El documento explica las regulaciones sobre los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial (COPASO) según la Resolución 2013 de 1986. Estos comités deben conformarse en empresas e instituciones públicas o privadas con 10 o más trabajadores. Sus funciones incluyen proponer medidas de salud ocupacional, investigar accidentes laborales, e inspeccionar lugares de trabajo. El empleador debe garantizar la elección de representantes de los trabajadores y proporcionar recursos para que el COPASO funcione adecuadamente.