1. Republica Bolivariana de Venezuela
Universidad Bicentenaria
P1- Valle De La Pascua
OBLIGACIONES I
Modelo de Contrato para Alquiler de Local Comercial
Valle de la Pascua, julio de 2018
Participante: Gabriela Valera C.I: V-13.154.771
Facilitador: Prof. Franklin Soler
2. Entre: GABRIELA MARIA VALERA BOLIVAR , venezolana, mayor de edad, de
estado civil Soltera, de Profesión Profesora, titular de la Cédula de Identidad N° V-
13.154.771, civilmente hábil y de este domicilio, quien a los efectos de este
instrumento se denominará “LA ARRENDADORA”, por una parte; y por la otra, la
ciudadana: SILVIA DIMAR RAMOS GARCÍA, venezolana, mayor de edad, de
estado civil Soltera, de oficio Comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° V-
24.239.585, civilmente hábil y de este domicilio, quien en lo adelante se
denominará “LA ARRENDATARIA”, se ha convenido en celebrar el presente
contrato y el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: “LA
ARRENDADORA” cede en calidad de ARRENDAMIENTO a “LA
ARRENDATARIA”, un local para uso comercial ubicado en la Calle Deleite Sur
Casa Nº 75, Sector centro de esta ciudad de Valle de la Pascua, Municipio
Autónomo Leonardo Infante del Estado Guárico, con las siguientes características:
local de veinticuatro (24) metros cuadrados y baño anexo de cuatro (04) metros
cuadrados, techo de machimbrado, piso de cerámica, puerta y rejas de hierro,
ventanas panorámicas y con protectores de hierro, baño de cerámica, con poceta
y lavamanos; el cual cuenta con los servicios públicos de agua potable, aseo
urbano y electricidad, y que le pertenece a LA ARRENDADORA según se
evidencia en documento debidamente protocolizado por ante la Oficina de
Registro Público del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, bajo el Nº 28,
Folio 292, Protocolo Primero, Tomo Décimo Cuarto, Primer Trimestre del año
2.007.. SEGUNDA: El presente contrato tendrá una duración de dos (02) años a
partir de la presente fecha, pudiéndose prorrogar por un periodo igual, siempre y
cuando LA ARRENDADORA lo crea conveniente. TERCERA: El Canon de
Arrendamiento convenido entre ambas partes es por la cantidad de TREINTA
MILLONES DE BOLIVARES (30.000.000,00 Bs.) MENSUALES, que LA
ARRENDATARIA se compromete en cancelar puntualmente los últimos de cada
mes, en la siguiente cuenta bancaria que pertenece a LA ARRENDADORA ,
Banco Venezuela, Cuenta Corriente Nº 0102-0391-17-3911049337. CUARTA: Es
entendido que la falta de pago de dos (02) mensualidades o del incumplimiento de
alguna de las cláusulas que rigen este contrato dará derecho a LA
ARRENDADORA a solicitar la disolución el presente contrato y pedir la entrega de
dicho inmueble. QUINTA: Será por cuenta de LA ARRENDATARIA cualquier
reparación de tipo menor que requiera el inmueble. Igualmente, LA
ARRENDATARIA se obliga a comunicarle LA ARRENDADORA a, dentro de un
lapso de ocho (08) días continuos, cualquier daño que sufra dicho inmueble.
SEXTA: Es entendido que LA ARRENDATARIA no podrá ceder, traspasar o
subarrendar total o parcialmente el inmueble arrendado. SEPTIMA: Es entendido
que es corren por cuenta de LA ARRENDATARIA todos los pagos que se hagan
por concepto de los servicios públicos de agua potable, electricidad, aseo urbano,
impuestos municipales y otros conexos establecidos por las autoridades
competentes. OCTAVA: Todo lo no previsto en este contrato, se regirá por lo
establecido en Decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Regulación del
Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, publicado en Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela, Extraordinaria Nº 40.418 de fecha 23 de
mayo de 2014. NOVENA: Para todos los efectos de este contrato las partes eligen
como domicilio especial la ciudad de Valle de la Pascua, Municipio Leonardo
Infante, estado Guárico y a cuya Jurisdicción deberán someterse. En Valle de la
Pascua, a la fecha de su presentación y firma.
3. LA ARRENDADORA LA ARRENDATARIA
GABRIELA MARIA VALERA BOLIVAR SILVIA DIMAR RAMOS GARCÍA
C.I: V-13.154.771 C.I. V-24.239.585
4. Análisis
Los Sujetos de un Contrato, donde se encuentran en el contrato tomado como
ejemplo y explicar:
En el ejemplo están señalada los sujetos como LA ARRENDADORA y LA
ARRENDATARIA la cual la arrendadora alquila un local comercial y la
arrendataria se compromete a cancelar una cuota mensual por dicho espacio
y cumplir las clausulas definidas
.- El Objeto del Contrato:
Contrato de arrendamiento, consiste en alquilar un local comercial
.- El Consentimiento en el contrato, donde lo ubica en el contrato de ejemplo y
explicarlo:
Este contrato tiene el mero consentimiento de las partes, la arrendadora y la
arrendataria manifestado de cualquier forma su voluntad tanto de arrendar
el local como la otra parte de asumir el espacio bajo las clausulas
estipuladas Si las partes lo ponen por escrito, éste les servirá como un
medio de prueba, y así nacen todas las obligaciones que de él derivan.
.- La Capacidad de los Sujetos, donde se menciona en el contrato tomado como
ejemplo y explicar.
La arrendadora es quien entrega el bien para su uso y disfrute, y la
arrendataria, la que lo recibe a cambio del pago de una cantidad de dinero.
.- Voluntad de los sujetos, identificarla en el contrato tomado de ejemplo y explicar.
La voluntad se especifica en cada una de las clausulas que se compromete a
cumplir la arrendataria
.- De acuerdo a la división o clasificación de los Contratos, según lo establecido en
el Código Civil Venezolano determine, cuales cualidades reúne el contrato tomado
como ejemplo y explique el por qué de la misma:
Este ejemplo es un contrato unilateral, ya que el (Art 1134) del Código Civil
lo define cuando una sola de las partes se obliga, y no existen obligaciones
recíprocas.