Este documento discute las fuentes del derecho tributario en Venezuela. Define las fuentes como los medios que rigen la creación y aplicación de normas jurídicas tributarias, incluyendo las constituciones, leyes, tratados internacionales, contratos de estabilidad jurídica y reglamentos administrativos. Citando el Código Orgánico Tributario venezolano, enumera específicamente las fuentes del derecho tributario en ese país.
Derecho Financiero, Analisis y su relación con otras DisciplinasLCDA ANAIS FLORES
El Derecho Financiero tiene por objeto reglamentar la actuación financiera de las actividades del Estado y otros entes públicos con administración propia.
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ENSAYO SOBRE LAS FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO. María Fabiana Quilesfabianaquileshey
Fuentes, definición, derecho general, constitución, la ley, los decretos, los tratados internacionales y los reglamentos. Derecho Tributario, Universidad Fermín Toro. María Fabiana Quiles
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1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
FUENTES DE DERECHO TRIBUTARIO
Junior Rodríguez C.I 13.645.528
Cátedra: Derecho Tributario
Barquisimeto, septiembre 2015
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2. INTRODUCCION
Uno de los temas más importantes en general, en el estudio de la ciencia jurídica
resulta el de las fuentes pues es evidente que una correcta apreciación y
delimitación de las mismas permite comprender cabalmente los conceptos que se
desea abordar dentro de una parte específica del Derecho.
Al igual que en el caso de la conceptualización en sí del Derecho, el tema de las
fuentes no ha encontrado unanimidad en la doctrina, sin embargo es
generalmente aceptado, considerar como tales a las normas jurídicas, la
jurisprudencia, la costumbre y la doctrina.
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3. Son fuentes del Derecho Tributario, aquellos medios que rigen la creación y
aplicación de normas jurídicas tributarias. En ese sentido, las fuentes pueden ser
de aplicación obligatoria (caso de la Constitución, las Leyes, Resoluciones de
observancia obligatoria emitidas por el Tribunal Fiscal) o pueden servir de
referencia para los operadores del derecho en la práctica tributaria (caso de la
doctrina y resoluciones emitidas por el tribunal fiscal que no constituyan
jurisprudencia de observancia obligatoria).
Son normas de rango equivalente a la ley, aquéllas por las que conforme a la
Constitución se puede crear, modificar, suspender o suprimir tributos y conceder
beneficios tributarios. Toda referencia a la ley se entenderá referida también a las
normas de rango equivalente.
El Código Orgánico Tributario venezolano vigente, preceptúa en su artículo 2º, de
manera expresa las fuentes de ésta rama del Derecho, así se tiene:
Artículo 2: Constituyen fuentes del derecho tributario:
1. Las disposiciones constitucionales.
2. Los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados porla
República.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley.
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos
nacionales, estadales y municipales.
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4. 5. Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas
por los órganos administrativos facultados al efecto.
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5. BIBLIOGRAFIA
• VILLEGAS, Héctor B. Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario.
Buenos Aires, Ediciones de Palma. 7ma Edición. 1998. 981 pp
• http://tributosvenezolanos.blogspot.com/
• http://www.tpa.com.ve/download/cdt_460.pdf
• Código Orgánico Tributario
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6. BIBLIOGRAFIA
• VILLEGAS, Héctor B. Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario.
Buenos Aires, Ediciones de Palma. 7ma Edición. 1998. 981 pp
• http://tributosvenezolanos.blogspot.com/
• http://www.tpa.com.ve/download/cdt_460.pdf
• Código Orgánico Tributario
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