1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Núcleo Araure
PARTICPANTE:
OLIMPIA EL HINNAWI C.I. Nº 18.326.289
Septiembre, 2018
2. Importancia de la codificación del Derecho Internacional privado y sus principios
rectores.
Existen momentos importantes en la historia, donde se empezó a llevar a cabo la
codificación del derecho, por ejemplo, en el Derecho Romano el emperador
bizantino Justiniano, el Corpus Juris Civilis. Aun se derivan de él, varias máximas
jurídicas. Se le debe la noción moderna de justicia e incluso la palabra misma. El
Corpus Juris Civilis está compuesto por digesto, que son doctrinas de figuras
celebres como Papiniano, Paulo y Ulpiano. Las institutas que son formulas de
derechos fundamentales. El código era para condensar las constituciones de los
emperadores anteriores a Justiniano. Y las novelas que son constituciones
imperiales dictadas posterior al 534.
Igualmente, se debe recordar que el movimiento codificador de la era moderna
salió de Francia, el Código Civil Francés, llamado ¡Código de Napoleón o Código
Napoleónico! es uno de los más conocidos códigos civiles del mundo
Ahora bien, el objeto del Derecho Internacional Privado lo constituyen, las
relaciones jurídicas internacionales entre particulares. La relación jurídica será
internacional cuando existan elementos extranjeros.
3. Los elementos extranjeros puede ser la persona, La cosa que constituye el objeto
de la relación, el territorio donde acaece el hecho jurídico.
Por ejemplo, si un Argentino contrae matrimonio con una Alemana, la relación
seria internacional, si se otorga la escritura de compraventa de un inmueble en
Italia ante un notario Ruso, si dos Árabes contraen matrimonio en Venezuela. La
cualidad de extranjero es siempre relativa a un Estado. Es decir, una relación será
nacional considerada desde el punto de vista de un Estado, pero será extranjera
para los demás países.
Las normas de Derecho Internacional Privado no son todas uniformes en los
distintos sistemas legislativos, lo cual lleva a una serie de divergencias que
pueden versar sobre el contenido de las normas, contenido que plantea un
problema de calificaciones. Las divergencias pueden ocurrir también por
los factores de conexión que son distintos en las normas de los diferentes
sistemas legislativos, estas divergencias se manifiestan a veces dentro de Estados
que tienen una tradición jurídica igual.
4. Teoría de la norma de Derecho Internacional Privado, estructura, clases y
elementos
La norma de derecho material da la solución a un problema en una forma directa,
en cambio, la norma de Derecho Internacional Privado es de una estructura
formal, también llamada indirecta, debido a que su factor de conexión soluciona el
problema jurídico indirectamente. También se le llama distributiva, ya que
distribuye competencia.
Cabe señalar que los factores de conexión son lo referente a la Persona, es decir,
la nacionalidad y domicilio; lo referido a los bienes, como la ubicación y distinción
entre Muebles e Inmuebles; los referentes a los Actos y los referidos a los
Contratos, es el caso del Principio de la Autonomía de la Voluntad.
Así mismo existe otra división de los factores de conexión, según el carácter que
ofrece la conexión, la acumulativa, puede ser igual, cuando el factor de conexión,
conecta con varios ordenamientos jurídicos y cada uno da una solución diferente y
desigual cuando se aplica un solo derecho, pero se complementa con otro. Por su
parte, la no acumulativa se divide en simple y condicional, la simple es cuando la
norma de conexión indica de una vez el derecho aplicable y es condicional cuando
da competencia a otras legislaciones.