Evolución y cambio de paradigma respecto a las Políticas Públicas en materia de Infancia, Familia y adolescencia en Chile
Clase del Postítulo en Psicología Jurídica en el Procedimiento de Familia y Derechos de la Infancia
Universidad san Sebastián, Sede Puerto Montt, 2014
El documento describe la evolución histórica de las políticas de infancia en Chile desde el siglo XIX hasta principios del siglo XX. Inicialmente, la atención a la infancia estuvo a cargo de la Iglesia y privados a través de asilos y obras de caridad sin regulación estatal. Más adelante, el Estado asumió un rol en el ámbito penal encarcelando a menores, aunque sin un enfoque corrector. A inicios del siglo XX surgieron las primeras políticas públicas en salud y educación. Científicos posit
Este documento presenta una introducción a las políticas públicas relacionadas con la familia en Chile. Revisa diversas políticas existentes como salud, educación, vivienda e impuestos, e imagina posibles nuevas políticas desde el sector justicia como puntos de encuentro familiares y registro de deudores de pensión alimenticia. Finalmente, analiza rasgos deseables para políticas públicas integrales, descentralizadas y participativas con enfoques de género, edad y territorio.
Informe II de Proyecto 4, Estudios Jurídicos-Misión SucreCultura Comunitaria
Este proyecto busca conformar una instancia de participación ciudadana para los adultos y adultas mayores en la Comuna Socialista Ataroa a través de la Mesa Técnica del Adulto y Adulta Mayor. El proyecto se enfoca en visibilizar a este grupo vulnerable y facilitarles herramientas para conocer y hacer valer sus derechos según la ley. Se llevarán a cabo talleres y charlas educativas con el apoyo de organizaciones comunitarias y medios de comunicación para promover la justicia social.
Ley13298 de la promoción y protección integral de los derechos de los niñospuntodocente
Este documento presenta la Ley Provincial No 13.298 de la Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños y su Decreto Reglamentario 300/05. Incluye prólogos, presentaciones e introducciones. Además, contiene el índice de la ley y el decreto, con una descripción de sus artículos. El objetivo es establecer un sistema de protección de los derechos de la niñez y promover su desarrollo integral.
Este documento resume las principales leyes y reformas legales en España relacionadas con la protección de menores. Explica que la Constitución Española de 1978 y tratados internacionales establecen la protección de los derechos de los menores. Desde entonces se han promulgado varias leyes para renovar el marco jurídico de los menores, incluyendo leyes sobre tutela, adopción, exhibicionismo sexual y competencia de juzgados de menores. La ley más importante ha sido la Ley 21/1987 que introdujo conceptos como el desamparo
Este documento presenta la Ley 13298 de la Provincia de Buenos Aires sobre la promoción y protección integral de los derechos de los niños. Establece principios generales como el interés superior del niño y deberes del Estado para garantizar los derechos de los niños. También describe el sistema de promoción y protección de derechos de los niños y los organismos administrativos involucrados, incluida la Autoridad de Aplicación designada por el Poder Ejecutivo.
Este documento analiza el cumplimiento de las normas jurídicas ecuatorianas y los convenios internacionales relacionados con los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Revisa la evolución histórica del marco legal de protección infantil en Ecuador y destaca la promulgación en 2003 del Código de la Niñez y Adolescencia, el cual adopta un enfoque de derechos y participación. Finalmente, propone evaluar las acciones gubernamentales para garantizar el cumplimiento efectivo de los principios establecidos en
El documento describe la evolución histórica de las políticas de infancia en Chile desde el siglo XIX hasta principios del siglo XX. Inicialmente, la atención a la infancia estuvo a cargo de la Iglesia y privados a través de asilos y obras de caridad sin regulación estatal. Más adelante, el Estado asumió un rol en el ámbito penal encarcelando a menores, aunque sin un enfoque corrector. A inicios del siglo XX surgieron las primeras políticas públicas en salud y educación. Científicos posit
Este documento presenta una introducción a las políticas públicas relacionadas con la familia en Chile. Revisa diversas políticas existentes como salud, educación, vivienda e impuestos, e imagina posibles nuevas políticas desde el sector justicia como puntos de encuentro familiares y registro de deudores de pensión alimenticia. Finalmente, analiza rasgos deseables para políticas públicas integrales, descentralizadas y participativas con enfoques de género, edad y territorio.
Informe II de Proyecto 4, Estudios Jurídicos-Misión SucreCultura Comunitaria
Este proyecto busca conformar una instancia de participación ciudadana para los adultos y adultas mayores en la Comuna Socialista Ataroa a través de la Mesa Técnica del Adulto y Adulta Mayor. El proyecto se enfoca en visibilizar a este grupo vulnerable y facilitarles herramientas para conocer y hacer valer sus derechos según la ley. Se llevarán a cabo talleres y charlas educativas con el apoyo de organizaciones comunitarias y medios de comunicación para promover la justicia social.
Ley13298 de la promoción y protección integral de los derechos de los niñospuntodocente
Este documento presenta la Ley Provincial No 13.298 de la Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños y su Decreto Reglamentario 300/05. Incluye prólogos, presentaciones e introducciones. Además, contiene el índice de la ley y el decreto, con una descripción de sus artículos. El objetivo es establecer un sistema de protección de los derechos de la niñez y promover su desarrollo integral.
Este documento resume las principales leyes y reformas legales en España relacionadas con la protección de menores. Explica que la Constitución Española de 1978 y tratados internacionales establecen la protección de los derechos de los menores. Desde entonces se han promulgado varias leyes para renovar el marco jurídico de los menores, incluyendo leyes sobre tutela, adopción, exhibicionismo sexual y competencia de juzgados de menores. La ley más importante ha sido la Ley 21/1987 que introdujo conceptos como el desamparo
Este documento presenta la Ley 13298 de la Provincia de Buenos Aires sobre la promoción y protección integral de los derechos de los niños. Establece principios generales como el interés superior del niño y deberes del Estado para garantizar los derechos de los niños. También describe el sistema de promoción y protección de derechos de los niños y los organismos administrativos involucrados, incluida la Autoridad de Aplicación designada por el Poder Ejecutivo.
Este documento analiza el cumplimiento de las normas jurídicas ecuatorianas y los convenios internacionales relacionados con los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Revisa la evolución histórica del marco legal de protección infantil en Ecuador y destaca la promulgación en 2003 del Código de la Niñez y Adolescencia, el cual adopta un enfoque de derechos y participación. Finalmente, propone evaluar las acciones gubernamentales para garantizar el cumplimiento efectivo de los principios establecidos en
Este documento presenta una ley orgánica española de 1996 sobre la protección jurídica de los menores. Explica que la ley tiene como objetivo actualizar la legislación para mejorar la protección de los derechos de los menores de acuerdo con tratados internacionales y las necesidades sociales cambiantes. Modifica aspectos como los procedimientos de protección de menores en riesgo o desamparo, los tipos de acogimiento familiar, y el reconocimiento de los menores como sujetos de derechos.
1. Se realizó la reunión constitutiva del Foro Federal de Legisladores por la Infancia en San Juan, Argentina, con la participación de legisladores de varias provincias y niveles de gobierno.
2. Los participantes debatieron sobre la situación de la infancia y la adolescencia en cada provincia y acordaron aprobar la Declaración Federal por la Infancia y convocar a más legisladores a participar en el Foro para promover políticas integrales e inclusivas para la infancia.
3. También acordaron considerar prioritaria la situación de los
Sistema de protección a la infancia y la adolescencia.José María
El documento describe las modificaciones introducidas por la Ley 26/2015 a la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y al Código Civil de España. La ley introduce cambios para mejorar la protección de los menores, incluyendo una mayor protección contra la violencia, el reconocimiento de nuevos deberes de los menores, y disposiciones sobre los derechos de los menores extranjeros y la alfabetización digital. También modifica varias leyes relacionadas con aspectos como la discapacidad, la educación y la salud.
El documento habla sobre varios temas relacionados con la educación en el estado de Oaxaca, México. Activistas de Antorcha Campesina están distribuyendo panfletos en contra del gobernador de Oaxaca, Gabino Cué, en casetas de peaje. También, aproximadamente 10,000 estudiantes de primaria no han recibido sus certificados de estudios del ciclo escolar pasado. Finalmente, líderes sindicales y legisladores están trabajando para armonizar las leyes educativas del estado con la reforma educativa federal antes del próximo
Este documento presenta la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero sobre la Protección Jurídica del Menor en España. La ley busca actualizar la protección de los menores para reflejar los cambios sociales y culturales, reconociendo a los menores como sujetos de derechos con capacidad progresiva para ejercerlos. La ley modifica artículos del Código Civil relacionados con la tutela, adopción y desamparo de menores. También establece obligaciones para las autoridades y ciudadanos para investigar y denunciar situaciones de
Este documento resume las políticas públicas de seguridad en Chile. Define las políticas públicas como cursos de acción implementados por el gobierno para resolver problemas prioritarios de los ciudadanos. Explica que las políticas de seguridad buscan controlar la violencia y el delito a través de la prevención, investigación y persecución penal. Describe el Plan Chile Seguro 2010-2014 lanzado por el gobierno chileno para reducir los delitos y aumentar la seguridad. Finalmente, justifica la elección de analizar la política de seguridad debido a los alt
La Contraloría Social como medio de Participación Norma Duran
El documento describe el marco constitucional venezolano para la participación comunitaria en la gestión escolar a través de la contraloría social. Explica que la constitución venezolana promueve la participación protagónica del pueblo y el derecho a la educación. La contraloría social permite que la comunidad escolar supervise y contribuya a mejorar la calidad educativa de manera democrática y corresponsable.
Constitución política del Estado de AguascalientesOVSGAgs
Este documento presenta la Constitución Política del Estado de Aguascalientes. Establece 19 capítulos que describen la forma de gobierno, territorio, habitantes, división de poderes, poderes legislativo, ejecutivo y judicial, hacienda pública, municipios y responsabilidad de los servidores públicos entre otros aspectos. Fue reformada por última vez el 5 de diciembre de 2013 y contiene 95 artículos que definen la estructura política y administrativa del estado de acuerdo a la Constitución Mexicana.
LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES OVSGAgs
Este documento presenta la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en México. La ley establece los principios rectores para garantizar los derechos fundamentales de la infancia, como el interés superior de la infancia, la no discriminación y la igualdad. También define las obligaciones de los ascendientes y tutores para el cuidado y protección de niñas, niños y adolescentes, y enumera los derechos básicos como el derecho a la vida, a la no discriminación y a vivir en condiciones de bienestar
Responsabilidad del Docente y de la Institución frente al niñohebelia
El documento resume la evolución de la legislación en Argentina en relación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Comienza con leyes del siglo XIX que consideraban a los niños como incapaces bajo la patria potestad paterna. Luego presenta leyes más recientes que reconocen una amplia gama de derechos de los niños y principios como el interés superior del niño. La ley fundamental es la Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos del Niño, la cual establece deberes, autoridades de aplicación
La reforma introduce tres principales cambios en la LO de Protección Jurídica del Menor: 1) introduce deberes para los menores y nuevas actuaciones de protección, 2) crea un Registro de Delincuentes Sexuales para compartir datos a nivel internacional, y 3) reforma las instituciones de protección priorizando las medidas familiares sobre las residenciales.
EL PRINCIPIO DE INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO COMO PRESUPUESTO DE GARANTÍA DE EFE...Gustavo Cano Martínez
El principio de interés superior del niño es eje transversal del Corpus Juris Internacional de los Derechos Humanos de los niños, niñas y adolescentes, hace parte integral de la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, la cual se destaca por ser el tratado internacional más ratificado en el mundo, dado que, con la excepción de Estados Unidos y Somalia, todos los estados le han reconocido e introducido en sus ordenamientos jurídicos, aceptando la fuerza vinculante de sus postulados en relación con los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes.
El Sistema Interamericano de Derechos Humanos en múltiples oportunidades se ha pronunciado en el sentido de que los niños no son sólo sujetos de protección especial, sino que son plenos sujetos de derecho.
Mediante el presente trabajo se pretende delimitar una noción de interés superior del niño desde el análisis de las actuaciones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, mediante las cuales ha ejercido la defensa soberana de los derechos de niños, niñas y adolescentes en las Américas, incluyendo a Colombia.
Estudio normativo sobre trabajo infantil y explotación sexual de niños, niñas...Checks & Balances
Estudio de las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia aplicables a trabajo infantil, explotación sexual comercial infantil y tráfico de niños, niñas y adolescentes, OIT, 2005.
Que es, Características, Derecho comparado, procedimiento en Colombia, antecedentes de las acciones populares en Colombia, antecedentes jurisprudenciales, Derechos que protege,
Este documento presenta la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero sobre la Protección Jurídica del Menor en España. La ley tiene como objetivo actualizar la protección de los menores para reflejar los cambios sociales y culturales en la sociedad española, en línea con tratados internacionales. Algunas de las reformas clave incluyen distinguir entre situaciones de riesgo y desamparo de menores, agilizar los procedimientos de protección de menores, y reconocer a los menores como sujetos activos con derechos que deben ser
Este documento presenta una iniciativa para crear una Ley para los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el estado de Coahuila de Zaragoza, México. La iniciativa busca homologar la legislación estatal con la reciente Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a nivel federal. La nueva ley estatal reconocería a los niños como titulares de derechos y crearía un sistema para garantizar la protección integral de sus derechos. También regularía la participación del gobierno,
Este documento describe el sistema de protección infantil en España. Explica que la protección infantil incluye actividades familiares, sociales, sanitarias y educativas que garantizan el desarrollo integral de los niños. También describe los principios fundamentales de la protección infantil según la legislación española y la Unión Europea. Finalmente, analiza las características sociosanitarias comunes de los menores bajo medidas de protección como acogimiento residencial.
Este decreto reglamenta la inspección, vigilancia y control de las instituciones que prestan el servicio de educación inicial en Bogotá para niños entre 0 y 6 años. Designa a la Secretaría Distrital de Integración Social como la entidad responsable de ejercer estas funciones, a excepción de los Hogares Comunitarios del ICBF. Establece los lineamientos y estándares que deben cumplir las instituciones y crea el Registro de Educación Inicial obligatorio para todas aquellas que brindan el servicio. También determina
El documento resume la legislación actual en materia de igualdad de género a nivel europeo, nacional y autonómico en Andalucía, incluyendo leyes como la LOIEMH, LEBEP y LPIGA. Detalla las responsabilidades que afectan al ámbito local en áreas como cultura, empleo, urbanismo, deportes, bienestar social, participación ciudadana, mundo rural y violencia de género. También crea una comisión de coordinación de políticas de igualdad entre la Junta de Andalucía, diputaciones y ay
Ley general para la igualdad entre mujeres y hombres (1)OVSGAgs
Este documento presenta la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en México. Establece los principios de igualdad, no discriminación y equidad. Define términos como discriminación, acciones afirmativas e igualdad sustantiva. Designa a las autoridades federales, estatales y municipales responsables de promover la igualdad de género y coordinar las políticas y programas relacionados a través de un Sistema Nacional.
Este documento resume las políticas de infancia en Chile. Reconoce los derechos de los niños a la identidad, desarrollo, educación, salud, protección contra el abuso, y libertad de expresión. Describe la política de educación especial, que busca mejorar la integración escolar y atención a la diversidad. También cubre los principios de igualdad, no discriminación, y respeto a la vida y desarrollo del niño.
El documento describe el rol y funciones del Consejo Técnico en los Juzgados de Familia de Chile. El Consejo Técnico es un órgano auxiliar interdisciplinario que asesora a los jueces en asuntos de familia e infancia. Sus funciones incluyen asistir a audiencias, evaluar la pertinencia de mediaciones, y asesorar al juez en diversas materias como violencia intrafamiliar y medidas de protección para niños. El Consejo Técnico desempeña un papel clave en el análisis té
Este documento presenta una ley orgánica española de 1996 sobre la protección jurídica de los menores. Explica que la ley tiene como objetivo actualizar la legislación para mejorar la protección de los derechos de los menores de acuerdo con tratados internacionales y las necesidades sociales cambiantes. Modifica aspectos como los procedimientos de protección de menores en riesgo o desamparo, los tipos de acogimiento familiar, y el reconocimiento de los menores como sujetos de derechos.
1. Se realizó la reunión constitutiva del Foro Federal de Legisladores por la Infancia en San Juan, Argentina, con la participación de legisladores de varias provincias y niveles de gobierno.
2. Los participantes debatieron sobre la situación de la infancia y la adolescencia en cada provincia y acordaron aprobar la Declaración Federal por la Infancia y convocar a más legisladores a participar en el Foro para promover políticas integrales e inclusivas para la infancia.
3. También acordaron considerar prioritaria la situación de los
Sistema de protección a la infancia y la adolescencia.José María
El documento describe las modificaciones introducidas por la Ley 26/2015 a la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y al Código Civil de España. La ley introduce cambios para mejorar la protección de los menores, incluyendo una mayor protección contra la violencia, el reconocimiento de nuevos deberes de los menores, y disposiciones sobre los derechos de los menores extranjeros y la alfabetización digital. También modifica varias leyes relacionadas con aspectos como la discapacidad, la educación y la salud.
El documento habla sobre varios temas relacionados con la educación en el estado de Oaxaca, México. Activistas de Antorcha Campesina están distribuyendo panfletos en contra del gobernador de Oaxaca, Gabino Cué, en casetas de peaje. También, aproximadamente 10,000 estudiantes de primaria no han recibido sus certificados de estudios del ciclo escolar pasado. Finalmente, líderes sindicales y legisladores están trabajando para armonizar las leyes educativas del estado con la reforma educativa federal antes del próximo
Este documento presenta la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero sobre la Protección Jurídica del Menor en España. La ley busca actualizar la protección de los menores para reflejar los cambios sociales y culturales, reconociendo a los menores como sujetos de derechos con capacidad progresiva para ejercerlos. La ley modifica artículos del Código Civil relacionados con la tutela, adopción y desamparo de menores. También establece obligaciones para las autoridades y ciudadanos para investigar y denunciar situaciones de
Este documento resume las políticas públicas de seguridad en Chile. Define las políticas públicas como cursos de acción implementados por el gobierno para resolver problemas prioritarios de los ciudadanos. Explica que las políticas de seguridad buscan controlar la violencia y el delito a través de la prevención, investigación y persecución penal. Describe el Plan Chile Seguro 2010-2014 lanzado por el gobierno chileno para reducir los delitos y aumentar la seguridad. Finalmente, justifica la elección de analizar la política de seguridad debido a los alt
La Contraloría Social como medio de Participación Norma Duran
El documento describe el marco constitucional venezolano para la participación comunitaria en la gestión escolar a través de la contraloría social. Explica que la constitución venezolana promueve la participación protagónica del pueblo y el derecho a la educación. La contraloría social permite que la comunidad escolar supervise y contribuya a mejorar la calidad educativa de manera democrática y corresponsable.
Constitución política del Estado de AguascalientesOVSGAgs
Este documento presenta la Constitución Política del Estado de Aguascalientes. Establece 19 capítulos que describen la forma de gobierno, territorio, habitantes, división de poderes, poderes legislativo, ejecutivo y judicial, hacienda pública, municipios y responsabilidad de los servidores públicos entre otros aspectos. Fue reformada por última vez el 5 de diciembre de 2013 y contiene 95 artículos que definen la estructura política y administrativa del estado de acuerdo a la Constitución Mexicana.
LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES OVSGAgs
Este documento presenta la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en México. La ley establece los principios rectores para garantizar los derechos fundamentales de la infancia, como el interés superior de la infancia, la no discriminación y la igualdad. También define las obligaciones de los ascendientes y tutores para el cuidado y protección de niñas, niños y adolescentes, y enumera los derechos básicos como el derecho a la vida, a la no discriminación y a vivir en condiciones de bienestar
Responsabilidad del Docente y de la Institución frente al niñohebelia
El documento resume la evolución de la legislación en Argentina en relación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Comienza con leyes del siglo XIX que consideraban a los niños como incapaces bajo la patria potestad paterna. Luego presenta leyes más recientes que reconocen una amplia gama de derechos de los niños y principios como el interés superior del niño. La ley fundamental es la Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos del Niño, la cual establece deberes, autoridades de aplicación
La reforma introduce tres principales cambios en la LO de Protección Jurídica del Menor: 1) introduce deberes para los menores y nuevas actuaciones de protección, 2) crea un Registro de Delincuentes Sexuales para compartir datos a nivel internacional, y 3) reforma las instituciones de protección priorizando las medidas familiares sobre las residenciales.
EL PRINCIPIO DE INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO COMO PRESUPUESTO DE GARANTÍA DE EFE...Gustavo Cano Martínez
El principio de interés superior del niño es eje transversal del Corpus Juris Internacional de los Derechos Humanos de los niños, niñas y adolescentes, hace parte integral de la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, la cual se destaca por ser el tratado internacional más ratificado en el mundo, dado que, con la excepción de Estados Unidos y Somalia, todos los estados le han reconocido e introducido en sus ordenamientos jurídicos, aceptando la fuerza vinculante de sus postulados en relación con los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes.
El Sistema Interamericano de Derechos Humanos en múltiples oportunidades se ha pronunciado en el sentido de que los niños no son sólo sujetos de protección especial, sino que son plenos sujetos de derecho.
Mediante el presente trabajo se pretende delimitar una noción de interés superior del niño desde el análisis de las actuaciones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, mediante las cuales ha ejercido la defensa soberana de los derechos de niños, niñas y adolescentes en las Américas, incluyendo a Colombia.
Estudio normativo sobre trabajo infantil y explotación sexual de niños, niñas...Checks & Balances
Estudio de las disposiciones del Código de la Niñez y Adolescencia aplicables a trabajo infantil, explotación sexual comercial infantil y tráfico de niños, niñas y adolescentes, OIT, 2005.
Que es, Características, Derecho comparado, procedimiento en Colombia, antecedentes de las acciones populares en Colombia, antecedentes jurisprudenciales, Derechos que protege,
Este documento presenta la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero sobre la Protección Jurídica del Menor en España. La ley tiene como objetivo actualizar la protección de los menores para reflejar los cambios sociales y culturales en la sociedad española, en línea con tratados internacionales. Algunas de las reformas clave incluyen distinguir entre situaciones de riesgo y desamparo de menores, agilizar los procedimientos de protección de menores, y reconocer a los menores como sujetos activos con derechos que deben ser
Este documento presenta una iniciativa para crear una Ley para los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el estado de Coahuila de Zaragoza, México. La iniciativa busca homologar la legislación estatal con la reciente Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a nivel federal. La nueva ley estatal reconocería a los niños como titulares de derechos y crearía un sistema para garantizar la protección integral de sus derechos. También regularía la participación del gobierno,
Este documento describe el sistema de protección infantil en España. Explica que la protección infantil incluye actividades familiares, sociales, sanitarias y educativas que garantizan el desarrollo integral de los niños. También describe los principios fundamentales de la protección infantil según la legislación española y la Unión Europea. Finalmente, analiza las características sociosanitarias comunes de los menores bajo medidas de protección como acogimiento residencial.
Este decreto reglamenta la inspección, vigilancia y control de las instituciones que prestan el servicio de educación inicial en Bogotá para niños entre 0 y 6 años. Designa a la Secretaría Distrital de Integración Social como la entidad responsable de ejercer estas funciones, a excepción de los Hogares Comunitarios del ICBF. Establece los lineamientos y estándares que deben cumplir las instituciones y crea el Registro de Educación Inicial obligatorio para todas aquellas que brindan el servicio. También determina
El documento resume la legislación actual en materia de igualdad de género a nivel europeo, nacional y autonómico en Andalucía, incluyendo leyes como la LOIEMH, LEBEP y LPIGA. Detalla las responsabilidades que afectan al ámbito local en áreas como cultura, empleo, urbanismo, deportes, bienestar social, participación ciudadana, mundo rural y violencia de género. También crea una comisión de coordinación de políticas de igualdad entre la Junta de Andalucía, diputaciones y ay
Ley general para la igualdad entre mujeres y hombres (1)OVSGAgs
Este documento presenta la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en México. Establece los principios de igualdad, no discriminación y equidad. Define términos como discriminación, acciones afirmativas e igualdad sustantiva. Designa a las autoridades federales, estatales y municipales responsables de promover la igualdad de género y coordinar las políticas y programas relacionados a través de un Sistema Nacional.
Este documento resume las políticas de infancia en Chile. Reconoce los derechos de los niños a la identidad, desarrollo, educación, salud, protección contra el abuso, y libertad de expresión. Describe la política de educación especial, que busca mejorar la integración escolar y atención a la diversidad. También cubre los principios de igualdad, no discriminación, y respeto a la vida y desarrollo del niño.
El documento describe el rol y funciones del Consejo Técnico en los Juzgados de Familia de Chile. El Consejo Técnico es un órgano auxiliar interdisciplinario que asesora a los jueces en asuntos de familia e infancia. Sus funciones incluyen asistir a audiencias, evaluar la pertinencia de mediaciones, y asesorar al juez en diversas materias como violencia intrafamiliar y medidas de protección para niños. El Consejo Técnico desempeña un papel clave en el análisis té
El documento habla sobre el desarrollo infantil desde el nacimiento hasta los 9 años. Explica que en las primeras etapas el bebé depende completamente de sus cuidadores para sobrevivir, pero que con el tiempo va desarrollando habilidades motoras, cognitivas y de comunicación que le permiten mayor independencia. También describe las características físicas, motoras y cognitivas típicas en cada etapa del desarrollo infantil.
En la siguiente presentación se da a conocer el proyecto de NACHO DERECHO el cual se implementa en la sede cairo bajo perteneciente de la Institución Educativa sede Vanguardia
El documento presenta estadísticas sobre 84 adopciones internacionales realizadas en 2010, donde el promedio de edad de los niños al ser enlazados con una familia fue de 7 años, luego de haber permanecido en el sistema de protección por un promedio de 4.9 años. También describe los objetivos y subprogramas del programa de adopción chileno, así como factores que determinan la adoptabilidad de un niño como la imposibilidad de su familia biológica de cuidarlo adecuadamente.
Historia de la infancia en el chile republicano 1810 2010Mai Domínguez
Este documento es un resumen de cuatro capítulos del libro "Historia de la infancia en el Chile republicano, 1810-2010" de Jorge Rojas Flores. El libro analiza la evolución de la infancia en Chile desde la época colonial hasta el año 2010 a través de cuatro períodos históricos. Cada capítulo describe aspectos como la educación, la salud, el trabajo y la vida cotidiana de los niños durante las diferentes etapas del desarrollo de Chile.
La reforma educacional chilena de 1990 se caracteriza por ser un proceso gradual e incremental que pretende mejorar todas las dimensiones del sistema educativo, incluyendo contenidos, formas de enseñar y aprender, gestión de servicios educativos e infraestructura escolar. Se aleja del modelo de reforma diseñada desde arriba hacia abajo e implementada de una vez, adoptando en cambio un enfoque descentralizado y flexible que permite la adaptación continua al cambio social.
Políticas Públicas son flujos de información y curso de acción llevada a cabo por un Estado con un objetivo público. Abarca temáticas como la salud, trabajo, educación y fundamentalmente la lucha contra la pobreza.
La presentación acompañó la exposición de Alumnos de 6° Año III° División de la Escuela de Comercio "República de Panamá"
El documento describe la estructura y función del Poder Judicial Federal en México. Explica que está compuesto por la Suprema Corte, el Consejo de la Judicatura Federal, tribunales electorales y otros órganos judiciales como tribunales colegiados de circuito y juzgados de distrito. Su función principal es ser el intérprete final de la constitución y proteger los derechos fundamentales mediante el control de la constitucionalidad de los actos de las autoridades.
El documento discute la importancia de formular una política nacional para el desarrollo integral de la primera infancia en Chile. Señala que Chile puede consolidar sus avances en esta área mediante una política que enfatice el período desde la pre-concepción hasta los 3 años y que provea servicios intensivos para los niños con retrasos en el desarrollo, muchos de los cuales viven en la pobreza.
1) Las políticas públicas son el conjunto de objetivos, decisiones y acciones que lleva a cabo un gobierno para solucionar problemas prioritarios de los ciudadanos. 2) Existen diferentes definiciones de políticas públicas, ya sea una noción descriptiva que se enfoca en los programas gubernamentales, o una noción prescriptiva que busca satisfacer necesidades sociales. 3) El proceso de políticas públicas incluye etapas como la identificación del problema, formulación de soluciones, implementación y evaluación.
El documento describe cómo el cristianismo se desarrolló en Europa durante la Edad Media, estableciendo numerosas instituciones y patrones culturales que se centraron en los niños. También discute cómo en el siglo XX surgió un gran interés por la infancia, reconociendo a los niños como personas dignas con necesidades propias, llevando al desarrollo de la Declaración de los Derechos del Niño.
Este documento presenta definiciones y conceptos clave relacionados con las políticas públicas y las políticas sociales. Brevemente describe aspectos conceptuales de la política, el proceso político y el sistema político. Luego define políticas públicas y ofrece varias definiciones de este término. Finalmente, introduce conceptos sobre políticas sociales y ofrece algunas definiciones de este tipo de políticas.
El documento resume seis tipos de relaciones entre padres e hijos a lo largo de la historia, caracterizados por diferentes reacciones de los padres ante las necesidades de los niños: 1) infanticidio, 2) abandono, 3) ambivalencia, 4) intrusión, 5) socialización y 6) ayuda. Explica que las reacciones han evolucionado de proyecciones y abandono de los niños, a una mayor empatía y esfuerzos por comprender y satisfacer sus necesidades.
El documento presenta una introducción a los conceptos fundamentales de las políticas públicas. Define políticas públicas como productos de un sistema político que involucra interacciones entre actores gubernamentales y no gubernamentales para abordar problemas colectivos. También describe modelos teóricos como el enfoque de sistemas y el modelo de Easton para analizar el proceso de formulación de políticas públicas. Finalmente, señala algunas tendencias actuales como un mayor protagonismo de los gobiernos locales y el uso de redes e internet para la participación ciudadana.
Clase sobre los tipos de politicas sociales, el ciclo de las mimas y los instrumentos que los gobiernos emplean para que tengan contundencia en la población civil.
El documento analiza el estado de la educación en Chile. Aunque se ha avanzado en cobertura, la calidad sigue siendo baja y desigual. Esto se debe a que no se ha invertido lo suficiente para mejorar la calidad junto con ampliar la cobertura. Como consecuencia, muchos estudiantes no logran comprender textos ni desarrollar habilidades básicas, y la brecha entre ricos y pobres se mantiene. Se insta a los ciudadanos a involucrarse más en el debate y exigir mejoras a los políticos.
Este documento presenta una introducción a las políticas públicas como productos del sistema político. Define el sistema político según Easton como las interacciones mediante las cuales se asignan valores de manera autoritaria en una sociedad. Explica que las políticas públicas tienen inputs como demandas y circunstancias ambientales, y outputs como decisiones y acciones de las autoridades. Además, describe modelos y fases utilizados para elaborar políticas públicas, incluyendo análisis de factores políticos, económicos y sociales según Pallares.
Instituciones Mundiales Y Nacionales Que Apoyan La Infancia . 1 Unicef Clase 3astridsandoval
El documento describe las funciones y áreas de acción de UNICEF en Chile. UNICEF trabaja para promover los derechos de la infancia en áreas como el desarrollo infantil temprano, la educación, la salud, la convivencia familiar y la prevención del maltrato y el trabajo infantil. Colabora con el gobierno chileno y otras instituciones para apoyar reformas legales y de políticas públicas que protejan a la infancia.
Este documento discute los desafíos que enfrentan los países en desarrollo con respecto al conocimiento científico y tecnológico. Los países industrializados tienen sistemas científicos y tecnológicos avanzados que les permiten prosperar, mientras que los países en desarrollo se enfrentan a la dependencia tecnológica y escasos recursos. Organismos como la CEPAL, OEA, UNESCO y ONU proponen políticas de cooperación internacional, como compartir conocimiento y experiencias en ciencia y te
Este documento resume los principales principios de las políticas públicas como la universalidad, indivisibilidad, no discriminación e igualdad. También describe las bases constitucionales de las políticas públicas y cómo estas deben estar alineadas con la constitución del país y el derecho internacional. Finalmente, resume las políticas públicas de Venezuela en materia de salud, educación y asistencia social a través de los diferentes planes de desarrollo económico y social implementados desde 1960.
Este documento presenta algunas nociones fundamentales para entender las políticas públicas. Define conceptos clave como estado, poder, sociedad civil y democracia. Explica que el estado moderno se fundamenta en la legitimidad democrática y la soberanía popular. También distingue entre el estado liberal y el estado social de derecho, señalando que este último busca garantizar derechos sociales como educación y salud. El objetivo es proveer una base conceptual básica pero funcional para analizar las políticas públicas.
Proyecto de País, Cuestión Social y Trabajo Social - FAUATSIgui
Documento de la Federación Argentina de Unidades Académicas de Trabajo Social para el debate político de cara a las próximas elecciones presidenciales.
La Política Pública se presenta bajo la forma de un programa de acción gubernamental en un sector de la sociedad o un espacio geográfico, a través del cual el gobierno implementa un conjunto de sucesivas respuestas frente a situaciones socialmente problemáticas y que buscan resolución o ser llevadas a niveles manejables. En este sentido, se puede señalar que las Políticas Públicas describen el proceso mediante el cual una autoridad pública elabora e implementa programas de acción pública, es decir, dispositivos político-administrativos coordinados, alrededor de objetivos explícitos.
Otros estudiosos de las Políticas Públicas la definen como: "un conjunto conformado por uno o varios objetivos colectivos considerados necesarios o deseables y por medios y acciones que son tratados, por lo menos parcialmente, por una institución u organización gubernamental, con la finalidad de orientar el comportamiento de actores individuales o colectivos para modificar una situación percibida como insatisfactoria o problemática" (Roth,1999:14).
El documento describe el enfoque de derechos humanos y su relación con las políticas públicas. El enfoque de derechos humanos concibe los derechos como interdependientes y complementarios, superando la visión tradicional de generaciones de derechos. Este enfoque busca la materialización real de los derechos a través de políticas públicas participativas, haciendo que los derechos guíen las políticas y estas a su vez garanticen el cumplimiento de los derechos. De esta forma, el enfoque de derechos humanos puede servir como pers
781 texto del artículo-2718-1-10-20170830Carlos Rojas
El documento describe el enfoque de derechos humanos y su relación con las políticas públicas. El enfoque de derechos humanos concibe los derechos como interdependientes e integrales, superando la visión tradicional de generaciones de derechos. Este enfoque busca la materialización real de los derechos a través de políticas públicas participativas, haciendo que los derechos guíen las políticas y estas se conviertan en el medio para garantizar los derechos. De esta forma, el enfoque de derechos humanos puede orientar las acc
Este documento analiza las políticas sociales de la democracia chilena y cómo las políticas sociales implementadas durante la dictadura militar continúan influyendo en las actuales políticas a pesar del cambio a un gobierno democrático. Las políticas sociales de la dictadura se basaron en principios neoliberales que favorecieron las iniciativas privadas y la responsabilidad individual por sobre la solidaridad. Esto ha dado lugar a una dualización en los servicios sociales y una falta de integración social. A pesar del aumento del gasto social,
El documento discute los temas de gobernabilidad y políticas públicas en Costa Rica. Argumenta que la gobernabilidad se ve afectada cuando las demandas de la sociedad civil aumentan pero la capacidad del Estado para responder no aumenta en la misma medida. También examina cuestiones como la participación ciudadana, la orientación de las políticas públicas, y propone mejorar la transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana para superar la desafección con el sistema político.
Este documento analiza el grado de transparencia de las políticas públicas en Colombia. Explica que a pesar de que la Constitución de 1991 creó mecanismos de participación ciudadana, la participación efectiva de los ciudadanos en la formulación de políticas, especialmente en temas de defensa, es limitada. También describe los modelos teóricos para analizar las políticas públicas y señala que en Colombia se asemeja más al modelo centrado en la sociedad debido a la influencia de grupos de interés. Finalmente, resume brevemente el proceso de formul
Protocolo de actuación para la reducción de barreras de acceso a la Justicia....EUROsociAL II
Este documento describe un proyecto del Ministerio de Justicia de Chile para mejorar el acceso a la justicia para la población adulta mayor a través de la capacitación de profesionales en centros jurídicos, la asesoría de expertos internacionales, y el desarrollo de un protocolo de atención para adultos mayores. El objetivo es reducir las barreras socioculturales y mejorar la atención de este grupo vulnerable colaborando entre el Ministerio de Justicia, las Corporaciones de Asistencia Judicial, y el Servicio Nacional del Adulto Mayor.
Este documento ofrece una reflexión sobre los conceptos de política pública y política educativa. Explica que la política pública se refiere a la relación entre el Estado y la sociedad civil, y que depende de las correlaciones de fuerzas entre los diferentes grupos y sectores sociales. También destaca que la política pública no es neutral y que depende de los intereses de quienes controlan el aparato estatal en un momento dado. Finalmente, señala que la política educativa es una política sectorial que debe entenderse de manera integral y vinculada a otros ámbitos como
Este documento presenta un resumen de tres oraciones:
1) Analiza el cambio conceptual en las últimas décadas de ver a las personas como sujetos de necesidades a sujetos de derechos, lo que tiene implicaciones para el diseño de políticas públicas orientadas a garantizar los derechos.
2) Explica que el Plan de Desarrollo de Bogotá "Bogotá sin Indiferencia" adoptó un enfoque de política social integral basado en la garantía de los derechos con una clara prioridad presupuestal para lo social.
3) Finalmente, dest
Este documento presenta el marco conceptual de las políticas públicas. Define políticas públicas como cursos de acción establecidos por el gobierno para resolver problemas de interés público, que involucran a actores públicos y privados. Explica que la argumentación y participación son elementos clave en las políticas públicas. Luego clasifica las políticas por autoridad institucional, sector, destinatarios e innovación. Finalmente, describe el ciclo de políticas públicas y variables como instituciones, actores y recursos que afectan cada etapa.
Curso de Formación General: Derecho de las minorías e interculturalidad
A cargo del profesor Claudio Millacura Salas
Presentación en diapositivas del artículo "Políticas Públicas y Derechos Humanos" (2002) de Ludwig Guendel González
Universidad Diego Portales
Santiago de Chile, 2019
Este documento analiza la relación entre la política fiscal en México y los derechos sociales de los gobernados. El autor plantea investigar si la política fiscal respeta los derechos sociales al establecer impuestos y contribuciones. El documento revisa conceptos de derechos sociales, política fiscal y marco legal fiscal. El objetivo es determinar si la política fiscal actual permite el desarrollo integral de las personas o si, por el contrario, es un factor de empobrecimiento. El autor hipotetiza que los impuestos afectan el poder adquisitivo y capacidad econ
Este documento presenta el manual de formación política del Instituto Nacional de Capacitación Política del Ministerio del Interior de Argentina. El manual contiene cuatro módulos sobre temas políticos como política, poder y militancia; sociedad, nación, estado y gobierno; economía para el desarrollo; e historia y formación del pensamiento nacional. El manual busca ser una herramienta para la formación política de militantes y dirigentes políticos. El primer módulo introduce conceptos clave como política, poder, liderazgo y militancia, y explica la
Este documento describe las estrategias de gobierno en Colombia. Explica que la estrategia de Gobierno en Línea busca construir un Estado más eficiente, transparente y participativo a través del uso de las TIC. Los ejes temáticos de la estrategia incluyen TIC para el gobierno abierto, servicios y gestión. También describe los proyectos estratégicos y los actores clave como ciudadanos, funcionarios e industria TI.
Este documento discute los cambios institucionales propuestos para el SENAME (Servicio Nacional de Menores) en Chile. Propone que el SENAME se transforme en un nuevo servicio enfocado en los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Detalla las preguntas y consideraciones clave para definir los objetivos, funciones y estructura de este nuevo servicio, como garantizar los derechos de los grupos vulnerables y aprender de experiencias internacionales exitosas. El objetivo final es mejorar los servicios y oportunidades para la infancia en el país.
Marcel Claude es un economista y académico que se postula como candidato presidencial respaldado por el partido humanista de Chile. Critica el actual modelo económico chileno y propone reformas como terminar con el sistema de AFP, crear bancos y educación públicos, y nacionalizar el cobre, con el fin de lograr una distribución más equitativa de recursos. Su visión de democracia involucra una ampliación de derechos y una asamblea constituyente.
Similar a Estrada 2014 Evolución de las Políticas Públicas en materia de Infancia, Familia y adolescencia en Chile (20)
El documento describe la complejidad normativa y operacional del sistema de justicia penal juvenil en Chile. El sistema se rige por una amplia normativa internacional, constitucional y legal que introduce múltiples actores e instituciones. Asimismo, el sistema es disciplinariamente complejo dado que involucra diversas áreas como derecho, psicología y trabajo social. Finalmente, el documento presenta estadísticas sobre los ingresos y casos vigentes en el sistema en 2015.
Este documento propone la creación de un nuevo Servicio Nacional de Protección de Derechos del Niño, separado del actual SENAME. Analiza las deficiencias del actual sistema y propone reformas en áreas como la normativa, la infraestructura, la gestión interna, los recursos humanos y el presupuesto. El objetivo es mejorar la protección real de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad.
El documento propone 7 cambios mínimos para mejorar la crisis del sistema chileno de protección de la infancia: 1) Mejores diagnósticos, 2) Jueces especializados con capacitación adecuada, 3) Hogares y centros que no alejen a las familias, 4) Equipos competentes para visitar a familias, 5) Programas de salud mental, 6) Sistema de asesoría técnica para hogares y centros, 7) Abogados especializados que representen a los niños. También plantea 3 desafíos para una organiz
Este documento presenta una historia de la evolución del derecho de la infancia en Chile desde la época colonial hasta la actualidad. Comienza describiendo algunos casos de niños en conflicto con la ley en el siglo XIX y las condiciones en las cárceles de la época. Luego resume la creación de instituciones de beneficencia para niños como la Casa Nacional del Niño. Explica el marco jurídico de diferentes períodos, incluido el poder penal de los padres en el siglo XIX. Finalmente, presenta brevemente el derecho intern
1) El documento presenta información sobre la historia y el marco normativo de la justicia penal para adolescentes en Chile. 2) Se describen las características básicas de la Ley No 20.084, incluyendo que establece un sistema de responsabilidad penal especial para adolescentes y limita el uso de la privación de libertad. 3) También se analiza el contexto del derecho internacional de los derechos humanos de la infancia y su influencia en la jurisprudencia nacional chilena sobre este tema.
El documento describe la necesidad y el contexto histórico del Acuerdo de Unión Civil en Chile. Brevemente resume que 2.3 millones de chilenos viven en pareja sin estar casados, ya sea por ser de distinto sexo y no querer casarse o por ser del mismo sexo y no poder hacerlo. Luego contextualiza que desde 1989 otros países han ido aprobando uniones civiles o matrimonios igualitarios, mientras que Chile recién aprobó la unión civil en 2015 luego de varios años de debate. Finalmente, resume brevemente la historia del proceso legislativo
Este documento resume los principales delitos sexuales según la legislación chilena. Define delitos como la violación, abuso sexual, estupro y exposición de menores a actos sexuales. Explica los elementos y penas asociadas a cada delito. También presenta los principios de derecho penal como legalidad y culpabilidad que rigen estos delitos.
Este documento resume los resultados de un estudio sobre diferentes modelos de entrevista aplicados a niños en edad preescolar en el contexto forense. Los resultados muestran que (1) los niños pueden informar sobre eventos emocionales con precisión, aunque cometen errores en menos del 10% de la información; (2) el tipo de entrevista influye en la cantidad de información obtenida, siendo las entrevistas que construyen un fuerte rapport más efectivas; y (3) la construcción de rapport a través de la adaptación del lenguaje, establec
Clase 2014 de Francisco Estrada sobre la Orientación General N° 14 (2013) del Comité de Derechos del Niño, sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial
Este documento presenta una revisión histórica del tratamiento jurídico de la infancia en Chile. Comienza describiendo cómo en la época colonial los niños podían ser parte de la servidumbre doméstica o ser dados como regalos. Luego, durante el siglo XIX, el Código Civil de 1855 otorgaba amplios poderes de castigo a los padres sobre sus hijos e incluso la facultad de enviarlos a la cárcel. Finalmente, a inicios del siglo XX existían leyes de protección a la infancia pero falta de establecimientos adec
El Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia en Chile: instituciones, lineamientos técnicos, estrategias de intervención y estudios.
Clase del Postítulo en Psicología Jurídica en el Procedimiento de Familia y Derechos de la Infancia
Universidad san Sebastián, Sede Puerto Montt, 2014
El documento discute el paradigma del desistimiento en la práctica penal. Señala que las intervenciones para reducir la reincidencia a menudo son criticadas por no basarse en evidencia empírica. En respuesta, surgió el movimiento "qué funciona" para desarrollar intervenciones basadas en evidencia. El paradigma del desistimiento sugiere centrarse en factores como el envejecimiento y el desarrollo personal que conducen a que las personas dejen atrás las conductas delictivas. Varios estudios muestran que la tasa de del
Este documento presenta un resumen de un seminario sobre autonomía progresiva y cuidado personal en niños. En el seminario se discutieron temas como el desarrollo de la autonomía en niños, los modelos convencionales versus culturales de desarrollo infantil, y directrices para la evaluación de custodia de menores. También se revisaron informes de casos de cuidado personal analizando si incorporaban la opinión del niño y su evolución.
Francisco Estrada 2013
El estado de Missouri ha creado un sistema de justicia juvenil que ha tenido tanto éxito en los últimos 30 años que se ha conocido como el "Milagro de Missouri.“”
Lo constituyen una serie de prácticas que se combinan para hacer único el sistema de Missouri :
Se compone sobre todo de pequeñas instalaciones, en general diseñadas para entre 10 y 30 jóvenes, cerca de los hogares de los jóvenes.
Estas instalaciones no se parecen a las cárceles con las celdas tradicionales; sólo hay ocho celdas de aislamiento en todo el estado, que se utilizan raramente y sólo en situaciones de emergencia
http://justiciapenaladolescente.blogspot.com/
Material del Diplomado en Intervenciones especializadas con adolescentes infractores de ley penal. 2013
Universidad de Chile
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
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Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
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Lecciones 11 Esc. Sabática. El conflicto inminente docx
Estrada 2014 Evolución de las Políticas Públicas en materia de Infancia, Familia y adolescencia en Chile
1. Evolución y cambio de paradigma respecto a
las Políticas Públicas en materia de Infancia,
Familia y adolescencia en Chile
Francisco Estrada Vásquez
http://justiciadefamilia.blogspot.com
abogadoderechodefamilia@gmail.com
@PanchoEstrada
2. Introducción a las Políticas Públicas
Evolución histórica de la infancia y familia
Un sujeto en cambio
Revisión de diversas políticas públicas
sobre familia en Chile
Imaginando algunas políticas públicas
sobre familia en Chile desde sector justicia
Esquema
4. políticas públicas
son las respuestas que el Estado o poder público otorga a
las necesidades de los gobernados, en forma de normas,
instituciones, prestaciones, bienes públicos o servicios.
5. políticas públicas
Para E. LAHERA, son "cursos de acción y flujos de
información relacionados con un objetivo
público definido en forma democrática; los
que son desarrollados por el sector público y,
frecuentemente, con la participación de la
comunidad y el sector privado".
LAHERA, Eugenio (2002). Introducción a las políticas públicas. Editorial Fondo Cultura Económica. P.
13.
6. Los gobiernos son instrumentos
para la realización de políticas
públicas.
Más que mirar al ordenamiento de las actividades
del sector público, como dado por su organización,
conviene mirarlo como un instrumento para la
realización de las políticas públicas.
Así como el logro principal de una empresa
privada no es su organigrama, sino sus utilidades,
lo importante en el gobierno son sus resultados,
más que su estructura.
7. En torno a políticas públicas se puede:
• acotar las discusiones políticas
• diferenciar problemas y soluciones de
manera específica
• identificar responsabilidades
• precisar las diferencias
• vincular los temas a soluciones más
amplias o secuenciales
• plantearse esfuerzos compartidos
• participar de manera específica
8. Sin embargo, la política y las políticas
públicas pueden no encontrarse al interior
de un sistema político dado, o encontrarse
de maneras muy diversas.
Por una parte, puede haber política sin propuestas de políticas
públicas y entonces se tiene un sistema político concentrado en
la distribución del poder entre los agentes políticos y sociales.
La política sin políticas públicas es más demagógica, menos
moderna.
Y, por la otra, puede haber políticas públicas que desconsideren
la política, lo que debilita la gobernabilidad social.
Las políticas públicas sin política tienen un problema de diseño
9. Una política pública de excelenciacorresponde a
aquellos cursos de acción y flujos de información
relacionados con un objetivo político definido en
forma democrática; los que son desarrollados por
el sector público y, frecuentemente, con la
participación de la comunidad y el sector privado.
10. 1. Fundamentación amplia y no sólo
específica
(¿cuál es la idea?, ¿a dónde vamos?)
2. Estimación de costos y de alternativas
de financiamiento
3. Factores para una evaluación de
costo-beneficio social
4. Beneficio social marginal comparado
con el de otras políticas (¿qué es
prioritario?)
5. Consistencia interna y agregada (¿a
qué se agrega?, o ¿qué inicia?)
Característicasde una Política
Pública de excelencia
11. 6. Previsión de apoyos y críticas
probables (políticas, corporativas,
académicas)
7. Oportunidad política
8. Lugar en la secuencia de medidas
pertinentes (¿qué es primero?, ¿qué
condiciona qué?)
9. Claridad de objetivos
10. Funcionalidad de los instrumentos
Característicasde una Política
Pública de excelencia
12. Diagrama de las etapas básicas de una
política pública
En "Introducción a las políticas públicas", de Eugenio Lahera
Diseño
Gestión
EvaluaciónAgenda
Programa
13. Diagrama Intervenido
de etapas de una política pública
Sobre la base de "Introducción a las políticas públicas", de Eugenio Lahera
Diseño
Del Piloto
Piloto
Gestión
Evaluación
del Piloto
Diseño
como
Política Pca.
Gestión
como Política
Pca.
Evaluación
14. “se diseñan leyes, presupuestos,
inversiones o programas públicos con
una razonable o loable intención - es
raro encontrar proyectos “malignos” -
pero que, desde el momento de su
gestación, parto o posterior desarrollo,
no contemplan las mínimas
consideraciones por la factibilidad de
su implementación”
19. “Una parte de quienes viven de la política
aspiran a mantener una relación con la
realidad puramente técnica y, las más de las
veces, técnico-económica.
Este tipo de políticos profesionales –los
expertos en políticas públicas- nos enseñan
a ver la realidad social y económica como
una segunda naturaleza cuyas leyes ellos
conocen y dilucidan y apelando a las cuales
adoptan sus decisiones. “
20. “Lo que cae bajo la esfera de las políticas
públicas, escapa, así, a toda reflexión: las
leyes de la economía, más allá de nuestra
voluntad, nos rigen y nos imperan y como
una segunda naturaleza, a veces nos
premian y a veces nos castigan.
El profesional de la economía y de las
políticas públicas aspira, entonces, a decirle
al político de profesión cuál es el ámbito de
lo posible, la esfera de lo que puede ser
deseado y más allá de lo cual cunde,
simplemente, la torpeza y la oscuridad: el
populismo, como suele decirse hoy.”
PEÑA, Carlos (2003). Sobre la política y los políticos.
22. Las políticas sociales universales son aquellas
prestaciones asistenciales
(que se ejecutan por trasferencias de bienes y/o
servicios, directas o indirectas) con las cuales el
Estado beneficia a todos los ciudadanos, sin tomar
en cuenta el nivel socioeconómico, pobreza u otros
ítems que discriminen en uno o en otro sentido.
24. Las políticas sociales focalizadas, por el contrario,
son prestaciones restringidas a un subgrupo dentro
del universo.
Y ese subgrupo, se arma por alguna característica
relacionada con una situación de privación. En otras
palabras, para acceder a la asistencia, el sujeto tiene
que demostrar que la necesita
44. Diversificación de las
formas de familia
Desformalización del
vínculo matrimonial
Desdiferenciación de la
división sexual del trabajo
El eslabón perdido. Familia, Modernización y Bienestar en
Chile de Tironi, Scully y Valenzuela editores
45. “Si bien, desde el punto de vista de los
discursos en circulación es posible afirmar
que las posiciones pro-derechos han influido
en el conjunto de la retórica pública,
su preponderancia es marginal si nos
concentramos en las prácticas de muchas
instituciones estatales y privadas dedicadas al
cuidado de los niños, niñas y adolescentes.”
FARIAS, Ana María (2002). “El difícil camino hacia la construcción del
niño como sujeto de derechos.” Revista de Derechos del Niño. UDP-
UNCIEFA, Nº 2.
47. Bello siguió en la regulación de las relaciones
paterno filiales el Código Francés y así consagró un
verdadero “derecho de amo y señor del padre
sobre el hijo menor de 16 años[i]”, y en menor
medida también sobre el menor de 25. La
expresión más intensa de esta regulación es lo que
Couso (2003) –siguiendo a Ferrajoli- denomina
poder penal doméstico y que consiste en la
“facultad del padre de castigar físicamente a su hijo
y, cuando no fuere suficiente, de encarcelarlo, para
lo cual contaba con el auxilio de la autoridad
pública.”[ii]
[i] La expresión es de Somarriva (1983), Derecho de Familia, Ediar Ed., cit.
desde Cillero (1994), p. 99.
[ii] Couso (2003), p. 4.
Paradigma del padre amo y
señor
48. “El padre tendrá la facultad de correjir y castigar
moderadamente a sus hijos i cuando esto no
alcanzare, podrá imponerles la pena de
detención hasta por un mes en un
establecimiento correccional.
“Bastará al efecto la demanda del padre i el juez,
en virtud de ella espedirá la orden de arresto.
“Pero si el hijo hubiere cumplido diez i seis años,
no ordenará el juez el arresto, sino después de
calificar los motivos y podrá estenderlo hasta por
seis meses a lo más.
“El padre podrá a su arbitrio hacer cesar el
arresto”
Artículo 233, Código Civil, 1855
49. Así, en 1758 el Capitán Antonio Poblete inició una
causa en contra de su hijo Mateo Poblete, por
“vagabundo y desobediente”, más precisamente,
según reclamaba el hijo “por haber pretendido
casarme contra su voluntad”, y fue enviado a la
cárcel de San Antonio pretextando su padre que
allí estaría más seguro mientras se resolvía la
querella.
Mateo Poblete alegó que, no siendo otro su
delito, el de desobediencia ya estaría “bien
compurgado con más de dos meses de cárcel”.
50. Así, en 1758 el Capitán Antonio Poblete inició una
causa en contra de su hijo Mateo Poblete, por
“vagabundo y desobediente”, más precisamente,
según reclamaba el hijo “por haber pretendido
casarme contra su voluntad”, y fue enviado a la
cárcel de San Antonio pretextando su padre que
allí estaría más seguro mientras se resolvía la
querella.
Mateo Poblete alegó que, no siendo otro su
delito, el de desobediencia ya estaría “bien
compurgado con más de dos meses de cárcel”.
51. Este primer paradigma, el del s. XIX tiene al padre
como eje central. Es quien detenta amplias
facultades de control y dominación respecto de su
mujer, hijos y servidumbre. Es él quien tiene
derechos. Los demás miembros del grupo familiar,
más bien tienen deberes a su respecto.
Ahora bien, si el encierro es el cenit de estas
facultades, lo cierto es que en el día a día este
poder penal doméstico se expresará en la
legitimidad de que gozará el padre para golpear y
castigar físicamente. Salazar y Pinto (2002) ofrecen
interesante evidencia historiográfica en tal sentido.
52. “...Su autoridad (la del dueño de casa) era suprema e
indiscutida. ‘Francisco javier Ovalle –escribe Teresa Pereira de
Correa- usaba una picana de coligüe con la que corregía desde
su asiento la menor inconveniencia de alguno de sus 14 hijos
que ocupaban los últimos lugares en la mesa, de acuerdo con
su edad’.
La picana de Francisco Javier era, sin duda, un juguete
patriarcal, pero hasta el menor de sus hijos sabía que ese
cuadro idílico se fundaba en la hacienda de la familia,
propiedad que ellos heredarían, en todo o en parte, algún día.
Incluyendo la pértiga”.
53. Ley 18.703
“Artículo 25.- Para los efectos de esta ley se entenderá
por abandono, la exposición o desamparo permanente
de un menor, dejándole en situación de subsistir sólo
auxiliado por terceros. Se entenderán también
abandonados los menores que no obstante estar
legalmente bajo el cuidado de sus padres u otras
personas, no hayan sido objeto de atención personal,
afectiva ni económica por parte de ellos durante un
año. Si el menor tuviere una edad inferior a dos años,
este plazo será de seis meses.
54. Igualmente se entenderán abandonados los menores
que estén a cargo de instituciones públicas o privadas
de protección de menores, cuando hubieren sido
entregados a éstas por sus padres, o por los
responsables de ellos con ánimo manifiesto de
liberarse de sus obligaciones legales sobre el menor,
sin perjuicio de la responsabilidad que por el
abandono pudiere caberles en conformidad a las
reglas generales.
Se presumirán abandonados aquellos menores cuya
tuición se hubiere entregado judicialmente a terceros
distintos de los padres y ésta hubiere durado a lo
menos un año o seis meses si el menor tuviere una
edad inferior a dos años. “
56. Hegemonía de los privados:
Filantropía, asistencialismo y caridad:
• Ausencia de políticas sociales
• El niño y la niña fuera de la esfera de la
acción permanente del Estado.
• Atención de carácter asistencialista,
limitando su accionar a responder a las
necesidades básicas
• La forma fue prioritariamente el asilo, la
internación y el aislamiento.
58. Los principales actores fueron la Iglesia y privados que
realizan acciones de caridad y asistencialismo: asilos, casa
de expósitos, gotas de leche, entre otras.
Fundaron instituciones de mucha continuidad: ej: Protectora
de la Infancia
Mantuvieron por largo tiempo el liderazgo en la atención a
la infancia, y sus experiencias consolidaron un tipo de
atención caracterizada por un fuerte tono paternalista y
moralista
El Estado subvenciona sin regulación hasta fines s.XIX y una
débil coordinación con el Patronato de Infancia (1901)
La internación piadosa
59. La otra internación, la cárcel: el castigo
Predominio del castigo penal al delito:
• Cárceles
• Sujeto al Código penal y civil
• Exención a los menores de 10 años
• Discernimiento
• Penas atenuadas
Estado asume responsabilidad en el
ámbito penal
El sujeto niño no es diferenciado del mundo adulto
No se aplica un sistema “corrector o disciplinador”:
el encierro como “castigo”
60. “En el caso chileno, existieron solo unas cuantas
instituciones que actuaron en este sentido,
surgidas todas en la segunda mitad del siglo
XVIII. La única dedicada a los niños, durante casi
un siglo, fue la Casa de Expósitos, creada en
1758.
En la misma época se crearon instituciones
similares en Ciudad de Mexico y Buenos Aires,
mientras la de Lima existía desde fines del siglo
XVI. Desde temprano, las autoridades coloniales
expresaron su interés por acudir en auxilio de
los huérfanos. Ya en el siglo XVII se encargo
hacer un censo de los huérfanos y se intento
favorecer su crianza autorizando, por ejemplo,
una limosna con ese fin. También se promovió
el ingreso de los expósitos al oficio de
marineros.”
61. “Según las noticias que entrega Vicuna
Mackenna, Pedro Tisbe (o Tisber), un
valenciano rico y piadoso, a su muerte
transfirio a Juan Nicolas de Aguirre
Barrenechea parte de su fortuna con fines
de caridad. Aguirre tenia una fortuna
menor, pero luego comenzó a progresar y
logro comprar el titulo de Marques de
Monte Pio. Cedió un terreno de su
propiedad y comenzó la construcción de la
casa, que quedo terminada a fines de 1758.
Aguirre solicito la autorización oficial de la
Corona que llego recién en 1780. Entre
tanto, la Real Audiencia aprobó su
funcionamiento en 1759, para que pudiera
funcionar atendiendo a unos cincuenta
niños.
Inicialmente la Casa se instaló en calle
62. “Durante sus primeros años, su funcionamiento
no fue regular.
Algunas emergencias sanitarias obligaron a
utilizar sus dependencias para otros fines.
En 1797 se le asignó una fuente de
financiamiento mas estable: una parte de las
utilidades de la Lotería de Santiago.
Esto permitió que, al cabo de tres años, en 1799
la Casa de Huérfanos ya pudiera contar con un
nuevo edificio. (…)
63. “La situación de guerra que enfrentó el país en los
turbulentos años de la Independencia provocó desastrosos
efectos sobre estas precarias instituciones de caridad y en
particular sobre la Casa de Huérfanos. Durante el gobierno
de Carrera se le asignaron 80 mil pesos, pero esta medida
no se pudo hacer efectiva.
A raíz de la guerra, el edificio volvió a ser ocupado para
otros fines, en este caso con objetivos militares.
Durante la Reconquista sirvió de cuartel del ejército realista
y la institución fue trasladada al Hospicio de Pobres y,
posteriormente, a una residencia particular, arrendada a
Juan Gallegos.”
64. “Desde entonces y hasta 1821, los
servicios de la Casa estuvieron en un
estado de desorganización. Por ejemplo,
las amas contratadas para amamantar a los
niños no eran pagadas a tiempo, lo que
provocó reclamos.
Hacia el final de su gobierno, O’Higgins
buscó resolver esta situación. En 1822,
además de crear la Junta Suprema de
Sanidad, que se hizo cargo de las
instituciones de beneficencia, dispuso la
reapertura de la Casa, la instalación de un
torno hacia la calle y la obligación de la
vacunación de los niños ingresados y las
amas contratadas.
65. Además, se permitió el ingreso de los niños de las
familias emigradas del sur a causa de la guerra. Pero
este esfuerzo se frustró poco después, debido a la crisis
política que se inició en 1823. Sucesivos cambios en la
normativa dejaron en manos de la municipalidad, las
asambleas provinciales y la autoridad central la
administración de las instituciones de beneficencia.
66. “La Casa nuevamente entró en un estado de abandono y
los niños fueron distribuidos, en Santiago y otras
ciudades, a personas que contaran con recursos y buenas
costumbres, para que se hicieran cargo de ellos. Las niñas
mayores fueron entregadas a casas particulares para que
se dedicaran a las labores domesticas. En 1827 la Casa
volvió a entrar en funciones, pero en 1830 se denunciaba
que su estado era de virtual abandono: no había control
sobre las amas, el sistema de registro no funcionaba y no
había escuela o talleres para los niños mayores.
En 1832, el gobierno dispuso que la administración de la
Casa, entre otras instituciones, quedara a cargo de la
recién creada Junta Central de Beneficencia y Salud
Publica, presidida por Manuel Blanco Encalada. Por esa
vía, se fueron quitando atribuciones a las
municipalidades en este campo.
67. “Según el reglamento respectivo, varias comisiones permanentes
debían velar por el funcionamiento de las instituciones bajo su
dependencia. Una de ellas quedo a cargo de la Casa de Expósitos.”
“En 1929, el asilo cambió de nombre y desde entonces se ha
llamado la Casa Nacional del Niño. Hoy día la Casa Nacional, que
depende del Servicio Nacional de Menores, acoge cada año a
centenares de menores desvalidos de 0 a 2 años. Todavía se ubica en
los mismos terrenos de la antigua Casa de la Providencia”(Milanich)
68. “… durante la segunda mitad del siglo XIX, un
creciente número de niños pasó por la Casa.
A principios de los años 80, la Casa supervisaba a
más de mil niños al año (de los cuales alrededor de
200 residían en la Casa y 800 se encontraban
repartidos entre las amas). Diez años después, el
número superó los 1.300, entre los que entraban en
un año dado y los que habían quedado del año
anterior.
En la primera década del 1900, el número alcanzó la
enorme cifra de 2.300 expósitos.
Esto es, según las conclusiones de un estudio, uno
de cada diez niños nacidos en Santiago a fin de
siglo fue mandado a la Casa de Huérfanos.”
(MILANICH)
69. “Los hombres como Mateo no formaban familia. Se
sentían compelidos, más bien, a “andar la tierra”. En
camino a otros valles de vuelta de otros fundos, en
busca de otras minas. Escapando a los montes.
Atravesando la cordillera. Apareciendo, desapareciendo.
Dormían a cielo descubierto, o “paraban” en cualquier
rancho disperso que hallaban en su travesía (un rancho,
tal vez, como el de Rosaria).
Sus hijos, por lo tanto, no dormían junto a ellos. Tan solo
se “noticiaban”, de repente, de que su padre andaba en
los cerros de tal parte, arreando quién sabe qué tropillas
de animales. O que estaba en los valles de Coquimbo,
donde lo habían visto oficiando de pallaquero. O en
eternizadas conversaciones de negocios, en el pueblo
vecino.”
70. “entre otras cosas, podríamos agregar un cuarto
gráfico para completar el cuadro, esta vez tomando
como base una variable estadística distinta
(perfectamente validada): la tasa de niños huachos
(TNH) en el país. En efecto, entre 1850 y 1930,
aproximadamente (economía liberal), de cada 100
niños que nacieron en Chile 37,4 fueron huachos (sin
padre o sin madre o sin nadie), que era una de las tasas
más altas del mundo.
Entre 1938-1973 (economía desarrollista), esa tasa
bajó a un 14,3%. Y desde 1973 en adelante (economía
neo-liberal), la TNH está sobre el 56%, que es récord
mundial absoluto, superior, incluso, a Suecia (que sí es
desarrollado).”
SALAZAR (2011). “Reflexiones históricas en torno a las reseñas de Alfredo
Jocelyn-Holt y Rolf Lüders sobre el libro Mercaderes, Empresarios y
Capitalistas (Chile, siglo XIX)* En Estudio Públicos Nº 123.
71.
72. El viajero C. E. Bladh hizo notar la costumbre,
bastante común, de que los propios sacerdotes
tuvieran su “querida”, en forma secreta o abierta.
Respecto a la clase trabajadora, su “inmoralidad”
estaba generalizada, debido a su manera de vivir,
“vagabunda e inquieta”:
“Los huasos que, según ya se ha dicho, carecen de un
hogar estable, y siempre viven errantes, no están
dispuestos a casarse, y pocos matrimonios se realizan
entre las gentes de la clase baja. Otra causa de esto
es la alta contribución que cobra el clero por la
ceremonia religiosa de las bodas, pues el cura
bendice el matrimonio por paga, y se dice que los
derechos mínimos son de ocho pesos.
73. La consecuencia de esto es que la mayoría del
pueblo hace vida marital sin pasar por el
matrimonio, y que se cambian esposas a su gusto.
La inmoralidad en este respecto también ha
aumentado a tal grado que en los campos, no
solamente entre los huasos, sino también entre los
propietarios y dueños de pequeñas fincas, no
provoca critica alguna el que una dama no casada
viva con un hombre”
74. “Indiecitos y criados.
Durante la época colonial, era frecuente encontrar en las
familias mas acomodadas niños esclavos formando parte de
la servidumbre domestica. En los testamentos era muy
valorado regalar una “negrita” o un “mulatillo”. En su
autobiografía, Ursula Suarez recordaba que antes de
cumplir cinco años tuvo una mulata de 14 años, “que me
dio mi abuela para que a mi sola me sirviera, sin que mi
madre corriera con ella. Yo mandaba a mi criada”.260 En las
“cartas de dote” también se hacían visibles los niños
esclavos. Maria Puebla y Castilla, al casarse con Pedro
Correas, en 1679, recibió de su padre cuatro esclavos:
un negro de 24 años, por valor de 600 pesos; una mulata de
30 años, avaluada en 450 pesos; una mulatilla, Maria, de 11
a 12 años en 300 pesos; y un mulatillo de nueve a diez
años, Marcelo, también en 300 pesos.”
75. “Los “indiecitos” eran muy considerados en las familias
adineradas. Generalmente eran raptados y vendidos por
los indígenas de la Frontera que realizaban incursiones
hacia el interior de la Araucanía. Según Poeppig, el
gobierno republicano limitó la venta de estos niños a la
provincia de Valdivia, tratando
de impedir los conflictos entre particulares que
ocasionaba el robo de estos, pero la medida no surtió
efecto.
En 1827, este comercio era muy habitual. En una carta
personal, Viviana Picarte le hacia a su hermano Ramón,
por entonces intendente de Valdivia, una singular
solicitud desde Santiago: “También te encargo no te
olvides de traerme una chinita”.
76. Según lo recuerda Poeppig, esta práctica no se limitaba a
los indígenas.
Los campesinos pobres entregaban a algunos de sus hijos e
hijas para que trabajaran como mozos o sirvientes, a
cambio de un pago inicial en dinero.
Muchos permanecían con la familia “adoptiva” hasta
cumplir los 18 o 20 anos de edad; recién entonces
comenzaban a recibir una pequeña remuneración”
77. “En el mundo popular estaba extendida la costumbre de
“entregar”, “dar” o “regalar” niños, como una forma de
aliviar el problema material de la subsistencia, cuando la
familia tenia muchos hijos, la situación económica
empeoraba o la madre quedaba sola con sus niños.
Para mediados del siglo XIX, según lo ha estudiado Nara
Milanich, esta práctica, al estar regulada sólo por la
costumbre, dejo escasos vestigios documentales, salvo
cuando situaciones conflictivas llegaban a los tribunales.
A partir de estos testimonios, es posible apreciar que
detrás de la entrega no había propiamente una “venta”,
sino mas bien un mecanismo informal de adopción, que
a veces implicaba un aporte en dinero”.
La familia que adquiría al niño o niña debia alimentarlo y
cuidarlo, pudiendo hacer uso de sus servicios en labores
domesticas, agrícolas o artesanales cuando tuviera la
edad suficiente.”
78. “Esta “circulación de niños”, como han denominado
los especialistas a este fenómeno, se diferenciaba
de la esclavitud porque el pequeño solo estaba
obligado a permanecer en el hogar adoptivo hasta
la mayoría de edad. En la practica, solía ocurrir que
este lazo se prolongaba para toda la vida. Sin
embargo, los casos judiciales demuestran que no
siempre eso sucedía y no eran pocas las ocasiones
en que la madre recuperaba al niño, con resistencia
por parte de la familia que había invertido en su
manutención. Los lazos personales a veces se
hacían muy estrechos y una viuda, por citar un caso,
podía terminar testando a favor de su sirviente
favorito que había criado desde niño, entregando
parte de sus bienes en retribución por su lealtad y
servicios.”
79. Reclamo del director de la cárcel de Valparaíso al Ministro de
Justicia en 1901: “debido a la mala distribución que se hace de
los reos, pues, en un mismo patio se encierran junto con
criminales avezados, reos menores de dieciocho años, con los
cuales aquellos cometen inmoralidades sin nombre”. Archivo
Ministerio de Justicia 1901, Vol. 1476, 14/11/1901.
Cárcel de Temuco en 1918 : “La promiscuidad de edades, de
caracteres, y de delincuencias hace de esta cárcel una escuela
perniciosa y un club de concentración de criminales donde
perfeccionan con absoluta libertad y perfecta facilidad su
maldad y donde forman un régimen organizado de
delincuencia”. Archivo Ministerio de Justicia, 1918, Vol. 2859. Oficio del
Intendente de Cautín al Ministro de Justicia 30/ 10/ 1918
80. Prisión común, Imaginario social e identidad, Ed A. Bello, Marco Fernández Labbé
"!Este que aquí veis, un
granuja de cinco años de
edad, ha caído preso más
veces que los años que
carga. Se llama Juan Ramón
Ovalle Caballero. ... Tiene
dos hermanos mayores y ambos
sufren la décima o duodécima
condena por hurto, ebriedad
y desorden.
Fueron gúelfos, como Juan
Ramón, y ahora son
criminales graduados y
pillos titulados.
…. Juan Ramón está en la
Sección de Detenidos de
Valparaíso y el juez no sabe
qué hacer con ese muchacho,
semilla de maldad."
En Revista Sucesos, abril de
1920, "Un criminal precoz".
84. Surgimiento de las primeras políticas sociales a
principios del XX, estuvieron principalmente
destinadas a los trabajadores formales:
Las consideradas como las primeras leyes sociales,
se restringieron a normar las relaciones laborales
Sin embargo, la gran mayoría de la población no
pertenecía al mercado laboral formal: las mujeres,
los ancianos, los hombres que trabajaban en la
informalidad y los niños.
Para ellos también hubo políticas sociales pero
diferentes.
85. El Estado y las primeras políticas hacia la
infancia
Iniciativas de legislación y de políticas asistenciales en el
ámbito de la salud, aplicadas a la familia e infancia, en un
discurso de civilización y salvación de la raza, a través de:
Medidas sanitarias para la madre e hijo (embarazo, parto
y puerperio, gotas de leche, visitas domiciliarias, entre
otras)
Medicalización de las intervenciones para disminuir la
mortalidad infantil
Creación de una institucionalidad: Ministerio de Higiene,
Asistencia, Trabajo y Previsión, 1924
86. Otro objetivo en la construcción de un sistema de bienestar
fue civilizar a través de la educación bajo un discurso de
positivismo ilustrado a una población con escasa educación y
analfabeta.
1920 Ley de Instrucción Primaria Obligatoria
En 1928 se crean las Juntas de Auxilio Escolar
comunales creadas por ley y ollas infantiles para
apoyar a los escolares pobres
En los 30 y 40 ampliación de coberturas
87. “Piensen los Poderes Públicos y la Sociedad que cada
niño desvalido será el hombre de mañana que junto con
otros parias formarán un elemento pensante y de acción
que ayudará a socavar los cimientos en que descansa la
paz y tranquilidad del país. Que levantará sus puños
amenazantes, contra esta sociedad, que no hizo otra
cosa que vendar sus heridas momentáneamente, para
que ese cuerpo resistiera más tarde todas las miserias y
las injusticias.”
Archivo Ministerio de Justicia, 1923, Vol. 3230. Informe de Froilán González
acerca de los reformatorios de menores de Brasil, Argentina y
El Modelo de la irregularidad: el proyecto de los
científicos de la infancia
88. Crítica al asistencialismo y a la filantropía tradicional
“La Casa de Huérfanos, es hoy la incubadora de aquellos
elementos que vemos en todas partes gritando contra la
sociedad, contra las Leyes y contra todo orden establecido.
Porque estos seres se dan cuenta de su situación, saben
que son hijos de nadie, y que ese nadie es la sociedad que
los arrojó al rincón donde se botan los desperdicios. De ahí
nace en ellos ese espíritu de odio y de venganza sin
importarle la vida ni la muerte, pues ellos saben que están
muertos dentro del mundo de los vivos”
Archivo Ministerio de Justicia, 1923 Vol. 3230. Informe de Froilán González
acerca de los reformatorios de menores de Brasil, Argentina y Chile. P.94
89. • Positivistas, influenciados por las reformas de protección a la
infancia europeas y norteamericanas: programas
correccionales, encierro, disciplina y trabajo
• Métodos científicos de atención: el diagnóstico, la
observación, el examen a las condiciones de vida.
• Los ideales del castigo se cambian por los de corrección a
través de la educación y el trabajo.
• La metodología de intervención es la internación continua
El modelo de la irregularidad: el
proyecto de los científicos de la
infancia
90. Productos de los ciencia aplicada a la protección de la
infancia:
El modelo de la irregularidad logra
institucionalizarse (1928–1990)
Sistema de justicia especial:
•Ley de Menores
•Tribunales de Menores,
•Sistema de instituciones para la corrección
•Institucionalidad coordinadora)
91. El siguiente paso en el examen histórico de la relaciones
paterno filiares se encuentra con el reemplazo de la figura
del padre por la del juez de menores a quien se le pide
actúe como buen padre de familia. Para esto se va a seguir
la experiencia del tribunal de Menores creado en 1899 en
Chicago, Illinois.[i]
Posteriormente, esta función, este rol, se va a trasladar, en
parte, al Director de la Casa de Menores, quien podrá
castigar y corregir por razones educativas.
[i] Así, todavía en 1975 Achard, Sajón y Calvento sostenían la necesidad de “recordar los
principios filosóficos en que se fundan los tribunales de menores … expuestos en ocasión
de la creación del primer tribunal de menores de Chicago, los cuales, a pesar del tiempo
transcurrido tienen plena vigencia.” citados desde Cortés (1999), p. 67.
El juez de menores como buen
padre de familia
92. Se va a producir entonces, lo que Couso (2003)
denomina el “desplazamiento público del poder
penal doméstico sobre los niños.”
En 1928, el Código Civil (art. 233) va a sustituir el
poder paterno de encarcelar por breve tiempo y le
va a entregar a un nuevo actor (el tribunal de
menores) la potestad de resolver sobre la vida futura
del menor y ya el padre no podrá modificarlo por su
propia voluntad.
Así, la autoridad paterna deja de ser algo privado,
del exclusivo ámbito familiar y órganos estatales
pasan a ocupar un rol equivalente. Este
desplazamiento no era la única posibilidad de
solución, y adecuación a las nuevas realidades.
93. GAJARDO, Samuel (1929). Los derechos del niño y la tiranía del
ambiente, Imprenta Nascimento, Santiago.
94. La aplicación del proyecto:
la práctica en el siglo XX
Problemas de gestión e
irregularidades
Estado no asume su
Responsabilidad: profundización de la
privatización de la atención en los 80
Insuficiencia de recursos
y cupos
Creación de escasos
establecimientos de
normalización
95. Escasez de Casa de Menores para aplicación de la ciencia
Persistencia de los privados y sus sistemas tradicionales:
atención a población de baja peligrosidad y corta edad
Permanencia de los niños
en las cárceles
Yuxtaposición de un
sistema asistencial-penal
con uno proteccional
normalizador
96.
97. La Judicatura de Menores en la Ley 4.447
La ley creó un Juzgado de Menores en Santiago y
facultó al P. de la R. para crear otros en cada ciudad
asiento de Corte.
El primer artículo transitorio dispuso que donde no
existieran Jdos. de Menores la competencia
correspondía al Juez de Letras de Mayor Cuantía, con
lo que la competencia tutelar quedó entregada a
jueces no especializados.
Las normas de procedimiento eran muy generales y
entregaban considerables facultades discrecionales a
los jueces.
La amplitud de facultades –en un contexto de
separación del derecho penal y, por ende, de no
vigencia irrestricta del principio de legalidad-
sumada a la carencia de medios no penales, produjo
la utilización de recursos punitivos, entre los cuales
la privación de libertad fue el más usado.
98. Cambios Administrativos
• En este período se dictaron numerosas disposiciones
que modificaron el sistema de la ley 4.447, producto de
disputas entre Ministerios por hacerse cargo de los
menores.
• Por un DFL de 1942 se fusiona la Dirección General de
Protección al Menor con otros servicios médicos
asistenciales y se forma la Dirección General de
Protección a la Infancia y Adolescencia (PROTINFA).
Entre sus numerosas facultades está la de proteger a los
menores en situación irregular.
• El antiguo organismo pasó a ser un departamento del
nuevo, ambos dependientes del Ministerio de Salud. Los
esfuerzos se concentraron en la atención materno
infantil, el campo médico escolar y dental.
• La atención de los menores pierde relevancia y 10 años
más tarde desaparece la PROTINFA y los servicios de
atención a menores pasan a depender del Servicio
Nacional de Salud.
99. Cambios en el Procedimiento
La ley 9.293, de 1949, modificó las facultades del juez tanto
en la producción como en la apreciación de la prueba. Se
ampliaron sus facultades de investigación, imperio para
ordenar la comparecencia personal de partes y facultad de
apreciar la prueba en conciencia.
Ley 14.550, 1961, introduce modificaciones en materias
orgánicas y establece garantías procesales: Incorpora al
personal de los juzgados de menores al Escalafón del Poder
Judicial; obligación de oir al menor y constatar la
circunstancia de haberse cometido el hecho y la
participación que en él le ha cabido al menor antes de
aplicar la medida.
100. Cambios en las normas de responsabilidad penal
La ley 4.447, había establecido la inimputablidad de los
menores de 16 años y la necesidad de proceder a declarar el
discernimiento de los mayores de 16 y menores de 20,
estableciendo penas atenuadas para estos últimos.
La Ley 11.183, de 1953, introduce modificaciones en varios
códigos de la República, entre ellos el penal y por añadidura a
la ley 4.447, dejando el artículo 10 del CP como lo conocemos
hoy, es decir, rebajando la edad de la responsabilidad penal
plena a los 18 años.
El fundamento del Ejecutivo fue “evitar el aprovechamiento
por parte de adultos de las disposiciones más benévolas de la
ley 4.447, que contrariamente a lo deseado, habría venido a
prohijar una escuela de delincuencia infantil, con grave daño
para la sociedad”.
101. Ley 16.618
En 1960 se crea una Comisión Interministerial
(Ministros de Interior, Educación, Justicia, Salud,
Trabajo y Previsión Social, además de algunos
expertos), con carácter permanente que restablece
un organismo dedicado exclusivamente al estudio
de la protección del menor.
En 1964 se pretende darle rango legal y durante la
discusión el Senado propone la creación de lo que
posteriormente sería el Consejo Nacional de
Menores (CONAME).
102. La Comisión realiza una serie de estudios que son
recogidos por un proyecto de 1964, a iniciativa de
varios diputados, que propone la creación de un
Servicio para la planificación científica, la fijación de
normas y la coordinación de los servicios públicos y
privados dedicados a los menores.
El proyecto sería patrocinado por el Ejecutivo, el
que lo presentó de nuevo en 1965 como proyecto
propio y finalmente aprobado como la ley 16.520
(1966), facultando al P. de la R. para refundir su
texto con las disposiciones de la ley 14.902,
procediendo a su sistematización y numeración sin
alterar su contenido.
Surge, así, la ley 16.618, del 08 de marzo de 1967,
en actual vigencia.
103. Doctrinariamente, se funda en las teorías que dieron origen al
naciente Derecho de Menores, conservando algunas de sus
ideas básicas:
• Necesidad de una legislación especial que abarque todos los
problemas de la infancia y regule la acción administrativa y
jurisdiccional del Estado.
• Regulación conjunta de aspectos sustantivos, procesales y
administrativos.
• Utilización de categorías amplias para referirse a los sujetos
a que se aplica (peligro material o moral, irregularidades)
• Un solo catálogo de medidas de protección a todos los
niños, cualquiera sea la causa de intervención.
• Flexibilidad de los procedimientos.
• Mantención del discernimiento, sin una definición legal de
su significado.
104. El inicio de este período está marcado por la ratificación
que Chile hizo de la Convención de Derechos del Niño,
en agosto de 1990, o más precisamente por su
promulgación como ley de la República, mediante D.S.
N° 830 del Ministerio de RREE, publicado en el D.O. de
27 de septiembre de 1990.
Durante este período hubo una serie de iniciativas
convertidas en ley orientadas al reconocimiento efectivo
de varios de los derechos contenidos en la Convención,
especialmente los económicos, sociales y culturales,
pero por mucho tiempo no hubo avances significativos
en el campo de las relaciones de los niños y
adolescentes con el sistema penal.
Período 1990 - actualidad
105. La principal característica de este período es la cohabitación
de dos visiones jurídicas contrapuestas: El Niño de la
Convención y el Niño de la Ley de Menores, marcando un
período de continuidad del sistema de control/protección de
la infancia y de transición hacia un sistema de protección
integral de la infancia en el marco de los Derechos Humanos.
La confusión tan prolongada entre marginación social y
delincuencia juvenil, parece próxima a finalizar, por lo que
parece razonable continuar abrigando esperanzas de que
algún día logremos los necesarios equilibrios entre “la
protección de los jóvenes y el mantenimiento del orden
pacífico de la sociedad” a que aluden las Reglas de Beijing.
106. Cuadro con la evolución de la edad de
responsabilidad penal en Chile
LEY
INIMPUTABILIDAD
ABSOLUTA
INIMPUTAB.
RELATIVA
Y DISCERNIMIENTO
C. PENAL, de 1875 Menores de 10 años Entre 10 y 16 años
L. 4.447, de 1928 Menores de 16 años Entre 16 y 20 años
L. 11.183, de 1953 Menores de 16 años Entre 16 y 18 años
108. Paradigma del niño objeto:
Desde siempre hasta … ahora
Paradigma del niño sujeto dederechos
Desde 1990, en el discurso …
Practicas objetuales persisten
113. Evolución y cambio de paradigma respecto a
las Políticas Públicas en materia de Infancia,
Familia y adolescencia en Chile
Francisco Estrada Vásquez
http://justiciadefamilia.blogspot.com
abogadoderechodefamilia@gmail.com
@PanchoEstrada