El Derecho Financiero es una rama del Derecho Público, entendiéndose como tal, al conjunto de normas jurídicas, emanado de un Estado de Derecho cuyo fin es regular la actividad financiera del Estado. Otra definición del Derecho Financiero, hace referencia a aquel conjunto de normas jurídicas que se encargan de regular la actividad Financiera de un Estado en el establecimiento, obtención, manejo y erogación del gasto público; Además de ajustar la relación entre el Estado, sus órganos y los particulares. Cabe recalcar que este accionar participa diversos niveles de organismos de la administración pública, desde el propio gobierno nacional pasando por los gobiernos regionales, gobiernos municipales y las diversas entidades descentralizadas del Estado.
Derecho financiero, conceptualización y autonomía uft gre1DiocelinaNieves
La grandeza de un país está en la organización en cada una de sus áreas y esta a su vez se rige a través de sus leyes con la finalidad única de alcanzar el orden adecuado en una sociedad moderna buscando el bien común en cada ciudadano que allí habita. Uno de los aspectos más importantes que mantiene un Estado es el aspecto financiero ya que es el que regula la economía y establece estrategias adecuadas para generar ganancias y de esta manera se logra el sustento para sus ciudadanos.
El Derecho Financiero es una rama del Derecho Público, entendiéndose como tal, al conjunto de normas jurídicas, emanado de un Estado de Derecho cuyo fin es regular la actividad financiera del Estado. Otra definición del Derecho Financiero, hace referencia a aquel conjunto de normas jurídicas que se encargan de regular la actividad Financiera de un Estado en el establecimiento, obtención, manejo y erogación del gasto público; Además de ajustar la relación entre el Estado, sus órganos y los particulares. Cabe recalcar que este accionar participa diversos niveles de organismos de la administración pública, desde el propio gobierno nacional pasando por los gobiernos regionales, gobiernos municipales y las diversas entidades descentralizadas del Estado.
Derecho financiero, conceptualización y autonomía uft gre1DiocelinaNieves
La grandeza de un país está en la organización en cada una de sus áreas y esta a su vez se rige a través de sus leyes con la finalidad única de alcanzar el orden adecuado en una sociedad moderna buscando el bien común en cada ciudadano que allí habita. Uno de los aspectos más importantes que mantiene un Estado es el aspecto financiero ya que es el que regula la economía y establece estrategias adecuadas para generar ganancias y de esta manera se logra el sustento para sus ciudadanos.
Contenido.
1.Como es conceptualizado en la actualidad el derecho financiero y cómo se relaciona con otras ramas del derecho, ejemplifique.
2. explique por qué se habla de la Autonomía del derecho financiero.
Derecho Financiero como rama del Derecho Público.
Elementos y Recursos de la Actividad Financiera.
Fuentes del Derecho Financiero.
Relación con otras ramas del Derecho.
Autonomía del Derecho Financiero.
Contenido.
1.Como es conceptualizado en la actualidad el derecho financiero y cómo se relaciona con otras ramas del derecho, ejemplifique.
2. explique por qué se habla de la Autonomía del derecho financiero.
Derecho Financiero como rama del Derecho Público.
Elementos y Recursos de la Actividad Financiera.
Fuentes del Derecho Financiero.
Relación con otras ramas del Derecho.
Autonomía del Derecho Financiero.
El Derecho Financiero corresponde al Derecho Público, que persigue fines colectivos, y como lo precisa la doctrina se refiere exclusivamente a la actividad del Estado, y las Finanzas Públicas
Juicio declarativo de prescripcion y oferta real y depositocelygutierrez
1.- Tema Juicio declarativo de Prescripción: Definición de prescripción. Requisitos sustantivos y procesales. Cuando debemos utilizarlo. Tribunal competente. La demanda y sus requisitos, Legitimados activos y pasivos. Citación de los demandados y publicación de edictos, contestación de demanda. Intervención de terceros. Continuación por el procedimiento ordinario. La Sentencia, características y efectos.
2.- Tema La Oferta Real y el Depósito. Fundamento. Características. Tribunal competente. Tipo de pretensión que se hace valer a través de este procedimiento. La solicitud y sus requisitos. La oferta. Fase no contenciosa. Situaciones que pueden presentarse en el acto de la oferta. Fase contenciosa. Condiciones de validez de la oferta y del depósito. El Depósito de la cosa. Pruebas. Sentencia y sus efectos.
Universidad “Fermín Toro”
Vice Rectorado Académico
Facultad De Ciencias Políticas Y Jurídicas
Escuela De Derecho
Barqto_Edo.Lara
OBJETO DE LA PRUEBA
Información:
Celymar Gutiérrez
Abg. Keydis Pérez
Derecho Probatorio
5° Año Derecho / SAIA B
AGOSTO, 2018
Tema 12.- Identificación de restos humanos; características antropológicas; determinación de edad, sexo, raza; otras características relevantes. Material útil para estudios biológicos en la identificación, ADN. Odontología Forense
Tema 13.-Mecanismos de producción de hipoxia y anoxia; Proceso fisiopatológicos o eventos orgánicos que se producen ante la carencia de oxigeno y de respiración. Síntomas generales de la asfixia. Evidencias en el ser vivo y en el cadáver.
Tema 14.- Muerte por suspensión. Tipos. Teorías que explican la muerte por suspensión: Obstrucción respiratoria, cardiocirculatoria e inhibitoria o neurogénica. Aspecto exterior del cadáver suspendido (ahorcado); lesiones que se esperan en la necropsia.
Tema 15.- Muerte por estrangulamiento; instrumentos de la estrangulación. Signos o hallazgos externos e internos.
Tema 16.-Muerte por sofocación facial; sofocación por cuerpo extraño; por compresión de tórax y abdomen (disminución de la capacidad ventilatoria). Muerte por falta de aire respirable. Sofocación por enterramiento: agota-miento de oxigeno; enrarecimiento del aire por otros gases; monóxido de carbono; gases de disuasión policial y militar.
1. Los elementos esenciales de la relación jurídica tributaria (cuadro 1)
2. Las distintas clases de domicilio previsto en el código orgánico tributario. (cuadro 2)
Interpretacion previa de la escena del sucesocelygutierrez
Se realiza la interpretación en un orden lógico para reconstruir qué ha ocurrido en la escena de crimen. Esto se aplicará a todas las escenas de crimen, protegiendo que las mismas no sean alteradas por los paramédicos o por de los oficiales de policía.
INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO
VIOLACION DEL DOMICILIO POR FUNCIONARIOS PUBLICOS
INVIOLABILIDAD DEL SECRETO
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA
DELITOS CONTRA EL ORDEN PÚBLICO
De las Faltas
arbitraje virtual, cómo se desarrolla el mismo, cuáles son los medios de resolución de conflictos. Ley de Arbitraje Comercial, los Ciber tribunales y las Ciber notarias. la seguridad electrónica deben considerar la seguridad electrónica como elemento que motiva enormes inversiones
La palabra "terrorismo" se encuentra política y emocionalmente cargada, y esto dificulta consensuar una definición precisa. Es común el uso de la palabra por parte de gobiernos para acusar a sus opositores.
También es común que las organizaciones e individuos que lo
practican rechacen el término por injusto o impreciso. Tanto los unos como los otros suelen mezclar el concepto con la legitimidad o
ilegitimidad de los motivos propios o de su antagonista. A nivel
académico se opta por atender exclusivamente a la naturaleza de los incidentes sin especular sobre los motivos ni juzgar a los autores.
Formacion y estructuracion de la personalidad criminalcelygutierrez
1.FORMACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y ESTRUCTURACIÓN DE LA PERSONALIDAD CRIMINAL.
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3.ESTADOS PELIGROSOS.
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Derecho financiero
1. Universidad “Fermín Toro”
Vice Rectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela De Derecho
Barqto_Edo.Lara
DERECHO FINANCIERO
Información:
Celymar Gutiérrez
Derecho Tributario
Abog. Emily Ramírez
4° Año Derecho / SAIA A
SEPTIEMBRE, 2017
2. INTRODUCCION
El derecho financiero también puede establecer prerrogativas, facilidades y
excepciones que tengan en cuenta situaciones particulares en el que el uso de los fondos
públicos pueda tener que ver con necesidades urgentes. Así, el derecho financiero
organiza en todo sentido el destino que se le da a esos fondos públicos tratando de
evitar situaciones de abuso o de corrupción pero también permitiendo adaptarse a
diversas contingencias.
Para comprender la utilidad del derecho financiero es necesario poner en claro que
todos los Estados necesitan contar con un presupuesto más o menos planeado o
planificado a nivel anual para proyectar diferentes tipos de obras y medidas a ejecutar.
A diferencia de lo que sucedía con los gobiernos monárquicos de otros tiempos, hoy
en día la mayor parte de las democracias del mundo cuenta con su propia versión de
derecho financiero, es decir, el conjunto de reglas, normativas y leyes que establecen
elementos característicos del manejo de fondos públicos.
3. DERECHO FINANCIERO
El derecho financiero es aquel derecho que se encarga de regular y organizar todas las
actividades que tienen que ver con las finanzas y el presupuestario de un Estado. Como
tal, el derecho financiero (a diferencia del derecho tributario o fiscal) forma parte del
derecho público ya que se establece entre entidades públicas como los Estados,
instituciones administrativas, legislativas, etc. Es el que rige la percepción, gestión y
erogación de los recursos pecuniarios con que cuenta el estado, para la realización de
sus fines. En otros términos, es el régimen jurídico de la haciendo finanzas públicas.
El derecho financiero supone una gran relevancia en lo que respecta al buen
funcionamiento de los Estados ya que es el responsable de otorgar a las entidades y
personas gobernantes con las prerrogativas monetarias y financieras para llevar a cabo
diferentes proyectos de gobierno, medidas y decisiones que requieran el uso del
presupuesto disponible.
Es la rama del derecho objetivo que regula la actividad financiera del Estado y de los
otros entes públicos; es decir, es el conjunto de normas que regulan la recaudación, la
gestión y la distribución de los medios económicos precisos para la vida de los entes
públicos. También se denomina Derecho de la Hacienda pública. Toda vez que la parte
más importante y compleja del Derecho financiero es la que estudia los tributos, no es
extraño que, aun encuadrándolo dentro del derecho financiero, se hable del Derecho
tributario como de la especialidad jurídica que trata de la Hacienda pública.
El derecho financiero estudia el aspecto jurídico de la actividad financiera del estado.
Tiene, por lo tanto, un campo más restringido que el de la ciencia de las finanzas, que
al ocuparse de los fenómenos financieros considera también los aspectos económicos
y políticos. Lo fundamental de dicha actividad consiste en la obtención de recursos para
satisfacer los gastos que requiere el cumplimiento de los fines del estado. Tanto los
procedimientos para obtener recursos-que se traducen en dinero como los modos de
efectuar las inversiones deben organizarse de acuerdo con normas jurídicas.
La actividad financiera origina también problemas sociales y políticos, pero ellos
escapan, en rigor, al campo los procedimientos para obtener recursos de que se vale el
estado son diversos: imposición de contribuciones, contratación de empréstitos,
actividad económica estatal. La organización de los gastos origina la formación del
presupuesto y el establecimiento de una contabilidad.
Una de las primordiales relaciones entre ambas es que el Derecho público comprende
el Derecho financiero, éste comprende el Derecho tributario o derecho fiscal que es la
“Disciplina jurídica independiente”, “La parte de la actividad financiera vinculada con
la aplicación y recaudación de los recursos”.
4. Por otra parte el Derecho Financiero es Autónomo pues surgen una serie de teorías y
relaciones a través del tiempo y grandes teóricos en la materia se han encargado de dar
sus aportes y criterios en este tema por una parte podemos observar estas dos corrientes
las cuales son denominadas Administrativa y Autonomista:
Corriente Administrativa la cual es sustentada por Pérez de Ayala, Mayer y Giorgio
del Vecchio.
Según estos autores, agrupados en la llamada escuela administrativista clásica, el
derecho financiero es una parte, un capítulo especializado del derecho administrativo
y por consiguiente no tiene autonomía. Pues éstos afirman que el Derecho Financiero
forma parte del Derecho Administrativo porque su objeto es una mera función
administrativa que se sintetiza en la actividad que despliega el estado para conseguir
recurso.
La corriente autonomista la cual es sustentada por Myrbach, Rheinfeld y Mario
Pugliese.
Para estos autores los problemas jurídicos que surgen de la actividad financiera del
Estado se resuelven mediante principios propios de carácter unitario, además, señalan
que el derecho financiero tiene importantes ramas jurídicas como el derecho tributario.
5. CONCLUSION
El Derecho Financiero es una disciplina del ámbito del Derecho Público, porque está
al servicio del Estado y del Gobierno. Para toda su tramitación, se utilizan
procedimientos administrativos. Las normativas que la reglamentan son de carácter
impositivo para con los obligados a cumplirlas. Está destinado para que sus
regulaciones sean cumplidas por personas naturales o por personas jurídicas,
entendiendo por estas últimas a entidades de la administración pública, empresas
estatales, sociedades mercantiles, organizaciones sociales, etc.
el Derecho Financiero es de vital importancia en la vida social, política, cultural y
económica de un país desarrollado como un país en vías de desarrollo, de allí su gran
importancia, aunque en nuestro país no se le ha dado el respetable valor; ya que se ha
identificado al mismo como ciencia reservada al estudio de los Profesionales se las
Ciencias Económicas, cuando su verdadera importancia recae en que al normar la
Actividad Financiera del Estado, su aplicación deber ser exclusivamente para la
sociedad, no como se podría creer, reservada solamente a representantes del Estado.
En nuestra sociedad debe fortalecerse la actividad financiera del país, para así cumplir
de manera efectiva con las leyes fiscales. Es importante que el sistema de
Administración tributaria sea justo y no arbitrario, y que no se encuentre sujeto a
cambios imprevistos. Todo ello se facilita, mediante el impulso de campañas masivas
de información, así como de programas de atención y educación para el contribuyente
Venezolano.