Primero debemos entender que el contrato de seguro, es aquel mediante el
cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una suma de
dinero, conocida como prima, a indemnizar a otra llamada asegurado o a la
persona que este designe, de un perjuicio o daño que pueda causar un
suceso incierto.
Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías.
Por el comodato, el comodante se obliga a entregar gratuitamente al comodatario un bien no consumible, para que lo use por cierto tiempo o para cierto fin y luego lo devuelva. (Art. 1728 del Código Civil).
Es una póliza donde se establecen las condiciones estipuladas por ambas partes en la cual el asegurador indemniza al asegurado en función a la prima desembolsada
Primero debemos entender que el contrato de seguro, es aquel mediante el
cual una persona llamada asegurador se obliga, a cambio de una suma de
dinero, conocida como prima, a indemnizar a otra llamada asegurado o a la
persona que este designe, de un perjuicio o daño que pueda causar un
suceso incierto.
Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías.
Por el comodato, el comodante se obliga a entregar gratuitamente al comodatario un bien no consumible, para que lo use por cierto tiempo o para cierto fin y luego lo devuelva. (Art. 1728 del Código Civil).
Es una póliza donde se establecen las condiciones estipuladas por ambas partes en la cual el asegurador indemniza al asegurado en función a la prima desembolsada
El Riesgo, La Prima y La Indemnización
El suceso futuro e incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador, del asegurado o del beneficiario, y cuya materialización da origen a la obligación de la empresa de seguros. Relacionado: incertidumbre, falta de certeza.
Ensayo sobre los Seguros de Responsabilidad Civil General, para cumplir con una asignación de la Materia Riesgos Generales II, en la Universidad Tecnológica Antonio Jose de Sucre.
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En este proyecto podremos encontrar la clasificación animal según su reproducción, para el caso en estudio: los vivíparos que son animales que se desarrollan dentro del útero o matriz, que es un órgano que está en el aparato reproductor de la hembra y al nacer, pasan y salen por el canal vaginal. Son vivíparos el ser humano y todos los animales mamíferos, es decir que se alimentan de leche materna, como el león, la jirafa, los murciélagos, los monos, y muchos más, menos el ornitorrinco. Y aunque son acuáticos, también son vivíparos la ballena y el delfín.
En el presente documento, se presenta de manera sencilla aspectos doctrinarios básicos sobre lo que es la lectura y los beneficios que esta acarrea; además desde otras perspectivas en la que la lectura tiene gran importancia.
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En el presente documento, se presenta de manera sencilla aspectos doctrinarios básicos sobre lo que es la lectura y los beneficios que esta acarrea; además desde otras perspectivas en la que la lectura tiene gran importancia. En donde se retoma la célebre cita de Francis Bacón: Conocimiento es poder.
Tipología de los textos o secuencias textualesAda Sofia Nuila
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Se proporciona información sobre aspectos importantes, de como se debe redactar un ensayo de manera general, asi mismo, los pasos detallados de como redactar la cita bibliográfica para citar una fuente de información.
Puedes visitar también: https://adasofianuila.wordpress.com
Pasos para redactar un ensayo sobre derechos humanosAda Sofia Nuila
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ARGUMENTO DE LA PELÍCULA CIUDAD DE DIOS Y LA SUBCULTURA CRIMINALAda Sofia Nuila
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Las cárceles clandestinas de ana guadalupe martínezAda Sofia Nuila
Las Cárceles Clandestinas, además de ser una obra literaria, del género narrativa, representa un documento de inapreciable valor para comprender la lucha revolucionaria, puesto que contiene testimonio, descripciones de las torturas realizadas sin piedad a todos los capturados que suponían se los enemigos del gobierno, manifiesto dentro de las narraciones que Ana Guadalupe Martínez realiza
Perspectiva axiológica del derecho moderno en El SalvadorAda Sofia Nuila
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COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
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Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
2. DEFINICION:
Es el documento por virtud de la cual se crea una
relación jurídica en la cual la empresa a
aseguradora se obliga contra el pago de una prima a
indemnizar al asegurado, en los términos
convenidos. (Doctrina: Tesis de César Vivante)
Presentado por:
@2015 Ada Sofía Nuila Hernández
3. DEFINICION LEGAL:
Por el contrato de seguro, la empresa aseguradora se
obliga, mediante una prima, a resarcir un daño o a pagar
una suma de dinero al verificarse la eventualidad
prevista en el contrato. (Art. 1344 Com.)
Concibe el seguro cuando es
efectuado por una empresa.
Reconoce la naturaleza
disímil de los seguros.
Presentado por:
@2015 Ada Sofía Nuila Hernández
4. DEFINICION LEGAL:
Concibe el seguro
cuando es efectuado
por una empresa.
Aseguradora o empresa
constituida para el ejercicio de
la industria o que asuma
profesionalmente los riesgos
ajenos
Reconoce la naturaleza
disímil de los seguros.
Seguro de daños o
de cosas y Seguro de
personas.
Presentado por:
@2015 Ada Sofía Nuila Hernández
7. EMPRESA ASEGURADORA Y ASEGURADO.
AMBOS SE COMPROMETEN A CAMBIO DE PERCIBIR UNA SUMA DE
DINERO.
CELEBRACIÓN.
PAGAR A AQUEL UNA INDEMNIZACION PREDIJADA AL SUCEDER UNA
EVENTUALIDAD PREVISTA EN EL CONTRATO.
Presentado por: @2015 Ada Sofía Nuila Hernández
8. •Art. 1348 Com.
•Texto integro del contrato a celebrarse.
•Solicitante queda vinculado con la
empresa-si cumple con requisitos.
•Solicitud debidamente firmada.
•Plazo de 15 días obligación del
proponente.
SOLICITUD POR ESCRITO
A LA EMPRESA
ASEGURADORA.
•Art. 1346 com.
•Empresa realiza una
investigación: exámenes
médicos, inspección, y
valúo de los objetos según
tipo de seguro.
INVESTIGACIÓN
•ART. 1350
•Perfeccionamiento del
contrato.
Resolución de empresa
de ACEPTAR o denegar
contrato.
Art. 1347 Com. Presunción de aceptación (solicitud de
modificación, restablecimiento de un contrato. No seg
de personas, ni aumento de suma asegurada.
Presentado por:
@2015 Ada Sofía Nuila Hernández
9. •Si Acepta: lo
comunica asi al
asegurado y contrato
entra en vigencia
inmediatamente.
•Art. 1351 Com. No
existe clausula de
terminación del
contrato.
Aceptación
• Art. 1350 se entrega poliza al
asegurado y esta sirve como
comprobante del contrato. com.
• Empresa realiza una investigación:
exámenes médicos, inspección, y
valúo de los objetos según tipo de
seguro.
Emisión de la POLIZA
Si no Acepta, empresa esta obligada a reintegrar lo
pagado en concepto de prima.
Presentado por:
@2015 Ada Sofía Nuila Hernández
10. Es el documento principal que
instrumenta el contrato de
seguro, en donde constan los
derechos y obligaciones de
las partes involucradas: el
ASEGURADO y la COMPAÑÍA DE
SEGUROS.
Art. 1356 Com. Clasificación.
NOMINATIVAS, A LA ORDEN, AL
PORTADOR= ASEGUREN BIENES.
NOMINATIVAS= ASEGURAR PERSONAS.
Presentado por:
@2015 Ada Sofía Nuila Hernández
11. Se perfecciona y
prueba por
escritura pública o
privada, UNA VEZ
LA EMRPESA HA
HECHO LA
ACEPTACIÓN.
Instrumento, que mientras no se emita
esa póliza, en estricto derecho el
contrato no existe. Art. 1355 Com.
Ejemplo:: Si se produce
el siniestro en el tiempo
que media entre la
aceptación y
otorgamiento de póliza,
la COMPAÑÍA NO ES
RESPONSABLE.
Presentado por:
@2015 Ada Sofía Nuila Hernández
14. CONDICIONES GENERALES
Se recogen las normas
básicas que regularan un
determinado tipo de
contrato de seguros.
Deberán contener las
siguientes estipulaciones
relativas a: riesgos
cubiertos y materias
aseguradas; exclusiones;
definiciones necesarias
para la comprensión de la
cobertura; derechos,
obligaciones y cargas del
contrato; entra otras
estipulaciones.
Condiciones Generales:
Aplica a todos los contratos de seguros como un conjunto
de reglas que establece el asegurador para regular la
operación jurídica.
Presentado por:
@2015 Ada Sofía Nuila Hernández
16. CONDICIONES
PARTICULARES
Dependiendo del tipo
de riesgo que aseguren
contendrán las normas
que regularán los
mismos, en concreto:
duración del contrato,
todo lo relativo al
pago de la primas,
alcance de la
cobertura, los bienes
asegurados, riesgo
objeto de cobertura,
identificación de las
partes, etc.
Condiciones Particulares:
Individualizan el seguro y surgen las voluntades que generan
el acuerdo de los sujetos contratantes (Identificación del
asegurado, objeto del seguro, vigencia, etc.)
Presentado por:
@2015 Ada Sofía Nuila Hernández
20. Art. 1358 Com.
Suceso posible o incierto que implique un perjuicio patrimonial,
en la forma de daño emergente o de lucro cesante.
Joaquín Garrigues. Curso de Derecho Mercantil:
Posibilidad al azar de que ocurra un hecho que produzca necesidad
patrimonial.
Futuro e incierto= La posibilidad (se de o no), Posible (Pueda
asumirse la obligación de reparar), Licito, Fortuito y de Contenido
Económico. Presentado por: @2015 Ada Sofía Nuila Hernández
23. En el momento de la celebración el
riesgo no existía.
El riesgo desapareció.
En el momento de la celebración el
riesgo no existía.
Presentado por: @2015 Ada Sofía Nuila Hernández
24. Asegurador conoce la inexistencia del
riesgo = No derecho a la prima ni
reembolso de gastos.
El asegurado que conozca esa
circunstancia = No derecho a la
restitución de la prima y Si obligado
al pago de los gastos.
Presentado por: @2015 Ada Sofía Nuila Hernández
25. La ausencia del riesgo invalida el
contrato de seguro.
Si los efectos del seguro deben
comenzar en fecha posterior a la
celebración del contrato y el riesgo
desaparece en ese intervalo.
El asegurador solo podrá exigir el
reembolso de los gastos.
Presentado por: @2015 Ada Sofía Nuila Hernández
26. Aseguradora puede exigir judicialmente
= terminacion del contrato.
Si la agravacion fue provocada por el
asegurado debe pagar prima por el año
en curso y los gastos correspondientes.
Contrato contempla varias cosas o
personas y agravación solo se da en
alguno de ellos = Contrato queda vigente
por los demas que no han sido
afectados.
Presentado por: @2015 Ada Sofía Nuila Hernández
27. La prima se causa desde el
momento en que los riesgos
comienzan a correr por
cuenta del asegurador.
Celebración del contrato de
seguro. Art. 1362 com.
La prima puede cobrarse
también al inicio de cada
período nuevo (equivalente a
un año). Art. 1362 Inc. 2 y 3
com.
Presentado por: @2015 Ada Sofía Nuila Hernández
28. Clases de Prima y su cálculo:
Atendiendo a los componentes de precio y
forma de pago las primas las podemos
clasificar en:
Según el precio:
1. Pura o de riesgo
2. De inventario
3. Neta o de tarifa
4. Total o final
Presentado por: @2015 Ada Sofía Nuila Hernández
29. PRIMA PURA O DE RIESGO = PROBABILIDAD X COSTE MEDIO
Así, la prima pura o de riesgo es la cantidad
necesaria para cubrir los sinestros en el
período considerado.
La prima de inventario es la que obtenemos añadiendo a la prima pura los gastos de
administración (salarios de los empleados, oficinas, etc.)
Presentado por: @2015 Ada Sofía Nuila Hernández
30. La prima total o final es la resultante de
sumar a la prima neta los impuestos y
recargos, que son:
– Impuestos repercutibles
– Recargos para el Consorcio de Compensación
de Seguros
– Recargo adicional
– Recargo por fallecimiento
Presentado por: @2015 Ada Sofía Nuila Hernández