SlideShare una empresa de Scribd logo
1
EVALUACIÓN DE PRA ÉTICA Y LEGISLACIÓN
09/06/2015 AULA T2 PIAT 07:00 AM
LA EVALUACIÓN ES ORAL/ 4 PREGUNTAS SOBRE LAS LEYES Y LA ÉTICA. ESTE ES EL MATERIAL
PARA TODOS EN GENERAL
ESTO ES LO ESTABLECIDO EN LA LEY, ESTUDIEN PARA QUE RESPONDAN LA EVALUACION DE
MANERA OBJETIVA, EVALUARÉ TAL COMO ESTABLECEN LOS ARTICULOS.
EL MATERIAL ES PARA TODOS LOS ALUMNOS IGUAL EVALUACIÓN
ÉXITO
---------------------------------------------------------------
CONCEPTO DE ÉTICA:
El ser humano tiene libertad, es decir, es dueño de sus acciones. Cualquier persona
puede decidir entre hacer el bien o el mal. La justicia es la ciencia que regula el orden
social con el objetivo de castigar esas acciones injustas que merecen una sanción. La
ética está vinculada con la moral que rige el obrar correcto. La ética está marcada por
normas que son la base para diferenciar entre el bien y el mal, uno de los temas
filosóficos por excelencia.
La ética es una ciencia que tiene por objeto de estudio a la moral y la conducta
humanas.
DIFERENCIA CON LA MORAL:
La ética es diferente de la moral, porque la moral se basa en la obediencia a las
normas, las costumbres y preceptos o mandamientos culturales, jerárquicos o
religiosos, mientras que la ética busca fundamentar la manera de vivir por el
pensamiento humano.
A.- Principios de la Ética
 Todo ser humano es autónomo e inviolable.
 Todos los seres humanos tienen los mismos derechos.
 Ningún ser humano tiene derecho a hacer daño a otro sin necesidad.
B.- La Responsabilidad Profesional es inherente al ejercicio profesional. Dicha
responsabilidad pudiéramos clasificarla en: social, gremial, administrativa, civil y penal.
2
.- LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA:
Tiene su base en el Artículo 139 de la Constitución Nacional, cuando establece,
Artículo 139.- El ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad Individual por abuso o
desviación de poder o por violación de esta Constitución o de la Ley.
.- LA RESPONSABILIDAD CIVIL: se basa en los compromisos establecidos en los contratos de
servicio profesional que firme el profesional y lo establecido en el Código Civil.
.- LA RESPONSABILIDAD SOCIAL: El interés de la comunidad debe estar sobre los intereses
del cliente a quien se sirve o con los de la empresa para la cual se trabaja. La
responsabilidad social exige del profesional competencia y honestidad en sus actuaciones.
.- LA RESPONSABILIDAD GREMIAL: tiene su origen en el artículo 105 de la Constitución
Nacional, que establece en función de la protección de la colectividad, la colegiación
obligatoria de varias profesiones, entre ellas la de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones
Afines. La responsabilidad gremial exige del profesional el cumplimiento de la normativa
gremial antes señalada en su ejercicio profesional y lo obliga a contribuir con el Colegio en
el cumplimiento de sus objetivos.
.- LA RESPONSABILIDAD PENAL: está basada en los Artículos 357, 519 y 520 del Código
Penal.
Artículo 357: "El que por haber obrado con imprudencia, negligencia o bien con impericia
en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes o
disposiciones disciplinarias, haya ocasionado algún incendio, explosión, inundación,
sumersión o naufragio, algún hundimiento o cualquier otro desastre o peligro común será
castigado con prisión de tres a quince años.
Si del delito resulta un peligro para la vida de las personas, la prisión será de tres a treinta
meses, y si resultare la muerte de alguna, la prisión será de uno a diez años".
Artículo 519: " Todo el que hubiere intervenido en los planos o en la construcción de algún
edificio, si éste se desploma o cae por negligencia o impericia, aunque no cause mal o
peligro a terceros, será penado con multa de cien bolívares, como mínimo y podrá serlo,
además, con la suspensión del ejercicio de su profesión o arte.
La disposición del presente artículo es aplicable al caso de que desplomen o caigan puentes,
andamios u otros aparatos establecidos para la construcción o reparación de edificios o para
cualquier obra semejante".
3
Artículo 520: "Siempre que algún edificio o cualquier construcción amenazare ruina, en
todo o en parte, con peligro para la seguridad personal, el propietario, su representante o
quien por algún título estuviere encargado de la conservación, vigilancia o construcción del
edificio, será penado con multa de diez a cien bolívares, si no ha procedido oportunamente
a los trabajadores necesarios para prevenir el peligro. Si ha transgredido las disposiciones
de la autoridad competente, la multa podrá ser hasta de mil bolívares.
Siempre que se trate de algún edificio u otra construcción total o parcialmente en ruina, y el
que deba procurar la reparación o las medidas bastantes para prevenir el peligro que
resultarse de la ruina, la multa será de cincuenta a mil bolívares".
-----------------------------------------------------------------------
1.- CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL COLEGIO DE ING. DE VENEZUELA (ARTÍCULOS EN
CONSIDERACIÓN)
ARTÍCULO 1.- Se considera contrario a la ética e incompatible con el digno ejercicio de la
profesión, para un miembro del Colegio de Ingenieros de Venezuela: Actuar en cualquier forma
que tienda a menoscabar el honor, la responsabilidad y aquellas virtudes de honestidad,
integridad y veracidad que deben servir de base a un ejercicio cabal de la profesión.
ARTÍCULO 4.- Ofrecerse para el desempeño de especialidades y funciones para las cuales no
tengan capacidad, preparación y experiencias razonables.
ARTÍCULO 8.- Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de
proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión.
ARTÍCULO 9.- Encargase de obras, sin que se hayan efectuado todos los estudios técnicos
indispensables para su correcta ejecución, o cuando para la realización de las mismas se hayan
señalado plazos incompatibles con la buena práctica profesional.
ARTÍCULO 11.-Ofrecer,dar o recibircomisionesoremuneracionesindebidasy,solicitarinfluencias
o usa de ellaspara laobtenciónuotorgamientode trabajosprofesionales,oparacrear situaciones
de privilegio en su actuación.
---------------------------------------------------------------
2.- CÓDIGO CIVIL DE VENEZUELA (ARTÍCULOS EN CONSIDERACIÓN) BUSCARLOS Y ESTUDIAR
ESTOS ARTÍCULOS:
ARTÍCULO 1.264.- ARTÍCULO 1.141.- ARTÍCULO 1.264.- ARTÍCULO 1.155.-
ARTÍCULO 1.630.-
------------------------------------------------
3.- LOPCYMAT (ARTÍCULOS EN CONSIDERACIÓN)
4
a) DEFINICIÓN DE ACCIDENTE DE TRABAJO
ARTÍCULO 69. Se entiendeporaccidente de trabajo, todo suceso que produzca en el trabajador o
la trabajadorauna lesiónfuncional ocorporal,permanente otemporal,inmediataoposterior, o la
muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del
trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo.
Serán igualmente accidentes de trabajo:
 La lesión interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a
agentesfísicos,mecánicos,químicos,biológicos,psicosociales, condicionesmetereológicas
sobrevenidos en las mismas circunstancias.
 Los accidentesacaecidosenactosde salvamentoyenotrosde naturalezaanáloga,cuando
tengan relación con el trabajo.
 Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su
centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido
necesariorealizarotrorecorridopormotivosque no le sean imputables al trabajador o la
trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el recorrido.
 Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de
cargos electivosenorganizacionessindicales,asícomolosocurridosal iro volverdel lugar
donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los
requisitos de concordancia cronológica y topográfica exigidos en el numeral anterior.
b) Infracciones administrativas en materia de seguridad
y salud en el trabajo
ARTÍCULO 117. Son infraccionesadministrativasenmateriade seguridad y salud en el trabajo, las
acciones u omisiones de los empleadores o empleadoras que incumplan las normas legales y
reglamentarias en materia de seguridad y salud laboral sujetas a su responsabilidad.
------------------------------------------------------------
4.- LOTTT (ARTÍCULOS EN CONSIDERACIÓN)
LA TERCERIZACIÓN:
ARTÍCULO 47 DE LA LOTTT, “…se entiende por tercerización la simulación o fraude cometido por
patronos o patronas en general, con el propósito de desvirtuar, desconocer u obstacul izar la
aplicación de la legislación laboral…”. Este texto está en perfecta concordancia con el artículo 94
de la Constitución Nacional vigente.
ARTÍCULO 63 de la Ley Orgánica para el Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en
el contrato para una obra determinada se estipula el servicio que prestará el trabajador para la
ejecución de una obra. Asimismo, se debe establecer el tiempo que le tomará al empleado
5
terminar la misma. La Ley establece que al culminar la asignación para la cual fue contratado el
trabajador, se da por finalizado el contrato.
El Artículo 63 de la LOTTT expresa que en el caso del sector construcción los contratos para una
obra determinada no cambiarán a otro tiempo de contrato aún cuando se renueven o firmen
nuevos contratos.
Es decir, si un trabajador es contratado para la edificación de un centro comercial y
posteriormente escontratadoporel mismopatrono para prestar sus servicios en otros proyectos
de la construcción,el empleadoestaría bajo un contrato por obra y no en un contrato por tiempo
indeterminado. Lo cual es aplicable solo en el caso de la industria de la construcción.
ART. 173 LOTTT LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO ES DIURNA cuando se cumple entre las
5:00 a.m. y 7:00 p.m.; no podrá exceder de ocho (08) horas diarias, ni de cuarenta (40) horas
semanales.
--------------------------------------------------------------
5.- L EY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS (ARTÍCULOS EN CONSIDERACIÓN)
TÉRMINOS DE LA LEY:
CONTRATO: Instrumentojurídicoque regulalaejecuciónde una obra, prestación de un servicio o
suministro de bienes, incluidas las órdenes de compra u órdenes de servicio, que se podrán
utilizar para la adquisición de bienes o suministros de servicios. Deberá contener: precio,
cantidades,formade pago,tiempo,formade entrega,especificacionescontenidasen el pliego de
condiciones o condiciones de la contratación y oferta.
CONTRATISTA: Personanatural o jurídica, o conjunto de ellas, independientemente de su forma
de organización que ejecuta una obra, suministra bienes o presta un servicio, para alguno de los
contratantes sujetos del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, en virtud de un
contrato, sin que medie relación de dependencia.
CONTRATANTE: Sujetocontempladoenel ámbito de aplicación del presente Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de Ley, que ejecuta los procesos previstos para Ja selección y administración de
contratos referidos a la adquisición de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras.
OBRA: Es la construcción, rehabilitación, remodelación, restauración, ampliación o reparación
total o parcial de edificaciones, infraestructuras para servicios básicos, vialidad, plantas o
complejos de plantas, preparación, adecuación de áreas de trabajos. No constituye obra el solo
mantenimiento de edificaciones.
CONCURSO CERRADO: Es la modalidad de selección del contratista en la que al menos cinco (5)
participantesson invitados de manera particular a presentar ofertas por el contratante, con base
en su capacidad técnica, financiera y legal.
6
CONSULTA DE PRECIOS: Es la modalidad de selección de contratista en la que de manera
documentada,se consultanpreciosaporlo menostres (3) proveedores de bienes, ejecutores de
obras o prestadores de servicios.
CONTRATACIÓN DIRECTA: Es lamodalidadde selección de contratista que realiza el contratante,
aplicando los supuestos cualitativos contemplados en el presente Decreto con Rango, Valor y
Fuerza de Ley.
NATURALEZA JURÍDICA ARTÍCULO 35. El Servicio Nacional de Contrataciones, es un órgano
desconcentrado,concapacidadde gestión presupuestaria,administrativa,financierayordenadora
de pagos, dependiente jerárquicamente de la Comisión Central de Planificación.
Dentro de su organización se preverán áreas con competencia en la capacitación en materia de
contratación pública y en la supervisión, control y apoyo al sector de los contratistas y a los
contratantes.
DEPENDENCIA ARTÍCULO 41. El Registro Nacional de Contratistas es una dependencia
administrativa del Servicio Nacional de Contrataciones, conforme a lo dispuesto en el presente
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley y su Reglamento.
ATRIBUCIONES DEL INGENIERO INSPECTOR DE OBRAS ARTÍCULO 138. Son atribuciones y
obligaciones del Ingeniero Inspector de obras las siguientes:
l. Elaborar y firmarel Acta de Iniciode losTrabajos, conjuntamente conel IngenieroResidente y el
contratista.
2. Supervisarlacalidadde losmateriales,losequiposyla tecnologíaque el contratista utilizará en
la obra.
3. Rechazar y hacer retirar de la obra los materiales y equipos que no reúnan las condiciones o
especificaciones para ser utilizados o incorporados a la obra.
4. Fiscalizar de manera continua los trabajos que ejecute el contratista y la buena calidad de las
obras concluidas o en proceso de ejecución, y su adecuación a los planos, a las especificaciones
particulares,al presupuestooriginaloa susmodificaciones,alas instrucciones del contratante y a
todas las características exigibles para los trabajos que ejecute el contratista.
5. Suspenderlaejecuciónde partesde laobracuando éstas no se esténejecutandoconforme alos
documentos y normas técnicas, planos y especificaciones de la misma.
6. Recibirlasobservacionesysolicitudes que formule por escrito el contratista en relación con Ja
ejecuciónde laobra,e indicarle lasinstrucciones,accionesosoluciones que estime convenientes,
dentro de los plazos previstos en el contrato o con la celeridad que demande la naturaleza de la
petición.
7
7. Informar,al menosmensualmente, el avance técnico y administrativo de la obra y notificar de
inmediato,porescrito,al contratante cualquier paralización o anormalidad que observe durante
su ejecución.
8. Coordinar con el proyectista y con el contratante para preveer, con Ja debida anticipación, las
modificaciones que pudieren surgir durante la ejecución.
CAUSAS DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ARTÍCULO 131. Serán causas que darán origen a
modificaciones del contrato las siguientes:
l. El incremento o reducción en la cantidad de la obra, bienes o servicios originalmente
contratados.
2. Que surjan nuevas partidas o renglones a los contemplados en el contrato.
3. Se modifique la fecha de entrega del bien, obra o servicio.
4. Variaciones en los montos previamente establecidos en el presupuesto original del contrato.
S. Las establecidas en el Reglamento del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.
DEPENDENCIA ARTÍCULO 52. El Registro Nacional de Contrataciones del Estado es una
dependenciaadministrativadel ServicioNacional de Contrataciones,conforme alodispuestoenel
presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley y su Reglamento.
OBJETO Y FUNCIONESARTÍCULO53. El RegistroNacional de ContratacionesdelEstado tiene por
objetogarantizary mantenerunsistemade información de lascontratacionesdel Estado,conel
finde proveerinformaciónacualquierinteresado.Ental sentidole corresponde:
l. Consolidar la captación de la información de la programación anual de compras.
2. Consolidar la captación de la información de la rendición trimestral de las contrataciones
realizadas a través de las modalidades previstas en el presente Decreto con Rango,
Valor y Fuerza de Ley, así como, en los procedimientos excluidos.
3. Consolidar la información referente a la aplicación de las medidas temporales vigentes.
4. Publicarenla páginawebdel Servicio Nacional de Contrataciones, los llamados a participar en
los concursos abiertos y concursos abiertos anunciados internacionalmente.
5. Proponer a la máxima autoridad del Servicio Nacional de Contrataciones, las actividades
orientadasaoptimizarlacaptaciónde lainformación que deben remitir los órganos y entes de la
Administración Pública.
6. Desarrollar mesas técnicas para incentivar a los órganos y entes públicos de la Administración
Pública, para la oportuna rendición de la información requerida. 7. Las demás que le asigne la
máxima autoridad del Servicio Nacional de Contrataciones.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ley del trabajo ) presentacion
Ley del trabajo ) presentacionLey del trabajo ) presentacion
Ley del trabajo ) presentacion
Ad Ali
 
Diapositivas trabajo individual_claudia_barrios_evaluaci+¦n_final
Diapositivas trabajo individual_claudia_barrios_evaluaci+¦n_finalDiapositivas trabajo individual_claudia_barrios_evaluaci+¦n_final
Diapositivas trabajo individual_claudia_barrios_evaluaci+¦n_final
Diego020
 
Relaciones individuales de trabajo
Relaciones individuales de trabajoRelaciones individuales de trabajo
Relaciones individuales de trabajo
LUX_MARK
 
Javier Dolorier - Tendencias y Jurisprudencia en Materia de Despido
Javier Dolorier - Tendencias y Jurisprudencia en Materia de DespidoJavier Dolorier - Tendencias y Jurisprudencia en Materia de Despido
Javier Dolorier - Tendencias y Jurisprudencia en Materia de Despido
Gálvez & Dolorier Abogados
 
Codigo sustantivo del trabajo
Codigo sustantivo del trabajoCodigo sustantivo del trabajo
Codigo sustantivo del trabajo
jose sanchez
 
Ley federal del trabajo
Ley federal del trabajoLey federal del trabajo
Ley federal del trabajo
ALLNIGHTLONG
 
Sujetos De La Relacion De Trabajo
Sujetos De La Relacion De TrabajoSujetos De La Relacion De Trabajo
Sujetos De La Relacion De Trabajo
guest80ab77
 
ENJ 300: Infracciones en el Derecho Penal Laboral (Parte I)
 ENJ 300: Infracciones en el Derecho Penal Laboral (Parte I) ENJ 300: Infracciones en el Derecho Penal Laboral (Parte I)
ENJ 300: Infracciones en el Derecho Penal Laboral (Parte I)
ENJ
 
Aspectos Legales que rigen la materia de Protección, Higiene y Seguridad.
Aspectos Legales que rigen la materia de Protección, Higiene y Seguridad.Aspectos Legales que rigen la materia de Protección, Higiene y Seguridad.
Aspectos Legales que rigen la materia de Protección, Higiene y Seguridad.
Framely Dariely Bolivar Caraballo
 
Ley federal del trabajo
Ley federal del trabajoLey federal del trabajo
Cuestionario legislacion
Cuestionario legislacionCuestionario legislacion
Cuestionario legislacion
Ibeth Bazurto Loor
 
Legislacion laboral
Legislacion laboralLegislacion laboral
Legislacion laboral
Nelsy2209
 
Jornada y estabilidda laboral_IAFJSR
Jornada y estabilidda laboral_IAFJSRJornada y estabilidda laboral_IAFJSR
Jornada y estabilidda laboral_IAFJSR
Mauri Rojas
 
Codigo sustantivo del trabajo colombia
Codigo sustantivo del trabajo colombiaCodigo sustantivo del trabajo colombia
Codigo sustantivo del trabajo colombia
diegomed8720
 
Naturaleza juridica del DL_IAFJSR
Naturaleza juridica del DL_IAFJSRNaturaleza juridica del DL_IAFJSR
Naturaleza juridica del DL_IAFJSR
Mauri Rojas
 
Legislación laboral
Legislación laboralLegislación laboral
Legislación laboral
Nicolas Palacios
 
Caso huatuco
Caso huatucoCaso huatuco
Caso huatuco
Mayita GLop
 
Ley federal del trabajo
Ley federal del trabajoLey federal del trabajo
Ley federal del trabajo
Samuel Valenzuela Reyes
 
CODIGO LABORAL - CODIGO COMERCIAL
CODIGO LABORAL - CODIGO COMERCIALCODIGO LABORAL - CODIGO COMERCIAL
CODIGO LABORAL - CODIGO COMERCIAL
Leticia Shantal Hernandez Acosta
 
Cuestionario sobre los sujetos del derecho del trabajo
Cuestionario sobre los sujetos del derecho del trabajoCuestionario sobre los sujetos del derecho del trabajo
Cuestionario sobre los sujetos del derecho del trabajo
edwin70
 

La actualidad más candente (20)

Ley del trabajo ) presentacion
Ley del trabajo ) presentacionLey del trabajo ) presentacion
Ley del trabajo ) presentacion
 
Diapositivas trabajo individual_claudia_barrios_evaluaci+¦n_final
Diapositivas trabajo individual_claudia_barrios_evaluaci+¦n_finalDiapositivas trabajo individual_claudia_barrios_evaluaci+¦n_final
Diapositivas trabajo individual_claudia_barrios_evaluaci+¦n_final
 
Relaciones individuales de trabajo
Relaciones individuales de trabajoRelaciones individuales de trabajo
Relaciones individuales de trabajo
 
Javier Dolorier - Tendencias y Jurisprudencia en Materia de Despido
Javier Dolorier - Tendencias y Jurisprudencia en Materia de DespidoJavier Dolorier - Tendencias y Jurisprudencia en Materia de Despido
Javier Dolorier - Tendencias y Jurisprudencia en Materia de Despido
 
Codigo sustantivo del trabajo
Codigo sustantivo del trabajoCodigo sustantivo del trabajo
Codigo sustantivo del trabajo
 
Ley federal del trabajo
Ley federal del trabajoLey federal del trabajo
Ley federal del trabajo
 
Sujetos De La Relacion De Trabajo
Sujetos De La Relacion De TrabajoSujetos De La Relacion De Trabajo
Sujetos De La Relacion De Trabajo
 
ENJ 300: Infracciones en el Derecho Penal Laboral (Parte I)
 ENJ 300: Infracciones en el Derecho Penal Laboral (Parte I) ENJ 300: Infracciones en el Derecho Penal Laboral (Parte I)
ENJ 300: Infracciones en el Derecho Penal Laboral (Parte I)
 
Aspectos Legales que rigen la materia de Protección, Higiene y Seguridad.
Aspectos Legales que rigen la materia de Protección, Higiene y Seguridad.Aspectos Legales que rigen la materia de Protección, Higiene y Seguridad.
Aspectos Legales que rigen la materia de Protección, Higiene y Seguridad.
 
Ley federal del trabajo
Ley federal del trabajoLey federal del trabajo
Ley federal del trabajo
 
Cuestionario legislacion
Cuestionario legislacionCuestionario legislacion
Cuestionario legislacion
 
Legislacion laboral
Legislacion laboralLegislacion laboral
Legislacion laboral
 
Jornada y estabilidda laboral_IAFJSR
Jornada y estabilidda laboral_IAFJSRJornada y estabilidda laboral_IAFJSR
Jornada y estabilidda laboral_IAFJSR
 
Codigo sustantivo del trabajo colombia
Codigo sustantivo del trabajo colombiaCodigo sustantivo del trabajo colombia
Codigo sustantivo del trabajo colombia
 
Naturaleza juridica del DL_IAFJSR
Naturaleza juridica del DL_IAFJSRNaturaleza juridica del DL_IAFJSR
Naturaleza juridica del DL_IAFJSR
 
Legislación laboral
Legislación laboralLegislación laboral
Legislación laboral
 
Caso huatuco
Caso huatucoCaso huatuco
Caso huatuco
 
Ley federal del trabajo
Ley federal del trabajoLey federal del trabajo
Ley federal del trabajo
 
CODIGO LABORAL - CODIGO COMERCIAL
CODIGO LABORAL - CODIGO COMERCIALCODIGO LABORAL - CODIGO COMERCIAL
CODIGO LABORAL - CODIGO COMERCIAL
 
Cuestionario sobre los sujetos del derecho del trabajo
Cuestionario sobre los sujetos del derecho del trabajoCuestionario sobre los sujetos del derecho del trabajo
Cuestionario sobre los sujetos del derecho del trabajo
 

Destacado

Portfolio 2015
Portfolio 2015Portfolio 2015
Portfolio 2015
Maria-Margarita Michalou
 
Sistemas
SistemasSistemas
Actividad durante la clase
Actividad  durante la claseActividad  durante la clase
Actividad durante la clase
Lisney Creus
 
Introduction à CERIF
Introduction à CERIFIntroduction à CERIF
Introduction à CERIF
Valerie BRASSE
 
Р. Усманов. Комментарий № 1630-2 на акты стационарных судебно-психиатрических...
Р. Усманов. Комментарий № 1630-2 на акты стационарных судебно-психиатрических...Р. Усманов. Комментарий № 1630-2 на акты стационарных судебно-психиатрических...
Р. Усманов. Комментарий № 1630-2 на акты стационарных судебно-психиатрических...
Irina Wickholm
 
Projeto InterVoIP - Parceria CPqD - UFU - Algar Telecom - I Workshop CPqD de ...
Projeto InterVoIP - Parceria CPqD - UFU - Algar Telecom - I Workshop CPqD de ...Projeto InterVoIP - Parceria CPqD - UFU - Algar Telecom - I Workshop CPqD de ...
Projeto InterVoIP - Parceria CPqD - UFU - Algar Telecom - I Workshop CPqD de ...
CPqD
 

Destacado (7)

Portfolio 2015
Portfolio 2015Portfolio 2015
Portfolio 2015
 
Sistemas
SistemasSistemas
Sistemas
 
Actividad durante la clase
Actividad  durante la claseActividad  durante la clase
Actividad durante la clase
 
Awards
AwardsAwards
Awards
 
Introduction à CERIF
Introduction à CERIFIntroduction à CERIF
Introduction à CERIF
 
Р. Усманов. Комментарий № 1630-2 на акты стационарных судебно-психиатрических...
Р. Усманов. Комментарий № 1630-2 на акты стационарных судебно-психиатрических...Р. Усманов. Комментарий № 1630-2 на акты стационарных судебно-психиатрических...
Р. Усманов. Комментарий № 1630-2 на акты стационарных судебно-психиатрических...
 
Projeto InterVoIP - Parceria CPqD - UFU - Algar Telecom - I Workshop CPqD de ...
Projeto InterVoIP - Parceria CPqD - UFU - Algar Telecom - I Workshop CPqD de ...Projeto InterVoIP - Parceria CPqD - UFU - Algar Telecom - I Workshop CPqD de ...
Projeto InterVoIP - Parceria CPqD - UFU - Algar Telecom - I Workshop CPqD de ...
 

Similar a MATERIAL PRA ÉTICA

Modulo 1 Ética Evaluación 1
Modulo 1 Ética Evaluación 1Modulo 1 Ética Evaluación 1
Modulo 1 Ética Evaluación 1
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Etica modulo 1 evaluacion 1
Etica modulo 1 evaluacion 1Etica modulo 1 evaluacion 1
Etica modulo 1 evaluacion 1
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Etica y Deontologia Profesional
Etica y Deontologia ProfesionalEtica y Deontologia Profesional
Etica y Deontologia Profesional
Carlos Paúl Pérez
 
Presentación de etica
Presentación de eticaPresentación de etica
Presentación de etica
Abraham Torres
 
éTica profesional del ingeniero en venezuela albert
éTica profesional del ingeniero en venezuela albertéTica profesional del ingeniero en venezuela albert
éTica profesional del ingeniero en venezuela albert
albert urdaneta
 
ACHS Ley 16744.docx
ACHS Ley 16744.docxACHS Ley 16744.docx
ACHS Ley 16744.docx
NicolsArancibiaCrden
 
Brandon
BrandonBrandon
Responsabilidad civil en la actividad profesional
Responsabilidad civil en la actividad profesionalResponsabilidad civil en la actividad profesional
Responsabilidad civil en la actividad profesional
daniel jesus esteban rangel
 
Legislacion.pdf
Legislacion.pdfLegislacion.pdf
Legislacion.pdf
lilianaagudelo10
 
Mapa Conceptual, Acosta Luis
Mapa Conceptual, Acosta LuisMapa Conceptual, Acosta Luis
Mapa Conceptual, Acosta Luis
Luis Acosta
 
Manual
ManualManual
02 presentacion tarde
02 presentacion tarde02 presentacion tarde
02 presentacion tarde
oscareo79
 
éTica y deontología profesional por terminal
éTica y deontología profesional por terminaléTica y deontología profesional por terminal
éTica y deontología profesional por terminal
Manrriques simanca
 
Capitulo 5 educación cívica
Capitulo 5 educación cívicaCapitulo 5 educación cívica
Capitulo 5 educación cívica
mar1234rebe
 
20220613 Charla Responsabilidad legal en materias de SST.pptx
20220613 Charla Responsabilidad legal en materias de SST.pptx20220613 Charla Responsabilidad legal en materias de SST.pptx
20220613 Charla Responsabilidad legal en materias de SST.pptx
ssuser6427851
 
null.pptx
null.pptxnull.pptx
Sanciones. faltas e infracciones reforma magisterial
Sanciones. faltas e infracciones reforma magisterialSanciones. faltas e infracciones reforma magisterial
Sanciones. faltas e infracciones reforma magisterial
Edmer Keytel Cáceres Mendoza
 
Codigo de trabajo de El Salvador
Codigo de trabajo de El SalvadorCodigo de trabajo de El Salvador
Codigo de trabajo de El Salvador
ElContadorPublico.com
 
Codigo de trabajo
Codigo de trabajoCodigo de trabajo
Codigo de trabajo
Erick Clement
 
Codigo trabajo
Codigo trabajoCodigo trabajo
Codigo trabajo
Conaudisa
 

Similar a MATERIAL PRA ÉTICA (20)

Modulo 1 Ética Evaluación 1
Modulo 1 Ética Evaluación 1Modulo 1 Ética Evaluación 1
Modulo 1 Ética Evaluación 1
 
Etica modulo 1 evaluacion 1
Etica modulo 1 evaluacion 1Etica modulo 1 evaluacion 1
Etica modulo 1 evaluacion 1
 
Etica y Deontologia Profesional
Etica y Deontologia ProfesionalEtica y Deontologia Profesional
Etica y Deontologia Profesional
 
Presentación de etica
Presentación de eticaPresentación de etica
Presentación de etica
 
éTica profesional del ingeniero en venezuela albert
éTica profesional del ingeniero en venezuela albertéTica profesional del ingeniero en venezuela albert
éTica profesional del ingeniero en venezuela albert
 
ACHS Ley 16744.docx
ACHS Ley 16744.docxACHS Ley 16744.docx
ACHS Ley 16744.docx
 
Brandon
BrandonBrandon
Brandon
 
Responsabilidad civil en la actividad profesional
Responsabilidad civil en la actividad profesionalResponsabilidad civil en la actividad profesional
Responsabilidad civil en la actividad profesional
 
Legislacion.pdf
Legislacion.pdfLegislacion.pdf
Legislacion.pdf
 
Mapa Conceptual, Acosta Luis
Mapa Conceptual, Acosta LuisMapa Conceptual, Acosta Luis
Mapa Conceptual, Acosta Luis
 
Manual
ManualManual
Manual
 
02 presentacion tarde
02 presentacion tarde02 presentacion tarde
02 presentacion tarde
 
éTica y deontología profesional por terminal
éTica y deontología profesional por terminaléTica y deontología profesional por terminal
éTica y deontología profesional por terminal
 
Capitulo 5 educación cívica
Capitulo 5 educación cívicaCapitulo 5 educación cívica
Capitulo 5 educación cívica
 
20220613 Charla Responsabilidad legal en materias de SST.pptx
20220613 Charla Responsabilidad legal en materias de SST.pptx20220613 Charla Responsabilidad legal en materias de SST.pptx
20220613 Charla Responsabilidad legal en materias de SST.pptx
 
null.pptx
null.pptxnull.pptx
null.pptx
 
Sanciones. faltas e infracciones reforma magisterial
Sanciones. faltas e infracciones reforma magisterialSanciones. faltas e infracciones reforma magisterial
Sanciones. faltas e infracciones reforma magisterial
 
Codigo de trabajo de El Salvador
Codigo de trabajo de El SalvadorCodigo de trabajo de El Salvador
Codigo de trabajo de El Salvador
 
Codigo de trabajo
Codigo de trabajoCodigo de trabajo
Codigo de trabajo
 
Codigo trabajo
Codigo trabajoCodigo trabajo
Codigo trabajo
 

Más de Hogla Heglé Herrera Báez

Módulo 3 parte 2
Módulo 3 parte 2Módulo 3 parte 2
Módulo 3 parte 2
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Modulo 2 Ética 2016 i
Modulo 2 Ética 2016 iModulo 2 Ética 2016 i
Modulo 2 Ética 2016 i
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Como leer Inglés Técnico y Científico Entendiéndolo
Como leer Inglés Técnico y Científico EntendiéndoloComo leer Inglés Técnico y Científico Entendiéndolo
Como leer Inglés Técnico y Científico Entendiéndolo
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Modulo 2 Ética 2016-I
Modulo 2 Ética 2016-IModulo 2 Ética 2016-I
Modulo 2 Ética 2016-I
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Modulo 2 Ética 2016-I
Modulo 2 Ética 2016-IModulo 2 Ética 2016-I
Modulo 2 Ética 2016-I
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Topografia
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés TopografiaNotas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Topografia
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Topografia
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Construccion
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés ConstruccionNotas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Construccion
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Construccion
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Modulo 3 Ética Global 2016 i
Modulo 3  Ética Global 2016 iModulo 3  Ética Global 2016 i
Modulo 3 Ética Global 2016 i
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Modulo 3 Ética Global 2016 I
Modulo 3  Ética Global 2016 IModulo 3  Ética Global 2016 I
Modulo 3 Ética Global 2016 I
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Instrumental TSU Topografia
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Instrumental TSU TopografiaNotas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Instrumental TSU Topografia
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Instrumental TSU Topografia
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética TSU Const. Civil
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética TSU Const. CivilNotas Evaluación 1 Módulo 1 Ética TSU Const. Civil
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética TSU Const. Civil
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética y Legislación 10
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética y Legislación  10Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética y Legislación  10
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética y Legislación 10
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Ejericios Evaluación 2 Inglés Módulo 1
Ejericios Evaluación 2 Inglés Módulo 1Ejericios Evaluación 2 Inglés Módulo 1
Ejericios Evaluación 2 Inglés Módulo 1
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Global Módulo 2
Global Módulo 2Global Módulo 2
Global Módulo 2
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Evaluación 2 Módulo 1
Evaluación 2 Módulo 1Evaluación 2 Módulo 1
Evaluación 2 Módulo 1
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Modulo I Evaluacion 1 Ejercicios
Modulo I Evaluacion 1 EjerciciosModulo I Evaluacion 1 Ejercicios
Modulo I Evaluacion 1 Ejercicios
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Modulo 4 Ética Global 2015 II
Modulo 4 Ética Global 2015 IIModulo 4 Ética Global 2015 II
Modulo 4 Ética Global 2015 II
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Modulos 2 y 3 Ética Global 2015 II
Modulos 2 y 3 Ética Global 2015 IIModulos 2 y 3 Ética Global 2015 II
Modulos 2 y 3 Ética Global 2015 II
Hogla Heglé Herrera Báez
 
MÓDULO 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL 2015 II
MÓDULO 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL  2015 IIMÓDULO 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL  2015 II
MÓDULO 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL 2015 II
Hogla Heglé Herrera Báez
 
Modulo 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL 2015 II
Modulo 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL  2015 IIModulo 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL  2015 II
Modulo 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL 2015 II
Hogla Heglé Herrera Báez
 

Más de Hogla Heglé Herrera Báez (20)

Módulo 3 parte 2
Módulo 3 parte 2Módulo 3 parte 2
Módulo 3 parte 2
 
Modulo 2 Ética 2016 i
Modulo 2 Ética 2016 iModulo 2 Ética 2016 i
Modulo 2 Ética 2016 i
 
Como leer Inglés Técnico y Científico Entendiéndolo
Como leer Inglés Técnico y Científico EntendiéndoloComo leer Inglés Técnico y Científico Entendiéndolo
Como leer Inglés Técnico y Científico Entendiéndolo
 
Modulo 2 Ética 2016-I
Modulo 2 Ética 2016-IModulo 2 Ética 2016-I
Modulo 2 Ética 2016-I
 
Modulo 2 Ética 2016-I
Modulo 2 Ética 2016-IModulo 2 Ética 2016-I
Modulo 2 Ética 2016-I
 
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Topografia
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés TopografiaNotas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Topografia
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Topografia
 
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Construccion
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés ConstruccionNotas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Construccion
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Construccion
 
Modulo 3 Ética Global 2016 i
Modulo 3  Ética Global 2016 iModulo 3  Ética Global 2016 i
Modulo 3 Ética Global 2016 i
 
Modulo 3 Ética Global 2016 I
Modulo 3  Ética Global 2016 IModulo 3  Ética Global 2016 I
Modulo 3 Ética Global 2016 I
 
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Instrumental TSU Topografia
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Instrumental TSU TopografiaNotas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Instrumental TSU Topografia
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Inglés Instrumental TSU Topografia
 
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética TSU Const. Civil
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética TSU Const. CivilNotas Evaluación 1 Módulo 1 Ética TSU Const. Civil
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética TSU Const. Civil
 
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética y Legislación 10
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética y Legislación  10Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética y Legislación  10
Notas Evaluación 1 Módulo 1 Ética y Legislación 10
 
Ejericios Evaluación 2 Inglés Módulo 1
Ejericios Evaluación 2 Inglés Módulo 1Ejericios Evaluación 2 Inglés Módulo 1
Ejericios Evaluación 2 Inglés Módulo 1
 
Global Módulo 2
Global Módulo 2Global Módulo 2
Global Módulo 2
 
Evaluación 2 Módulo 1
Evaluación 2 Módulo 1Evaluación 2 Módulo 1
Evaluación 2 Módulo 1
 
Modulo I Evaluacion 1 Ejercicios
Modulo I Evaluacion 1 EjerciciosModulo I Evaluacion 1 Ejercicios
Modulo I Evaluacion 1 Ejercicios
 
Modulo 4 Ética Global 2015 II
Modulo 4 Ética Global 2015 IIModulo 4 Ética Global 2015 II
Modulo 4 Ética Global 2015 II
 
Modulos 2 y 3 Ética Global 2015 II
Modulos 2 y 3 Ética Global 2015 IIModulos 2 y 3 Ética Global 2015 II
Modulos 2 y 3 Ética Global 2015 II
 
MÓDULO 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL 2015 II
MÓDULO 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL  2015 IIMÓDULO 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL  2015 II
MÓDULO 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL 2015 II
 
Modulo 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL 2015 II
Modulo 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL  2015 IIModulo 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL  2015 II
Modulo 4 ÉTICA Y LEGISLACIÓN GLOBAL 2015 II
 

Último

DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO......
DIAGRAMA DE FLUJO   DE   ALGORITMO......DIAGRAMA DE FLUJO   DE   ALGORITMO......
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO......
taniarivera1015tvr
 
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdfEstilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
ElisaLen4
 
ECUACIONES DIFERENCIALES DE PRIMER ORDEN.pdf
ECUACIONES DIFERENCIALES DE PRIMER ORDEN.pdfECUACIONES DIFERENCIALES DE PRIMER ORDEN.pdf
ECUACIONES DIFERENCIALES DE PRIMER ORDEN.pdf
ArnulfoPerezPerez2
 
SESIÓN 3 ÓXIDOS-HIDRÓXIDOS trabajo virtual
SESIÓN 3 ÓXIDOS-HIDRÓXIDOS trabajo virtualSESIÓN 3 ÓXIDOS-HIDRÓXIDOS trabajo virtual
SESIÓN 3 ÓXIDOS-HIDRÓXIDOS trabajo virtual
JuanGavidia2
 
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO .......
DIAGRAMA DE FLUJO  DE  ALGORITMO .......DIAGRAMA DE FLUJO  DE  ALGORITMO .......
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO .......
taniarivera1015tvr
 
Proceso de obtenciòn de nitrogeno por el metodo Haber-Bosh
Proceso de obtenciòn de nitrogeno por el metodo Haber-BoshProceso de obtenciòn de nitrogeno por el metodo Haber-Bosh
Proceso de obtenciòn de nitrogeno por el metodo Haber-Bosh
shirllyleytonm
 
Reglamento Interno de seguridad y sdalud en
Reglamento Interno de seguridad y sdalud enReglamento Interno de seguridad y sdalud en
Reglamento Interno de seguridad y sdalud en
Jorge Luis Flores Zuñiga
 
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptx
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptxPresentación- de motor a combustión -diesel.pptx
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptx
ronnyrocha223
 
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajosCalculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
JuanCarlos695207
 
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICAPRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
carmenquintana18
 
Infografía de operaciones básicas....pdf
Infografía de operaciones básicas....pdfInfografía de operaciones básicas....pdf
Infografía de operaciones básicas....pdf
jahirrtorresa
 
Tanques de almacenamiento PDF MEDICION CRUDO.pdf
Tanques de almacenamiento PDF MEDICION CRUDO.pdfTanques de almacenamiento PDF MEDICION CRUDO.pdf
Tanques de almacenamiento PDF MEDICION CRUDO.pdf
VivianaJaramillo20
 
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
FantasticVideo1
 
chancadoras.............................
chancadoras.............................chancadoras.............................
chancadoras.............................
ssuser8827cb1
 
tema alcanos cicloalcanos de quimica.pdf
tema alcanos cicloalcanos de quimica.pdftema alcanos cicloalcanos de quimica.pdf
tema alcanos cicloalcanos de quimica.pdf
veronicaluna80
 
Aletas de transferencia de calor o superficies extendidas dylan.pdf
Aletas de transferencia de calor o superficies extendidas dylan.pdfAletas de transferencia de calor o superficies extendidas dylan.pdf
Aletas de transferencia de calor o superficies extendidas dylan.pdf
elsanti003
 
Luces piloto y contactores Presentación fn.pptx
Luces piloto y contactores Presentación fn.pptxLuces piloto y contactores Presentación fn.pptx
Luces piloto y contactores Presentación fn.pptx
Fran115
 
SLIDEHARE.docx..........................
SLIDEHARE.docx..........................SLIDEHARE.docx..........................
SLIDEHARE.docx..........................
azulsarase
 
S09 PBM-HEMORRAGIAS 2021-I Grabada 1.pptx
S09 PBM-HEMORRAGIAS 2021-I Grabada 1.pptxS09 PBM-HEMORRAGIAS 2021-I Grabada 1.pptx
S09 PBM-HEMORRAGIAS 2021-I Grabada 1.pptx
yamilbailonw
 
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdfKit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
OMORDO
 

Último (20)

DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO......
DIAGRAMA DE FLUJO   DE   ALGORITMO......DIAGRAMA DE FLUJO   DE   ALGORITMO......
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO......
 
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdfEstilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
Estilo Arquitectónico Ecléctico e Histórico, Roberto de la Roche.pdf
 
ECUACIONES DIFERENCIALES DE PRIMER ORDEN.pdf
ECUACIONES DIFERENCIALES DE PRIMER ORDEN.pdfECUACIONES DIFERENCIALES DE PRIMER ORDEN.pdf
ECUACIONES DIFERENCIALES DE PRIMER ORDEN.pdf
 
SESIÓN 3 ÓXIDOS-HIDRÓXIDOS trabajo virtual
SESIÓN 3 ÓXIDOS-HIDRÓXIDOS trabajo virtualSESIÓN 3 ÓXIDOS-HIDRÓXIDOS trabajo virtual
SESIÓN 3 ÓXIDOS-HIDRÓXIDOS trabajo virtual
 
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO .......
DIAGRAMA DE FLUJO  DE  ALGORITMO .......DIAGRAMA DE FLUJO  DE  ALGORITMO .......
DIAGRAMA DE FLUJO DE ALGORITMO .......
 
Proceso de obtenciòn de nitrogeno por el metodo Haber-Bosh
Proceso de obtenciòn de nitrogeno por el metodo Haber-BoshProceso de obtenciòn de nitrogeno por el metodo Haber-Bosh
Proceso de obtenciòn de nitrogeno por el metodo Haber-Bosh
 
Reglamento Interno de seguridad y sdalud en
Reglamento Interno de seguridad y sdalud enReglamento Interno de seguridad y sdalud en
Reglamento Interno de seguridad y sdalud en
 
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptx
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptxPresentación- de motor a combustión -diesel.pptx
Presentación- de motor a combustión -diesel.pptx
 
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajosCalculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
Calculo-de-Camaras-Frigorificas.pdf para trabajos
 
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICAPRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
PRIMERA Y SEGUNDA LEY DE LA TERMODINÁMICA
 
Infografía de operaciones básicas....pdf
Infografía de operaciones básicas....pdfInfografía de operaciones básicas....pdf
Infografía de operaciones básicas....pdf
 
Tanques de almacenamiento PDF MEDICION CRUDO.pdf
Tanques de almacenamiento PDF MEDICION CRUDO.pdfTanques de almacenamiento PDF MEDICION CRUDO.pdf
Tanques de almacenamiento PDF MEDICION CRUDO.pdf
 
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
Sesión 03 universidad cesar vallejo 2024
 
chancadoras.............................
chancadoras.............................chancadoras.............................
chancadoras.............................
 
tema alcanos cicloalcanos de quimica.pdf
tema alcanos cicloalcanos de quimica.pdftema alcanos cicloalcanos de quimica.pdf
tema alcanos cicloalcanos de quimica.pdf
 
Aletas de transferencia de calor o superficies extendidas dylan.pdf
Aletas de transferencia de calor o superficies extendidas dylan.pdfAletas de transferencia de calor o superficies extendidas dylan.pdf
Aletas de transferencia de calor o superficies extendidas dylan.pdf
 
Luces piloto y contactores Presentación fn.pptx
Luces piloto y contactores Presentación fn.pptxLuces piloto y contactores Presentación fn.pptx
Luces piloto y contactores Presentación fn.pptx
 
SLIDEHARE.docx..........................
SLIDEHARE.docx..........................SLIDEHARE.docx..........................
SLIDEHARE.docx..........................
 
S09 PBM-HEMORRAGIAS 2021-I Grabada 1.pptx
S09 PBM-HEMORRAGIAS 2021-I Grabada 1.pptxS09 PBM-HEMORRAGIAS 2021-I Grabada 1.pptx
S09 PBM-HEMORRAGIAS 2021-I Grabada 1.pptx
 
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdfKit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
Kit del Analisis y Visualizacion de Datos.pdf
 

MATERIAL PRA ÉTICA

  • 1. 1 EVALUACIÓN DE PRA ÉTICA Y LEGISLACIÓN 09/06/2015 AULA T2 PIAT 07:00 AM LA EVALUACIÓN ES ORAL/ 4 PREGUNTAS SOBRE LAS LEYES Y LA ÉTICA. ESTE ES EL MATERIAL PARA TODOS EN GENERAL ESTO ES LO ESTABLECIDO EN LA LEY, ESTUDIEN PARA QUE RESPONDAN LA EVALUACION DE MANERA OBJETIVA, EVALUARÉ TAL COMO ESTABLECEN LOS ARTICULOS. EL MATERIAL ES PARA TODOS LOS ALUMNOS IGUAL EVALUACIÓN ÉXITO --------------------------------------------------------------- CONCEPTO DE ÉTICA: El ser humano tiene libertad, es decir, es dueño de sus acciones. Cualquier persona puede decidir entre hacer el bien o el mal. La justicia es la ciencia que regula el orden social con el objetivo de castigar esas acciones injustas que merecen una sanción. La ética está vinculada con la moral que rige el obrar correcto. La ética está marcada por normas que son la base para diferenciar entre el bien y el mal, uno de los temas filosóficos por excelencia. La ética es una ciencia que tiene por objeto de estudio a la moral y la conducta humanas. DIFERENCIA CON LA MORAL: La ética es diferente de la moral, porque la moral se basa en la obediencia a las normas, las costumbres y preceptos o mandamientos culturales, jerárquicos o religiosos, mientras que la ética busca fundamentar la manera de vivir por el pensamiento humano. A.- Principios de la Ética  Todo ser humano es autónomo e inviolable.  Todos los seres humanos tienen los mismos derechos.  Ningún ser humano tiene derecho a hacer daño a otro sin necesidad. B.- La Responsabilidad Profesional es inherente al ejercicio profesional. Dicha responsabilidad pudiéramos clasificarla en: social, gremial, administrativa, civil y penal.
  • 2. 2 .- LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA: Tiene su base en el Artículo 139 de la Constitución Nacional, cuando establece, Artículo 139.- El ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad Individual por abuso o desviación de poder o por violación de esta Constitución o de la Ley. .- LA RESPONSABILIDAD CIVIL: se basa en los compromisos establecidos en los contratos de servicio profesional que firme el profesional y lo establecido en el Código Civil. .- LA RESPONSABILIDAD SOCIAL: El interés de la comunidad debe estar sobre los intereses del cliente a quien se sirve o con los de la empresa para la cual se trabaja. La responsabilidad social exige del profesional competencia y honestidad en sus actuaciones. .- LA RESPONSABILIDAD GREMIAL: tiene su origen en el artículo 105 de la Constitución Nacional, que establece en función de la protección de la colectividad, la colegiación obligatoria de varias profesiones, entre ellas la de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines. La responsabilidad gremial exige del profesional el cumplimiento de la normativa gremial antes señalada en su ejercicio profesional y lo obliga a contribuir con el Colegio en el cumplimiento de sus objetivos. .- LA RESPONSABILIDAD PENAL: está basada en los Artículos 357, 519 y 520 del Código Penal. Artículo 357: "El que por haber obrado con imprudencia, negligencia o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, órdenes o disposiciones disciplinarias, haya ocasionado algún incendio, explosión, inundación, sumersión o naufragio, algún hundimiento o cualquier otro desastre o peligro común será castigado con prisión de tres a quince años. Si del delito resulta un peligro para la vida de las personas, la prisión será de tres a treinta meses, y si resultare la muerte de alguna, la prisión será de uno a diez años". Artículo 519: " Todo el que hubiere intervenido en los planos o en la construcción de algún edificio, si éste se desploma o cae por negligencia o impericia, aunque no cause mal o peligro a terceros, será penado con multa de cien bolívares, como mínimo y podrá serlo, además, con la suspensión del ejercicio de su profesión o arte. La disposición del presente artículo es aplicable al caso de que desplomen o caigan puentes, andamios u otros aparatos establecidos para la construcción o reparación de edificios o para cualquier obra semejante".
  • 3. 3 Artículo 520: "Siempre que algún edificio o cualquier construcción amenazare ruina, en todo o en parte, con peligro para la seguridad personal, el propietario, su representante o quien por algún título estuviere encargado de la conservación, vigilancia o construcción del edificio, será penado con multa de diez a cien bolívares, si no ha procedido oportunamente a los trabajadores necesarios para prevenir el peligro. Si ha transgredido las disposiciones de la autoridad competente, la multa podrá ser hasta de mil bolívares. Siempre que se trate de algún edificio u otra construcción total o parcialmente en ruina, y el que deba procurar la reparación o las medidas bastantes para prevenir el peligro que resultarse de la ruina, la multa será de cincuenta a mil bolívares". ----------------------------------------------------------------------- 1.- CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL COLEGIO DE ING. DE VENEZUELA (ARTÍCULOS EN CONSIDERACIÓN) ARTÍCULO 1.- Se considera contrario a la ética e incompatible con el digno ejercicio de la profesión, para un miembro del Colegio de Ingenieros de Venezuela: Actuar en cualquier forma que tienda a menoscabar el honor, la responsabilidad y aquellas virtudes de honestidad, integridad y veracidad que deben servir de base a un ejercicio cabal de la profesión. ARTÍCULO 4.- Ofrecerse para el desempeño de especialidades y funciones para las cuales no tengan capacidad, preparación y experiencias razonables. ARTÍCULO 8.- Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión. ARTÍCULO 9.- Encargase de obras, sin que se hayan efectuado todos los estudios técnicos indispensables para su correcta ejecución, o cuando para la realización de las mismas se hayan señalado plazos incompatibles con la buena práctica profesional. ARTÍCULO 11.-Ofrecer,dar o recibircomisionesoremuneracionesindebidasy,solicitarinfluencias o usa de ellaspara laobtenciónuotorgamientode trabajosprofesionales,oparacrear situaciones de privilegio en su actuación. --------------------------------------------------------------- 2.- CÓDIGO CIVIL DE VENEZUELA (ARTÍCULOS EN CONSIDERACIÓN) BUSCARLOS Y ESTUDIAR ESTOS ARTÍCULOS: ARTÍCULO 1.264.- ARTÍCULO 1.141.- ARTÍCULO 1.264.- ARTÍCULO 1.155.- ARTÍCULO 1.630.- ------------------------------------------------ 3.- LOPCYMAT (ARTÍCULOS EN CONSIDERACIÓN)
  • 4. 4 a) DEFINICIÓN DE ACCIDENTE DE TRABAJO ARTÍCULO 69. Se entiendeporaccidente de trabajo, todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadorauna lesiónfuncional ocorporal,permanente otemporal,inmediataoposterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo. Serán igualmente accidentes de trabajo:  La lesión interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a agentesfísicos,mecánicos,químicos,biológicos,psicosociales, condicionesmetereológicas sobrevenidos en las mismas circunstancias.  Los accidentesacaecidosenactosde salvamentoyenotrosde naturalezaanáloga,cuando tengan relación con el trabajo.  Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido necesariorealizarotrorecorridopormotivosque no le sean imputables al trabajador o la trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el recorrido.  Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de cargos electivosenorganizacionessindicales,asícomolosocurridosal iro volverdel lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los requisitos de concordancia cronológica y topográfica exigidos en el numeral anterior. b) Infracciones administrativas en materia de seguridad y salud en el trabajo ARTÍCULO 117. Son infraccionesadministrativasenmateriade seguridad y salud en el trabajo, las acciones u omisiones de los empleadores o empleadoras que incumplan las normas legales y reglamentarias en materia de seguridad y salud laboral sujetas a su responsabilidad. ------------------------------------------------------------ 4.- LOTTT (ARTÍCULOS EN CONSIDERACIÓN) LA TERCERIZACIÓN: ARTÍCULO 47 DE LA LOTTT, “…se entiende por tercerización la simulación o fraude cometido por patronos o patronas en general, con el propósito de desvirtuar, desconocer u obstacul izar la aplicación de la legislación laboral…”. Este texto está en perfecta concordancia con el artículo 94 de la Constitución Nacional vigente. ARTÍCULO 63 de la Ley Orgánica para el Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en el contrato para una obra determinada se estipula el servicio que prestará el trabajador para la ejecución de una obra. Asimismo, se debe establecer el tiempo que le tomará al empleado
  • 5. 5 terminar la misma. La Ley establece que al culminar la asignación para la cual fue contratado el trabajador, se da por finalizado el contrato. El Artículo 63 de la LOTTT expresa que en el caso del sector construcción los contratos para una obra determinada no cambiarán a otro tiempo de contrato aún cuando se renueven o firmen nuevos contratos. Es decir, si un trabajador es contratado para la edificación de un centro comercial y posteriormente escontratadoporel mismopatrono para prestar sus servicios en otros proyectos de la construcción,el empleadoestaría bajo un contrato por obra y no en un contrato por tiempo indeterminado. Lo cual es aplicable solo en el caso de la industria de la construcción. ART. 173 LOTTT LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO ES DIURNA cuando se cumple entre las 5:00 a.m. y 7:00 p.m.; no podrá exceder de ocho (08) horas diarias, ni de cuarenta (40) horas semanales. -------------------------------------------------------------- 5.- L EY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS (ARTÍCULOS EN CONSIDERACIÓN) TÉRMINOS DE LA LEY: CONTRATO: Instrumentojurídicoque regulalaejecuciónde una obra, prestación de un servicio o suministro de bienes, incluidas las órdenes de compra u órdenes de servicio, que se podrán utilizar para la adquisición de bienes o suministros de servicios. Deberá contener: precio, cantidades,formade pago,tiempo,formade entrega,especificacionescontenidasen el pliego de condiciones o condiciones de la contratación y oferta. CONTRATISTA: Personanatural o jurídica, o conjunto de ellas, independientemente de su forma de organización que ejecuta una obra, suministra bienes o presta un servicio, para alguno de los contratantes sujetos del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, en virtud de un contrato, sin que medie relación de dependencia. CONTRATANTE: Sujetocontempladoenel ámbito de aplicación del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, que ejecuta los procesos previstos para Ja selección y administración de contratos referidos a la adquisición de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras. OBRA: Es la construcción, rehabilitación, remodelación, restauración, ampliación o reparación total o parcial de edificaciones, infraestructuras para servicios básicos, vialidad, plantas o complejos de plantas, preparación, adecuación de áreas de trabajos. No constituye obra el solo mantenimiento de edificaciones. CONCURSO CERRADO: Es la modalidad de selección del contratista en la que al menos cinco (5) participantesson invitados de manera particular a presentar ofertas por el contratante, con base en su capacidad técnica, financiera y legal.
  • 6. 6 CONSULTA DE PRECIOS: Es la modalidad de selección de contratista en la que de manera documentada,se consultanpreciosaporlo menostres (3) proveedores de bienes, ejecutores de obras o prestadores de servicios. CONTRATACIÓN DIRECTA: Es lamodalidadde selección de contratista que realiza el contratante, aplicando los supuestos cualitativos contemplados en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley. NATURALEZA JURÍDICA ARTÍCULO 35. El Servicio Nacional de Contrataciones, es un órgano desconcentrado,concapacidadde gestión presupuestaria,administrativa,financierayordenadora de pagos, dependiente jerárquicamente de la Comisión Central de Planificación. Dentro de su organización se preverán áreas con competencia en la capacitación en materia de contratación pública y en la supervisión, control y apoyo al sector de los contratistas y a los contratantes. DEPENDENCIA ARTÍCULO 41. El Registro Nacional de Contratistas es una dependencia administrativa del Servicio Nacional de Contrataciones, conforme a lo dispuesto en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley y su Reglamento. ATRIBUCIONES DEL INGENIERO INSPECTOR DE OBRAS ARTÍCULO 138. Son atribuciones y obligaciones del Ingeniero Inspector de obras las siguientes: l. Elaborar y firmarel Acta de Iniciode losTrabajos, conjuntamente conel IngenieroResidente y el contratista. 2. Supervisarlacalidadde losmateriales,losequiposyla tecnologíaque el contratista utilizará en la obra. 3. Rechazar y hacer retirar de la obra los materiales y equipos que no reúnan las condiciones o especificaciones para ser utilizados o incorporados a la obra. 4. Fiscalizar de manera continua los trabajos que ejecute el contratista y la buena calidad de las obras concluidas o en proceso de ejecución, y su adecuación a los planos, a las especificaciones particulares,al presupuestooriginaloa susmodificaciones,alas instrucciones del contratante y a todas las características exigibles para los trabajos que ejecute el contratista. 5. Suspenderlaejecuciónde partesde laobracuando éstas no se esténejecutandoconforme alos documentos y normas técnicas, planos y especificaciones de la misma. 6. Recibirlasobservacionesysolicitudes que formule por escrito el contratista en relación con Ja ejecuciónde laobra,e indicarle lasinstrucciones,accionesosoluciones que estime convenientes, dentro de los plazos previstos en el contrato o con la celeridad que demande la naturaleza de la petición.
  • 7. 7 7. Informar,al menosmensualmente, el avance técnico y administrativo de la obra y notificar de inmediato,porescrito,al contratante cualquier paralización o anormalidad que observe durante su ejecución. 8. Coordinar con el proyectista y con el contratante para preveer, con Ja debida anticipación, las modificaciones que pudieren surgir durante la ejecución. CAUSAS DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ARTÍCULO 131. Serán causas que darán origen a modificaciones del contrato las siguientes: l. El incremento o reducción en la cantidad de la obra, bienes o servicios originalmente contratados. 2. Que surjan nuevas partidas o renglones a los contemplados en el contrato. 3. Se modifique la fecha de entrega del bien, obra o servicio. 4. Variaciones en los montos previamente establecidos en el presupuesto original del contrato. S. Las establecidas en el Reglamento del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley. DEPENDENCIA ARTÍCULO 52. El Registro Nacional de Contrataciones del Estado es una dependenciaadministrativadel ServicioNacional de Contrataciones,conforme alodispuestoenel presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley y su Reglamento. OBJETO Y FUNCIONESARTÍCULO53. El RegistroNacional de ContratacionesdelEstado tiene por objetogarantizary mantenerunsistemade información de lascontratacionesdel Estado,conel finde proveerinformaciónacualquierinteresado.Ental sentidole corresponde: l. Consolidar la captación de la información de la programación anual de compras. 2. Consolidar la captación de la información de la rendición trimestral de las contrataciones realizadas a través de las modalidades previstas en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, así como, en los procedimientos excluidos. 3. Consolidar la información referente a la aplicación de las medidas temporales vigentes. 4. Publicarenla páginawebdel Servicio Nacional de Contrataciones, los llamados a participar en los concursos abiertos y concursos abiertos anunciados internacionalmente. 5. Proponer a la máxima autoridad del Servicio Nacional de Contrataciones, las actividades orientadasaoptimizarlacaptaciónde lainformación que deben remitir los órganos y entes de la Administración Pública. 6. Desarrollar mesas técnicas para incentivar a los órganos y entes públicos de la Administración Pública, para la oportuna rendición de la información requerida. 7. Las demás que le asigne la máxima autoridad del Servicio Nacional de Contrataciones.