REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. 
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA. 
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS. 
ESCUELA DE DERECHO. 
CÁTEDRA: INFORMATICA III 
ELABORACIÓN DE UNA 
SENTENCIA 
ING.: ROBERTO GOMEZ 
SECCIÓN 731 
AUTOR (A): 
JACQUELINE P. SOTO L. 
C.I V- 23.790.113 
JULIO 9, 2014.
SANCIÓN POR ADMISIÓN DE HECHOS (ART. 376 
COPP) 
ES UNA SENTENCIA (LA ÚNICA SENTENCIA 
DEFINITIVA QUE PUEDE DICTAR UN JUEZ EN EL 
PROCESO PENAL) 
DECISIONES QUE CONTIENEN UNA CONDENA Y SE 
TRATA DE UNA SENTENCIA DEFINITIVA (ART. 173 
COPP) 
AGOTANDO LA PRIMERA INSTANCIA DEL PROCESO.
ESTRUCTURA DE 
LA SENTENCIA
LA PARTE NARRATIVA 
La sentencia por admisión de los hechos debe tener un 
encabezamiento en el que se recoja la identificación del tribunal 
que la dicta, la fecha y lugar del pronunciamiento, la 
nomenclatura del proceso en que recae y la identificación de las 
partes( fiscal y acusador privado, imputado y sus defensores) y a 
continuación debe aparecer la parte narrativa de la decisión, que 
debe constar fundamentalmente de dos elementos; los hechos 
de la acusación y el desarrollo de la audiencia preliminar.
LA PARTE MOTIVA 
La parte motiva es una sentencia definitiva por admisión de los 
hechos supone algunas consideraciones verdaderamente 
jurisdiccionales por parte del juez de control. Los puntos más 
importantes sobre los que debe pronunciarse el juez de control, 
a la hora de resolver un procedimiento por admisión de los 
hechos, son sus consideraciones acerca de cuan voluntaria y 
espontanea ha sido la admisión de los hechos por parte del 
imputado y si debe realmente sentenciarlo conforme a su 
pedido.
LA PARTE DISPOSITIVA 
La parte dispositiva de la sentencia debe contener 
exclusivamente los pronunciamientos que son 
consecuencia del acto de calificación o acción de subsumir 
los hechos concretos admitidos en los hechos abstractos de 
las normas jurídico-sustantivas escogidas.
SENTENCIA EMANADA 
DEL JUICIO ORAL 
SEA CONDENATORIA O ABSOLUTORIA 
DEBE SER:
ART. 364 # 1 COPP 
ART. 364 # 2 COPP 
ART. 364 # 3 COPP 
ART. 364 # 4 COPP 
La sentencia debe tener como 
encabezamiento la mención del tribunal, 
identificación de los que intervienen en 
el proceso, la fecha y el delito que se 
juzga. 
Se debe expresar en párrafos 
diferenciados, la narración de los hechos 
que fundaron la causa de acuerdo al MP 
o a los acusadores particulares con la 
calificación jurídica. 
Es necesario que el tribunal exprese 
las delimitaciones, los hechos 
considerados efectivamente probados 
según las reglas que reza el articulo 22 
del COPP. 
El juez de juicio debe expresar las 
circunstancias eximentes, atenuantes o 
agravantes que haya apreciad, la 
calificación jurídica que confiera 
responsabilidad penal con su respectivo 
razonamiento sobre su encuadre.
LA PARTE NARRATIVA 
La parte narrativa de la sentencia emanada de un juicio oral debe 
recoger las circunstancias que dio lugar a la celebración de este, 
es decir, cual es el objeto del proceso que se debatió en la 
audiencia de juzgamiento, la relación de las pruebas practicadas 
en el debate, los incidentes que se presentaron durante el 
debate, tales como ampliación de la acusación, advertencia de 
nueva calificación, reacusaciones sobrevenidas, solicitudes de 
pruebas nuevas, renuncia a medios probatorios, revelaciones 
inesperadas, entre otros, y las conclusiones de las partes 
acusadoras y de la defensa. La parte narrativa es la relación de 
lo que da lugar al juicio y de lo que ha sucedido en el.
LA PARTE MOTIVA 
La parte motiva de la sentencia debe ser el producto de los 
razonamientos del juez sobre si los hechos objeto del proceso y 
su calificación jurídica han quedado acreditados o no con la 
prueba practicada y si valoración de dicha prueba, de los 
incidentes acaecidos durante el debate y de las conclusiones de 
las partes
BIBLIOGRAFÍA 
 Manual de Derecho Procesal Penal. Dr. 
Franklin Yanes. 
 Wikipedia (Sentencia). 
 Buenas tareas (Elaboración de sentencia).

Elaboración de sentencia

  • 1.
    REPÚBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA. UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA. FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS. ESCUELA DE DERECHO. CÁTEDRA: INFORMATICA III ELABORACIÓN DE UNA SENTENCIA ING.: ROBERTO GOMEZ SECCIÓN 731 AUTOR (A): JACQUELINE P. SOTO L. C.I V- 23.790.113 JULIO 9, 2014.
  • 2.
    SANCIÓN POR ADMISIÓNDE HECHOS (ART. 376 COPP) ES UNA SENTENCIA (LA ÚNICA SENTENCIA DEFINITIVA QUE PUEDE DICTAR UN JUEZ EN EL PROCESO PENAL) DECISIONES QUE CONTIENEN UNA CONDENA Y SE TRATA DE UNA SENTENCIA DEFINITIVA (ART. 173 COPP) AGOTANDO LA PRIMERA INSTANCIA DEL PROCESO.
  • 3.
  • 4.
    LA PARTE NARRATIVA La sentencia por admisión de los hechos debe tener un encabezamiento en el que se recoja la identificación del tribunal que la dicta, la fecha y lugar del pronunciamiento, la nomenclatura del proceso en que recae y la identificación de las partes( fiscal y acusador privado, imputado y sus defensores) y a continuación debe aparecer la parte narrativa de la decisión, que debe constar fundamentalmente de dos elementos; los hechos de la acusación y el desarrollo de la audiencia preliminar.
  • 5.
    LA PARTE MOTIVA La parte motiva es una sentencia definitiva por admisión de los hechos supone algunas consideraciones verdaderamente jurisdiccionales por parte del juez de control. Los puntos más importantes sobre los que debe pronunciarse el juez de control, a la hora de resolver un procedimiento por admisión de los hechos, son sus consideraciones acerca de cuan voluntaria y espontanea ha sido la admisión de los hechos por parte del imputado y si debe realmente sentenciarlo conforme a su pedido.
  • 6.
    LA PARTE DISPOSITIVA La parte dispositiva de la sentencia debe contener exclusivamente los pronunciamientos que son consecuencia del acto de calificación o acción de subsumir los hechos concretos admitidos en los hechos abstractos de las normas jurídico-sustantivas escogidas.
  • 7.
    SENTENCIA EMANADA DELJUICIO ORAL SEA CONDENATORIA O ABSOLUTORIA DEBE SER:
  • 8.
    ART. 364 #1 COPP ART. 364 # 2 COPP ART. 364 # 3 COPP ART. 364 # 4 COPP La sentencia debe tener como encabezamiento la mención del tribunal, identificación de los que intervienen en el proceso, la fecha y el delito que se juzga. Se debe expresar en párrafos diferenciados, la narración de los hechos que fundaron la causa de acuerdo al MP o a los acusadores particulares con la calificación jurídica. Es necesario que el tribunal exprese las delimitaciones, los hechos considerados efectivamente probados según las reglas que reza el articulo 22 del COPP. El juez de juicio debe expresar las circunstancias eximentes, atenuantes o agravantes que haya apreciad, la calificación jurídica que confiera responsabilidad penal con su respectivo razonamiento sobre su encuadre.
  • 9.
    LA PARTE NARRATIVA La parte narrativa de la sentencia emanada de un juicio oral debe recoger las circunstancias que dio lugar a la celebración de este, es decir, cual es el objeto del proceso que se debatió en la audiencia de juzgamiento, la relación de las pruebas practicadas en el debate, los incidentes que se presentaron durante el debate, tales como ampliación de la acusación, advertencia de nueva calificación, reacusaciones sobrevenidas, solicitudes de pruebas nuevas, renuncia a medios probatorios, revelaciones inesperadas, entre otros, y las conclusiones de las partes acusadoras y de la defensa. La parte narrativa es la relación de lo que da lugar al juicio y de lo que ha sucedido en el.
  • 10.
    LA PARTE MOTIVA La parte motiva de la sentencia debe ser el producto de los razonamientos del juez sobre si los hechos objeto del proceso y su calificación jurídica han quedado acreditados o no con la prueba practicada y si valoración de dicha prueba, de los incidentes acaecidos durante el debate y de las conclusiones de las partes
  • 11.
    BIBLIOGRAFÍA  Manualde Derecho Procesal Penal. Dr. Franklin Yanes.  Wikipedia (Sentencia).  Buenas tareas (Elaboración de sentencia).