CONTRATO CON PRESTACIONES
       RECÍPROCAS
• A la hora de hablar de contratos hay que
  distinguir dos tipos de contratos.

        Contrato con prestaciones reciprocas

       Contrato con prestaciones autónomas
• CONTRATO CON PRESTACIONES RECIPROCAS.

    • A una prestación corresponde otra prestación.

    • Hay una relación de condicionalidad. Al extremo que si
      no cumples con la prestación no puedo exigir el
      cumplimiento de la contraprestación.
DEFINICIÓN:

Este contrato, tiene como premisa básica, el hecho
de que en el, intervienen por lo menos dos partes;
por tanto, es un acto jurídico plurilateral,
denominación que supera la clasificación tradicional
de contrato unilateral y bilateral o sinalagmático,
termino griego que significa obligación conjunta y
conduce a la confusión con el acto jurídico bilateral.
RECIPROCIDAD.-

El concepto de reciprocidad, según el código civil,
significa una correlación de prestaciones, es decir, la
correlación en la conexión de las ventajas y
desventajas que obtienen o están llamadas a lograr
las partes contratantes. La reciprocidad, no significa
equivalencia, ya que puede sucede que exista
disparidad entre la prestación y la contraprestación
• CONTRATO CON PRESTACIONES AUTONOMAS

• Una prestación no esta condicionada por la
  otra. Cada prestación es independiente
• SINALAGMA ¿Hay equivalencia en el contrato
  de prestaciones reciprocas?

• CONTRATO DE EJECUCIÓN INMEDIATA -
  LESIÓN. Esta dirigida a recobrar la falta de
  equivalencia de las prestaciones
• CONTRATO DE TRACTO SUCESIVO - EXCESIVA
  ONEROSIDAD DE LA PRESTACIÓN.
• PREGUNTAS.

¿Todo los contratos son económicamente
  relevantes?
  – Contratos con intercambio de titularidades
  ¿Hay contratos sin intercambio de titularidades?
  ¿En el contrato de trabajo hay intercambio de
    titularidades?
¿Afecta a la economía de un país el incumplimiento
  de los contratos?
¿Qué se intercambia en el contrato?
Primeras conclusiones
• El valor en las prestaciones reciprocas será
  subjetivo
• El intercambio se produce cuando los valores
  no son equivalentes
• Yo intercambio cuando creo que gano
• PLANIOL Y RIPERT

Los contratos tienen que cumplirse por que hay una
  promesa dada.

JOSSERAND

Los contratos deben cumplirse por que hay una
  expectativa creada.
LOS CONTRATOS NO SE
 DEBEN CUMPLIR POR
  RAZONES MORALES
  SINO ECONÓMICAS
Lo esencial en los contratos de prestaciones
reciprocas o correlativas, son las derivaciones
fundamentales, que son:

A. La Excepción de Incumplimiento.
B. La Excepción De Caducidad De Termino.
C. La Resolución De La Relación Nacida Del
Contrato.
D. El Riesgo, que radica en establecer cuál es la
situación del contratante.
A. La Excepción de Incumplimiento.

Se trata de un instrumento de defensa que permite al
contratante a quien se le exige el cumplimiento de su
prestación, negarse válidamente y suspenderla.

“A” ha celebra con “b un contrato de compraventa, por el cual
la entrega del bien debe hacerse simultáneamente con el pago
del precio. Si antes de pagarlo, “B” le exige a “A” la entrega,
este ultimo puede invocar la suspensión de su prestación, en
tanto que “B” no haya satisfecho o garantizado el
cumplimiento de la suya.
• B. La excepción de caducidad de termino.

 Permite a la parte que debía realizar        la
 prestación en primer lugar, suspender       su
 cumplimiento, cuando exista riesgo de que    la
 contraparte que debe hacerlo después, no    lo
 hará.
Supongamos que “A” ha celebrado con “B” un
contrato de compraventa, en el cual deba
efectuarse la entrega en primer término y
posteriormente el pago. Si “B” sufre un
desmedro económico de tal envergadura que
todo hace suponer que no podrá efectuar dicho
pago. “A” estará entonces en condiciones de
negarse a realizar la entrega, pese a que
cronológicamente esta debería proceder a
aquel.
C. La Resolución De La Relación Nacida Del Contrato en caso de
incumplimiento de la obligación.

Mediante el se busca que el incumplimiento termine por
satisfacer su prestación y por ello autoriza al acreedor para que
lo requiera por la vía notarial, bajo apercibimiento de resolución
del contrato. Se trata, en consecuencia, de una hipótesis de
resolución automática o de pleno derecho, que no exige
intervención judicial.
D. El Riesgo, que radica en establecer cuál es
la situación del contratante, en la eventual
hipótesis de que la prestación a cargo de la
otra parte, no sea susceptible de cumplirse
por causa de su imposibilidad sobreviniente
• Supongamos que “A” se compromete a construir un
  inmueble a “B” contra el pago de sus honorarios y
  recibe por adelantado una suma determinada. En la
  eventualidad de que “a” queda inhabilitado por un
  accidente, no podrá cumplir su prestación sin que
  haya habido culpa alguna de por medio; y lo que
  hubiese recibido como anticipo deberá devolvérselo a
  “B”, todo ello sin que solicite el concurso del juez, pues
  el art 1431 opera de pleno derecho
TRABAJO

Analizar la película “al contado” e identificar las
  relaciones obligatorias, contratos con
  prestaciones reciprocas e ineficacia
  contractual.

Contratos con prestaciones reciprocas

  • 1.
  • 2.
    • A lahora de hablar de contratos hay que distinguir dos tipos de contratos. Contrato con prestaciones reciprocas Contrato con prestaciones autónomas
  • 3.
    • CONTRATO CONPRESTACIONES RECIPROCAS. • A una prestación corresponde otra prestación. • Hay una relación de condicionalidad. Al extremo que si no cumples con la prestación no puedo exigir el cumplimiento de la contraprestación.
  • 4.
    DEFINICIÓN: Este contrato, tienecomo premisa básica, el hecho de que en el, intervienen por lo menos dos partes; por tanto, es un acto jurídico plurilateral, denominación que supera la clasificación tradicional de contrato unilateral y bilateral o sinalagmático, termino griego que significa obligación conjunta y conduce a la confusión con el acto jurídico bilateral.
  • 5.
    RECIPROCIDAD.- El concepto dereciprocidad, según el código civil, significa una correlación de prestaciones, es decir, la correlación en la conexión de las ventajas y desventajas que obtienen o están llamadas a lograr las partes contratantes. La reciprocidad, no significa equivalencia, ya que puede sucede que exista disparidad entre la prestación y la contraprestación
  • 6.
    • CONTRATO CONPRESTACIONES AUTONOMAS • Una prestación no esta condicionada por la otra. Cada prestación es independiente
  • 7.
    • SINALAGMA ¿Hayequivalencia en el contrato de prestaciones reciprocas? • CONTRATO DE EJECUCIÓN INMEDIATA - LESIÓN. Esta dirigida a recobrar la falta de equivalencia de las prestaciones • CONTRATO DE TRACTO SUCESIVO - EXCESIVA ONEROSIDAD DE LA PRESTACIÓN.
  • 8.
    • PREGUNTAS. ¿Todo loscontratos son económicamente relevantes? – Contratos con intercambio de titularidades ¿Hay contratos sin intercambio de titularidades? ¿En el contrato de trabajo hay intercambio de titularidades? ¿Afecta a la economía de un país el incumplimiento de los contratos? ¿Qué se intercambia en el contrato?
  • 9.
    Primeras conclusiones • Elvalor en las prestaciones reciprocas será subjetivo • El intercambio se produce cuando los valores no son equivalentes • Yo intercambio cuando creo que gano
  • 10.
    • PLANIOL YRIPERT Los contratos tienen que cumplirse por que hay una promesa dada. JOSSERAND Los contratos deben cumplirse por que hay una expectativa creada.
  • 11.
    LOS CONTRATOS NOSE DEBEN CUMPLIR POR RAZONES MORALES SINO ECONÓMICAS
  • 12.
    Lo esencial enlos contratos de prestaciones reciprocas o correlativas, son las derivaciones fundamentales, que son: A. La Excepción de Incumplimiento. B. La Excepción De Caducidad De Termino. C. La Resolución De La Relación Nacida Del Contrato. D. El Riesgo, que radica en establecer cuál es la situación del contratante.
  • 13.
    A. La Excepciónde Incumplimiento. Se trata de un instrumento de defensa que permite al contratante a quien se le exige el cumplimiento de su prestación, negarse válidamente y suspenderla. “A” ha celebra con “b un contrato de compraventa, por el cual la entrega del bien debe hacerse simultáneamente con el pago del precio. Si antes de pagarlo, “B” le exige a “A” la entrega, este ultimo puede invocar la suspensión de su prestación, en tanto que “B” no haya satisfecho o garantizado el cumplimiento de la suya.
  • 14.
    • B. Laexcepción de caducidad de termino. Permite a la parte que debía realizar la prestación en primer lugar, suspender su cumplimiento, cuando exista riesgo de que la contraparte que debe hacerlo después, no lo hará.
  • 15.
    Supongamos que “A”ha celebrado con “B” un contrato de compraventa, en el cual deba efectuarse la entrega en primer término y posteriormente el pago. Si “B” sufre un desmedro económico de tal envergadura que todo hace suponer que no podrá efectuar dicho pago. “A” estará entonces en condiciones de negarse a realizar la entrega, pese a que cronológicamente esta debería proceder a aquel.
  • 16.
    C. La ResoluciónDe La Relación Nacida Del Contrato en caso de incumplimiento de la obligación. Mediante el se busca que el incumplimiento termine por satisfacer su prestación y por ello autoriza al acreedor para que lo requiera por la vía notarial, bajo apercibimiento de resolución del contrato. Se trata, en consecuencia, de una hipótesis de resolución automática o de pleno derecho, que no exige intervención judicial.
  • 17.
    D. El Riesgo,que radica en establecer cuál es la situación del contratante, en la eventual hipótesis de que la prestación a cargo de la otra parte, no sea susceptible de cumplirse por causa de su imposibilidad sobreviniente
  • 18.
    • Supongamos que“A” se compromete a construir un inmueble a “B” contra el pago de sus honorarios y recibe por adelantado una suma determinada. En la eventualidad de que “a” queda inhabilitado por un accidente, no podrá cumplir su prestación sin que haya habido culpa alguna de por medio; y lo que hubiese recibido como anticipo deberá devolvérselo a “B”, todo ello sin que solicite el concurso del juez, pues el art 1431 opera de pleno derecho
  • 19.
    TRABAJO Analizar la película“al contado” e identificar las relaciones obligatorias, contratos con prestaciones reciprocas e ineficacia contractual.