Red de Fraude de Markus Schad Müller en Fondos de Inversión.pdf
Fallo 16678 del Tribunal de Cuentas
1. FALLO Nº 16.678
Mendoza, 9 de noviembre de 2016.
VISTO en el Acuerdo de la fecha el Expte. Nº 403-PS-2016, PIEZA
SEPARADA DEL EXPTE. Nº 353-A-2014 – CONTADURÍA
GENERAL DE LA PROVINCIA – MINISTERIO DE DEPORTES,
del que
RESULTA:
1) Que estas actuaciones se instruyeron conforme a lo resuelto en
el artículo 5º, Considerando II del Fallo Nº 16582, de fecha 20/4/2016, a fin
de que los responsables explicaran y aportaran la documentación de
respaldo referida en el Considerando citado.
2) Que a fs. 1 se dispone correr la vista correspondiente,
notificándose a los responsables según constancias de fs. 11/17 y 19/21 vta.
3) Que a fs. 24/56 se encuentran agregadas contestaciones de los
responsables del organismo.
4) Que girados los antecedentes recibidos a estudio de la
Dirección de Cuentas respectiva, la Revisión que tuvo a cargo el mismo,
produce informes a fs. 57/62 y 64.
5) Que a fs. 65/68 vta. se incorpora dictamen de la Secretaría
Relatora, quedando las actuaciones en estado de resolver; y
CONSIDERANDO:
I. Que la observación 1. b) Subsidios sin rendir, sin envío de
Carta Documento por parte de los responsables del Ministerio de
Deportes se dejó subsistente en el Fallo N°16.582, debido a que existían
varios subsidios sin rendir, a saber:
2. 2
N°
Respon
sable
Responsable (Persona Física-
Jurídica)
Saldo N° Expediente
171769
LARA DIAZ, NICOLAS
EZEQUIEL
16.548,73 3255-D-2015
67541 BRIZUELA, DANIEL EDUARDO 15.000,00 836-D-2014
99052
MIGNANI LEMOS, KARIM
ALEJANDRO
16.000,00 1136-D-2014
162661
FEDERACION MENDOCINA
AUTOMOVILISMO DEPORTIVO-
(FEMAD)
60.000,00
1006-D-2014
y
1464-D-2014
166894 SAMA, YASIN 10.000,00 3787-S-2013
171162 GUZZETTA, BETIANA IRIS 14.000,00 1674-D-2014
TOTAL
131.548,73
Estos responsables recibieron fondos públicos que debían ser
afectados a determinados fines y rendidos oportunamente, demostrando el
uso dado a los mismos. Como no justificaron la aplicación de los fondos al
fin para el que les fueron otorgados, el Tribunal resolvió formar pieza
separada a fin de que aportaran la documentación que justifique la
aplicación de tales fondos al destino estipulado, por los montos
consignados en cada caso.
La Revisión en su informe expresa: “A fojas 11/21 se adjuntan
cédulas de notificación del Fallo N° 16.582 a los responsables que deben
presentar la información correspondiente, como así también se adjunta la
notificación al Ministerio de Deportes.
A fojas 23 se incorpora expediente 1133-D-2016 77793 del
Ministerio de Deportes en el que se eleva contestación de las
observaciones formuladas…
A la fecha del Informe de Pieza Separada, los responsables que
percibieron los subsidios no han contestado.
Sin perjuicio de ello los responsables del Organismo informan a
fojas 55, que: “1. SUBSIDIOS -
3. 3
a) Atento a lo enunciadoen el considerandoII " Subsidiospendientes
de descargo".
1. … el Subsidio de la Liga de Futbol de Tunuyán rindió
totalmente por un importe de $210.000. Adjunto información de
formularios emitidos por SIDICO y MESAS.
b) Atento a lo enunciadoen "Subsidios sin rendir, sin envío de carta
documentopor parte de los responsables del Ministerio de Deportes"
1. LARA DIAZ, NICOLAS se encuentra inhibido y se envía carta
documento por reclamo de rendición parcial.
2. BRIZUELA, DANIEL EDUARDO se encuentra inhibido y el expte se
encuentra en Asuntos Judiciales de la Fiscalía de Estado. Adjunto
formularios emitidos por SIDICO y MESAS.
3. MIGNANI LEMOS, KARIM se encuentra inhibido y el expte se
encuentra en Asuntos Judiciales de la Fiscalía de Estado. Adjunto
formularios emitidos por SIDICO y MESAS.
4. FEDERACIÓN MENDOCINA DE AUTOMOVILISMO
DEPORTIVO se encuentra inhibido. Adjunto formularios emitidos por
SIDICO y MESAS.
5. SAMA, YASIM se encuentra inhibido. Adjunto formularios emitidos
por SIDICO y MESAS.
6. GUZZETTA, BETIANA IRIS se encuentra inhibido. Adjunto
formularios emitidos por SIDICO y MESAS.
Respecto a los responsables enunciados en el cuadro precedente, se
adjunta constancia de inhibición para recibir subsidios, según Decreto
2074/03, emitido por el sistema contable SIDICO con fecha 21/06/16.
Asimismo se refleja en el siguiente cuadro la situación actual de los
subsidios entregados.
N° Responsable Responsable (Persona Física-Jurídica)
N°
Expediente
Ubicación
171769 LARA DIAZ, NICOLAS EZEQUIEL
2093-D-
2014
Asuntos
Judiciales
Fiscalía de
Estado
67541 BRIZUELA, DANIEL EDUARDO
836-D-
2014
Juzgado Civil
N°12
99052 MIGNANILEMOS, KARIM ALEJANDRO
1136-D-
2014
Juzgado Civil
N°12
4. 4
162661
FEDERACIONMENDOCINA
AUTOMOVILISMODEPORTIVO-
(FEMAD)
1006-D-
2014
Ministerio de
Deportes
Dirección de
Administración
166894 SAMA, YASIN
3787-S-
2013
Subdirección
deArchivo
CGP
171162 GUZZETTA, BETIANA IRIS
1674-D-
2014
Ministerio de
Deportes
Asesoría
Letrada
La Revisión, teniendo en cuenta las contestaciones de los
responsables, concluye en su informe:
“LARA DIAZ, NICOLAS EZEQUIEL; BRIZUELA, DANIEL
EDUARDO y MIGNANI LEMOS, KARIM ALEJANDRO
Los responsables de rendir los subsidios no… han aportado la
documentación que justifique la aplicación de tales fondos al destino
estipulado… por los siguientes montos consignados en cada caso:
LARA DIAZ, NICOLAS EZEQUIEL $16.548,73
BRIZUELA, DANIEL EDUARDO $15.000,00
MIGNANI LEMOS, KARIM ALEJANDRO $16.000,00
Los responsables de la Subsecretaría de Deportes (ex Ministerio de
Deportes) efectuaron los trámites pertinentes ante Fiscalía de Estado para
la prosecución de los procedimientos.
FEDERACION MENDOCINA AUTOMOVILISMO
DEPORTIVO- (FeMAD)
Se verificó el expediente 1006-D-201477793 en la Subsecretaría de
Deportes (ex Ministerio de Deportes) en el cual la FEDERACION
MENDOCINA AUTOMOVILISMO DEPORTIVO- (FeMAD) solicita
subsidio.
De la compulsa efectuada respecto a las nuevas acciones llevadas a
cabo por los responsables del Organismo, surge que a fojas 93 Asesoría
Letrada de la Subsecretaria de Deportes (ex Ministerio de Deportes)
solicita nueva notificación en razón de haberse mudado de domicilio la
5. 5
FeMAD y que el emplazamiento cursado a la encartada no ha sido
entregado.
A los fines de una nueva notificación, se denuncia que el domicilio
actual de la FeMAD es en la calle PASCUAL TOSO 643 SAN JOSE
GUAYMALLEN MENDOZA; a la que se sugiere se remita nueva carta
documento.
A fojas 94/95 se acompañan Carta Documento con fecha de envío
11/05/2016 y constancia de Motivo de No Entrega (No responde, dejando
aviso de Visita en dos oportunidades). No habiéndose efectuado más
trámites administrativos respecto a éste expediente por parte de los
responsables del Organismo.
Conforme lo estipula a fojas 91 del citado expediente, la Dirección
de Asuntos Judiciales de la Fiscalía de Estado informa que en caso de
haber resultado negativo el emplazamiento, se deberá proceder a efectuar
publicación EDICTAL, hecho que a la fecha del Informe de Pieza de
Separada no ha sido realizado por la Subdirección de Deportes (ex
Ministerio de Deportes).
Los responsables de la FeMAD no se han presentado ante este
Tribunal a fin de constituir domicilio legal y denunciar domicilio
real…Tampoco han aportado la documentación que justifique la
aplicación de tales fondos al destino estipulado, por el monto de $
60.000,00…
SAMA YASIN
A la fecha del Informe de Pieza de Separada, el expediente 3787-S-
2013 77793 se encuentra en la Subdirección de Archivo de la CGP, y fue
auditadopor la revisión advirtiéndose que no se ha efectuado la rendición
del subsidio.
A fojas 72 del expediente 3787-S-2013 77793 el Subsecretario de
Deportes, eleva pase a Fiscalía de Estado para la prosecución del trámite
que se estime corresponder.
Fiscalía de Estado advierte la ausencia de documentación, hecho
que debe constar en todas las piezas administrativas antes de ser remitidas
… para la interposición de las acciones judiciales.
Los responsables del Ministerio de Deportes adjuntan la
documentación solicitada por Fiscalía de Estado excepto la Constancia de
Recepción del subsidio por parte del beneficiario….
Asimismo el responsable no se ha presentado ante este Tribunala fin
de constituir domicilio legal y denunciar domicilio real.
6. 6
Como tampoco ha aportado la documentación que justifique la
aplicación de tales fondos al destino estipulado, por el monto de $
10.000,00…”
La Revisión agrega en la Ampliación de Informe de Pieza Separada a
fs. 64 que “… a fs. 86 del Expte. 3787-S-2013 77793 se adjunta copia del
recibo firmado por el beneficiario del subsidio. A fs. 87 la Subdirectora de
Archivo de la CGP eleva nota a Fiscalía de Estado - Dirección de Asuntos
Judiciales donde consta la percepción del Subsidio por parte del
beneficiario en recibo de Tesorería General de la Provincia con fecha
7/4/14. La Revisión en fecha 26/9/16 procedió a intervenir el expediente en
Fiscalía de Estado - Dirección de Asuntos Judiciales.-“
GUZZETTA, BETIANA IRIS
Se constató expediente 1674-D-201477793 en el Organismo.
De su análisis se desprende:
Con fecha 17/02/16 el Sr. Subsecretario de Deportes envía la pieza
administrativa a Fiscalía de Estado para la prosecución del trámite que se
estime corresponder.
Fiscalía de Estado advierte la ausencia de documentación, la que debe
constar en la pieza administrativa antes de ser remitidas … para la
interposición de las acciones judiciales.
Los responsables del Organismo adjuntan la documentación solicitada
excepto la constancia o aviso de recibo de la CARTA DOCUMENTO…
Con fecha agosto 2016, el Jefe de Asesores Letrados aconseja se envíe
Carta Documento a la beneficiaria del subsidio, actuando conforme lo
establece el art. 113 de la Ley 3909.
A la fecha del Informe de Pieza de Separada no se ha enviado Carta
Documento a la responsable de rendir el subsidio.
Asimismo la responsable no se ha presentado ante este Tribunala fin de
constituir domicilio legal y denunciar domicilio real…,
Como tampoco ha aportado la documentación que justifique la
aplicación de tales fondos al destino estipulado, por el monto de $
14.000,00…
Fiscalía de Estado advierte que debe constar en todas las piezas
administrativas, la siguiente información antes de ser remitidas a esa
Dirección de Asuntos Judiciales para la interposición de las acciones
judiciales:
1) Constancia de Recepción del subsidio por parte el beneficiario
2) Constancia de Inhibición del beneficiario
7. 7
3) Constancia de recepción de la Carta Documento. En caso de
haberresultado negativo el emplazamiento, se deberá proceder a
efectuar publicación EDICTAL.”
La Secretaría Relatora, compartiendo lo informado por la Revisión,
expresa en su dictamen: “…en lo que respecta a la responsabilidad de las
Autoridades del Organismo del Ministerio de Deportes, se considerada
SALVADA con la INSTRUCCIÓN a las actuales autoridades para que
concluyan con los trámites pendientes en los expedientes 1006-D2014;
3787-S-2013y 1674-D-2014 a fin de que los mismos puedan ser remitidos
a Fiscalía de Estado.-
Por otra parte y en lo que respecta a los responsables que
percibieron los subsidios la Observación se considera SUBSISTENTE
como Erogación sin Justificar por los siguientes montos:
Responsable (Persona Física-Jurídica) Importe
LARA DIAZ, NICOLAS EZEQUIEL 16.548,73
BRIZUELA, DANIEL EDUARDO 15.000,00
MIGNANI LEMOS, KARIM ALEJANDRO 16.000,00
FEDERACIONMENDOCINAAUTOMOVILISMO
DEPORTIVO-(FEMAD)
60.000,00
SAMA, YASIN 10.000,00
GUZZETTA, BETIANA IRIS 14.000,00
TOTAL 131.548,73
Norma Legal:
Ley Nº 3799, arts. Nº 38º, 44 inc. 1, 60º
Acuerdo HTC Nº 2514, arts. 1º, 12 y 14º
Decreto Nº 2074/03, arts. 3º y 4º “
El Tribunal, compartiendo el criterio de sus órganos asesores,
formulará cargo, con más los intereses de ley, que constan en planilla de
fs. 70, a los responsables de no haber rendido los subsidios recibidos y por
ende no haber demostrado el destino dado al dinero recibido para un fin
determinado. Estos responsables han sido debidamente notificados y no
ofrecieron descargo alguno. Ello en función de lo dispuesto por el artículo
40 de la Ley Nº 1003. Así también, respecto de los responsables del
organismo, los instruye para que concluyan con los trámites pendientes en
los expedientes 1006-D-2014; 3787-S-2013 y 1674-D-2014 a fin de que los
mismos puedan ser remitidos a Fiscalía de Estado.
8. 8
Por ello, cumplido el trámite que la Ley Nº 1.003 dispone para
el juicio de cuentas, en uso de sus facultades constitucionales y legales,
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
RESUELVE
Artículo 1º: Dar por terminada la presente Pieza Separada
correspondiente al ejercicio 2014 deCONTADURÍA GENERAL DE LA
PROVINCIA – MINISTERIO DE DEPORTES y liberar de cargo a los
funcionarios intervinientes, conforme a la documentación puesta a
disposición y oportunamente analizada por este Tribunal, con la excepción
consignada en el artículo siguiente.
Artículo 2º: Formular cargo, de acuerdo a lo expresado en el
Considerando, a los siguientes responsables y por los montos que en cada
caso se indican: Nicolás Ezequiel LARA DIAZ, DU 39533618, VEINTE
MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS CON 85/100
($20.389,85); Daniel Eduardo BRIZUELA, DU 31949890, DIECIOCHO
MIL SETECIENTOS TRECE PESOS CON 42/100 ($ 18.713,42); Karim
Alejandro MIGNANI LEMOS, DU 39378706, DIECINUEVE MIL
OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS CON 34/100 ($19.887,34);
Yasin SAMA, DU 39239436, TRECE MIL CIENTO TREINTA Y
NUEVE PESOS CON 73/100 ($ 13.139,73); Betiana Iris GUZZETTA, DU
26595238, DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS UN PESOS CON
42/100 ($ 17.401,42); FEMAD-Federación Mendocina de Automovilismo
Deportivo, CUIT 30-70836591-9, SETENTA Y CUATRO MIL
TRESCIENTOS CUARENTA PESOS CON 82/100 ($ 74.340,82) y
emplazarlos en treinta (30) días a contar desde su notificación para que
depositen dicha suma en el Banco de la Nación Argentina, Cuenta
Corriente Nº 628-02371-81 Suc. Nº 2405 Mza. a la orden de
"Hon.Tribunal de Cuentas- TC AUR" , y para que remitan al Tribunal el
respectivo comprobante del depósito. El monto depositado por el concepto
señalado, deberá ser girado por el Tribunal a la Tesorería General de la
Provincia en el plazo previsto en el Acuerdo Nº 3098.
Artículo 3º: Los actuales responsables del organismo cuentadante
(Subsecretario de Deportes, Director de Administración y Subdirector de
Contabilidad) deberán dar cumplimiento a la instrucción impartida en el
Considerando, dentro de los dos meses posteriores al de la notificación del
presente fallo, debiendo informar al Tribunal sobre las medidas correctivas
9. 9
adoptadas, bajo apercibimiento de ley. El Contador Revisor del ejercicio en
curso deberá informar al respecto.
Artículo 4º: Notificar esta resolución a los responsables, al señor
Fiscal de Estado y a las actuales autoridades del organismo cuentadante
detalladas en artículo anterior, darla al Registro de Fallos, ponerla en
conocimiento de la Dirección de Cuentas respectiva, publicarla en forma
abreviada en el Boletín Oficial, devolver la documentación a su origen y,
cumplido, archivar las actuaciones.
Firmado:
Dr. Salvador Carlos Farruggia - Dr. Mario Francisco Angelini - Dr. Francisco José
Barbazza - Dr. Héctor David Caputto - Dr. Ricardo Pettignano
Certifico que las firmas que anteceden han sido insertas holográficamente en el
documento obrante en el expediente.
Dr. Gustavo A. Barbera - Jefe Dpto. Despacho - Tribunal de Cuentas - Mendoza