Compraventa Mercantil
CONCEPTO Es un contrato por le cual una persona, sea o no propietaria o poseedora de la cosa objeto de la convención, se obliga a entregarla o a hacerla adquirir en propiedad a otra persona, que se obliga por su parte a pagar un precio convenido, y la compra para revenderla o alquiler de su uso.
Propietaria o poseedora Propietaria o Poseedora Revender Precio Adquiriente Alquilar Cosa
Elementos que intervienen en la compraventa  mercantil Una parte vendedora, propietaria o poseedora de la cosa objeto de la convención. Una parte compradora, que se obliga a pagar un precio convenido y compra la cosa para revenderla o alquilar su uso. Una cosa objeto de la convención que debe tratarse de una cosa mueble. Un precio convenido que debe ser cierto en dinero.
Obligaciones del Vendedor Disponibilidad de la cosa. Conservación de la cosa. Entrega de la cosa.
Venta de Cosas Ajenas Son consideradas validas siempre que el comprador ignorase que la cosa es ajena; por tanto el vendedor esta obligado a su entrega, o a su defecto, a abonar daños y perjuicios. La promesa de venta de cosa ajena que en todos los casos sera valida quedando el vendedor obligado a adquirirla y entregarla al comprador so pena de responder por los daños y perjuicios que causare.
Vendedor Comprador Vendedor Valido Si sabe que la cosa es ajena Si ignora que la cosa es ajena Comprador Promesa de Venta Compra-Venta Nulo Valido Nulo COSAS AJENAS
Esta obligación del vendedor de conservar y mantener la cosa vendida le otorga correlativamente un privilegio especial por el importe del precio e intereses de la demora en el pago del mismo reconocido por la Ley de Concursos.
La entrega de la cosa Vendida Puede ser de la siguiente manera: Material , que es la entrega física de la cosa misma. Simbólica , que salvo que se pruebe error, dolo o fraude.
El código de comercio La entrega de las llaves del almacén, tienda o caja en que se hallare la mercancía u objeto vendido. 2.  El hecho de poner el comprador su marca en los efectos comprados en presencia del vendedor o con su consentimiento.
3.  La entrega o recibo de la factura sin oposición inmediata del comprador. 4. La cláusula por cuenta, puesta en el conocimiento o carta de porte, no sendo reclamada por el comprador dentro de 24 hs, o por el segundo correo.
5.  La declaración o asiento en el libro o despacho de las oficinas públicas a favor del comprador, de acuerdo de ambas partes.
Cosa objeto de la convención: Artículo 451 .- Sólo se considera mercantil la compra-venta de cosas muebles, para revenderlas por mayor o menor, bien sea en la misma forma que se compraron o en otra diferente, o para alquilar su uso, comprendiéndose la moneda metálica, títulos de fondos públicos, acciones de compañías y papeles de crédito comerciales.
Mayor Menor Cosa Mueble Alquiler Reventa
Compra-Venta Mercantil Bienes Inmuebles Objetos destinados  al consumo personal Ventas de cosecha y Ganado Efectos percibidos por renta  O trabajo realizado No se considera Compra  Venta Mercantil
PRECIO Llámase precio al valor de una cosa expresada en dinero.
Distintas formas de pagar Precio Compraventa al contado Compraventa a Plazo
Compraventa al contado El pago se realiza en forma Inmediata y puede  Ser: Al contado Inmediato : el pago de la cosa se realiza contra entrega de la misma;  Al contado de plaza : es cuando el pago se realiza después de la entrega de la cosa; dentro de pocos días producida.
Compraventa a Plazo Es aquella en la cual el pago de la cosa adquirida se realiza en una forma posterior a la compra y que se conviene en el momento. En cuenta corriente : Se fija una fecha aproximada para el pago que puede ser a su vez: A tanto días de la fecha de la factura (30 días, 60 días, etc.) A tantos días del mes de factura o de compra ( los plazos se cuentan a partir del primer día del mes siguiente al cual ha sido facturado o comprado) b)  Con documentos : cuando el comprador entrega al vendedor en pago de lo adquirido, documentos por los cuales se compromete a pagarle el precio convenido en una fecha cierta y determinada.
Determinación del Precio en el Comercio Internacional La determinación de los respectivos precios, sea el de costo para el comprador como el de venta  para el vendedor, esta supeditado a la consideración de una serie de gastos inherentes a este tipo de operación. Tales gastos incrementan el costo de adquisición para el comprador y, por su parte, deben ser tenido en cuenta por el vendedor para la determinación de su precio de venta.
Orden de Gastos Gastos de traslado de la mercadería al puerto de embarque. Derecho portuarios y de almacenaje en el puerto de embarque Gasto de carga y acondicionamiento en bodega del vapor en el puerto de embarque. Fletes y seguros marítimo hasta el puerto de destino Gastos de descarga en el puerto de destino Derechos portuarios, y almacenaje en el puerto de destino. Gastos de traslado de la mercadería al domicilio del comprador.
Cláusulas Cláusula F.A.S Free Alongside ship, libre al costado del buque. Es decir que en todo precio estipulado se encuentran incluidos todos los gastos necesarios para colocar la mercadería al costado del buque, los cuales serán exclusivo pago del vendedor. Correrán entonces todos los gastos necesarios llegar a sus manos las mercaderías adquiridas a partir de los correspondientes a su carga.
Cláusula F.O.B Free on Bord, libre a bordo o libre sobre Bordo. El gasto de carga y acondicionamiento de la mercadería  se encuentran incluidos en el precio pactado, siendo los mismos al cargo del vendedor. Los restantes gastos de flete, seguro, etc., hasta el puerto de destino y los que se originen en dicho puerto hasta el domicilio del comprador, serán a cargo de este ultimo.
Cláusula C.I.F Cost, Insurance, Freight, ( Costo, Seguro y Flete) Indican que en el precio convenido se incluyen todos los gastos necesarios hasta poner la mercaderías en el puerto de destino. Serán también a cargo del vendedor los gastos incluidos en las dos cláusulas anteriores, mas los que corresponden al flete y seguro marítimo. El comprador correrá con los gastos que demande la descarga de la mercadería en el puerto de destino y con los demás necesarios para colocarlos en su domicilio.
Cláusula C.&.F Es una variante de la anterior. Incluye los gastos a cargo del vendedor los correspondientes a segurar la mercadería objeto de la negociación. Una disposición Argentina que obliga a cubrir con seguros contratados en compañías Argentinas los Seguros de todas clases de bienes que entran en el país, cualquiera que sea la forma, cuyo riesgo de transporte sea por Cuenta de quien lo reciba, así como los bienes que  entran en el país, cualquiera que sea la forma, cuyo riesgo de transporte sea por cuenta de quien lo reciba, así como los bienes que salgan del país , cualquiera que sea la forma, cuyo riesgo de transporte al extranjero sea por cuenta de quien lo remita.
Grafico de las cláusulas
Transmisión de establecimientos comerciales e industriales Nos dice la  Ley 11.867 TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO   ARTICULO 1. - Declárase elementos constitutivos de un establecimiento comercial o fondo de comercio, a los efectos de su transmisión por cualquier título: las instalaciones, existencias en mercaderías, nombre y enseña comercial, la clientela, el derecho al local, las patentes de invención, las marcas de fábrica, los dibujos y modelos industriales, las distinciones honoríficas y todos los demás derechos derivados de la propiedad comercial e industrial o artística.     
La transmisión  puede ser: Por venta. Por cualquier título oneroso o gratuito. Por enajenación directa o privada. Por remate Público.
Transmisión respecto a terceros Clase y ubicación del negocio que se transmite. Nombre y domicilio del vendedor y del comprador Nombre y domicilio del rematador y el del escribano que hubiese intervenido en la realización del acto.

Compraventa mercantil

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    CONCEPTO Es uncontrato por le cual una persona, sea o no propietaria o poseedora de la cosa objeto de la convención, se obliga a entregarla o a hacerla adquirir en propiedad a otra persona, que se obliga por su parte a pagar un precio convenido, y la compra para revenderla o alquiler de su uso.
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    Propietaria o poseedoraPropietaria o Poseedora Revender Precio Adquiriente Alquilar Cosa
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    Elementos que intervienenen la compraventa mercantil Una parte vendedora, propietaria o poseedora de la cosa objeto de la convención. Una parte compradora, que se obliga a pagar un precio convenido y compra la cosa para revenderla o alquilar su uso. Una cosa objeto de la convención que debe tratarse de una cosa mueble. Un precio convenido que debe ser cierto en dinero.
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    Obligaciones del VendedorDisponibilidad de la cosa. Conservación de la cosa. Entrega de la cosa.
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    Venta de CosasAjenas Son consideradas validas siempre que el comprador ignorase que la cosa es ajena; por tanto el vendedor esta obligado a su entrega, o a su defecto, a abonar daños y perjuicios. La promesa de venta de cosa ajena que en todos los casos sera valida quedando el vendedor obligado a adquirirla y entregarla al comprador so pena de responder por los daños y perjuicios que causare.
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    Vendedor Comprador VendedorValido Si sabe que la cosa es ajena Si ignora que la cosa es ajena Comprador Promesa de Venta Compra-Venta Nulo Valido Nulo COSAS AJENAS
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    Esta obligación delvendedor de conservar y mantener la cosa vendida le otorga correlativamente un privilegio especial por el importe del precio e intereses de la demora en el pago del mismo reconocido por la Ley de Concursos.
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    La entrega dela cosa Vendida Puede ser de la siguiente manera: Material , que es la entrega física de la cosa misma. Simbólica , que salvo que se pruebe error, dolo o fraude.
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    El código decomercio La entrega de las llaves del almacén, tienda o caja en que se hallare la mercancía u objeto vendido. 2. El hecho de poner el comprador su marca en los efectos comprados en presencia del vendedor o con su consentimiento.
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    3. Laentrega o recibo de la factura sin oposición inmediata del comprador. 4. La cláusula por cuenta, puesta en el conocimiento o carta de porte, no sendo reclamada por el comprador dentro de 24 hs, o por el segundo correo.
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    5. Ladeclaración o asiento en el libro o despacho de las oficinas públicas a favor del comprador, de acuerdo de ambas partes.
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    Cosa objeto dela convención: Artículo 451 .- Sólo se considera mercantil la compra-venta de cosas muebles, para revenderlas por mayor o menor, bien sea en la misma forma que se compraron o en otra diferente, o para alquilar su uso, comprendiéndose la moneda metálica, títulos de fondos públicos, acciones de compañías y papeles de crédito comerciales.
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    Mayor Menor CosaMueble Alquiler Reventa
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    Compra-Venta Mercantil BienesInmuebles Objetos destinados al consumo personal Ventas de cosecha y Ganado Efectos percibidos por renta O trabajo realizado No se considera Compra Venta Mercantil
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    PRECIO Llámase precioal valor de una cosa expresada en dinero.
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    Distintas formas depagar Precio Compraventa al contado Compraventa a Plazo
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    Compraventa al contadoEl pago se realiza en forma Inmediata y puede Ser: Al contado Inmediato : el pago de la cosa se realiza contra entrega de la misma; Al contado de plaza : es cuando el pago se realiza después de la entrega de la cosa; dentro de pocos días producida.
  • 19.
    Compraventa a PlazoEs aquella en la cual el pago de la cosa adquirida se realiza en una forma posterior a la compra y que se conviene en el momento. En cuenta corriente : Se fija una fecha aproximada para el pago que puede ser a su vez: A tanto días de la fecha de la factura (30 días, 60 días, etc.) A tantos días del mes de factura o de compra ( los plazos se cuentan a partir del primer día del mes siguiente al cual ha sido facturado o comprado) b) Con documentos : cuando el comprador entrega al vendedor en pago de lo adquirido, documentos por los cuales se compromete a pagarle el precio convenido en una fecha cierta y determinada.
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    Determinación del Precioen el Comercio Internacional La determinación de los respectivos precios, sea el de costo para el comprador como el de venta para el vendedor, esta supeditado a la consideración de una serie de gastos inherentes a este tipo de operación. Tales gastos incrementan el costo de adquisición para el comprador y, por su parte, deben ser tenido en cuenta por el vendedor para la determinación de su precio de venta.
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    Orden de GastosGastos de traslado de la mercadería al puerto de embarque. Derecho portuarios y de almacenaje en el puerto de embarque Gasto de carga y acondicionamiento en bodega del vapor en el puerto de embarque. Fletes y seguros marítimo hasta el puerto de destino Gastos de descarga en el puerto de destino Derechos portuarios, y almacenaje en el puerto de destino. Gastos de traslado de la mercadería al domicilio del comprador.
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    Cláusulas Cláusula F.A.SFree Alongside ship, libre al costado del buque. Es decir que en todo precio estipulado se encuentran incluidos todos los gastos necesarios para colocar la mercadería al costado del buque, los cuales serán exclusivo pago del vendedor. Correrán entonces todos los gastos necesarios llegar a sus manos las mercaderías adquiridas a partir de los correspondientes a su carga.
  • 23.
    Cláusula F.O.B Freeon Bord, libre a bordo o libre sobre Bordo. El gasto de carga y acondicionamiento de la mercadería se encuentran incluidos en el precio pactado, siendo los mismos al cargo del vendedor. Los restantes gastos de flete, seguro, etc., hasta el puerto de destino y los que se originen en dicho puerto hasta el domicilio del comprador, serán a cargo de este ultimo.
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    Cláusula C.I.F Cost,Insurance, Freight, ( Costo, Seguro y Flete) Indican que en el precio convenido se incluyen todos los gastos necesarios hasta poner la mercaderías en el puerto de destino. Serán también a cargo del vendedor los gastos incluidos en las dos cláusulas anteriores, mas los que corresponden al flete y seguro marítimo. El comprador correrá con los gastos que demande la descarga de la mercadería en el puerto de destino y con los demás necesarios para colocarlos en su domicilio.
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    Cláusula C.&.F Esuna variante de la anterior. Incluye los gastos a cargo del vendedor los correspondientes a segurar la mercadería objeto de la negociación. Una disposición Argentina que obliga a cubrir con seguros contratados en compañías Argentinas los Seguros de todas clases de bienes que entran en el país, cualquiera que sea la forma, cuyo riesgo de transporte sea por Cuenta de quien lo reciba, así como los bienes que entran en el país, cualquiera que sea la forma, cuyo riesgo de transporte sea por cuenta de quien lo reciba, así como los bienes que salgan del país , cualquiera que sea la forma, cuyo riesgo de transporte al extranjero sea por cuenta de quien lo remita.
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    Grafico de lascláusulas
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    Transmisión de establecimientoscomerciales e industriales Nos dice la Ley 11.867 TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO   ARTICULO 1. - Declárase elementos constitutivos de un establecimiento comercial o fondo de comercio, a los efectos de su transmisión por cualquier título: las instalaciones, existencias en mercaderías, nombre y enseña comercial, la clientela, el derecho al local, las patentes de invención, las marcas de fábrica, los dibujos y modelos industriales, las distinciones honoríficas y todos los demás derechos derivados de la propiedad comercial e industrial o artística.   
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    La transmisión puede ser: Por venta. Por cualquier título oneroso o gratuito. Por enajenación directa o privada. Por remate Público.
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    Transmisión respecto aterceros Clase y ubicación del negocio que se transmite. Nombre y domicilio del vendedor y del comprador Nombre y domicilio del rematador y el del escribano que hubiese intervenido en la realización del acto.

Notas del editor