatoria. Finalmente, resume las fuentes que la Corte Internacional de Justicia aplica de ac
El documento resume el origen y definición del derecho internacional, las fuentes del derecho internacional según la doctrina y la Corte Internacional de Justicia, los principios generales del derecho internacional, y los problemas que surgen de los conflictos entre el derecho internacional y el derecho interno de los estados.
Este documento describe las relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno. Explica las teorías dualista y monista sobre cómo estos dos sistemas jurídicos interactúan. También define el derecho internacional público, sus orígenes y funciones. Finalmente, analiza las divisiones del derecho internacional público y su fundamento.
El documento presenta una introducción al Derecho Internacional Público, definiéndolo como el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre los Estados y entre los Estados y las organizaciones internacionales. Explica brevemente la historia del Derecho Internacional, resaltando la importancia de Hugo Grocio como el padre del Derecho Internacional moderno. Finalmente, resume algunas de las principales doctrinas y teorías sobre la naturaleza y fundamentos del Derecho Internacional.
Curso sobre Derecho Internacional Público: Concepto del derecho internacional público, sus fuentes. Sujetos del derecho internacional. Derecho interno. Tratados internacionales. Solución pacifica de los conflictos internacionales. Competencia espacial de los estados.
La constitución es la máxima que permite a todo ciudadanos tener derechos y deberes que cumplir. como dice el aforismo Romano: Ubi societas, ibi ius.. ubi ius, ibi societas (donde hay sociedad hay derecho y donde hay derecho hay sociedad)
El documento resume las principales fuentes del derecho internacional según el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, incluyendo tratados, costumbre internacional, principios generales de derecho y doctrinas. Explica que los tratados y la costumbre son las fuentes fundamentales, y describe los elementos constitutivos de los tratados y la costumbre internacional.
El derecho internacional privado regula las relaciones jurídicas entre individuos que traspasan fronteras nacionales. Surge de la necesidad de regular estas relaciones complejas que involucran más de una jurisdicción. Se ocupa principalmente de regular la condición jurídica de los extranjeros y resolver conflictos de leyes entre países.
Este documento resume el contenido del Libro I del Código Civil de Guatemala sobre las personas y la familia. Explica conceptos clave como persona individual y jurídica, capacidad, incapacidad, domicilio y ausencia. Además, define el derecho civil y su regulación en el Decreto Ley 106, emitido durante el gobierno de Enrique Peralta Azurdia en 1963, que contiene 2,180 artículos organizados en 5 libros.
Este documento presenta una introducción al Derecho Internacional Público, abarcando su concepto, sujetos y objetos. Define el Derecho Internacional como el conjunto de normas que regulan las relaciones entre los sujetos de la comunidad internacional. Explica que los Estados son los sujetos primarios y que también incluye a organismos internacionales e individuos. Finalmente, resume brevemente los orígenes y evolución histórica del Derecho Internacional.
El documento describe el sistema actual de derecho internacional público, que regula las relaciones entre estados soberanos y otros sujetos con soberanía. Se compone de normas jurídicas acordadas entre estados a través de tratados, costumbres internacionales y principios generales de derecho. Aunque históricamente las relaciones entre estados se basaban más en la fuerza que en reglas jurídicas, existen evidencias de acuerdos entre centros de poder que datan de hace más de 5000 años, como tratados entre ciudades en el 3200 a.C.
Las principales fuentes del derecho internacional público son los tratados internacionales, la costumbre internacional y los principios generales del derecho. Otras fuentes incluyen resoluciones de organismos internacionales, actos unilaterales y acuerdos ejecutivos internos. Existen diferentes teorías sobre la recepción del derecho internacional en el derecho interno de los estados, como la teoría dualista y monista.
Este documento discute las fuentes del derecho internacional privado. Define las fuentes formales como los medios de expresión de las normas jurídicas y las fuentes materiales como aquellas que se aplican en ausencia de fuentes formales, como la costumbre y los principios generales. También analiza la evolución histórica del tratamiento de las fuentes en Venezuela, desde el Código de Procedimiento Civil de 1897 hasta la Ley de Derecho Internacional Privado de 1998, la cual establece el orden jerárquico de las fuentes dando primacía a las norm
El documento presenta una introducción al Derecho Internacional Privado, explicando que se ocupa de las relaciones jurídicas entre personas privadas con elementos extranjeros. Describe las fuentes del Derecho Internacional Privado, tanto nacionales como internacionales, y explica que busca establecer qué normativa material se debe aplicar a una determinada situación jurídica transnacional. También presenta información sobre el Código Bustamante, la Ley de Derecho Internacional Privado venezolana y el orden de prelación de las fuentes en esta rama del dere
Este documento presenta un curso introductorio sobre derecho internacional público. Resume las definiciones clásica y moderna de este campo, examina los sujetos del derecho internacional como los estados, organizaciones internacionales e individuos. También cubre las fuentes del derecho internacional según el Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia, incluyendo tratados, costumbre, principios generales y doctrina. Finalmente, el curso analizará organizaciones internacionales universales y regionales, derecho diplomático y política exterior peruana.
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO objeto, contenido y naturaleza. Diferencia con el derecho material. Relación con otras ciencias jurídicas. Presupuesto jurídicos y sociológicos
aplacacion del derecho internacional privadoALVA PAMO
Este documento introduce el tema del Derecho Internacional Privado y explica sus principales características. Explica que el DIP tiene como objetivo determinar qué ley se aplica cuando hay elementos vinculados a más de un ordenamiento jurídico. Describe las cuatro áreas que comprende el DIP según la doctrina francesa: derecho de la nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, conflictos de leyes y conflictos de jurisdicción. Finalmente, distingue entre Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado.
El documento presenta una introducción al derecho internacional, incluyendo sus fuentes y sujetos, su naturaleza como instrumento social y ordenamiento jurídico, su tipificación en derecho público internacional y privado, los modelos de recepción monista y dualista en los ordenamientos internos, y la solución de controversias a través de tratados internacionales.
El documento define el derecho internacional público como la rama del derecho que regula las relaciones entre estados y otros sujetos de derecho internacional. Ha tenido diferentes denominaciones a lo largo de la historia, como Jus Gentium en la época romana y Derecho de Gentes en el siglo XVI. Se le considera un conjunto de normas materiales y formales que surgen tanto del derecho natural como del positivo establecido por los estados.
1) El documento describe las diferencias entre el derecho interno, el derecho internacional público y el derecho internacional privado. 2) Explica que el derecho internacional privado regula las relaciones jurídicas privadas internacionales que involucran elementos de más de un sistema jurídico. 3) El derecho internacional privado estudia cuatro aspectos: la ley aplicable, la jurisdicción competente, el reconocimiento de sentencias extranjeras y la nacionalidad.
Derecho internacional ensayo elementos caracterizan el derecho publico inter...sonia sanchez
El documento describe los elementos característicos del derecho internacional público. Regula el comportamiento de los estados y otros sujetos internacionales mediante normas que surgen de fuentes internacionales. Se caracteriza por principios destinados a regular las relaciones exteriores de manera adecuada. Incluye acuerdos entre estados como tratados, convenios y costumbres internacionales reconocidas.
El documento discute el concepto y orígenes del derecho internacional público. 1) El derecho internacional público regula las relaciones entre estados y sujetos internacionales con el fin de garantizar la paz y resolución de conflictos. 2) Tiene sus orígenes en las primeras reglas y acuerdos entre grupos humanos para regular sus interacciones, aunque otros señalan su inicio formal en los tratados de Westfalia de 1648. 3) El derecho internacional público existe en coordinación con el derecho interno de los estados soberanos.
Este documento presenta una introducción al Derecho Internacional Público. Explica que los sujetos principales son los estados soberanos y describe otros sujetos como organizaciones internacionales e individuos. También resume la historia del Derecho Internacional Público desde la antigüedad hasta la edad contemporánea e incluye definiciones, elementos característicos y teorías sobre las que se fundamenta.
El documento resume el origen y definición del derecho internacional, las fuentes del derecho internacional según la doctrina y la Corte Internacional de Justicia, los principios generales del derecho internacional, y los problemas que surgen de los conflictos entre el derecho internacional y el derecho interno de los estados.
Este documento describe las relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno. Explica las teorías dualista y monista sobre cómo estos dos sistemas jurídicos interactúan. También define el derecho internacional público, sus orígenes y funciones. Finalmente, analiza las divisiones del derecho internacional público y su fundamento.
El documento presenta una introducción al Derecho Internacional Público, definiéndolo como el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre los Estados y entre los Estados y las organizaciones internacionales. Explica brevemente la historia del Derecho Internacional, resaltando la importancia de Hugo Grocio como el padre del Derecho Internacional moderno. Finalmente, resume algunas de las principales doctrinas y teorías sobre la naturaleza y fundamentos del Derecho Internacional.
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El derecho internacional privado regula las relaciones jurídicas entre individuos que traspasan fronteras nacionales. Surge de la necesidad de regular estas relaciones complejas que involucran más de una jurisdicción. Se ocupa principalmente de regular la condición jurídica de los extranjeros y resolver conflictos de leyes entre países.
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Este documento presenta una introducción al Derecho Internacional Público, abarcando su concepto, sujetos y objetos. Define el Derecho Internacional como el conjunto de normas que regulan las relaciones entre los sujetos de la comunidad internacional. Explica que los Estados son los sujetos primarios y que también incluye a organismos internacionales e individuos. Finalmente, resume brevemente los orígenes y evolución histórica del Derecho Internacional.
El documento describe el sistema actual de derecho internacional público, que regula las relaciones entre estados soberanos y otros sujetos con soberanía. Se compone de normas jurídicas acordadas entre estados a través de tratados, costumbres internacionales y principios generales de derecho. Aunque históricamente las relaciones entre estados se basaban más en la fuerza que en reglas jurídicas, existen evidencias de acuerdos entre centros de poder que datan de hace más de 5000 años, como tratados entre ciudades en el 3200 a.C.
Las principales fuentes del derecho internacional público son los tratados internacionales, la costumbre internacional y los principios generales del derecho. Otras fuentes incluyen resoluciones de organismos internacionales, actos unilaterales y acuerdos ejecutivos internos. Existen diferentes teorías sobre la recepción del derecho internacional en el derecho interno de los estados, como la teoría dualista y monista.
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El documento presenta una introducción al Derecho Internacional Privado, explicando que se ocupa de las relaciones jurídicas entre personas privadas con elementos extranjeros. Describe las fuentes del Derecho Internacional Privado, tanto nacionales como internacionales, y explica que busca establecer qué normativa material se debe aplicar a una determinada situación jurídica transnacional. También presenta información sobre el Código Bustamante, la Ley de Derecho Internacional Privado venezolana y el orden de prelación de las fuentes en esta rama del dere
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Este documento introduce el tema del Derecho Internacional Privado y explica sus principales características. Explica que el DIP tiene como objetivo determinar qué ley se aplica cuando hay elementos vinculados a más de un ordenamiento jurídico. Describe las cuatro áreas que comprende el DIP según la doctrina francesa: derecho de la nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, conflictos de leyes y conflictos de jurisdicción. Finalmente, distingue entre Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado.
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El documento define el derecho internacional público como la rama del derecho que regula las relaciones entre estados y otros sujetos de derecho internacional. Ha tenido diferentes denominaciones a lo largo de la historia, como Jus Gentium en la época romana y Derecho de Gentes en el siglo XVI. Se le considera un conjunto de normas materiales y formales que surgen tanto del derecho natural como del positivo establecido por los estados.
1) El documento describe las diferencias entre el derecho interno, el derecho internacional público y el derecho internacional privado. 2) Explica que el derecho internacional privado regula las relaciones jurídicas privadas internacionales que involucran elementos de más de un sistema jurídico. 3) El derecho internacional privado estudia cuatro aspectos: la ley aplicable, la jurisdicción competente, el reconocimiento de sentencias extranjeras y la nacionalidad.
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El documento describe los elementos característicos del derecho internacional público. Regula el comportamiento de los estados y otros sujetos internacionales mediante normas que surgen de fuentes internacionales. Se caracteriza por principios destinados a regular las relaciones exteriores de manera adecuada. Incluye acuerdos entre estados como tratados, convenios y costumbres internacionales reconocidas.
El documento discute el concepto y orígenes del derecho internacional público. 1) El derecho internacional público regula las relaciones entre estados y sujetos internacionales con el fin de garantizar la paz y resolución de conflictos. 2) Tiene sus orígenes en las primeras reglas y acuerdos entre grupos humanos para regular sus interacciones, aunque otros señalan su inicio formal en los tratados de Westfalia de 1648. 3) El derecho internacional público existe en coordinación con el derecho interno de los estados soberanos.
Este documento presenta una introducción al Derecho Internacional Público. Explica que los sujetos principales son los estados soberanos y describe otros sujetos como organizaciones internacionales e individuos. También resume la historia del Derecho Internacional Público desde la antigüedad hasta la edad contemporánea e incluye definiciones, elementos característicos y teorías sobre las que se fundamenta.
El documento resume la evolución histórica y los conceptos fundamentales del Derecho Internacional Público. Explica que el Derecho Internacional Público regula las relaciones entre estados y define a los estados como los principales sujetos de este derecho. También cubre los derechos y deberes fundamentales de los estados así como la subjetividad de las organizaciones internacionales.
Este documento describe el Derecho Internacional Privado, incluyendo sus características, objetivos, contenido y relación con otras ramas del derecho. Explica que regula las relaciones jurídicas privadas internacionales y busca determinar qué ley y tribunal deben aplicarse cuando están involucrados elementos extranjeros. Finalmente, destaca la diferencia entre el derecho formal, que rige estas relaciones privadas internacionales, y el derecho material que rige las relaciones entre estados.
Este documento describe el Derecho Internacional Privado, incluyendo sus objetivos, características y contenido. Explica que resuelve conflictos de jurisdicción y ley aplicable entre sistemas legales cuando hay elementos extranjeros involucrados. Su objetivo es armonizar normas legales entre estados y garantizar los derechos de las personas en el orden internacional. Cubre temas de derecho civil, mercantil y procesal internacional.
El documento define el Derecho Internacional Privado como la rama del derecho que analiza los conflictos de jurisdicción y ley aplicable entre países, y determina la condición jurídica de los extranjeros. Explica que regula las relaciones privadas con efectos internacionales y tiene como objetivo establecer qué legislación se aplica en cada situación. También describe las diferencias entre el Derecho Internacional Privado y el Derecho Internacional Público en términos de ámbito, fuentes y materias reguladas.
1) El documento describe la evolución histórica del derecho internacional privado desde sus orígenes en la antigüedad hasta la actualidad. 2) Aborda las diferentes escuelas que han contribuido a su desarrollo como los glosadores, estatutarios y postglosadores y sus principales aportes. 3) Explica los principios rectores del derecho internacional privado consagrados en la Constitución venezolana de 1999.
Noción y fundamento del derecho internacional públicomelviacc
El documento resume las definiciones clásicas y modernas del Derecho Internacional Público según diferentes autores. Explica que el DIP regula las relaciones entre los estados y otros sujetos internacionales y se divide en público y privado. También describe la evolución histórica del DIP desde las antiguas civilizaciones hasta los fundadores modernos como Vitoria, quien argumentó que existe un derecho natural de sociedad entre todos los pueblos.
Derecho Internacional Privado, Universidad Fermín Toro.Leomary Guerrero
Este documento describe la naturaleza y objetivos del Derecho Internacional Privado. Explica que este derecho surge de la coexistencia de legislaciones diferentes en distintos estados y de las relaciones comerciales internacionales. Su objetivo principal es resolver conflictos entre las leyes de diferentes países aplicables a una misma situación jurídica. También busca armonizar las legislaciones de los distintos estados para eliminar conflictos cuando sus leyes reclaman aplicación a una misma relación jurídica.
El Derecho Internacionl Público Prof. Germán Fernándezrosalbabueno
El documento habla sobre el Derecho Internacional Público. Explica que es el conjunto de normas que regulan las relaciones entre los estados y otros sujetos de derecho internacional. También describe las diferentes ramas del Derecho Internacional, la historia de cómo se ha desarrollado a través del tiempo, y las relaciones entre el Derecho Internacional y el Derecho Interno de los estados.
Derecho internacional privado intensivoSARA camejo
El documento trata sobre el origen y naturaleza del derecho internacional privado. Explica que surgió en Italia en la Edad Media para resolver conflictos entre las leyes de pequeños estados. Define al derecho internacional privado como el conjunto de normas que regulan las relaciones jurídicas internacionales entre privados y que busca determinar qué jurisdicción se aplica y cuál legislación debe prevalecer cuando están involucrados elementos extranjeros. Finalmente, concluye que esta rama del derecho es importante hoy en día debido al aumento de las relaciones mult
Este documento presenta una introducción al derecho internacional, abarcando temas como su concepto, orígenes, evolución y fuentes principales. Explica que el derecho internacional regula las relaciones entre sujetos internacionales como los estados y organismos internacionales, y que se basa en tratados, costumbre internacional, principios generales de derecho y jurisprudencia. Además, brinda detalles sobre el surgimiento de normas que regulaban las relaciones entre entidades soberanas desde la antigüedad, aunque el derecho internacional moderno se considera
El documento resume el origen y objetivo del derecho internacional privado, el cual regula las relaciones jurídicas entre personas de diferentes Estados. Explica que su razón de ser está relacionada con el comercio internacional y la necesidad de una comunidad jurídica internacional. También describe cómo Venezuela ha participado en el desarrollo de este campo del derecho a nivel internacional y los esfuerzos de codificación tanto internos como externos.
Este documento describe la evolución histórica y las teorías del Derecho Internacional Privado. Comienza explicando que los principios del DIP surgieron en la antigüedad pero sin un enfoque científico. Luego describe cómo el sistema romano y germánico influyeron en el desarrollo temprano del DIP. Finalmente, explica las teorías de los estatutos y las escuelas estatutarias francesa y holandesa, las cuales ayudaron a resolver conflictos entre leyes nacionales.
El documento resume los conceptos clave del Derecho Internacional Privado. Explica que su misión es indicar cuál legislación es competente cuando existen conflictos de leyes. También describe que Venezuela ha desarrollado una densa doctrina sobre esta materia y que promulgó una Ley de Derecho Internacional Privado en 1998.
Este documento presenta una introducción al derecho internacional privado. Explica que su objetivo es determinar cuál ordenamiento jurídico es competente para regular las relaciones internacionales. También define conceptos clave como nacionalidad, conflicto de leyes, y orden público internacional. Finalmente, analiza temas como la condición jurídica de los extranjeros y los conflictos de leyes en materia de estado civil y capacidad de las personas.
Historia de la doctrina del derecho internacional privadoninoska brito
Este documento presenta una introducción al Derecho Internacional Privado, incluyendo su historia, objetivo y contenido. Explica que esta rama del derecho regula situaciones vinculadas con dos o más sistemas jurídicos y que utiliza normas formales e indirectas, así como normas materiales, para determinar cuál ordenamiento jurídico se aplicará. También resume brevemente los orígenes y desarrollo histórico de esta disciplina en las escuelas italiana, francesa y alemana desde la Edad Media hasta el siglo XIX. Finalmente
El documento define el derecho internacional privado como la rama del derecho que dirime conflictos jurisdiccionales e internacionales y determina la ley aplicable y la condición jurídica de los extranjeros. Explica que requiere la vigencia simultánea de dos o más ordenamientos jurídicos y la movilidad de personas, bienes y servicios entre países. Finalmente, resume las tres teorías sobre la naturaleza del derecho internacional privado: la teoría nacionalista, la teoría universalista y la teoría dual.
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José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
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Caracterización, evolución histórica y fuentes del derecho internacional privado
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Caracterización, evolución histórica y fuentes del Derecho Internacional Privado
1. Introducción
2. Formulación del problema
3. Sistematización del problema
4. Antecedentes del Derecho Internacional Privado; edad media; evolución de la condición de
los extranjeros en la Edad Media
5. Condición de los extranjeros en las colonias europeas; los conflictos de leyes en el período
medieval; evolución del Derecho Internacional Privado a partir del siglo XIX
6. Fuentes del Derecho Internacional Privado; clasificación “fuentes nacionales y fuentes
internacionales”
7. Conclusión
8. Bibliografía
Introducción
Entre las nociones fundamentales del derecho internacional privado cabe citar los puntos de conexión:
elementos de la relación jurídica —nacionalidad, domicilio, lugar en que se realiza un acto— que sirven para
determinar la norma material aplicable (calificación del supuesto de hecho) y averiguar la ley a aplicar; el
reenvío que la norma de conflicto del tribunal hace a una extranjera; el orden público (principios que,
representativos de los valores intangibles de una sociedad, se plasman en normas imperativas que no
pueden ser sustituidas por otras de derecho extranjero); el fraude de ley (sumisión a una norma de
cobertura extranjera con la finalidad, reprochable, de sustraerse a los efectos de una ley propia).
Formulación del problema
¿Qué caracterizó la evolución histórica del Derecho Internacional Privado?
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La ciudad antigua estaba fundada sobre la religión, las teocracias explotaban el fanatismo religioso y en las
sociedades imperaba un desprecio hacia los extranjeros.
OBJETIVO GENERAL
Conocer la importancia de la evolución histórica del Derecho Internacional Privado.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Establecer las diferencias entre el Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado.
Comprobar si los convenios y los tratados internacionales son las causas que dan inicio a las relaciones
comerciales entre los diferentes grupos.
Analizar cuales son las causas que originan los conflictos de leyes.
Sistematización del problema
¿Cuál es la diferencia entre las fuentes del derecho internacional público y las fuentes del derecho
internacional privado?
¿Qué secretaría certifica y hace las traducciones cuando corresponda, y en qué tiempo presenta la solicitud
ante el gobierno extranjero?
¿Cuáles efectos produjo la revolución francesa a favor de los extranjeros?
¿Cuál es la diferencia entre territorialidad y extraterritorialidad de las leyes?
CUERPO DE CONTENIDO:
1.1- CONCEPTO DE LOS DERECHOS INTERNACIONAL PÚBLICO Y DERECHO INTERNACIONAL
PRIVADO:
Derecho Internacional Público: Conjunto de normas que rige las relaciones del Estado y otros sujetos
internacionales entre sí, y establece y determina los derechos y deberes recíprocos que les corresponden.
Es por ello que el Derecho Internacional Público designa el ordenamiento jurídico de la comunidad
internacional, en otra época llamado ius gentium o ‘Derecho de gentes’, expresión con la que se aludía a la
idea de un orden jurídico no escrito para regular las relaciones entre los pueblos, noción vinculada a la de
Derecho natural. Los sujetos por excelencia del Derecho Internacional Público son los Estados y las
Organizaciones Internacionales.
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Derecho Internacional Privado: Conjunto de normas Jurídicas llamadas a regular las relaciones surgidas
en la Sociedad Internacional entre Personas Privadas. Determina el ordenamiento jurídico competente para
regular las relaciones privadas que no dependen por entero de la legislación material interna, además de
ocuparse de la nacionalidad y del derecho de extranjería.
1.2-LA COMUNIDAD INTERNACIONAL; LUGAR DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EN LA
COMUNIDAD INTERNACIONAL:
Es el conjunto de relaciones sociales que rebasa el marco de una Comunidad Estatal, la cual surge como
una necesidad de relaciones de Derecho y Obligación, ya que en toda Sociedad, fórmenla hombres o
Naciones, la libertad de cada uno está limitada por la del otro, y tanto el hombre como el Estado precisan
someterse a un sistema de reglas Jurídicas.
Existen relaciones Internacionales que no tienen cabida en el Derecho Internacional Público, por ser de
orden privado. Las reglas que norman esas relaciones tienen como destinatarios a entes o personas
privadas (Personas físicas o Personas Morales o Jurídicas). Las relaciones Jurídicas Internacionales de
Orden Privado esencialmente al amparo de la diversidad de las legislaciones particulares de los diferentes
Estados, corresponde a los Estados unilateralmente su reglamentación mediante sus propias Leyes
Nacionales o recurriendo a la Concertación de Tratados.
En principio, el ámbito de vigencia de un ordenamiento es el territorio del Estado, pero la actividad de las
personas puede desarrollarse también fuera de las fronteras de éste o en relación con nacionales de otros
países, lo que plantea el problema de la ley que haya de aplicarse a tales actos; el problema, a la postre, es
definir la autoridad extraterritorial de cada ley, y determinar si determinados preceptos, en supuestos
concretos, son de aplicación fuera del territorio del Estado del que provienen y en qué medida.
1.3-DENOMINACIÓN Y OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO:
No, nos vamos a referir directamente a las denominaciones hechas por los juristas americanos y europeos
del 1834 hasta el 1923, de sí se llamó Derecho Internacional Privado; Derecho de Colisión o Conflictos de
Leyes, etc. etc. Sino a la denominación dada en la expresión “INTERNACIONAL”, es decir, a las variadas
acepciones que tiene la expresión “INTERNACIONAL”. Ejemplo: Cuando se habla de “Comercio
Internacional” se tiene en cuenta no sólo la esfera de relaciones entre Estados, sino también las relaciones
entre firmas, Empresas y Organizaciones de diferentes Países. Cuando se habla de “Vida Internacional”,
se piensa tanto en las relaciones entre diferentes Estados como en las relaciones entre Organizaciones y
Ciudadanos de distintos Países. En la denominación “Derecho Internacional Privado”, la expresión
Internacional tiene otro sentido, que es regular las relaciones que trascienden los límites del sistema jurídico
de un Estado Nacional, en las que los participantes no son los Estados, sino Personas Físicas y Morales
pertenecientes a diferentes Estados. Mientras que en la denominación “Derecho Internacional Público” la
expresión Internacional tiene otro sentido, que es la de regular las relaciones entre Estados, constituye un
sinónimo de “Interestatal”.
El objeto de estudio del Derecho Internacional Privado son: A).- La Nacionalidad; B).- La Condición de
los Extranjeros; C).- Los Conflictos de Leyes; y D).- Los Conflictos de Jurisdicciones.
Antecedentes del Derecho Internacional Privado;edad media;evolución de
la condición delos extranjerosen la Edad Media
En las teocracias de la antigüedad, es decir, en las Sociedades en las que imperaba la idea religiosa, se
puede observar un desprecio hacia los extranjeros. Se establece una profunda desigualdad entre el
autóctono y el extranjero en base al criterio religioso. “La religión domina los ámbitos de la vida Pública y
Privada, dirige la evolución de aquellos pueblos en donde su verdadera cohesión como grupo sociológico se
amalgama mediante reglas religiosas”. La discriminación de los extranjeros en la antigüedad estaba basada
en la idea religiosa en los términos siguientes: “El ciudadano es el hombre que posee la religión de la ciudad
y que honra a sus mismos dioses. El extranjero es el que no tiene acceso al culto, al que los dioses de la
ciudad no protegen. Sin embargo, en la India se establecieron relaciones comerciales con los extranjeros.
“El Comercio estaba sujeto también a una reglamentación que ofrece abundantes pruebas de la admisión
de los extranjeros por los Indús a la economía social y jurídica de su país al igual, que la Civilización
Egipcia. En el mundo Griego es notable la distinción de la condición de los extranjeros que se observa en
Esparta y en Atenas. En la primera se crearon las bases para hacer de la misma una sociedad aislada y
militar. Sus leyes “Imponían infinitas trabas a todo elemento extraño a la Nación.
1.4.1-EDA MEDIA:
En la temprana Edad Media, los diferentes Grupos Sociales y las Tribus establecidas en el suelo Galo
conservaron sus propias Leyes. En ello encontramos la manifestación del Sistema de la Personalidad de la
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Leyes, “Cada uno seguía, en este sistema la ley propia de los de su raza; el Franco la ley Ripuaria o la ley
Sálica; el Burgundo, la ley de los burgundos y el Galo Romano la ley Romana. Los extranjeros sufren
graves limitaciones, no tienen bienes, ni familias, incapaz de casarse con una mujer franca y de tener hijos
legítimos de ella, según la ley de los Francos, no pueden transmitir o recibir una sucesión en el imperio de
los Francos.
1.4.2-EVOLUCIÓN DE LA CONDICIÓN DE LOS EXTRANJEROS EN LA EDAD MEDIA:
El derecho de Albinage y otras limitaciones no pudieron resistir el peso de la Influencia Comercial debido a
razones políticas. Observamos que paulatinamente mediante decisiones unilaterales o convenios las
referidas limitaciones fueron sustituidas o eliminadas, dándoles capacidad plena para transmitir por causas
de muerte, los extranjeros que habían obtenidos carta de ciudadanía fueron librados de la incapacidad, de
transmitir sus bienes. La Revolución de 1789 vino a abolir el derecho de Albinage y el de Detracción,
quedando abolidos para siempre por ser contrario a los Principios de Fraternidad que deben vincular a
todos los hombres, sea cual fuere su País y su Gobierno.
Condición de los extranjerosen las coloniaseuropeas; los conflictosdeleyes
en el períodomedieval;evolución del DerechoInternacional Privadoa partir
del siglo XIX
La Política colonial de España en materia de extranjería difería poco de la de Portugal, Inglaterra, Francia y
Holanda. En el primer período de los descubrimientos estas Naciones implementaron en sus territorios
coloniales una política de extrema hostilidad recíproca. “Aún los Extranjeros llegados a la Isla Española con
permiso del rey tuvieron sus trabas y rara veces quedaron en igualdad de condiciones con los españoles.
Las Colonias Inglesas, cuyos asientos más importantes se hallaban en la América del Norte, seguían el
derecho Inglés. La inmigración y el comercio extranjero estaban restringidos también en la América Inglesa.
Los Tratados de Munster, del 30 de enero de 1684 entre España y los Países Bajos, España e Inglaterra
celebrado entre Don Felipe V de España, y la Princesa Ana de Inglaterra sirven de ejemplos para
evidenciar las modificaciones a las leyes que imponían graves trabas a los extranjeros fruto de la política de
hostilidad recíproca adoptada por las Naciones Europeas.
1.5.1-CONFLICTOS DE LEYES EN EL PERÍODO MEDIVAL:
En Italia, donde predominaba, sobre todo a partir del siglo XIII, una Civilización urbana, algo semejante a lo
acontecido en Holanda a partir del siglo XVII, es decir donde había un gran número de Ciudades
relativamente próximas unas de las otras, se crearon las condiciones para un Intercambio Comercial más
efectivo que allí donde imperaba una economía puramente rural. Cada una de estas Ciudades constituía
unidades independientes gobernadas por sus propias leyes, conocidas bajo el nombre de Estatutos.
Establecieron relaciones frecuentes entre individuos sometidos a leyes-estatutos-diferentes, y cada Ciudad
consideraba sus estatutos como los que mejores se adaptaban a los intereses que regían. Es decir, si un
Ciudadano de Bolonia se trasladaba a Módena para Testar, ¿Conforme a cuáles estatutos tendría que estar
hecho este testamento, a los de Módena o de Bolonia? ¿De acuerdo a cuáles estatutos debía ser juzgado
un Ciudadano cuando era sujeto de un acto jurídico en otra cuidad distinta a la suya? Esto es un Problema
de Conflictos de Leyes.
1.5.2- EVOLUCIÓN HISTÓRICA EN MATERIA DE CONFLICTOS DE LEYES:
Antes de pasar a analizar en su evolución las diversas doctrinas orientadas a resolver los Conflictos de
Leyes, es preciso distinguir entre Territorialidad y Extraterritorialidad de las Leyes, pues estas últimas
son o de un carácter o de otro. La Ley es Territorial cuando la relación jurídica en todos sus aspectos está
sometida al Imperio de la Ley territorial local o Nacional. La Territorialidad de la Ley implica que el Juez no
podría aplicar más que su ley Nacional. Cuando la Ley es Territorial, el Juez no puede nunca aplicar
ninguna otra, dicha ley solo rige todo los hechos realizados en un determinado territorio o que interesan al
mismo. La Ley es Extraterritorial, cuando la validez o la ubicación de la Ley Nacional se extienden a otros
ordenamientos Jurídicos. La Extraterritorialidad de la Ley a su vez implica que el Juez Nacional puede
aplicar la Ley Extranjera, es decir, una ley distinta de la suya a hechos acaecidos en su territorio o que
presentan algún interés para el mismo. Ejemplo: Cuando un extranjero contrae matrimonio en España, las
condiciones de fondo que dan validez a este matrimonio están sometidas a la Ley de dicho extranjero, por el
motivo de aplicarse a hechos a los cuales el Juez aplicaría su propia Ley si ésta fuese territorial.
1.5.3- EVOLUCIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO A PARTIR DEL SIGLO XIX:
Con el crecimiento de las Relaciones Privadas Internacionales se multiplican los problemas que éste
genera, fomentando la necesaria búsqueda de solución a los mismos; mediante disposiciones Nacionales o
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a través de Convenios. A partir del siglo XIX, el Derecho Internacional Privado obtiene un mayor desarrollo
en todos los Países, adquiriendo un carácter particular, la condición jurídica del extranjero experimenta una
significativa mejoría; llegando a Reglamentarse los Derechos que éstos pueden Disfrutar en disposiciones
legislativas, la Nacionalidad y Los Conflictos de Leyes, son también materias objeto de disposiciones cada
vez más amplias y precisas, resultado de los Intercambios Económicos que generan el desarrollo de la
Industria y el Transporte.
Fuentes del Derecho Internacional Privado;clasificación “fuentesnacionales
y fuentes internacionales”
Una de las diferencias marcadas del Derecho Internacional Público con el Derecho Internacional Privado,
consiste en que las Fuentes del Derecho Internacional Público son únicamente Internac ionales:-Los
Tratados y Las Costumbres Internacionales. Mientras que el Derecho Internacional Privado, tiene dos
Clases de Fuentes:
Fuentes Nacionales: son aquellas que se enmarcan en el orden Jurídico de un País determinado.
Y éstas a su vez se dividen en dos; Directas como son: La Ley Escrita: suelen estar dispersa entre
diferentes leyes, códigos y reglamentos; La Jurisprudencia: es la opinión o criterio emitido por los jueces
en sus decisiones sobre una cuestión legal; y La Costumbre: comprende como reglas creadas en la
práctica de una comunidad de modo continuo o reiterado otorgándosele carácter de obligatoriedad y
carácter jurídico; e Indirectas como La Doctrina: son las opiniones en su conjunto de los más calificados
tratadistas en las ciencias del derecho, en este caso en el Derecho Internacional Privado.
Fuentes Internacionales: son aquellas que resultan de la Voluntad de más de un Estado, su alcance
reguladora involucra a dos o varios Estados.
Se dividen como fuentes Directas en de; Carácter Contractual: que son los Tratados Internacionales -
expresados por escrito: es un acuerdo celebrado por escrito entre sujetos de Derecho Internacional regido
por el Derecho Internacional llamado a regular sus relaciones mediante la creación de derechos y deberes
mutuos; y, los de Carácter Consuetudinario: que son la Costumbre Internacional – en forma Tácita: es
una práctica continua y reiterada de los Estados, cuyo determinado tipo de conducta se hace con arreglo a
una norma jurídica, que su observancia, por tanto, es obligatoria.
Conclusión
En el estado actual de la comunidad internacional, no hay una regla única sobre como los tratados han de
celebrarse. Los estados pueden, escoger diversos procedimientos para la elaboración de los mismos. Estos
procedimientos están determinados por la voluntad de los estados, regulados en sus respectivas
constituciones.
La constitución de la república dominicana prevé, en lo concerniente a la celebración de los tratados
internacionales, el denominado procedimiento clásico. Este contempla, entre otras, que todos los convenios
internacionales deban ser sometidos a la aprobación del congreso.
El art. 37, inciso 14, de la constitución dominicana, al restablecer a su vez las atribuciones del congreso
señala la de “aprobar o desaprobar los tratados y convenios internacionales que celebre el poder ejecutivo”.
El art. 55, inciso 6, de la constitución dominicana, al referirse a las facultades del ejecutivo en materia
internacional, incluye la de “dirigir las negociaciones diplomáticas y celebrar tratados con las naciones
extranjeras y organismos internacionales, debiendo someterlas a la aprobación del congreso, sin lo cual no
tendrán validez ni obligarán la república.
La resolución del congreso que aprueba el tratado lo incorpora del congreso que aprueba el tratado lo
incorpora éste último al derecho interno mediante el ejercicio de su competencia legislativa.
Bibliografía
1).- ARIAS NUÑEZ DR. LUIS : MANUAL DE DERECHO.
INTERNACIONAL PRIVADO.
(1998).
2).- ENCARTA. : DERECHO INT. PRIVADO
(2005).
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Autor:
Ing.-Lic. Yunior Andrés Castillo
yuniorandrescastillo.galeon.com
yuniorcastillo@yahoo.com
Santiago de los Caballeros,
República Dominicana
2011.