1) El documento presenta la defensa de varios ciudadanos demandados por la nulidad de un contrato de venta con reserva de dominio. 2) Los abogados defensores niegan las acusaciones de colusión y argumentan que los demandados solo compraron bienes muebles de la panificadora y no su fondo de comercio. 3) Solicitan que no se declare la nulidad del contrato alegando que fue legalmente autenticado y luego liberado cuando se canceló la deuda.
La obra contiene casos prácticos y de gran utilidad para el abogado y estudiantes y docentes pero lo mas relevante es de que en ella se cuestiona la validez del Código de comercio de 1889, cuestionamiento de orden Constitucional ya que estaríamos antes un Código sin sustento constitucional y por lo tanto su inaplicabilidad en el procedimiento Mercantil a nivel nacional. El libro contiene desde el escrito inicial de demanda hasta el Juicio de Amparo como un estudio integral de la materia mercantil.
MODELO SOLICITUD LITIS SOBRE TERRENOS REGISTRADOS DEMANDA EN POSESIÓN Y DESAL...Lourdes Gómez
Este documento presenta una demanda de litis sobre terrenos registrados, demanda en posesión y desalojo, daños y perjuicios contra la Compañía de Negocios Campestres (CNC) S.A. y otros. Los demandantes afirman ser los legítimos propietarios de ciertas parcelas de tierra que fueron adquiridas o heredadas, pero que ahora están siendo ocupadas ilegalmente por la CNC y otros intrusos. Los demandantes solicitan que se ordene al Abogado del Estado brindar la fuerza pública para desalojar a
Terceria de posesion_y_dominio_embargo_de_bienes_de_la_sociedad_conyugal(22_1...Mari QZ
1) La Corte de Apelaciones confirma resoluciones previas que desestimaron tercerías de posesión y dominio, así como excepciones a la ejecución, relacionadas con bienes raíces embargados en el proceso.
2) Se establece que los embargos, realizados antes de la liquidación de la sociedad conyugal, afectan a la cónyuge adjudicataria de los bienes luego de dicha liquidación, dado que el efecto declarativo de la partición solo puede retrotraerse al momento de disolverse la sociedad y no a
Demanda por nulidad de escritura publicaRamon70836
El documento presenta una demanda por nulidad de una escritura pública debido a falsedades ideológicas. Se solicita una medida cautelar de no innovar para evitar el desalojo de la estación de servicio que opera el demandante en el inmueble en cuestión y el cese del suministro de combustible. El demandante alega que la escritura contiene declaraciones falsas sobre la situación del inmueble y solicita que se declare la falsedad y nulidad de la escritura.
Este documento presenta varios casos prácticos de los diferentes tipos de contratos que existían en el Derecho Romano, incluyendo contratos verbales, escritos, reales y consensuales. Se describe cada tipo de contrato y se provee un ejemplo detallado de cada uno, como un acuerdo médico verbal, un trueque agrícola escrito, un contrato de comodato sobre un galpón y un contrato de arrendamiento comercial.
La demanda busca declarar la prescripción positiva a favor de Verónica Vega Velázquez sobre una fracción de un predio ubicado en Tlaxcoapan, Hidalgo. Se alega que la demandante tomó posesión de la fracción en 1996 a través de Ernesto Charvel Tobias, representante legal de Proyección Panorama, S.A., y que ha poseído la tierra de manera continua durante 14 años. La demanda solicita que se declare a Vega Velázquez propietaria de la fracción y se cancele la inscripción registral
El documento presenta una demanda de tercería excluyente de dominio interpuesta por Angel Alfonso Meléndez Hurtado contra Hurtado Valverde Viuda de Meléndez Emma y Ruiz Ramos Luis Almicar. Se solicita la cancelación del embargo ordenado sobre un inmueble adquirido por el demandante, alegando tener un derecho real sobre el bien. Se adjuntan como pruebas el testimonio notarial de compraventa del inmueble, la partida registral y la casación que establece la prevalencia del derecho real.
Este documento describe un contrato de compraventa de un inmueble entre dos partes. El vendedor vende al comprador una finca registrada por un precio de Q7,000. El vendedor declara que la finca no tiene gravámenes u otras limitaciones que afecten los derechos del comprador. El comprador acepta la compra y tomará posesión del inmueble. Ambas partes solicitan la inscripción del contrato en el Registro de la Propiedad.
La obra contiene casos prácticos y de gran utilidad para el abogado y estudiantes y docentes pero lo mas relevante es de que en ella se cuestiona la validez del Código de comercio de 1889, cuestionamiento de orden Constitucional ya que estaríamos antes un Código sin sustento constitucional y por lo tanto su inaplicabilidad en el procedimiento Mercantil a nivel nacional. El libro contiene desde el escrito inicial de demanda hasta el Juicio de Amparo como un estudio integral de la materia mercantil.
MODELO SOLICITUD LITIS SOBRE TERRENOS REGISTRADOS DEMANDA EN POSESIÓN Y DESAL...Lourdes Gómez
Este documento presenta una demanda de litis sobre terrenos registrados, demanda en posesión y desalojo, daños y perjuicios contra la Compañía de Negocios Campestres (CNC) S.A. y otros. Los demandantes afirman ser los legítimos propietarios de ciertas parcelas de tierra que fueron adquiridas o heredadas, pero que ahora están siendo ocupadas ilegalmente por la CNC y otros intrusos. Los demandantes solicitan que se ordene al Abogado del Estado brindar la fuerza pública para desalojar a
Terceria de posesion_y_dominio_embargo_de_bienes_de_la_sociedad_conyugal(22_1...Mari QZ
1) La Corte de Apelaciones confirma resoluciones previas que desestimaron tercerías de posesión y dominio, así como excepciones a la ejecución, relacionadas con bienes raíces embargados en el proceso.
2) Se establece que los embargos, realizados antes de la liquidación de la sociedad conyugal, afectan a la cónyuge adjudicataria de los bienes luego de dicha liquidación, dado que el efecto declarativo de la partición solo puede retrotraerse al momento de disolverse la sociedad y no a
Demanda por nulidad de escritura publicaRamon70836
El documento presenta una demanda por nulidad de una escritura pública debido a falsedades ideológicas. Se solicita una medida cautelar de no innovar para evitar el desalojo de la estación de servicio que opera el demandante en el inmueble en cuestión y el cese del suministro de combustible. El demandante alega que la escritura contiene declaraciones falsas sobre la situación del inmueble y solicita que se declare la falsedad y nulidad de la escritura.
Este documento presenta varios casos prácticos de los diferentes tipos de contratos que existían en el Derecho Romano, incluyendo contratos verbales, escritos, reales y consensuales. Se describe cada tipo de contrato y se provee un ejemplo detallado de cada uno, como un acuerdo médico verbal, un trueque agrícola escrito, un contrato de comodato sobre un galpón y un contrato de arrendamiento comercial.
La demanda busca declarar la prescripción positiva a favor de Verónica Vega Velázquez sobre una fracción de un predio ubicado en Tlaxcoapan, Hidalgo. Se alega que la demandante tomó posesión de la fracción en 1996 a través de Ernesto Charvel Tobias, representante legal de Proyección Panorama, S.A., y que ha poseído la tierra de manera continua durante 14 años. La demanda solicita que se declare a Vega Velázquez propietaria de la fracción y se cancele la inscripción registral
El documento presenta una demanda de tercería excluyente de dominio interpuesta por Angel Alfonso Meléndez Hurtado contra Hurtado Valverde Viuda de Meléndez Emma y Ruiz Ramos Luis Almicar. Se solicita la cancelación del embargo ordenado sobre un inmueble adquirido por el demandante, alegando tener un derecho real sobre el bien. Se adjuntan como pruebas el testimonio notarial de compraventa del inmueble, la partida registral y la casación que establece la prevalencia del derecho real.
Este documento describe un contrato de compraventa de un inmueble entre dos partes. El vendedor vende al comprador una finca registrada por un precio de Q7,000. El vendedor declara que la finca no tiene gravámenes u otras limitaciones que afecten los derechos del comprador. El comprador acepta la compra y tomará posesión del inmueble. Ambas partes solicitan la inscripción del contrato en el Registro de la Propiedad.
Las demandantes interponen una demanda de retracto contra Bertha Salazar Alva y Victoria Flores Salazar. Las demandantes alegan que son copropietarias de un bien inmueble ubicado en Av. Izaguirre N° 1070 en Los Olivos, Lima. Bertha Salazar Alva vendió su parte del bien a Victoria Flores Salazar sin comunicar a las demandantes, quienes tienen derecho preferente como copropietarias. Las demandantes solicitan subrogarse en la posición de Victoria Flores Salazar en el contrato de compraventa ejerciendo su derecho de
La demandante se opone a la petición de intervención litisconsorcial presentada por Reynaldo Lázaro Pereyra Peralta y Wavel Francisco Pinedo Palomino en el proceso sobre otorgamiento de escritura pública contra los herederos legales de Hugo Pereyra Romani. La demandante argumenta que la petición carece de fundamento legal y sólo busca retrasar el proceso. Además, los solicitantes no están relacionados con el acto jurídico en disputa ni son los herederos legales de Hugo Pereyra Romani, por
Demanda ordinaria de nulidad de una escritura publica de compra y venta y su ...Dennis Zelaya
La demanda busca declarar la nulidad de una escritura pública de compraventa de dos lotes de terreno y su inscripción en el Instituto de la Propiedad. El demandante alega que el demandado vendió los lotes sin la autorización de la sociedad que era la propietaria original de acuerdo a un contrato previo. Se solicita que se declare la nulidad, se condene al pago de daños y perjuicios y se apliquen medidas cautelares contra el demandado.
Este contrato establece los términos de un acuerdo de compra y venta de productos agrícolas entre una compañía y un agricultor. La compañía proveerá asistencia técnica y financiamiento para el cultivo, y comprará toda la producción del agricultor que cumpla con los estándares de calidad. A cambio, el agricultor cultivará exclusivamente para la compañía y le entregará toda la producción elegible. El contrato detalla los precios de compra, plazos de pago y responsabilidades de ambas part
Este documento es un contrato de compraventa de una escopeta entre Rosalina Adelina Iriarte Sánchez de Chancafe como vendedora y Julio Francisco Chancafe Cerna como comprador. La escopeta marca Stevens calibre 16 con serie 100126 se vende por un precio de 500 nuevos soles que el comprador pagará al contado. Ambas partes firman el contrato en la ciudad de Mocupe el 18 de noviembre de 2014.
Este documento contiene 6 actas notariales diferentes: 1) Aceptación de donación, 2) Protocolización de documento privado, 3) Protocolización de documento proveniente del extranjero, 4) Protocolización de documento extranjero cartulado, 5) Protocolización de acta de matrimonio, y 6) Acta de matrimonio. Cada acta describe el propósito notarial correspondiente como aceptaciones, protocolizaciones o el acta de matrimonio.
Modelo de toma de razon de legalización de firmaZulema Casasola
El documento presenta dos modelos relacionados con la legalización de firmas ante un notario. El primer modelo es una toma de razón de legalización de firma, en la que un notario certifica la autenticidad de la firma de Pedro Pablo Gómez Carrillo en un formulario de solicitud. El segundo modelo es un testimonio especial de la toma de razón, que el notario extiende en dos hojas para remitirlo al Archivo General de Protocolos.
El documento presenta una solicitud de litis sobre terrenos registrados, demanda en posesión y desalojo, daños y perjuicios presentada por el abogado Manuel Reyes en representación de Bienvenido Espinosa. Bienvenido Espinosa heredó dos parcelas de tierra pero fueron ocupadas ilegalmente por la Compañía del Caribe y Carlos Mercedes sin su consentimiento. La Compañía Pitágoras también vendió parte de la tierra de Espinosa sin su permiso. Espinosa pide que se ordene el desalojo de los intrusos y se res
14.celebran contrato de compraventa de derechos de copropiedadVico Cupido
Este documento es un contrato de compraventa de derechos de copropiedad de una finca ubicada en Guatemala. La señora vende su 50% de derechos de copropiedad sobre la finca al señor por un precio de Q________. La finca cuenta con servicios de agua, luz y teléfono. La vendedora declara no tener gravámenes sobre su derecho de copropiedad. El comprador manifiesta que adquiere la propiedad para vivienda familiar.
Este documento presenta una querella ante el Juzgado Central de Instrucción por presuntos delitos cometidos por los consejeros de BANKIA y BFA relacionados con la salida a bolsa de BANKIA. Se acusa a los consejeros de estafa, apropiación indebida, falsificación de cuentas anuales y administración desleal. Se detallan los nombres y cargos de los consejeros querellados de ambas entidades. Finalmente, se relacionan brevemente los hechos históricos sobre el origen y evolución
La obra contiene casos prácticos y de gran utilidad para el abogado y estudiantes y docentes pero lo mas relevante es de que en ella se cuestiona la validez del Código de comercio de 1889, cuestionamiento de orden Constitucional ya que estaríamos antes un Código sin sustento constitucional y por lo tanto su inaplicabilidad en el procedimiento Mercantil a nivel nacional. El libro contiene desde el escrito inicial de demanda hasta el Juicio de Amparo como un estudio integral de la materia mercantil.
Contrato de servidumbre, es un modelo de materia civil; en el cual los estudiantes puedan aumentar sus conocimientos, y pueda servirles de material de apoyo en el ejercicio profesional de la carrera.
Las señoras Eugenia Margarita García Fernández y María del Carmen García Fernández acuerdan vender los lotes 55 y 56 en la urbanización Castillo de Monjas a Adolfo Edmundo Chicaiza Segura y Laura Imelda Guamán Carrillo. El precio acordado es de $9,400 dólares americanos. Las partes establecen un plazo de 180 días para firmar la escritura de compraventa definitiva y una cláusula penal del 10% del valor total de venta para la parte que incumpla.
Este documento es la sentencia de un caso de nulidad contractual entre unos demandantes y Bankia S.A. La sentencia declara la nulidad del contrato de compra de acciones celebrado en 2011, argumentando que Bankia proyectó una imagen engañosa de solvencia que no reflejaba su verdadera situación financiera, induciendo a error a los demandantes. A pesar de las alegaciones de Bankia sobre la falta de vicio en el consentimiento, la sentencia concluye que la información facilitada por Bankia no era fiel y que los hechos posteriores
Este documento presenta la resolución de un tribunal registral sobre un recurso de apelación relacionado con la inscripción de una escritura pública de reconocimiento de propiedad a favor de una asociación. El registrador tachó el título argumentando que los otorgantes ya no tenían derecho sobre la propiedad. El tribunal analiza los antecedentes registrales, la escritura y un acuerdo de conciliación, concluyendo que los otorgantes tenían la capacidad para transferir la propiedad a la asociación según lo establecido en el registro de personas
Este documento presenta los antecedentes de un caso de apelación sobre la nulidad de la compra de acciones de Bankia. En resumen: 1) Los demandantes compraron acciones de Bankia basados en información financiera falsa proporcionada por el banco; 2) El tribunal de primera instancia falló a favor de los demandantes; 3) Bankia apeló la decisión. El tribunal de apelación deberá ahora decidir si confirma o revoca la sentencia original.
Este documento presenta 12 temas relacionados con la elaboración de diferentes tipos de escrituras públicas en derecho notarial. Cada tema señala que se debe ver el tema correspondiente en el temario oral de derecho notarial. El último tema presenta un ejemplo de escritura pública de mutuo con prenda industrial y explica las obligaciones previas y posteriores relacionadas con dicho documento notarial.
El documento es un contrato de compra-venta entre Antonio Hernández Estrada como vendedor y Carlos Juárez Hernández como comprador de una fracción de terreno de 600 metros cuadrados ubicado en Ixmiquilpan, Hidalgo. El precio acordado es de $250,000 pesos que serán pagados en dos partes, la primera de $150,000 al inicio y la segunda de $100,000 al final. El contrato estipula los términos de la transacción incluyendo detalles sobre los pagos, responsabilidades y una descripción de la propiedad
Este documento es un contrato privado de compraventa de un terreno ubicado en la calle Emiliano Zapata en Xochimilco, Distrito Federal. El vendedor Modesto Lozada Rosas vende el terreno a la compradora Margarita Cruz Martínez por $500,000 pesos mexicanos. El terreno mide 157.45 metros cuadrados y colinda con otras propiedades privadas. Ambas partes acuerdan los términos de la venta y se comprometen a cumplir con las leyes aplicables.
La empresa "Las cuatro estaciones" S.R.L. se dedica a la producción y venta de panificados, productos de pastelería y confitería de alta calidad en Tandil. Está integrada por tres socias y ofrece una variedad de productos elaborados de forma artesanal así como servicios especiales. Su objetivo es satisfacer la demanda de productos gourmet y de calidad diferenciada apuntando a un segmento de mercado de alto poder adquisitivo.
El documento describe los pasos legales para transferir un fondo de comercio en Argentina. Estos incluyen publicar la transferencia en el Boletín Oficial y dos diarios durante 5 días, entregar una lista de deudas al comprador, retener el dinero de la venta durante 10 días para posibles acreedores, y registrar la transferencia en el Registro Público de Comercio. También advierte sobre posibles deudas ocultas y recomienda que el comprador verifique detalles como el contrato de alquiler y habilitaciones antes de la compra.
Las demandantes interponen una demanda de retracto contra Bertha Salazar Alva y Victoria Flores Salazar. Las demandantes alegan que son copropietarias de un bien inmueble ubicado en Av. Izaguirre N° 1070 en Los Olivos, Lima. Bertha Salazar Alva vendió su parte del bien a Victoria Flores Salazar sin comunicar a las demandantes, quienes tienen derecho preferente como copropietarias. Las demandantes solicitan subrogarse en la posición de Victoria Flores Salazar en el contrato de compraventa ejerciendo su derecho de
La demandante se opone a la petición de intervención litisconsorcial presentada por Reynaldo Lázaro Pereyra Peralta y Wavel Francisco Pinedo Palomino en el proceso sobre otorgamiento de escritura pública contra los herederos legales de Hugo Pereyra Romani. La demandante argumenta que la petición carece de fundamento legal y sólo busca retrasar el proceso. Además, los solicitantes no están relacionados con el acto jurídico en disputa ni son los herederos legales de Hugo Pereyra Romani, por
Demanda ordinaria de nulidad de una escritura publica de compra y venta y su ...Dennis Zelaya
La demanda busca declarar la nulidad de una escritura pública de compraventa de dos lotes de terreno y su inscripción en el Instituto de la Propiedad. El demandante alega que el demandado vendió los lotes sin la autorización de la sociedad que era la propietaria original de acuerdo a un contrato previo. Se solicita que se declare la nulidad, se condene al pago de daños y perjuicios y se apliquen medidas cautelares contra el demandado.
Este contrato establece los términos de un acuerdo de compra y venta de productos agrícolas entre una compañía y un agricultor. La compañía proveerá asistencia técnica y financiamiento para el cultivo, y comprará toda la producción del agricultor que cumpla con los estándares de calidad. A cambio, el agricultor cultivará exclusivamente para la compañía y le entregará toda la producción elegible. El contrato detalla los precios de compra, plazos de pago y responsabilidades de ambas part
Este documento es un contrato de compraventa de una escopeta entre Rosalina Adelina Iriarte Sánchez de Chancafe como vendedora y Julio Francisco Chancafe Cerna como comprador. La escopeta marca Stevens calibre 16 con serie 100126 se vende por un precio de 500 nuevos soles que el comprador pagará al contado. Ambas partes firman el contrato en la ciudad de Mocupe el 18 de noviembre de 2014.
Este documento contiene 6 actas notariales diferentes: 1) Aceptación de donación, 2) Protocolización de documento privado, 3) Protocolización de documento proveniente del extranjero, 4) Protocolización de documento extranjero cartulado, 5) Protocolización de acta de matrimonio, y 6) Acta de matrimonio. Cada acta describe el propósito notarial correspondiente como aceptaciones, protocolizaciones o el acta de matrimonio.
Modelo de toma de razon de legalización de firmaZulema Casasola
El documento presenta dos modelos relacionados con la legalización de firmas ante un notario. El primer modelo es una toma de razón de legalización de firma, en la que un notario certifica la autenticidad de la firma de Pedro Pablo Gómez Carrillo en un formulario de solicitud. El segundo modelo es un testimonio especial de la toma de razón, que el notario extiende en dos hojas para remitirlo al Archivo General de Protocolos.
El documento presenta una solicitud de litis sobre terrenos registrados, demanda en posesión y desalojo, daños y perjuicios presentada por el abogado Manuel Reyes en representación de Bienvenido Espinosa. Bienvenido Espinosa heredó dos parcelas de tierra pero fueron ocupadas ilegalmente por la Compañía del Caribe y Carlos Mercedes sin su consentimiento. La Compañía Pitágoras también vendió parte de la tierra de Espinosa sin su permiso. Espinosa pide que se ordene el desalojo de los intrusos y se res
14.celebran contrato de compraventa de derechos de copropiedadVico Cupido
Este documento es un contrato de compraventa de derechos de copropiedad de una finca ubicada en Guatemala. La señora vende su 50% de derechos de copropiedad sobre la finca al señor por un precio de Q________. La finca cuenta con servicios de agua, luz y teléfono. La vendedora declara no tener gravámenes sobre su derecho de copropiedad. El comprador manifiesta que adquiere la propiedad para vivienda familiar.
Este documento presenta una querella ante el Juzgado Central de Instrucción por presuntos delitos cometidos por los consejeros de BANKIA y BFA relacionados con la salida a bolsa de BANKIA. Se acusa a los consejeros de estafa, apropiación indebida, falsificación de cuentas anuales y administración desleal. Se detallan los nombres y cargos de los consejeros querellados de ambas entidades. Finalmente, se relacionan brevemente los hechos históricos sobre el origen y evolución
La obra contiene casos prácticos y de gran utilidad para el abogado y estudiantes y docentes pero lo mas relevante es de que en ella se cuestiona la validez del Código de comercio de 1889, cuestionamiento de orden Constitucional ya que estaríamos antes un Código sin sustento constitucional y por lo tanto su inaplicabilidad en el procedimiento Mercantil a nivel nacional. El libro contiene desde el escrito inicial de demanda hasta el Juicio de Amparo como un estudio integral de la materia mercantil.
Contrato de servidumbre, es un modelo de materia civil; en el cual los estudiantes puedan aumentar sus conocimientos, y pueda servirles de material de apoyo en el ejercicio profesional de la carrera.
Las señoras Eugenia Margarita García Fernández y María del Carmen García Fernández acuerdan vender los lotes 55 y 56 en la urbanización Castillo de Monjas a Adolfo Edmundo Chicaiza Segura y Laura Imelda Guamán Carrillo. El precio acordado es de $9,400 dólares americanos. Las partes establecen un plazo de 180 días para firmar la escritura de compraventa definitiva y una cláusula penal del 10% del valor total de venta para la parte que incumpla.
Este documento es la sentencia de un caso de nulidad contractual entre unos demandantes y Bankia S.A. La sentencia declara la nulidad del contrato de compra de acciones celebrado en 2011, argumentando que Bankia proyectó una imagen engañosa de solvencia que no reflejaba su verdadera situación financiera, induciendo a error a los demandantes. A pesar de las alegaciones de Bankia sobre la falta de vicio en el consentimiento, la sentencia concluye que la información facilitada por Bankia no era fiel y que los hechos posteriores
Este documento presenta la resolución de un tribunal registral sobre un recurso de apelación relacionado con la inscripción de una escritura pública de reconocimiento de propiedad a favor de una asociación. El registrador tachó el título argumentando que los otorgantes ya no tenían derecho sobre la propiedad. El tribunal analiza los antecedentes registrales, la escritura y un acuerdo de conciliación, concluyendo que los otorgantes tenían la capacidad para transferir la propiedad a la asociación según lo establecido en el registro de personas
Este documento presenta los antecedentes de un caso de apelación sobre la nulidad de la compra de acciones de Bankia. En resumen: 1) Los demandantes compraron acciones de Bankia basados en información financiera falsa proporcionada por el banco; 2) El tribunal de primera instancia falló a favor de los demandantes; 3) Bankia apeló la decisión. El tribunal de apelación deberá ahora decidir si confirma o revoca la sentencia original.
Este documento presenta 12 temas relacionados con la elaboración de diferentes tipos de escrituras públicas en derecho notarial. Cada tema señala que se debe ver el tema correspondiente en el temario oral de derecho notarial. El último tema presenta un ejemplo de escritura pública de mutuo con prenda industrial y explica las obligaciones previas y posteriores relacionadas con dicho documento notarial.
El documento es un contrato de compra-venta entre Antonio Hernández Estrada como vendedor y Carlos Juárez Hernández como comprador de una fracción de terreno de 600 metros cuadrados ubicado en Ixmiquilpan, Hidalgo. El precio acordado es de $250,000 pesos que serán pagados en dos partes, la primera de $150,000 al inicio y la segunda de $100,000 al final. El contrato estipula los términos de la transacción incluyendo detalles sobre los pagos, responsabilidades y una descripción de la propiedad
Este documento es un contrato privado de compraventa de un terreno ubicado en la calle Emiliano Zapata en Xochimilco, Distrito Federal. El vendedor Modesto Lozada Rosas vende el terreno a la compradora Margarita Cruz Martínez por $500,000 pesos mexicanos. El terreno mide 157.45 metros cuadrados y colinda con otras propiedades privadas. Ambas partes acuerdan los términos de la venta y se comprometen a cumplir con las leyes aplicables.
La empresa "Las cuatro estaciones" S.R.L. se dedica a la producción y venta de panificados, productos de pastelería y confitería de alta calidad en Tandil. Está integrada por tres socias y ofrece una variedad de productos elaborados de forma artesanal así como servicios especiales. Su objetivo es satisfacer la demanda de productos gourmet y de calidad diferenciada apuntando a un segmento de mercado de alto poder adquisitivo.
El documento describe los pasos legales para transferir un fondo de comercio en Argentina. Estos incluyen publicar la transferencia en el Boletín Oficial y dos diarios durante 5 días, entregar una lista de deudas al comprador, retener el dinero de la venta durante 10 días para posibles acreedores, y registrar la transferencia en el Registro Público de Comercio. También advierte sobre posibles deudas ocultas y recomienda que el comprador verifique detalles como el contrato de alquiler y habilitaciones antes de la compra.
Este documento describe los procesos ordinario y abreviado en materia laboral en Perú. El proceso ordinario inicia con la demanda y luego una audiencia de conciliación, tras lo cual el demandado presenta la contestación. Esto puede dar ventajas al demandado y problemas si la contestación no cumple requisitos. En el proceso abreviado, la contestación se presenta junto con la demanda, permitiendo que ambas partes lleguen preparadas a la audiencia única.
Este documento explica conceptos básicos del proceso judicial laboral en Panamá. Explica que una instancia es cada grado jurisdiccional para resolver un caso, desde la demanda hasta la sentencia definitiva. Detalla los diferentes tipos de procesos laborales, los elementos que debe contener una demanda, los términos para actuar, cómo se notifican las resoluciones y cómo se puede impugnar una sentencia.
Este documento ofrece consejos para abogados sobre cómo practicar su profesión. Recomienda mantenerse actualizado en el derecho, pensar críticamente, luchar por la justicia incluso sobre el derecho, ser leal a clientes y adversarios, tolerar otras perspectivas, tener paciencia, fe en los principios de derecho y justicia, olvidar victorias y derrotas, y amar la profesión.
La carta de presentación tiene como objetivo llamar la atención del empleador y conseguir una entrevista. Debe estar bien redactada, ser concisa y sin faltas. El cuerpo es donde se explican las habilidades y experiencia del candidato que son relevantes para el puesto. Al final se pide una entrevista de manera creativa sin usar frases típicas.
Este documento proporciona una guía para escribir una carta de presentación efectiva. Explica que la carta debe incluir la fecha, datos del destinatario, referencia al puesto, y tres párrafos. El primer párrafo despierta el interés del lector. El segundo párrafo describe la experiencia y cualificaciones del candidato. El tercer párrafo solicita una entrevista y adjunta el CV. Proporciona un ejemplo completo de carta de presentación.
Este contrato establece los términos y condiciones de la venta de una maquinaria gráfica usada por parte de la empresa xxxxxxxx a la empresa xxxxxxxxxx. El precio acordado es de US$17,700 que será pagado en cuotas iniciales y mensuales. El contrato incluye cláusulas sobre la entrega, instalación y garantía de la maquinaria, así como sobre el pago de penalidades en caso de incumplimiento. El acuerdo será arbitrado de acuerdo con las normas del Colegio de Abogados de Lima
Punto & Coma / Diseño - Publicidad se presenta como un grupo de profesionales dedicados a ofrecer servicios integrales de producción creativa publicitaria, incluyendo la creación de identidad corporativa, diseño gráfico, impresión, gigantografías, e-mailing, marketing por internet, merchandising y fotografía publicitaria. Buscan cumplir las expectativas de sus clientes mediante soluciones creativas y eficaces que contribuyan al logro de sus objetivos.
Este documento es una demanda presentada por Sandra Martínez Sánchez en representación de sus tres hijos menores de edad, David, Rodrigo y Jimena López Martínez, en contra de Marco Tulio López Fernández. La demanda solicita el pago de una pensión alimenticia provisional y definitiva a favor de los menores, así como el pago de costas del proceso. Sandra Martínez argumenta que vivió en unión libre con Marco Tulio y juntos procrearon a los tres menores, pero que actualmente él no cumple con su obligación de proveer
La carta presenta a APROTECH LTDA, una compañía colombiana dedicada a la comercialización y distribución de tecnología para el mercado empresarial y personal. APROTECH ofrece productos de alta calidad de marcas reconocidas a nivel mundial como HP, Lenovo, Acer, Toshiba, Epson, Samsung, LG, Canon, Microsoft, Sony y Apple, además de brindar servicio posventa. La compañía establece políticas de puntualidad, honestidad, calidad y los mejores precios, y se enfoca en capacitar
El documento presenta a RAA Rosales Arquitectos Asociados, una constructora chilena especializada en instalaciones sanitarias, climatización y energías renovables. La compañía ofrece servicios como el desarrollo de proyectos, instalaciones sanitarias generales, climatización, paneles radiativos, energías renovables y limpias como termos solares y placas fotovoltaicas. La constructora busca participar en los proyectos de sus clientes y ofrece calidad en sus servicios más que la venta de sistemas.
Thermo Temp Metalic S.A.C. es una empresa peruana especializada en la venta, instalación y mantenimiento de equipos de aire acondicionado y sistemas de ventilación mecánica. La empresa se fundó en 2004 y ha crecido para convertirse en líder en su rubro, ofreciendo soluciones de calidad a una variedad de clientes industriales y comerciales durante más de 10 años.
El documento contiene varios ejemplos de cartas de presentación para responder a una vacante laboral o presentar la candidatura de forma espontánea. Las cartas resaltan la experiencia y formación del candidato, expresan interés por la posición y solicitan una entrevista para ampliar detalles.
FORMULARIOS DE CONTRATOS - TOMO I - Formularios de contratos, Cláusulas, Comparecencias, Actas, Documentos, Listados, Individualización de Bienes, Ejemplos, Notas Explicativas, y Otros.
El documento describe el proceso de contestación de una demanda en un caso judicial en Venezuela. Explica que el demandado tiene 20 días para comparecer y puede contestar la demanda o oponer cuestiones previas. Enumera 11 supuestos en los que se pueden oponer cuestiones previas, como la existencia de una condición pendiente, una cuestión prejudicial, la cosa juzgada o la caducidad de la acción.
Este documento trata sobre la demanda como acto procesal de inicio de un proceso judicial. Explica que la demanda es el medio a través del cual el demandante solicita tutela jurisdiccional ante un órgano judicial para resolver un conflicto o incertidumbre jurídica. Define la demanda y distingue este acto de la acción y la pretensión. Además, describe los caracteres de la demanda como un acto jurídico, procesal e iniciador del proceso. Finalmente, introduce el marco teórico sobre este tema.
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que declaró parcialmente con lugar la excepción de pago parcial presentada por los demandados. La Cámara determina que el documento presentado por los demandados, expedido por la demandante, no ha sido impugnado y reconoce el saldo deudor de $774.35 establecido en ese documento. Por lo tanto, confirma la condena a los demandados al pago de esa cantidad.
La abogada Mireya J. Ortega G. redacta una demanda a nombre de su cliente Carlos Julio Rodríguez Díaz para solicitar la resolución de un contrato de opción de compra-venta de un apartamento y la indemnización de una cantidad entregada como garantía. La demanda cumple con todos los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Civil, incluyendo las partes, el objeto de la pretensión, los hechos, fundamentos legales, instrumentos, poder otorgado a la abogada y domicilio pro
Contrato de promesa de compraventa que celebran, por una parte, como “promitente vendedor", la fundación Josefa Vergara y Hernández, i.a.p., representada en este acto por el c. Jaime García Olivares, en su carácter de presidente del patronato, y por otra parte, como “promitente comprador", la federación por conducto de la cámara de senadores del congreso de la unión, representada en este acto por el Senador Pablo Escudero Morales, en su carácter de presidente de la mesa directiva.
El documento presenta la decisión de un juez mexicano de declarar el concurso mercantil de la empresa Covadonga, S.A. de C.V., un importante productor arrocero con una deuda de $250 millones con más de 160 acreedores. El juez ordena la suspensión de pagos, nombra a un conciliador para supervisar el proceso y establece los pasos a seguir para el reconocimiento de créditos y otras medidas legales requeridas por la ley de concursos mercantiles de México.
Partida de nacimiento.
Escritura de posesión efectiva.
Escritura de compraventa.
Partida de Matrimonio.
Partida de defunción.
Certificado de gravamen del registro de la Propiedad.
Citación de infracción de transito.
Testamento.
Declaración juramentada
El demandante interpone una demanda de retracto contra el anterior copropietario y la actual adquirente de una porción de un terreno del que ambos eran copropietarios. El copropietario vendió su porción de 500m2 a la adquirente sin el consentimiento del demandante. El demandante busca subrogarse en el lugar de la adquirente basándose en su derecho de retracto como copropietario conforme a los artículos 1592, 1594 y 1599 del Código Civil. Adjunta documentos que acreditan la copropiedad y la venta posterior para sustent
Este documento es un contrato de compraventa de un apartamento ubicado en Puerto La Cruz, Venezuela. En el contrato, María Mercedes Contrera de Santamaría acuerda vender el apartamento a Ana Teresa Rodríguez Contrera por un precio de setenta mil bolívares fuertes. Andrés Rafael Santamaría Rangel, cónyuge de la vendedora, da su consentimiento a la venta. Las partes manifiestan su consentimiento y voluntad de realizar la transacción de acuerdo con la ley.
El demandante interpone una demanda de tercería excluyente de dominio contra dos demandados. Solicita que se declare fundada la demanda y se ordene la cancelación del embargo que pesa sobre un inmueble de su propiedad, el cual adquirió antes de que se ordenara el embargo. Alega que es el propietario legítimo del inmueble y que este fue embargado erróneamente en un proceso entre los demandados. Presenta diversos fundamentos fácticos y jurídicos en apoyo de su demanda.
Este documento presenta modelos de contratos para diferentes tipos de servicios, incluyendo capacitación, compra-venta, consultoría, desarrollo de software y soporte técnico. También incluye ejemplos detallados de contratos de capacitación, compra-venta y consultoría.
Este contrato establece los términos y condiciones entre una empresa inmobiliaria y una propietaria para que la empresa promueva la venta de una propiedad durante 180 días a cambio de una comisión porcentual del precio de venta si se concreta la transacción. La empresa se compromete a publicitar la propiedad, mostrarla a posibles compradores y asesorar en el proceso de venta, mientras que la propietaria se abstiene de promover la venta por su cuenta y pagará la comisión acordada de efectuarse la trans
El documento es un acta de compromiso entre un propietario y dos arrendatarios. Los arrendatarios se comprometen a desocupar la habitación que alquilan el 30 de marzo de 2011, fecha en que finaliza su contrato. También aceptan que el propietario pueda ingresar antes para realizar cambios y recuperar la habitación sin oponer resistencia legal.
Este documento es un contrato de compraventa de un vehículo celebrado entre María del Valle Benítez Rojas como vendedora y José Gregorio Martínez Castro como comprador. El objeto de la venta es un vehículo Chery modelo X1 del año 2015, placa AF932MP, por un precio de tres millones ochocientos mil bolívares que el comprador paga mediante cheque. Ambas partes manifiestan su consentimiento y voluntad de celebrar la compraventa del vehículo en los términos establecidos en el contrato.
Contestacion de la demanda practica de familia Andrea Rojas
El abogado Daniel Martínez contesta la demanda presentada por Luz Marina Catumba Martínez en contra de Hernando Morales Sanclemente. Martínez se opone a las pretensiones de la demanda y alega que no existe una unión marital de hecho entre las partes, ya que Morales mantiene una relación con otra mujer desde 2012. Martínez también presenta pruebas y cita testigos para sustentar su posición.
Los comparecientes declaran ante notario que aportarán un inmueble exento de IVA a una nueva sociedad anónima llamada Inmobiliaria Fama. Manifiestan que el inmueble cumple con las condiciones para estar exento de IVA. Hacen esta declaración para iniciar los trámites ante los registros mercantil y de la propiedad con el fin de formar la nueva entidad.
La Fiscalía apeló la sentencia que sobreseyó el caso contra Adonis Canales por el delito de invasión. Alega que la jueza valoró de manera parcial las pruebas y que la motivación de la sentencia adolece de contradicciones e ilogicidad. Según la Fiscalía, la jueza no resolvió adecuadamente sobre las pruebas presentadas por el Ministerio Público y sólo mencionó de forma parcial las declaraciones de los testigos. Además, la Fiscalía considera que la jueza no cumplió
La Fiscal presentó recurso de apelación contra la sentencia que decretó el sobreseimiento del caso. Alega que hubo vicios de falta de motivación e ilogicidad en la sentencia. Argumenta que la jueza valoró de manera parcial las pruebas y no resolvió varios puntos. También indica que la motivación de la sentencia es ilógica y contradictoria. Pide que se revoque la sentencia y se ordene un nuevo juicio.
El documento es una ratificación de un recurso de apelación presentado ante un tribunal ordinario en Barinas, Venezuela. Laura Katerine Hernández Hernández, asistida por su abogado José Gregorio Gutiérrez Gallardo, ratifica el recurso de apelación que presentó en 2020 contra una decisión del Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de Barinas. Solicita que se admita su decisión de ratificar el recurso de apelación para garantizar un proceso justo y el derecho a la defensa.
El documento contiene varias transacciones notariales, incluyendo una compraventa de una propiedad inmobiliaria, una constatación de sobrevivencia para propósitos de una pensión, y la legalización de firmas y fotocopias.
Este documento presenta un resumen de un taller práctico sobre accidentes de tránsito dictado por la Dra. Mónica M. Fernández. Incluye información sobre la carrera y experiencia profesional de la Dra. Fernández, así como conceptos clave sobre cómo redactar una demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, incluyendo detalles sobre competencia, forma de la demanda, monto reclamado e intereses, entre otros aspectos procesales relevantes. Finaliza con un ejemplo de cómo redactar el inicio de
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvadoredwin70
Este texto es para estudiantes de derecho de la facultad multidisciplinaria oriental de la universidad de El Salvador. El objetivo consiste en eavlauar su aprendizaje
CAPÍTULO III, Catalogación de los panteones de Santa Paula de Guanajuato, Mun...Gonzalo Marin Art
De la tesis "Los panteones municipales de Santa Paula, Municipal de Irapuato y de San Nicolás: catalogación y protección jurídica del patrimonio funerario material".
Maestría Sociedad y Patrimonio
Universidad de Guanajuato
División de Derecho, Política y Gobierno.
Tarea de Derecho Laboral I. diseñada para estudiantes de derecho laboral I de...edwin70
Tarea de Derecho Laboral I. diseñada para estudiantes de derecho laboral I de la facultad multidisciplinaria de la universidad de Es Salvador, con el fin que puedan mostrar sus habilidades y destrezas para analizar y sintetizar cada uno de estos convenios
1. MANCIPATIO
- Proviene de “mano” y “coger”. Según Gayo, se llama así porque la cosa se coge con la mano.
- Es un modo primitivo y solemne de transmitir el dominium ex iure Quiritium (propiedad civil) de las res mancipi a través de las formalidades propias de los negocios (balanza, fórmulas, testigos...)
- El origen es antiquísimo, ya estaba recogida en las XII Tablas. Es abolida por Justiniano y los compiladores sustituyen en los textos “mancipatio” por “traditio”.
NATURALEZA JURÍDICA
- Es un modo de adquirir iurie civile y de carácter derivativo.
- En un primer momento es una compraventa real en la que la cosa ha de estar presente y el cobre hace la función de dinero.
- Luego pasa a ser un negocio jurídico formal, pues deben cumplirse las formalidades del ius civile. Al tener carácter estricto no es necesariamente el cambio de una cosa por un precio adecuado, por lo que puede tratarse de una donación en la que figuraría se compra una cosa por un precio irrisorio (nummo uno, una sola moneda).
- La mancipatio en vez de desaparecer se adaptará a las nuevas necesidades –modificacion de su formulación- y resultará apta para variados fines en derechos reales y todos los demás.
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS
- Elementos personales. Su uso está restringido a los cives. Luego se extenderá a los latinos y a los extranjeros a los que se les confiera el commercium.
- Elementos reales. Son objeto de mancipatio las res mancipi.
- Elementos formales. Según Gayo, presentes al menos cinco testigos (ciudadanos romanos y púberes) y otra persona de igual condición que sostiene una balanza de cobre (libripens) el adquirente sujetando la cosa dice que el objeto le pertenece según el Derecho de los Quirites y que lo compra con este cobre y esta balanza de cobre. Despues golpea la balanza con el cobre y lo da al transmitente como precio.
El transmitente no necesita decir nada, aunque sí puede pronunciar distintas condiciones sobre la cosa vendida (ej. Existencia de gravamenes o su extensión). Estas palabras tendrán fuerza de ley.
EFECTOS
- Si el transmitente es dueño de la cosa, se produce la transmisión del dominium ex iure Quiritium de la res mancipi al adquirente.
- Si no lo es (adquisición a non domino) el adquirente iniciará la usucapión y si antes de consumarla se le priva de la cosa por el verdadero dueño, por rei vindicatio, podrá ejercer contra el transmitente la acción de garantia por la que obtendrá el doble del precio pagado.
- Si al enajenar el fundo el transmitente faltara a la verdad pagará el doble de lo que para el fundo comporte la disminución en caso de gravámenes, o obtendrá el doble del valor de la extensión que faltaba si fue sobre la extensión.
2. IN IURE CESSIO
DENOMINACION
- Es cesión ante el magistrado.
CONCEPTO
- Es un modo de transmitir el dominio común a toda clase de cosas –mancipi y nec mancipi- mediante un proceso aparente de reivindicación en el que el adquirente actua como demandante y el transmitente como demandado.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Contestacion al fondo demanda ( panaderia la begoña) (1)
1. EXPEDIENTE Nº 56.694
CIUDADANA
JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SU DESPACHO.
Nosotros, REINA PARRA y MIGUEL ANTONIO PARRA GIMENEZ, venezolanos,
mayores de edad, abogados en ejercicio y de este domicilio, titulares de la cédulas
de identidad Nros., V- 3.580.109 y V-4.872.414, e inscritos en el Instituto de Previsión Social
del Abogado (I.P.S.A), Bajo los Nros. 30.967 y 24.298, respectivamente, actuando en
nombre y representación de los ciudadanos ALVARO ENRIQUE CARDENAS
ALVIAREZ, venezolano, casado, comerciante, mayor de edad, hábil en derecho, titular de
la cédula de identidad Nº V- 6.994.015; ADRIANA JOSEFINA CRUZ BLANCO,
venezolana, casada, comerciante, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de
identidad Nº V- 12.086.206; HECTOR IGNACIO CARDENAS ALVIAREZ,
venezolano, soltero, comerciante, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de
identidad Nº V- 10.073.103 y DENNY CELINA CORDERO, venezolana, soltera,
comerciante, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V-
7.447.755, con domicilio en la ciudad de San Joaquín, Municipio San Joaquín del Estado
Carabobo, los dos primeros y en la población de Yagua, Municipio Guácara del Estado
Carabobo, según poder Apuc Acta que nos fuera conferido por ante este Tribunal en fecha 8
de Mayo de 2012 al expediente 24.195, comparecemos ante su competente autoridad a los
fines de:
Punto Previo
solicitar su avocamiento en la presente causa y al mismo tiempo solicite al Tribunal Cuarto
de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del
Estado Carabobo el computo de los días de despacho que han transcurridos hasta el momento
de su inhibición correspondiente al lapso de la contestación de la demanda y el transcurrido
luego de formuladas las cuestiones previa a los fines de establecer con claridad el momento
para dar formal CONTESTACION AL FONDO DE LA DEMANDA, que por NULIDAD
DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, ha intentado en contra de
nuestros representados, el ciudadano RAMON ANTONIO CHIRINOS
2. PARTIDAS, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad
Nº V- 3.831.034, y de este domicilio, evitando de esa forma que pueda quedar lesionada el
derecho a la defensa de nuestros representados.
A TODO EVENTO
Vista la presentación de el escrito subsanador por parte del representante de demandante y
estando dentro del término fijado por el código de procedimiento civil para dar
CONTESTACION AL FONDO DE LA DEMANDA, luego de subsanada las cuestiones
previas y a los fines de evitar queden indefenso nuestros mandantes, procedemos a todo
evento a dar CONTESTACION AL FONDO DE LA DEMANDA que por NULIDAD DE
CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, ha intentado en contra de
nuestros representados, el ciudadano RAMON ANTONIO CHIRINOS PARTIDAS, ya
identificado, en los términos siguientes: Rechazamos, negamos y contradecimos la demanda,
tanto en los hechos como en el derecho que de él pretende derivarse, por no ser ciertos los
argumentos alegados por la parte demandante, en cuanto a que el proceder de nuestros
Mandantes en su condición de compradores, hayan sido con intensión de daño a terceros,
como causa para celebrar el Contrato de Venta con Reserva de Dominio cuya Nulidad
demanda (Colusión). Cabe notar Ciudadana Juez, que en el escrito subsanador del Libelo de
Demanda, el demandante señala expresamente que el texto del primer párrafo del capítulo
Decimo del Libelo de Demanda ha quedado redactado así: “DECIMO. DEMANDA
CONCRETA Y PETITUM Por las razones de hecho, instrumentos y razones de derecho,
precedentemente explanadas, en mi propio nombre y por mis propios derechos propongo
formal demanda en contra de la empresa PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., ya
identificada y de los ciudadanos: JULIO FERNANDEZ LORENZO, en su condición de
Administrador Principal de PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A, y vendedor del fondo
de comercio y de los activos sociales de su administrada en contralegem. ALVARO
ENRIQUE CARDENAS ALVIAREZ; ADRIANA JOSEFINA CRUZ BLANCO;
HECTOR IGNACIO CARDENAS ALVIAREZ, y DENNY CELINA CORDERO, en
su condición de compradores del fondo de comercio y de los activos sociales de
PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., negociación hecha en colusión con el
Administrador y la socia ELBA ROSA CONTRERAS CONTRERAS, a quien
igualmente demando en su condición de accionista de PANIFICADORA LA BEGOÑA,
C.A, y connivente con la irrita operación de compraventa en referida en este libelo, siendo
ella quien redacto el documento de compraventa en referencia, todos arriba identificados,
para que convengan o a ello sean
3. obligados por este Tribunal en el fallo definitivo en lo siguiente:” (Subrayado nuestro).
Acogiéndonos a lo señalado anteriormente los pedimentos según el libelo de demanda serian
entonces: PRIMERO: En la absoluta y total NULIDAD existencial de la compra-venta con
reserva de dominio celebrada por documento autentico por ante la Notaria Pública Cuarta de
Valencia, en fecha 16 de Noviembre de 2009, bajo el Nº 39, Tomo 186, … SEGUNDO: En
el pago de las costas y costos procesales.” así pide el demandante se declare. Igualmente en
el escrito subsanador del Libelo de Demanda, el demandante señala expresamente en el texto
referido al capítulo Cuarto DE LA DEMANDA, luego de identificar a los demandados, lo
siguiente: “…Los bienes vendidos y cuya nulidad de venta demando, conforman el
patrimonio de PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., dicha venta ha sido efectuada a
espaldas de la estructura accionaria de la misma y en contravención a norma legal expresa
como lo es el artículo 280 del Código de Comercio, ordinal 4 que establece el quórum
obligatorio para la venta de activos de las sociedades mercantiles.” Señala igualmente el
demandante que: “Mi persona accionista de la compañía, desconocía que dicha negociación
se había llegado a efecto, para lo cual no fui convocado y en consecuencia no he manifestado
mi acuerdo sobre tal operación de compraventa, ni se ha realizado asamblea alguna de socios
sobre el particular.” Finalmente señala el demandante en el libelo subsanador de la demanda
que un punto importante a tratar es: “…el relativo al valor establecido a los bienes sociales
de la compañía. En la operación de Compraventa con Reserva de Dominio de fecha
16.11.2006, se estableció un precio de venta vil, la suma de QUINIENTOS MIL
BOLIVARES (Bs. 500.000,00) de los antiguos, equivalentes hoy a QUINIENTOS
BOLIVARES FUERTES (Bs.f. 500,00), cuando diez (10) meses antes, Enero de 2006, se
había adquirido el mismo fondo de comercio en la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA
MILLONES DE BOLIVARES (Bs.250.000.000,00) de los antiguos equivalentes hoy a
DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.f. 250.000,00), en
razón a esta irrita negociación, el fondo de comercio PANIFICADORA LA BEGOÑA,
C.A., a quedado totalmente descapitalizado por la venta de sus haberes y la inversión de los
accionista se ha perdido sin justificación alguna…” Ahora bien ciudadana Juez, a los fines
de exponer los alegatos y defensas y establecer con claridad jurídica los argumentos de
derecho sobre los hechos
4. afirmados por el demandante, procedemos a señalar lo siguiente: PRIMERO. En su
PETITUM el demandante propone formal demanda contra nuestros representados
“ALVARO ENRIQUE CARDENAS ALVIAREZ; ADRIANA JOSEFINA CRUZ
BLANCO; HECTOR IGNACIO CARDENAS ALVIAREZ, y DENNY CELINA
CORDERO, en su condición de compradores del fondo de comercio y de los activos sociales
de PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., negociación hecha en colusión con el
Administrador y la socia ELBA ROSA CONTRERAS CONTRERAS,” cuestión que
realmente rechazamos y negamos en razón a que en la operación de compraventa con reserva
de dominio nuestros mandantes no procedieron a la adquisición del fondo de comercio, el
cual sigue girando con los mismos accionistas y bajo su mismo nombre, ya que hasta la
presente no se conoce que la misma haya sido liquidada o declarada fallida mediante el
procedimiento de atraso o quiebra, ni tampoco han actuado nuestros mandantes, en
connivencia fraudulenta para perjudicar los derechos de un tercero, como lo es el
demandante. Como puede observarse del documento de Compraventa con reserva de
dominio que cursa en el expediente a los folios dieciséis (16) al diecinueve (19) ambos
inclusive, lo que se procedió a vender fueron bienes muebles y maquinaria propiedad de
PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., las cuales se encontraban dentro del fondo de
comercio propiedad de la panificadora, con señalamiento expreso en la clausula Quinta de
dicho contrato, que el Vendedor (PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A.,) se compromete
a venderle a nuestros mandantes, las acciones de la empresa por ante el registro mercantil
cuando paguen el último giro y “…siempre y cuando todos los accionistas estén de
acuerdo , de no ser así le hará la liberación de la presente reserva de dominio.” Dicho
contrato de Venta con Reserva de Dominio fue autenticado el 16 de Noviembre del 2009, por
ante la Notaria Publica Cuarta de Valencia anotado bajo el Nº 39, Tomo 186 de los libros
respectivos. Canceladas las obligaciones contraídas en dicho contrato por nuestros
mandantes la empresa PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., procedió a liberar dicha
venta en fecha Primero de Abril del 2011, por medio de documento autenticado por ante la
misma Notaria Publica Cuarta de Valencia Publica Cuarta de Valencia, quedando anotado
bajo el Nº 16, Tomo 100 de los libros respectivos, por lo tanto, ambos documentos surten
efectos contra terceros en cuanto a los bienes vendidos, donde queda también demostrado,
que en ningún momento ha sido adquirido por nuestros mandantes dicho fondo de comercio
PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., y en cuanto a la Colusión demandada, la doctrina
señala que en la esfera patrimonial la voluntad de las partes es ley, se considera que los
contratantes tienen la más amplia libertad de pactar lo
5. que convenga a sus intereses, interviniendo la ley como supletoria de esa voluntad, por lo
que dicho contrato de venta con reserva de dominio esta perfeccionado entre la sociedad de
comercio PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., y nuestros mandantes, por lo cual mal
puede ser objeto de nulidad en razón a que estamos en presencia de un contrato contraído de
buena fe por ambas partes, con clausulas contractuales claras, reuniendo dicho contrato los
elementos esenciales de objeto, consentimiento y causa, donde no existe la incapacidad legal
de las partes, ni vicios en el consentimiento, causales por las que puede ser anulado un
contrato (articulo 1.142 Código Civil). Es más, bien señala la doctrina que lo que se admite
como causa de un contrato es la razón legal, que lleva al pago del precio por el comprador y
a la entrega de la cosa por el vendedor como en efecto aquí se ha cumplido y no así la
intención de perjudicar a un tercero. En los contratos que tiene por objeto la transmisión de
la propiedad, esta se transmite y se adquiere por efecto del consentimiento legítimamente
manifestado, siendo por ello que solo surten efectos entre las partes y no dañan a terceros,
cuya voluntad no han intervenido en el contrato, ni tiene vinculo con las partes. SEGUNDO.
Rechazamos y negamos que en la operación de Compraventa con Reserva de Dominio, se
estableciera un precio de venta vil, en lo relativo al valor establecido a los bienes sociales de
la compañía vendedora. Dice el demandante que en la operación de Compraventa con
Reserva de Dominio se estableció como precio de venta “…la suma de QUINIENTOS MIL
BOLIVARES (Bs. 500.000,00) de los antiguos, equivalentes hoy a QUINIENTOS
BOLIVARES FUERTES (Bs.f. 500,00), en razón a esta irrita negociación, el fondo de
comercio PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., ha quedado totalmente descapitalizado
por la venta de sus haberes y la inversión de los accionista se ha perdido sin justificación
alguna…”. Como se desprende del documento de compraventa con reserva de dominio que
cursa en este expediente y del cual antes hemos identificado, la venta de los bienes adquiridos
mediante reserva de dominio fue por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.
500.000,00), de los actuales, es decir fuertes, los cuales fueron cancelados como se demuestra
en el documento de liberación de dicha venta, anteriormente referido y el cual presentaremos
oportunamente en el lapso probatorio. Dicha cantidad de dinero fue recibida por la empresa
vendedora PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A, como se desprende de las cuotas
canceladas cuyos originales de los giros
6. presentaremos también en la oportunidad probatoria, por lo que mal se puede afirmar que la
empresa ha quedado descapitalizada y la inversión de los accionista se ha perdido sin
justificación alguna, por el contrario, su capital en lo que respecta al valor de los bienes
vendidos, para el momento de la compraventa con reserva de dominio se represento en
dinero efectivo, lo cual es un activo liquido disponible en caja, que fue recibido por la
empresa vendedora y que representa el doble del valor por el que inicialmente fue adquirido
según dicho mismo del demandante. Por otro lado, para la época de la transacción que aquí
nos ocupa, ya regia en Venezuela la circulación del bolívar actual, inicialmente llamado
bolívar fuerte, siendo esto un hecho notorio que se demuestra por sí solo, por lo que el
argumento esgrimo por el demándate, está revestido de falsedad absoluta, ya que la empresa
recibió el pago por lo que no hay daño patrimonial ni despojo de patrimonio alguno. En
cuanto a que los bienes vendidos y que conforman el patrimonio de PANIFICADORA LA
BEGOÑA, C.A., han sido efectuada a espaldas de la estructura accionaria de la misma y en
contravención a norma legal expresa como lo es el artículo 280 del Código de Comercio,
ordinal 4 que establece el quórum obligatorio para la venta de activos de las sociedades
mercantiles, donde su persona accionista de la compañía, desconocía que dicha negociación
se había llegado a efecto, si haber sido convocado y en consecuencia no manifestado su
acuerdo sobre tal operación de compraventa y sin haberse realizado asamblea alguna de
socios sobre el particular, podemos señalar lo siguiente: Como bien expresa en el escrito de
cuestiones previas el apoderado de los litisconsortes PANIFICADORA LA BEGOÑA,
C.A., LUIS FERNANDEZ LORENZO Y ELBA ROSA CONTRERAS CONTRERAS,
identificados en autos, el demandante RAMON ANTONIO CHIRINOS PARTIDAS,
también identificado en autos, confunde su cualidad de inversionista accionario con el
derecho de propiedad de un patrimonio perteneciente exclusivamente a la sociedad de
comercio PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., de la cual es solo un tenedor de acciones,
es decir, confunde el hecho de que en su patrimonio personal figura como activo un número
determinado según su dicho de 19.80%, de acciones nominales reflejados en el libro de
accionista de la sociedad de comercio PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., con el
patrimonio de bienes propiedad de una persona jurídica de la cual él es socio. Esto inclusive
lo hace incapaz para sostener la presente causa, ya que no tiene cualidad para estar en un
juicio donde simplemente es un tercero que no forma parte del contrato de venta con reserva
de dominio celebrado entre una persona jurídica denominada PANIFICADORA LA
BEGOÑA, C.A., y nuestros Mandantes y quien tiene la cualidad de solicitar la nulidad
de un contrato es aquel cuyo
7. consentimiento haya sido dado a consecuencia de un error excusable o arrancado con
violencia o sorprendido por dolo. (articulo 1.146 Código Civil), siendo como lo hemos
señalado anteriormente que el demandante no es parte contratante en el contrato objeto de la
presente causa. Por tanto la pretensión que pudiera perseguir el demandante en lo que
respecta al patrimonio de la empresa PANIFICADORA LA BEGOÑA, C.A., a su capital
social, debe en todo caso ventilarse mediante una acción diferente a la de nulidad del contrato
de venta con reserva de dominio, ya que el Código Civil establece claramente la cualidad que
hay que tener para ser sujetos de una acción de nulidad de contrato. En cuanto a ordinal 4 del
artículo 280 del Código de Comercio vale la pena señalar que la representación accionaria
para dicha asamblea es de tres cuartas partes de los socios que representen el capital social,
lo que es lo mismo al 75% de accionista y el voto favorable de los que representen la mitad.
Ahora bien, de los recaudos que acompañan a la demanda y de los dichos del demandante se
desprende que los litisconsortes LUIS FERNANDEZ LORENZO y ELBA ROSA
CONTRERAS CONTRERAS, conforman el 80,20% del paquete accionario, lo que es
superior a el quórum referido en el artículo 280, por lo que resulta difícil creer que no se
efectuara dicha asamblea, la cual tocara demostrar a los litisconsortes en su condición de
accionista y administrador de la sociedad de comercio PANIFICADORA LA BEGOÑA,
C.A., en la etapa probatoria mediante la exhibición de el respectivo libro de asamblea de
dicha compañía a la cual nuestros mandantes no tiene acceso o vinculo alguno. Señalamos
como domicilio procesal la siguiente dirección: Calle 137ª, Urbanización Prebo, residencias
Madrid, torre 1 apto 1-C, Valencia, Estado Carabobo. Finalmente solicitamos que el presente
escrito contentivo de la contestación de la demanda, sea admitido y declarado con lugar en
la definitiva, en valencia a la fecha de su presentación.