Proceso constitucional es la expresión usada, en la doctrina constitucional, para referirse al proceso instituido por la misma constitución de un Estado, cuya finalidad es defender la efectiva vigencia de los derechos fundamentales o garantías constitucionales que este texto reconoce o protege, haciendo efectiva la estructura jerárquica normativa establecida.
1. Caso 1:
SOLUCION:
Según el contexto social, remontándonos al año 90, Mario Vargas Llosa llegó a la
elección con un gran favoritismo junto al ingeniero Alberto Fujimori. En la segunda
vuelta Fujimori supero a Vargas Llosa, no obstante, al atribuirse la derrota del
FREDEMO (frente democrático), al sinceramiento de parte de Vargas Llosa al
anunciar la aplicación de un shock económico para estabilizar la economía, algo
que fue hábilmente explotado por los apristas, que difundieron un spot televisivo
que mostraba el supuesto efecto devastador de tal medida, lo que espantó sin
duda a muchos electores. Luego de las elecciones, Vargas Llosa se fue
a Europa y el FREDEMO se disolvió.
En esta situación el presidente electo aprovecha la salida de Mario Vargas Llosa
para poder quitarle la nacionalidad, en base a ello Mario Vargas Llosa tiene el
derecho para solicitar la demanda del habeas corpus.
Para fundamentar nuestra demanda nos basamos en la ley 28237 del Código
Procesal Constitucional, título II, capítulo I, articulo 25 e inciso 3, donde nos indica:
“ El derecho a no ser exiliado o desterrado o confinado sino por sentencia firme”.
Vargas Llosa agradece a España por acogerlo cuando Fujimori quiso quitarle nacionalidad
"Si no fuera por España, yo hubiera sido un paria. España se ha vuelto un país que yo quiero
mucho".
El ganador del Premio Nobel de Literatura 2010, Mario Vargas Llosa, expresó su gran emoción por
recibir éste reconocimiento y agradeció a Perú, su tierra natal, por ser el país que le dio la
oportunidad de ser un escritor, porque de ahí pudo recoger las experiencias fundamentales de su
infancia y juventud.
"Puedo agradecer a mi país lo que soy como escritor; Perú me ha dado la experiencias de lo que
escribo", subrayó Vargas Llosa en conferencia de prensa transmitida en directo desde Nueva York y
recogida por agencia Andina.
"Yo soy el Perú", dijo visiblemente emocionado y aseveró que todo lo que escribe en sus novelas
expresa al país que lo vio nacer.
También manifestó su agradecimiento a España, por ser el país que le ofreció la nacionalidad en
momentos en que: "El dictador Alberto Fujimori me quería quitar mi nacionalidad peruana".
"Si no fuerapor España,yo hubierasidounparia.España se ha vueltounpaís que yo quieromucho".
"Si no fuerapor España,yo hubierasidounparia.España se ha vueltounpaís que yo quieromucho".
Tomadode: http://www.diarioelsur.cl/base_elsur/site/artic/20101007/pags/20101007150338.html
del jueves7de octubre de 2010
viernes25 deagostode 2014.
2. Puente Piedra: Unos 50 niños acaban en posta médica por gases tóxicos
Un nuevocaso de intoxicaciónde escolares desató la alarma en Puente Piedra. Unos 50 niños de dos
colegiosdel distritodebieronseratendidosporpresentar síntomas de náuseas y vómitos tras inhalar
aparentemente gases tóxicos.
El comandante Mario Casaretto, asesor del Cuerpo General de los Bomberos, precisó que los
menores, que estudian en los colegio César Vallejo y Kumamoto, fueron atendidos en una posta
médica que se ubica en el kilómetro 24 de la Panamericana Norte.
En entrevista que ofreció a RPP Noticias, dijo que en estos momentos los escolares han sido
evacuados al Hospital de Puente Piedra.
Casarettoagregóque hasta el momentonose ha logradoidentificarendónde se originólaemisiónde
la sustanciaque provocólaintoxicaciónde losescolares.
Tomadode: http://www.rpp.com.pe/2014-04-25viernes25 de agosto de 2014. 5:28:00 pm
Caso 2:
SOLUCION:
En el Perú, se estaba dando casos de intoxicación con mayor frecuencia según las
últimas estadísticas. Es por ello que en agosto del 2014, se presentó un nuevo
caso de 50 niños intoxicados por gases tóxicos de presencia desconocida.
Para este acontecimiento, los afectados están en su derecho de solicitar el
proceso de amparo, fundamentándose en la constitución política del Perú del año
1993, Capítulo V, Art. 200, inciso 2, donde nos detalla lo siguiente:
“que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad,
funcionario o persona, que vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos
por la constitución”
Por otro lado, para fundamentar esta demanda nos basamos en la ley 28237 del
Código Procesal Constitucional, título III, capítulo I, articulo 37 e inciso 23 y 24,
donde nos indica: “ El derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al
desarrollo de la vida y el derecho a la salud”
3. Abogado de IDL denuncia detención arbitraria
El abogadodel Institutode DefensaLegal (IDL),CarlosRivera,denunció que fue víctima de una
detención arbitraria en el aeropuerto internacional Jorge Chávez, contó Rivera a
elcomercio.com.pe. Rivera, quien se hizo conocido por ser abogado de la parte civil del
megajuicioseguido al ex presidente Alberto Fujimori por los casos La Cantuta y Barrios Altos,
afirmó que nunca fue notificado por la justicia del proceso que se le seguía por el presunto
delitode falsificaciónde documentos.“Me dijeronque eraporun agraviocontra la ONPE, pero
no sé más”, señaló Rivera desde la División de Requisitorias. “Es un hecho a todas luces
irregularporque nohaymandato de detenciónporfalsificaciónynuncafui notificado”,agregó.
La orden de arresto, según se conoció, fue activada el pasado 20 de mayo por el 40 Juzgado
Penal de Lima,a cargo del juezJulio César Díaz, por el delito contra la fe pública. El caso viene
del 2008. “Me extrañaque nome hayannotificado,siendo alguien conocido y de quien saben
dónde trabajo”, aseveró.
Recuperado de: http://elcomercio.pe/politica/gobierno/abogado-idl-denuncia-detencion-
arbitraria-noticia-300506
Caso 3:
SOLUCION:
Según el proceso establecido, para poder efectuar una detención, se requiere
notificar al acusado, sin embargo este proceso no se cumplió según las pautas y
/o criterios establecidos para el Sr. Rivera
Es por ello que el Abogado Rivera está en su derecho de presentar un Habeas
Corpus, fundamentándose en la ley 28237 del Código Procesal Constitucional,
título II, capítulo I, articulo 25 e inciso 7, donde nos indica
“ El derecho a no ser detenido sino por mandato escrito y motivado del Juez, o por
las autoridades policiales en caso de flagrante delito; o si ha sido detenido, a ser
puesto dentro de las 24 horas o en el término de la distancia, a disposición del
juzgado que corresponda, de acuerdo con el acápite “f” del inciso 24) del artículo 2
de la Constitución sin perjuicio de las excepciones que en él se consignan.
4. Habeas Data contra el ministro Merino por esconder informe contra Trafigura (Cormin).
El ministrode Energía y Minas, Jorge Merino, sigue empecinado en no revelar los resultados
del “Estudio de determinación de Responsabilidades y Remediación en los depósitos de
concentrados de minerales en el Callao” elaborado por la prestigiosa consultora Ground
Water Internacional (GWI) sobre lacontaminación con plomo que habían sufrido 300 vecinos
de PuertoNuevoCallaoafectadosporlasoperacionesde losdepósitosde concentradosen en
el puertochalaco,principalmente el almacénde 76 mil metros cuadrados que está a cargo de
Trafigura (Cormin).
En el Ministerio de Energía y Minas (MEM) por indicación de Merino han establecido que el
documentoesconfidencial porque formaparte de ladefensadel estado peruano que ha sido
sentadoenel banquillode losacusadosde laComisiónInteramericanade Derechos Humanos
(CIDH) por este envenenamiento en la sangre de los vecinos del Callao (Expediente MC-199-
09).
afectados por contaminación por Pero, el ministro Merino ha sido requerido por un
procedimiento de “habeas data” por la defensa de los 300 pobladores de Puerto Nuevo,
Callao,a cargo de la doctora SandraBarrós, que defiende a los plomo por las operaciones de
los almacenes de Trafigura (Cormin) en el puerto chalaco.
Según datos filtrados a la prensa, el resultado del Estudio concluiría que el estado es
responsable del16%del dañoambiental porplomoen el Callao y el resto responsabilidad de
las otras empresas mineras propietarias de depósitos, principalmente Trafigura-Cormin,
propietaria del gigantesco almacén de minerales que opera en la zona de Puerto Nuevo
(Alertaplomo.org).
Recuperado de: http://www.gatoencerrado.net/store/noticias/67/67539/detalle.htm.
Caso 4:
El ministro de Energía y Minas, Jorge Merino, sigue empecinado en no revelar los
resultados del “Estudio de determinación de Responsabilidades y Remediación en
los depósitos de concentrados de minerales en el Callao” elaborado por la
prestigiosa consultora Ground Wáter Internacional (GWI) sobre la contaminación
con plomo que habían sufrido 300 vecinos de Puerto Nuevo Callao afectados por
las operaciones de los depósitos de concentrados en el puerto chalaco,
principalmente el almacén de 76 mil metros cuadrados que está a cargo de
Trafigura (Cormin). Por ello la abogada Sandra Barros encargada de llevar el caso
de los 300 pobladores afectados por la contaminación de plomo se ha acogido a la
garantía constitucional Habeas Data fundamentándose en la Ley 28237 del
Código Procesal Constitucional, Capitulo IV, artículo 61 inciso 1 donde indica
Acceder a información que obre en poder de cualquier entidad pública, ya se trate
de la que generen, produzcan, procesen o posean, incluida la que obra en
expedientes
terminados o en trámite, estudios, dictámenes, opiniones, datos estadísticos,
informes