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COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
Diplomado Especializado
       en Arbitraje(28.06.2012)
                   
   “Impugnación de los laudos
             arbitrales"
                   
        Jose Herrera Robles
     asesoria@asecondes.com
TEORÍA UNITARIA DEL
     PROCESO
FINALIDAD DE LA IMPUGNACIÓN


El acto o negocio jurídico es
siempre una obra humana, y
toda obra humana es por
naturaleza falible, es decir,
susceptible  de     errores.
 
FINALIDAD DE LA IMPUGNACIÓN

 La impugnación tiende a
 corregir la falibilidad del ser
 humano, y con ello, lograr la
 eficacia del juzgamiento.

 ¿HASTA CUANDO?
OBJETO DE LA IMPUGNACIÓN
- SUBSANACIÓN   del ERROR

- ERROR
Es la deformación de un
determinado acto o negocio
jurídico que impide que
cumpla su finalidad
CLASES DE ERROR
Error de hecho

                   E. Derecho Material (error)
Error de derecho
                   E. Derecho Procesal(vicio)

                 E. Razonamiento(vicio)
NATURALEZA JURÍDICA DE LA
        IMPUGNACIÓN (I)
- Derecho fundamental

- Integrante   del   Derecho   al   Debido
  Proceso

- Constitución Política (artículo 139)
  Son principios y derechos de la
  función jurisdiccional:
  3. La observancia del debido proceso y
     la   tutela jurisdiccional
NATURALEZA JURÍDICA DE LA
      IMPUGNACIÓN (II)


Jurisprudencia   del   Tribunal
Constitucional

EXP. ………-AA/TC
El debido proceso se aplica
también en sede arbitral.
(Decimo segunda D.F de la LGA)
MEDIOS IMPUGNATORIOS

Es el instrumento que la ley le
concede a las partes o a terceros
legitimados para que soliciten al juez
(arbitro) que emitió el acto, u otro de
jerarquía superior, realicen un nuevo
examen de un acto procesal o de
todo el proceso, a fin de que se anule
o revoque éste, total o parcialmente.”
(Juan MONROY GALVEZ)
MEDIOS IMPUGNATORIOS
¿La sala competente de la Corte
Superior de Justicia es el superior
jerárquico del Tribunal Arbitral que
expidió el laudo arbitral?

¿La anulación será un medio
impugnatorio (recurso) o una
pretensión impugnatoria?
CLASES DE MEDIOS IMPUGNATORIOS


REMEDIOS   Revisión de un acto
           procesal no contenido en
           una Resolución.

RECURSOS   Revisión de un acto
           procesal no contenido en
           una Resolución.
CLASES DE MEDIOS IMPUGNATORIOS


IMPROPIOS   Resueltos por el mismo
            funcionario
            (reconsideración)

PROPIOS     Resueltos por un
            funcionario    superior
            (apelación y casación)
CLASES DE MEDIOS IMPUGNATORIOS

POSITIVOS    Sustituye la decisión
             del inferior (apelación
             y casación)

NEGATIVOS    Rescinde la decisión
             del inferior y reenvía
             para que emita una
             nueva decisión
             (nulidad y casación)
Error en la denominación:
    ¿Recursos impugnatorios y/o
      recursos impugnativos?
 Piero Calamdrei traducido por
 Santiago Sentís Melendo

 ‘ricorsi’          Escrito
 ‘ricorso’          Recurso (medio
                    impugnatorio)

¿‘ricorso’ sinónimo de ‘ricorsi’?   Escrito
Elementos de los medios
          impugnatorios

                         -Jurídico
- Agravio    Perjuicio   -Moral
                         -Económico
- Vicio y/o error
Principios que rigen los medios
        impugnatorios (I)

Legalidad     Solo los que están
              expresamente establecidos
              (inciso 1 artículo 62 LGA)

Legitimidad   Están reservado
              exclusivamente las
              partes o terceros (agravio)
              (inciso 1 artículo 13 LGA)
Principios que rigen los medios
        impugnatorios (II)
Adecuación
Debe utilizarse el medio legalmente
establecido para determinado acto
(inciso 1 artículo 62 LGA)
(inciso 1 artículo 59 LGA)

 “El error en la calificación del recurso
 por parte no impide su tramitación,
 siempre que ….” ¿Iura novit cura?
Principios que rigen los medios
        impugnatorios (III)
Limitación    Solo se puede pronunciar
              respecto la impugnación
              (inciso 1 artículo 62 LGA)

Extraordinario (artículos 62 y 63 LGA)

Reformatio in pejus (No existe en la LGA)

Formalidad    Garantía (artículo 66 LGA)
Medios impugnatorios y nulidad
         procedimental


Medio impugnatorio    Acto formalmente
                     valido pero injusto

Nulidad              Acto formalmente
                     viciado
Anulación del laudo arbitral (I)


Articulo 59 LGA inciso 1:
“Todo     laudo     es     definitivo,
inapelable    y de obligatorio
cumplimiento         desde          su
notificación a las partes.”
Anulación del laudo arbitral (II)
Articulo 63 LGA inciso 1:
Contra      el   laudo    sólo   podrá
interponerse recurso de anulación.
Este recurso constituye la única vía de
impugnación del laudo y tiene por
objeto la revisión de su validez por las
causales taxativamente establecidas
en el artículo 63.
Anulación del laudo arbitral (III)
 ¿El laudo arbitral es definitivo e
 inimpugnable como lo establece el
 inciso 1 del artículo 59 de la LGA o por
 el contrario es impugnable “solo” por
 el “recurso” de anulación de laudo
 arbitral de acuerdo con lo que
 establece el inciso 1 del artículo 63 de
 la LGA?
           ¿CONTRADICCION?
Medios impugnatorios y
   nulidad procedimental

Medio impugnatorio Acto
                    formalmente
                 valido pero injusto

 Nulidad         Acto    formalmente
                 viciado
Anulación del laudo arbitral (I)
    ¿RECURSO?
    - Dr. Giovanni Priori Posada
    - Dr. Raúl Ferrero Costa

   ¿PRETENSIÓN PROCESAL
    IMPUGNATORIA?
Anulación del laudo arbitral (II)

RECURSO
- ¿Es la misma relación jurídica?
- ¿El Tribunal forma parte del P.J?
- ¿Las partes son las mismas?
- ¿Los árbitros son imparciales en la
  anulación de laudo?
-¿Qué clase de recurso?
Anulación del laudo arbitral (III)

 PRETENSIÓN PROCESAL
 IMPUGNATORIA

 - ¿Demanda?
 - ¿Contestación de la demanda?
 - ¿La doble instancia?
 - ¿Doble instancia en el arbitraje?
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  ¿La sala competente de la Corte
  Superior de Justicia es el superior
  jerárquico del Tribunal Arbitral que
  expidió el laudo arbitral?

  ¿La anulación será un medio
  impugnatorio (recurso) o una
  pretensión impugnatoria?
Requisitos de admisibilidad de
   la impugnación arbitral (I)

          (inciso 1 artículo 64 LGA)

- COMPETENCIA      Sala Competente de
                   la Corte Superior

- PLAZO            20 días desde la
                   notificación del laudo
Requisitos de admisibilidad de
   la impugnación arbitral (II)

   FORMALIDADES (artículo 62 LGA)
 - Solo medios probatorios documentales
- Cualquier otro requisito que haya sido
  pactado por las partes para garantizar
  el cumplimiento del laudo (carta
  fianza       bancaria         solidaria,
  incondicionada y de realización
  automática) ¿otra garantía?
Requisitos de Procedibilidad de
 la impugnación arbitral (I)
- Agravio              (artículo 63 LGA)

- Causales Taxativas (artículo 63 LGA)
 “ … indicación precisa de la causal o
 de las causales de anulación
 debidamente  fundamentadas      y
 acreditadas con     los  medios
 probatorios    correspondientes.”
 (artículo 64 LGA)
Causales de anulación del laudo (I)

 ”el convenio arbitral es inexistente,
 nulo, anulable, inválido o ineficaz.”
 (Parágrafo a) inciso 1 artículo 63)

 ¿Principio del Kompetenz Kompetenz?
 (inciso 1 artículo 41 LGA)
 El Tribunal arbitral es el único
 competente
Causales de anulación del laudo (II)

 “una de las partes no ha sido
 debidamente         notificada      del
 nombramiento de un árbitro o de las
 actuaciones arbitrales, o no ha
 podido por cualquier otra razón,
 hacer valer sus derechos”.
 (Parágrafo b) inciso 1 artículo 63)

   RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
Causales de anulación del laudo (III)

 “la composición del tribunal arbitral o
 las actuaciones arbitrales no se han
 ajustado al acuerdo entre las partes o
 al reglamento arbitral aplicable …” o
 trasgreda la LGA
 (Parágrafo c) inciso 1 artículo 63)
  A.L.A SERCONSFA
  RESPETO PROCEDIMIENTO PREVIO Y AL
Causales de anulación del laudo (IV)

  “el tribunal arbitral ha resuelto sobre
  materias no sometidas a su decisión.” 
  (Parágrafo d) inciso 1 artículo 63)

  Nulidad citra petita
  Incongruencia procesal

  RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
Causales de anulación del laudo (V)

 “el tribunal arbitral ha resuelto sobre
 materias que, de acuerdo a ley, son
 manifiestamente no susceptibles de
 arbitraje, tratándose de un arbitraje
 nacional”.
 (Parágrafo e) inciso 1 artículo 63)
 Incompetencia arbitral
 RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
Causales de anulación del laudo (VI)

  “según las leyes de la República, el
  objeto de la controversia no es
  susceptible de arbitraje o el laudo es
  contrario       al    orden       público
  internacional, tratándose de un
  arbitraje internacional.
  (Parágrafo f) inciso 1 artículo 63)
  Incompetencia arbitral
  RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
Causales de anulación del laudo (VII)

  “la controversia ha sido decidida fuera
  del plazo pactado por las partes,
  previsto en el reglamento arbitral
  aplicable o establecido por el tribunal
  arbitral”. 
  (Parágrafo g) inciso 1 artículo 63)

  RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
Causales de anulación del laudo (VIII)

  “Las causales previstas en los incisos a,
  b, c y d del numeral 1 de este artículo
  sólo serán procedentes si fueron
  objeto de reclamo expreso en su
  momento ante el tribunal arbitral por
  la     parte     afectada   y     fueron
  desestimadas”.
   (inciso 2 artículo 63 LGA)
Causales de anulación del laudo (IX)

 “ … las causales previstas en los incisos
 d) y e) del numeral 1… la anulación
 afectará solamente a las materias no
 sometidas a arbitraje o no susceptibles
 de arbitraje, siempre que puedan
 separarse; en caso contrario, la
 anulación será total… la causal…
 inciso e) podrá ser apreciada de oficio
 por la Corte Superior que conoce
 ALA”. (inciso 3 artículo 63 LGA)
Causales de anulación del laudo (X)

 “La causal prevista en el inciso g. del
 numeral 1 de este artículo sólo será
 procedente si la parte afectada lo
 hubiera manifestado por escrito de
 manera inequívoca al tribunal arbitral
 y     su    comportamiento    en    las
 actuaciones arbitrales posteriores no
 sea incompatible con este reclamo”.
  (inciso 4 artículo 63 LGA)
Causales de anulación del laudo (XI)


 ”No procede la anulación del laudo si
 la causal que se invoca ha podido ser
 subsanada mediante rectificación,
 interpretación, integración o exclusión
 del laudo y la parte interesada no
 cumplió con solicitarlos.”
 (inciso 7 artículo 63 LGA)
Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (I)

  “Recurso” de Anulación de Laudo
                  Arbitral
   Plazo 20 días desde notificación.
   Regla
   No tiene efectos suspensivo,
salvo que se solicite expresamente
   y se cumpla con la garantía.
   (inciso 1 articulo 66 LGA)
Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (II)
En  caso que no existiese acuerdo, se
puede solicitar a la Sala Superior que
para     la    suspensión,  la   parte
impugnante deberá constituir o
graduar fianza bancaria solidaria,
incondicionada y de realización
automática por no - 06 meses, por el
monto establecido en el laudo y por
todo el tiempo que dure la ALA.
(inciso 2 articulo 66 LGA)
Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (III)
“Si la condena del laudo es
declarativa o no valorizable en dinero
… el tribunal arbitral podrá señalar un
monto razonable en el laudo para la
constitución de la fianza bancaria en
las    mismas       condiciones   antes
referidas, para disponer la suspensión
de la ejecución, salvo acuerdo distinto
de las partes”.
(inciso 3 articulo 66 LGA)
Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (II)

Admisión   Dentro de los diez (10) días
           (excepto cuando tenga
           que determinarse carta
           fianza)
Traslado   20 días para que la otra
           parte   “… para que
           exponga lo que estime
           conveniente…”
Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (II)

Vista de la causa 20 días desde el
                vencimiento ATRAL

Resolución     20 días siguientes
Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (III)
R. Casación    Solo cuando se anula
               el laudo total o
               parcialmente.

¿Plazo?
¿Requisitos?
¿Causales?
¿Efectos?
Procedimiento judicial de
impugnación de laudo arbitral (IV)
Suspensión del procedimiento
“ … Por un plazo no mayor a seis (6)
meses a fin de dar al tribunal arbitral la
oportunidad     de       reanudar     las
actuaciones arbitrales o de adoptar
cualquier otra medida que, a criterio
de los árbitros elimine las causales
alegadas     para    el    recurso    de
anulación…” (inciso 4 artículo 64 LGA)
Efectos de la anulación judicial del
            arbitraje (I)
”el convenio arbitral es inexistente,
nulo, anulable, inválido o ineficaz.”
(Parágrafo a) inciso 1 artículo 63)

Habilita   jurisdicción     del   “Poder
Judicial”
 (Parágrafo a) inciso 1 artículo 65)
Efectos de la anulación judicial del
            arbitraje (II)
“una de las partes no ha sido
debidamente           notificada    del
nombramiento de un árbitro o de las
actuaciones arbitrales, o no ha
podido por cualquier otra razón,
hacer valer sus derechos”.
(Parágrafo b) inciso 1 artículo 63)
reinició el arbitraje
(Parágrafo b) inciso 1 artículo 65)
Efectos de la anulación judicial del
            arbitraje (III)
“la composición del tribunal arbitral o
 las actuaciones arbitrales no se han
 ajustado al acuerdo entre las partes o
 al reglamento arbitral aplicable …” o
 trasgreda la LGA
 (Parágrafo c) inciso 1 artículo 63)
 -  nuevo nombramiento de árbitros
      - reinicio el arbitraje
 (Parágrafo c) inciso 1 artículo 65)
Efectos de la anulación judicial del
            arbitraje (IV)

 “el tribunal arbitral ha resuelto sobre
 materias no sometidas a su decisión.” 
 (Parágrafo d) inciso 1 artículo 63)

- nuevo arbitraje
- Habilita jurisdicción del “P.J”
  (Parágrafo d) inciso 1 artículo 65)
Efectos de la anulación judicial del
            arbitraje (V)
  “el tribunal arbitral ha resuelto sobre
  materias que, de acuerdo a ley, son
  manifiestamente no susceptibles de
  arbitraje, tratándose de un arbitraje
  nacional”.
  (Parágrafo e) inciso 1 artículo 63)
- Habilita jurisdicción del “P.J”
  (Parágrafo e) inciso 1 artículo 65)
Efectos de la anulación judicial del
            arbitraje (VI)
“según las leyes de la República, el
objeto de la controversia no es
susceptible de arbitraje o el laudo es
contrario       al    orden       público
internacional, tratándose de un
arbitraje internacional.
(Parágrafo f) inciso 1 artículo 63)
La misma sala que ALA proceda a
resolver el fondo en instancia única.
(Parágrafo f) inciso 1 artículo 65)
Efectos de la anulación judicial del
           arbitraje (VII)
“la controversia ha sido decidida fuera
del plazo pactado por las partes,
previsto en el reglamento arbitral
aplicable o establecido por el tribunal
arbitral”. 
(Parágrafo g) inciso 1 artículo 63)
- nuevo arbitraje
- nuevo tribunal arbitral
 (Parágrafo f) inciso 1 artículo 65)
Efectos de la anulación judicial del
           arbitraje (VIII)

“La anulación del laudo no perjudica
las pruebas actuadas en el curso de
las actuaciones arbitrales, las que
podrán ser apreciadas a discreción
por el tribunal arbitral o, en su caso,
por la autoridad judicial.
(inciso 2 artículo 65 LGA)
Efectos de la anulación judicial
        del arbitraje (IX)

- Responsabilidad civil de los árbitros.

                        Contractual
- Responsabilidad
                    Extracontractual
- ¿A.L.A OCASIONA PER SE
  RESPONSABILIDAD CIVIL EN ARBITROS?
Impugnación constitucional del
        arbitraje (I)
Posiciones del Tribunal Constitucional

- Debe agotarse la vía previa (RALA)
  STC: 6167-2005-PHC-TC
- No hay necesidad de la vía previa
   STC: 2851-2010-PHC-TC
- El amparo es una vía excepcional
   STC: 142-201-PHC-TC
Impugnación constitucional del
        arbitraje (II)
  - El amparo es una vía excepcional
     (RALA es igualmente satisfactoria)
      STC: 142-201-PHC-TC
1.- Violación de precedente vinculante

2.- Control difuso de una norma
    declarada constitucional por el TC.

3.- Tercero afectado por el laudo.
Impugnación constitucional del
        arbitraje (III)


      Amparo contra amparo
Ejecución arbitral del laudo (I)


 Regla:
“A solicitud de parte, el tribunal
arbitral está facultado para ejecutar
sus laudos y decisiones, siempre que
medie acuerdo o esté previsto en el
Reglamento arbitral.”
(inciso 1 artículo 67 LGA)
Ejecución arbitral del laudo (II)


  Excepción:
  Cuando se requiera el auxilio de la
  fuerza pública.
  (inciso 2 artículo 67 LGA)

 ¿jurisdicción arbitral?
Ejecución judicial del laudo (I)
Presentada la solicitud de ejecución
de laudo arbitral con copia del mismo
(acompañando sus rectificaciones,
interpretaciones,       integraciones y
exclusiones) … mandato de ejecución
para que la parte ejecutada cumpla
con su obligación dentro de un plazo
de cinco (5) días, bajo apercibimiento
de ejecución forzada.
(incisos 1 y 2 articulo 68 LGA)
Ejecución judicial del laudo (II)
Ejecutado solo puede formular
OPOSICION (05 días por:

- Cumplimiento documental de la
  obligación
- Suspensión de la ejecución del laudo

 (inciso 3 articulo 68 LGA)
Ejecución judicial del laudo (III)
TRASLADO DE LA OPOSICION (05 días)

RESOLUCION (05 días)

R. APELACION con efecto SUSPENSIVO
¿Plazo?
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Impugnacion de laudos arbitrales (03 07-12) jose herrera robles

  • 1. COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA Diplomado Especializado en Arbitraje(28.06.2012)   “Impugnación de los laudos arbitrales"   Jose Herrera Robles asesoria@asecondes.com
  • 3. FINALIDAD DE LA IMPUGNACIÓN El acto o negocio jurídico es siempre una obra humana, y toda obra humana es por naturaleza falible, es decir, susceptible de errores.  
  • 4. FINALIDAD DE LA IMPUGNACIÓN La impugnación tiende a corregir la falibilidad del ser humano, y con ello, lograr la eficacia del juzgamiento. ¿HASTA CUANDO?
  • 5. OBJETO DE LA IMPUGNACIÓN - SUBSANACIÓN del ERROR - ERROR Es la deformación de un determinado acto o negocio jurídico que impide que cumpla su finalidad
  • 6. CLASES DE ERROR Error de hecho E. Derecho Material (error) Error de derecho E. Derecho Procesal(vicio) E. Razonamiento(vicio)
  • 7. NATURALEZA JURÍDICA DE LA IMPUGNACIÓN (I) - Derecho fundamental - Integrante del Derecho al Debido Proceso - Constitución Política (artículo 139) Son principios y derechos de la función jurisdiccional: 3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional
  • 8. NATURALEZA JURÍDICA DE LA IMPUGNACIÓN (II) Jurisprudencia del Tribunal Constitucional EXP. ………-AA/TC El debido proceso se aplica también en sede arbitral. (Decimo segunda D.F de la LGA)
  • 9. MEDIOS IMPUGNATORIOS Es el instrumento que la ley le concede a las partes o a terceros legitimados para que soliciten al juez (arbitro) que emitió el acto, u otro de jerarquía superior, realicen un nuevo examen de un acto procesal o de todo el proceso, a fin de que se anule o revoque éste, total o parcialmente.” (Juan MONROY GALVEZ)
  • 10. MEDIOS IMPUGNATORIOS ¿La sala competente de la Corte Superior de Justicia es el superior jerárquico del Tribunal Arbitral que expidió el laudo arbitral? ¿La anulación será un medio impugnatorio (recurso) o una pretensión impugnatoria?
  • 11. CLASES DE MEDIOS IMPUGNATORIOS REMEDIOS Revisión de un acto procesal no contenido en una Resolución. RECURSOS Revisión de un acto procesal no contenido en una Resolución.
  • 12. CLASES DE MEDIOS IMPUGNATORIOS IMPROPIOS Resueltos por el mismo funcionario (reconsideración) PROPIOS Resueltos por un funcionario superior (apelación y casación)
  • 13. CLASES DE MEDIOS IMPUGNATORIOS POSITIVOS Sustituye la decisión del inferior (apelación y casación) NEGATIVOS Rescinde la decisión del inferior y reenvía para que emita una nueva decisión (nulidad y casación)
  • 14. Error en la denominación: ¿Recursos impugnatorios y/o recursos impugnativos? Piero Calamdrei traducido por Santiago Sentís Melendo ‘ricorsi’ Escrito ‘ricorso’ Recurso (medio impugnatorio) ¿‘ricorso’ sinónimo de ‘ricorsi’? Escrito
  • 15. Elementos de los medios impugnatorios -Jurídico - Agravio Perjuicio -Moral -Económico - Vicio y/o error
  • 16. Principios que rigen los medios impugnatorios (I) Legalidad Solo los que están expresamente establecidos (inciso 1 artículo 62 LGA) Legitimidad Están reservado exclusivamente las partes o terceros (agravio) (inciso 1 artículo 13 LGA)
  • 17. Principios que rigen los medios impugnatorios (II) Adecuación Debe utilizarse el medio legalmente establecido para determinado acto (inciso 1 artículo 62 LGA) (inciso 1 artículo 59 LGA) “El error en la calificación del recurso por parte no impide su tramitación, siempre que ….” ¿Iura novit cura?
  • 18. Principios que rigen los medios impugnatorios (III) Limitación Solo se puede pronunciar respecto la impugnación (inciso 1 artículo 62 LGA) Extraordinario (artículos 62 y 63 LGA) Reformatio in pejus (No existe en la LGA) Formalidad Garantía (artículo 66 LGA)
  • 19. Medios impugnatorios y nulidad procedimental Medio impugnatorio Acto formalmente valido pero injusto Nulidad Acto formalmente viciado
  • 20. Anulación del laudo arbitral (I) Articulo 59 LGA inciso 1: “Todo laudo es definitivo, inapelable y de obligatorio cumplimiento desde su notificación a las partes.”
  • 21. Anulación del laudo arbitral (II) Articulo 63 LGA inciso 1: Contra el laudo sólo podrá interponerse recurso de anulación. Este recurso constituye la única vía de impugnación del laudo y tiene por objeto la revisión de su validez por las causales taxativamente establecidas en el artículo 63.
  • 22. Anulación del laudo arbitral (III) ¿El laudo arbitral es definitivo e inimpugnable como lo establece el inciso 1 del artículo 59 de la LGA o por el contrario es impugnable “solo” por el “recurso” de anulación de laudo arbitral de acuerdo con lo que establece el inciso 1 del artículo 63 de la LGA? ¿CONTRADICCION?
  • 23. Medios impugnatorios y nulidad procedimental Medio impugnatorio Acto formalmente valido pero injusto Nulidad Acto formalmente viciado
  • 24. Anulación del laudo arbitral (I) ¿RECURSO? - Dr. Giovanni Priori Posada - Dr. Raúl Ferrero Costa ¿PRETENSIÓN PROCESAL IMPUGNATORIA?
  • 25. Anulación del laudo arbitral (II) RECURSO - ¿Es la misma relación jurídica? - ¿El Tribunal forma parte del P.J? - ¿Las partes son las mismas? - ¿Los árbitros son imparciales en la anulación de laudo? -¿Qué clase de recurso?
  • 26. Anulación del laudo arbitral (III) PRETENSIÓN PROCESAL IMPUGNATORIA - ¿Demanda? - ¿Contestación de la demanda? - ¿La doble instancia? - ¿Doble instancia en el arbitraje?
  • 27. Anulación del laudo arbitral (II) ¿La sala competente de la Corte Superior de Justicia es el superior jerárquico del Tribunal Arbitral que expidió el laudo arbitral? ¿La anulación será un medio impugnatorio (recurso) o una pretensión impugnatoria?
  • 28. Requisitos de admisibilidad de la impugnación arbitral (I) (inciso 1 artículo 64 LGA) - COMPETENCIA Sala Competente de la Corte Superior - PLAZO 20 días desde la notificación del laudo
  • 29. Requisitos de admisibilidad de la impugnación arbitral (II) FORMALIDADES (artículo 62 LGA)  - Solo medios probatorios documentales - Cualquier otro requisito que haya sido pactado por las partes para garantizar el cumplimiento del laudo (carta fianza bancaria solidaria, incondicionada y de realización automática) ¿otra garantía?
  • 30. Requisitos de Procedibilidad de la impugnación arbitral (I) - Agravio (artículo 63 LGA) - Causales Taxativas (artículo 63 LGA) “ … indicación precisa de la causal o de las causales de anulación debidamente fundamentadas y acreditadas con los medios probatorios correspondientes.” (artículo 64 LGA)
  • 31. Causales de anulación del laudo (I) ”el convenio arbitral es inexistente, nulo, anulable, inválido o ineficaz.” (Parágrafo a) inciso 1 artículo 63) ¿Principio del Kompetenz Kompetenz? (inciso 1 artículo 41 LGA) El Tribunal arbitral es el único competente
  • 32. Causales de anulación del laudo (II) “una de las partes no ha sido debidamente notificada del nombramiento de un árbitro o de las actuaciones arbitrales, o no ha podido por cualquier otra razón, hacer valer sus derechos”. (Parágrafo b) inciso 1 artículo 63) RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
  • 33. Causales de anulación del laudo (III) “la composición del tribunal arbitral o las actuaciones arbitrales no se han ajustado al acuerdo entre las partes o al reglamento arbitral aplicable …” o trasgreda la LGA (Parágrafo c) inciso 1 artículo 63) A.L.A SERCONSFA RESPETO PROCEDIMIENTO PREVIO Y AL
  • 34. Causales de anulación del laudo (IV) “el tribunal arbitral ha resuelto sobre materias no sometidas a su decisión.”  (Parágrafo d) inciso 1 artículo 63) Nulidad citra petita Incongruencia procesal RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
  • 35. Causales de anulación del laudo (V) “el tribunal arbitral ha resuelto sobre materias que, de acuerdo a ley, son manifiestamente no susceptibles de arbitraje, tratándose de un arbitraje nacional”. (Parágrafo e) inciso 1 artículo 63) Incompetencia arbitral RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
  • 36. Causales de anulación del laudo (VI) “según las leyes de la República, el objeto de la controversia no es susceptible de arbitraje o el laudo es contrario al orden público internacional, tratándose de un arbitraje internacional. (Parágrafo f) inciso 1 artículo 63) Incompetencia arbitral RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
  • 37. Causales de anulación del laudo (VII) “la controversia ha sido decidida fuera del plazo pactado por las partes, previsto en el reglamento arbitral aplicable o establecido por el tribunal arbitral”.  (Parágrafo g) inciso 1 artículo 63) RESPETO DEBIDO PROCESO ARBITRAL
  • 38. Causales de anulación del laudo (VIII) “Las causales previstas en los incisos a, b, c y d del numeral 1 de este artículo sólo serán procedentes si fueron objeto de reclamo expreso en su momento ante el tribunal arbitral por la parte afectada y fueron desestimadas”. (inciso 2 artículo 63 LGA)
  • 39. Causales de anulación del laudo (IX) “ … las causales previstas en los incisos d) y e) del numeral 1… la anulación afectará solamente a las materias no sometidas a arbitraje o no susceptibles de arbitraje, siempre que puedan separarse; en caso contrario, la anulación será total… la causal… inciso e) podrá ser apreciada de oficio por la Corte Superior que conoce ALA”. (inciso 3 artículo 63 LGA)
  • 40. Causales de anulación del laudo (X) “La causal prevista en el inciso g. del numeral 1 de este artículo sólo será procedente si la parte afectada lo hubiera manifestado por escrito de manera inequívoca al tribunal arbitral y su comportamiento en las actuaciones arbitrales posteriores no sea incompatible con este reclamo”. (inciso 4 artículo 63 LGA)
  • 41. Causales de anulación del laudo (XI) ”No procede la anulación del laudo si la causal que se invoca ha podido ser subsanada mediante rectificación, interpretación, integración o exclusión del laudo y la parte interesada no cumplió con solicitarlos.” (inciso 7 artículo 63 LGA)
  • 42. Procedimiento judicial de impugnación de laudo arbitral (I) “Recurso” de Anulación de Laudo Arbitral Plazo 20 días desde notificación. Regla No tiene efectos suspensivo, salvo que se solicite expresamente y se cumpla con la garantía. (inciso 1 articulo 66 LGA)
  • 43. Procedimiento judicial de impugnación de laudo arbitral (II) En  caso que no existiese acuerdo, se puede solicitar a la Sala Superior que para la suspensión, la parte impugnante deberá constituir o graduar fianza bancaria solidaria, incondicionada y de realización automática por no - 06 meses, por el monto establecido en el laudo y por todo el tiempo que dure la ALA. (inciso 2 articulo 66 LGA)
  • 44. Procedimiento judicial de impugnación de laudo arbitral (III) “Si la condena del laudo es declarativa o no valorizable en dinero … el tribunal arbitral podrá señalar un monto razonable en el laudo para la constitución de la fianza bancaria en las mismas condiciones antes referidas, para disponer la suspensión de la ejecución, salvo acuerdo distinto de las partes”. (inciso 3 articulo 66 LGA)
  • 45. Procedimiento judicial de impugnación de laudo arbitral (II) Admisión Dentro de los diez (10) días (excepto cuando tenga que determinarse carta fianza) Traslado 20 días para que la otra parte “… para que exponga lo que estime conveniente…”
  • 46. Procedimiento judicial de impugnación de laudo arbitral (II) Vista de la causa 20 días desde el vencimiento ATRAL Resolución 20 días siguientes
  • 47. Procedimiento judicial de impugnación de laudo arbitral (III) R. Casación Solo cuando se anula el laudo total o parcialmente. ¿Plazo? ¿Requisitos? ¿Causales? ¿Efectos?
  • 48. Procedimiento judicial de impugnación de laudo arbitral (IV) Suspensión del procedimiento “ … Por un plazo no mayor a seis (6) meses a fin de dar al tribunal arbitral la oportunidad de reanudar las actuaciones arbitrales o de adoptar cualquier otra medida que, a criterio de los árbitros elimine las causales alegadas para el recurso de anulación…” (inciso 4 artículo 64 LGA)
  • 49. Efectos de la anulación judicial del arbitraje (I) ”el convenio arbitral es inexistente, nulo, anulable, inválido o ineficaz.” (Parágrafo a) inciso 1 artículo 63) Habilita jurisdicción del “Poder Judicial” (Parágrafo a) inciso 1 artículo 65)
  • 50. Efectos de la anulación judicial del arbitraje (II) “una de las partes no ha sido debidamente notificada del nombramiento de un árbitro o de las actuaciones arbitrales, o no ha podido por cualquier otra razón, hacer valer sus derechos”. (Parágrafo b) inciso 1 artículo 63) reinició el arbitraje (Parágrafo b) inciso 1 artículo 65)
  • 51. Efectos de la anulación judicial del arbitraje (III) “la composición del tribunal arbitral o las actuaciones arbitrales no se han ajustado al acuerdo entre las partes o al reglamento arbitral aplicable …” o trasgreda la LGA (Parágrafo c) inciso 1 artículo 63) -  nuevo nombramiento de árbitros - reinicio el arbitraje (Parágrafo c) inciso 1 artículo 65)
  • 52. Efectos de la anulación judicial del arbitraje (IV) “el tribunal arbitral ha resuelto sobre materias no sometidas a su decisión.”  (Parágrafo d) inciso 1 artículo 63) - nuevo arbitraje - Habilita jurisdicción del “P.J” (Parágrafo d) inciso 1 artículo 65)
  • 53. Efectos de la anulación judicial del arbitraje (V) “el tribunal arbitral ha resuelto sobre materias que, de acuerdo a ley, son manifiestamente no susceptibles de arbitraje, tratándose de un arbitraje nacional”. (Parágrafo e) inciso 1 artículo 63) - Habilita jurisdicción del “P.J” (Parágrafo e) inciso 1 artículo 65)
  • 54. Efectos de la anulación judicial del arbitraje (VI) “según las leyes de la República, el objeto de la controversia no es susceptible de arbitraje o el laudo es contrario al orden público internacional, tratándose de un arbitraje internacional. (Parágrafo f) inciso 1 artículo 63) La misma sala que ALA proceda a resolver el fondo en instancia única. (Parágrafo f) inciso 1 artículo 65)
  • 55. Efectos de la anulación judicial del arbitraje (VII) “la controversia ha sido decidida fuera del plazo pactado por las partes, previsto en el reglamento arbitral aplicable o establecido por el tribunal arbitral”.  (Parágrafo g) inciso 1 artículo 63) - nuevo arbitraje - nuevo tribunal arbitral (Parágrafo f) inciso 1 artículo 65)
  • 56. Efectos de la anulación judicial del arbitraje (VIII) “La anulación del laudo no perjudica las pruebas actuadas en el curso de las actuaciones arbitrales, las que podrán ser apreciadas a discreción por el tribunal arbitral o, en su caso, por la autoridad judicial. (inciso 2 artículo 65 LGA)
  • 57. Efectos de la anulación judicial del arbitraje (IX) - Responsabilidad civil de los árbitros. Contractual - Responsabilidad Extracontractual - ¿A.L.A OCASIONA PER SE RESPONSABILIDAD CIVIL EN ARBITROS?
  • 58. Impugnación constitucional del arbitraje (I) Posiciones del Tribunal Constitucional - Debe agotarse la vía previa (RALA) STC: 6167-2005-PHC-TC - No hay necesidad de la vía previa STC: 2851-2010-PHC-TC - El amparo es una vía excepcional STC: 142-201-PHC-TC
  • 59. Impugnación constitucional del arbitraje (II) - El amparo es una vía excepcional (RALA es igualmente satisfactoria) STC: 142-201-PHC-TC 1.- Violación de precedente vinculante 2.- Control difuso de una norma declarada constitucional por el TC. 3.- Tercero afectado por el laudo.
  • 60. Impugnación constitucional del arbitraje (III) Amparo contra amparo
  • 61. Ejecución arbitral del laudo (I)  Regla: “A solicitud de parte, el tribunal arbitral está facultado para ejecutar sus laudos y decisiones, siempre que medie acuerdo o esté previsto en el Reglamento arbitral.” (inciso 1 artículo 67 LGA)
  • 62. Ejecución arbitral del laudo (II)   Excepción: Cuando se requiera el auxilio de la fuerza pública. (inciso 2 artículo 67 LGA) ¿jurisdicción arbitral?
  • 63. Ejecución judicial del laudo (I) Presentada la solicitud de ejecución de laudo arbitral con copia del mismo (acompañando sus rectificaciones, interpretaciones, integraciones y exclusiones) … mandato de ejecución para que la parte ejecutada cumpla con su obligación dentro de un plazo de cinco (5) días, bajo apercibimiento de ejecución forzada. (incisos 1 y 2 articulo 68 LGA)
  • 64. Ejecución judicial del laudo (II) Ejecutado solo puede formular OPOSICION (05 días por: - Cumplimiento documental de la obligación - Suspensión de la ejecución del laudo (inciso 3 articulo 68 LGA)
  • 65. Ejecución judicial del laudo (III) TRASLADO DE LA OPOSICION (05 días) RESOLUCION (05 días) R. APELACION con efecto SUSPENSIVO ¿Plazo? (inciso 3 articulo 68 LGA) ¿R. CASACION?