El documento discute varios aspectos relacionados con las medidas de coerción en el proceso penal de la República Dominicana. Explica que la prisión preventiva solo debe dictarse cuando exista un peligro de fuga real o un riesgo de obstrucción a la justicia, y debe ser proporcional al delito. También destaca que la prisión preventiva es una medida excepcional y que debe revisarse periódicamente para determinar si continúa siendo necesaria.