Este documento resume los procedimientos de ingreso, libertad y excarcelación, separación interior, traslados, asistencia sanitaria, higiene y alimentación de los internos en prisiones españolas. Explica que el ingreso requiere identificación, registro de efectos personales, asignación de celda y reconocimiento médico. La separación interior se basa en criterios como sexo, edad y antecedentes. La libertad de detenidos y presos depende de la autoridad judicial, mientras que los penados necesitan aprobación del tribunal
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El documento describe el procedimiento de flagrancia según el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal. El procedimiento abreviado se aplica cuando se trata de un delito flagrante, es decir, que se está cometiendo o acaba de cometerse. El documento establece los lapsos que tiene la autoridad para presentar al sospechoso ante el fiscal y el juez de control, quien decidirá si aplica el procedimiento abreviado o el procedimiento ordinario.
El documento resume los principales aspectos del Derecho Penitenciario peruano. Regula la ejecución de penas privativas y restrictivas de libertad, teniendo como objetivo la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad. El INPE dirige el régimen penitenciario en establecimientos que pueden ser de procesados, condenados de diferentes regímenes, mujeres u otros especiales.
Las Ciencias auxiliares del Derecho Penal, brindan un aporte al Derecho Penal de manera significativa, por lo que el estudiante debe conocer su contribución al Derecho Penal.
El documento describe el procedimiento del juicio de amparo directo en México. Este tipo de amparo se puede interponer contra sentencias definitivas para alegar vicios en el procedimiento o de fondo. Corresponde conocerlo a los Tribunales Colegiados de Circuito y su decisión es terminal, salvo algunas excepciones en que puede interponerse recurso de revisión ante la Suprema Corte. El documento explica detalladamente cada etapa del procedimiento, incluyendo la presentación de la demanda, admisión a trámite, notificación a las partes,
El documento define y explica los diferentes tipos de homicidio según el Código Penal venezolano, incluyendo homicidio intencional simple, homicidio calificado, homicidio agravado, homicidio concausal, homicidio preterintencional y homicidio culposo. Describe las características y elementos de cada uno de estos tipos de homicidio así como las penas asociadas según la ley.
Este documento describe las diferentes fases del proceso penal en un sistema acusatorio, incluyendo la fase de investigación dirigida por el Ministerio Público, la fase intermedia ante el juez de garantías, y el juicio oral. También explica los roles del fiscal y la policía en la investigación de delitos, así como los diferentes actos que requieren autorización judicial y los que no.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El documento describe el procedimiento de flagrancia según el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal. El procedimiento abreviado se aplica cuando se trata de un delito flagrante, es decir, que se está cometiendo o acaba de cometerse. El documento establece los lapsos que tiene la autoridad para presentar al sospechoso ante el fiscal y el juez de control, quien decidirá si aplica el procedimiento abreviado o el procedimiento ordinario.
El documento resume los principales aspectos del Derecho Penitenciario peruano. Regula la ejecución de penas privativas y restrictivas de libertad, teniendo como objetivo la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad. El INPE dirige el régimen penitenciario en establecimientos que pueden ser de procesados, condenados de diferentes regímenes, mujeres u otros especiales.
Las Ciencias auxiliares del Derecho Penal, brindan un aporte al Derecho Penal de manera significativa, por lo que el estudiante debe conocer su contribución al Derecho Penal.
El documento describe el procedimiento del juicio de amparo directo en México. Este tipo de amparo se puede interponer contra sentencias definitivas para alegar vicios en el procedimiento o de fondo. Corresponde conocerlo a los Tribunales Colegiados de Circuito y su decisión es terminal, salvo algunas excepciones en que puede interponerse recurso de revisión ante la Suprema Corte. El documento explica detalladamente cada etapa del procedimiento, incluyendo la presentación de la demanda, admisión a trámite, notificación a las partes,
El documento define y explica los diferentes tipos de homicidio según el Código Penal venezolano, incluyendo homicidio intencional simple, homicidio calificado, homicidio agravado, homicidio concausal, homicidio preterintencional y homicidio culposo. Describe las características y elementos de cada uno de estos tipos de homicidio así como las penas asociadas según la ley.
Este documento describe las diferentes fases del proceso penal en un sistema acusatorio, incluyendo la fase de investigación dirigida por el Ministerio Público, la fase intermedia ante el juez de garantías, y el juicio oral. También explica los roles del fiscal y la policía en la investigación de delitos, así como los diferentes actos que requieren autorización judicial y los que no.
Diferencias Derecho Internacional publico y privadoramos70
El documento describe las diferencias entre el Derecho Internacional Público y Privado. El Derecho Internacional Público regula las relaciones entre los estados y organismos internacionales públicos, mientras que el Derecho Internacional Privado se refiere a conflictos de jurisdicción y leyes aplicables entre particulares. Mientras que el Derecho Internacional Público trata el interés público y los sujetos se encuentran en una posición desigual, el Derecho Internacional Privado involucra el interés privado y los sujetos se encuentran en igualdad.
El documento describe los principios fundamentales del juicio de amparo en México. Explica que el amparo protege las garantías individuales establecidas en la constitución contra actos de autoridad que las violen. Detalla los tipos de actos de autoridad, los requisitos para promover un amparo, las partes involucradas y las características del proceso de amparo directo e indirecto.
Este documento resume los conceptos de flagrancia, procedimiento de flagrancia y procedimiento abreviado según el Código Penal venezolano. Define flagrancia real, presunta y cuasiflagrancia. Explica que la detención en flagrancia inicia la fase preparatoria del proceso penal o sumario. Indica que el procedimiento abreviado aplica para delitos flagrantes de acción pública, con el fin de juzgar directamente al acusado por el Tribunal de Juicio, evitando trámites de la fase preparatoria. Finalmente
Este documento presenta los métodos para fijar y buscar evidencia en la escena de un crimen. Describe cinco métodos de fijación, incluyendo descripción escrita, fotografía, video, planimetría y representación 3D. También detalla varios métodos de búsqueda de evidencia como franjas, cuadrículas, zonas, radial, espiral y punto a punto. El objetivo es registrar y documentar la escena de manera completa para futuras investigaciones.
Este documento describe los sujetos procesales en el sistema penal mexicano. Identifica a los sujetos principales como el Ministerio Público, la víctima u ofendido y su asesor jurídico, el imputado y su defensor, y el juez. También describe a los sujetos secundarios como testigos y a los sujetos auxiliares de la administración de justicia. Explica los roles y derechos de cada sujeto procesal según la legislación mexicana.
Derecho Internacional (diferencias y similitudes)juanpgutierrez_
El documento describe las diferencias y similitudes entre el derecho internacional público y privado. El derecho internacional público regula el comportamiento de los estados y otros sujetos internacionales, mientras que el derecho internacional privado se ocupa de regular la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional. Ambas ramas comparten las mismas fuentes de derecho como los tratados internacionales y la costumbre internacional, pero difieren en que el derecho internacional público favorece los intereses colectivos de los estados, mientras que el derecho intern
PRINCIPIOS Y GARANTIAS DEL PROCESO PENAL VENEZOLANOMARIA E LOPEZ
El documento describe los principios fundamentales y fases del proceso penal venezolano. Menciona varios principios como la dignidad humana, la justicia como finalidad del proceso, el debido proceso, la presunción de inocencia, la libertad personal y el derecho a la defensa. También describe la autonomía e independencia de los jueces y las garantías del proceso como el juicio previo, la participación ciudadana, y la apreciación de pruebas con sana crítica. Finalmente, explica con más detalle los principios del debido proceso y la aut
Finalidad de las Diligencias Preparatorias Paola Bolaños
Trabajo descriptivo, con el fin de determinar la utilidad de las diligencias preparatorias, estas están destinadas a precautelar la prueba que puede ser maquillada y destruida una vez de empezar el proceso.
Este documento define la criminalística como la ciencia auxiliar del derecho penal que estudia los indicios y evidencias de un hecho delictivo. Explica que la investigación criminal implica reunir pruebas de manera ordenada y científica para esclarecer los crímenes. Describe los elementos personales como fiscales, peritos y policías, así como el equipo necesario para las investigaciones. Finalmente, detalla las fases del método general de investigación policial, incluyendo el conocimiento del hecho, comprobación, diligencias preliminares y protección de la esc
El documento describe el derecho procesal penal como el conjunto de normas jurídicas que regulan el procedimiento penal para investigar un hecho, verificar si constituye un delito, y obtener una declaración sobre la pretensión punitiva del Estado a través de un juez. También define las características e interpretación del derecho procesal penal, así como sus destinatarios, límites de aplicación y fuentes principales como la ley, la jurisprudencia y los principios generales del derecho.
Este documento trata sobre la epistemología y la ciencia criminalística. Explica brevemente la epistemología como la teoría del conocimiento y los diferentes tipos de conocimiento. Luego define la ciencia criminalística y describe sus tres pilares: la inspección criminalística, el laboratorio criminalístico y la identificación criminalística. Finalmente, discute el rol de la criminalística en la investigación criminal según el nuevo Código Procesal Penal peruano.
El documento describe la creciente amenaza de la delincuencia organizada transfronteriza y los esfuerzos del gobierno mexicano para combatirla, incluyendo la actualización de las leyes, el fortalecimiento de la cooperación internacional y el uso de nuevas herramientas de investigación por parte de la Procuraduría General de la República. Se enfatiza la necesidad de redoblar los esfuerzos conjuntos entre países para hacer frente a este problema global.
El documento resume la evolución histórica del derecho penal desde los pueblos primitivos hasta la actualidad. Comienza describiendo las normas de los pueblos primitivos como prohibiciones tabú, venganza de sangre y privación de paz. Luego analiza los códigos más antiguos como el Código de Hammurabi y las Leyes Mosaicas, así como el derecho penal griego y romano. Más adelante describe las escuelas clásica y positiva del derecho penal y sus principales representantes. Finalmente, resume las escuelas del posit
El documento habla sobre la acción penal en el sistema procesal penal venezolano. Explica que la acción penal es el derecho del Estado a perseguir delitos mediante procesos penales y castigar a los responsables. Normalmente la acción penal es ejercida por el Ministerio Público, pero en algunos delitos de acción privada puede ser ejercida por la víctima. También describe los diferentes tipos de delitos, como de acción pública, privada e instancia privada, y cómo se determina a qué tipo pertenece cada delito.
La prueba es cualquier medio o herramienta que sirve para lograr la certeza del juez sobre los hechos de un caso. Existen cuatro términos básicos relacionados con la prueba: los medios de prueba son los instrumentos como testimonios o documentos; los órganos de prueba son las personas como testigos o peritos; el objeto de prueba son los hechos que deben ser probados; y los sujetos de prueba son quienes proponen o practican las pruebas como jueces o partes.
Este documento describe las etapas y procedimientos de la audiencia inicial en un proceso penal, incluyendo la conducción del imputado, la formulación de cargos, la declaración del imputado, la solicitud de vinculación a proceso por parte del fiscal, y la decisión del juez sobre vincular o no al imputado a proceso.
El documento habla sobre las medidas de seguridad en derecho penal. Explica que las medidas de seguridad se aplican a personas que cometieron un delito pero que no son culpables debido a una falta de imputabilidad. El objetivo principal de las medidas de seguridad es la prevención especial a través de la corrección y tratamiento de la persona considerada peligrosa. Finalmente, discute los sistemas monista y dualista, siendo este último el que distingue entre penas basadas en culpabilidad y medidas de seguridad basadas en la peligrosidad.
Este documento describe las instituciones familiares y la patria potestad según la ley venezolana. Define la familia de origen y sustituta, y explica que la patria potestad corresponde conjuntamente a ambos padres durante el matrimonio o cuando los hijos nacen fuera del matrimonio. También cubre casos de divorcio o separación, y las causas de extinción de la patria potestad como la mayoría de edad o emancipación del hijo.
El documento habla sobre la clasificación penitenciaria en México y los criterios y leyes relacionadas. Menciona varios tratados, la Constitución Política mexicana, leyes como la Ley de Ejecución de Medidas Judiciales y Sanciones Penales, y la clasificación propuesta por Mariano Ruiz Funes que toma en cuenta factores como la edad, sexo, salud mental y física, y antecedentes penales. También describe los diferentes tipos de población penitenciaria como de alta, media y baja seguridad, y aquel
Este documento presenta la estructura organizativa del Ministerio del Interior de España. Describe las diferentes direcciones generales, subdirecciones generales y unidades que componen el ministerio, incluyendo la Dirección General de la Policía, la Dirección General de la Guardia Civil, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, entre otras. Además, señala algunos organismos adscritos al ministerio como el Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista y la Escuela Nacional de Protección Civil.
Diferencias Derecho Internacional publico y privadoramos70
El documento describe las diferencias entre el Derecho Internacional Público y Privado. El Derecho Internacional Público regula las relaciones entre los estados y organismos internacionales públicos, mientras que el Derecho Internacional Privado se refiere a conflictos de jurisdicción y leyes aplicables entre particulares. Mientras que el Derecho Internacional Público trata el interés público y los sujetos se encuentran en una posición desigual, el Derecho Internacional Privado involucra el interés privado y los sujetos se encuentran en igualdad.
El documento describe los principios fundamentales del juicio de amparo en México. Explica que el amparo protege las garantías individuales establecidas en la constitución contra actos de autoridad que las violen. Detalla los tipos de actos de autoridad, los requisitos para promover un amparo, las partes involucradas y las características del proceso de amparo directo e indirecto.
Este documento resume los conceptos de flagrancia, procedimiento de flagrancia y procedimiento abreviado según el Código Penal venezolano. Define flagrancia real, presunta y cuasiflagrancia. Explica que la detención en flagrancia inicia la fase preparatoria del proceso penal o sumario. Indica que el procedimiento abreviado aplica para delitos flagrantes de acción pública, con el fin de juzgar directamente al acusado por el Tribunal de Juicio, evitando trámites de la fase preparatoria. Finalmente
Este documento presenta los métodos para fijar y buscar evidencia en la escena de un crimen. Describe cinco métodos de fijación, incluyendo descripción escrita, fotografía, video, planimetría y representación 3D. También detalla varios métodos de búsqueda de evidencia como franjas, cuadrículas, zonas, radial, espiral y punto a punto. El objetivo es registrar y documentar la escena de manera completa para futuras investigaciones.
Este documento describe los sujetos procesales en el sistema penal mexicano. Identifica a los sujetos principales como el Ministerio Público, la víctima u ofendido y su asesor jurídico, el imputado y su defensor, y el juez. También describe a los sujetos secundarios como testigos y a los sujetos auxiliares de la administración de justicia. Explica los roles y derechos de cada sujeto procesal según la legislación mexicana.
Derecho Internacional (diferencias y similitudes)juanpgutierrez_
El documento describe las diferencias y similitudes entre el derecho internacional público y privado. El derecho internacional público regula el comportamiento de los estados y otros sujetos internacionales, mientras que el derecho internacional privado se ocupa de regular la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional. Ambas ramas comparten las mismas fuentes de derecho como los tratados internacionales y la costumbre internacional, pero difieren en que el derecho internacional público favorece los intereses colectivos de los estados, mientras que el derecho intern
PRINCIPIOS Y GARANTIAS DEL PROCESO PENAL VENEZOLANOMARIA E LOPEZ
El documento describe los principios fundamentales y fases del proceso penal venezolano. Menciona varios principios como la dignidad humana, la justicia como finalidad del proceso, el debido proceso, la presunción de inocencia, la libertad personal y el derecho a la defensa. También describe la autonomía e independencia de los jueces y las garantías del proceso como el juicio previo, la participación ciudadana, y la apreciación de pruebas con sana crítica. Finalmente, explica con más detalle los principios del debido proceso y la aut
Finalidad de las Diligencias Preparatorias Paola Bolaños
Trabajo descriptivo, con el fin de determinar la utilidad de las diligencias preparatorias, estas están destinadas a precautelar la prueba que puede ser maquillada y destruida una vez de empezar el proceso.
Este documento define la criminalística como la ciencia auxiliar del derecho penal que estudia los indicios y evidencias de un hecho delictivo. Explica que la investigación criminal implica reunir pruebas de manera ordenada y científica para esclarecer los crímenes. Describe los elementos personales como fiscales, peritos y policías, así como el equipo necesario para las investigaciones. Finalmente, detalla las fases del método general de investigación policial, incluyendo el conocimiento del hecho, comprobación, diligencias preliminares y protección de la esc
El documento describe el derecho procesal penal como el conjunto de normas jurídicas que regulan el procedimiento penal para investigar un hecho, verificar si constituye un delito, y obtener una declaración sobre la pretensión punitiva del Estado a través de un juez. También define las características e interpretación del derecho procesal penal, así como sus destinatarios, límites de aplicación y fuentes principales como la ley, la jurisprudencia y los principios generales del derecho.
Este documento trata sobre la epistemología y la ciencia criminalística. Explica brevemente la epistemología como la teoría del conocimiento y los diferentes tipos de conocimiento. Luego define la ciencia criminalística y describe sus tres pilares: la inspección criminalística, el laboratorio criminalístico y la identificación criminalística. Finalmente, discute el rol de la criminalística en la investigación criminal según el nuevo Código Procesal Penal peruano.
El documento describe la creciente amenaza de la delincuencia organizada transfronteriza y los esfuerzos del gobierno mexicano para combatirla, incluyendo la actualización de las leyes, el fortalecimiento de la cooperación internacional y el uso de nuevas herramientas de investigación por parte de la Procuraduría General de la República. Se enfatiza la necesidad de redoblar los esfuerzos conjuntos entre países para hacer frente a este problema global.
El documento resume la evolución histórica del derecho penal desde los pueblos primitivos hasta la actualidad. Comienza describiendo las normas de los pueblos primitivos como prohibiciones tabú, venganza de sangre y privación de paz. Luego analiza los códigos más antiguos como el Código de Hammurabi y las Leyes Mosaicas, así como el derecho penal griego y romano. Más adelante describe las escuelas clásica y positiva del derecho penal y sus principales representantes. Finalmente, resume las escuelas del posit
El documento habla sobre la acción penal en el sistema procesal penal venezolano. Explica que la acción penal es el derecho del Estado a perseguir delitos mediante procesos penales y castigar a los responsables. Normalmente la acción penal es ejercida por el Ministerio Público, pero en algunos delitos de acción privada puede ser ejercida por la víctima. También describe los diferentes tipos de delitos, como de acción pública, privada e instancia privada, y cómo se determina a qué tipo pertenece cada delito.
La prueba es cualquier medio o herramienta que sirve para lograr la certeza del juez sobre los hechos de un caso. Existen cuatro términos básicos relacionados con la prueba: los medios de prueba son los instrumentos como testimonios o documentos; los órganos de prueba son las personas como testigos o peritos; el objeto de prueba son los hechos que deben ser probados; y los sujetos de prueba son quienes proponen o practican las pruebas como jueces o partes.
Este documento describe las etapas y procedimientos de la audiencia inicial en un proceso penal, incluyendo la conducción del imputado, la formulación de cargos, la declaración del imputado, la solicitud de vinculación a proceso por parte del fiscal, y la decisión del juez sobre vincular o no al imputado a proceso.
El documento habla sobre las medidas de seguridad en derecho penal. Explica que las medidas de seguridad se aplican a personas que cometieron un delito pero que no son culpables debido a una falta de imputabilidad. El objetivo principal de las medidas de seguridad es la prevención especial a través de la corrección y tratamiento de la persona considerada peligrosa. Finalmente, discute los sistemas monista y dualista, siendo este último el que distingue entre penas basadas en culpabilidad y medidas de seguridad basadas en la peligrosidad.
Este documento describe las instituciones familiares y la patria potestad según la ley venezolana. Define la familia de origen y sustituta, y explica que la patria potestad corresponde conjuntamente a ambos padres durante el matrimonio o cuando los hijos nacen fuera del matrimonio. También cubre casos de divorcio o separación, y las causas de extinción de la patria potestad como la mayoría de edad o emancipación del hijo.
El documento habla sobre la clasificación penitenciaria en México y los criterios y leyes relacionadas. Menciona varios tratados, la Constitución Política mexicana, leyes como la Ley de Ejecución de Medidas Judiciales y Sanciones Penales, y la clasificación propuesta por Mariano Ruiz Funes que toma en cuenta factores como la edad, sexo, salud mental y física, y antecedentes penales. También describe los diferentes tipos de población penitenciaria como de alta, media y baja seguridad, y aquel
Este documento presenta la estructura organizativa del Ministerio del Interior de España. Describe las diferentes direcciones generales, subdirecciones generales y unidades que componen el ministerio, incluyendo la Dirección General de la Policía, la Dirección General de la Guardia Civil, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, entre otras. Además, señala algunos organismos adscritos al ministerio como el Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista y la Escuela Nacional de Protección Civil.
El documento describe la evolución de las prisiones a través de los siglos, desde las mazmorras medievales para torturar y castigar, hasta las cárceles del siglo XIX con un modelo de rehabilitación y reincorporación a la sociedad. También explica que una prisión moderna es un lugar de residencia y trabajo donde viven personas de ambos sexos separados con un horario establecido y una estructura organizativa que incluye una junta de tratamiento, un director y personal como vigilantes, psicólogos y educadores.
ORGANIGRAMA MPP PARA EL SERVICIO PENITENCIARIORuzmary raujo
El documento presenta el organigrama general del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario de agosto de 2011. El organigrama describe la estructura jerárquica del ministerio, que consta de un nivel superior liderado por la Junta Ministerial y la Dirección del Despacho, un nivel sustantivo con varias direcciones generales, un nivel de asesoría y apoyo, y un nivel descentralizado funcionalmente.
La educación y formación de personas privadas de libertad en América Latina presenta avances y desafíos. Varios países han implementado programas educativos y laborales en cárceles, pero su calidad y cobertura son inadecuadas y no siempre cumplen el objetivo de reinserción social. Se requiere mayor inversión, personal especializado, y que la educación intramuros sea un derecho garantizado para promover una segunda oportunidad a las personas privadas de libertad.
El documento describe varios sistemas penitenciarios a través de la historia. Comienza explicando el sistema comunitario, el cual favorecía la promiscuidad. Luego describe el sistema filadélfico de aislamiento celular y el sistema auburniano o mixto, el cual permitía el trabajo en común durante el día y aislamiento por la noche. Finalmente, introduce el sistema progresivo irlandés y otros sistemas como el de clasificación y el panóptico de Bentham.
La pena de prisión surgió como una pena humanista para limitar los excesos de poder. La prisión refleja los defectos de la sociedad y muestra su estructura, composición y funcionamiento. Originalmente, las prisiones se usaban solo para retener a los acusados hasta que fueran condenados, pero ahora la prisión en sí misma es considerada una condena.
El documento presenta un prólogo escrito por Manuela Carmena sobre el libro de Jesús Valverde que analiza la prisión. En él, Carmena destaca la importancia del libro para explicar lo que la cárcel es y no es, y cómo margina a las personas. También reflexiona sobre la responsabilidad de los jueces en las condenas a prisión y la falta de humanización del sistema penitenciario. Finalmente, expresa su esperanza en que un día las cárceles puedan desaparecer.
Poema que habla no sólo de las cárceles donde van los condenados por la justicia, sino de las cárceles que hay en las calles, cárceles de miseria y corrupción
El documento describe diferentes medidas alternativas a la prisión, como el tratamiento en libertad, semilibertad y trabajo a favor de la comunidad. También explica sanciones como la amonestación, apercibimiento, caución de no ofender y publicación de sentencia. Por último, define conceptos como suspensión, privación e inhabilitación de derechos.
Una prisión o cárcel es, por lo general, una institución autorizada por el gobierno donde son encarceladas las personas consideradas por la ley como autores de un determinado crimen. Pueden ser instalaciones en las que se encarcele a los prisioneros de guerra. Forman parte del sistema penitenciario, que es el conjunto de prisiones y la organización respectiva que las administra.
Antiguo cartel de una cárcel local.
La Unidad de Huntsville, una prisión del Departamento de Justicia Criminal de Texas en Huntsville, Texas, Estados Unidos.
El objetivo de las prisiones o cárceles varía según las épocas y, sobre todo, las sociedades. Sus principales cometidos pueden ser:
separar al convicto de la criminalidad.
proteger a la sociedad de los elementos peligrosos
disuadir a quienes pretenden cometer actos contrarios a la ley.
reeducar al detenido para su reinserción en la sociedad.
acallar a los oponentes políticos. Esta circunstancia se produce, de manera especial, en las dictaduras, aunque también en las democracias pueden existir prisioneros políticos.
impedir que los acusados (reos) puedan huir comprometiendo su próximo proceso, se habla, en este caso, de prisión preventiva.
La historia de las cárceles en México comenzó en la época prehispánica, cuando se utilizaban cercados y jaulas para custodiar a los presos que serían ejecutados o sacrificados. Con la conquista española se introdujeron las instituciones penales de derecho español. Las primeras cárceles formales en México fueron la Cárcel de Belem en la Ciudad de México en el siglo XIX y la Penitenciaría de Lecumberri, que funcionó como prisión principal del país por 76 años hasta su cier
El documento describe la importancia de los criminólogos en la reinserción social de la población femenil en el CERESO de Chetumal, Quintana Roo. Actualmente no hay criminólogos en esta prisión, lo que dificulta el tratamiento técnico progresivo requerido por ley para lograr la reinserción. La investigación busca conocer las funciones de los criminólogos y proponer su inclusión en el CERESO para cumplir con la ley y mejorar los programas de rehabilitación.
Este documento presenta las políticas de investigación de la Universidad Fermín Toro. Establece que la investigación en la universidad debe tener una orientación humanística al servicio del desarrollo sostenible local y nacional. Promoverá la creación y aplicación de conocimientos científicos, tecnológicos, humanísticos y artísticos a través de procesos indagatorios. Además, formará parte del currículo universitario para fomentar una cultura de investigación en estudiantes y profesores.
Este documento trata sobre la prisión preventiva y las medidas cautelares. Explica los orígenes y evolución de la prisión preventiva, sus conceptos y principios. También analiza las medidas cautelares, sus clases y fundamentos. Incluye modelos de escritos forenses sobre la revocatoria de la prisión preventiva. Por último, examina los estándares internacionales para la aplicación de la prisión preventiva.
Las bibliotecas de prisiones: organización y gestión. Directrices, servicios ...Universitat de Barcelona
Este documento describe las directrices para las bibliotecas de prisiones en Cataluña. Explica que las bibliotecas de prisiones deben organizarse siguiendo el modelo de biblioteca pública para garantizar el acceso igualitario a los servicios de biblioteca. También recomienda que las bibliotecas de prisiones dependan directamente del subdirector de tratamiento y tengan un presupuesto propio para su gestión autónoma. Además, propone criterios para el presupuesto de la colección y el personal de las bibliotecas penitenciarias.
,Las guerras y las cárceles realizado pormariaacaar
Las cárceles eran lugares donde la policía maltrataba a las personas sin razón y los mantenían en condiciones insalubres. Los niños aprendían a ser agresivos al ser maltratados por los mayores. Las guerras obligaban a los niños a matar a su propia familia y a servir en el ejército en lugar de tener una infancia, lo que causó muchas muertes y daños a hogares y lugares de trabajo a pesar de las protestas contra la guerra.
Este documento discute los procedimientos legales y criterios clínicos para el internamiento involuntario de pacientes con enfermedades mentales en centros psiquiátricos por orden judicial. Explica que el internamiento requiere una evaluación psiquiátrica y orden judicial debido a la pérdida de libertad personal que implica. También recomienda mejorar la coordinación entre jueces, centros psiquiátricos y servicios forenses para determinar de manera adecuada cuándo el internamiento es necesario para la salud del paciente o la segur
El documento proporciona instrucciones sobre el proceso de embalsamamiento de un cadáver. Este incluye limpiar y suavizar el cuerpo, cerrar los ojos y la boca, realizar incisiones para drenar la sangre y permitir la entrada del fluido de embalsamamiento, el cual preserva el cuerpo. El objetivo es preparar apropiadamente el cadáver antes de su presentación en el funeral.
Este documento describe los procedimientos administrativos hospitalarios como el ingreso, alta, referencia y contrarreferencia de pacientes. Explica los tipos de ingreso hospitalario, los requisitos y funciones del personal durante la admisión. También detalla los tipos de alta, el sistema de referencia y contrarreferencia, y los responsables de la contrarreferencia. El objetivo es brindar una guía sobre estos procesos administrativos en el área de salud.
Este documento establece las directrices para la implementación de un modelo de atención de salud en centros penitenciarios en Ecuador. Se designan responsabilidades al Ministerio de Salud Pública y al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos para coordinar la prestación de servicios de salud, el intercambio de información, y asegurar la infraestructura y equipamiento adecuados. El objetivo es brindar atención integral de salud a la población privada de libertad de acuerdo con los estándares nacionales.
El documento presenta una guía médico-forense para determinar el estado de salud de personas privadas de libertad. Explica que una persona puede ser suspendida de la privación de libertad o aplazada la ejecución de una pena si se encuentra en estado grave por enfermedad, según dictamen médico. Define conceptos como enfermedad muy grave incompatible con la vida en reclusión y estado grave por enfermedad. Describe el proceso de examen clínico forense para evaluar la salud y condiciones que deben tenerse en cuenta en la conclusión como ries
Este documento presenta las instrucciones para los permisos de desplazamiento durante la cuarentena por el coronavirus. Describe dos tipos de permisos: 1) Permisos individuales temporales para realizar actividades esenciales como comprar alimentos o ir al médico. 2) Permisos para zonas de cuarentena territorial o cordones sanitarios para trabajadores de servicios críticos como salud, emergencias y servicios públicos. Explica los detalles de cada permiso incluyendo su duración y cómo solicitarlos.
Este documento presenta información sobre diferentes aspectos de la responsabilidad médica, incluyendo los tipos de responsabilidad (penal, civil, de la administración, etc.), el marco legislativo relevante, y conceptos como el consentimiento informado y la historia clínica. Explica los deberes y obligaciones legales de los médicos para proteger los derechos de los pacientes y evitar posibles consecuencias legales.
Reglamento interno Hospital Viña del Mar Chiledieguay
Este documento resume el reglamento interno del Hospital Clínico Viña del Mar. Describe los servicios y especialidades médicas que ofrece el hospital, incluyendo urgencias las 24 horas, cirugías, unidades de cuidados intensivos y un centro médico ambulatorio. También explica los procedimientos de ingreso para pacientes quirúrgicos, de maternidad y hospitalizados, así como las opciones de habitaciones y estadías. Además, cubre temas como derivaciones externas, atención de urgencias y agendamiento de consultas y exámenes.
Este documento presenta un protocolo para rondas vespertinas en el Centro de Salud Familiar Lo Franco para vigilar enfermedades respiratorias. El protocolo describe los objetivos, equipo responsable, recursos, horarios y actividades de las rondas. Las rondas se enfocarán en supervisar y brindar cuidado a pacientes menores de 5 años y mayores de 65 años con neumonía, bronconeumonía u otras enfermedades respiratorias crónicas que requieran vigilancia a domicilio para disminuir las hospitalizaciones.
El documento describe los procedimientos de admisión y egreso de pacientes en un hospital. La admisión implica el ingreso del paciente y la recolección de datos. Los egresos pueden ser por mejoría, alta voluntaria, fuga o fallecimiento. Se detallan los pasos a seguir en cada caso, incluyendo la entrega de información a pacientes y familiares.
Taller impartido por D. Francisco Javier Rivas. Doctor en medicina, máster en Bioética. Vicepresidente del Comité de ética asistencial San Camilo, en las XII Jornadas de Familia y Cuidados Paliativos del Centro de Humanización de la salud de los Religiosos Camilos los días 4 y 5 de octubre de 2017
Este documento presenta los protocolos de trabajo social en el área de la salud en el Hospital de Morona Santiago. Describe las funciones principales como gestionar ayudas médicas, traslados, atención a pacientes con discapacidad, orientación a pacientes y familiares, atención a víctimas de abuso, intervención en crisis, y visitas domiciliarias. Además, detalla los protocolos específicos para gestionar ayudas médicas, traslados, turnos médicos, exámenes complementarios, y atenc
Este documento presenta los protocolos de trabajo social en el área de la salud en el Hospital de Morona Santiago. Describe las funciones principales como gestionar ayudas médicas, traslados, atención a pacientes con discapacidad, orientación a pacientes y familiares, atención a víctimas de abuso, intervención en crisis, y visitas domiciliarias. Además, detalla los protocolos específicos para gestionar ayudas médicas, traslados, turnos médicos, exámenes complementarios, y atenc
Este documento presenta los protocolos de trabajo social en el área de la salud en el Hospital de Morona Santiago. Describe las funciones principales como gestionar ayudas médicas, traslados, atención a pacientes con discapacidad, orientación a pacientes y familiares, atención a víctimas de abuso, intervención en crisis, y visitas domiciliarias. Luego detalla los protocolos específicos para la gestión de ayudas médicas, traslados, reserva de turnos para exámenes, exámenes de especial
Este documento presenta los protocolos de trabajo social en el área de la salud en el Hospital de Morona Santiago. Describe las funciones principales como gestionar ayudas médicas, traslados, atención a pacientes con discapacidad o víctimas de abuso. Incluye protocolos específicos para gestionar medicamentos, turnos médicos, exámenes y ubicar familiares. El objetivo es brindar apoyo social a pacientes para mejorar su atención y recuperación.
Este documento describe los protocolos de trabajo social en el área de la salud en el Hospital N. 6 de Morona Santiago. Incluye funciones como gestionar ayudas médicas, traslados, atención a pacientes con discapacidad, orientación a pacientes y familiares, atención a víctimas de abuso, intervención en crisis, y visitas domiciliarias. Explica detalladamente los pasos a seguir en cada protocolo, como recopilar documentos, comunicarse con otras instituciones, y realizar el seguimiento de casos. El objetivo general
Este documento presenta un resumen de la Ley N° 20.584 sobre los derechos y deberes de las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención en salud en Chile. La ley establece un catálogo de derechos como el derecho a un trato digno, a la información, al consentimiento informado y a la privacidad de los registros médicos. También describe los procedimientos para la protección de estos derechos y los deberes de los pacientes. La Superintendencia de Salud supervisa el cumplimiento de la ley
Este documento presenta un resumen de la Ley N° 20.584 sobre los derechos y deberes de las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención en salud en Chile. La ley establece un catálogo de derechos como el derecho a un trato digno, a la información, al consentimiento informado y a la privacidad de los registros médicos. También describe los procedimientos para la protección de estos derechos y los deberes de los pacientes.
Taller en las XXII Jornadas de Humanización de la Salud impartido por el Dr. Francisco Javier Rivas, doctor en medicina, máster en bioética, máster en administración y dirección de servicios sanitarios.
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2. INGRESOS Y LIBERTADES
Procedimiento de ingreso
-Ingreso de detenido, preso o penado se hará mediante mandamiento u orden de la autoridad
competente.
-En calidad de :
• Detenido: Orden judicial de detención, orden de detención Policía Local o Ministerio Fiscal.
• Preso: Mandamiento judicial de prisión.
• Penado: Sentencia condenatoria firme.
*Voluntariamente → Transcurridas 72H sin acreditación documental, procede excarcelación.
-Supuestos especiales:
• Internas con hijos menores: Admitidos menores de 3 años.
• Incomunicación del detenido o preso: Celda individual. Reconocimiento médico y
atención exclusiva por funcionarios. Comunicación→ Requisito: Autorización del Juez
3. INGRESOS Y LIBERTADES
Procedimiento de ingreso
Se llevará a cabo en el Departamento de Ingresos del Centro Penitenciario. Duración máxima: 5
días.
Fases:
1.Identificación: Verificación identidad personal. Reseña alfabética, dactilar y fotográfica.
2.Inscripción en el Libro de Registros
3.Apertura de expediente personal sobre su situación procesal y penitenciaria.
4.Cacheo de la persona.
5.Registro de sus efectos. Retirada de enseres y objetos no autorizados.
6.Adopción de medidas higiénicas necesarias.
7.Asignación de celda en el Dpto. de Ingresos.
8.Reconocimiento médico.
9.Entrevista personalizada con Trabajador Social y Educador. (Penados: + Jurista y Psicólogo Centro)
10.Traslado al Departamento/modulo, según informes emitidos y criterios de separación interior.
4. INGRESOS Y LIBERTADES
Separación interior
Criterios prioritarios: Sexo, edad y antecedentes delictivos. (Penados: Clasificación en grados.)
Art. 16 LOGP → Parámetros de separación interior:
Hombres – Mujeres.
Detenidos y presos – Condenados. Primarios – Reincidentes.
Jóvenes – Adultos.
Enfermos físicos/psíquicos – internos que siguen el régimen normal.
Detenidos y presos por delitos dolosos – delitos de imprudencia.
Competencia para decidir separación interior: Director del Establecimiento (Art. 280 R.P)
5. INGRESOS Y LIBERTADES
Libertad y excarcelación de detenidos, presos y penados. (Art. 17 LOGP y Arts. 22 a 30 RP)
Libertad detenidos y presos→ Acordada por mandamiento de la Autoridad Judicial competente.
Detenidos: Serán excarcelados a las 72H si no se recibe mandamiento de prisión.
Libertad de penados:
•Necesaria aprobación de libertad definitiva por Tribunal Sentenciador/ Expediente de libertad
condicional por Juez de Vigilancia
•Penado extranjero: sujeto a medida de expulsión posterior al cumplimiento de condena.
Notificación 3 meses antes a la extinción de condena por Director a la Autoridad Competente.
Excarcelación: Expedición y entrega de certificado (tiempo privado de libertad o situación de
libertad condicional). A solicitud de interno→entrega de informe médico y propuesta terapéutica.
Falta de medios económicos: Administración entrega lo necesario para llegar a residencia y
6. INGRESOS Y LIBERTADES
Destino. Traslados y conducciones de los internos (Arts 18 y 79 LOGP y Arts 31 a 40 RP)
- Destino: Centro Penitenciario asignado por el Centro Directivo a aun penado para cumplir condena
en virtud de su grado.
- Traslado: cambio de Centro Penitenciario por razones judiciales, seguridad o progresión/regresión
en la clasificación penitenciaria. Conducción → A cargo de Fuerzas de Seguridad del Estado.
- Desplazamiento: salida del Centro con carácter eventual y retorno al mismo. (Sede judicial, Centro
Hospitalario…).
Art 18 LOGP → Traslados de internos. Principios generales:
•Respeto a la dignidad de los internos.
•Respeto de los derechos de los internos.
•Respeto a la seguridad de la conducción.
7. INGRESOS Y LIBERTADES
Competencias
-Exclusiva → Centro Directivo: Destino de los reclusos en los distintos Establecimientos (Art. 79 LOGP y
31 RP)
-Se ejerce a partir de propuestas formuladas por:
Junta de Tratamiento
Director del Establecimiento
Consejo de Dirección del Establecimiento
Requerimientos de Jueces y Tribunales
-Obligación legal: Notificar traslados al Juez de Vigilancia (Penados) y a las Autoridades Judiciales de
que dependa (en caso de Preventivos).
8. INGRESOS Y LIBERTADES
Medios y forma de la conducción
Uso de medio de transporte:
-Generalmente por carretera en vehículos adecuados
-Vía aérea y marítima
-Transporte por ferrocarril en desuso.
Traslados se realizan bajo custodia de la Fuerza Pública. (Casos excepcionales: Funcionarios
Instituciones Penitenciarias)
Supuestos especiales:
-Penados 3º y 2º grado con permisos ordinarios. Previa autorización Centro Directivo, posibilidad de
trasladarse por sus propios medios sin vigilancia.
-Madres con hijos en prisión: 2 Opciones (Entrega hijo a familiares/ Viaje con madre acompañado por
personal Instituciones Penitenciarias).
9. ASISTENCIA SANITARIA
Asistencia sanitaria
Art. 3.4 LOGP: La Administración Penitenciaria velará por la vida, integridad y salud de los internos.
Asistencia a internos se garantiza de forma equivalente a la dispensada al conjunto de población
reclusa. Carácter integral y orientada a la prevención, curación y rehabilitación.
Establecimientos Penitenciarios cuentan con:
-Equipo sanitario atención primaria:
Médico General
Diplomado en Enfermería
Auxiliar de Enfermería
-Atención especializada (Carácter periódico):
Psiquiatra
Odontólogo
Ginecólogo y Pediatra ( En caso de madres con hijos en Centro)
10. ASISTENCIA SANITARIA
Enfermería
Art 37 LOGP → Todos los Establecimientos Penitenciarios estarán dotados de:
Enfermería con nº suficiente de camas, material clínico, instrumental adecuado y productos
farmacéuticos básicos para curas de urgencia e intervenciones dentales.
Dependencia destinada a observación psiquiátrica.
Dependencia destinada a la atención de toxicómanos.
Unidad de enfermos contagiosos.
Dependencia dotada de material de obstetricia necesario para el tratamiento de internas
embarazadas y de las que acaban de dar luz.
Asistencia médica y sanitaria se asegura por reconocimiento inicial del interno a su ingreso en
CP, dentro de las 24 H a partir del ingreso, se procede apertura historia clínica individual.
11. ASISTENCIA SANITARIA
Modelos de atención sanitaria a internos:
• Atención primaria: Se ejerce dentro del sistema penitenciario y con sus propios medios o
concertados.
• Atención especializada: Garantizada a través del Sistema Nacional de Salud, tanto en ámbito
de consulta con especialistas, como en régimen de hospitalización. En este caso, vigilancia y
custodia a cargo exclusivamente de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Derechos de los internos a la asistencia sanitaria (Arts 36 a 40 LOGP y 207 a 226 RP):
Derecho a una atención medico sanitaria equivalente a la dispensada al conjunto de la población.
Derecho a la prestación farmacéutica.
Derecho a no ser objeto de investigaciones médicas.
Derecho a ingreso y hospitalización en Hospitales del Sistema Nacional de Salud.
Derecho a que se le expidan los informes médicos que se soliciten.
12. HIGIENE
Art. 19 LOGP
•Todos los internos se alojaran en celdas individuales y todas las dependencias del establecimiento
deberán satisfacer las necesidades de la higiene y estar acondicionadas de manera que el volumen
de espacio, ventilación, agua, alumbrado y calefacción se ajuste a las condiciones climáticas de la
localidad.
Internos:
-Derecho a vestir prendas propias o las facilitadas por el Establecimiento. (Adaptadas a las
condiciones climatológicas y sin elementos que afecten a la dignidad).
-A instancia del Medico de Centro: Director puede prohibir uso de ropas y efectos contaminados
propiedad de internos.
-Exigencia de aseo personal (Administración Penitenciaria→ Facilitará servicios y artículos de aseo).
Art. 29 LOPG: Todo interno deberá contribuir al buen orden, limpieza e higiene del Establecimiento.
13. HIGIENE
- En todos los establecimientos: existencia de Lavandería, accesible a todos los internos.
- Por razones de salud pública, no se permitirá:
La entrada de alimentos perecederos por conductos que pudieran alterar sus características y
comprometer a la salud de los consumidores.
La presencia de animales en el Establecimiento, por regla general, y , en ningún caso, en las
celdas.
- Periódicamente se procederá a una completa desinfección, desinfectación y desratización de las
distintas dependencias de cada Establecimiento. Los servicios sanitario se encargarán del
seguimiento y evaluación de estas campañas.
14. ALIMENTACIÓN
Artículo 21 LOGP y 226 RP:
``La Administración proporcionará a los internos una alimentación controlada por el Médico,
convenientemente preparada y que responda en cantidad y calidad a las normas dietéticas y de
higiene, teniendo en cuenta su estado de salud, la naturaleza del trabajo y, en la medida de lo
posible, sus convicciones filosóficas y religiosas´´
-Los internos disponen, en circunstancias normales, de agua potable a todas las horas.
-En el RP se añade como especificidades en la alimentación de internos: edad, clima y costumbres.
-Alimentación internos enfermos y niños que se encuentren con madres: controlada y elaborada de
acuerdo con las indicaciones del servicio médico.
15. VIGILANCIA Y SEGURIDAD
Institución Penitenciaria → fines: Retención y custodia de detenidos, presos y penados. (Arts 1 LOGP y 2
R.P.
Ley Penitenciaria, exige colaboración activa del interno. Les impone como deberes(Arts. 4 LOGP y 5 RP):
-Permanecer en el establecimiento a disposición de la autoridad judicial que hubiere decretado su
internamiento o para cumplir las condenas que se le impongan hasta el momento de su liberación.
-Acatar las normas de régimen interior, reguladoras de la vida del establecimiento, cumpliendo las
sanciones disciplinarias que le sean impuestas en el caso de infracción de aquellas.
-Mantener una normal actitud de respeto y consideración con los funcionarios de la institución
penitenciaria y autoridades judiciales o de otro orden, tanto dentro del establecimiento como fuera de
ellos con ocasión de traslado, conducciones o prácticas de diligencias.
-Observar una conducta correcta con sus compañeros de internamiento.
16. SEGURIDAD EXTERIOR
El RP dedica en el Capítulo VII del Título II, de la Organización General, a la seguridad de los
establecimientos, dividido en tres secciones: Seguridad Exterior, Seguridad Interior y Medios Coercitivos
(artículos 63 a 72).
Seguridad exterior de los Establecimientos penitenciarios corresponde a:
-Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
-Cuerpos de Policiía de la Comunidad Autónoma.
-Ambos se regirán por las normas de sus respectivos Cuerpos.
-Artículo 63 R.P establece: ``En materia de seguridad exterior de los Centros penitenciario recibirán
indicaciones de los Directores de los msimos´´.
Jefe de Guardia exterior debe:
-Presentarse ante el Director, una vez practicado relevo e informarlo de las incidencias del servicio.
-Informar al Director cuando durante el servicio se produzca algún hecho que por su importancia,
deba ser puesto en conocimiento del Director del Establecimiento.
17. SEGURIDAD
LOGP: 2 supuestos → Ministerios de Justicia e Interior pueden suspender parcial y temporalmente los
derechos reconocidos a los internos:
1.Graves alteraciones del orden en un Centro: Autoridad penitenciaria requiere intervención de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El jefe de las mismas asume dirección del
establecimiento penitenciario, en cuanto a custodia, vigilancia y restauración del orden.
2.Por razones de seguridad pública: Ministerios de Justicia e Interior podrán acordar que un
establecimiento cerrado o departamento especial corresponda a los Cuerpos de Seguridad del
Estado
18. SEGURIDAD INTERIOR
• Actividades dirigidas a evitar la fuga de internos, garantizar ordenada convivencia dentro del
Establecimiento y proteger los derechos fundamentales de las personas dentro del Centro
Penitenciario.
• Competencia → Funcionarios Cuerpos de Instituciones Penitenciarias (Artículo 64 R.P).
• Actividades de seguridad interior → Normativa Reglamentaria, artículo 23 LOGP:
`` Los registros y cacheos en las personas de los internos, sus pertenencias y locales que
ocupen, los recuentos, así como las requisas de las instalaciones del establecimiento, se
efectuarán en los casos, con las garantías y periodicidad que reglamentariamente se
determinen y dentro del respeto a la dignidad de las personas´´
19. SEGURIDAD INTERIOR
Medidas de Seguridad Interior
•La observación
-Control visual de los internos. Conocer comportamiento habitual, actividades y movimientos dentro
y fuera del Departamento asignado y relaciones con resto de internos.
-Objetivo: Detectar hechos y circunstancias relevantes para la seguridad del Establecimiento.
Elaboración de informes.
•Los recuentos
-Verificación del nº de reclusos existentes en cada dependencia y el estado físico de los mismos.
Medida de control numérico: detectar presencia física o falta del interno.
-Dos modalidades de recuento: Ordinario y Extraordinario.
20. SEGURIDAD INTERIOR
- Recuento Ordinario: Diario, en los momentos de relevo del personal de Seguridad. 3 al día: Por la
mañana, después de la comida y tras la cena.
- Recuento Extraordinario: Ordenado por Jefe de Servicios, en razón de una especial situación
originada en Centro o un Departamento. Debe comunicarlo al Director.
Tras los recuentos, los resultados se reflejan en partes escritos suscritos por los funcionarios que lo
hayan practicado. Estos informes serán dirigidos al Jefe de Servicios.
• Registros: Comprobación de que las ropas y enseres de internos no oculten objetos prohibidos o
peligrosos.
• Requisas: Registro de la estructura física del departamento utilizado por los internos, con objeto de
comprobar que los mismos no son dañados con el fin de evitar la fuga y de requisar objetos
pohibidos ocultos en estas estructuras.
21. SEGURIDAD INTERIOR
• Cacheos
Registro de la persona del interno. Objetivo: Evitar que pueda llevar objetos prohibidos o peligrosos
en su poder. Son registros personales y se realizan mediante palpación o elementos electrónicos
para detectar metales.
RP ha incorporado y regulado en art. 68 el cacheo con desnudo integral.
- Este tipo de cacheo, sólo puede llevarse a cabo cuando existan razones que hagan pensar que
un interno oculta en su cuerpo, algún objeto peligroso o sustancia susceptible de causar daño a la
salud o integridad física de las personas o de alterar la seguridad o convivencia ordenada del
Establecimiento. Se requiere autorización del Jefe de Servicios.
- Se realizará por funcionarios del mismo sexo, en lugar cerrado y preservando en todo lo posible la
intimidad del interno.
22. SEGURIDAD INTERIOR
- Obligación reglamentaria de formular parte escrito por los funcionarios que hayan practicado los
registros, requisas, cacheos y demás controles practicados, especificando si es el caso, los cacheos
con desnudo integral practicados.
• Registro y control de las personas autorizadas a comunicar con los internos.
• Registro y control de quienes tengan acceso al interior de los Establecimientos para realizar algún
trabajo o gestión dentro de los mismos.
• Registro y control de los vehículos que entren o salgan del Establecimiento.
• Registro y control de los paquetes y encargos que reciban o remitan los internos. (Art. 50 RP).
• Intervenciones: Al efectuar registros y cacheos serán intervenidos los siguientes elementos: dinero,
alhajas y objetos de valor no autorizados, así como aquellos que se entiendan peligrosos para la
seguridad o convivencia ordenada o de ilícita procedencia.
23. PRINCIPIOS GENERALES
MEDIDAS DE SEGURIDAD
1) Principio de necesidad
2) Principio de proporcionalidad e idoneidad
3) Principio de respeto a la dignidad y a los derechos fundamentales, especialmente en aquellas
medidas que se practiquen directamente sobre las personas.
4) Principio de preferencia a la utilización de medios de carácter electrónico entre los de igual
eficacia.
5) Principio de intervención: cuando los funcionarios detecten alguna anomalía o cualquier hecho o
circunstancia indiciaria de una posible perturbación de la vida normal del Centro, lo pondrán de
inmediato en conocimiento del Jefe de Servicios y, si es necesario, hará uso de los medios
coercitivos.
24. SEGURIDAD INTERIOR
Los Medios Coercitivos
Medidas reglamentarias utilizadas de manera coercitiva sobre los internos, en los siguientes supuestos
(Artículo 45 LOGP):
1.Para evitar daños de los internos a sí mismos, a otras personas o a cosas.
2.Para vencer la resistencia activa o pasiva de los internos a las órdenes del personal penitenciario en el
ejercicio de su cargo.
3.Para impedir actos de evasión o de violencia de los internos.
Los medios coercitivos regulados en el artículo 72 son los siguientes:
1.Aislamiento provisional.
2.Fuerza física personal.
3.Defensas de goma.
4.Aerosoles de acción adecuada
5.Esposas.
25. SEGURIDAD INTERIOR
Los Medios Coercitivos
Uso: Autorización del Director. Este lo pondrá en conocimiento del Juez de Vigilancia, expresando
detalladamente los hechos que dieron lugar a su utilización.
El Juez de Vigilancia:
-Dictará Auto donde estima ajustadas a Derecho las medidas coercitivas aplicadas. (Resolución
recurrible en Apelación ante la Audiencia Provincial).
-O considerará que no son ajustadas a Derecho y remitirá las actuaciones al Juzgado competente
para delimitar los hechos y la presunta responsabilidad penal.
Los medios materiales coercitivos no se encuentran en poder de los funcionarios permanentemente.
Art 74 R.P determina que: ``Serán depositados en aquel lugar o lugares que el Director entienda
idóneos, y su cuantía y estado se reflejará en libro oficial´´.
26. SEGURIDAD INTERIOR
Principios Generales Medidas Coercitivas
•El uso de las medidas será proporcional al fin pretendido.
•El uso de las medidas estará dirigido exclusivamente al restablecimiento de la normalidad.
•El uso de las medidas nunca debe suponer la imposición de una sanción encubierta.
•Las medidas coercitivas solo se aplicarán cuando no exista otra manera menos gravosa para
conseguir la finalidad perseguida.
•La duración de las medidas coercitivas sólo será por el tiempo estrictamente necesario.
•Las medidas coercitivas solo se aplicarán en aquellos supuestos en que pudiera derivarse un
inminente peligro para la integridad del interno o de otras personas; a las mujeres gestantes y a las
mujeres hasta seis meses después de la terminación del embarazo, a las madres lactantes y a las
que tuvieran hijos consigo y a los enfermos convalecientes de enfermedad grave.