2. Aparcería de ganado
Aparcería agrícola o rural
Asociación civil
Sociedad civil
3.
4. Es el contrato en virtud del cuál una
persona (generalmente el dueño)
concede a otro (aparcero) un predio
rústico para que lo cultive
Con el objeto de repartirse los frutos en
la forma convenida
A falta de convenio se hará de acuerdo
a las costumbres del lugar, sin que
nunca le corresponda menos del 40% de
la cosecha a la parcela por su trabajo
5.
6. Cuando una persona da a otra cierto
numero de animales a fin de que los
cuide y alimente, con el objeto de
repartirse los frutos en la proporción que
convengan
Constituyen el objeto de esta aparcería
las crías de los animales y sus
productos, como
pieles, crines, lanas, leche, etc.
7.
8. Persona moral dotada de
personalidad jurídica
El objeto de la asociación
es conseguir un fin
imposible de alcanzar por
una sola persona, se
puede decir que este es el
verdadero fundamento en
la asociación y se
encuentra dispuesto en el
artículo 9 constitucional
9. Las asociaciones civiles pueden tener un
fin político, científico, artístico, de
recreo, o cualquier otro con la
condición que sea licito
10.
11. Regulada en el Código Civil Federal en el
Libro Cuarto de las Obligaciones, en el título
décimo primero de las asociaciones y de las
sociedades
Artículo 2670, Código Civil
Cuando varios individuos convinieren en
reunirse, de manera que no sea
enteramente transitoria, para realizar un fin
común que no este prohibido por la ley y
que no tenga carácter preponderantemente
económico
12. De acuerdo con el artículo 25 Fracción
VI del Código Civil del Distrito
Federal, son personas morales:
› La Nación, el Distrito Federal, los Estados y los
Municipios
› Las demás corporaciones de carácter público
reconocidas por la ley
› Las sociedades civiles o mercantiles
› Los sindicatos, las asociaciones profesionales
› Las sociedades cooperativas y mutualistas
› Las asociaciones distintas de las enumeradas
que se propongan fines
políticos, científicos, artísticos, de recreo o
cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren
desconocidas por la ley
› Las personas morales extranjeras de naturaleza
privada
13. Plurilateral o bilateral
Oneroso: Porque hay provechos y gravámenes
recíprocos
Conmutativo: Ya que las prestaciones son ciertas y
determinadas desde la celebración del contrato
Formal: Para su validez la ley establece que se
celebre por escrito
De tracto sucesivo: En razón de que produce sus
efectos a través del tiempo
A título personal: se toman en cuenta las cualidades
de los asociados para la celebración de un contrato
14. Capacidad:
› Ser mayor de edad y estar en
pleno uso de facultades
mentales
› Que el consentimiento no se
otorgue con dolo, mala fe,
violencia
Forma:
› El contrato por el que se
constituye una asociación
debe constar por escrito e
inscribirse en el registro
Público de la Propiedad
15. Para el buen funcionamiento de una asociación se
requiere de ciertos órganos:
› Asamblea general
› Consejo de administración o comité ejecutivo
Las asociaciones se regirán por sus estatutos, los que
deberán ser inscritos en el Registro Público
Se puede prever en los estatutos, la existencia de
comisiones para la mejor realización de los objetivos de
la asociación
Las comisiones pueden ser permanentes o transitorias y
su nombramiento puede hacerse mediante el consejo
directivo o la asamblea general
16. Asamblea general
› De conformidad con el artículo 2674
del Código Civil, la asamblea ese el
órgano supremo de la asociación
Época de reunión:
Artículo 2675 Código Civil
La asamblea general se reunirá en
la época fijada en los estatutos o
cuando sea convocada por la
dirección
Ésta deberá citar a asamblea
cuando para ello fuere requerida
por lo menos por el cinco por
ciento de los asociados, o si no lo
hiciere, en su lugar lo hará el Juez
de los civil, a petición de dichos
asociados
17. Artículo 2676, Código Civil
La Asamblea General resolverá:
› Sobre la admisión y exclusión de los asociados
› Sobre la disolución anticipada de la asociación
o sobre su prórroga por más tiempo del fijado
en los estatutos
› Sobre el nombramiento de director o directores
cuando no hayan sido nombrados en la
escritura constitutiva
› Sobre la revocación de los nombramientos
› Sobre los demás asuntos que le encomienden
los estatutos
18. De voto en el que cada asociado
gozará de un voto en las
asambleas generales
De separación que tienen todos
los miembros de la asociación
previo aviso, con dos meses de
anticipación
De no ser excluidos se acudirá a
lo fijado en los estatutos
De vigilar las cuotas que se
dediquen al fin que persigue la
asociación examinando los libros
de contabilidad y demás papeles
que se generen
19. El Código Civil no establece
precisamente las obligaciones
de los asociados
Contribuir con su aportación
Si los asociados se obligan a
transmitir el domino de bienes a
la asociación tienen las mismas
obligaciones del vendedor, pero
si se obligan a transmitir el
uso, tienen las mismas
obligaciones que el arrendador
y con esto están obligados a
cubrir las cuotas, desempeñar
los cargos y comisiones que les
fueron conferidos y en lo
general todo lo que se derive de
los estatutos
20. El asociado no votara en las
decisiones en que se
encuentren directamente
interesados el, su cónyuge,
sus ascendientes o parientes
colaterales de segundo
grado
21. Artículo 2685, código Civil
Por consentimiento de la
asamblea general
Por haber concluido el
termino fijado para su
duración o por haber
conseguido totalmente el
objeto de su fundación
Por haberse vuelto
incapaces de realizar el
fin para que fueron
fundadas
Por resolución dictada por
autoridad competente
22. Artículo 2686, Código Civil
Los bienes de la asociación se aplicarán conforme a
lo que determinen los estatutos y a falta de
disposición de estos, según lo que determine la
asamblea general
La asamblea solo podrá atribuir a los asociados la
parte del activo social que equivalga a sus
aportaciones
Los demás bienes se aplicarán a otra asociación o
fundación de objeto similar a la extinguida
Las asociaciones no tienen fines económicos o
especulativos, en caso de disolución los asociados
no tienen derechos a utilidades
23.
24. Entes económicos independientes que persiguen fines
económicos particulares
Sujetos de derechos y obligaciones
Tienen personalidad jurídica diferente a la de sus socios
Ejercitan sus derechos y contraen obligaciones a través de
sus representantes
Al tener personalidad jurídica se puede presentar el caso de
que sea deudora o acreedora de los mismos socios, ya que
posee un patrimonio distinto al de sus socios.
Deben estar inscritas en el Registro Público de Comercio
› Si no están registradas se les denomina irregulares y en este caso sus
representantes y mandatarios que realicen actos jurídicos
responderán del cumplimiento de los mismos frente a terceros,
subsidiaria, solidaria e ilimitadamente
25. Regulaciones de las sociedades
› La Ley General de Sociedades Mercantiles
regula las sociedades de carácter mercantil
› Las sociedades civiles están reguladas por el
Código Civil a través de su título Décimo
Primero
26. Artículo 2688, Código Civil:
› "Por el contrato de sociedad, los socios se
obligan mutuamente a combinar sus recursos
o sus esfuerzos para la realización de un fin
común, de carácter preponderantemente
económico, pero que no constituya una
especulación comercial"
27. Patrimonio
› Bienes que pertenecen a las
sociedades, constituyen la
garantía de los acreedores
› Se integra con las
aportaciones de los
socios, que pueden ser en
dinero o bienes
› Pertenecen exclusivamente
a la sociedad como un
atributo de su personalidad
jurídica y en ninguna
circunstancia sería
aceptable se destinara a
cumplir con las obligaciones
personales de los socios
28. Denominación
› Las sociedades requieren de un nombre o
razón social con las que se den a conocer y
se designe a sí misma en sus diferentes actos
que celebre
› Si la razón social menciona únicamente el
nombre de un socio deben agregarse
siempre las palabras "Y Compañía"
29. Principal: Existe y subsiste por sí mismo, es decir, que tiene
existencia propia, que no depende de ningún otro contrato
Bilateral o plurilateral
Oneroso: Porque hay provechos y gravámenes recíprocos
Conmutativo: Las prestaciones son ciertas y determinadas
desde la celebración del contrato
De tracto sucesivo: En virtud de que produce sus efectos a
través del tiempo
A título personal: Se toman en cuenta las cualidades de los
socios para la celebración del contrato
30. Consentimiento:
› Estar de acuerdo en la
consecución del fin que se han
propuesto alcanzar
Objeto:
› Lograr el fin que se han
propuesto
Material: bienes o trabajo que
aportan los socios
Finalidad social: debe ser
lícito, posible y
preponderantemente
económico, pero que no constituya
una especulación comercial
31. Capacidad:
› Los socios deben ser mayores de
edad y estar en pleno uso de sus
facultades mentales
Forma:
› Debe constar por escrito para ser
válido, basta con un documento
privado; pero cuando se aporten
a la sociedad bienes cuya
transferencia tenga que constar
en escritura pública, el contrato
de sociedad deberá observar
esta formalidad
32. Para proceder a la
Constitución de una
Sociedad Civil:
› Dos socios como mínimo
› El objeto social debe ser
lícito
› Aportación de los socios
en dinero, trabajo o
bienes que implica la
transmisión de su dominio
a la sociedad, salvo que
se pacte otra cosa
› Contrato por escrito e
inscrito en el Registro de
Sociedades Civiles
33. Razón social
Articulo 2699, Código Civil
› "Después de la razón social, se agregarán:
Sociedad Civil
34. Obligaciones
Articulo 2704, Código Civil
Estarán garantizadas subsidiariamente
por la responsabilidad ilimitada y
solidaria de los socios que administren;
los demás socios, salvo convenio en
contrario, solo estarán obligados con su
aportación
35. La responsabilidad subsidiaria:
› Para exigir responsabilidad a los socios en lo
individual, se deberá haberle exigido antes a
la persona moral
› Primeramente deben haberse liquidado los
bienes de la sociedad y posteriormente
deben ser ejecutados para el pago de las
obligaciones los bienes particulares de los
socios
36. La responsabilidad ilimitada
› Los socios responden con todos sus bienes
personales del pago de las deudas y el
cumplimiento de las obligaciones sociales
La responsabilidad solidaria
› Los acreedores de la sociedad pueden
requerir al cumplimiento de las obligaciones
de la sociedad a cualquiera de los socios
siendo individualmente responsable
37. Tipos de Socios
› Capitalistas
› Industriales
Los socios capitalistas serán los que
aporten su capital
Los socios industriales serán los que
aporten su trabajo
38. Tipo de aportaciones:
Artículo 2689, Código Civil
Dinero u otros bienes
La aportación de bienes implica la
transmisión de su dominio a la
sociedad, salvo que expresamente
se pacte otra cosa
Artículo 2697, Código Civil
No puede estipularse que a los
socios capitalistas se les restituya su
aporte con una cantidad adicional,
haya o no ganancias
39. Artículo 2703, Código Civil
A menos que se haya
pactado en el contrato de
sociedad, no puede obligarse
a los socios a hacer una
nueva aportación para
ensanchar los negocios
sociales
Cuando el aumento del
capital social sea acordado
por la mayoría, los socios que
no estén conformes pueden
separarse de la sociedad
40. El contrato de sociedad debe
contener:
Artículo 2693, Código Civil
Nombres y apellidos de los
otorgantes que son capaces de
obligarse
› La razón social
› El objeto de la sociedad
› El importe del capital social y la
aportación con que cada socio debe
contribuir
› Nacionalidad
› Duración
41. Artículo 2698, Código Civil
El contrato de sociedad no puede modificarse
sino por consentimiento unánime de los socios
A falta de la forma no origina la nulidad relativa
como sucede en cualquier acto jurídico, sino que
sólo produce el efecto de que los socios puedan en
cualquier momento pedir la liquidación de la
sociedad, conforme al convenio
Mientras que la liquidación no se pida, el contrato
produce todos sus efectos entre los socios, y éstos
no pueden oponer a terceros que han contratado
con la sociedad
42. Exclusión de los socios
Artículo 2707, Código Civil
Ningún socio puede ser excluido de
la sociedad sino por el acuerdo
unánime de los demás socios y por
causa grave prevista en los estatutos
Artículo 2708, Código Civil
El socio excluido es responsable de la
parte de pérdidas que le
corresponda, y los otros socios
pueden retener la parte del capital y
utilidades de aquel, hasta concluir las
operaciones pendientes al tiempo
de la declaración, debiendo hacerse
hasta entonces la liquidación
correspondiente
43. Nulidad de la sociedad civil
Artículo 2692, Código Civil
Si se formare una sociedad para un objeto ilícito, a
solicitud de cualquiera de los socios o de un
tercero interesado, se declarará la nulidad de la
sociedad, la cual se pondrá en liquidación
Después de pagadas las deudas sociales
conforme a la ley, a los socios se les reembolsará
lo que hubieren llevado a la sociedad
Las utilidades se destinarán a los establecimientos
de beneficencia pública del lugar del domicilio de
la sociedad
Artículo 2696, Código Civil
Será nula la sociedad en que se estipule que los
provechos pertenezcan exclusivamente a alguno
o algunos de los socios y todas las pérdidas a otro
u otros
44. Asamblea General:
› Es el órgano supremo de la sociedad
que tiene las facultades señaladas
en la ley o en los estatutos
Administración de la sociedad:
› Puede conferirse a uno o más
socios
› Cuando la administración no se
hubiere limitado a alguno de los
socios, todos tendrán derecho de
concurrir a la dirección y manejo
de los socios comunes, tomando
las decisiones por mayoría
45. El nombramiento de socios administradores no priva a los
demás del derecho de examinar el estado de los
negocios sociales
El nombramiento de socios administradores, hecho en la
escritura de la sociedad, no podrá revocarse sin el
consentimiento de todos los socios, a no ser judicialmente,
por dolo, culpa o inhabilidad
El nombramiento de administradores, hecho después de
constituida la sociedad, es revocable por mayoría de
votos
Las obligaciones que se contraigan por la mayoría de los
socios encargados de la administración, sin el
consentimiento de la minoría, o contra su voluntad
expresa, serán válidas; pero los socios que las hayan
contraído serán personalmente responsables ante la
sociedad de los perjuicios que por ella se causen
46. Voz y voto en las asambleas
Separarse de la sociedad, cuando
el aumento del capital sea
acordado por mayoría
No ser excluidos de la
sociedad, podrán ser excluidos
por el acuerdo unánime de los
demás socios y por causa grave
prevista en los estatutos
Los socios pueden transmitir sus
derechos, siempre que cuenten
con el consentimiento de todos los
demás socios
47. Renunciar a la sociedad,
siempre que la renuncia no sea
maliciosa, ni extemporánea
La renuncia es considerada
maliciosa, cuando el socio que
la hace pretende aprovecharse
exclusivamente de los beneficios
o evitarse pérdidas que los
socios deberían recibir o reportar
en común, con arreglo al
convenio; y es extemporánea, si
las cosas no se hallan en su
estado íntegro y la sociedad
puede perjudicarse con la
disolución que originaría tal
renuncia
48. Participar en los provechos y utilidades
Participación en la Administración de la
Sociedad
Examinar el estado de los negocios sociales
A que se les rindan cuentas, siempre que los
pida la mayoría de ellos, aun que no sea la
época fijada en el contrato de sociedad
Pedir la liquidación de la sociedad
Participar en el haber social
Si cubiertos los compromisos sociales y
devueltos los aportes de los socios, quedaren
algunos bienes, se considerarán utilidades y
se repartirán entre los socios en forma
convenida.
› Si no hubo convenio, se repartirán
proporcionalmente a sus aportes
49. Realizar las aportaciones a las
que se obliguen
La aportación de bienes implica
la transmisión de su dominio a la
sociedad, salvo que se pacte
otra cosa
Cuando se compromete a una
obligación de hacer, la
realización de un trabajo y no
cumple, la sociedad puede
exigir el cumplimiento por un
tercero a costa del socio
obligado, si la sustitución es
posible, o la rescisión del
contrato respecto a ese socio
50. Administrar la sociedad
En el artículo 2709 se
impone la obligación de
no entorpecer la
administración a los
socios no administradores:
› Habiendo socios especialmente
encargados de la administración,
los demás no podrán contrariar ni
entorpecer las gestiones de
aquéllos ni impedir sus efectos
51. Obligaciones en relación con
terceros
Los socios administradores
responden solidaria e
ilimitadamente de las
obligaciones sociales, pero
de manera subsidiaria
Los demás socios, salvo
convenio en contrario, sólo
estarán obligados hasta el
importe de sus aportaciones
52. Disolución y Liquidación
Artículo 2720, Código Civil
Por consentimiento unánime
de los socios
Por haberse cumplido el
término prefijado en el
contrato
Por la realización completa del
fin social
Por la muerte o incapacidad
de uno de los socios que
tengan responsabilidad
ilimitada por los compromisos
sociales, salvo que en la
escritura constitutiva se haya
pactado que la sociedad
continúe con los sobrevivientes
o con los herederos de aquel
53. Por la muerte del socio
industrial, siempre que su
industria haya dado
nacimiento a la sociedad
Por la renuncia de uno de
los socios, cuando se trate
de sociedades de
duración indeterminada y
los otros socios no deseen
continuar
asociados, siempre que
esa renuncia no sea
maliciosa ni
extemporánea
Por resolución judicial
54. Diferencia entre sociedad y asociación
civil
Las Sociedades Civiles realizan un fin
común lícito preponderantemente
económico
Las Asociaciones Civiles realizan un fin
preponderantemente no económico, es
decir, un fin común
deportivo, religioso, cultural, etc.., sin
constituir una especulación comercial