Este documento presenta una introducción al tema de la impugnación de laudos arbitrales. Explica que la impugnación busca corregir errores humanos para lograr una justicia eficaz. Luego describe los diferentes tipos de errores que pueden dar lugar a la impugnación, como errores de hecho, derecho o razonamiento. También analiza la naturaleza jurídica de la impugnación como un derecho fundamental y parte del debido proceso. Finalmente, detalla las causales de nulidad de un laudo arbitral según la le
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Una sencilla pero a su vez muy completa exposición dinámica acerca de los recursos conocidos como revocación y apelación en materia del derecho procesal penal, definiciones, aplicaciones, fundamento en los códigos.
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Una sencilla pero a su vez muy completa exposición dinámica acerca de los recursos conocidos como revocación y apelación en materia del derecho procesal penal, definiciones, aplicaciones, fundamento en los códigos.
Presentación trabajada para los fines de la clase de Derecho Procesal Civil II, impartida en la PUCMM de Santiago durante el ciclo Enero - Abril del año 2021.
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Presentación trabajada para los fines de la clase de Derecho Procesal Civil II, impartida en la PUCMM de Santiago durante el ciclo Enero - Abril del año 2021.
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DERECHO PROCESAL - PREGUNTAS EXAMEN DE GRADOGustavo A.
El presente trabajo, fue realizado como autoayuda en el transcurso de mi proceso traumático en el estudio para rendir mi examen de grado. Sé que es un camino difícil y aún más cuando se debe estudiar y trabajar al mismo tiempo. Es una recopilación de preguntas realizadas en distintos exámenes de grado que puede presenciar y otras preguntas que encontraba relevante para su estudio. Sin perjuicio de lo antes señalado, debo hace presente que no contempla en ninguna medida todas y cada una de las interrogantes que pueden ocurrir durante un examen de grado y mucho menos ser tomado como único texto de estudio. Les deseo éxito a los que de alguna manera lo ocupen para estudio o ayuda en su camino al examen de grado y tomar el presente trabajo como lo que es “una ayuda de un compañero a otro”.
Técnicas recursivas y medios de impugnación en el Proceso PenalJorge Valda
Síntesis de la presentación del Curso Técnicas recursivas y medios de impugnación en el Proceso Penal donde se desarrolla la interpretación de la utilidad de los medios de impugnación y la forma oportuna de interponer los recursos.
Impugnacion de laudos arbitrales (03 07-12) jose herrera robles
1. COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
Diplomado Especializado
en Arbitraje(28.06.2012)
“Impugnación de los laudos
arbitrales"
Jose Herrera Robles
asesoria@asecondes.com
3. FINALIDAD DE LA IMPUGNACIÓN
El acto o negocio jurídico es
siempre una obra humana, y
toda obra humana es por
naturaleza falible, es decir,
susceptible de errores.
4. FINALIDAD DE LA IMPUGNACIÓN
La impugnación tiende a
corregir la falibilidad del ser
humano, y con ello, lograr la
eficacia del juzgamiento.
¿HASTA CUANDO?
5. OBJETO DE LA IMPUGNACIÓN
- SUBSANACIÓN del ERROR
- ERROR
Es la deformación de un
determinado acto o negocio
jurídico que impide que
cumpla su finalidad
6. CLASES DE ERROR
Error de hecho
E. Derecho Material (error)
Error de derecho
E. Derecho Procesal(vicio)
E. Razonamiento(vicio)
7. NATURALEZA JURÍDICA DE LA
IMPUGNACIÓN (I)
- Derecho fundamental
- Integrante del Derecho al Debido
Proceso
- Constitución Política (artículo 139)
Son principios y derechos de la
función jurisdiccional:
3. La observancia del debido proceso y
la tutela jurisdiccional
8. NATURALEZA JURÍDICA DE LA
IMPUGNACIÓN (II)
Jurisprudencia del Tribunal
Constitucional
EXP. ………-AA/TC
El debido proceso se aplica
también en sede arbitral.
(Decimo segunda D.F de la LGA)
9. MEDIOS IMPUGNATORIOS
Es el instrumento que la ley le
concede a las partes o a terceros
legitimados para que soliciten al juez
(arbitro) que emitió el acto, u otro de
jerarquía superior, realicen un nuevo
examen de un acto procesal o de
todo el proceso, a fin de que se anule
o revoque éste, total o parcialmente.”
(Juan MONROY GALVEZ)
10. MEDIOS IMPUGNATORIOS
¿La sala competente de la Corte
Superior de Justicia es el superior
jerárquico del Tribunal Arbitral que
expidió el laudo arbitral?
¿La anulación será un medio
impugnatorio (recurso) o una
pretensión impugnatoria?
11. CLASES DE MEDIOS IMPUGNATORIOS
REMEDIOS Revisión de un acto
procesal no contenido en
una Resolución.
RECURSOS Revisión de un acto
procesal no contenido en
una Resolución.
12. CLASES DE MEDIOS IMPUGNATORIOS
IMPROPIOS Resueltos por el mismo
funcionario
(reconsideración)
PROPIOS Resueltos por un
funcionario superior
(apelación y casación)
13. CLASES DE MEDIOS IMPUGNATORIOS
POSITIVOS Sustituye la decisión
del inferior (apelación
y casación)
NEGATIVOS Rescinde la decisión
del inferior y reenvía
para que emita una
nueva decisión
(nulidad y casación)
14. Error en la denominación:
¿Recursos impugnatorios y/o
recursos impugnativos?
Piero Calamdrei traducido por
Santiago Sentís Melendo
‘ricorsi’ Escrito
‘ricorso’ Recurso (medio
impugnatorio)
¿‘ricorso’ sinónimo de ‘ricorsi’? Escrito
15. Elementos de los medios
impugnatorios
-Jurídico
- Agravio Perjuicio -Moral
-Económico
- Vicio y/o error
16. Principios que rigen los medios
impugnatorios (I)
Legalidad Solo los que están
expresamente establecidos
(inciso 1 artículo 62 LGA)
Legitimidad Están reservado
exclusivamente las
partes o terceros (agravio)
(inciso 1 artículo 13 LGA)
17. Principios que rigen los medios
impugnatorios (II)
Adecuación
Debe utilizarse el medio legalmente
establecido para determinado acto
(inciso 1 artículo 62 LGA)
(inciso 1 artículo 59 LGA)
“El error en la calificación del recurso
por parte no impide su tramitación,
siempre que ….” ¿Iura novit cura?
18. Principios que rigen los medios
impugnatorios (III)
Limitación Solo se puede pronunciar
respecto la impugnación
(inciso 1 artículo 62 LGA)
Extraordinario (artículos 62 y 63 LGA)
Reformatio in pejus (No existe en la LGA)
Formalidad Garantía (artículo 66 LGA)
19. Medios impugnatorios y nulidad
procedimental
Medio impugnatorio Acto formalmente
valido pero injusto
Nulidad Acto formalmente
viciado
20. Anulación del laudo arbitral (I)
Articulo 59 LGA inciso 1:
“Todo laudo es definitivo,
inapelable y de obligatorio
cumplimiento desde su
notificación a las partes.”
21. Anulación del laudo arbitral (II)
Articulo 63 LGA inciso 1:
Contra el laudo sólo podrá
interponerse recurso de anulación.
Este recurso constituye la única vía de
impugnación del laudo y tiene por
objeto la revisión de su validez por las
causales taxativamente establecidas
en el artículo 63.
22. Anulación del laudo arbitral (III)
¿El laudo arbitral es definitivo e
inimpugnable como lo establece el
inciso 1 del artículo 59 de la LGA o por
el contrario es impugnable “solo” por
el “recurso” de anulación de laudo
arbitral de acuerdo con lo que
establece el inciso 1 del artículo 63 de
la LGA?
¿CONTRADICCION?
23. Medios impugnatorios y
nulidad procedimental
Medio impugnatorio Acto
formalmente
valido pero injusto
Nulidad Acto formalmente
viciado
24. Anulación del laudo arbitral (I)
¿RECURSO?
- Dr. Giovanni Priori Posada
- Dr. Raúl Ferrero Costa
¿PRETENSIÓN PROCESAL
IMPUGNATORIA?
25. Anulación del laudo arbitral (II)
RECURSO
- ¿Es la misma relación jurídica?
- ¿El Tribunal forma parte del P.J?
- ¿Las partes son las mismas?
- ¿Los árbitros son imparciales en la
anulación de laudo?
-¿Qué clase de recurso?
26. Anulación del laudo arbitral (III)
PRETENSIÓN PROCESAL
IMPUGNATORIA
- ¿Demanda?
- ¿Contestación de la demanda?
- ¿La doble instancia?
- ¿Doble instancia en el arbitraje?
27. Anulación del laudo arbitral (II)
¿La sala competente de la Corte
Superior de Justicia es el superior
jerárquico del Tribunal Arbitral que
expidió el laudo arbitral?
¿La anulación será un medio
impugnatorio (recurso) o una
pretensión impugnatoria?
28. Requisitos de admisibilidad de
la impugnación arbitral (I)
(inciso 1 artículo 64 LGA)
- COMPETENCIA Sala Competente de
la Corte Superior
- PLAZO 20 días desde la
notificación del laudo
29. Requisitos de admisibilidad de
la impugnación arbitral (II)
FORMALIDADES (artículo 62 LGA)
- Solo medios probatorios documentales
- Cualquier otro requisito que haya sido
pactado por las partes para garantizar
el cumplimiento del laudo (carta
fianza bancaria solidaria,
incondicionada y de realización
automática) ¿otra garantía?
30. Requisitos de Procedibilidad de
la impugnación arbitral (I)
- Agravio (artículo 63 LGA)
- Causales Taxativas (artículo 63 LGA)
“ … indicación precisa de la causal o
de las causales de anulación
debidamente fundamentadas y
acreditadas con los medios
probatorios correspondientes.”
(artículo 64 LGA)
31. Causales de anulación del laudo (I)
”el convenio arbitral es inexistente,
nulo, anulable, inválido o ineficaz.”
(Parágrafo a) inciso 1 artículo 63)
¿Principio del Kompetenz Kompetenz?
(inciso 1 artículo 41 LGA)
El Tribunal arbitral es el único
competente
32. Causales de anulación del laudo (II)
“una de las partes no ha sido
debidamente notificada del
nombramiento de un árbitro o de las
actuaciones arbitrales, o no ha
podido por cualquier otra razón,
hacer valer sus derechos”.
(Parágrafo b) inciso 1 artículo 63)
RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
33. Causales de anulación del laudo (III)
“la composición del tribunal arbitral o
las actuaciones arbitrales no se han
ajustado al acuerdo entre las partes o
al reglamento arbitral aplicable …” o
trasgreda la LGA
(Parágrafo c) inciso 1 artículo 63)
A.L.A SERCONSFA
RESPETO PROCEDIMIENTO PREVIO Y AL
34. Causales de anulación del laudo (IV)
“el tribunal arbitral ha resuelto sobre
materias no sometidas a su decisión.”
(Parágrafo d) inciso 1 artículo 63)
Nulidad citra petita
Incongruencia procesal
RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
35. Causales de anulación del laudo (V)
“el tribunal arbitral ha resuelto sobre
materias que, de acuerdo a ley, son
manifiestamente no susceptibles de
arbitraje, tratándose de un arbitraje
nacional”.
(Parágrafo e) inciso 1 artículo 63)
Incompetencia arbitral
RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
36. Causales de anulación del laudo (VI)
“según las leyes de la República, el
objeto de la controversia no es
susceptible de arbitraje o el laudo es
contrario al orden público
internacional, tratándose de un
arbitraje internacional.
(Parágrafo f) inciso 1 artículo 63)
Incompetencia arbitral
RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
37. Causales de anulación del laudo (VII)
“la controversia ha sido decidida fuera
del plazo pactado por las partes,
previsto en el reglamento arbitral
aplicable o establecido por el tribunal
arbitral”.
(Parágrafo g) inciso 1 artículo 63)
RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
38. Causales de anulación del laudo (VIII)
“Las causales previstas en los incisos a,
b, c y d del numeral 1 de este artículo
sólo serán procedentes si fueron
objeto de reclamo expreso en su
momento ante el tribunal arbitral por
la parte afectada y fueron
desestimadas”.
(inciso 2 artículo 63 LGA)
39. Causales de anulación del laudo (IX)
“ … las causales previstas en los incisos
d) y e) del numeral 1… la anulación
afectará solamente a las materias no
sometidas a arbitraje o no susceptibles
de arbitraje, siempre que puedan
separarse; en caso contrario, la
anulación será total… la causal…
inciso e) podrá ser apreciada de oficio
por la Corte Superior que conoce
ALA”. (inciso 3 artículo 63 LGA)
40. Causales de anulación del laudo (X)
“La causal prevista en el inciso g. del
numeral 1 de este artículo sólo será
procedente si la parte afectada lo
hubiera manifestado por escrito de
manera inequívoca al tribunal arbitral
y su comportamiento en las
actuaciones arbitrales posteriores no
sea incompatible con este reclamo”.
(inciso 4 artículo 63 LGA)
41. Causales de anulación del laudo (XI)
”No procede la anulación del laudo si
la causal que se invoca ha podido ser
subsanada mediante rectificación,
interpretación, integración o exclusión
del laudo y la parte interesada no
cumplió con solicitarlos.”
(inciso 7 artículo 63 LGA)
42. Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (I)
“Recurso” de Anulación de Laudo
Arbitral
Plazo 20 días desde notificación.
Regla
No tiene efectos suspensivo,
salvo que se solicite expresamente
y se cumpla con la garantía.
(inciso 1 articulo 66 LGA)
43. Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (II)
En caso que no existiese acuerdo, se
puede solicitar a la Sala Superior que
para la suspensión, la parte
impugnante deberá constituir o
graduar fianza bancaria solidaria,
incondicionada y de realización
automática por no - 06 meses, por el
monto establecido en el laudo y por
todo el tiempo que dure la ALA.
(inciso 2 articulo 66 LGA)
44. Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (III)
“Si la condena del laudo es
declarativa o no valorizable en dinero
… el tribunal arbitral podrá señalar un
monto razonable en el laudo para la
constitución de la fianza bancaria en
las mismas condiciones antes
referidas, para disponer la suspensión
de la ejecución, salvo acuerdo distinto
de las partes”.
(inciso 3 articulo 66 LGA)
45. Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (II)
Admisión Dentro de los diez (10) días
(excepto cuando tenga
que determinarse carta
fianza)
Traslado 20 días para que la otra
parte “… para que
exponga lo que estime
conveniente…”
47. Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (III)
R. Casación Solo cuando se anula
el laudo total o
parcialmente.
¿Plazo?
¿Requisitos?
¿Causales?
¿Efectos?
48. Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (IV)
Suspensión del procedimiento
“ … Por un plazo no mayor a seis (6)
meses a fin de dar al tribunal arbitral la
oportunidad de reanudar las
actuaciones arbitrales o de adoptar
cualquier otra medida que, a criterio
de los árbitros elimine las causales
alegadas para el recurso de
anulación…” (inciso 4 artículo 64 LGA)
49. Efectos de la anulación judicial del
arbitraje (I)
”el convenio arbitral es inexistente,
nulo, anulable, inválido o ineficaz.”
(Parágrafo a) inciso 1 artículo 63)
Habilita jurisdicción del “Poder
Judicial”
(Parágrafo a) inciso 1 artículo 65)
50. Efectos de la anulación judicial del
arbitraje (II)
“una de las partes no ha sido
debidamente notificada del
nombramiento de un árbitro o de las
actuaciones arbitrales, o no ha
podido por cualquier otra razón,
hacer valer sus derechos”.
(Parágrafo b) inciso 1 artículo 63)
reinició el arbitraje
(Parágrafo b) inciso 1 artículo 65)
51. Efectos de la anulación judicial del
arbitraje (III)
“la composición del tribunal arbitral o
las actuaciones arbitrales no se han
ajustado al acuerdo entre las partes o
al reglamento arbitral aplicable …” o
trasgreda la LGA
(Parágrafo c) inciso 1 artículo 63)
- nuevo nombramiento de árbitros
- reinicio el arbitraje
(Parágrafo c) inciso 1 artículo 65)
52. Efectos de la anulación judicial del
arbitraje (IV)
“el tribunal arbitral ha resuelto sobre
materias no sometidas a su decisión.”
(Parágrafo d) inciso 1 artículo 63)
- nuevo arbitraje
- Habilita jurisdicción del “P.J”
(Parágrafo d) inciso 1 artículo 65)
53. Efectos de la anulación judicial del
arbitraje (V)
“el tribunal arbitral ha resuelto sobre
materias que, de acuerdo a ley, son
manifiestamente no susceptibles de
arbitraje, tratándose de un arbitraje
nacional”.
(Parágrafo e) inciso 1 artículo 63)
- Habilita jurisdicción del “P.J”
(Parágrafo e) inciso 1 artículo 65)
54. Efectos de la anulación judicial del
arbitraje (VI)
“según las leyes de la República, el
objeto de la controversia no es
susceptible de arbitraje o el laudo es
contrario al orden público
internacional, tratándose de un
arbitraje internacional.
(Parágrafo f) inciso 1 artículo 63)
La misma sala que ALA proceda a
resolver el fondo en instancia única.
(Parágrafo f) inciso 1 artículo 65)
55. Efectos de la anulación judicial del
arbitraje (VII)
“la controversia ha sido decidida fuera
del plazo pactado por las partes,
previsto en el reglamento arbitral
aplicable o establecido por el tribunal
arbitral”.
(Parágrafo g) inciso 1 artículo 63)
- nuevo arbitraje
- nuevo tribunal arbitral
(Parágrafo f) inciso 1 artículo 65)
56. Efectos de la anulación judicial del
arbitraje (VIII)
“La anulación del laudo no perjudica
las pruebas actuadas en el curso de
las actuaciones arbitrales, las que
podrán ser apreciadas a discreción
por el tribunal arbitral o, en su caso,
por la autoridad judicial.
(inciso 2 artículo 65 LGA)
57. Efectos de la anulación judicial
del arbitraje (IX)
- Responsabilidad civil de los árbitros.
Contractual
- Responsabilidad
Extracontractual
- ¿A.L.A OCASIONA PER SE
RESPONSABILIDAD CIVIL EN ARBITROS?
58. Impugnación constitucional del
arbitraje (I)
Posiciones del Tribunal Constitucional
- Debe agotarse la vía previa (RALA)
STC: 6167-2005-PHC-TC
- No hay necesidad de la vía previa
STC: 2851-2010-PHC-TC
- El amparo es una vía excepcional
STC: 142-201-PHC-TC
59. Impugnación constitucional del
arbitraje (II)
- El amparo es una vía excepcional
(RALA es igualmente satisfactoria)
STC: 142-201-PHC-TC
1.- Violación de precedente vinculante
2.- Control difuso de una norma
declarada constitucional por el TC.
3.- Tercero afectado por el laudo.
61. Ejecución arbitral del laudo (I)
Regla:
“A solicitud de parte, el tribunal
arbitral está facultado para ejecutar
sus laudos y decisiones, siempre que
medie acuerdo o esté previsto en el
Reglamento arbitral.”
(inciso 1 artículo 67 LGA)
62. Ejecución arbitral del laudo (II)
Excepción:
Cuando se requiera el auxilio de la
fuerza pública.
(inciso 2 artículo 67 LGA)
¿jurisdicción arbitral?
63. Ejecución judicial del laudo (I)
Presentada la solicitud de ejecución
de laudo arbitral con copia del mismo
(acompañando sus rectificaciones,
interpretaciones, integraciones y
exclusiones) … mandato de ejecución
para que la parte ejecutada cumpla
con su obligación dentro de un plazo
de cinco (5) días, bajo apercibimiento
de ejecución forzada.
(incisos 1 y 2 articulo 68 LGA)
64. Ejecución judicial del laudo (II)
Ejecutado solo puede formular
OPOSICION (05 días por:
- Cumplimiento documental de la
obligación
- Suspensión de la ejecución del laudo
(inciso 3 articulo 68 LGA)
65. Ejecución judicial del laudo (III)
TRASLADO DE LA OPOSICION (05 días)
RESOLUCION (05 días)
R. APELACION con efecto SUSPENSIVO
¿Plazo?
(inciso 3 articulo 68 LGA)
¿R. CASACION?