1. JULIA ELIZABETH CARRERA DIAZ de cuarenta seis años, soltera, guatemalteca,
Doctora en Psicología Clínica y Salud Mental, identificado con la cédula de vecindad
número de orden S guión veinte (S -20) y registro ciento nueve mil setenta y cuatro
(9,074), extendida en esta en Chiquimula, en calidad de Representante legal de la
ASOCIACION PROYECTO CONRADO DE LA CRUZ; y, FRANCISCO ABRAHAM
CHIROY TUM, de veintidós
años de edad, soltero, guatemalteco, Maestro de
Educación Primaria Bilingüe Intercultural, identificado con cedula de vecindad H guion
ocho y registro treinta y seis mil seiscientos noventa y dos, (36,692) extendida en el
municipio de Santa María Chiquimula, departamento de Totonicapán. Quienes en lo
sucesivo nos denominaremos
consentimos
EMPLEADOR
en celebrar el
Y TRABAJADOR, respectivamente,
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO, contenido
en las siguientes cláusulas: PRIMERA: La relación de trabajo inicia el día veinte de
febrero del año dos mil doce.
SEGUNDA: El trabajador prestará servicios de
Facilitador de la Metodología Educación Maya Bilingüe Intercultural en la modalidad
de educación para alumnos en sobre edad (EMBI PEPS), cuya descripción de cargo
está firmada aparte pero constituye parte integral de este contrato. TERCERA: Los
servicios serán prestados en el municipio de Santa María Chiquimula, Departamento
de Totonicapán. CUARTA: La duración del presente contrato es indefinida. QUINTA:
La jornada ordinaria de trabajo será de ocho horas diarias a la semana. SEXTA: El
salario será de
DOS MIL TRECIENTOS VEINTICUATRO QUETZALES EXACTOS, y
le será pagado en forma mensual en la sede de la Asociación en la jurisdicción
municipal en donde tiene lugar a la prestación del servicio. SEPTIMA: Las horas
extras, el séptimo y los días de asueto, le serán
pagados de conformidad
con los
artículos 121, 126, 127 del Código de Trabajo. OCTAVA: Es entendido que
conformidad
con el Artículo 122
extraordinaria no
de
del Código de Trabajo, la jornada ordinaria y
2. puede
exceder
de
una suma total de 12 horas diarias.
NOVENA:
El
presente contrato se suscribe en Guatemala, el día veinte de febrero de dos mil doce.
En tres ejemplares, uno para cada una de las partes y el tercero para ser remitido al
Departamento de Registro Laboral.
Firma del trabajador
Firma del empleador
En la ciudad de Guatemala, el día veinte de febrero de dos mil doce, como
Notario Doy Fe que las firmas anteceden son AUTENTICAS por haber sido
puestas hoy en mi
presencia por
los
señores JULIA ELIZABETH CARRERA
DIAZ, identificada con la cédula de vecindad número de orden S guion veinte (S-20) y
registro nueve mil setenta y cuatro (9074), extendida en Chiquimula, en calidad de
Representante legal de la
ASOCIACION PROYECTO CONRADO DE LA CRUZ; y
FRANCISCO ABRAHAM CHIROY TUM, de veintidós
años de edad, soltero,
guatemalteco, Maestro de Educación Primaria Bilingüe Intercultural, identificado con
cedula de vecindad H guion ocho y registro treinta y seis mil seiscientos noventa y dos,
(36,692) extendida en el municipio de Santa María Chiquimula, departamento de
Totonicapán. Quienes vuelven a firmar conmigo la presente legalización de firmas.
Firma del Trabajador
Firma del empleador