Este documento define la noción de contrato de sociedad civil y describe sus elementos esenciales como la razón social, el objeto social, la duración, los aportes de los socios, la participación en ganancias y pérdidas, y la admisión de nuevos socios. También explica los requisitos para la constitución de una sociedad civil como la escritura pública, el fondo social y la concurrencia múltiple de socios con igualdad de derechos.
3. Art. 750 del Código Civil (Noción).-
Dos o más personas
Propiedad en común; uso o disfrute de cosa o su
propia industria o trabajo
Actividad económica
Distribución de resultados
No intercambian prestaciones, sino las
concentran y fusionan para hacerlas un fin común.
Contrato asociativo con una meta común.
4. SOLEMNE.- 492 C.C.
ONEROSO.- Fondo Social entre socios.
Capitalistas: aportan el capital, dinero o
bienes.
industriales:Aportan su trabajo personal
MULTIPLE CONCURRENCIA.- Dos o más
socios, todo iguales en sus derechos en
proporción a los aportes realizados.
5. Ambas buscan un beneficio común que es la
utilidad o ganancia.
Las sociedades pueden ser civiles (regidas por
el Código Civil) o comerciales (regidas por el
Código de Comercio).
DOS O MAS ABOGADOS SE UNEN POR SU
VOLUNTAD.
DOS FERRETEROS UNEN SUS CAPITALES.
6. Artículos 754, 755 y 756 del Código Civil:
En un contrato de sociedad deben constar:
Razón Social: Denominación y de los socios
“Sociedad Civil”.
Sede, Objeto y Duración: Persona jurídica tener
domicilio donde opera, mencionar también su
actividad y el termino concreto de duración.
Aporte de socios: frente a aportaciones distintas
como ser bienes o dinero, a efectos de la división.
7. Participación en ganancias o perdidas:
Responsabilidades y utilidades de cada socio, caso
contrario las utilidades se dividen en proporción al
aporte.
Admisión de nuevos socios: Ningún socio puede
introducir ningún nuevo miembro, ni ceder sus
derechos, sino previo consentimiento de todos los
socios.
3.- ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD
Se la conviene en la Escritura de Constitución Social,
pueden existir dos o mas GERENTES (socio o no), la
Asamblea General es la máxima autoridad:
8. La primera como una
administración criticada
por ser compleja donde
cada socio de manera
separada administra su
aporte.
La segunda, se ve por
conveniente,
administrara mediante
un Consejo de
Administración con
facultades deliberativas,
poderes de decisión y de
contralor.
9. Debe sujetarse a los términos de la escritura.
Presentar información requerida por los
socios.
Prohíbe la venta de bienes de la sociedad,
disponerlas bajo cualquier figura,
hipotecarlas, ofrecerlas como garantía,
excepto bajo consenso total.
REVOCACIÓN DE LAS FACULTADES: Causa
legitima: escritura constitutiva y si fue posterior
por cualquier otro mandato. CONFIANZA.
10. Acuerdo voluntario de socios.
Expiración del termino.
Por realización del negocio o imposibilidad de
realizarlo.
Por incapacidad o muerte de uno de los socios,
(capitalistas y trabajo personal) muerte o
enajenación del primero no produce disolución
de sociedad, pero si en el caso de muerte o
enajenación de un socio cuyo trabajo es intuito
personae. Salvo voluntad contraria.
11. Insolvencia de uno de los socios, en caso de
quiebra o concurso de acreedores.
Por falta de pluralidad de socios, claramente
en caso de muerte de cada socio en su
momento.
Por resolución judicial, por causas legitimas,
malversaciones, mala fé u otros.
Por causas previstas en el Contrato, si estas
no están especificadas en el Código.
12. Consecuencia de una disolución de la sociedad
ya sea pactada o resuelta.
Un proceso que puede durar máximo seis meses,
consiste en poner las cuentas al día, cobrar
créditos, a cargo del administrador o un tercero.
Se agregará en la razón social “en liquidación”
Una vez canceladas deudas sociales será
distribuido entre socios el activo restante en
proporción a su participación.
13. CONSTRUYA UN CONCEPTO PROPIO DE
CONTRATO DE SOCIEDAD CIVIL.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS BÁSICOS
PARA LA CONSTITUCION DE UNA
SOCIEDAD CIVIL? ENUMERLOSY
EXPLIQUELOS.
15. CONTRATO DE MANDATO
1.- CONCEPTO.- Una persona da a otra que
lo acepta, el poder de representarla para la
realización de uno o varios jurídicos.
2.- NATURALEZA JURIDICA.-
CONSENSUAL
BILATERAL
ONEROSO
IN TUITO PERSONA
16. FORMAS DE CONSTITUIR EL
MANDATO
EXPRESA: Forma clara y precisa se indica el
acto jurídico que el MANDATARIO debe
realizar.
TÁCITA: cuando de las circunstancias se
deduce que un persona esta obligado en
relación a otra.
17. EXTENSIÓN DEL MANDATO
GENERAL: Para la realización de todos los actos
del MANDANTE. Actos de administración, no de
enajenación.
ESPECIAL: Cuando se encarga al MANDATARIO
la realización de uno o varios negocios
expresamente señalados por el mandante. ¿venta
de una casa necesita mandato especial o
general?. ?LA PRUEBA DE LA CONFESIÓN
PROVOCADADE MANDATARIO NECESITA
PODER EXPRESO?
18. CAPACIDAD DE LAS
PARTES
MANDANTE: (da) En relación al acto jurídico
a realizar, por ejemplo una compra venta de
bien inmueble. Menor emancipado puede
otorgar mandato a otras para su
administración de bienes.
MANDATARIO: (hace) querer y entender. De
menos importancia.
19. 3.- OBLIGACIONES DEL
MANDATARIO
CUMPLIR EL MANDATO: Ejecutar el
mandato, responsabilidad por daños y
perjuicios, responsabilidad en la sustitución
del mandato, solidaridad con los
comandatarios.
RENDIR CUENTAS DE SU GESTIÓN:
restitución de sumas recibidas, pago de
intereses.
20. 4.- OBLIGACIONES DEL
MANDANTE
CUMPLIR CON LOS NEGOCIOS
CONTRAIDOS A SU NOMBRE
PAGAR EL SALARIO CONVENIDO
REEMBOLSAR AL MANDATARIO
ANTICIPACIONES Y GASTOS
INDEMNIZACION POR DAÑOS Y
PERJUICIOS
21. 5.- EXTINCIÓN DEL MANDATO
A) Vencimiento del termino o por cumplimiento del
mandato.
B) Por revocación del mandante.
C) Por renuncia o Desistimiento del mandatario.
D) Por muerte o interdicción del mandante o del
mandatario.
22. INSTRUCCIÓN DE PODER
Señor notario, se sirva extender poder: ESPECIAL
Y BASTANTE: (está marcado azul, porque el poder
no necesariamente puede ser "Especial y
bastante", puede ser Poder General, Poder
Irrevocable, etc., en tanto sea uno de estos otros el
que se precise y se cumplan los requisitos
esenciales): QUE OTORGARA: El(la) Sr.(a) , Con
C.I. No. , (e. Civil), con Domicilio en , ocupación ,
hábil por derecho.-
A FAVOR DE: El(la) Sr.(a) , Con C.I. No. , (e. Civil),
con Domicilio en , ocupación , hábil por derecho.-
OBJETO: Para que para que en representación de
sus personas, acciones y derechos , (aquí hacer
una detallada descripción del objeto de la gestión
principal a encomendarse al
apoderado)______________________________,
____________________,
23. MAS PODER.- (Si hubiera otra gestiones mas --porque puede
ser mas de uno, o algo conexo al principal pero que requiera
su descripción especial--- desarrollar también en este
acápite)___________________________________________
,_________________________________________________
___________________.-
(En este punto dependiendo si se quiere que el notario
incluya todas las facultades necesarias podrá decir:) A
este(estos) efecto(s), Ud. Señor notario se servirá agregar las
facultades necesarias al éxito del presente mandato.-
(O en su caso describir estas facultades: ) A este(estos)
efecto(s), sus incidencias y emergencias, le amplíe las
siguientes facultades meramente enunciativas y no limitativas
de: (Aquí describir, si es posible todas las facultades posibles
para el fiel cumplimiento del mandato)_______________.- En
suma hacer cuanto sea necesario al éxito del presente
mandato, sin que por falta de cláusula expresa alguna, deje de
surtir sus efectos, ni se alegue falta de personería en el(la)
apoderado(a).-
Oruro, …………………..
24. INSTRUCCIÓN DE PODER
OTORGARA: El(la) Sr.(a) , Con C.I. No. , (e. Civil),
con Domicilio en , ocupación , hábil por derecho.-
A FAVOR DE: El(la) Sr.(a) , Con C.I. No. , (e. Civil),
con Domicilio en , ocupación , hábil por derecho.-
OBJETO: Para que para que en representación de su
persona, acciones y derechos, se encargue del
cuidado y mantenimiento de su casa, ubicada en
______________ ______________.- Registrada en
Derechos Reales con Matricula (o Folio real) No.
_____________ bajo el asiento A- ___ en fecha
______________.- MAS PODER.- Otorga facultades
para intervenir en todo tipo de negociación de
compra y venta de la casa, así como fijar precios con
cualquier persona interesada, excepto para firmar
los documentos respectivos, por cuanto el
mandante se constituirá en dicho evento.- Esta
carta poder será suficiente documento para
acreditarse como tal ante cualquier autoridad judicial,
policial o municipal.- - -
25. A estos efecto, sus incidencias y emergencias, le amplía las
facultades de: convenir precios, formas y condiciones de pago,
plazos, ocurrir ante autoridades administrativas judiciales,
políticas, policiales, Civiles y militares, a las Oficinas de la
Honorable Municipalidad, Administración Distrital de Impuestos
Internos, Derechos Reales, Policía y allí donde sea necesario y
conveniente, realizar trámites administrativos y judiciales en
general, pagar impuestos, recabar comprobantes de pago,
formular reclamos y observaciones, solicitar certificaciones,
informes, dictámenes, resoluciones, copias legalizadas,
fotocopias, testimonios, en suma hacer cuanto sea necesario al
éxito del presente mandato, sin que por falta de cláusula expresa
alguna, deje de surtir sus efectos, ni se alegue falta de personería
en el(la) apoderado(a).-
Oruro………. .-
26. CONSIGNA DE TRABAJO POR
PAREJAS
REDACTE UN INSTRUCTIVO DE PODER O
MANDATO PARA INICIAR UN PROCESO DE
ASISTENCIA FAMILIAR EN UN JUZGADO
PUBLICO EN MATERIA FAMILIAR DE
ORURO.