El documento discute el descuento de salarios de docentes durante una huelga. Argumenta que durante una huelga legal, el contrato de trabajo está suspendido y por lo tanto no hay obligación de pago de salarios. Señala que el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) pagó salarios a los docentes en huelga de manera negligente e incumpliendo la ley. Concluye que los docentes deben devolver los salarios percibidos indebidamente y que el MEC debe implementar un bloqueo automático para evitar pagos durante huelgas futuras
El documento resume una resolución judicial sobre la denegación de prestaciones por desempleo a un militar en situación de reserva activa. La sentencia de primera instancia estimó parcialmente la demanda del militar, pero la sala de lo social revocó esta decisión al considerar que un militar en reserva activa, aunque pueda compatibilizar otras actividades laborales, no se encuentra en situación legal de desempleo ni ha perdido su empleo público, por lo que no tiene derecho a prestaciones por desempleo.
El documento describe las secuelas del intento fallido de despido colectivo en la empresa, incluyendo la continua desconfianza de la plantilla hacia la dirección a pesar de iniciativas para mejorar la relación laboral. También resume una sentencia de la UE que establece claramente la interpretación de la ultractividad en los convenios colectivos introducida en la reforma laboral española, lo que debería dar más tranquilidad en las negociaciones actuales. Por último, advierte sobre posibles problemas en el uso de la nueva herramienta de comunicación interna de
El documento describe el origen, concepto y relación jurídica del salario en Venezuela. Explica que el salario se refiere a la suma de dinero que recibe un trabajador de parte de su empleador por tiempo de trabajo o tareas realizadas. Además, resume las leyes venezolanas relacionadas con el derecho al salario, su estipulación, fijación, pago y participación de los trabajadores en los beneficios de las empresas.
El trabajador sufrió un accidente de trabajo el primer día que empezó a trabajar en la empresa. La empresa tenía un seguro con una mutua para cubrir riesgos de accidentes laborales. Sin embargo, el trabajador no había sido dado de alta en la Seguridad Social. El tribunal falló que la empresa era responsable de pagar los gastos médicos y la incapacidad temporal del trabajador dado que no cumplió con sus obligaciones de darlo de alta en la Seguridad Social.
Este resumen proporciona la información fundamental del documento en 3 oraciones:
Dos trabajadores sufrieron una explosión mientras manipulaban un producto químico en el trabajo. Uno de los trabajadores estaba afiliado a la seguridad social mientras que el otro no estaba dado de alta. El documento analiza las responsabilidades del empleador y la entidad aseguradora con respecto al pago de los gastos médicos y subsidios de incapacidad temporal de los trabajadores.
1) El trabajador tenía derecho a percibir la prestación económica por incapacidad temporal aunque el empresario no cumpliera sus obligaciones, al tratarse de un accidente laboral.
2) La empresa principal, Descarcas Pesqueras Coruñesas S.A., tenía la obligación de pagar la prestación por incapacidad temporal.
3) El tribunal desestimó el recurso de suplicación y confirmó la sentencia que condenó a Descarcas Pesqueras Coruñesas S.A. al pago de la indemnización, pero absol
El documento presenta una introducción sobre el registro de la relación laboral y las modalidades de contratación. Luego, detalla los pasos para dar de alta a un empleador ante la AFIP y a los empleados, incluyendo la documentación requerida y la carga de datos en el sistema de la AFIP. Finalmente, explica el proceso de alta de un empleado, con la carga de datos personales y laborales del trabajador.
La huelga es un derecho constitucional que permite a los trabajadores suspender temporalmente sus actividades laborales para solicitar mejoras en sus condiciones de trabajo. La Ley Federal del Trabajo regula el procedimiento de huelga y establece que es lícita cuando busca lograr equilibrio entre factores de producción y defender derechos de los trabajadores. Para ser válida, una huelga debe cumplir ciertos requisitos como ser convocada por un sindicato mayoritario y tener como objetivo cuestiones laborales permitidas por ley.
El documento resume una resolución judicial sobre la denegación de prestaciones por desempleo a un militar en situación de reserva activa. La sentencia de primera instancia estimó parcialmente la demanda del militar, pero la sala de lo social revocó esta decisión al considerar que un militar en reserva activa, aunque pueda compatibilizar otras actividades laborales, no se encuentra en situación legal de desempleo ni ha perdido su empleo público, por lo que no tiene derecho a prestaciones por desempleo.
El documento describe las secuelas del intento fallido de despido colectivo en la empresa, incluyendo la continua desconfianza de la plantilla hacia la dirección a pesar de iniciativas para mejorar la relación laboral. También resume una sentencia de la UE que establece claramente la interpretación de la ultractividad en los convenios colectivos introducida en la reforma laboral española, lo que debería dar más tranquilidad en las negociaciones actuales. Por último, advierte sobre posibles problemas en el uso de la nueva herramienta de comunicación interna de
El documento describe el origen, concepto y relación jurídica del salario en Venezuela. Explica que el salario se refiere a la suma de dinero que recibe un trabajador de parte de su empleador por tiempo de trabajo o tareas realizadas. Además, resume las leyes venezolanas relacionadas con el derecho al salario, su estipulación, fijación, pago y participación de los trabajadores en los beneficios de las empresas.
El trabajador sufrió un accidente de trabajo el primer día que empezó a trabajar en la empresa. La empresa tenía un seguro con una mutua para cubrir riesgos de accidentes laborales. Sin embargo, el trabajador no había sido dado de alta en la Seguridad Social. El tribunal falló que la empresa era responsable de pagar los gastos médicos y la incapacidad temporal del trabajador dado que no cumplió con sus obligaciones de darlo de alta en la Seguridad Social.
Este resumen proporciona la información fundamental del documento en 3 oraciones:
Dos trabajadores sufrieron una explosión mientras manipulaban un producto químico en el trabajo. Uno de los trabajadores estaba afiliado a la seguridad social mientras que el otro no estaba dado de alta. El documento analiza las responsabilidades del empleador y la entidad aseguradora con respecto al pago de los gastos médicos y subsidios de incapacidad temporal de los trabajadores.
1) El trabajador tenía derecho a percibir la prestación económica por incapacidad temporal aunque el empresario no cumpliera sus obligaciones, al tratarse de un accidente laboral.
2) La empresa principal, Descarcas Pesqueras Coruñesas S.A., tenía la obligación de pagar la prestación por incapacidad temporal.
3) El tribunal desestimó el recurso de suplicación y confirmó la sentencia que condenó a Descarcas Pesqueras Coruñesas S.A. al pago de la indemnización, pero absol
El documento presenta una introducción sobre el registro de la relación laboral y las modalidades de contratación. Luego, detalla los pasos para dar de alta a un empleador ante la AFIP y a los empleados, incluyendo la documentación requerida y la carga de datos en el sistema de la AFIP. Finalmente, explica el proceso de alta de un empleado, con la carga de datos personales y laborales del trabajador.
La huelga es un derecho constitucional que permite a los trabajadores suspender temporalmente sus actividades laborales para solicitar mejoras en sus condiciones de trabajo. La Ley Federal del Trabajo regula el procedimiento de huelga y establece que es lícita cuando busca lograr equilibrio entre factores de producción y defender derechos de los trabajadores. Para ser válida, una huelga debe cumplir ciertos requisitos como ser convocada por un sindicato mayoritario y tener como objetivo cuestiones laborales permitidas por ley.
Suspensión de la relación laboral y normas de protección a la maternidadMirta Hnriquez
Este documento explica la suspensión de la relación laboral. Brevemente:
1) La suspensión de la relación laboral ocurre cuando una de las partes no puede cumplir temporalmente con sus obligaciones contractuales por causas justificadas y ajenas a su voluntad.
2) Durante la suspensión, el contrato de trabajo subsiste aunque no se esté cumpliendo, y los derechos y obligaciones de ambas partes se modifican de forma temporal.
3) Existen diferentes tipos de suspensión como la convencional, legal y judicial, y
DESCUENTOS INDEBIDOS EN LA REMUNERACIÓN: Se muestra cómo solicitar la devolución de descuentos indebidos a la remuneración de los trabajadores (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento propone modificaciones a la Ley Orgánica del Trabajo de Venezuela. Sugiere reducir el horario laboral a 40 horas y mantener un día de descanso, en lugar de dos. También propone incorporar el principio de modificación de condiciones laborales y fortalecer el diálogo entre sindicatos y empresas. Finalmente, pide convocar a todas las organizaciones sindicales cuando se discuta el salario mínimo para lograr un consenso más amplio.
El documento describe las diferentes modalidades de contratación laboral en Argentina. Explica el contrato por tiempo indeterminado, los contratos temporales como el contrato a plazo fijo, el contrato de temporada, el contrato eventual y el contrato a tiempo parcial. También cubre temas como el período de prueba, la duración de los contratos, los requisitos y la extinción de cada modalidad.
El documento presenta una definición detallada de la huelga según la legislación laboral mexicana. Explica que la huelga implica la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores de forma legal y en defensa de sus intereses. Además, describe los diferentes periodos de una huelga (gestación, prehuelga y huelga estallada) y establece los objetivos y procedimientos legales para llevar a cabo una huelga.
El documento trata sobre el preaviso en la legislación laboral venezolana. Explica que en la nueva Ley Orgánica del Trabajo ya no se permite descontar el salario de los trabajadores si no cumplen con el preaviso al renunciar. También establece los plazos de preaviso requeridos para los trabajadores según su antigüedad, que van de una semana a un mes. Sin embargo, la ley no incluye sanciones para los trabajadores que no cumplan con el preaviso, por lo que este tiene poco valor pr
El documento resume el marco legal de las huelgas y conflictos colectivos en Uruguay. Señala que la Constitución reconoce el derecho a huelga y promueve la organización sindical. Explica que aunque tradicionalmente se entiende la huelga como la suspensión del trabajo, la jurisprudencia uruguaya admite otras medidas de conflicto. Detalla los tipos de reivindicaciones que se pueden defender mediante huelga y que el derecho a huelga incluye cuestiones políticas y económicas, no solo laborales. Res
1) El documento analiza si un trabajador jubilado que vuelve a la actividad laboral tiene derecho a la estabilidad e indemnización en caso de despido. 2) Actualmente la justicia sostiene que el empleador puede contratar y despedir al trabajador jubilado sin importar su nueva antigüedad, pero el autor critica esta postura. 3) El autor concluye que la interpretación judicial va en contra de la protección del trabajador establecida en la ley laboral y que un trabajador jubilado que regresa tiene los m
El documento analiza las compensaciones no económicas que pueden ser objeto de negociación colectiva por parte de los servidores públicos. Las compensaciones no económicas negociables incluyen: 1) compensaciones no económicas propiamente dichas como descansos y vacaciones; 2) condiciones de empleo como requisitos de ingreso y aptitud; y 3) condiciones de trabajo como alimentación, movilidad y capacitación. Estas compensaciones no constituyen incrementos salariales, sino beneficios que motivan a los servidores o facilitan el
Tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguayaElver Ruiz Díaz
Este documento describe los diferentes tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguaya, incluyendo indemnizaciones tarifadas e indemnizaciones agravadas. Explica que las indemnizaciones tarifadas se calculan de forma fija según la antigüedad y el salario del trabajador, mientras que las indemnizaciones agravadas son determinadas por el juez a su discreción para cubrir daños y perjuicios. También critica algunas posturas de jueces laborales que limitan excesivamente su función a simples cálculos
la inconstitucionalidad del contrato especial emergente dentro de la ley de a...Greta Rivadeneira
La figura del Contrato Especial Emergente fue registrada en nuestra legislación a través de la Ley de Apoyo Humanitario, dentro del marco de la pandemia por el Covid-19 y la crisis de empleo. Se encuentra normativizado en el artículo 19 de la misma ley y nos expresa que “es aquel contrato individual de trabajo por tiempo definido que se celebre para la sostenibilidad...” (2020); dentro de la primera oración del artículo estamos frente a un gran retroceso legal. Teniendo en consideración que la figura del contrato a tiempo definido fue suprimida mediante la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar el 20 de abril del 2015, presentando la figura del contrato de trabajo por tiempo indefinido, asegurando así el derecho de la estabilidad laboral de los trabajadores. No obstante aquella estabilidad ha sido pausada y violentada gracias a este nuevo contrato emergente, violentando nuestro principio de progresividad tutelado por nuestra Constitución en su artículo 11 numeral 7, el cual nos indica que: “ el contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y políticas públicas…” teniendo en cuenta que obliga al Estado a garantizarnos el reconocimiento y ejercicio del mismo principio.
El resumen es el siguiente:
1) La empresa presenta un recurso de reconsideración contra una resolución de cobranza de ESSALUD por un monto de S/.2,206.
2) Argumenta que la resolución de ESSALUD es nula porque no existe un acto administrativo previo que motive la obligación de pago.
3) Alega haber cumplido con sus obligaciones tributarias de aportes a ESSALUD a pesar de haber realizado algunos pagos fuera de plazo.
El documento define el paro patronal como la suspensión temporal del trabajo ordenada por el patrón con el objetivo de defender sus intereses económicos frente a los trabajadores. Explica que el paro surgió como una herramienta para contrarrestar el derecho de huelga de los trabajadores. Se clasifica el paro como legal e ilegal dependiendo de si cumple con los procedimientos establecidos o no, y como justo o injusto dependiendo de si los motivos son atribuibles a los trabajadores o no.
El Tribunal Constitucional falla que el cobro de beneficios sociales por parte de un trabajador despedido no implica la aceptación tácita de dar por terminada la relación laboral. Los beneficios sociales tienen un carácter previsional y corresponden al trabajador independientemente de la causa de cese. Por lo tanto, un despido arbitrario no puede convalidarse alegando que el trabajador cobró dichos beneficios, y procede la demanda de amparo para restituirlo en su puesto laboral.
Este documento resume los principales aspectos del empleo derivado en España. Explica las agencias de colocación, las empresas de trabajo temporal (ETT), los requisitos de las ETT, los tipos de contratos involucrados como el contrato de puesta a disposición y el contrato entre la ETT y el trabajador, así como los derechos de los trabajadores, las obligaciones de las ETT y las empresas usuarias, y la relación entre el trabajador y la empresa usuaria.
Cuadro comparativo de sustitucion de patronoargenis rivas
El documento presenta una comparación entre la sustitución de patrono y la suspensión de la relación laboral. Explica que la sustitución de patrono ocurre cuando hay una transferencia de propiedad de una empresa manteniéndose las mismas labores, mientras que la suspensión es una interrupción temporal de la relación laboral sin terminar el vínculo entre empleador y empleado. También describe algunas causas y efectos de ambas figuras como la continuidad de las relaciones laborales y responsabilidad solidaria del nuevo empleador en sustitución de
El documento proporciona información sobre la diferencia entre tercerización e intermediación. La tercerización implica que una empresa asume por cuenta propia el desarrollo de actividades especializadas para otra empresa, mientras que la intermediación involucra la cesión de trabajadores que realizan tareas bajo la dirección de la empresa usuaria. También presenta varios casos sobre responsabilidades laborales y requisitos que deben cumplir las empresas de tercerización.
Este documento resume una sentencia de la Corte Constitucional de Colombia. Trata sobre la acumulación de tiempo de servicios y semanas cotizadas para efectos pensionales entre el sector privado y público. La Corte determina que exigir la vigencia del vínculo laboral al entrar en vigor la Ley 100 de 1993 vulnera los derechos adquiridos y la efectividad de las cotizaciones protegidos por la Constitución. Por lo tanto, los jueces deben aplicar la excepción de inconstitucionalidad para no aplicar ese requisito.
Existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo?Elver Ruiz Díaz
El documento discute si existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo. Explica que aunque la renuncia existe de forma clara en la legislación, el Código de Trabajo prohíbe expresamente en el Artículo 3 que los derechos de los trabajadores sean objeto de renuncia, transacción o limitación convencional. Por lo tanto, la renuncia no es una causa válida de terminación del contrato de trabajo según la ley laboral paraguaya.
Suspensión de la relación laboral y normas de protección a la maternidadMirta Hnriquez
Este documento explica la suspensión de la relación laboral. Brevemente:
1) La suspensión de la relación laboral ocurre cuando una de las partes no puede cumplir temporalmente con sus obligaciones contractuales por causas justificadas y ajenas a su voluntad.
2) Durante la suspensión, el contrato de trabajo subsiste aunque no se esté cumpliendo, y los derechos y obligaciones de ambas partes se modifican de forma temporal.
3) Existen diferentes tipos de suspensión como la convencional, legal y judicial, y
DESCUENTOS INDEBIDOS EN LA REMUNERACIÓN: Se muestra cómo solicitar la devolución de descuentos indebidos a la remuneración de los trabajadores (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento propone modificaciones a la Ley Orgánica del Trabajo de Venezuela. Sugiere reducir el horario laboral a 40 horas y mantener un día de descanso, en lugar de dos. También propone incorporar el principio de modificación de condiciones laborales y fortalecer el diálogo entre sindicatos y empresas. Finalmente, pide convocar a todas las organizaciones sindicales cuando se discuta el salario mínimo para lograr un consenso más amplio.
El documento describe las diferentes modalidades de contratación laboral en Argentina. Explica el contrato por tiempo indeterminado, los contratos temporales como el contrato a plazo fijo, el contrato de temporada, el contrato eventual y el contrato a tiempo parcial. También cubre temas como el período de prueba, la duración de los contratos, los requisitos y la extinción de cada modalidad.
El documento presenta una definición detallada de la huelga según la legislación laboral mexicana. Explica que la huelga implica la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores de forma legal y en defensa de sus intereses. Además, describe los diferentes periodos de una huelga (gestación, prehuelga y huelga estallada) y establece los objetivos y procedimientos legales para llevar a cabo una huelga.
El documento trata sobre el preaviso en la legislación laboral venezolana. Explica que en la nueva Ley Orgánica del Trabajo ya no se permite descontar el salario de los trabajadores si no cumplen con el preaviso al renunciar. También establece los plazos de preaviso requeridos para los trabajadores según su antigüedad, que van de una semana a un mes. Sin embargo, la ley no incluye sanciones para los trabajadores que no cumplan con el preaviso, por lo que este tiene poco valor pr
El documento resume el marco legal de las huelgas y conflictos colectivos en Uruguay. Señala que la Constitución reconoce el derecho a huelga y promueve la organización sindical. Explica que aunque tradicionalmente se entiende la huelga como la suspensión del trabajo, la jurisprudencia uruguaya admite otras medidas de conflicto. Detalla los tipos de reivindicaciones que se pueden defender mediante huelga y que el derecho a huelga incluye cuestiones políticas y económicas, no solo laborales. Res
1) El documento analiza si un trabajador jubilado que vuelve a la actividad laboral tiene derecho a la estabilidad e indemnización en caso de despido. 2) Actualmente la justicia sostiene que el empleador puede contratar y despedir al trabajador jubilado sin importar su nueva antigüedad, pero el autor critica esta postura. 3) El autor concluye que la interpretación judicial va en contra de la protección del trabajador establecida en la ley laboral y que un trabajador jubilado que regresa tiene los m
El documento analiza las compensaciones no económicas que pueden ser objeto de negociación colectiva por parte de los servidores públicos. Las compensaciones no económicas negociables incluyen: 1) compensaciones no económicas propiamente dichas como descansos y vacaciones; 2) condiciones de empleo como requisitos de ingreso y aptitud; y 3) condiciones de trabajo como alimentación, movilidad y capacitación. Estas compensaciones no constituyen incrementos salariales, sino beneficios que motivan a los servidores o facilitan el
Tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguayaElver Ruiz Díaz
Este documento describe los diferentes tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguaya, incluyendo indemnizaciones tarifadas e indemnizaciones agravadas. Explica que las indemnizaciones tarifadas se calculan de forma fija según la antigüedad y el salario del trabajador, mientras que las indemnizaciones agravadas son determinadas por el juez a su discreción para cubrir daños y perjuicios. También critica algunas posturas de jueces laborales que limitan excesivamente su función a simples cálculos
la inconstitucionalidad del contrato especial emergente dentro de la ley de a...Greta Rivadeneira
La figura del Contrato Especial Emergente fue registrada en nuestra legislación a través de la Ley de Apoyo Humanitario, dentro del marco de la pandemia por el Covid-19 y la crisis de empleo. Se encuentra normativizado en el artículo 19 de la misma ley y nos expresa que “es aquel contrato individual de trabajo por tiempo definido que se celebre para la sostenibilidad...” (2020); dentro de la primera oración del artículo estamos frente a un gran retroceso legal. Teniendo en consideración que la figura del contrato a tiempo definido fue suprimida mediante la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar el 20 de abril del 2015, presentando la figura del contrato de trabajo por tiempo indefinido, asegurando así el derecho de la estabilidad laboral de los trabajadores. No obstante aquella estabilidad ha sido pausada y violentada gracias a este nuevo contrato emergente, violentando nuestro principio de progresividad tutelado por nuestra Constitución en su artículo 11 numeral 7, el cual nos indica que: “ el contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y políticas públicas…” teniendo en cuenta que obliga al Estado a garantizarnos el reconocimiento y ejercicio del mismo principio.
El resumen es el siguiente:
1) La empresa presenta un recurso de reconsideración contra una resolución de cobranza de ESSALUD por un monto de S/.2,206.
2) Argumenta que la resolución de ESSALUD es nula porque no existe un acto administrativo previo que motive la obligación de pago.
3) Alega haber cumplido con sus obligaciones tributarias de aportes a ESSALUD a pesar de haber realizado algunos pagos fuera de plazo.
El documento define el paro patronal como la suspensión temporal del trabajo ordenada por el patrón con el objetivo de defender sus intereses económicos frente a los trabajadores. Explica que el paro surgió como una herramienta para contrarrestar el derecho de huelga de los trabajadores. Se clasifica el paro como legal e ilegal dependiendo de si cumple con los procedimientos establecidos o no, y como justo o injusto dependiendo de si los motivos son atribuibles a los trabajadores o no.
El Tribunal Constitucional falla que el cobro de beneficios sociales por parte de un trabajador despedido no implica la aceptación tácita de dar por terminada la relación laboral. Los beneficios sociales tienen un carácter previsional y corresponden al trabajador independientemente de la causa de cese. Por lo tanto, un despido arbitrario no puede convalidarse alegando que el trabajador cobró dichos beneficios, y procede la demanda de amparo para restituirlo en su puesto laboral.
Este documento resume los principales aspectos del empleo derivado en España. Explica las agencias de colocación, las empresas de trabajo temporal (ETT), los requisitos de las ETT, los tipos de contratos involucrados como el contrato de puesta a disposición y el contrato entre la ETT y el trabajador, así como los derechos de los trabajadores, las obligaciones de las ETT y las empresas usuarias, y la relación entre el trabajador y la empresa usuaria.
Cuadro comparativo de sustitucion de patronoargenis rivas
El documento presenta una comparación entre la sustitución de patrono y la suspensión de la relación laboral. Explica que la sustitución de patrono ocurre cuando hay una transferencia de propiedad de una empresa manteniéndose las mismas labores, mientras que la suspensión es una interrupción temporal de la relación laboral sin terminar el vínculo entre empleador y empleado. También describe algunas causas y efectos de ambas figuras como la continuidad de las relaciones laborales y responsabilidad solidaria del nuevo empleador en sustitución de
El documento proporciona información sobre la diferencia entre tercerización e intermediación. La tercerización implica que una empresa asume por cuenta propia el desarrollo de actividades especializadas para otra empresa, mientras que la intermediación involucra la cesión de trabajadores que realizan tareas bajo la dirección de la empresa usuaria. También presenta varios casos sobre responsabilidades laborales y requisitos que deben cumplir las empresas de tercerización.
Este documento resume una sentencia de la Corte Constitucional de Colombia. Trata sobre la acumulación de tiempo de servicios y semanas cotizadas para efectos pensionales entre el sector privado y público. La Corte determina que exigir la vigencia del vínculo laboral al entrar en vigor la Ley 100 de 1993 vulnera los derechos adquiridos y la efectividad de las cotizaciones protegidos por la Constitución. Por lo tanto, los jueces deben aplicar la excepción de inconstitucionalidad para no aplicar ese requisito.
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Existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo?Elver Ruiz Díaz
El documento discute si existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo. Explica que aunque la renuncia existe de forma clara en la legislación, el Código de Trabajo prohíbe expresamente en el Artículo 3 que los derechos de los trabajadores sean objeto de renuncia, transacción o limitación convencional. Por lo tanto, la renuncia no es una causa válida de terminación del contrato de trabajo según la ley laboral paraguaya.
El documento discute la naturaleza jurídica de la relación laboral de un jubilado que continúa trabajando para su empleador. Explica que la ley considera esta relación como una relación laboral, no civil ni tributaria, y que por lo tanto debe documentarse a través de los libros y recibos de sueldo laborales, no mediante facturas con IVA. Además, destaca que documentarla de otra forma iría en contra de lo establecido por las leyes laborales y de seguridad social.
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1) Las sociedades de estantería operan formalmente como empresas pero transfieren todos sus activos a terceros o directivos para evadir responsabilidades legales y sentencias judiciales.
2) Aunque se constituyen legalmente, su verdadero objetivo es cometer fraude usando complejos esquemas para evadir obligaciones.
3) Pese a denuncias, las autoridades a menudo solo sancionan a las empresas fantasma dejando impunes a los verdaderos responsables, lo que permite que estos esquemas fraudulentos continúen.
El incoop es còmplice de fraudes laborales via coopElver Ruiz Díaz
1) El documento argumenta que el INCOOP (Instituto Nacional de Cooperativismo) es cómplice de fraudes laborales al habilitar cooperativas de trabajo que en realidad encubren relaciones laborales para evadir la ley laboral.
2) Señala que el INCOOP carece de competencia para calificar si existe una relación laboral o no, y que emitió una nota errónea al respecto. La única autoridad competente para dirimir conflictos laborales es el juez laboral.
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La ley No 4992 reglamenta, modifica y amplía las funciones de los secretarios judiciales en Paraguay. Los secretarios desempeñan funciones administrativas como organizar expedientes, funciones procesales como asistir a audiencias y funciones mixtas como dar cumplimiento a órdenes judiciales. También pueden dictar algunas resoluciones de trámite que pueden ser recurridas ante el juez. Sus funciones están evolucionando debido a la introducción de nuevas tecnologías en el Poder Judicial.
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El documento describe los diferentes tipos de pruebas que realiza un auditor para auditar estados financieros, incluyendo pruebas sustantivas y de cumplimiento. Explica que las pruebas sustantivas buscan obtener evidencia física, documental, a través de registros contables, comparaciones, cálculos, confirmaciones de terceros y la gerencia. También detalla los principales procedimientos de auditoría como comparar estados contables con registros, revisar registros, inspecciones oculares, y aplicar técnicas de muestreo a las transacc
Este documento describe los elementos esenciales para realizar una auditoría, incluyendo los objetivos de la auditoría, los instrumentos y conceptos básicos utilizados, los principios de contabilidad generalmente aceptados, el conocimiento global de la empresa y su entorno, y el control interno de la empresa. Explica que la responsabilidad de los estados financieros recae en la gerencia aunque el auditor también juega un papel clave en evaluarlos y asegurar su integridad.
Las principales acepciones de la auditoría incluyen la auditoría de estados financieros, la auditoría interna y la auditoría operativa o de gestión. La auditoría de estados financieros examina y verifica los estados financieros de una empresa para emitir una opinión sobre su fiabilidad. La auditoría interna verifica si el control interno de una empresa es eficaz y propone mejoras. La auditoría operativa evalúa la eficacia de la gestión de una empresa.
La tutela judicial efectiva frente a la ley nº 1493Elver Ruiz Díaz
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Existe el daño y perjuicio en el código laboral paraguayoElver Ruiz Díaz
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Existe el daño y perjuicio en el código laboral paraguayoElver Ruiz Díaz
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Existe el daño y perjuicio en el código laboral paraguayo
Descuento de salario por huelga docente
1. DESCUENTO DE SALARIO POR HUELGA DOCENTE
**Elver Ruiz Díaz**
SUMARIO: I. Introducción. II Argumentos que no son argumentos de la
FEP. III. Es descuento u obligación de no abonar salarios?. IV. Situación
en que el empleador debe abonar salarios: paro patronal. V. Huelga y
Paro.VI. Responsabilidad del MEC por pago indebido. VII. Conclusión.
INTRODUCCIÓN: Cuando escucho las declaraciones de Abogados y
Sindicalistas de la (FEP) Federación de Educadores del Paraguay me
hace reflexionar sobre la frase “en casa de herrero cuchillo de palo”,
pues se nota simplemente que el conocimiento o proceso cognitivo de la
huelga ha quedado con el criterio del pasado siglo XX, lo cual es un
desafío describir tamaña conducta en pos de la verdad jurídica ante
tantos discursos vociferados por los organizadores de la huelga contra el
MEC y que nos hacen creer que ellos tienen razón y justicia. Pero
destaco a la vez que el MEC como gerente de RRHH tampoco tiene
brillo en este entuerto, ya que es recurrente que las entidades públicas
ordenen a los sindicatos a realizar huelgas irresponsables en pos
presupuestario, en el que pagan salarios por los días en huelgas de sus
funcionarios.
II. Investigar, aplicar lo investigado a los casos profesionales como
producto intelectual y enseñar en aula es la pauta que marca distinción
para el profesional Abogado y docente en el ejercicio cotidiano. Ello
implica capacitación y educación continuada para brindar servicio de
calidad al cliente. Y precisamente los enseñantes fueron mal enseñados
basados en viejas prácticas sindicales incompatibles con la Ley y la
realidad social. El ejercicio de la libertad sindical en nada se vincula con
la atrocidad de la huelga desatada irresponsablemente por los sindicatos
y abogados, que se niegan al descuento salarial por los días en huelga de
contramano a la Ley.
2.1. LOS ARGUMENTOS DE LA FEP
Para la defensa de sus posturas van desde: a) que aun no se halla firme la
calificación de la huelga actividad; b) que el MEC no puede disponer de
sus haberes arbitrariamente; c) que la huelga es derecho
Constitucional; d) que antes y mientras dure no se puede calificar la
ilegalidad de la huelga; e) amparo constitucional; d) que pea que amoa
(que esto y aquello). Ninguno de esto constituye argumentación valida
por cuanto que no existe prestación de servicios por ello no genera pago
de salario; la ilegalidad de huelga conforme al Art. 133 incluso la AAT y
el MEC pueden solicitar la calificación de la huelga habiéndose desatado
sin la instancia conciliatoria como en el caso de la FEP.
III. Es descuento u obligación de no pagar salarios??
2. * El descuento que señalan, no corresponde el término, por cuanto que la
suspensión del Contrato de Trabajo tiene como efecto no prestar
servicios y no percibir salario. Por ello, no es apropiada la expresión –
descuento – debe ser, no pagar salario por suspensión del debito del
trabajador que es el servicio. Ocurre así por disposición del Art. 129 de
la Ley Nº 1626/00 la cual señala: “El ejercicio del derecho de huelga
será pacífico y consistirá en la suspensión de los servicios de los
trabajadores afectados, sin ocupación por los mismos de los centros de
trabajo, o de cualquiera de sus dependencias y accesos”.
3.1. En el sector público el derecho a huelga es reconocida su
organización al sindicato y su declaración, a la Asamblea con las dos
terceras partes de los votos de los miembros presentes (Art. 128). Es
decir son los funcionarios asociados a un sindicato quienes conciertan la
suspensión temporal de sus actividades para recurrir a la medida
extrema. Ello implica que el empleador NO es quien suspendió el
servicio.
IV. SITUACION EN QUE EL EMPLEADOR DEBE PAGAR
SALARIOS CAIDOS. PARO PATRONAL.
Para que el empleador sea obligado al pago de salario por los días
holgados o no trabajados debe ser imputable al empleador que haya
impedido la ejecución del servicio pactado al obrero, mediante un paro
patronal. Bajo esta perspectiva no cabe duda la obligación a pagar
porque el obstáculo se concentra en la persona o directivo empleador
fundamentado en el Art. 74 del CT. Que establece “La suspensión injusta
y el derecho del trabajador: La suspensión total o parcial de los
contratos de trabajo que no se ajuste a las causas determinadas por la
Ley, dará derecho al trabajador al reintegro a su trabajo con el pago de
los salarios caídos.” Esto en congruencia con el Art. 71 inc.
LL “Causas de suspensión de contratos: son causas de suspensión de
los contratos de trabajo: La huelga y el “paro”, salvo el caso que fuere
calificado ilegal”.
V. Huelga según el Código Laboral como derecho lo realiza el
trabajador organizado en Sindicatos. Paro lo es para el empleador. Son
términos distintos pero con misma implicancia: suspensión de los efectos
principales del contrato individual - no se presta servicios y no hay
obligación de abonar salarios-.
5.1. Sin embargo, la suspensión del servicio para el ejercicio de la huelga
lo realizan los trabajadores públicos con su sindicato (Art. 128 y 129).
Implica que resolvieron ejercer un derecho – medida de fuerza – de lo
que se infiere que no laboraran durante un tiempo determinado por lo
que no percibirán salarios, por que interrumpe los efectos del contrato de
trabajo y no extingue derechos ni obligaciones. Por dicha coherencia el
Código Laboral en el Art. 71 inc. LL establece: “Causas de suspensión
3. de contratos: son causas de suspensión de los contratos de trabajo: La
huelga y el paro, salvo el caso que fuere calificado ilegal”.
5.2. No existe por tanto derecho que le asista a oponerse por parte del
sindicato organizador de la suspensión del servicio para exigir pago por
días holgados, puesto que optaron por el ejercicio de un derecho
fundamental – huelga – con las implicancias reguladas en la Ley
ordinaria según se detalló. Y con claridad en el Art. 373 del CT el cual
señala: “Durante la huelga quedará suspendido el Contrato de Trabajo,
no teniendo el trabajador derecho a la percepción del salario por el
tiempo de duración de la misma”.
VI. RESPONSABILIDAD DEL MEC POR PAGO INDEBIDO:
En la armónica inferencia legal no se puede negar que el MEC ahora
menciona descuentos porque implica que abonó sus salarios a los
huelguistas en todo este tiempo, incumpliendo la Ley negligentemente.
Pues el incumplimiento del servicio no generó obligación de pagar y si lo
hizo deben responder de sus bienes quienes así actuaron. Abarca a
Ministro, Directores, Supervisores como Gerentes y Representantes del
MEC en la organización del servicio público educativo, pues debió
existir un bloqueo automático de pago, no acreditando salarios a los
huelguistas.
6.1. Si el MEC abonó salario a todos los huelguistas incurre en
responsabilidad y solo correspondería reclamar como deuda del
trabajador por pago hecho por error según el Art. 242 IIp del CT que
establece: “La deuda que el trabajador contraiga con el empleador por
pagos hechos en exceso o por errores…” Esto es para salvar su
negligencia el MEC; por ello pareciera que los huelguistas apelan al
descuento de salario cuando en puridad se generó como deuda por error
de pago, en base al Art. 373 del CT.
CONCLUSIÓN
* Existe una gama de alternativas que en este conflicto se puede ensayar
en la búsqueda de una salida y se me antoja lo siguiente:
* Que en caso de haber sido liquidado salario a los huelguistas sea
repetido contra los pagadores y/o beneficiarios ilícitamente conforme al
Art. 242 IIp del CT.
* Que los huelguistas devuelvan el salario percibido indebidamente
durante la huelga bajo apercibimiento de que sea compensado por meses
posteriores porcentualmente considerando la negligencia cómplice del
MEC.
* Que el MEC efectúe la retención de los salarios a cuenta de lo pagado
como anticipo de salario conforme al Art. 240 inc. B del CT.
* Que, el sindicato se niegue a devolver alegando la doctrina de los actos
propios, que traducido expresa que el MEC no puede contradecir sus
4. actos propios ordenando el pago de salarios a los huelguistas y luego
negar haberlo hecho y exigir su devolución.
* Pero de forma categórica concluyente, no existe salario que se genere
durante la suspensión del contrato de trabajo por ejercicio de una
HUELGA en la función pública ni en el sector privado fundado en el
Art. 373 del CT; por esa razón piden auxilio hasta a la iglesia católica
mediar, por el sinsentidos de sus acciones.
* El MEC debe contar con un bloqueo automático para casos de
efectivización de huelga del colectivo docente, de forma que aun
acreditando Hacienda, se impida la efectivización del salario por
servicios no ejecutados.
* DEBEN terminar las huelgas confabuladas con fines presupuestarios
donde es recurrente abonar salarios a los funcionarios huelguistas y no,
vicios que solo terminan perjudicando al empleado público.
* El MEC no puede invocar su torpeza para beneficiarse de su propia
negligencia trasladando su responsabilidad a los huelguistas es decir no
puede borrar con el codo la liquidación dispuesta por el mismo MEC.