Este documento discute la doctrina de inaplicabilidad de la Ley 1493/00 a juicios laborales en Paraguay. Argumenta que aplicar esta ley anularía la tutela judicial efectiva y haría que las sentencias laborales sean de imposible cumplimiento. Cita principios de derecho laboral e internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos para respaldar que los jueces deben poder hacer cumplir sus fallos sin interferencia legislativa. Critica a magistrados que siguen aplicando la ley y llama a una actualización
Uno de los lectores de mi blog, me hizo una pregunta: es posible la percepción simultánea de una pensión de jubilación y renta vitalicia por enfermedad profesional, la respuesta es sí, conforme al Tribunal Constitucional en la Sentencia que se ofrece. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
En esta Sentencia, el Tribunal Constitucional del Perú establece la imposibilidad de afectar la pensión de viudez para cobrar deudas del causante (COMPILADOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
NUEVAS REGLAS EN TORNO A LA APLICABILIDAD DEL PRECEDENTE HUATUCO: ANÁLISIS D...JOSE LUIS JARA BAUTISTA
El documento analiza la aplicabilidad del precedente Huatuco establecido por el Tribunal Constitucional en el 2015. Señala que aunque el precedente pretendía proteger la meritocracia en el empleo público, también afectó los derechos de los trabajadores del Estado. Discute situaciones excluidas de acuerdo a una sentencia reciente como trabajadores municipales o de empresas públicas. Concluye que el precedente solo es aplicable si el trabajador busca reincorporación bajo el régimen privado y no ingresó por concurso, excluyendo otros
En este artículo se podrá aprender los requisitos que se requieren para presentar una demanda contencioso administrativa de nulidad de acto administrativo.
El documento describe la evolución del proceso laboral en Venezuela. La Ley Orgánica Procesal del Trabajo de 2002 introdujo cambios como establecer una jurisdicción laboral separada de la ordinaria para agilizar los procesos, integrar el principio de oralidad y reducir actos escritos, y garantizar la tutela judicial efectiva de acuerdo a la Constitución. La ley también creó tribunales laborales de primera y segunda instancia para atender disputas laborales de manera especializada.
Este documento describe el procedimiento de primera instancia en materia laboral según la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de Venezuela. El procedimiento incluye una audiencia preliminar para intentar llegar a un acuerdo entre las partes a través de la mediación del juez, y de no lograrse un acuerdo, una audiencia de juicio oral donde cada parte presenta sus alegatos y el juez dictamina. El juez puede realizar despachos saneadores para corregir cualquier vicio procesal y asegurar que el proceso siga su curso hacia una resol
Este documento resume los principales aspectos de la competencia laboral en la legislación peruana. Explica que la competencia se determina por el territorio, la cuantía de la demanda, y la materia. También analiza controversias como la competencia sobre retenciones de impuestos y demandas contra legaciones diplomáticas.
Uno de los lectores de mi blog, me hizo una pregunta: es posible la percepción simultánea de una pensión de jubilación y renta vitalicia por enfermedad profesional, la respuesta es sí, conforme al Tribunal Constitucional en la Sentencia que se ofrece. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
En esta Sentencia, el Tribunal Constitucional del Perú establece la imposibilidad de afectar la pensión de viudez para cobrar deudas del causante (COMPILADOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
NUEVAS REGLAS EN TORNO A LA APLICABILIDAD DEL PRECEDENTE HUATUCO: ANÁLISIS D...JOSE LUIS JARA BAUTISTA
El documento analiza la aplicabilidad del precedente Huatuco establecido por el Tribunal Constitucional en el 2015. Señala que aunque el precedente pretendía proteger la meritocracia en el empleo público, también afectó los derechos de los trabajadores del Estado. Discute situaciones excluidas de acuerdo a una sentencia reciente como trabajadores municipales o de empresas públicas. Concluye que el precedente solo es aplicable si el trabajador busca reincorporación bajo el régimen privado y no ingresó por concurso, excluyendo otros
En este artículo se podrá aprender los requisitos que se requieren para presentar una demanda contencioso administrativa de nulidad de acto administrativo.
El documento describe la evolución del proceso laboral en Venezuela. La Ley Orgánica Procesal del Trabajo de 2002 introdujo cambios como establecer una jurisdicción laboral separada de la ordinaria para agilizar los procesos, integrar el principio de oralidad y reducir actos escritos, y garantizar la tutela judicial efectiva de acuerdo a la Constitución. La ley también creó tribunales laborales de primera y segunda instancia para atender disputas laborales de manera especializada.
Este documento describe el procedimiento de primera instancia en materia laboral según la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de Venezuela. El procedimiento incluye una audiencia preliminar para intentar llegar a un acuerdo entre las partes a través de la mediación del juez, y de no lograrse un acuerdo, una audiencia de juicio oral donde cada parte presenta sus alegatos y el juez dictamina. El juez puede realizar despachos saneadores para corregir cualquier vicio procesal y asegurar que el proceso siga su curso hacia una resol
Este documento resume los principales aspectos de la competencia laboral en la legislación peruana. Explica que la competencia se determina por el territorio, la cuantía de la demanda, y la materia. También analiza controversias como la competencia sobre retenciones de impuestos y demandas contra legaciones diplomáticas.
1) La demanda se presenta por escrito y debe cumplir con los requisitos establecidos, sin incluir pliegos dirigidos a la contraparte.
2) El demandado puede formular excepciones como incompetencia o cosa juzgada.
3) Los plazos se computan en días hábiles y la caducidad extingue el derecho y la acción si han transcurrido los plazos fijados por ley.
1) La demanda se presenta por escrito y debe cumplir con los requisitos establecidos, sin incluir pliegos dirigidos a la contraparte.
2) El demandado puede formular excepciones como incompetencia o cosa juzgada.
3) Los plazos se computan en días hábiles y la caducidad extingue el derecho y la acción si transcurren los plazos establecidos por ley.
Este documento presenta la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Perú en un caso de reposición de un trabajador contratado bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS). La Corte determina que el demandante trabajó primero bajo contratos de locación de servicios y luego bajo CAS, por lo que su relación laboral debe ser considerada de forma continua y protegida bajo la Constitución.
El Tribunal Constitucional ha precisado, en el décimo tercer considerando de la Sentencia del Expediente N° 6681-2013-PA-TC los supuestos en los cuales corresponde aplicar el PRECEDENTE HUATUCO (STC - Expediente N° 5057-2013-PA/TC:
a) El caso debe referirse a la desnatualización de un contrato, que puede tratarse de uno temporal (a.1) o de naturaleza civil (a.2), a través del cual supuestamente se encubrió una relación laboral de carácter permanente.
b) Debe pedirse la reposición en una plaza que forma parte de la carrera administrativa (b.1), que, por ende, a aquella a la cual corresponde acceder a través de un concurso público de méritos (b.2), y que además se encuentre vacante (b.3), y presupuesto (b.4).
Este documento presenta la sentencia del Tribunal Constitucional de Perú en un caso de amparo interpuesto por César Antonio Baylón Flores contra su despido de una empresa. El Tribunal establece criterios sobre la protección de derechos laborales en la Constitución y sobre cuándo procede el amparo versus otras vías ordinarias. El Tribunal determina que el amparo solo procede cuando las vías ordinarias no son satisfactorias para proteger los derechos constitucionales vulnerados.
Este documento presenta el articulado de la Ley Procesal del Trabajo de Perú. Establece los principios, jurisdicción, competencia, comparecencia de las partes, acumulación de procesos y postulación del proceso laboral. Incluye secciones sobre jurisdicción y competencia, comparecencia al proceso y acumulación, postulación del proceso, conclusión del proceso, medios impugnatorios, procesos ordinarios y especiales, y solución extrajudicial de controversias laborales.
El documento resume los siguientes puntos sobre el derecho adjetivo del trabajo en Venezuela: 1) El origen del proceso laboral en la ley de 1959 y la entrada en vigencia de la nueva Ley Orgánica Procesal Laboral en 2002 que estableció un proceso oral, público y más rápido. 2) La estructura de los tribunales del trabajo en Venezuela y sus competencias. 3) Los principios que orientan la actuación de los jueces laborales como la imparcialidad, gratuidad y celeridad.
Este documento describe la noción del referimiento laboral en República Dominicana. Explica que el referimiento laboral es un procedimiento excepcional para casos de urgencia o dificultades en la ejecución de sentencias. Solo el Presidente de la Corte de Trabajo tiene competencia para conocer estos casos de referimiento. El documento también define el referimiento laboral, explica sus condiciones de admisión y diferencias con el referimiento de derecho común.
El documento resume la evolución del derecho procesal laboral en Venezuela. Comenzó con la Ley de Tribunales y Procedimientos de 1959, la cual era lenta y no protegía adecuadamente a los trabajadores. La Ley Orgánica del Trabajo de 2002 introdujo un proceso más rápido, oral y efectivo para tutelar mejor los derechos de los trabajadores.
GUÍA DE MECANISMOS CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOSinnovalabcun
El documento explica los conceptos y condiciones de la acción de cumplimiento en Colombia. La acción de cumplimiento permite que las personas soliciten a un juez que ordene a una autoridad pública cumplir con una norma o acto administrativo. Para proceder, se requiere la existencia de una norma vigente incumplida y que la autoridad se haya negado a cumplirla después de una solicitud. La Corte Constitucional ha establecido que la constitución en renuencia de la autoridad es un requisito válido pero que puede omitirse
El documento describe aspectos del derecho procesal laboral en Venezuela. Explica la historia del derecho procesal laboral y su transición de un proceso escrito a uno predominantemente oral. También describe la estructura de los tribunales laborales, incluidos los tribunales de primera y segunda instancia, así como los organismos auxiliares como la defensoría pública de trabajadores. Además, explica principios como la uniformidad, brevedad y oralidad que orientan la actuación de los jueces laborales.
Este documento describe la jurisdicción y competencia en materia laboral en Perú. Explica que la justicia laboral resuelve conflictos derivados de prestaciones de servicios personales de naturaleza laboral, formativa o administrativa. Luego detalla la competencia de los juzgados de paz letrados, juzgados especializados de trabajo, salas laborales y la Corte Suprema en diferentes tipos de procesos y cuantías. Finalmente, enumera diversas materias sobre las cuales versan los procesos laborales, como relaciones individuales y colectivas, segur
Este documento trata sobre el tema del litisconsorcio y la audiencia preliminar en el derecho procesal laboral. En particular, define el litisconsorcio como cuando dos o más personas pueden litigar conjuntamente en un proceso judicial laboral cuando sus pretensiones están relacionadas. Explica que la audiencia preliminar busca que las partes negocien y lleguen a un acuerdo para resolver el conflicto sin necesidad de juicio. También establece los pasos y plazos del proceso desde la admisión de la demanda hasta la celebración de
La Competencia y la Comparecencia. Derecho Laboral. Perú.PMD12
Este documento resume las competencias por razón de territorio, materia y función en los procesos laborales según la Ley 26636 y la nueva Ley 29497. Por territorio, el juez competente es el del lugar del centro de trabajo o domicilio del empleador. La nueva ley amplía la competencia de los juzgados de paz y especializados de trabajo. Por función, la Corte Suprema conoce recursos de casación y apelación de resoluciones de salas laborales.
La Corte Suprema de Justicia en la Casación Laboral N° 5252-2014 Lima precisó que el periodo de prueba tiene por finalidad comprobar si efectivamente el trabajador puede asumir el cargo asignado por el empleador, de acuerdo a sus aptitudes y lineamientos, bajo las reglas de buena fe; en consecuencia, el trabajador debe asumir las funciones del cargo para el cual concursó y se declaró ganador.
CRITERIOS PARA EVALUAR EL DESPIDO EN EL PERIODO DE PRUEBA: Se debe tener presente que el periodo de prueba es aquel pacto contractual de duración temporal, que en términos generales se circunscribe al plazo de tres meses, salvo con las excepciones prescritas por Ley, con la finalidad de experimentar sobre el terreno las aptitudes del trabajador para el desarrollo del trabajo encomendado, lo que supone una suspensión de las restricciones legales a la facultad de extinción del contrato de trabajo, o dicho en otros términos, es un lapso de tiempo inicial en el contrato de trabajo que da la posibilidad a la parte empleadora de extinguir unilateralmente el vínculo laboral, independientemente de la modalidad, al no alcanzar al trabajador la protección contra el despido arbitrario. Este periodo de prueba no puede extenderse más allá y pretender comprobar determinadas circunstancias personales o privadas del trabajador, puesto que la obligación que nace del contrato de trabajo se centra en el desempeño del trabajo pactado de forma diligente y conforme a las reglas de buena fe. Asimismo, a fin de realizar una adecuada evaluación, se debe tener en cuenta, lo siguiente: i) la capacidad del trabajador para los cambios tecnológicos; ii) las posibilidades de desarrollo profesional; iii) el grado de iniciativa para resolver situaciones imprevistas; iv) las relaciones con el resto del personal o con sus clientes que faciliten unas relaciones cordiales entre los mismos. De esta manera, se colige que el periodo de prueba tiene por finalidad comprobar si efectivamente el trabajador puede asumir el cargo asignado por el empleador, de acuerdo a sus aptitudes y lineamientos; en consecuencia, la evaluación se realizará entre otros aspectos sobre la base de los resultados de las tareas encomendadas (COMPILADOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI).
Sentencia Vinculante “Caso Huatuco” (Exp: 05057-2013-PA/TC); en relación a la estabilidad laboral de los servidores públicos comprendidos en el D. L. Nº 728
La Corte Suprema mediante la Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima ha establecido seis (06) supuestos en los cuales no se aplicará el Precedente del Tribunal Constitucional - Caso Rosalía Huatuco.
The document contains charts from the Raddon Chart of the Day on various dates from November 2012 to December 2012. The charts summarize data from surveys on consumers' views and behaviors related to personal financing. One chart shows that 51% of homeowner respondents said they were extremely or very likely to use a personal loan instead of equity credit. Another chart indicates that 35% of respondents prefer to be contacted by mail about competitive finance offers. A third chart found that 27% of respondents anticipate opening some type of loan in the next 12 months.
Este documento describe los métodos de reingeniería de software, que utilizan herramientas de ingeniería inversa para analizar y reestructurar código existente con el fin de alargar la vida de programas antiguos. Estas herramientas analizan el código fuente y generan un depósito de diseño que incluye diagramas, descripciones de datos y otros elementos. La reingeniería implica convertir el código en un diseño, modificar el diseño y luego regenerar el nuevo código.
El documento solicita a los estudiantes construir un modelo del ciclo del agua para explicar la importancia de la conservación de este recurso hídrico. Los estudiantes deben trabajar en grupos de tres para crear una maqueta de 50x50x30cm que muestre los conceptos de fusión, solidificación, evaporación y condensación en el ciclo del agua, usando materiales reciclados y no tóxicos. El proyecto será evaluado por su claridad, limpieza, cumplimiento de plazos y representación adecuada del c
1) La demanda se presenta por escrito y debe cumplir con los requisitos establecidos, sin incluir pliegos dirigidos a la contraparte.
2) El demandado puede formular excepciones como incompetencia o cosa juzgada.
3) Los plazos se computan en días hábiles y la caducidad extingue el derecho y la acción si han transcurrido los plazos fijados por ley.
1) La demanda se presenta por escrito y debe cumplir con los requisitos establecidos, sin incluir pliegos dirigidos a la contraparte.
2) El demandado puede formular excepciones como incompetencia o cosa juzgada.
3) Los plazos se computan en días hábiles y la caducidad extingue el derecho y la acción si transcurren los plazos establecidos por ley.
Este documento presenta la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Perú en un caso de reposición de un trabajador contratado bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS). La Corte determina que el demandante trabajó primero bajo contratos de locación de servicios y luego bajo CAS, por lo que su relación laboral debe ser considerada de forma continua y protegida bajo la Constitución.
El Tribunal Constitucional ha precisado, en el décimo tercer considerando de la Sentencia del Expediente N° 6681-2013-PA-TC los supuestos en los cuales corresponde aplicar el PRECEDENTE HUATUCO (STC - Expediente N° 5057-2013-PA/TC:
a) El caso debe referirse a la desnatualización de un contrato, que puede tratarse de uno temporal (a.1) o de naturaleza civil (a.2), a través del cual supuestamente se encubrió una relación laboral de carácter permanente.
b) Debe pedirse la reposición en una plaza que forma parte de la carrera administrativa (b.1), que, por ende, a aquella a la cual corresponde acceder a través de un concurso público de méritos (b.2), y que además se encuentre vacante (b.3), y presupuesto (b.4).
Este documento presenta la sentencia del Tribunal Constitucional de Perú en un caso de amparo interpuesto por César Antonio Baylón Flores contra su despido de una empresa. El Tribunal establece criterios sobre la protección de derechos laborales en la Constitución y sobre cuándo procede el amparo versus otras vías ordinarias. El Tribunal determina que el amparo solo procede cuando las vías ordinarias no son satisfactorias para proteger los derechos constitucionales vulnerados.
Este documento presenta el articulado de la Ley Procesal del Trabajo de Perú. Establece los principios, jurisdicción, competencia, comparecencia de las partes, acumulación de procesos y postulación del proceso laboral. Incluye secciones sobre jurisdicción y competencia, comparecencia al proceso y acumulación, postulación del proceso, conclusión del proceso, medios impugnatorios, procesos ordinarios y especiales, y solución extrajudicial de controversias laborales.
El documento resume los siguientes puntos sobre el derecho adjetivo del trabajo en Venezuela: 1) El origen del proceso laboral en la ley de 1959 y la entrada en vigencia de la nueva Ley Orgánica Procesal Laboral en 2002 que estableció un proceso oral, público y más rápido. 2) La estructura de los tribunales del trabajo en Venezuela y sus competencias. 3) Los principios que orientan la actuación de los jueces laborales como la imparcialidad, gratuidad y celeridad.
Este documento describe la noción del referimiento laboral en República Dominicana. Explica que el referimiento laboral es un procedimiento excepcional para casos de urgencia o dificultades en la ejecución de sentencias. Solo el Presidente de la Corte de Trabajo tiene competencia para conocer estos casos de referimiento. El documento también define el referimiento laboral, explica sus condiciones de admisión y diferencias con el referimiento de derecho común.
El documento resume la evolución del derecho procesal laboral en Venezuela. Comenzó con la Ley de Tribunales y Procedimientos de 1959, la cual era lenta y no protegía adecuadamente a los trabajadores. La Ley Orgánica del Trabajo de 2002 introdujo un proceso más rápido, oral y efectivo para tutelar mejor los derechos de los trabajadores.
GUÍA DE MECANISMOS CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOSinnovalabcun
El documento explica los conceptos y condiciones de la acción de cumplimiento en Colombia. La acción de cumplimiento permite que las personas soliciten a un juez que ordene a una autoridad pública cumplir con una norma o acto administrativo. Para proceder, se requiere la existencia de una norma vigente incumplida y que la autoridad se haya negado a cumplirla después de una solicitud. La Corte Constitucional ha establecido que la constitución en renuencia de la autoridad es un requisito válido pero que puede omitirse
El documento describe aspectos del derecho procesal laboral en Venezuela. Explica la historia del derecho procesal laboral y su transición de un proceso escrito a uno predominantemente oral. También describe la estructura de los tribunales laborales, incluidos los tribunales de primera y segunda instancia, así como los organismos auxiliares como la defensoría pública de trabajadores. Además, explica principios como la uniformidad, brevedad y oralidad que orientan la actuación de los jueces laborales.
Este documento describe la jurisdicción y competencia en materia laboral en Perú. Explica que la justicia laboral resuelve conflictos derivados de prestaciones de servicios personales de naturaleza laboral, formativa o administrativa. Luego detalla la competencia de los juzgados de paz letrados, juzgados especializados de trabajo, salas laborales y la Corte Suprema en diferentes tipos de procesos y cuantías. Finalmente, enumera diversas materias sobre las cuales versan los procesos laborales, como relaciones individuales y colectivas, segur
Este documento trata sobre el tema del litisconsorcio y la audiencia preliminar en el derecho procesal laboral. En particular, define el litisconsorcio como cuando dos o más personas pueden litigar conjuntamente en un proceso judicial laboral cuando sus pretensiones están relacionadas. Explica que la audiencia preliminar busca que las partes negocien y lleguen a un acuerdo para resolver el conflicto sin necesidad de juicio. También establece los pasos y plazos del proceso desde la admisión de la demanda hasta la celebración de
La Competencia y la Comparecencia. Derecho Laboral. Perú.PMD12
Este documento resume las competencias por razón de territorio, materia y función en los procesos laborales según la Ley 26636 y la nueva Ley 29497. Por territorio, el juez competente es el del lugar del centro de trabajo o domicilio del empleador. La nueva ley amplía la competencia de los juzgados de paz y especializados de trabajo. Por función, la Corte Suprema conoce recursos de casación y apelación de resoluciones de salas laborales.
La Corte Suprema de Justicia en la Casación Laboral N° 5252-2014 Lima precisó que el periodo de prueba tiene por finalidad comprobar si efectivamente el trabajador puede asumir el cargo asignado por el empleador, de acuerdo a sus aptitudes y lineamientos, bajo las reglas de buena fe; en consecuencia, el trabajador debe asumir las funciones del cargo para el cual concursó y se declaró ganador.
CRITERIOS PARA EVALUAR EL DESPIDO EN EL PERIODO DE PRUEBA: Se debe tener presente que el periodo de prueba es aquel pacto contractual de duración temporal, que en términos generales se circunscribe al plazo de tres meses, salvo con las excepciones prescritas por Ley, con la finalidad de experimentar sobre el terreno las aptitudes del trabajador para el desarrollo del trabajo encomendado, lo que supone una suspensión de las restricciones legales a la facultad de extinción del contrato de trabajo, o dicho en otros términos, es un lapso de tiempo inicial en el contrato de trabajo que da la posibilidad a la parte empleadora de extinguir unilateralmente el vínculo laboral, independientemente de la modalidad, al no alcanzar al trabajador la protección contra el despido arbitrario. Este periodo de prueba no puede extenderse más allá y pretender comprobar determinadas circunstancias personales o privadas del trabajador, puesto que la obligación que nace del contrato de trabajo se centra en el desempeño del trabajo pactado de forma diligente y conforme a las reglas de buena fe. Asimismo, a fin de realizar una adecuada evaluación, se debe tener en cuenta, lo siguiente: i) la capacidad del trabajador para los cambios tecnológicos; ii) las posibilidades de desarrollo profesional; iii) el grado de iniciativa para resolver situaciones imprevistas; iv) las relaciones con el resto del personal o con sus clientes que faciliten unas relaciones cordiales entre los mismos. De esta manera, se colige que el periodo de prueba tiene por finalidad comprobar si efectivamente el trabajador puede asumir el cargo asignado por el empleador, de acuerdo a sus aptitudes y lineamientos; en consecuencia, la evaluación se realizará entre otros aspectos sobre la base de los resultados de las tareas encomendadas (COMPILADOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI).
Sentencia Vinculante “Caso Huatuco” (Exp: 05057-2013-PA/TC); en relación a la estabilidad laboral de los servidores públicos comprendidos en el D. L. Nº 728
La Corte Suprema mediante la Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima ha establecido seis (06) supuestos en los cuales no se aplicará el Precedente del Tribunal Constitucional - Caso Rosalía Huatuco.
The document contains charts from the Raddon Chart of the Day on various dates from November 2012 to December 2012. The charts summarize data from surveys on consumers' views and behaviors related to personal financing. One chart shows that 51% of homeowner respondents said they were extremely or very likely to use a personal loan instead of equity credit. Another chart indicates that 35% of respondents prefer to be contacted by mail about competitive finance offers. A third chart found that 27% of respondents anticipate opening some type of loan in the next 12 months.
Este documento describe los métodos de reingeniería de software, que utilizan herramientas de ingeniería inversa para analizar y reestructurar código existente con el fin de alargar la vida de programas antiguos. Estas herramientas analizan el código fuente y generan un depósito de diseño que incluye diagramas, descripciones de datos y otros elementos. La reingeniería implica convertir el código en un diseño, modificar el diseño y luego regenerar el nuevo código.
El documento solicita a los estudiantes construir un modelo del ciclo del agua para explicar la importancia de la conservación de este recurso hídrico. Los estudiantes deben trabajar en grupos de tres para crear una maqueta de 50x50x30cm que muestre los conceptos de fusión, solidificación, evaporación y condensación en el ciclo del agua, usando materiales reciclados y no tóxicos. El proyecto será evaluado por su claridad, limpieza, cumplimiento de plazos y representación adecuada del c
Drácula crea el Hotel Transilvania para proteger a su hija Mavis de los humanos, a quienes considera peligrosos. En el hotel se alojan varios monstruos famosos para el cumpleaños número 118 de Mavis. Sin embargo, un humano llega accidentalmente al hotel en ese día y Mavis se enamora de él, para horror de Drácula. Finalmente, Drácula acepta que los humanos no son tan malos y permite que Mavis esté con el humano del que se enamoró.
El documento describe la evolución del entendimiento científico sobre la naturaleza cuántica del universo. Max Planck propuso en 1900 que la energía se emite y absorbe en cantidades discretas llamadas "cuantos", aunque inicialmente lo consideró un artificio matemático. Luego, Einstein, Bohr y otros mostraron evidencia de que los átomos y la luz están compuestos de gránulos indivisibles de energía. Hoy se acepta que el universo a nivel microscópico está hecho de cuantos, no siendo
Este documento presenta el proyecto de ley de proceso laboral de Perú. Establece las normas y procedimientos para los procesos laborales en el país. Incluye secciones sobre jurisdicción y competencia, comparecencia al proceso y acumulación, postulación del proceso, conclusión del proceso, medios impugnatorios, procesos ordinarios y especiales, y solución extrajudicial de controversias laborales. El documento detalla los requisitos y procedimientos para demandas laborales, emplazamientos, pruebas, sentencias y recurs
Casacion nâ° 857 2012-arequipa .- el plazo para demandar la reposición - vací...Victor Reyes
El Tribunal Supremo declara la nulidad de las resoluciones de primera y segunda instancia que declararon improcedente la demanda de una trabajadora que fue despedida. El Tribunal determina que los jueces de instancia no motivaron adecuadamente sus decisiones y no analizaron debidamente la tipología del despido invocado, que alegaba ser incausado en violación a derechos constitucionales. El Tribunal ordena emitir una nueva resolución calificando correctamente la demanda.
El documento resume los siguientes puntos sobre el derecho adjetivo del trabajo en Venezuela: 1) El origen del proceso laboral en la ley de 1959 y la entrada en vigencia de la nueva Ley Orgánica Procesal Laboral en 2002 que estableció un proceso oral, público y más rápido. 2) La estructura de los tribunales del trabajo en Venezuela y sus competencias. 3) Los principios que orientan la actuación de los jueces laborales como la imparcialidad, brevedad y gratuidad.
El referimiento en materia laboral -emmy reyesEmmyr72
El documento define el referimiento laboral y explica sus características. En resumen: (1) El referimiento laboral es un procedimiento excepcional que permite que el Presidente de la Corte de Trabajo tome medidas urgentes en casos de dificultad de ejecución de sentencias; (2) No requiere una apelación previa, a diferencia del derecho común, y solo el Presidente de la Corte es competente; (3) Para ser admitido, requiere urgencia y que no exista una contestación seria al asunto.
Este documento resume las principales diferencias entre el recurso de casación en el proceso civil y en el proceso laboral en el Perú. Explica que la Ley N° 29364 modificó aspectos como los fines, causales y requisitos de la casación en el proceso civil, pero no afectó a la casación laboral que continúa rigiéndose por la Ley Procesal del Trabajo. Destaca algunas discrepancias entre ambas normas en relación a la tasa judicial, la calificación del recurso y otros aspectos.
El documento describe la historia, estructura y principios de los tribunales laborales y el proceso laboral en Venezuela. Explica que la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de 2002 estableció un nuevo proceso laboral oral y basado en audiencias. Los tribunales laborales de primera instancia pueden ser unipersonales o colegiados, y conocen diferentes fases del proceso como sustanciación, mediación, ejecución o juicio. Los Tribunales Superiores del Trabajo operan en segunda instancia y pueden ser unipersonales o co
El resumen es el siguiente:
1. La Sala Constitucional determinó que no existe inconstitucionalidad en la norma impugnada debido a que el principio de doble instancia solo es exigible en procesos penales y no en procesos civiles como el caso en cuestión.
2. El principio de doble instancia garantiza el derecho a apelar una sentencia condenatoria en procesos penales.
3. En este caso particular se trataba de un proceso civil y no penal, por lo que no era aplicable el principio de doble instancia.
Tutela judicial en los procesos de nulidad contra las decisiones de la SIC: ¿...Asocompetencia
Este documento discute la tutela judicial efectiva en los procesos de nulidad contra las decisiones de la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia. Explica que el control judicial debe ser integral, revisando aspectos como la valoración de pruebas, los principios del debido proceso y la proporcionalidad de la sanción. También establece que la acción de nulidad sirve como recurso efectivo conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Este documento presenta la resolución de un caso de amparo laboral. Se apela una sentencia que declaró fundada la demanda de amparo de un exempleado público que fue despedido. El procurador público alega que el proceso de amparo no era la vía adecuada y que el despido fue legítimo. La corte superior analiza el recurso y confirma la sentencia, señalando que el proceso de amparo busca proteger los derechos constitucionales y que no se demostró la legalidad del despido.
1) El documento discute la responsabilidad del empleador por garantizar la seguridad y salud de sus empleados y pagar una indemnización en caso de un accidente laboral mortal.
2) Se declara procedente el recurso de casación presentado por la viuda de un trabajador que murió en un accidente laboral, debido a que la sentencia de vista omitió valorar correctamente la responsabilidad de la universidad empleadora.
3) Para determinar la responsabilidad del empleador por un accidente laboral, se deben analizar elementos como la imput
La Ley Orgánica Procesal del Trabajo de 2002 introdujo cambios al proceso laboral en Venezuela, convirtiéndolo en uno oral, rápido y gratuito. Los tribunales laborales ahora garantizan una tutela efectiva de los derechos de los trabajadores. Los principios que rigen este proceso incluyen la oralidad, imparcialidad, celeridad y gratuidad.
Rasgos históricos del derecho adjetivo del trabajoNesirk Pastran
El documento describe los rasgos históricos del derecho adjetivo del trabajo en Venezuela, incluyendo la ley orgánica de tribunales y procedimientos del trabajo de 1940 y la nueva Ley Orgánica Procesal del Trabajo de 2002. Esta última ley estableció una jurisdicción laboral autónoma e introdujo principios como la brevedad, oralidad y equidad para orientar la actuación de los jueces de trabajo.
El juez declara improcedente la demanda de amparo presentada por Teodorico Huaman Huallpa contra la Dirección Regional de Educación de Huancavelica. El demandante solicita la suspensión e inaplicación de la Ley de Reforma Magisterial de 2012 por vulnerar sus derechos constitucionales. Sin embargo, la ley requiere de una reglamentación para su aplicación, por lo que no constituye una norma autoaplicativa que pueda ser impugnada a través de amparo directo. Además, el demandante no precisa cómo se vulneraron sus derech
Este documento presenta un recurso de casación contra una resolución que puso fin a un proceso sobre la impugnación de una resolución administrativa. El recurrente alega la infracción de tres normas: 1) Artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre el control de constitucionalidad, 2) Artículo 7 de la Declaración Universal de Derechos Humanos sobre igualdad ante la ley, 3) Otra norma no especificada. Solicita que la Corte Suprema case la sentencia y revoque la resolución impugnada, declarando fund
1) El demandante presentó una demanda de amparo contra una entidad estatal alegando que fue suspendido de su trabajo en represalia por afiliarse a un sindicato y que las suspensiones tenían como objetivo finalizar su contrato laboral. 2) La entidad demandada argumentó que las suspensiones no implicaban el despido sino la suspensión temporal de labores. 3) El Tribunal Constitucional debe determinar si la demanda debe resolverse a través de un proceso de amparo o en la vía laboral ordinaria.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS, MODIFICATORIAS Y DEROGATORIAS DE...Junior Lino Mera Carrasco
La novena disposición complementaria establece que la nueva ley procesal del trabajo entrará en vigencia 6 meses después de su publicación, excepto las disposiciones transitorias que entran en vigencia al día siguiente. Asimismo, señala que la aplicación de la ley se hará de forma progresiva en los distritos judiciales que determine el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, manteniéndose la ley anterior en los distritos donde aún no se aplique la nueva ley. Finalmente, comenta que la aplicación progresiva busca una transición
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS, MODIFICATORIAS Y DEROGATORIAS DE...Junior Lino Mera Carrasco
La disposición establece que:
1) Las controversias laborales pueden ser sometidas a arbitraje siempre que el convenio arbitral se inserte al concluir la relación laboral.
2) Además, se requiere que la remuneración mensual del trabajador sea superior a 70 Unidades de Referencia Procesal.
3) Se encarga al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo facilitar la conciliación administrativa entre empleador y trabajador.
Carácter vinculante de las sentencias constitucionalesramiro carrillo
Carácter vinculante de las sentencias constitucionales, a proposito del PREAVISO LABORAL DE DESPIDOS, analizados no por el contenido sino por las declaraciones de los magistrados que señalan que una Sentencia no es de cumplimiento obligatorio sino de cumplimiento personal de quien acciona.
Similar a La tutela judicial efectiva frente a la ley nº 1493 (20)
Existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo?Elver Ruiz Díaz
El documento discute si existe la renuncia en el derecho laboral paraguayo. Explica que aunque la renuncia existe de forma clara en la legislación, el Código de Trabajo prohíbe expresamente en el Artículo 3 que los derechos de los trabajadores sean objeto de renuncia, transacción o limitación convencional. Por lo tanto, la renuncia no es una causa válida de terminación del contrato de trabajo según la ley laboral paraguaya.
El documento discute la naturaleza jurídica de la relación laboral de un jubilado que continúa trabajando para su empleador. Explica que la ley considera esta relación como una relación laboral, no civil ni tributaria, y que por lo tanto debe documentarse a través de los libros y recibos de sueldo laborales, no mediante facturas con IVA. Además, destaca que documentarla de otra forma iría en contra de lo establecido por las leyes laborales y de seguridad social.
La jornada semanal de 40 horas en la función públicaElver Ruiz Díaz
Este documento discute la implementación de la jornada laboral de 40 horas semanales para los funcionarios públicos. Señala que la Resolución 388/10 de la Secretaría de la Función Pública establece que la compensación salarial es necesaria para extender la jornada y que no aplica a quienes fueron contratados antes del 2000. También indica que los trabajadores no incumplen al negarse a trabajar más de 6 horas sin pago y que extender la jornada requiere acuerdos sindicales para evitar arbitrariedades contra los funcionarios.
SUSTITUCIÓN DE EMPLEADOR POR ESCISIÓN: TALLER CERVEPAR.Elver Ruiz Díaz
La sustitución del empleador ocurre cuando una empresa o parte de ella es transferida a otro dueño, formando una unidad económica completa. Esto no afecta los contratos de trabajo vigentes. El empleador original es responsable de las obligaciones derivadas de los contratos durante los primeros seis meses, luego solo el nuevo empleador es responsable. Los trabajadores mantienen las mismas obligaciones con el nuevo empleador.
COOPERATIVA DE TRABAJO COMO PANTALLA EVASORA DE LA LEY LABORALElver Ruiz Díaz
Este documento es la resolución de un juicio laboral entre Gladys Vento Rodríguez y la Cooperativa de Trabajo Gastronómico Coopegrand Ltda. La resolución falla a favor de la demandante, ordenando que Coopegrand pague a Vento Rodríguez la suma de 6.598.166 guaraníes por salarios atrasados, preaviso, indemnización por despido injustificado, vacaciones y aguinaldo. La resolución se basa en pruebas como un certificado de trabajo firmado por el presidente de Coopegrand y la confes
1) Las sociedades de estantería operan formalmente como empresas pero transfieren todos sus activos a terceros o directivos para evadir responsabilidades legales y sentencias judiciales.
2) Aunque se constituyen legalmente, su verdadero objetivo es cometer fraude usando complejos esquemas para evadir obligaciones.
3) Pese a denuncias, las autoridades a menudo solo sancionan a las empresas fantasma dejando impunes a los verdaderos responsables, lo que permite que estos esquemas fraudulentos continúen.
El incoop es còmplice de fraudes laborales via coopElver Ruiz Díaz
1) El documento argumenta que el INCOOP (Instituto Nacional de Cooperativismo) es cómplice de fraudes laborales al habilitar cooperativas de trabajo que en realidad encubren relaciones laborales para evadir la ley laboral.
2) Señala que el INCOOP carece de competencia para calificar si existe una relación laboral o no, y que emitió una nota errónea al respecto. La única autoridad competente para dirimir conflictos laborales es el juez laboral.
3) Concluye que una vez judicializados, los conflictos laborales en estas
El documento resume una acción de inconstitucionalidad presentada por el Defensor del Pueblo contra una sentencia que confirmó la denegación de una petición de información sobre sueldos municipales. El Defensor del Pueblo argumenta que tiene derecho a presentar esta acción para defender los derechos humanos. La municipalidad alega falta de personería y acción, pero la Corte Suprema rechaza estas excepciones y considera el caso.
El documento discute el descuento de salarios de docentes durante una huelga. Argumenta que durante una huelga legal, el contrato de trabajo está suspendido y por lo tanto no hay obligación de pago de salarios. Señala que el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) pagó salarios a los docentes en huelga de manera negligente e incumpliendo la ley. Concluye que los docentes deben devolver los salarios percibidos indebidamente y que el MEC debe implementar un bloqueo automático para evitar pagos durante huelgas futuras
Este documento describe las funciones del Secretario Judicial en el fuero laboral según la ley paraguaya. Resume las principales funciones del Secretario como supervisar al personal de la oficina, coordinar el proceso judicial, comunicar decisiones a otras cortes, y dictar providencias de trámite como traslados y vistas. También analiza una nueva ley que otorga más poderes al Secretario para dirigir audiencias y emitir más resoluciones, aunque estas pueden ser impugnadas ante el juez.
La ley No 4992 reglamenta, modifica y amplía las funciones de los secretarios judiciales en Paraguay. Los secretarios desempeñan funciones administrativas como organizar expedientes, funciones procesales como asistir a audiencias y funciones mixtas como dar cumplimiento a órdenes judiciales. También pueden dictar algunas resoluciones de trámite que pueden ser recurridas ante el juez. Sus funciones están evolucionando debido a la introducción de nuevas tecnologías en el Poder Judicial.
El documento analiza el concepto legal de servicio esencial y clasifica la educación en todos sus niveles como un servicio público esencial en Paraguay. Explica que la huelga docente actual violó la ley al no garantizar el servicio educativo mínimo durante la medida de fuerza. Concluye que la huelga docente es ilegal y que las autoridades competentes pueden solicitar la cancelación de la personería gremial de los organizadores y el despido de estos.
El documento describe los papeles de trabajo de un auditor, incluyendo sus objetivos, propiedad, requisitos de preparación y archivos. Los papeles de trabajo documentan el trabajo del auditor y sirven como evidencia de la auditoría. Son confidenciales y propiedad del auditor. También describe los pasos de planificación de una auditoría, incluyendo el conocimiento del negocio del cliente, revisiones analíticas y la evaluación del control interno.
El documento describe los diferentes tipos de pruebas que realiza un auditor para auditar estados financieros, incluyendo pruebas sustantivas y de cumplimiento. Explica que las pruebas sustantivas buscan obtener evidencia física, documental, a través de registros contables, comparaciones, cálculos, confirmaciones de terceros y la gerencia. También detalla los principales procedimientos de auditoría como comparar estados contables con registros, revisar registros, inspecciones oculares, y aplicar técnicas de muestreo a las transacc
Este documento describe los elementos esenciales para realizar una auditoría, incluyendo los objetivos de la auditoría, los instrumentos y conceptos básicos utilizados, los principios de contabilidad generalmente aceptados, el conocimiento global de la empresa y su entorno, y el control interno de la empresa. Explica que la responsabilidad de los estados financieros recae en la gerencia aunque el auditor también juega un papel clave en evaluarlos y asegurar su integridad.
Las principales acepciones de la auditoría incluyen la auditoría de estados financieros, la auditoría interna y la auditoría operativa o de gestión. La auditoría de estados financieros examina y verifica los estados financieros de una empresa para emitir una opinión sobre su fiabilidad. La auditoría interna verifica si el control interno de una empresa es eficaz y propone mejoras. La auditoría operativa evalúa la eficacia de la gestión de una empresa.
Tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguayaElver Ruiz Díaz
Este documento describe los diferentes tipos de indemnizaciones establecidas en la ley laboral paraguaya, incluyendo indemnizaciones tarifadas e indemnizaciones agravadas. Explica que las indemnizaciones tarifadas se calculan de forma fija según la antigüedad y el salario del trabajador, mientras que las indemnizaciones agravadas son determinadas por el juez a su discreción para cubrir daños y perjuicios. También critica algunas posturas de jueces laborales que limitan excesivamente su función a simples cálculos
Existe el daño y perjuicio en el código laboral paraguayoElver Ruiz Díaz
Este documento discute si existe la figura del daño y perjuicio en el Código Laboral paraguayo. Argumenta que sí existe y está expresamente reconocida en varios artículos del Código. Sin embargo, algunos jueces laborales niegan su existencia y aplicabilidad. El autor analiza diferentes artículos del Código Laboral que reconocen el daño y perjuicio y establecen su competencia. Concluye que el daño y perjuicio está tarifado en el Código y que los jueces tienen la facultad de aplicarlo de acuerdo
Existe el daño y perjuicio en el código laboral paraguayo
La tutela judicial efectiva frente a la ley nº 1493
1. LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA FRENTE A LA LEY Nº 1493/00
**Elver Ruiz Díaz**
SUMARIO: I. Introducción – II. Doctrina de inaplicabilidad de Ley a
juicios laborales y otras herramientas legales para afrontar la Ley
1493/00: 2.1. Los Principios Generales del Derecho del Trabajo. 2.2.
La Tutela Judicial efectiva: Art. 8 y 25 de la Convención Americana.
III. Postura de la Corte interamericana de Derechos Humanos sobre
la materia. IV. Conclusión: caso A.I.Nº 120/13. V. Referencias.
I.- INTRODUCCIÓN: Posterior a un largo proceso de debate de tesis,
antítesis desde las distintas ópticas estatista recalcitrantes y no
estatista ha triunfado la doctrina de la inaplicabilidad de Ley
1493/00 en el fuero laboral, con el argumento que la misma regula y
modifica al Código Procesal Civil y no al Código Procesal del Trabajo.
Postura debatida en: mesas redondas; seminarios; congresos
nacionales e internacionales – organizados por la AAL- con la
objetividad científica de rigor. Su aceptación en en Tribunal laboral
se origino en noviembre de 2008, en un seminario conjunto
organizado por la AAL y la Asociación de Magistrados Judiciales del
Paraguay – Ocasión en la que compartí la mesa de expositores con la
Dra. Mirian Peña y el Dr. Ramiro Barboza - en dicho evento por
primera vez mencioné aplicar la tutela judicial efectiva para superar
la inejecutabilidad de la Sentencia Judicial frente a la Ley
1493. Fue en esa ocasión que ambos miembros manifestaron que re-
estudiarían el asunto - pues los mismos eran de la tesis de
aplicabilidad de la Ley 1493 en el fuero laboral -. Idea que derivo al
cambio positivo en el A.I.Nº 109 de fecha 6 de mayo de 2009 en el
juicio: Roberto Vera c/ Secretaria Nacional de Turismo (Senatur),
dejando de aplicar para juicios laborales dicha Ley en la Segunda
Sala.
II.- Doctrina de la inaplicabilidad de la Ley a juicios Laborales: uno
de los criterios se sustenta en la inaplicabilidad de la Ley a 1493/00
a juicios laborales o donde se ejecute beneficios sociales derivados
de una relación laboral o funcionarial, por cuanto que dicha Ley
modifica al Art. 717 del CPC y por tanto no aplicable por extensión ni
analogía al fuero laboral pues, frustra la efectividad de la sentencia
recaída en materia laboral. Implica ello que en los procesos laborales
sin que requiera su invocación es una herramienta efectiva para el
cumplimiento y ejecución de las resoluciones judiciales recaídas a
favor de funcionarios públicos, fundado en el Art. 247 de la C.N: El
poder judicial custodio de la Ley la interpreta y la hace cumplir, en
congruencia con la norma ordinaria del Art. 33 del CPT: “La facultad
del Juez del trabajo para ejecutar lo juzgado conforme a la Ley.
2. 2.1. Esto está diseñado de esa forma por cuanto que la cualidad de la
Sentencia recaído en el Poder Judicial tiene el elemento del
Imperium, capaz de hacerse cumplir por su propia fuerza. En otros
términos no tendría sentido ni razón de ser la división de los
poderes si lo resuelto por el Poder Judicial deba estar a ruego del
parlamento para la realización o ejecución de lo resuelto por el Juez,
investido de jurisdicción e imperium. Aplicar leyes impertinente
trayendo de contrabando de otro sistema para inejecutar una
sentencia judicial constituye una inferencia absurda y burda ya que
el mismo Juez está obligado a hacer ejecutar lo fallado y no
frustrarlos.
2.2. Los Principios Generales del Derecho del Trabajo regulado en el
Art. 6 del CT y 7 del CPT. La integración de las normas: forma como
segundo recurso o medio para inaplicar esta Ley por los Principios
Generales del Derecho del Trabajo lo cual opera integrando la norma
más favorable para el acreedor trabajador, sustentado en el Art. 6
del CT y 7 del CPT. Cuando uno alega protección vía los principios
generales del derecho laboral eso quiere decir que tiene implicancia
y trasciende al proceso laboral, caso contrario no tendría razón de
ser la regulación de los Principios Generales del Derecho del Trabajo,
cuyo norte es la tutela del trabajador en su derecho y en su persona,
cuyos beneficios reconocidos en sentencias judiciales se intenta
efectivizar.
2.3. La tutela judicial efectiva: Es la posibilidad de reclamar a los
órganos judiciales la apertura de un proceso para obtener una
resolución motivada y argumentada sobre una petición amparada
por la ley.
2.3.1. Derecho a obtener la ejecución de la sentencia.
Necesariamente, la tutela judicial efectiva implica una exigencia de
que el [[fallo judicial]] se cumpla y que en consecuencia el [[actor
(derecho|actor]] sea respuesto en su [[derechos
subjetivos|derecho]] y, en su caso, compensado ref>Sentencia del
Tribunal Constitucional]] 61/1984</ref>
2.3.2. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional Española ha
venido insistiendo en que la interpretación de las exigencias
formales de los procesos judiciales ha de ir presididas por cuatro
criterios fundamentales:
1. ha de ser finalista, es decir, fundada en la pretensión última de
la norma, no rigorista ni formalista
3. 2. ha de propiciar el conocimiento sobre el fondo del asunto, de
forma que prevalezca siempre el principio "pro actione".
3. ha de valorar la proporcionalidad entre la gravedad del defecto
formal observado y la consecuencia derivada de ello
4. "los errores de los órganos judiciales no deben producir efectos
negativos en la esfera jurídica del ciudadano" (sentencias de 20
de mayo de 1983, 16 de diciembre de 1985 y 12 de noviembre
de 1987).
III. POSTURA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS
HUMANOS
Es el tercer mecanismo para argumentar el cumplimiento de una
sentencia judicial en sede laboral cuyo contenido está fundado en el
Art. La Corte ha establecido que el acceso a la justicia se encuentra
consagrados en los artículos 8.1 y 25 de la Convención Americana.
a) El artículo 8.1 del Pacto de San José de Costa Rica dispone: Toda
persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro
de un plazo razonable, por un juez o autoridad competente,
independiente e imparcial, establecida con anterioridad por la ley,
en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra
ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de
orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.
b) Por su parte el artículo 25 de la Convención Americana, que
también garantiza el acceso a la justicia dispone lo siguiente:
1) Toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a
cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales
competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos
fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente
Convención, aun cuando tal violación sea cometida por personas que
actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.
2) Los Estados Partes se comprometen:
a) a garantizar que la autoridad competente prevista por el sistema
legal del Estado decidirá sobre los derechos de toda persona que
interponga tal recurso;
b) a desarrollar las posibilidades de recurso judicial, y
c) a garantizar el cumplimiento, por las autoridades competentes, de
toda decisión en que se haya estimado procedente el recurso.
IV. CONCLUSIÓN:
4. * Seguir aplicando en el Fuero Laboral representa manifiesta
ignorancia y desconocimiento de los Principios Generales del
Derecho del Trabajo; ya que la interpretación de las Normas
Laborales son enteramente distintas a las demás disciplinas del
derecho.
* Los Jueces del Trabajo: Alma Méndez de Buongermini; Marite
Espínola de Argaña y Rafael Cabrera Riquelme y Sandra Bazan
hacen valer la Ley Nº 1493/00 poniendo de rodilla y revictimizando
al acreedor laboral a merced del parlamento postura que hace
inejecutable las sentencias dictadas en el Poder Judicial, lo cual es un
sinsentido y con mayor razón cuando cuentan con instrumentos
dentro del mismo sistema laboral para actuar de forma contraria.
* Ignoran dichos jueces el principio de la división de los poderes en
el que por el Art. 247 de la CN es el Poder Judicial es el que cumple y
hace cumplir las sentencias recaídas en sus senos. Es desconocer el
imperium de cada sentencia Judicial que implícitamente conlleva
fuerza coactiva para su cumplimiento.
* El criterio sostenido en el A.I.Nº 120 de fecha 28 de mayo del 2013
en el que la Jueza Marite Espínola y Alma Méndez de Buongermini
confunden la ejecución de un derecho individual con el presunto
interés general, que nada tiene que ver con el ejercicio y ejecución de
un derecho subjetivo reconocido al accionante e instrumentado en
resolución judicial. Criterio en disidencia razonablemente por el Dr.
Ángel Daniel Cohene en dicho fallo.
* Reconocer que la Ley 1493/00 surgió únicamente como
emergencia para evitar el remate del Banco Central del Paraguay,
situación que la fecha es herramienta de impunidad que oponen las
entidades públicas ante la ejecución de beneficios sociales de sus
funcionarios. Es decir dicha Ley fue pervertida y degenerada
convirtiéndose en Ley garrote para extorsionar a los Jueces del
Trabajo con denuncias ante el JEM.
* Destacar que el Dr. Tadeo Zarratea - Juez Laboral del Quinto Turno
- desde el principio fue quien adoptó el criterio de la inaplicabilidad
de la Ley 1493 al fuero del Trabajo por imposibilitar la realización de
lo resuelto en la Sentencia, criterio que ambas Salas del Tribunal
Laboral revocaban hasta el novedoso cambio de la Segunda Sala en
2009.
* Aplicar normas impertinentes y códigos de contrabando de otro
sistema – CPC- al procedimiento laboral regido por Leyes especiales
es la máxima negación de la tutela judicial efectiva pues con esa
5. postura la sentencia judicial que en apariencia reconoce derechos
individuales - del justiciable - se torna letra muerta. Esto es justicia
de forma o de fachada.
* Seguir en la tozudez de los años 40 sosteniendo criterios estatistas
es reconocer que intelectualmente dichos magistrados estan
petrificados en sus contenidos cognitivos intelectual de la escuela
tradicional, incompatible a este tiempo y normativas internas como
los tratados vigentes en el mundo actual globalizado, lo cual requiere
urgente capacitación y actualización a cargo de la Corte Suprema de
Justicia para tener Jueces versados conforme al Art. 13 del CPT,
sensibles para comprender la función que debe cumplir al amparo
del trabajador.
Finalmente señalar que el Derecho del Trabajo y el Derecho
Procesal del Trabajo ha surgido para dar solución al problema
acuciante del trabajador que el Código Civil ni Procesal Civil ha dado
respuesta. Perder este norte como postulado seguirá exponiendo a
cada justiciable a criterios obstaculizadores y entorpecedores según
la visión de los tres Magistrados – Alma Méndez de Buongermini;
Marite Espínola de Argaña y Rafael Cabrera Riquelme. Pese a ello
destacar que la Sra. Alma Méndez de Buongermini es una reciente
ascendida al Tribunal del Trabajo de la Segunda Sala, y que ha tenido
un gran avance en su proceso cognitivo sobre la disciplina laboral,
dando respuestas incluso a los afectados de los casos Ycua Bolaños,
hecho que abriga esperanza de que con un reestudio acoja la
inaplicabilidad de la Ley 1493/00. En cuanto a los dos magistrados
protectores de los intereses patrimoniales del País en aras del
interés general del país, anhelo mejor postura ya que son personas
destacadas en su labor académica.
V. *http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/ 05tutela-judicial-
efectiva.html
*http://jorgemachicado.blogspot.com/2009/05/tutela-judicial
efectiva.html#sthash.poELjKdu.dpuf
* Juicio: Basilio Barrios Agüero y otros c/ IPS s/ ejecución de
sentencia – A.I.Nº 120 de fecha 28/05/13