SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 78
1
Universidad Nacional Autónoma de MéxicoUniversidad Nacional Autónoma de México
Facultad de DerechoFacultad de Derecho
“Acto Jurídico y Personas”
Trabajo final
Alumna: Chávez Valdez Jessica LizzetteAlumna: Chávez Valdez Jessica Lizzette
Asignatura: Acto Jurídico y personasAsignatura: Acto Jurídico y personas
Profesor: Iván Lagunes AlarcónProfesor: Iván Lagunes Alarcón
www.iusmx.comwww.iusmx.com
2
ÍndiceÍndice
UNIDAD 1.- INTRODUCCIONUNIDAD 1.- INTRODUCCION
I.- Definición de Derecho._______________________________________________________________ Pág.
4
II.- Evolución del Derecho Romano hasta la actualidad.________________________________________Pág.
6
III.- Clasificación del Derecho.____________________________________________________________Pág.
18
IV.- El Derecho Civil.__________________________________________________________________ Pág.
25
V.- Juicios. __________________________________________________________________________Pág.
29
VI.- Norma Jurídica.___________________________________________________________________ Pág.
30
UNIDAD 2.- TEORIA DEL ACTO JURIDICOUNIDAD 2.- TEORIA DEL ACTO JURIDICO
I.- Concepto del acto jurídico.____________________________________________________________Pág.
31
II.- Teoría francesa del acto jurídico._______________________________________________________Pág.
32
III.- Elementos esenciales del acto jurídico._________________________________________________ Pág.
33
IV.- Elementos de validez del acto jurídico._________________________________________________Pág. 34
V.- Elementos naturales y accidentales del acto jurídico.______________________________________ Pág.
38
VI.- Efectos del acto jurídico.____________________________________________________________ Pág.
3
UNIDAD 3.- DERECHOS DE LAS PERSONASUNIDAD 3.- DERECHOS DE LAS PERSONAS
I.- Concepto de persona_______________________________________________________________ Pág.
47
II.- Capacidad.________________________________________________________________________ Pág.
50
1.- Estado de interdicción_____________________________________________________________ Pág.
51
2.- Procedimiento interdictal___________________________________________________________Pág.
52
III.- Personalidad._____________________________________________________________________ Pág.
53
1.- Atributos de la personalidad________________________________________________________Pág.
54
2.- Derechos de la personalidad________________________________________________________Pág.
65
3.- Ausencia_______________________________________________________________________Pág.
66
4.- Muerte_________________________________________________________________________Pág.
67
IV.- Personas morales_________________________________________________________________Pág.
69
1.- Atributos y características__________________________________________________________Pág.
4
UNIDAD 1 “INTRODUCCIÓN”UNIDAD 1 “INTRODUCCIÓN”
I- La definición del derecho.I- La definición del derecho.
Es imposible hacer un trabajo de Derecho Civil sin referirnos antes al
concepto de Derecho y a la evolución que este ha tenido desde el derecho
romano hasta la actualidad.
La mayoría de los juristas siempre ha creído que es posible definir el
derecho, y así encontramos en todos los idiomas y en todas las escuelas,
diferentes definiciones.
“El derecho es un conjunto de reglas de conducta exteriores que, consagradas
o no expresamente por la ley en su sentido genérico, aseguran efectivamente
en un medio dado y en una época dada, la realización de la armonía social,
sobre el fundamento, por una parte, de las aspiraciones colectivas o
individuales y, por la otra, de una concepción un tanto precisa de la noción
del derecho” 1
1
Definición de Bonnecase. Introducción al Estudio del Derecho, Paris, 1931.
5
DERECHOERECHO
1.- Sentido Lato (latín)
Proviene del vocablo directus
(dirijo, dirigir) Lo que es
directo, recto o va bien
dirigido,.
2.- Roma (Ius, Iussum)
Significa mandato y orden
de la autoridad.
3.- Sentido estricto
Lo que esta ajustado a la
regla.
¿Qué es derecho? Es un conjunto de normas que regulan las acciones humanas impuestas por la
autoridad soberana para su observancia general y con un propósito de justicia social.
6
II.- Evolución desde el Derecho Romano hasta la actualidadII.- Evolución desde el Derecho Romano hasta la actualidad.
Derecho romano es la expresión con la cual se designa al ordenamiento jurídico
que rigió a los ciudadanos de Roma y, con posterioridad, de aquellos instalados
en distintos sectores de su Imperio, en un espectro histórico cuyo punto de partida
se sitúa a la par de la fundación de Roma (c. 753 a.C.) y que se extiende hasta
mediados del siglo VI d.C., época en que tiene lugar la labor compiladora del
emperador Justiniano el conocido desde el Renacimiento como Corpus Iuris
Civilis Con todo, el redescubrimiento de los textos justinianeos en época
bajomedieval ha permitido a algunos autores hablar también de «Derecho romano
de la Edad Media».Si bien la expresión «Derecho romano» hace referencia
fundamentalmente al derecho privado, lo cierto es que otros aspectos aquél, tales
como el derecho penal, el público, el administrativo, caben dentro de la
denominación.
Comenzaremos estudiando la evolución del Derecho Romano a partir del
contenido de las XII tablas, para después ver como los romanos clasificaban el
derecho, hasta llegar a la concepción actual.
7
1.- IUS CIVILE1.- IUS CIVILE
2.- IUS2.- IUS
GENTIUMGENTIUM
Es parte del ius privatum. Los romanos le dan la
calidad de Derecho exclusivo de los pueblos
(los ciudadanos), y como orden jurídico positivo
y vigente para todos los confines del Imperio
Romano. Además tenia como fuente formal la
costumbre, las leyes, los senadoconsultos, los
plebiscitos y las Constituciones Imperiales.
Abarcaba toda la legislación existente ya sea
publica o privada.
Derechos de los otros pueblos: los
extranjeros. (lo que ahora es el Derecho
Internacional
3.- IUS3.- IUS
HONORARUMHONORARUM
Derecho de los magistrados y el Emperador,
para reforzar, complementar y enmendar al
ius civile. Derecho que tenían para dictar y
corregir aspectos de materia civil.
DERECHODERECHO
ROMANOROMANO
8
CONTENIDOCONTENIDO
DE LA LEYDE LA LEY
DE LASDE LAS
XII TABLASXII TABLAS
Tutela
Cúratela
SucesionesPropiedad
Posesión
Usucapio
TABLA I.- Comparecencia ante el magistrado
TABLA II.- De la organización y procedimiento judicial
TABLA III.- Procedimiento Ejecutivo a deudores
insolventes
TABLA IV.- Patria potestad
TABLA V.- Figuras protectoras de los incapacitados
TABLA VI.- Bienes
TABLA VII.- Las servidumbres
TABLA VIII.-Los delitos y las penas
TABLA IX.- Ius publicum (Derecho publico)
TABLA X.- Derecho sagrado
TABLA XI y XII.- Disposiciones complementarias de
todos los demás
9
1.- CODIGO.- Temas de Derecho Procesal,
Administrativo y financiero.
2.- EL DIGESTO.- Citas de jurisconsultos sobre diversas
materias
3.-INSTITUCIONES.- Contienen materias de derecho
civil y esta inspirado en la Instituta de Gayo.
4.- NOVELAS.- Recopilación de constituciones
CORPUS IURIS CIVILESCORPUS IURIS CIVILES
JustinianoJustiniano
Año 527
“El Corpus Iuris Civilis , (Cuerpo de Derecho Civil) es la más importante recopilación de
derecho romano de la historia. Fue realizada entre 529y 534 por orden del emperador
bizantino Justiniano 527-565 y dirigida por el jurista triboniano.. Su denominación proviene
de la edición completa de las obras que la componen publicada, por Dionisio, Godolfredo,
en Ginebra el año 1583. Gracias a la existencia de esta colección, se ha podido conocer el
contenido del antiguo derecho romano, siendo fundamental para los sistema juridicos
modernos, especialmente de tradición continental”.
“Las Bases Romanisticas” Mauricio Rivera Torres
10
1.- Código de Eurico.- entre los años 465 y 485
2.- Código de Alarico (Breviario de Aniano) Año 506
3.-Código de Leovigildo.- Años 468 a 486
4.- Furio Juzgo
DERECHO DE LOS PUEBLOSDERECHO DE LOS PUEBLOS
BARBAROSBARBAROS
España
Siglo V y VI
11
GLOSADORESGLOSADORES
524 a 1345
IRMERIO Y ARCUSIO
1.- Digesto
2.- Ekloga Legum
3.- Basilicas
4.- Exabiblos
POSGLOSADORESPOSGLOSADORES
1250 a 1500
1.- Bartolo de Sassoferato
2.- Cyno de Pistaya
3.- Baldo de Baldis
12
JURISPRUDENCIA HUMANISTA Y ELEGANTEJURISPRUDENCIA HUMANISTA Y ELEGANTE
Europa. Siglos XV a XVIIIEuropa. Siglos XV a XVIII
1.- FRANCIA1.- FRANCIA
2.- ALEMANIA2.- ALEMANIA
3.- HOLANDA
1.- Cujacio
2.- Doneau
3.- Pothier
Usos odiiernum pandectarium
1.- Vinio
2.- Noodt
3.- Shulting
13
1.-Fuero de Fijosdalgo
2.- Fuero viejo de Castilla
3.- Fuero de Burgos
10.- Las Siete Partidas.- Rey Alfonso El Sabio
1.- ESPAÑA1.- ESPAÑA
1256-12631256-1263
1348.- Ordenamiento de Alcalá
1248.- Ordenanzas Reales de Castilla
1505 .- Leyes del Toro
1567.- La Nueva Recopilación
1805.- Novísima Recopilación de Las Leyes de España
1876.- Real Ordenanza de Intendentes
SIGLOS XIX Y XXSIGLOS XIX Y XX
1.- Código de Napoleón
2.- Prusiano
3.- El Suizo
4.- El Alemán
14
DERECHO PREHISPANICODERECHO PREHISPANICO
* FUENTES* FUENTES 1.- Costumbre
2.- Sentencias del Rey
Todas las personas nacen libres, pero la libertad la podían
perder
por diversas razones.
a) Por ser prisioneros de guerra
b) Por condena en delitos graves como robo, adulterio,
homicidio
c) Por ser deudor (no pagar deudas)
d) Esclavitud hereditaria (hijo de esclavo: esclavo)
*La nobleza también era hereditaria
*Los guerreros adquirían su libertad si ganaban en la guerra
1.- LAS1.- LAS
PERSONASPERSONAS
15
2.- LA FAMILIA2.- LA FAMILIA
Se basa en la institución del matrimonio. Los ricos y nobles
podían tener varias esposas (polígamos).El matrimonio se
celebraba en actos religiosos. Edad para casarse: Hombre: 20
años, mujer: 15 años. Se prohibía el matrimonio entre parentesco
consanguíneo Patria potestad: la tenia el varón (jefe de familia) El
hombre educaba a los hijos y la mujer a las hijas. Los hijos se
podían vender (por ejemplo cuando no se pudieran mantener)
Existía el divorcio por incompatibilidad de caracteres, mala
conducta del cónyuge ó esterilidad en la mujer. Una vez
divorciados los hijos se quedaban con el padre y las hijas con la
madre. El cónyuge culpable perdía la mitad de sus bienes. Era
condenado a muerte el que se casaba nuevamente.
3.- SUCESIONES3.- SUCESIONES
El primogénito de la esposa principal heredaba lo del padre, a falta
del hijo heredaba el nieto, a falta de hijos y nietos heredaba el
hermano. Existía el testamento. Cuando morían intestados
heredaba el hijo y a su falta el sobrino.
16
4.- PROPIEDAD
Era de 3 clases: la del Rey, la de los nobles y la de los guerreros.
El Rey tenia propiedad plena (podía trasmitirla por donación, venta
Enajenación y usufructo)
1.- Calpuli. Propiedad donde se construían
casas, se podían trasmitir de padres a hijos
perdiéndola si la abandonaba.
2.- Altlepetlabi.- Tierras que se dedicaban a
gastos públicos, al pago de impuesto.
3.- La destinada al ejercito en guerra y
para sufragar el gasto del culto
TIERRAS:
17
5.- CONTRATOS
a) Compra-venta
b) Trueque
c) Prenda (dar como garantía un bien mueble)
d) Fianza (uno se obligaba por otro)
e) Comisión (realización de un servicio y como pago se
recibe una parte de la ganancia)
f) Parcería (préstamo terreno para cultivar)
g) Arrendamiento
h) Contrato de prestación de servicios, de transporte de
mercancías.
“Las relaciones que se pueden llamar civiles entre los indígenas, en el periodo
prehispánico estaban regidas por reglas de carácter religioso y consuetudinario. Esta
regulaba el matrimonio, los contratos y obligaciones etc., y no eran uniformes para
los diferentes pueblos del antiguo México, aunque sin embargo, ofrecían algunos
rasgos comunes.”
Rafael de Pina
18
III.- Clasificación del DerechoIII.- Clasificación del Derecho
1.- Derecho Natural : Es aquél que rige las leyes de la naturaleza. Todos estamos
sujetos (no se puede evadir). Conjunto de reglas que nos impone la naturaleza.
2.- Derecho Objetivo: Es el conjunto de normas imperativas, atributivas y
constitutivas de un ordenamiento jurídico.
3.- Derecho Subjetivo: Facultades reconocidas al individuo por la ley para efectuar
determinados actos.
4.- Derecho Vigente: Son las normas que en un lugar y época determinada la
autoridad considera obligatorias (leyes que nos rigen actualmente).
5.-Derecho Positivo: El que se observa (se aplica). Conjunto de normas que se
están observando aunque hayan dejado de estar vigentes o todavía no hayan sido
elevadas a esa categoría.
19
1.- DERECHO NATURAL1.- DERECHO NATURAL
2.- DERECHO2.- DERECHO
OBJETIVOOBJETIVO
3.- SUBJETIVO3.- SUBJETIVO
4.-4.- VIGENTEVIGENTE
5.- POSITIVO5.- POSITIVO
a) Publico
b) Privado
1.- Interno
2.- Externo
Derecho agrario,
laboral, penal,
constitucional,
administrativo y
procesal (civil y
penal)
Derecho Internacional
(Publico y privado)
1.- Civil
Teoría del acto jurídico,
personas, cosas,
derechos reales,
obligaciones, contratos,
familia, sucesiones.
a) Públicos
b) Privados
2.- Mercantil
Libertad
Derecho de Acción
Derechos Políticos
Patrimoniales: De crédito o Reales.
No patrimoniales
CLASIFICACIÓNCLASIFICACIÓN
DELDEL
DERECHODERECHO
20
DERECHO OBJETIVO:DERECHO OBJETIVO:
1.- DERECHO PUBLICO1.- DERECHO PUBLICO::
Relativo a la organización del Estado para el cumplimiento de sus
fines, a su vez se subdivide en Derecho público interno y Derecho
público externo
a)a) DERECHO PÚBLICO INTERNODERECHO PÚBLICO INTERNO:: Aquel conjunto de reglas que se
aplican dentro del territorio nacional, que deben ser observadas por
los ciudadanos gobernados dentro del territorio nacional.
b) DERECHO PÚBLICO EXTERNOb) DERECHO PÚBLICO EXTERNO:: Es aquel que tiene aplicación
interna y externamente (pero por ciudadanos mexicanos fuera del
territorio ó extranjeros dentro del territorio nacional),
21
a)a) DERECHO PUBLICO INTERNODERECHO PUBLICO INTERNO
DERECHO CONSTITUCIONAL:DERECHO CONSTITUCIONAL:
El derecho Constitucional estudia la estructura orgánica del Estado,
forma de gobierno, órganos, funciones, atribuciones y relaciones entre
dichos órganos y derechos públicos subjetivos.
DERECHO ADMINISTRATIVO:DERECHO ADMINISTRATIVO:
Estudia la administración pública y los servicios públicos.
ADMINISTRACIÓN PUBLICAADMINISTRACIÓN PUBLICA: Es una organización cuya actividad se
encamina a la satisfacción de las necesidades colectivas,
principalmente en la forma de servicios públicos o mediante órdenes
dirigidas a que se cumplan los fines del Estado.
DERECHO PROCESAL:DERECHO PROCESAL:
Conjunto de reglas relativas a la aplicación de las normas del Derecho
a casos particulares, ya sea con el fin de esclarecer una situación
jurídica dudosa, ya con el propósito de que los ordenes
jurisdiccionales declaren la existencia de la obligación y en caso
necesario ordenen que se haga efectiva.
22
DERECHO PENALDERECHO PENAL: Forma parte del Derecho Público pues existe figura
del MP (representante social que sigue el procedimiento contra aquellas
personas que se presume han cometido delitos). Se sanciona a veces
con la privación de la libertad y/ penas pecuniarias. Es aquél que estudia
los delitos, las penas y que dicta la prevención de estos hechos ilícitos.
DERECHO DEL TRABAJO:DERECHO DEL TRABAJO: Aquél que prevé los conflictos y las
relaciones obrero-patronales. Hay autores que manejan al derecho
laboral como una rama del derecho social.
DERECHO AGRARIO:DERECHO AGRARIO: Aquél que se refiere a la dotación y restitución de
tierras a comunidades de vida agrícola, lo que se denomina pequeña
propiedad y fraccionamiento de grandes latifundios.
23
B) DERECHO PUBLICO EXTERNOB) DERECHO PUBLICO EXTERNO
DERECHO INTERNACIONAL:DERECHO INTERNACIONAL:
1.- DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO1.- DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO: Estudia relaciones jurídicas pacificas o
belicosas entre estados.
2.- DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO2.- DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO:: Estudia conflictos civiles de la ley entre
distintos estados y también se refiere a las leyes aplicadas a los extranjeros que se
encuentran en territorio nacional
DERECHO SUBJETIVODERECHO SUBJETIVO
1.- DERECHO SUBJETIVO PUBLICO1.- DERECHO SUBJETIVO PUBLICO:: Derechos de las personas respecto al estado:
LA LIBERTADLA LIBERTAD: Todo individuo nace libre.
DERECHO DE ACCIÓNDERECHO DE ACCIÓN: Intentar acciones previstas en la ley para hacer valer sus
derechos.
DERECHOS POLITICOSDERECHOS POLITICOS: Votar y ser votado. Ser reconocido como ciudadano.
24
2.- DERECHO SUBJETIVO PRIVADO:2.- DERECHO SUBJETIVO PRIVADO:
DERECHOS PATRIMONIALES:DERECHOS PATRIMONIALES: Poder que ejerce una persona sobre su
propiedad. Existen derechos patrimoniales de crédito (que suponen una relación entre
deudor-acreedor) y reales (relación entre las personas y las cosas)
DERECHOS NO PATRIMONIALESDERECHOS NO PATRIMONIALES
Ubicación del Derecho Civil dentro de las ramas del DerechoUbicación del Derecho Civil dentro de las ramas del Derecho
De lo anterior podemos concluir que el Derecho Civil pertenece al Derecho
Privado, que es Derecho Positivo, el cual conforma el Derecho Objetivo..
25
IV.- EL DERECHO CIVILIV.- EL DERECHO CIVIL
*CONCEPTO GENERAL*CONCEPTO GENERAL:
El derecho civil es una rama del Derecho Privado que tiene por objeto regular 3 materias
fundamentales: personas, familia patrimonio. Excluyendo de este las relaciones
mercantiles, obreras y agrarias.1
En sentido amplioEn sentido amplio, el Derecho Civil es sinónimo de Derecho Privado. EnEn
estricto sensuestricto sensu el Derecho Civil constituye la parte fundamental del
Derecho Privado que comprende las normas relativas al estado y
capacidad de las personas, a la familia, al patrimonio, a las obligaciones
y contratos y a la transmisión de los bienes, regulando las relaciones
privadas de los individuos entre sí. De forma que el Derecho Civil forma
parte del Derecho Objetivo, Positivo y Sustantivo.
1
ROJINA Villegas, Rafael, Derecho Civil Mexicano, Porrúa Pag.195
26
Derecho de la personalidad: comprende a las personas
naturales y jurídicas.
Derecho de familia, en sus relaciones personales y
patrimoniales.
Derecho patrimonial, que comprende lo relativo al patrimonio,
derechos reales. Derechos de crédito o personales o de las
obligaciones, y también comprende lo relativo a la sucesión
hereditaria.
Del análisis del contenido material del Derecho Civil, se pueden
extraer las siguientes ramas:
Derecho de las personas- Derecho de la personalidad.
Derecho de las cosas, bienes o derechos reales.
Derechos de las obligaciones.
Derecho de familia.
Derecho de sucesiones
El Derecho Civil comprende entonces:
Reglas relativas a la estructura orgánica y al poder de acción de
las personas privadas, tanto individuales, colectivas, físicas o
morales, como también a la organización social de la familia.
Reglas bajo cuyo imperio se desarrollan las relaciones de
derecho derivadas de la vida familiar, de la apropiación de las
riquezas y del aprovechamiento de los servicios
¿Qué contiene el¿Qué contiene el
Derecho Civil?Derecho Civil?
27
1.- Antecedentes1.- Antecedentes
2.- Definición2.- Definición
Es un conjunto de normas de Derecho Privado. El Código
Civil estudia a las personas, la relación de las personas
con los bienes, los contratos. Es el ordenamiento que
contiene las reglas más importantes de Derecho Común.
3.- Contenido3.- Contenido
El Código Civil está conformado por 3074 artículos
divididos en 4 libros. Los primeros 21 artículos contienen
temas aplicables a todos los derechos, ya que son la teoría
de la ley.
LIBROS: 1.- Personas.- 11 títulos
2.- Bienes.- 8 títulos
3.- Sucesiones.- 5 títulos
4.- Obligaciones.- 16 títulos
1870.- Se publica el primer Código Civil Mexicano.
1884.- Otro código civil que tiene vigencia absoluta hasta
1914.
1914.- Venusiano Carranza incluye una ley de divorcio.
1917.- Ley de Relaciones fa.
miliares
1-Octubre-1932.- Entra en vigor el Código Civil de 1928
que es el Código Civil actual
CODIGOCODIGO
CIVILCIVIL
28
TEORIA DE LA LEYTEORIA DE LA LEY
(Art. 1 al 21)(Art. 1 al 21)
Art. 1: Las disposiciones regirán en toda la República.
Art. 2: Igualdad de capacidad jurídica para todos.
Art. 3: La ley surte efectos 3 días después de su publicación.
Art. 4: El mismo ordenamiento fija el día en que comenzara a regir.
Art. 5: No al efecto retroactivo en perjuicio.
Art. 6: La voluntad de los particulares no puede eximir de la
observancia de la ley, ni alterarla o modificarla.
Art. 7: Si no se hace en términos claros y precisos la renuncia de un
articulo anterior no produce efecto alguno.
Art. 8: Principio de obligatoriedad. Todo lo contrario a la ley es nulo.
Art. 9: Distinción entre derogar y abrogar.
Art. 10: No puede alegarse desuso, costumbre o practica en
contrario.
Art. 11: Leyes a determinadas situaciones, excepción a las reglas
generales.
Art. 12 al 15: Casos de aplicación de la ley extranjera en México.
Art. 14: Se aplica el Derecho extranjero siempre que no contradiga al
mexicano.
Art. 15: No se aplica el Derecho extranjero si contradice al mexicano.
Art. 16: Es más importante el interés colectivo que el interés
individual.
Art. 17: Lesión
Art. 18: Causas que pueden llevar al juzgador a actuar
justificadamente cuando existe un conflicto en interpretar la ley.
Art. 19: Como deben resolverse las controversias constitucionales.
Art. 20: Cuando falta una ley.
Art. 21: Nadie puede alegar que desconoce la ley.
29
1.-Enunciativos1.-Enunciativos
2.-Normativos2.-Normativos
Verbales, para comunicarse con los demás
y relacionarse.
a) Morales: Los individuos tienen ideas internas de
lo bueno y de lo malo.
b) Religiosos: Están íntimamente relacionados con
los juicios morales.
c) Convencionales: Tienen que ver con el
comportamiento del ser humano en sociedad.
d) Jurídicos: Se rigen por dos aspectos:
1) Plurilaterales: Se rigen por varios aspectos.
2) Coercibles: La ley impone su cumplimiento por
fuerza física legal.
V.- JUICIOSV.- JUICIOS
“Las normas morales son un conjunto de normas aceptadas libre y concientemente, que regulan
la conducta individual y social de los hombres. Normas religiosas: la creencia o fe de un ser
todo poderoso que hizo todas las cosas habidas y por haber entre ellas el hombre. Normas de
trato social: se trata de un sin numero de actos regidos por reglas o normas de convivencia que
cubren el extenso mundo de la convivencia cotidiana; también son conocidas como
convencionalismos sociales donde sobresales el decoro, la cortesía y la urbanidad. Normas
jurídicas: se define como la regla de conducta que el Estado declara obligatoria.”
Jorge Eugenio García Colin Olvera
30
1.- DEFINICION1.- DEFINICION
2.- CARACTERISTICAS2.- CARACTERISTICAS
Es una regla de conducta emitida por el
órgano legislativo conforme al procedimiento
establecido por la Constitución y demás leyes
reglamentarias del poder legislativo
VI.- NORMAVI.- NORMA
JURIDICAJURIDICA
3.- ESTRUCTURA3.- ESTRUCTURA
1.- Supuesto jurídico o hipótesis. Estar en el
supuesto.
2.- Disposición: produce consecuencias
(nacimiento, trasmisión, modificación, extinción)
1.- HETERONOMA. La norma es creada por
un sujeto distinto al destinatario de la misma.
2.- BILATERAL.- Impone deberes y concede
facultades
3.- EXTERNA.- Adecuación de un hecho
externo de la conducta con el deber estatuido.
4.- COERCIBLE.- En caso de que la norma no
sea observada es posible obligar a su
cumplimiento.
31
UNIDAD 2 “TEORIA DEL ACTO JURIDICO”
Se define como una manifestación de voluntad que se hace con la intención de producir
consecuencias de derecho, las cuales son reconocidas por el ordenamiento jurídico.
En el sentido amplio se entiende por acto jurídico un acto humano, realizado
consciente y voluntariamente por un sujeto (por lo general, capaz de obrar), del cual
nacen efectos jurídicos, porque el sujeto, al realizarlo, quiere determinar un resultado;
y tal resultado se toma en consideración por el derecho.
“Por regla general, el acto (en sentido jurídico) se define como la exteriorización (o
actuación) de la voluntad humana, distinguiéndose los actos positivos (que también se
llaman actos en sentido estricto) y las omisiones, según que la voluntad se manifieste
en un hacer o en un omitir”. 1
[1]
Rojina Villegas, Rafael. Derecho Civil Mexicano. Porrúa, México, 1990, Págs. 325-326.
I.- Concepto del acto jurídicoI.- Concepto del acto jurídico
32
II.- TEORIA FRANCESA DEL ACTO JURIDICO (BIPARTITA)II.- TEORIA FRANCESA DEL ACTO JURIDICO (BIPARTITA)
HechoHecho
JurídicoJurídico
(Lato(Lato
sensu)sensu)
1.-Hecho Jurídico
(estricto sensu)
Acontecimiento realizado sin la intención de producir
consecuencias de Derecho, pero produciéndolas.
a) Hechos Naturales.- Son acontecimientos de la naturaleza que
producen consecuencias de derecho. (temblor, muerte)
b) Hechos del
Hombre
Voluntario
s
Involuntario
s
Lícitos.- Conforme a la ley
Ilícitos.- Contrario a la ley
Naturales- nacimiento, parto
Humanos.- Delitos culposos
2.- Acto Jurídico
Es la manifestación
de voluntades cuyo
fin es crear, trasmitir,
modificar o extinguir
derechos y
obligaciones
1.-Unilateral
2.- Bilateral
Ó Plurilateral
Testamento
Declaración unilateral de voluntades
Convenio
(lato sensu)
Hecho jurídico (Lato sensu)
Acontecimiento real que crea consecuencias de Derecho, conforme a la hipótesis contenida en la
norma.
Contrato.- Crea y trasfiere
Convenio.- Modifica y
extingue
33
III.- ElementosIII.- Elementos
esenciales deesenciales de
existencia delexistencia del
acto jurídicoacto jurídico
Voluntad:
Facultad de expresión.
a) Expresa: Exteriorizarlo verbalmente,
por escrito o signos inequívocos
b) Tacita: Actos que demuestran la
intención.
*Fig. representación: Permitir que los actos celebrados por una
persona llamada representante repercutan y surtan efectos de
Derecho en la esfera jurídica de otro sujeto llamado
representado como si este ultimo los hubiera realizado.
1.- Voluntad1.- Voluntad
2.- Objeto2.- Objeto
a) Directo: Crea, trasmite, modifica y extingue derechos y
obligaciones.
b) Indirecto (mediato): 1.- Prestación positiva: dar o hacer
2.-Prestación negativa: no hacer
3.- Solemnidad.-3.- Solemnidad.- Empleo de determinadas palabras en la celebración de
un acto ante el funcionario, de acuerdo a la ley.
34
IV.- ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURIDICOIV.- ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURIDICO
Ser sujeto de derechos
y obligaciones y
hacerlos valer por si
mismo.
*Si falta algún elemento de validez el contrato es invalido. Se sanciona con la nulidad.
a) Capacidad de goce: la tenemos todos, es absoluta, desde el
momento del nacimiento
1.-Patria potestad: Figura jurídica
cuya función es la representación
con cargo a los padres a favor de
los hijos.
2.-Tutela: Figura que la ley le da a
los capacitados para representar a
los incapacitados
b) Capacidad de ejercicio: relativa, no la tienen los menores, ni
incapacitados mentales ó enfermos.
*Dos figuras importantes dentro de la capacidad
1.-Capacidad
a) Testamentaria
b) Legitima
c) Dativa
35
*TUTELA*TUTELA
“Es una institución supletoria de la patria potestad, opera en aquellos casos en los que
la patria potestad no existe, y excepcionalmente ocurre con ella en circunstancias
especiales a proveer de protección a los menores o incapacitados en los casos en los
que pudiera se que, quien tiene a su cargo la protección paterna, pudiera tener un
interés contrario aquel de los hijos que le estuvieren sometidos”
Jorge Mario Magallon Ibarra
1.-Tutela testamentaria: Instituye el testamento a favor de sus
hijos mayores o incapacitados.
2.- Tutela legítima: Recae en parientes consanguíneos (línea
colateral, línea directa ascendente y descendente).
3.- Tutela dativa: Recae en una persona que no es pariente del
representado
TUTELATUTELA
(tipos)(tipos)
36
2.-Ausencia de2.-Ausencia de
vicios en elvicios en el
consentimientoconsentimiento
ó voluntadó voluntad
1.-Error
Falsa apreciación de
la realidad.
2.- Dolo: Es una serie de maquinaciones para inducir a una persona al error. Es positivo
(implica acción)
3.- Mala fe: Disimulación, abstención en el sentido de dejar que la otra persona se mantenga
en el error en que se encuentra.
a) Error obstáculo: Aquél que impide y obstaculiza la integración del
consentimiento.
b) Error nulidad: Aquél que es contrario a la ley y por lo tanto impide
jurídicamente que el acto se realice. (NULIDAD ABSOLUTA)
c) Error indiferente: No es ni error obstáculo ni error nulidad. Es un
tipo de error que no tiene importancia, no incide
específicamente en la validez del acto jurídico. Basta con
corregirse.
4.- Violencia: Consiste en la
utilización de amenazas o fuerza
física para obligar a una persona a
conducirse en determinado sentido.
Puede ser activa o pasiva
5.-Lesión: Consiste en que uno explota la suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema
miseria de otro obteniendo un beneficio desproporcionado al de la otra parte contratante. Se
puede reclamar hasta un año después de que se comete el daño.
Activa: Amenaza de causar un daño si el
amenazado no se conduce de la manera como
el amenazante desea.
Pasiva: Por la simple presencia o relación de
dependencia entre una persona y otra. Ejemplo:
temor reverencial. No basta para viciar el
consentimiento.
37
4.- Formalidad
33.- Licitud.- Licitud
Doctrinalmente se dice que lo ilícito es lo contrario a la ley y a
las buenas costumbres. A contrario sensu, lo licito es lo que
esta conforme a la ley.
Es la manera en que un acto jurídico debe otorgarse para
que sea valido . No se debe confundir la formalidad con la
solemnidad (elemento de existencia). La formalidad esta
preescrita por la ley. Hay actos jurídicos que se perfeccionan
con la simple manifestación de voluntades (Esa es su
formalidad). Existen otros como los contratos reales que se
perfeccionan con la entrega del bien, y otros más, como los
contratos consensúales que se perfeccionan con la
expresión de la voluntad.
38
V.- ELEMENTOS NATURALES Y ACCIDENTALESV.- ELEMENTOS NATURALES Y ACCIDENTALES
DEL ACTO JURIDICODEL ACTO JURIDICO
1.- NATURALES1.- NATURALES::
Son aquellos que se encuentran implícitos, sin ser
estipulados por las partes. Por ejemplo en la
compraventa el elemento natural es la trasmisión de la
propiedad.
2.- ACCIDENTALES2.- ACCIDENTALES::
Aquellos elementos que las partes convienen en incluir
en el acto jurídico. Pueden aparecer o no.
ELEMENTOS
NATURALES Y
ACCIDENTALES
39
EFECTOS ACTO JURIDICOEFECTOS ACTO JURIDICO
1.- Da lugar a un estado (situación-estado)
2.- Crea, trasmite, modifica ó extingue derechos y
obligaciones.
¿EN QUIEN SE PRODUCEN¿EN QUIEN SE PRODUCEN
LOS EFECTOS?LOS EFECTOS?
A)A) UNILATERALUNILATERAL: En el autor.
Se llama autor a quien por si mismo obrando en su
propio interés o por medio de su representante realiza un
acto jurídico unilateral.
B BILATERAL O PLURILATERALBILATERAL O PLURILATERAL: En las partes.
Las partes son quienes celebran un acto jurídico
plurilateral por su propio derecho o resultan validamente
representados en el.
1.- Quien lo celebra por si mismo
2.- Quien fue representado validamente
3.- Y el llamado causahabiente. (El que resulta ser
beneficiario, que en ocasiones no es quien actúa por si
mismo) Existen terceros pero no son partes. ,Los
terceros son quienes no celebraron el contrato por si
mismos ni están validamente representados en el. Por
ejemplo. Representante.
VI.- EFECTOS DEL ACTO JURIDICOVI.- EFECTOS DEL ACTO JURIDICO
40
EFECTOSEFECTOS
DEL ACTODEL ACTO
JURIDICOJURIDICO
1.- Para las partes1.- Para las partes
Obligados a cumplir:
1.- Con las cláusulas contractuales. “La voluntad de las
partes es suprema ley en los contaros”
2.- Con las disposiciones legales.
3.- Con las consecuencias de uso
4.- Con las consecuencias de buena fe
5.- Con la cláusula “Ribuc Sic Estantibus” (Teoría de la
Imprevisión) Las partes permanecen obligadas siempre
que la situación se conserve en las mismas condiciones,
de no ser así están sujetas a la teoría de la imprevisión.
2.- Para terceros2.- Para terceros
1.- Estipulación a favor de tercero
Excepción al principio de que los actos solo afectan a
las partes.
2.- Promesa De Porte Fort
Consiste en obtener el consentimiento de un tercero para
la concertación del acto jurídico . Consiste en una
obligación de hacer asumida por una de las partes en el
contrato consistente en convencer a una persona ajena al
contrato a que presente su consentimiento o realice
determinada conducta.
41
VII.-TEORIAVII.-TEORIA
CLASICACLASICA
DE LASDE LAS
NULIDADESNULIDADES
1.- De inexistencia1.- De inexistencia.
Se da cuando falta alguno de los elementos de
existencia (solemnidad, voluntad u objeto)
Cualquiera puede hacerla valer. No se producen
efectos. No se requiere declaración judicial
forzosamente. No es confirmadle, ni prescriptible (un
acto inexistente no puede hacerse existente, solo si se
hace otro distinto) La ley no señala un plazo para
invocar la inexistencia.
2.- Nulidad Absoluta2.- Nulidad Absoluta
Se da cuando el acto jurídico es ilícito. Nulidad de
pleno derecho. Hay ilicitud en el objeto, fin o
condición. Produce efectos jurídicos provisionalmente
(antes de que se declare la nulidad) Es inconfirmable
(un acto ilícito no puede volverse licito) e
imprescriptible (se puede hacer valer en cualquier
momento). Cualquier interesado puede invocarla.
3.- Nulidad Relativa3.- Nulidad Relativa
o Anulabilidad.o Anulabilidad.
Se da cuando falta capacidad, formalidad o hay
vicios del consentimiento. Los efectos pueden ser o
no destruidos. Requieren declaración judicial. Es
prescriptible y confirmable. El afectado la invoca.
42
VIII.- TEORIAVIII.- TEORIA
MODERNAMODERNA
DE LAS NULIDADESDE LAS NULIDADES
1.- JEPROT1.- JEPROT
2.- PIEDELIEVRE2.- PIEDELIEVRE
3.-BONECASE3.-BONECASE
“No hay categorías, todo es nulidad”
Inexistencia= Nulidad. Todo es invalido. El juez
tiene la facultad de definir la responsabilidad de
acuerdo a los intereses en juego.
“Todos los actos nulos o inexistentes producen
efectos, se destruyan o no, y tiene
consecuencias jurídicas”
“Si hay categorías y es el que más se adecua a
la teoría clásica” La inexistencia produce
efectos de hechos. La nulidad absoluta
produce efectos en donde las cosas vuelven a
la realidad donde estaban, es la sanción más
grave a un acto jurídico. La nulidad absoluta
produce efectos en donde la causa vuelve a la
realidad.
43
IX.- MODALIDADES DEL ACTO JURIDICOIX.- MODALIDADES DEL ACTO JURIDICO
2 CLASES DE2 CLASES DE
ACTOSACTOS
JURIDICOSJURIDICOS
1.- PUROS Y SIMPLES:
Aquellos que para su perfeccionamiento se requiere únicamente cumplir con los
elementos naturales del propio acto.
2.- ACTOS SUJETOS A MODALIDAD:
a) Termino : Acontecimiento futuro de realización cierta de cuya llegada depende
el nacimiento o la extinción de la obligación. Puede ser suspensivo o
resolutorio. Termino suspensivo= Aquel que a su llegada nace la obligación.
Termino resolutorio= Da fin, extingue la obligación.
a) Condición= Acontecimiento futuro de realización incierta de cuya realización
depende el nacimiento o extinción de derechos y obligaciones. Puede ser
suspensiva o resolutoria. Condición suspensiva= Se realiza y nace la obligación.
Condición resolutoria= Se realiza y se extingue la obligación.
La condición puede ser: A) Potestativa.- depende de la voluntad de una de las
partes. B) Casual.- Depende del azar (algo fuera de la voluntad de la persona).
C) Mixta.- dependen de una y otra. D) Positiva..- Cuando se trata de una acción.
E) Negativa.- Se trata de una omisión. Las condiciones imposibles son nulas y
además las condiciones tienen que ser licitas.
a) Modo o carga= Se da mucho en actos gratuitos. Es una condición suspensiva
potestativa. A su realización nace el derecho de exigir la obligación.
44
“El termino es un acontecimiento futuro de realización cierta que suspende los efectos del
acto jurídico de un derecho o de una obligación o extingue dichos efectos. En el primer
caso se llama término suspensivo y, en el segundo termino extintivo.”
Rafael Rojina Villegas
“Se llama termino o plazo al momento futuro y de realización cierta en que el acto jurídico
debe comenzar a producir efectos (termino inicial) o debe secar de producirlo (termino
final)”
Ignacio Galindo Garfias
El termino o plazo es un acontecimiento futuro de cuya realización que es siempre cierta,
depende que tenga lugar plenamente o que se extingan los efectos de un negocio jurídico.
Termino suspensivo: cuando retarda, suspende por todo el tiempo que transcurra hasta la
llegada del acontecimiento en que la modalidad consiste, la plena producción de los efectos
del negocio.Termino extintivo: permite, mientras llega, que el negocio produzca plenamente
sus efectos, mismos que, naturalmente, se extinguirán, cesaran a al allegada de aquel.
Raúl Ortiz- Urquidi
45
X.-TEORIA ALEMANA DEL NEGOCIO JURIDICOX.-TEORIA ALEMANA DEL NEGOCIO JURIDICO
(TRIPARTITA)(TRIPARTITA)
Hecho jurídicoHecho jurídico
(lato sensu )(lato sensu )
1.- Hecho jurídico1.- Hecho jurídico
(estricto sensu)(estricto sensu)
2.- Actos jurídicos2.- Actos jurídicos
3.- Negocios jurídicos3.- Negocios jurídicos
Hechos naturales de la
Teoría Francesa
Hechos del hombre en la
teoría francesa. Actividad
humana que se coloca en el
supuesto jurídico contenido
en la norma.
Son los contratos de la teoría
francesa
46
XIXI
CAUSALIDADCAUSALIDAD
DEL ACTODEL ACTO
JURIDICOJURIDICO
1.-UNILATERAL1.-UNILATERAL
A) VOLUNTAD. La causa se da en la voluntad (esto
dicen los clásicos)
B) LEY (Leon Duguit). La causa esta en el
contenido de la norma.
C) AMBAS (Bonecase)
2.-2.-PLURILATERALPLURILATERAL
OO
BILATERALBILATERAL
3.-TEORIA3.-TEORIA
MODERNA DEMODERNA DE
LA CAUSALA CAUSA
Surge a propósito de la sanción de los actos jurídicos
ilícitos. La causa del acto jurídico es que sea un acto
ajustado a derecho, licito. Esta teoría es la que
acepta nuestro Código Civil. Principal autor de esta
teoría: Celize.
A) TEORIA DE LA CAUSA O TEORIA CAUSALISTA
CLASICA.
La causa del acto jurídico es la prestación del otro.
Osea aquí son dos causas que equivalen a las dos
prestaciones. En la compra-venta por ejemplo la
causa de la obligación del vendedor será siempre la
obligación del comprador. Entre los autores que
defienden esta teoría encontramos a: Jean Donat,
Demolombe, Pethier, Aubry et Rau, Huc y otros.
B) TEORIA ANTICAUSALISTA:
La causa de los actos jurídicos bilaterales se
confunde con el objeto
47
UNIDAD 3.- “DERECHO DE LAS PERSONASUNIDAD 3.- “DERECHO DE LAS PERSONAS””
I.- Concepto de personaI.- Concepto de persona
Persona es todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. Para la ciencia
del Derecho, la palabra significa simplemente sujeto de derechos y obligaciones. Se dice que
quien es capaz de tener derechos tiene personalidad o lo que es lo mismo, es persona. Pueden
considerarse como derechos de la personalidad, la suma de hechos que la ley reconoce mientras
que las obligaciones de la personalidad, se resumen en todas aquellas cargas y deberes que la ley
ordena sean a su encargo.
Podemos decir que la capacidad para tener derechos y deudas es la capacidad jurídica y aquel
que goza de ella recibe el nombre de persona. Puede suceder que de momento no se tenga los
derechos y las obligaciones. Sin embargo, eso no quiere decir que se deje de ser persona, pues
esos derechos y cargas son potenciales, es decir, se sigue siendo persona aunque de hecho no los
tengan.
El término persona deriva del latín personare, máscara, careta que usaban los actores en el
mundo antiguo para cubrir su cara y darle resonancia a su voz; tiempo después la palabra
significo al mismo actor enmascarado, es decir, el personaje que representaba. Posteriormente, el
vocablo pasó a denominar al hombre mismo, siendo éste el calificativo que en la actualidad se le
da.
Flores Gómez, Fernando. Introducción al Estudio del Derecho y Derecho Civil. . Porrúa, México, 2004.
Pág. 55
48
PersonasPersonas
El vocablo persona proviene del latín personare que
a su vez se deriva de prosopom y significa
subsistencia. En el teatro griego la mascara
representaba la personalidad.
BoecioBoecio
Persona= Rationalis naturae individua
substantia
Persona= Es una sustancia individual
de naturaleza racional.
*Persona desde el punto de vista biológico= ser humano
*Persona desde el punto de vista filosófico= individuo independiente
*Persona desde el punto de vista jurídico= Sujeto de derechos y
obligaciones
ConceptoConcepto
““PERSONAS”PERSONAS”
49
“La persona en filosofía se define no solamente por sus especiales características
ontológicas, sino también y principalmente por su transportación en el mundo de los
valores éticos, como ser sobre el cual pesa un deber, es una misión moral a cumplir por si
mismo, por su propia cuenta y con su propia responsabilidad”
Rècasens Siches
“La persona es el centro imprescindible alrededor del cual, se desenvuelve otros
conceptos jurídicos fundamentales, como la noción y la existencia misma del derecho
objetivo y del derecho subjetivo, la obligación, el deber jurídico y la concepción de toda
relación jurídica”
Ignacio Galindo Garfias
“Jurídicamente, persona significa, todo ser o ente sujeto de derechos y obligaciones; con
ello se alude tanto a los humanos como a las personas morales, precisamente los
primeros como seres y las segundas como entes. Ambos son sujetos de derechos y
obligaciones”
Jorge Alfredo Domínguez Martinez
50
II.- CAPACIDADII.- CAPACIDAD
En el Derecho actual todos los hombres, sin excepción, son personas, es decir
capaces, y por lo mismo susceptibles de contraer derechos y obligaciones. Por
lo anterior podemos decir que la capacidad es la facultad que tienen los
individuos para ser titulares de derechos y obligaciones. La capacidad de las
personas físicas ha evolucionado con el transcurso del tiempo, desde la
esclavitud, hasta la muerte civil, o las restricciones al ejercicio de los derechos
civiles o políticos
“La igualdad de derechos entre las personas jurídicas tiene como
consecuencia que, por el simple hecho de existir, toda persona tiene
derechos y asume obligaciones. La capacidad es la regla. Se necesita una
disposición legal para privar a una persona de ciertos derechos y de la
participación de la vida jurídica. La incapacidad es la excepción”. 1
1
. Ripert, Georges y Boulanger, Jean. Tratado de Derecho Civil según el Tratado de Planiol,
Pág.. 320
51
La interdicción tiene un procedimiento que esta previsto en el Código de
Procedimientos Civiles, este proceso permite que la autoridad
jurisdiccional tenga muy claro que la persona efectivamente se
encuentra incapacitada.
Si el incapacitado se cura existe la posibilidad de levantar la interdicción
por medio de un juicio contradictorio, osea probando de la misma
manera su capacidad, su estado mental.
“Así como los menores de edad sujetos a la patria potestad son reprensados por quien
ejerce esta, los mayores de edad sujetos por interdicción necesitan para ejercer sus
derechos de un tutor que preste su voluntad para que a través de ella actuara la persona
sujeta a interacción”
Ignacio Galindo Garfias
*ESTADO DE INTERDICCIÓN*ESTADO DE INTERDICCIÓN
52
*Procedimiento*Procedimiento
InterdictalInterdictal
1.- Las diligencias1.- Las diligencias
preeliminarespreeliminares
Se verifica que efectivamente el sujeto se
encuentra incapacitado. Se inicia mediante
denuncia que puede ser presentada por el
cónyuge, descendientes, ascendientes, por los
presuntos herederos, acreedores alimentarios o
por el Ministerio Publico. Esta denuncia tiene que ir
acompañada de elementos que acrediten la
incapacidad. El juez dicta en primer lugar las
medidas protectoras de aseguramiento de vienes y
de la persona incapacitada, también hace una
declaración provisional de tutor y curador del
presunto incapacitado. Se lleva a cabo una
audiencia previa de reconocimiento medico en
presencia del Ministerio Publico y realizada por
médicos especializados.
2.- Diligencias2.- Diligencias
secundariassecundarias
Nueva audiencia de reconocimiento medico con
médicos distintos a los de la primera fase para
confirmar el estado del presunto incapacitado. Si se
confirma se hace la declaración definitiva de tutor
y curador.
3.- Juicio ordinario3.- Juicio ordinario
dede
interdiccióninterdicción
Sucede cuando todavía quedan dudas de la
incapacidad del sujeto. Continúan las medidas
protectoras y se hace un tercer reconocimiento
medico, pero ahora como prueba pericial. Se da
una declaración confirmatoria de interdicción, y
nueva declaración de tutor y curador.
53
1.- Fenomenológia
a) Surge con el nacimiento.
b) Se pierde con la muerte.
2.- Características
a) Abstracta
b) Única
c) Indivisible
3.- Clases
a) Física
b) Moral
III.- PERSONALIDADIII.- PERSONALIDAD
4.- Atributos
a) Nombre
b) Domicilio
c) Estado Civil
d) Patrimonio
e) Capacidad
f) Nacionalidad
54
ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDADATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD
1.- Nombre1.- Nombre
Es un atributo de la personalidad que se
confiere a los individuos mediante la aplicación
de vocablos que los identifiquen dentro del
medio social, familiar y jurídico en el que se
desenvuelven.
2.- Elementos
a) Nombre propio o de pila
b) Pseudónimo (Nombre que se utiliza para
determinadas actividades, se da mucho
entre artistas, pintores, escritores, etc.)
c) Sobrenombre (apodo)
d) Apellidos
e) Patronímico (marca el origen de los
apellidos, por ejemplo Los González, Los
Martines)
f) Gentilicio (región de donde provienen los
apellidos, por ejemplo “Los Pérez de
Sinaloa”
g) El titulo profesional (Lic. Castro, Dr. Arellano)
1.- Definición
3.- Características
a) Absoluto
b) Personalísimo
c) Exclusivo
d) Extrapatrimonial
e) Intransmisible
f) Inmutable (salvo casos previstos art. 134-
138 del Código Civil)
55
Fenomenologia delFenomenologia del
nombrenombre
El nombre propio o de pila se adquiere por
la voluntad o el arbitrio de los padres.
Los apellidos simplemente se trasladan.
¿Cómo se pierde el nombre?
a) Por la muerte
b) Por reconocimiento (un padre reconoce
a su hijo y sus apellidos cambian)
c) Por sentencia
d) Por adopción (adquiere los apellidos del
adoptante)
ConceptosConceptos
Similares al nombreSimilares al nombre
a) Razón social o denominación
b) Nombre comercial
c) Marca
d) Sello
e) Siglas
f) Firma
“Por medio del nombre o sustantivo propio, la distinción se particulariza en manera que el uso de
este vocablo, individualiza a la persona de que se trata. Toda relación jurídica impone deberes y
atribuye derechos a los sujetos de dicha relación de aquí que sea necesario, en cada relación
jurídica, precisar concretamente que persona o personas son sujetos de esa relación.”
Ignacio Galindo Garfias
56
2.- Domicilio2.- Domicilio
El domicilio se define como el lugar donde radica
habitualmente una persona con el animo de
establecerse de forma permanente, el lugar
donde se tiene el principal asientos de sus
negocio y a falta de ambos, el lugar en donde se
encuentra. Art. 29 del Código Civil.
1.- Definición:1.- Definición:
2.- Conceptos2.- Conceptos
similaressimilares
a) Residencia
b) Habitación
c) Casa/Hogar
d) Barrio
e) Colonia
f) Población
g) Código Postal
3.- Clases3.- Clases
a) Real
b) Legal
En el que efectivamente
vivo.
El que se señala para los
efectos legales. Efectos de
oír y recibir notificaciones.
57
Clases deClases de
DomicilioDomicilio
1.-Real.-
En el que efectivamente vivo.
2.- Legal.-
El que se señala para los
efectos legales. Efectos de oír
y recibir notificaciones. (puede
coincidir con el domicilio real)
a) Fiscal.- impuestos
b) Domicilio del menor (de quien
ejerce la patria potestad)
c) Domicilio del interdictado (el de
su tutor)
d) Domicilio conyugal (el del
matrimonio)
e) Domicilio militares.- Aquel
donde se encuentran
desarrollando actividades de
campaña.
f) Domicilio del servidor publico.-
Lugar donde desarrolla sus
actividades como servidor
publico.
g) Domicilio de los reclusos.-
Lugar donde se encuentran
recluidos.
3.- Voluntario.- Domicilio
4.- Convencional .- El que se señala para la realización de
determinados actos
5.- De origen
5.- Domicilio de las personas morales.- En donde son constituidas
58
Efectos delEfectos del
domiciliodomicilio
1.- Ahí se cumplen las obligaciones.
2.- Ahí se oyen las notificaciones oficiales de autoridades
administrativas y procesales.
3.- Fija la competencia territorial en los procesos
judiciales.
4.- Se realizan los actos del Registro Civil.
5.- Ahí se ubica el patrimonio de las personas.
“El domicilio como atributo de la personalidad en general, es la sede jurídica del
sujeto, es el lugar en el que el sistema legal lo tiene situado a efecto de vincularlo ahí
en sus relaciones jurídicas con los demás sujetos y con las autoridades
administrativas y judiciales competentes, territorialmente en esa circunscripción”
Jorge Alfredo Domínguez Martínez
59
3.- ESTADO CIVIL3.- ESTADO CIVIL: Atributo de la personalidad consistente en el conjunto de situaciones
jurídicas en que se ubica a las persas dentro de su ámbito social y familiar como consecuencia de
las diversas manifestaciones vitales que les ocurre ordinariamente. En roma existían tres estados
civiles.
ROMAROMA
3 estados civiles3 estados civiles
1.- Status civitatis.- En relación con el estado
2.- Status familiae.- En relación con la familia
3.- Status familiae.- En relación con la persona
Efectos delEfectos del
estado civilestado civil
1.- Nacimiento y muerte
2.- Capacidad y
restricciones
3.- Minoría y mayoría
4.- Parentesco y filiación
5.- Domicilio y ausencia
6.- Nacionalidad
7.- Matrimonio y soltería
CaracterísticasCaracterísticas
deldel
estado civilestado civil
1.- Personalísimo
2.- Absoluto
3.- Indivisible
4.- Variable
5.- Extramatrimonial
6.- Intransmisible
7.- Es un derecho
subjetivo
8.- Intransmisible
9.- Irrenunciable
10.- Imprescriptible
11.- Es de interés
público
12.- Es acreditable
60
Efectos delEfectos del
estado civilestado civil
1.- Nacimiento y muerte1.- Nacimiento y muerte
2.- Mayoría y minoría de edad2.- Mayoría y minoría de edad
3.- Parentesco3.- Parentesco
Es la relación que se da entre 2 ó
más personas
a) Consanguíneoa) Consanguíneo
b) Por afinidadb) Por afinidad
1.- Directo.
Ascendente o descendente.
2.- Colateral.- No descienden unos
de otros pero descienden del mismo
tronco.
Por motivo del matrimonio.
No tiene efectos jurídicos en
materia civil.
4.- Filiación4.- Filiación
Relación que se da entre dos personas en la cual una es padre o madre de la otra.
(Relación entre padres e hijos). Puede ser paternidad ó maternidad.
61
Registro CivilRegistro Civil.- Institución pública que se ocupa de hacer constar al Estado el estado civil personal
mediante la intervención de funcionarios administrativos, dotados de fe publica para esos actos
denominados tradicionalmente jueces.
AntecedentesAntecedentes
*Se originan en los Registros parroquiales que fueron
secularizados en la época de Juárez (1870).
*Código Civil (1884).
*Ley de Relaciones familiares. (1917)
*Código Civil de 1928
*Reglamento de 1941 reformado.
Actas de nacimiento
Adopciones
Matrimonio
Divorcio
Defunción
Interdicción
Ausencia
Presunción de muerte
Constancias de tutela
Emancipación
De inscripción de
resoluciones judiciales
LibrosLibros
de actasde actas
Son de orden publico
(obligatorias)
Se otorgan por duplicado
Se relacionan entre si
Hacen prueba plena del
hecho fundamental
Son rectificables (en casos
previstos por la ley)
CaracterísticasCaracterísticas
de lasde las
constanciasconstancias
62
4.- PATRIMONIO4.- PATRIMONIO.- Atributo de la personalidad, es un conjunto de bienes, derechos,
obligaciones y cargas valorables pecuniariamente que constituye una universalidad jurídica y
que pertenece únicamente a un individuo. El patrimonio está formado por dos partes: activo (lo
que tienes) y pasivo (lo que debes)
Teorías del patrimonioTeorías del patrimonio
Clásica
Moderna
El patrimonio tiene 3 características: es
personal, es único y es indivisible. El
patrimonio es una unidad.
El patrimonio es un conjunto de
bienes y derechos inseparables
ligados por su afectación a un fin
económico.
Utilidad delUtilidad del
patrimoniopatrimonio
1.- Constituye la garantía del acreedor quirografario
2.- Opera como transmisión universal
3.- Constituye una garantía para el resarcimiento de
daños y perjuicios
4.- También es garantía en caso de enriquecimiento sin
causa.
63
a) Realesa) Reales
b) Personalesb) Personales
Es el poder jurídico que ejerce una
persona o individuo para el
aprovechamiento, uso o disfrute de un
bien, de forma absoluta.
Relación jurídica por la que una persona
se obliga con otra a realizar determinada
conducta consistente en una prestación de
dar, de hacer o de no hacer.
DerechosDerechos
patrimonialespatrimoniales
“Patrimonio se define como el conjunto de bienes y obligaciones apreciables en
dinero; son bienes adquiridos por cualquier medio legal. El patrimonio exacto que
pueda tener una persona sea esta física o moral es el que resulta de la diferencia
entre el activo y el pasivo”
Jorge Eugenio Colin Olvera
64
Registro Civil.- Institución pública que se ocupa de hacer constar al Estado el estado civil personal
mediante la intervención de funcionarios administrativos, dotados de fe publica para esos actos
denominados tradicionalmente jueces.
AntecedentesAntecedentes
*Se originan en los Registros parroquiales que fueron
secularizados en la época de Juárez (1870).
*Código Civil (1884).
*Ley de Relaciones familiares. (1917)
*Código Civil de 1928
*Reglamento de 1941 reformado.
Actas de nacimiento
Adopciones
Matrimonio
Divorcio
Defunción
Interdicción
Ausencia
Presunción de muerte
Constancias de tutela
Emancipación
De inscripción de resoluciones
judiciales
LibrosLibros
de actasde actas
Son de orden publico
(obligatorias)
Se otorgan por duplicado
Se relacionan entre si
Hacen prueba plena del
hecho fundamental
Son rectificables (en casos
previstos por la ley)
CaracterísticasCaracterísticas
de lasde las
constanciasconstancias
65
DERECHOS DE LA PERSONALIDADDERECHOS DE LA PERSONALIDAD.-Son facultades que la ley reconoce a las personas
físicas, para el aprovechamiento de valores derivados de su propia esencia como seres
humanos y de cualidades particulares desarrolladas en su individualidad, y en general de
proyecciones materiales y espirituales que surgen y se deben respetar en el medio en el que
dichas personas se desarrollan.
Derechos de laDerechos de la
personalidadpersonalidad
Honor, secreto, nombre,
imagen, titulo profesional.
Intimidad personal ó domestica,
tradiciones, creencias, sepulcros
Comunicación, amistad, noviazgo
Derecho a la libertad, a la vida,
integridad física, a los cadáveres
Derecho al silencio y al medio
ambiente.
1.- Sociales1.- Sociales
2.- Anímicos2.- Anímicos
FamiliaresFamiliares
AfectuososAfectuosos
3.- Somáticos3.- Somáticos
4.- Ambientales4.- Ambientales
66
AUSENCIAAUSENCIA: Situación jurídica que observa una persona que por haberse separado de su domicilio sin
dejar representante o noticia de su nueva estancia, crea una incertidumbre sobre su existencia. Conceptos
similares a la ausencia: No presente, desaparecido.
ProcedimientoProcedimiento
de la declaración dede la declaración de
ausenciaausencia
11.- Diligencias preparatorias. (Art. 648-668).- Diligencias preparatorias. (Art. 648-668)
Denuncia de ausente
Medidas provisionales de protección del beneficiario y bienes del presunto
ausente. Se publican convocatorias en periódicos dando un plazo de 6
meses. Se designan tutores a los acreedores alimentarios en caso de
menores dependientes. Se publican nuevas convocatorias cada año
(durante dos años) Si no aparece se pasa a la siguiente fase.
2,. Incidente de declaración de ausente (Art. 669-678)2,. Incidente de declaración de ausente (Art. 669-678)
Se inicia por los interesados. Se hacen publicaciones 6 veces cada quince
días. A los 4 meses se da la ultima publicación. Se hace la Declaración
judicial de ausencia que también se publica)
3.- Incidente de presunción de ausencia (Art. 705-714)3.- Incidente de presunción de ausencia (Art. 705-714)
Solicitud de los interesados para que se haga la declaración de presunción
de muerte a los 6 años de iniciado el procedimiento.
Efectos de la ausenciaEfectos de la ausencia:
1.- Se pone fin a la sociedad conyugal.
2.- Se inicia el procedimiento sucesorio con todas sus consecuencias.
67
MUERTEMUERTE:
Es el fin natural del proceso evolutivo de la materia viva, pone fin a la personalidad en
cuanto a sus funciones vitales y a la persona misma en sus relaciones personalísimas. En
otros tiempos existía la muerte civil.
Formas similaresFormas similares
a la muertea la muerte
Capitis deminutio (Derecho Romano)
Muerte civil (Edad media)
Interdicción (actualidad)
Inhabitación (restricciones, por ejemplo: presos)
Efectos deEfectos de
la muertela muerte
1.- Cesa la personalidad física
2.- Extingue los derechos y obligaciones que
dependen de la vida
3.- Origina la apertura de la sucesión hereditaria
68
¿Cuáles son los¿Cuáles son los
fenómenos quefenómenos que
acreditan la muerte?acreditan la muerte?
1.- Fenómenos1.- Fenómenos
inmediatosinmediatos
2.- Fenómenos2.- Fenómenos
consecutivosconsecutivos
3.- Fenómenos3.- Fenómenos
transformativostransformativos
Perdida del conocimiento
Inmovilidad del tono muscular
Cesación de la respiración y
circulación
Putrefacción
Maceración
Cosificación
Momificación
Saponificación
Evaporación tergumentaria y
aperguramiento
Inflación corporal
Lividez cadavérica
Hipóstasis visceral
Desparece la irritabilidad
Rigidez total
69
El concepto de persona moralEl concepto de persona moral
Las personas físicas no son las únicas que existen como sujetos de
derecho. Hay además, personas morales, llamadas también civiles,
colectivas, incorporales, ficticias, sociales y abstractas.
La persona moral puede definirse según RUGGIERO como toda unidad
orgánica resultante de una colectividad organizada o de un conjunto de
bienes, a la que para el logro de un fin social, durable y permanente, se
reconoce por el Estado capacidad de derecho patrimonial.
El fundamento de las personas morales se encuentra en la necesidad de
su creación para el cumplimiento de fines que el hombre, por si solo,
con su actividad puramente individual, no podría realizar de manera
satisfactoria, y en la inclinación natural que siente de agruparse con sus
semejantes. 1
1
De Piña, Rafael. Elementos de Derecho Civil Mexicano, Porrúa, México, 1993. Pág.
248
IV.- LAS PERSONAS MORALESIV.- LAS PERSONAS MORALES
70
Atributos de lasAtributos de las
personas moralespersonas morales
1.- Capacidad. Art. 26 CC. Las personas morales
pueden ejercitar todos los derechos que sean
necesarios para realizar el objeto de su institución.
2.- Razón social o denominación. Art. 2693 CC.
3.- Domicilio. Art. 33 CC. Las personas morales
tienen su domicilio en el lugar donde se halle
establecida su administración,..
4.- Patrimonio. Su patrimonio será el conjunto de
bienes, cargas, derechos y obligaciones susceptibles
de apreciarse económicamente que han sido
aportados por los socios que la han constituido.
5.- Nacionalidad. Pueden ser nacionales o
extranjeras
Características deCaracterísticas de
las personaslas personas
moralesmorales
Son publicas o privadas. Publicas (el socio es el
Estado), Privadas (particulares).
Todas las personas morales deben ser licitas
(conforme a la ley).
Pueden ser nacionales o extranjeras.
Civiles o Mercantiles (realizan actos de comercio).
Su funcionamiento debe ser de acuerdo a su objeto
social preestablecido y registrado.
71
TEORIAS DE LA PERSONALIDAD COLECTIVATEORIAS DE LA PERSONALIDAD COLECTIVA
Las teorías de la personalidad colectiva son: realistas, negativas y formalistas.
1.- Teorías1.- Teorías
RealistasRealistas
Las sociedades y las personas
morales son verdaderos organismos
vivos equiparables al organismo humano
a) Organicistasa) Organicistas
Teoría del poder de la voluntadTeoría del poder de la voluntad (Salieres y
Jellinek) Por el poder de la voluntad de las
personas físicas se crean las personas
morales.
Teoría de la voluntad colectivaTeoría de la voluntad colectiva (Von
Gierke) Aparte de la voluntad individual
existe la voluntad colectiva de un
organismo social no biológico.
Teoría del InterésTeoría del Interés (Micherd, Ihering) El
derecho es un interés jurídicamente
protegido, este interés es la persona
humana que pone en relieve el interés
colectivo separándolo del particular.
b) Teoríasb) Teorías
voluntaristasvoluntaristas
72
2.- Teorías2.- Teorías
negativasnegativas
1.-Teoría de la ficción1.-Teoría de la ficción
(Savigny y Laurent(Savigny y Laurent)
2.- Teoría del patrimonio-2.- Teoría del patrimonio-
afectación (Windscheld)afectación (Windscheld)
3.-Teoría del efecto3.-Teoría del efecto
contractualcontractual
(Vareilles)(Vareilles)
4.- Teoría de la4.- Teoría de la
inutilidad oinutilidad o
solidaridad socialsolidaridad social
Sólo las personas físicas tienen voluntad,
las personas morales son una ficción, una
creación del derecho que finge la existencia
de una persona.
En la persona moral existen bienes afectos
a un fin. Hay dos clases de patrimonios, los
de las personas y los de destino o
impersonales, los patrimonios de destino
son las personas morales que tienen
bienes afectos a un fin determinado.
La persona moral es una propiedad
colectiva con administrador único. No es
posible que la personalidad descanse en
un patrimonio ya que los bienes como tal,
no son sujetos de derechos y
obligaciones.
La persona moral es el efecto de un
contrato o declaración unilateral de
voluntad que destaca o individualiza un
patrimonio.
73
3.-Teorías3.-Teorías
formalistasformalistas
La persona moral es una pura creación
del derecho. La persona física como la
moral son una mera construcción del
derecho, un centro de imputación
normativa para atribuirles un conjunto
de derechos y obligaciones.
1.- Kelsen
La persona moral es un procedimiento
técnico2.- Ferrara
“En el derecho moderno, las sociedades, asociaciones y fundaciones gozan de
personalidad. Aunque no son personas son conjuntos organizados de seres
humanos o de bienes destinados a un fin licito y en razón de dicha finalidad, el
derecho objetivo les ha atribuido personalidad mediante una construcción
estrictamente jurídica o mejor”
Ignacio Galindo Garfias
74
Teorías de la personalidad colectivaTeorías de la personalidad colectiva
Teoría del patrimonio de afectación: esta teoría afirma que existen dos tipos
de patrimonios: los que denomina patrimonios de personas y los que designa
patrimonios d destino, o de afectación. Estos últimos son las personas morales
cuya esencia esta constituida por un conjunto de bienes afectos a una
finalidad.
Teoría realista: parte del principio de que no son es hombre es persona, pues
las asociaciones, sociedades y fundaciones, reúnen los requisitos necesarios
para intervenir en la vida jurídica, no como u n creación fingida de la ley sino
porque tiene u n existencia real por su propia naturaleza.
Teoría de la ficción: la teoría que considera a la persona moral como una
ficción. Sus autores afirman que solo son personas los seres dotados de
voluntad; la persona moral es solo una creación de derecho, que finge la
existencia de un persona donde no existe, a fin de hacerla capaz de tener un
patrimonio y ser sujeto de derechos y obligaciones.1
1
GALINDO Garfias, Ignacio, Derecho Civil, Edit. Porrúa, ed. 13°, México 1994, pág. 790
75
Adquisición deAdquisición de
la personala persona
colectivacolectiva
1.- Personas colectivas de1.- Personas colectivas de
derecho públicoderecho público
La Nación adquiere personalidad cuando
se constituyen como Estado soberano,
independiente y políticamente
organizado. El D.F., adquiere su
personalidad a través de un decreto, las
fundaciones públicas adquieren
personalidad de acuerdo a las leyes de
asistencia pública.
2.- Personas2.- Personas
colectivas decolectivas de
derecho privadoderecho privado
(Sociedades,(Sociedades,
asociacionesasociaciones
privadasprivadas)
Las sociedades y asociaciones civiles
tienen personalidad a partir de la fecha
de su constitución ante la Secretaría de
Hacienda junto con su inscripción en el
Registro Público de la Propiedad. Así
mismo, todas se extinguen al término
de su duración establecida en su
escritura constitutiva o al concluir su
liquidación conforma a la ley
3.- Personas3.- Personas
colectivas decolectivas de
derecho socialderecho social
Sindicatos que se rigen por las
disposiciones de la Ley Federal de
Trabajo (dividida en dos rubros
relación obrero-patrón colectiva y
obrero patrón individual)
76
Extinción de lasExtinción de las
personas moralespersonas morales
Al concluir su duración y liquidación
Las partes acuerdan su liquidación
Liquidación obligatoria por el Estado
Por quiebra—liquidación administrativa
ordenada por el juez
“La personalidad es esa aptitud para ser sujeto de situaciones y relaciones jurídicas,
sin embargo, ello no comprende la sustancia misma de la personalidad; se compone
por sus atributos, que son un conjunto de caracteres a ella inherentes y cuya razón de
ser es precisamente alcanzar con ellos realidad funcionalidad y eficacia jurídica en
la personalidad de los sujetos. Estos atributos son la capacidad, el estado civil, el
patrimonio, el nombre, el domicilio y la nacionalidad; la participación de todos ellos
en la personalidad de un ser humano es constante e invariable y precisamente su
conjunto da la plenitud que se observa en dicha personalidad.”
Jorge Alfredo Domínguez Martínez
77
V.- CONCLUSIÓN
El derecho civil regularmente se define como una rama del Derecho Privado que tiene
por objeto regular 3 materias fundamentales: personas, familia y patrimonio, sin
embargo, podemos decir que el Derecho civil más allá de ser una simple rama del
Derecho Privado, es la base de todo el derecho. Es el Derecho común, y de ahí la
importancia indiscutible que este tiene.
Por su parte, la persona; al ser centro de imputación de Derechos y obligaciones, es un
elemento fundamental del cual depende la existencia misma del derecho objetivo y del
derecho subjetivo.
Sin embargo, en este curso, pudimos darnos cuenta de que no solo existen personas
físicas sino también personas colectivas ó morales, y que, además, existen diversas
teorías que intentan explicarnos la naturaleza de estas personas.
El acto jurídico y el hecho jurídico, por su parte, son dos conceptos fundamentales del
Derecho Civil, y de los cuales nacen 2 teorías (la teoría francesa ó bipartita, y la teoría
alemana ó tripartita) que intentan explicarnos la naturaleza de estos conceptos.
En conclusión, el Derecho Civil, es de una importancia inigualable. Quien no sabe
derecho civil, no sabe derecho, y ningún abogado que se jacte de serlo puede dejar de
estudiarlo.
78
VI.- BIBLIOGRAFIA
DE PINA Vara, Rafael, Elementos de Derecho Civil Mexicano, Edit. Porrúa, ed. 19°,
México 1995,
DOMÍNGUEZ Martínez, Jorge Alfredo, Derecho Civil, Edit. Porrúa, ed. 10°, México 2006,
FLORES Gomez, Fernando, Introducción al Estudio del Derecho y Derecho Civil, Edit.
Porrúa, ed. 1¨, México, 2004.
GALINDO Garfias, Ignacio, Derecho Civil, Edit. Porrúa, ed. 13°, México 1994
GARCIA Colin Olvera, Jorge Eugenio, Principios Generales Del Derecho Mexicano
Vigente, Edit. In Tlapalli, ed. 1°, México 2006, pág. 157
ORTIZ Urquidi, Raúl, Derecho Civil, Edit. Porrúa, ed. 3°, México 1986
ROJINA Villegas, Rafael, Derecho Civil Mexicano, Edit. Porrúa, 8° edición, México 1997
ROJINA Villegas, Rafael, Compendio de Derecho Civil, Edit. Antigua Librería Robredo,
2° edición, México 1964

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)
Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)
Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)Ramses Cesar
 
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion   Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion Nellys Mercedes Sanabria
 
Teoria de las obligaciones mapa conceptual
Teoria de las obligaciones mapa conceptualTeoria de las obligaciones mapa conceptual
Teoria de las obligaciones mapa conceptualAndreymar Marin
 
Trabajo de procesal civil terminado proceso de ejecucion
Trabajo de procesal civil terminado proceso de ejecucionTrabajo de procesal civil terminado proceso de ejecucion
Trabajo de procesal civil terminado proceso de ejecucionStalin Talo Spon
 
Sistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneosSistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneosDavid Bravata Perez
 
Derecho internacional publico sujetos del derecho internacional publico
Derecho internacional publico   sujetos del derecho internacional publicoDerecho internacional publico   sujetos del derecho internacional publico
Derecho internacional publico sujetos del derecho internacional publicoJesus Fernandez
 
Derecho Material y Formal. Lucía Colmenares
Derecho Material y Formal. Lucía ColmenaresDerecho Material y Formal. Lucía Colmenares
Derecho Material y Formal. Lucía ColmenaresLucaColmenares
 
Garantías mobiliarias
Garantías mobiliariasGarantías mobiliarias
Garantías mobiliariasMelanie Mamani
 
02. presentación hechos jurídicos
02. presentación hechos jurídicos02. presentación hechos jurídicos
02. presentación hechos jurídicosHeidy Thalia
 
Mapa conceptual obligaciones (autoguardado)
Mapa conceptual obligaciones (autoguardado)Mapa conceptual obligaciones (autoguardado)
Mapa conceptual obligaciones (autoguardado)CARMEN JULIA ASUAJE
 
El concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho RomanoEl concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho RomanoCARLOS ANGELES
 

La actualidad más candente (20)

Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)
Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)
Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)
 
El Negocio JuríDico
El Negocio JuríDicoEl Negocio JuríDico
El Negocio JuríDico
 
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion   Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
 
Teoria de las obligaciones mapa conceptual
Teoria de las obligaciones mapa conceptualTeoria de las obligaciones mapa conceptual
Teoria de las obligaciones mapa conceptual
 
Trabajo de procesal civil terminado proceso de ejecucion
Trabajo de procesal civil terminado proceso de ejecucionTrabajo de procesal civil terminado proceso de ejecucion
Trabajo de procesal civil terminado proceso de ejecucion
 
Sistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneosSistemas juridicos contemporaneos
Sistemas juridicos contemporaneos
 
Derecho internacional publico sujetos del derecho internacional publico
Derecho internacional publico   sujetos del derecho internacional publicoDerecho internacional publico   sujetos del derecho internacional publico
Derecho internacional publico sujetos del derecho internacional publico
 
HIPOTECA
HIPOTECAHIPOTECA
HIPOTECA
 
Derecho Material y Formal. Lucía Colmenares
Derecho Material y Formal. Lucía ColmenaresDerecho Material y Formal. Lucía Colmenares
Derecho Material y Formal. Lucía Colmenares
 
La jurisdicción
La jurisdicciónLa jurisdicción
La jurisdicción
 
Noción y ubicación del derecho civil
Noción y ubicación del derecho civilNoción y ubicación del derecho civil
Noción y ubicación del derecho civil
 
Garantías mobiliarias
Garantías mobiliariasGarantías mobiliarias
Garantías mobiliarias
 
02. presentación hechos jurídicos
02. presentación hechos jurídicos02. presentación hechos jurídicos
02. presentación hechos jurídicos
 
Mapa conceptual obligaciones (autoguardado)
Mapa conceptual obligaciones (autoguardado)Mapa conceptual obligaciones (autoguardado)
Mapa conceptual obligaciones (autoguardado)
 
Cumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligacionesCumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligaciones
 
Derecho Civil y Código Civil
Derecho Civil y Código CivilDerecho Civil y Código Civil
Derecho Civil y Código Civil
 
Introducción al Derecho
Introducción al DerechoIntroducción al Derecho
Introducción al Derecho
 
DIAPOSITIVAS DERECHO ROMANO
DIAPOSITIVAS DERECHO ROMANODIAPOSITIVAS DERECHO ROMANO
DIAPOSITIVAS DERECHO ROMANO
 
El concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho RomanoEl concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho Romano
 
Ineficacia del acto juridico
Ineficacia del acto juridicoIneficacia del acto juridico
Ineficacia del acto juridico
 

Similar a Iusmx acto juridico_y_personas

Introducción al estudio del derecho civil
Introducción al estudio del derecho civilIntroducción al estudio del derecho civil
Introducción al estudio del derecho civilSharaid Cervantes
 
Revista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho Civil Revista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho Civil joselynpg01
 
Proyecto:evolucion del derecho civil
Proyecto:evolucion del derecho civilProyecto:evolucion del derecho civil
Proyecto:evolucion del derecho civilMajochumpitaz
 
Proyecto : evolucion del derecho civil
Proyecto : evolucion del derecho civilProyecto : evolucion del derecho civil
Proyecto : evolucion del derecho civilMajochumpitaz
 
Historia y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romanoHistoria y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romanoLorna Molina Corella
 
Historia y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romanoHistoria y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romanoYenniYusmaryMedinaAr
 
Manual Derecho romano Alfred dipietro
Manual Derecho romano  Alfred dipietroManual Derecho romano  Alfred dipietro
Manual Derecho romano Alfred dipietroAlejo Stankievich
 
DERECHO ROMANO.ppt
DERECHO ROMANO.pptDERECHO ROMANO.ppt
DERECHO ROMANO.pptJoelAdrinRos
 
Apunte derecho-romano-argueello
Apunte derecho-romano-argueelloApunte derecho-romano-argueello
Apunte derecho-romano-argueelloleo aguilar
 
Principales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho CivilPrincipales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho Civilmoises falcon
 
Principales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho CivilPrincipales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho Civilmoisesfalcon
 
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ Davianna Mendez
 
Derecho publico y privado de elvia
Derecho publico y privado de elviaDerecho publico y privado de elvia
Derecho publico y privado de elviaGerardoElSoneroMayor
 
DERECHO ROMANO DESDE SUS INICIOS.....ppt
DERECHO ROMANO DESDE SUS INICIOS.....pptDERECHO ROMANO DESDE SUS INICIOS.....ppt
DERECHO ROMANO DESDE SUS INICIOS.....pptMARDENDELACRUZGALLEG
 

Similar a Iusmx acto juridico_y_personas (20)

8. trabajo 5
8. trabajo 58. trabajo 5
8. trabajo 5
 
Revista digital
Revista digitalRevista digital
Revista digital
 
Introducción al estudio del derecho civil
Introducción al estudio del derecho civilIntroducción al estudio del derecho civil
Introducción al estudio del derecho civil
 
Revista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho Civil Revista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho Civil
 
Proyecto:evolucion del derecho civil
Proyecto:evolucion del derecho civilProyecto:evolucion del derecho civil
Proyecto:evolucion del derecho civil
 
Proyecto : evolucion del derecho civil
Proyecto : evolucion del derecho civilProyecto : evolucion del derecho civil
Proyecto : evolucion del derecho civil
 
Derecho romano veralu2014
Derecho romano veralu2014Derecho romano veralu2014
Derecho romano veralu2014
 
Derecho romano veralu
Derecho romano veraluDerecho romano veralu
Derecho romano veralu
 
Historia y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romanoHistoria y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romano
 
Historia y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romanoHistoria y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romano
 
Manual Derecho romano Alfred dipietro
Manual Derecho romano  Alfred dipietroManual Derecho romano  Alfred dipietro
Manual Derecho romano Alfred dipietro
 
DERECHO ROMANO.ppt
DERECHO ROMANO.pptDERECHO ROMANO.ppt
DERECHO ROMANO.ppt
 
Apunte derecho-romano-argueello
Apunte derecho-romano-argueelloApunte derecho-romano-argueello
Apunte derecho-romano-argueello
 
Principales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho CivilPrincipales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho Civil
 
Principales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho CivilPrincipales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho Civil
 
26
2626
26
 
Derecho de personas
Derecho de personasDerecho de personas
Derecho de personas
 
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ
 
Derecho publico y privado de elvia
Derecho publico y privado de elviaDerecho publico y privado de elvia
Derecho publico y privado de elvia
 
DERECHO ROMANO DESDE SUS INICIOS.....ppt
DERECHO ROMANO DESDE SUS INICIOS.....pptDERECHO ROMANO DESDE SUS INICIOS.....ppt
DERECHO ROMANO DESDE SUS INICIOS.....ppt
 

Último

La electrónica y electricidad finall.pdf
La electrónica y electricidad finall.pdfLa electrónica y electricidad finall.pdf
La electrónica y electricidad finall.pdfDiegomauricioMedinam
 
estadistica funcion distribucion normal.ppt
estadistica funcion distribucion normal.pptestadistica funcion distribucion normal.ppt
estadistica funcion distribucion normal.pptMiguelAngel653470
 
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASA
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASAPLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASA
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASAAlexandraSalgado28
 
Continex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de serviciosContinex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de serviciosFundación YOD YOD
 
DO_FCE_310_PO_.pdf. La contabilidad gubernamental SOS de suma importancia fu...
DO_FCE_310_PO_.pdf.  La contabilidad gubernamental SOS de suma importancia fu...DO_FCE_310_PO_.pdf.  La contabilidad gubernamental SOS de suma importancia fu...
DO_FCE_310_PO_.pdf. La contabilidad gubernamental SOS de suma importancia fu...ssuser2887fd1
 
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptx
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptxT.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptx
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptxLizCarolAmasifuenIba
 
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionales
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionalesProyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionales
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionalesjimmyrocha6
 
PRINCIPIOS DE CONDUCCION Y LIDERAZGO SGTO 1.pdf
PRINCIPIOS DE CONDUCCION Y LIDERAZGO SGTO 1.pdfPRINCIPIOS DE CONDUCCION Y LIDERAZGO SGTO 1.pdf
PRINCIPIOS DE CONDUCCION Y LIDERAZGO SGTO 1.pdfCarolinaMaguio
 
MANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manuaMANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manuaasesoriam4m
 
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptxCoca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptxJesDavidZeta
 
Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptx
Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptxPresentación La mujer en la Esperanza AC.pptx
Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptxDanielFerreiraDuran1
 
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdf
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdfPPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdf
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdfihmorales
 
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdf
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdfCODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdf
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdfmelissafelipe28
 
Rendicion de cuentas del Administrador de Condominios
Rendicion de cuentas del Administrador de CondominiosRendicion de cuentas del Administrador de Condominios
Rendicion de cuentas del Administrador de CondominiosCondor Tuyuyo
 
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptxAndreaAlessandraBoli
 
diapositivas 26-12-16_seguridad ciudadana.pptx
diapositivas 26-12-16_seguridad ciudadana.pptxdiapositivas 26-12-16_seguridad ciudadana.pptx
diapositivas 26-12-16_seguridad ciudadana.pptxDiegoQuispeHuaman
 
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-ComunicacionesIMSA
 
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?Michael Rada
 
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...antonellamujica
 
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB EmpresasPensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresasanglunal456
 

Último (20)

La electrónica y electricidad finall.pdf
La electrónica y electricidad finall.pdfLa electrónica y electricidad finall.pdf
La electrónica y electricidad finall.pdf
 
estadistica funcion distribucion normal.ppt
estadistica funcion distribucion normal.pptestadistica funcion distribucion normal.ppt
estadistica funcion distribucion normal.ppt
 
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASA
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASAPLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASA
PLANILLA DE CONTROL LIMPIEZA TRAMPA DE GRASA
 
Continex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de serviciosContinex para educación, Portafolio de servicios
Continex para educación, Portafolio de servicios
 
DO_FCE_310_PO_.pdf. La contabilidad gubernamental SOS de suma importancia fu...
DO_FCE_310_PO_.pdf.  La contabilidad gubernamental SOS de suma importancia fu...DO_FCE_310_PO_.pdf.  La contabilidad gubernamental SOS de suma importancia fu...
DO_FCE_310_PO_.pdf. La contabilidad gubernamental SOS de suma importancia fu...
 
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptx
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptxT.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptx
T.A CONSTRUCCION DEL PUERTO DE CHANCAY.pptx
 
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionales
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionalesProyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionales
Proyecto TRIBUTACION APLICADA-1.pdf impuestos nacionales
 
PRINCIPIOS DE CONDUCCION Y LIDERAZGO SGTO 1.pdf
PRINCIPIOS DE CONDUCCION Y LIDERAZGO SGTO 1.pdfPRINCIPIOS DE CONDUCCION Y LIDERAZGO SGTO 1.pdf
PRINCIPIOS DE CONDUCCION Y LIDERAZGO SGTO 1.pdf
 
MANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manuaMANUAL SKIDDER manual manual manual manua
MANUAL SKIDDER manual manual manual manua
 
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptxCoca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
Coca cola organigrama de proceso empresariales.pptx
 
Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptx
Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptxPresentación La mujer en la Esperanza AC.pptx
Presentación La mujer en la Esperanza AC.pptx
 
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdf
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdfPPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdf
PPT Empresas IANSA Sobre Recursos Humanos.pdf
 
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdf
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdfCODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdf
CODIGO DE ETICA PARA EL PROFESIONAL DE LA CONTABILIDAD IFAC (4).pdf
 
Rendicion de cuentas del Administrador de Condominios
Rendicion de cuentas del Administrador de CondominiosRendicion de cuentas del Administrador de Condominios
Rendicion de cuentas del Administrador de Condominios
 
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
15. NORMATIVA DE SST - LA LEY 29783.pptx
 
diapositivas 26-12-16_seguridad ciudadana.pptx
diapositivas 26-12-16_seguridad ciudadana.pptxdiapositivas 26-12-16_seguridad ciudadana.pptx
diapositivas 26-12-16_seguridad ciudadana.pptx
 
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
 
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
¿ESTÁ PREPARADA LA LOGÍSTICA PARA EL DECRECIMIENTO?
 
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...
Mapa Conceptual relacionado con la Gerencia Industrial, su ámbito de aplicaci...
 
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB EmpresasPensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
Pensamiento Lógico - Matemático USB Empresas
 

Iusmx acto juridico_y_personas

  • 1. 1 Universidad Nacional Autónoma de MéxicoUniversidad Nacional Autónoma de México Facultad de DerechoFacultad de Derecho “Acto Jurídico y Personas” Trabajo final Alumna: Chávez Valdez Jessica LizzetteAlumna: Chávez Valdez Jessica Lizzette Asignatura: Acto Jurídico y personasAsignatura: Acto Jurídico y personas Profesor: Iván Lagunes AlarcónProfesor: Iván Lagunes Alarcón www.iusmx.comwww.iusmx.com
  • 2. 2 ÍndiceÍndice UNIDAD 1.- INTRODUCCIONUNIDAD 1.- INTRODUCCION I.- Definición de Derecho._______________________________________________________________ Pág. 4 II.- Evolución del Derecho Romano hasta la actualidad.________________________________________Pág. 6 III.- Clasificación del Derecho.____________________________________________________________Pág. 18 IV.- El Derecho Civil.__________________________________________________________________ Pág. 25 V.- Juicios. __________________________________________________________________________Pág. 29 VI.- Norma Jurídica.___________________________________________________________________ Pág. 30 UNIDAD 2.- TEORIA DEL ACTO JURIDICOUNIDAD 2.- TEORIA DEL ACTO JURIDICO I.- Concepto del acto jurídico.____________________________________________________________Pág. 31 II.- Teoría francesa del acto jurídico._______________________________________________________Pág. 32 III.- Elementos esenciales del acto jurídico._________________________________________________ Pág. 33 IV.- Elementos de validez del acto jurídico._________________________________________________Pág. 34 V.- Elementos naturales y accidentales del acto jurídico.______________________________________ Pág. 38 VI.- Efectos del acto jurídico.____________________________________________________________ Pág.
  • 3. 3 UNIDAD 3.- DERECHOS DE LAS PERSONASUNIDAD 3.- DERECHOS DE LAS PERSONAS I.- Concepto de persona_______________________________________________________________ Pág. 47 II.- Capacidad.________________________________________________________________________ Pág. 50 1.- Estado de interdicción_____________________________________________________________ Pág. 51 2.- Procedimiento interdictal___________________________________________________________Pág. 52 III.- Personalidad._____________________________________________________________________ Pág. 53 1.- Atributos de la personalidad________________________________________________________Pág. 54 2.- Derechos de la personalidad________________________________________________________Pág. 65 3.- Ausencia_______________________________________________________________________Pág. 66 4.- Muerte_________________________________________________________________________Pág. 67 IV.- Personas morales_________________________________________________________________Pág. 69 1.- Atributos y características__________________________________________________________Pág.
  • 4. 4 UNIDAD 1 “INTRODUCCIÓN”UNIDAD 1 “INTRODUCCIÓN” I- La definición del derecho.I- La definición del derecho. Es imposible hacer un trabajo de Derecho Civil sin referirnos antes al concepto de Derecho y a la evolución que este ha tenido desde el derecho romano hasta la actualidad. La mayoría de los juristas siempre ha creído que es posible definir el derecho, y así encontramos en todos los idiomas y en todas las escuelas, diferentes definiciones. “El derecho es un conjunto de reglas de conducta exteriores que, consagradas o no expresamente por la ley en su sentido genérico, aseguran efectivamente en un medio dado y en una época dada, la realización de la armonía social, sobre el fundamento, por una parte, de las aspiraciones colectivas o individuales y, por la otra, de una concepción un tanto precisa de la noción del derecho” 1 1 Definición de Bonnecase. Introducción al Estudio del Derecho, Paris, 1931.
  • 5. 5 DERECHOERECHO 1.- Sentido Lato (latín) Proviene del vocablo directus (dirijo, dirigir) Lo que es directo, recto o va bien dirigido,. 2.- Roma (Ius, Iussum) Significa mandato y orden de la autoridad. 3.- Sentido estricto Lo que esta ajustado a la regla. ¿Qué es derecho? Es un conjunto de normas que regulan las acciones humanas impuestas por la autoridad soberana para su observancia general y con un propósito de justicia social.
  • 6. 6 II.- Evolución desde el Derecho Romano hasta la actualidadII.- Evolución desde el Derecho Romano hasta la actualidad. Derecho romano es la expresión con la cual se designa al ordenamiento jurídico que rigió a los ciudadanos de Roma y, con posterioridad, de aquellos instalados en distintos sectores de su Imperio, en un espectro histórico cuyo punto de partida se sitúa a la par de la fundación de Roma (c. 753 a.C.) y que se extiende hasta mediados del siglo VI d.C., época en que tiene lugar la labor compiladora del emperador Justiniano el conocido desde el Renacimiento como Corpus Iuris Civilis Con todo, el redescubrimiento de los textos justinianeos en época bajomedieval ha permitido a algunos autores hablar también de «Derecho romano de la Edad Media».Si bien la expresión «Derecho romano» hace referencia fundamentalmente al derecho privado, lo cierto es que otros aspectos aquél, tales como el derecho penal, el público, el administrativo, caben dentro de la denominación. Comenzaremos estudiando la evolución del Derecho Romano a partir del contenido de las XII tablas, para después ver como los romanos clasificaban el derecho, hasta llegar a la concepción actual.
  • 7. 7 1.- IUS CIVILE1.- IUS CIVILE 2.- IUS2.- IUS GENTIUMGENTIUM Es parte del ius privatum. Los romanos le dan la calidad de Derecho exclusivo de los pueblos (los ciudadanos), y como orden jurídico positivo y vigente para todos los confines del Imperio Romano. Además tenia como fuente formal la costumbre, las leyes, los senadoconsultos, los plebiscitos y las Constituciones Imperiales. Abarcaba toda la legislación existente ya sea publica o privada. Derechos de los otros pueblos: los extranjeros. (lo que ahora es el Derecho Internacional 3.- IUS3.- IUS HONORARUMHONORARUM Derecho de los magistrados y el Emperador, para reforzar, complementar y enmendar al ius civile. Derecho que tenían para dictar y corregir aspectos de materia civil. DERECHODERECHO ROMANOROMANO
  • 8. 8 CONTENIDOCONTENIDO DE LA LEYDE LA LEY DE LASDE LAS XII TABLASXII TABLAS Tutela Cúratela SucesionesPropiedad Posesión Usucapio TABLA I.- Comparecencia ante el magistrado TABLA II.- De la organización y procedimiento judicial TABLA III.- Procedimiento Ejecutivo a deudores insolventes TABLA IV.- Patria potestad TABLA V.- Figuras protectoras de los incapacitados TABLA VI.- Bienes TABLA VII.- Las servidumbres TABLA VIII.-Los delitos y las penas TABLA IX.- Ius publicum (Derecho publico) TABLA X.- Derecho sagrado TABLA XI y XII.- Disposiciones complementarias de todos los demás
  • 9. 9 1.- CODIGO.- Temas de Derecho Procesal, Administrativo y financiero. 2.- EL DIGESTO.- Citas de jurisconsultos sobre diversas materias 3.-INSTITUCIONES.- Contienen materias de derecho civil y esta inspirado en la Instituta de Gayo. 4.- NOVELAS.- Recopilación de constituciones CORPUS IURIS CIVILESCORPUS IURIS CIVILES JustinianoJustiniano Año 527 “El Corpus Iuris Civilis , (Cuerpo de Derecho Civil) es la más importante recopilación de derecho romano de la historia. Fue realizada entre 529y 534 por orden del emperador bizantino Justiniano 527-565 y dirigida por el jurista triboniano.. Su denominación proviene de la edición completa de las obras que la componen publicada, por Dionisio, Godolfredo, en Ginebra el año 1583. Gracias a la existencia de esta colección, se ha podido conocer el contenido del antiguo derecho romano, siendo fundamental para los sistema juridicos modernos, especialmente de tradición continental”. “Las Bases Romanisticas” Mauricio Rivera Torres
  • 10. 10 1.- Código de Eurico.- entre los años 465 y 485 2.- Código de Alarico (Breviario de Aniano) Año 506 3.-Código de Leovigildo.- Años 468 a 486 4.- Furio Juzgo DERECHO DE LOS PUEBLOSDERECHO DE LOS PUEBLOS BARBAROSBARBAROS España Siglo V y VI
  • 11. 11 GLOSADORESGLOSADORES 524 a 1345 IRMERIO Y ARCUSIO 1.- Digesto 2.- Ekloga Legum 3.- Basilicas 4.- Exabiblos POSGLOSADORESPOSGLOSADORES 1250 a 1500 1.- Bartolo de Sassoferato 2.- Cyno de Pistaya 3.- Baldo de Baldis
  • 12. 12 JURISPRUDENCIA HUMANISTA Y ELEGANTEJURISPRUDENCIA HUMANISTA Y ELEGANTE Europa. Siglos XV a XVIIIEuropa. Siglos XV a XVIII 1.- FRANCIA1.- FRANCIA 2.- ALEMANIA2.- ALEMANIA 3.- HOLANDA 1.- Cujacio 2.- Doneau 3.- Pothier Usos odiiernum pandectarium 1.- Vinio 2.- Noodt 3.- Shulting
  • 13. 13 1.-Fuero de Fijosdalgo 2.- Fuero viejo de Castilla 3.- Fuero de Burgos 10.- Las Siete Partidas.- Rey Alfonso El Sabio 1.- ESPAÑA1.- ESPAÑA 1256-12631256-1263 1348.- Ordenamiento de Alcalá 1248.- Ordenanzas Reales de Castilla 1505 .- Leyes del Toro 1567.- La Nueva Recopilación 1805.- Novísima Recopilación de Las Leyes de España 1876.- Real Ordenanza de Intendentes SIGLOS XIX Y XXSIGLOS XIX Y XX 1.- Código de Napoleón 2.- Prusiano 3.- El Suizo 4.- El Alemán
  • 14. 14 DERECHO PREHISPANICODERECHO PREHISPANICO * FUENTES* FUENTES 1.- Costumbre 2.- Sentencias del Rey Todas las personas nacen libres, pero la libertad la podían perder por diversas razones. a) Por ser prisioneros de guerra b) Por condena en delitos graves como robo, adulterio, homicidio c) Por ser deudor (no pagar deudas) d) Esclavitud hereditaria (hijo de esclavo: esclavo) *La nobleza también era hereditaria *Los guerreros adquirían su libertad si ganaban en la guerra 1.- LAS1.- LAS PERSONASPERSONAS
  • 15. 15 2.- LA FAMILIA2.- LA FAMILIA Se basa en la institución del matrimonio. Los ricos y nobles podían tener varias esposas (polígamos).El matrimonio se celebraba en actos religiosos. Edad para casarse: Hombre: 20 años, mujer: 15 años. Se prohibía el matrimonio entre parentesco consanguíneo Patria potestad: la tenia el varón (jefe de familia) El hombre educaba a los hijos y la mujer a las hijas. Los hijos se podían vender (por ejemplo cuando no se pudieran mantener) Existía el divorcio por incompatibilidad de caracteres, mala conducta del cónyuge ó esterilidad en la mujer. Una vez divorciados los hijos se quedaban con el padre y las hijas con la madre. El cónyuge culpable perdía la mitad de sus bienes. Era condenado a muerte el que se casaba nuevamente. 3.- SUCESIONES3.- SUCESIONES El primogénito de la esposa principal heredaba lo del padre, a falta del hijo heredaba el nieto, a falta de hijos y nietos heredaba el hermano. Existía el testamento. Cuando morían intestados heredaba el hijo y a su falta el sobrino.
  • 16. 16 4.- PROPIEDAD Era de 3 clases: la del Rey, la de los nobles y la de los guerreros. El Rey tenia propiedad plena (podía trasmitirla por donación, venta Enajenación y usufructo) 1.- Calpuli. Propiedad donde se construían casas, se podían trasmitir de padres a hijos perdiéndola si la abandonaba. 2.- Altlepetlabi.- Tierras que se dedicaban a gastos públicos, al pago de impuesto. 3.- La destinada al ejercito en guerra y para sufragar el gasto del culto TIERRAS:
  • 17. 17 5.- CONTRATOS a) Compra-venta b) Trueque c) Prenda (dar como garantía un bien mueble) d) Fianza (uno se obligaba por otro) e) Comisión (realización de un servicio y como pago se recibe una parte de la ganancia) f) Parcería (préstamo terreno para cultivar) g) Arrendamiento h) Contrato de prestación de servicios, de transporte de mercancías. “Las relaciones que se pueden llamar civiles entre los indígenas, en el periodo prehispánico estaban regidas por reglas de carácter religioso y consuetudinario. Esta regulaba el matrimonio, los contratos y obligaciones etc., y no eran uniformes para los diferentes pueblos del antiguo México, aunque sin embargo, ofrecían algunos rasgos comunes.” Rafael de Pina
  • 18. 18 III.- Clasificación del DerechoIII.- Clasificación del Derecho 1.- Derecho Natural : Es aquél que rige las leyes de la naturaleza. Todos estamos sujetos (no se puede evadir). Conjunto de reglas que nos impone la naturaleza. 2.- Derecho Objetivo: Es el conjunto de normas imperativas, atributivas y constitutivas de un ordenamiento jurídico. 3.- Derecho Subjetivo: Facultades reconocidas al individuo por la ley para efectuar determinados actos. 4.- Derecho Vigente: Son las normas que en un lugar y época determinada la autoridad considera obligatorias (leyes que nos rigen actualmente). 5.-Derecho Positivo: El que se observa (se aplica). Conjunto de normas que se están observando aunque hayan dejado de estar vigentes o todavía no hayan sido elevadas a esa categoría.
  • 19. 19 1.- DERECHO NATURAL1.- DERECHO NATURAL 2.- DERECHO2.- DERECHO OBJETIVOOBJETIVO 3.- SUBJETIVO3.- SUBJETIVO 4.-4.- VIGENTEVIGENTE 5.- POSITIVO5.- POSITIVO a) Publico b) Privado 1.- Interno 2.- Externo Derecho agrario, laboral, penal, constitucional, administrativo y procesal (civil y penal) Derecho Internacional (Publico y privado) 1.- Civil Teoría del acto jurídico, personas, cosas, derechos reales, obligaciones, contratos, familia, sucesiones. a) Públicos b) Privados 2.- Mercantil Libertad Derecho de Acción Derechos Políticos Patrimoniales: De crédito o Reales. No patrimoniales CLASIFICACIÓNCLASIFICACIÓN DELDEL DERECHODERECHO
  • 20. 20 DERECHO OBJETIVO:DERECHO OBJETIVO: 1.- DERECHO PUBLICO1.- DERECHO PUBLICO:: Relativo a la organización del Estado para el cumplimiento de sus fines, a su vez se subdivide en Derecho público interno y Derecho público externo a)a) DERECHO PÚBLICO INTERNODERECHO PÚBLICO INTERNO:: Aquel conjunto de reglas que se aplican dentro del territorio nacional, que deben ser observadas por los ciudadanos gobernados dentro del territorio nacional. b) DERECHO PÚBLICO EXTERNOb) DERECHO PÚBLICO EXTERNO:: Es aquel que tiene aplicación interna y externamente (pero por ciudadanos mexicanos fuera del territorio ó extranjeros dentro del territorio nacional),
  • 21. 21 a)a) DERECHO PUBLICO INTERNODERECHO PUBLICO INTERNO DERECHO CONSTITUCIONAL:DERECHO CONSTITUCIONAL: El derecho Constitucional estudia la estructura orgánica del Estado, forma de gobierno, órganos, funciones, atribuciones y relaciones entre dichos órganos y derechos públicos subjetivos. DERECHO ADMINISTRATIVO:DERECHO ADMINISTRATIVO: Estudia la administración pública y los servicios públicos. ADMINISTRACIÓN PUBLICAADMINISTRACIÓN PUBLICA: Es una organización cuya actividad se encamina a la satisfacción de las necesidades colectivas, principalmente en la forma de servicios públicos o mediante órdenes dirigidas a que se cumplan los fines del Estado. DERECHO PROCESAL:DERECHO PROCESAL: Conjunto de reglas relativas a la aplicación de las normas del Derecho a casos particulares, ya sea con el fin de esclarecer una situación jurídica dudosa, ya con el propósito de que los ordenes jurisdiccionales declaren la existencia de la obligación y en caso necesario ordenen que se haga efectiva.
  • 22. 22 DERECHO PENALDERECHO PENAL: Forma parte del Derecho Público pues existe figura del MP (representante social que sigue el procedimiento contra aquellas personas que se presume han cometido delitos). Se sanciona a veces con la privación de la libertad y/ penas pecuniarias. Es aquél que estudia los delitos, las penas y que dicta la prevención de estos hechos ilícitos. DERECHO DEL TRABAJO:DERECHO DEL TRABAJO: Aquél que prevé los conflictos y las relaciones obrero-patronales. Hay autores que manejan al derecho laboral como una rama del derecho social. DERECHO AGRARIO:DERECHO AGRARIO: Aquél que se refiere a la dotación y restitución de tierras a comunidades de vida agrícola, lo que se denomina pequeña propiedad y fraccionamiento de grandes latifundios.
  • 23. 23 B) DERECHO PUBLICO EXTERNOB) DERECHO PUBLICO EXTERNO DERECHO INTERNACIONAL:DERECHO INTERNACIONAL: 1.- DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO1.- DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO: Estudia relaciones jurídicas pacificas o belicosas entre estados. 2.- DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO2.- DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO:: Estudia conflictos civiles de la ley entre distintos estados y también se refiere a las leyes aplicadas a los extranjeros que se encuentran en territorio nacional DERECHO SUBJETIVODERECHO SUBJETIVO 1.- DERECHO SUBJETIVO PUBLICO1.- DERECHO SUBJETIVO PUBLICO:: Derechos de las personas respecto al estado: LA LIBERTADLA LIBERTAD: Todo individuo nace libre. DERECHO DE ACCIÓNDERECHO DE ACCIÓN: Intentar acciones previstas en la ley para hacer valer sus derechos. DERECHOS POLITICOSDERECHOS POLITICOS: Votar y ser votado. Ser reconocido como ciudadano.
  • 24. 24 2.- DERECHO SUBJETIVO PRIVADO:2.- DERECHO SUBJETIVO PRIVADO: DERECHOS PATRIMONIALES:DERECHOS PATRIMONIALES: Poder que ejerce una persona sobre su propiedad. Existen derechos patrimoniales de crédito (que suponen una relación entre deudor-acreedor) y reales (relación entre las personas y las cosas) DERECHOS NO PATRIMONIALESDERECHOS NO PATRIMONIALES Ubicación del Derecho Civil dentro de las ramas del DerechoUbicación del Derecho Civil dentro de las ramas del Derecho De lo anterior podemos concluir que el Derecho Civil pertenece al Derecho Privado, que es Derecho Positivo, el cual conforma el Derecho Objetivo..
  • 25. 25 IV.- EL DERECHO CIVILIV.- EL DERECHO CIVIL *CONCEPTO GENERAL*CONCEPTO GENERAL: El derecho civil es una rama del Derecho Privado que tiene por objeto regular 3 materias fundamentales: personas, familia patrimonio. Excluyendo de este las relaciones mercantiles, obreras y agrarias.1 En sentido amplioEn sentido amplio, el Derecho Civil es sinónimo de Derecho Privado. EnEn estricto sensuestricto sensu el Derecho Civil constituye la parte fundamental del Derecho Privado que comprende las normas relativas al estado y capacidad de las personas, a la familia, al patrimonio, a las obligaciones y contratos y a la transmisión de los bienes, regulando las relaciones privadas de los individuos entre sí. De forma que el Derecho Civil forma parte del Derecho Objetivo, Positivo y Sustantivo. 1 ROJINA Villegas, Rafael, Derecho Civil Mexicano, Porrúa Pag.195
  • 26. 26 Derecho de la personalidad: comprende a las personas naturales y jurídicas. Derecho de familia, en sus relaciones personales y patrimoniales. Derecho patrimonial, que comprende lo relativo al patrimonio, derechos reales. Derechos de crédito o personales o de las obligaciones, y también comprende lo relativo a la sucesión hereditaria. Del análisis del contenido material del Derecho Civil, se pueden extraer las siguientes ramas: Derecho de las personas- Derecho de la personalidad. Derecho de las cosas, bienes o derechos reales. Derechos de las obligaciones. Derecho de familia. Derecho de sucesiones El Derecho Civil comprende entonces: Reglas relativas a la estructura orgánica y al poder de acción de las personas privadas, tanto individuales, colectivas, físicas o morales, como también a la organización social de la familia. Reglas bajo cuyo imperio se desarrollan las relaciones de derecho derivadas de la vida familiar, de la apropiación de las riquezas y del aprovechamiento de los servicios ¿Qué contiene el¿Qué contiene el Derecho Civil?Derecho Civil?
  • 27. 27 1.- Antecedentes1.- Antecedentes 2.- Definición2.- Definición Es un conjunto de normas de Derecho Privado. El Código Civil estudia a las personas, la relación de las personas con los bienes, los contratos. Es el ordenamiento que contiene las reglas más importantes de Derecho Común. 3.- Contenido3.- Contenido El Código Civil está conformado por 3074 artículos divididos en 4 libros. Los primeros 21 artículos contienen temas aplicables a todos los derechos, ya que son la teoría de la ley. LIBROS: 1.- Personas.- 11 títulos 2.- Bienes.- 8 títulos 3.- Sucesiones.- 5 títulos 4.- Obligaciones.- 16 títulos 1870.- Se publica el primer Código Civil Mexicano. 1884.- Otro código civil que tiene vigencia absoluta hasta 1914. 1914.- Venusiano Carranza incluye una ley de divorcio. 1917.- Ley de Relaciones fa. miliares 1-Octubre-1932.- Entra en vigor el Código Civil de 1928 que es el Código Civil actual CODIGOCODIGO CIVILCIVIL
  • 28. 28 TEORIA DE LA LEYTEORIA DE LA LEY (Art. 1 al 21)(Art. 1 al 21) Art. 1: Las disposiciones regirán en toda la República. Art. 2: Igualdad de capacidad jurídica para todos. Art. 3: La ley surte efectos 3 días después de su publicación. Art. 4: El mismo ordenamiento fija el día en que comenzara a regir. Art. 5: No al efecto retroactivo en perjuicio. Art. 6: La voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla o modificarla. Art. 7: Si no se hace en términos claros y precisos la renuncia de un articulo anterior no produce efecto alguno. Art. 8: Principio de obligatoriedad. Todo lo contrario a la ley es nulo. Art. 9: Distinción entre derogar y abrogar. Art. 10: No puede alegarse desuso, costumbre o practica en contrario. Art. 11: Leyes a determinadas situaciones, excepción a las reglas generales. Art. 12 al 15: Casos de aplicación de la ley extranjera en México. Art. 14: Se aplica el Derecho extranjero siempre que no contradiga al mexicano. Art. 15: No se aplica el Derecho extranjero si contradice al mexicano. Art. 16: Es más importante el interés colectivo que el interés individual. Art. 17: Lesión Art. 18: Causas que pueden llevar al juzgador a actuar justificadamente cuando existe un conflicto en interpretar la ley. Art. 19: Como deben resolverse las controversias constitucionales. Art. 20: Cuando falta una ley. Art. 21: Nadie puede alegar que desconoce la ley.
  • 29. 29 1.-Enunciativos1.-Enunciativos 2.-Normativos2.-Normativos Verbales, para comunicarse con los demás y relacionarse. a) Morales: Los individuos tienen ideas internas de lo bueno y de lo malo. b) Religiosos: Están íntimamente relacionados con los juicios morales. c) Convencionales: Tienen que ver con el comportamiento del ser humano en sociedad. d) Jurídicos: Se rigen por dos aspectos: 1) Plurilaterales: Se rigen por varios aspectos. 2) Coercibles: La ley impone su cumplimiento por fuerza física legal. V.- JUICIOSV.- JUICIOS “Las normas morales son un conjunto de normas aceptadas libre y concientemente, que regulan la conducta individual y social de los hombres. Normas religiosas: la creencia o fe de un ser todo poderoso que hizo todas las cosas habidas y por haber entre ellas el hombre. Normas de trato social: se trata de un sin numero de actos regidos por reglas o normas de convivencia que cubren el extenso mundo de la convivencia cotidiana; también son conocidas como convencionalismos sociales donde sobresales el decoro, la cortesía y la urbanidad. Normas jurídicas: se define como la regla de conducta que el Estado declara obligatoria.” Jorge Eugenio García Colin Olvera
  • 30. 30 1.- DEFINICION1.- DEFINICION 2.- CARACTERISTICAS2.- CARACTERISTICAS Es una regla de conducta emitida por el órgano legislativo conforme al procedimiento establecido por la Constitución y demás leyes reglamentarias del poder legislativo VI.- NORMAVI.- NORMA JURIDICAJURIDICA 3.- ESTRUCTURA3.- ESTRUCTURA 1.- Supuesto jurídico o hipótesis. Estar en el supuesto. 2.- Disposición: produce consecuencias (nacimiento, trasmisión, modificación, extinción) 1.- HETERONOMA. La norma es creada por un sujeto distinto al destinatario de la misma. 2.- BILATERAL.- Impone deberes y concede facultades 3.- EXTERNA.- Adecuación de un hecho externo de la conducta con el deber estatuido. 4.- COERCIBLE.- En caso de que la norma no sea observada es posible obligar a su cumplimiento.
  • 31. 31 UNIDAD 2 “TEORIA DEL ACTO JURIDICO” Se define como una manifestación de voluntad que se hace con la intención de producir consecuencias de derecho, las cuales son reconocidas por el ordenamiento jurídico. En el sentido amplio se entiende por acto jurídico un acto humano, realizado consciente y voluntariamente por un sujeto (por lo general, capaz de obrar), del cual nacen efectos jurídicos, porque el sujeto, al realizarlo, quiere determinar un resultado; y tal resultado se toma en consideración por el derecho. “Por regla general, el acto (en sentido jurídico) se define como la exteriorización (o actuación) de la voluntad humana, distinguiéndose los actos positivos (que también se llaman actos en sentido estricto) y las omisiones, según que la voluntad se manifieste en un hacer o en un omitir”. 1 [1] Rojina Villegas, Rafael. Derecho Civil Mexicano. Porrúa, México, 1990, Págs. 325-326. I.- Concepto del acto jurídicoI.- Concepto del acto jurídico
  • 32. 32 II.- TEORIA FRANCESA DEL ACTO JURIDICO (BIPARTITA)II.- TEORIA FRANCESA DEL ACTO JURIDICO (BIPARTITA) HechoHecho JurídicoJurídico (Lato(Lato sensu)sensu) 1.-Hecho Jurídico (estricto sensu) Acontecimiento realizado sin la intención de producir consecuencias de Derecho, pero produciéndolas. a) Hechos Naturales.- Son acontecimientos de la naturaleza que producen consecuencias de derecho. (temblor, muerte) b) Hechos del Hombre Voluntario s Involuntario s Lícitos.- Conforme a la ley Ilícitos.- Contrario a la ley Naturales- nacimiento, parto Humanos.- Delitos culposos 2.- Acto Jurídico Es la manifestación de voluntades cuyo fin es crear, trasmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones 1.-Unilateral 2.- Bilateral Ó Plurilateral Testamento Declaración unilateral de voluntades Convenio (lato sensu) Hecho jurídico (Lato sensu) Acontecimiento real que crea consecuencias de Derecho, conforme a la hipótesis contenida en la norma. Contrato.- Crea y trasfiere Convenio.- Modifica y extingue
  • 33. 33 III.- ElementosIII.- Elementos esenciales deesenciales de existencia delexistencia del acto jurídicoacto jurídico Voluntad: Facultad de expresión. a) Expresa: Exteriorizarlo verbalmente, por escrito o signos inequívocos b) Tacita: Actos que demuestran la intención. *Fig. representación: Permitir que los actos celebrados por una persona llamada representante repercutan y surtan efectos de Derecho en la esfera jurídica de otro sujeto llamado representado como si este ultimo los hubiera realizado. 1.- Voluntad1.- Voluntad 2.- Objeto2.- Objeto a) Directo: Crea, trasmite, modifica y extingue derechos y obligaciones. b) Indirecto (mediato): 1.- Prestación positiva: dar o hacer 2.-Prestación negativa: no hacer 3.- Solemnidad.-3.- Solemnidad.- Empleo de determinadas palabras en la celebración de un acto ante el funcionario, de acuerdo a la ley.
  • 34. 34 IV.- ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURIDICOIV.- ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURIDICO Ser sujeto de derechos y obligaciones y hacerlos valer por si mismo. *Si falta algún elemento de validez el contrato es invalido. Se sanciona con la nulidad. a) Capacidad de goce: la tenemos todos, es absoluta, desde el momento del nacimiento 1.-Patria potestad: Figura jurídica cuya función es la representación con cargo a los padres a favor de los hijos. 2.-Tutela: Figura que la ley le da a los capacitados para representar a los incapacitados b) Capacidad de ejercicio: relativa, no la tienen los menores, ni incapacitados mentales ó enfermos. *Dos figuras importantes dentro de la capacidad 1.-Capacidad a) Testamentaria b) Legitima c) Dativa
  • 35. 35 *TUTELA*TUTELA “Es una institución supletoria de la patria potestad, opera en aquellos casos en los que la patria potestad no existe, y excepcionalmente ocurre con ella en circunstancias especiales a proveer de protección a los menores o incapacitados en los casos en los que pudiera se que, quien tiene a su cargo la protección paterna, pudiera tener un interés contrario aquel de los hijos que le estuvieren sometidos” Jorge Mario Magallon Ibarra 1.-Tutela testamentaria: Instituye el testamento a favor de sus hijos mayores o incapacitados. 2.- Tutela legítima: Recae en parientes consanguíneos (línea colateral, línea directa ascendente y descendente). 3.- Tutela dativa: Recae en una persona que no es pariente del representado TUTELATUTELA (tipos)(tipos)
  • 36. 36 2.-Ausencia de2.-Ausencia de vicios en elvicios en el consentimientoconsentimiento ó voluntadó voluntad 1.-Error Falsa apreciación de la realidad. 2.- Dolo: Es una serie de maquinaciones para inducir a una persona al error. Es positivo (implica acción) 3.- Mala fe: Disimulación, abstención en el sentido de dejar que la otra persona se mantenga en el error en que se encuentra. a) Error obstáculo: Aquél que impide y obstaculiza la integración del consentimiento. b) Error nulidad: Aquél que es contrario a la ley y por lo tanto impide jurídicamente que el acto se realice. (NULIDAD ABSOLUTA) c) Error indiferente: No es ni error obstáculo ni error nulidad. Es un tipo de error que no tiene importancia, no incide específicamente en la validez del acto jurídico. Basta con corregirse. 4.- Violencia: Consiste en la utilización de amenazas o fuerza física para obligar a una persona a conducirse en determinado sentido. Puede ser activa o pasiva 5.-Lesión: Consiste en que uno explota la suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema miseria de otro obteniendo un beneficio desproporcionado al de la otra parte contratante. Se puede reclamar hasta un año después de que se comete el daño. Activa: Amenaza de causar un daño si el amenazado no se conduce de la manera como el amenazante desea. Pasiva: Por la simple presencia o relación de dependencia entre una persona y otra. Ejemplo: temor reverencial. No basta para viciar el consentimiento.
  • 37. 37 4.- Formalidad 33.- Licitud.- Licitud Doctrinalmente se dice que lo ilícito es lo contrario a la ley y a las buenas costumbres. A contrario sensu, lo licito es lo que esta conforme a la ley. Es la manera en que un acto jurídico debe otorgarse para que sea valido . No se debe confundir la formalidad con la solemnidad (elemento de existencia). La formalidad esta preescrita por la ley. Hay actos jurídicos que se perfeccionan con la simple manifestación de voluntades (Esa es su formalidad). Existen otros como los contratos reales que se perfeccionan con la entrega del bien, y otros más, como los contratos consensúales que se perfeccionan con la expresión de la voluntad.
  • 38. 38 V.- ELEMENTOS NATURALES Y ACCIDENTALESV.- ELEMENTOS NATURALES Y ACCIDENTALES DEL ACTO JURIDICODEL ACTO JURIDICO 1.- NATURALES1.- NATURALES:: Son aquellos que se encuentran implícitos, sin ser estipulados por las partes. Por ejemplo en la compraventa el elemento natural es la trasmisión de la propiedad. 2.- ACCIDENTALES2.- ACCIDENTALES:: Aquellos elementos que las partes convienen en incluir en el acto jurídico. Pueden aparecer o no. ELEMENTOS NATURALES Y ACCIDENTALES
  • 39. 39 EFECTOS ACTO JURIDICOEFECTOS ACTO JURIDICO 1.- Da lugar a un estado (situación-estado) 2.- Crea, trasmite, modifica ó extingue derechos y obligaciones. ¿EN QUIEN SE PRODUCEN¿EN QUIEN SE PRODUCEN LOS EFECTOS?LOS EFECTOS? A)A) UNILATERALUNILATERAL: En el autor. Se llama autor a quien por si mismo obrando en su propio interés o por medio de su representante realiza un acto jurídico unilateral. B BILATERAL O PLURILATERALBILATERAL O PLURILATERAL: En las partes. Las partes son quienes celebran un acto jurídico plurilateral por su propio derecho o resultan validamente representados en el. 1.- Quien lo celebra por si mismo 2.- Quien fue representado validamente 3.- Y el llamado causahabiente. (El que resulta ser beneficiario, que en ocasiones no es quien actúa por si mismo) Existen terceros pero no son partes. ,Los terceros son quienes no celebraron el contrato por si mismos ni están validamente representados en el. Por ejemplo. Representante. VI.- EFECTOS DEL ACTO JURIDICOVI.- EFECTOS DEL ACTO JURIDICO
  • 40. 40 EFECTOSEFECTOS DEL ACTODEL ACTO JURIDICOJURIDICO 1.- Para las partes1.- Para las partes Obligados a cumplir: 1.- Con las cláusulas contractuales. “La voluntad de las partes es suprema ley en los contaros” 2.- Con las disposiciones legales. 3.- Con las consecuencias de uso 4.- Con las consecuencias de buena fe 5.- Con la cláusula “Ribuc Sic Estantibus” (Teoría de la Imprevisión) Las partes permanecen obligadas siempre que la situación se conserve en las mismas condiciones, de no ser así están sujetas a la teoría de la imprevisión. 2.- Para terceros2.- Para terceros 1.- Estipulación a favor de tercero Excepción al principio de que los actos solo afectan a las partes. 2.- Promesa De Porte Fort Consiste en obtener el consentimiento de un tercero para la concertación del acto jurídico . Consiste en una obligación de hacer asumida por una de las partes en el contrato consistente en convencer a una persona ajena al contrato a que presente su consentimiento o realice determinada conducta.
  • 41. 41 VII.-TEORIAVII.-TEORIA CLASICACLASICA DE LASDE LAS NULIDADESNULIDADES 1.- De inexistencia1.- De inexistencia. Se da cuando falta alguno de los elementos de existencia (solemnidad, voluntad u objeto) Cualquiera puede hacerla valer. No se producen efectos. No se requiere declaración judicial forzosamente. No es confirmadle, ni prescriptible (un acto inexistente no puede hacerse existente, solo si se hace otro distinto) La ley no señala un plazo para invocar la inexistencia. 2.- Nulidad Absoluta2.- Nulidad Absoluta Se da cuando el acto jurídico es ilícito. Nulidad de pleno derecho. Hay ilicitud en el objeto, fin o condición. Produce efectos jurídicos provisionalmente (antes de que se declare la nulidad) Es inconfirmable (un acto ilícito no puede volverse licito) e imprescriptible (se puede hacer valer en cualquier momento). Cualquier interesado puede invocarla. 3.- Nulidad Relativa3.- Nulidad Relativa o Anulabilidad.o Anulabilidad. Se da cuando falta capacidad, formalidad o hay vicios del consentimiento. Los efectos pueden ser o no destruidos. Requieren declaración judicial. Es prescriptible y confirmable. El afectado la invoca.
  • 42. 42 VIII.- TEORIAVIII.- TEORIA MODERNAMODERNA DE LAS NULIDADESDE LAS NULIDADES 1.- JEPROT1.- JEPROT 2.- PIEDELIEVRE2.- PIEDELIEVRE 3.-BONECASE3.-BONECASE “No hay categorías, todo es nulidad” Inexistencia= Nulidad. Todo es invalido. El juez tiene la facultad de definir la responsabilidad de acuerdo a los intereses en juego. “Todos los actos nulos o inexistentes producen efectos, se destruyan o no, y tiene consecuencias jurídicas” “Si hay categorías y es el que más se adecua a la teoría clásica” La inexistencia produce efectos de hechos. La nulidad absoluta produce efectos en donde las cosas vuelven a la realidad donde estaban, es la sanción más grave a un acto jurídico. La nulidad absoluta produce efectos en donde la causa vuelve a la realidad.
  • 43. 43 IX.- MODALIDADES DEL ACTO JURIDICOIX.- MODALIDADES DEL ACTO JURIDICO 2 CLASES DE2 CLASES DE ACTOSACTOS JURIDICOSJURIDICOS 1.- PUROS Y SIMPLES: Aquellos que para su perfeccionamiento se requiere únicamente cumplir con los elementos naturales del propio acto. 2.- ACTOS SUJETOS A MODALIDAD: a) Termino : Acontecimiento futuro de realización cierta de cuya llegada depende el nacimiento o la extinción de la obligación. Puede ser suspensivo o resolutorio. Termino suspensivo= Aquel que a su llegada nace la obligación. Termino resolutorio= Da fin, extingue la obligación. a) Condición= Acontecimiento futuro de realización incierta de cuya realización depende el nacimiento o extinción de derechos y obligaciones. Puede ser suspensiva o resolutoria. Condición suspensiva= Se realiza y nace la obligación. Condición resolutoria= Se realiza y se extingue la obligación. La condición puede ser: A) Potestativa.- depende de la voluntad de una de las partes. B) Casual.- Depende del azar (algo fuera de la voluntad de la persona). C) Mixta.- dependen de una y otra. D) Positiva..- Cuando se trata de una acción. E) Negativa.- Se trata de una omisión. Las condiciones imposibles son nulas y además las condiciones tienen que ser licitas. a) Modo o carga= Se da mucho en actos gratuitos. Es una condición suspensiva potestativa. A su realización nace el derecho de exigir la obligación.
  • 44. 44 “El termino es un acontecimiento futuro de realización cierta que suspende los efectos del acto jurídico de un derecho o de una obligación o extingue dichos efectos. En el primer caso se llama término suspensivo y, en el segundo termino extintivo.” Rafael Rojina Villegas “Se llama termino o plazo al momento futuro y de realización cierta en que el acto jurídico debe comenzar a producir efectos (termino inicial) o debe secar de producirlo (termino final)” Ignacio Galindo Garfias El termino o plazo es un acontecimiento futuro de cuya realización que es siempre cierta, depende que tenga lugar plenamente o que se extingan los efectos de un negocio jurídico. Termino suspensivo: cuando retarda, suspende por todo el tiempo que transcurra hasta la llegada del acontecimiento en que la modalidad consiste, la plena producción de los efectos del negocio.Termino extintivo: permite, mientras llega, que el negocio produzca plenamente sus efectos, mismos que, naturalmente, se extinguirán, cesaran a al allegada de aquel. Raúl Ortiz- Urquidi
  • 45. 45 X.-TEORIA ALEMANA DEL NEGOCIO JURIDICOX.-TEORIA ALEMANA DEL NEGOCIO JURIDICO (TRIPARTITA)(TRIPARTITA) Hecho jurídicoHecho jurídico (lato sensu )(lato sensu ) 1.- Hecho jurídico1.- Hecho jurídico (estricto sensu)(estricto sensu) 2.- Actos jurídicos2.- Actos jurídicos 3.- Negocios jurídicos3.- Negocios jurídicos Hechos naturales de la Teoría Francesa Hechos del hombre en la teoría francesa. Actividad humana que se coloca en el supuesto jurídico contenido en la norma. Son los contratos de la teoría francesa
  • 46. 46 XIXI CAUSALIDADCAUSALIDAD DEL ACTODEL ACTO JURIDICOJURIDICO 1.-UNILATERAL1.-UNILATERAL A) VOLUNTAD. La causa se da en la voluntad (esto dicen los clásicos) B) LEY (Leon Duguit). La causa esta en el contenido de la norma. C) AMBAS (Bonecase) 2.-2.-PLURILATERALPLURILATERAL OO BILATERALBILATERAL 3.-TEORIA3.-TEORIA MODERNA DEMODERNA DE LA CAUSALA CAUSA Surge a propósito de la sanción de los actos jurídicos ilícitos. La causa del acto jurídico es que sea un acto ajustado a derecho, licito. Esta teoría es la que acepta nuestro Código Civil. Principal autor de esta teoría: Celize. A) TEORIA DE LA CAUSA O TEORIA CAUSALISTA CLASICA. La causa del acto jurídico es la prestación del otro. Osea aquí son dos causas que equivalen a las dos prestaciones. En la compra-venta por ejemplo la causa de la obligación del vendedor será siempre la obligación del comprador. Entre los autores que defienden esta teoría encontramos a: Jean Donat, Demolombe, Pethier, Aubry et Rau, Huc y otros. B) TEORIA ANTICAUSALISTA: La causa de los actos jurídicos bilaterales se confunde con el objeto
  • 47. 47 UNIDAD 3.- “DERECHO DE LAS PERSONASUNIDAD 3.- “DERECHO DE LAS PERSONAS”” I.- Concepto de personaI.- Concepto de persona Persona es todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. Para la ciencia del Derecho, la palabra significa simplemente sujeto de derechos y obligaciones. Se dice que quien es capaz de tener derechos tiene personalidad o lo que es lo mismo, es persona. Pueden considerarse como derechos de la personalidad, la suma de hechos que la ley reconoce mientras que las obligaciones de la personalidad, se resumen en todas aquellas cargas y deberes que la ley ordena sean a su encargo. Podemos decir que la capacidad para tener derechos y deudas es la capacidad jurídica y aquel que goza de ella recibe el nombre de persona. Puede suceder que de momento no se tenga los derechos y las obligaciones. Sin embargo, eso no quiere decir que se deje de ser persona, pues esos derechos y cargas son potenciales, es decir, se sigue siendo persona aunque de hecho no los tengan. El término persona deriva del latín personare, máscara, careta que usaban los actores en el mundo antiguo para cubrir su cara y darle resonancia a su voz; tiempo después la palabra significo al mismo actor enmascarado, es decir, el personaje que representaba. Posteriormente, el vocablo pasó a denominar al hombre mismo, siendo éste el calificativo que en la actualidad se le da. Flores Gómez, Fernando. Introducción al Estudio del Derecho y Derecho Civil. . Porrúa, México, 2004. Pág. 55
  • 48. 48 PersonasPersonas El vocablo persona proviene del latín personare que a su vez se deriva de prosopom y significa subsistencia. En el teatro griego la mascara representaba la personalidad. BoecioBoecio Persona= Rationalis naturae individua substantia Persona= Es una sustancia individual de naturaleza racional. *Persona desde el punto de vista biológico= ser humano *Persona desde el punto de vista filosófico= individuo independiente *Persona desde el punto de vista jurídico= Sujeto de derechos y obligaciones ConceptoConcepto ““PERSONAS”PERSONAS”
  • 49. 49 “La persona en filosofía se define no solamente por sus especiales características ontológicas, sino también y principalmente por su transportación en el mundo de los valores éticos, como ser sobre el cual pesa un deber, es una misión moral a cumplir por si mismo, por su propia cuenta y con su propia responsabilidad” Rècasens Siches “La persona es el centro imprescindible alrededor del cual, se desenvuelve otros conceptos jurídicos fundamentales, como la noción y la existencia misma del derecho objetivo y del derecho subjetivo, la obligación, el deber jurídico y la concepción de toda relación jurídica” Ignacio Galindo Garfias “Jurídicamente, persona significa, todo ser o ente sujeto de derechos y obligaciones; con ello se alude tanto a los humanos como a las personas morales, precisamente los primeros como seres y las segundas como entes. Ambos son sujetos de derechos y obligaciones” Jorge Alfredo Domínguez Martinez
  • 50. 50 II.- CAPACIDADII.- CAPACIDAD En el Derecho actual todos los hombres, sin excepción, son personas, es decir capaces, y por lo mismo susceptibles de contraer derechos y obligaciones. Por lo anterior podemos decir que la capacidad es la facultad que tienen los individuos para ser titulares de derechos y obligaciones. La capacidad de las personas físicas ha evolucionado con el transcurso del tiempo, desde la esclavitud, hasta la muerte civil, o las restricciones al ejercicio de los derechos civiles o políticos “La igualdad de derechos entre las personas jurídicas tiene como consecuencia que, por el simple hecho de existir, toda persona tiene derechos y asume obligaciones. La capacidad es la regla. Se necesita una disposición legal para privar a una persona de ciertos derechos y de la participación de la vida jurídica. La incapacidad es la excepción”. 1 1 . Ripert, Georges y Boulanger, Jean. Tratado de Derecho Civil según el Tratado de Planiol, Pág.. 320
  • 51. 51 La interdicción tiene un procedimiento que esta previsto en el Código de Procedimientos Civiles, este proceso permite que la autoridad jurisdiccional tenga muy claro que la persona efectivamente se encuentra incapacitada. Si el incapacitado se cura existe la posibilidad de levantar la interdicción por medio de un juicio contradictorio, osea probando de la misma manera su capacidad, su estado mental. “Así como los menores de edad sujetos a la patria potestad son reprensados por quien ejerce esta, los mayores de edad sujetos por interdicción necesitan para ejercer sus derechos de un tutor que preste su voluntad para que a través de ella actuara la persona sujeta a interacción” Ignacio Galindo Garfias *ESTADO DE INTERDICCIÓN*ESTADO DE INTERDICCIÓN
  • 52. 52 *Procedimiento*Procedimiento InterdictalInterdictal 1.- Las diligencias1.- Las diligencias preeliminarespreeliminares Se verifica que efectivamente el sujeto se encuentra incapacitado. Se inicia mediante denuncia que puede ser presentada por el cónyuge, descendientes, ascendientes, por los presuntos herederos, acreedores alimentarios o por el Ministerio Publico. Esta denuncia tiene que ir acompañada de elementos que acrediten la incapacidad. El juez dicta en primer lugar las medidas protectoras de aseguramiento de vienes y de la persona incapacitada, también hace una declaración provisional de tutor y curador del presunto incapacitado. Se lleva a cabo una audiencia previa de reconocimiento medico en presencia del Ministerio Publico y realizada por médicos especializados. 2.- Diligencias2.- Diligencias secundariassecundarias Nueva audiencia de reconocimiento medico con médicos distintos a los de la primera fase para confirmar el estado del presunto incapacitado. Si se confirma se hace la declaración definitiva de tutor y curador. 3.- Juicio ordinario3.- Juicio ordinario dede interdiccióninterdicción Sucede cuando todavía quedan dudas de la incapacidad del sujeto. Continúan las medidas protectoras y se hace un tercer reconocimiento medico, pero ahora como prueba pericial. Se da una declaración confirmatoria de interdicción, y nueva declaración de tutor y curador.
  • 53. 53 1.- Fenomenológia a) Surge con el nacimiento. b) Se pierde con la muerte. 2.- Características a) Abstracta b) Única c) Indivisible 3.- Clases a) Física b) Moral III.- PERSONALIDADIII.- PERSONALIDAD 4.- Atributos a) Nombre b) Domicilio c) Estado Civil d) Patrimonio e) Capacidad f) Nacionalidad
  • 54. 54 ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDADATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD 1.- Nombre1.- Nombre Es un atributo de la personalidad que se confiere a los individuos mediante la aplicación de vocablos que los identifiquen dentro del medio social, familiar y jurídico en el que se desenvuelven. 2.- Elementos a) Nombre propio o de pila b) Pseudónimo (Nombre que se utiliza para determinadas actividades, se da mucho entre artistas, pintores, escritores, etc.) c) Sobrenombre (apodo) d) Apellidos e) Patronímico (marca el origen de los apellidos, por ejemplo Los González, Los Martines) f) Gentilicio (región de donde provienen los apellidos, por ejemplo “Los Pérez de Sinaloa” g) El titulo profesional (Lic. Castro, Dr. Arellano) 1.- Definición 3.- Características a) Absoluto b) Personalísimo c) Exclusivo d) Extrapatrimonial e) Intransmisible f) Inmutable (salvo casos previstos art. 134- 138 del Código Civil)
  • 55. 55 Fenomenologia delFenomenologia del nombrenombre El nombre propio o de pila se adquiere por la voluntad o el arbitrio de los padres. Los apellidos simplemente se trasladan. ¿Cómo se pierde el nombre? a) Por la muerte b) Por reconocimiento (un padre reconoce a su hijo y sus apellidos cambian) c) Por sentencia d) Por adopción (adquiere los apellidos del adoptante) ConceptosConceptos Similares al nombreSimilares al nombre a) Razón social o denominación b) Nombre comercial c) Marca d) Sello e) Siglas f) Firma “Por medio del nombre o sustantivo propio, la distinción se particulariza en manera que el uso de este vocablo, individualiza a la persona de que se trata. Toda relación jurídica impone deberes y atribuye derechos a los sujetos de dicha relación de aquí que sea necesario, en cada relación jurídica, precisar concretamente que persona o personas son sujetos de esa relación.” Ignacio Galindo Garfias
  • 56. 56 2.- Domicilio2.- Domicilio El domicilio se define como el lugar donde radica habitualmente una persona con el animo de establecerse de forma permanente, el lugar donde se tiene el principal asientos de sus negocio y a falta de ambos, el lugar en donde se encuentra. Art. 29 del Código Civil. 1.- Definición:1.- Definición: 2.- Conceptos2.- Conceptos similaressimilares a) Residencia b) Habitación c) Casa/Hogar d) Barrio e) Colonia f) Población g) Código Postal 3.- Clases3.- Clases a) Real b) Legal En el que efectivamente vivo. El que se señala para los efectos legales. Efectos de oír y recibir notificaciones.
  • 57. 57 Clases deClases de DomicilioDomicilio 1.-Real.- En el que efectivamente vivo. 2.- Legal.- El que se señala para los efectos legales. Efectos de oír y recibir notificaciones. (puede coincidir con el domicilio real) a) Fiscal.- impuestos b) Domicilio del menor (de quien ejerce la patria potestad) c) Domicilio del interdictado (el de su tutor) d) Domicilio conyugal (el del matrimonio) e) Domicilio militares.- Aquel donde se encuentran desarrollando actividades de campaña. f) Domicilio del servidor publico.- Lugar donde desarrolla sus actividades como servidor publico. g) Domicilio de los reclusos.- Lugar donde se encuentran recluidos. 3.- Voluntario.- Domicilio 4.- Convencional .- El que se señala para la realización de determinados actos 5.- De origen 5.- Domicilio de las personas morales.- En donde son constituidas
  • 58. 58 Efectos delEfectos del domiciliodomicilio 1.- Ahí se cumplen las obligaciones. 2.- Ahí se oyen las notificaciones oficiales de autoridades administrativas y procesales. 3.- Fija la competencia territorial en los procesos judiciales. 4.- Se realizan los actos del Registro Civil. 5.- Ahí se ubica el patrimonio de las personas. “El domicilio como atributo de la personalidad en general, es la sede jurídica del sujeto, es el lugar en el que el sistema legal lo tiene situado a efecto de vincularlo ahí en sus relaciones jurídicas con los demás sujetos y con las autoridades administrativas y judiciales competentes, territorialmente en esa circunscripción” Jorge Alfredo Domínguez Martínez
  • 59. 59 3.- ESTADO CIVIL3.- ESTADO CIVIL: Atributo de la personalidad consistente en el conjunto de situaciones jurídicas en que se ubica a las persas dentro de su ámbito social y familiar como consecuencia de las diversas manifestaciones vitales que les ocurre ordinariamente. En roma existían tres estados civiles. ROMAROMA 3 estados civiles3 estados civiles 1.- Status civitatis.- En relación con el estado 2.- Status familiae.- En relación con la familia 3.- Status familiae.- En relación con la persona Efectos delEfectos del estado civilestado civil 1.- Nacimiento y muerte 2.- Capacidad y restricciones 3.- Minoría y mayoría 4.- Parentesco y filiación 5.- Domicilio y ausencia 6.- Nacionalidad 7.- Matrimonio y soltería CaracterísticasCaracterísticas deldel estado civilestado civil 1.- Personalísimo 2.- Absoluto 3.- Indivisible 4.- Variable 5.- Extramatrimonial 6.- Intransmisible 7.- Es un derecho subjetivo 8.- Intransmisible 9.- Irrenunciable 10.- Imprescriptible 11.- Es de interés público 12.- Es acreditable
  • 60. 60 Efectos delEfectos del estado civilestado civil 1.- Nacimiento y muerte1.- Nacimiento y muerte 2.- Mayoría y minoría de edad2.- Mayoría y minoría de edad 3.- Parentesco3.- Parentesco Es la relación que se da entre 2 ó más personas a) Consanguíneoa) Consanguíneo b) Por afinidadb) Por afinidad 1.- Directo. Ascendente o descendente. 2.- Colateral.- No descienden unos de otros pero descienden del mismo tronco. Por motivo del matrimonio. No tiene efectos jurídicos en materia civil. 4.- Filiación4.- Filiación Relación que se da entre dos personas en la cual una es padre o madre de la otra. (Relación entre padres e hijos). Puede ser paternidad ó maternidad.
  • 61. 61 Registro CivilRegistro Civil.- Institución pública que se ocupa de hacer constar al Estado el estado civil personal mediante la intervención de funcionarios administrativos, dotados de fe publica para esos actos denominados tradicionalmente jueces. AntecedentesAntecedentes *Se originan en los Registros parroquiales que fueron secularizados en la época de Juárez (1870). *Código Civil (1884). *Ley de Relaciones familiares. (1917) *Código Civil de 1928 *Reglamento de 1941 reformado. Actas de nacimiento Adopciones Matrimonio Divorcio Defunción Interdicción Ausencia Presunción de muerte Constancias de tutela Emancipación De inscripción de resoluciones judiciales LibrosLibros de actasde actas Son de orden publico (obligatorias) Se otorgan por duplicado Se relacionan entre si Hacen prueba plena del hecho fundamental Son rectificables (en casos previstos por la ley) CaracterísticasCaracterísticas de lasde las constanciasconstancias
  • 62. 62 4.- PATRIMONIO4.- PATRIMONIO.- Atributo de la personalidad, es un conjunto de bienes, derechos, obligaciones y cargas valorables pecuniariamente que constituye una universalidad jurídica y que pertenece únicamente a un individuo. El patrimonio está formado por dos partes: activo (lo que tienes) y pasivo (lo que debes) Teorías del patrimonioTeorías del patrimonio Clásica Moderna El patrimonio tiene 3 características: es personal, es único y es indivisible. El patrimonio es una unidad. El patrimonio es un conjunto de bienes y derechos inseparables ligados por su afectación a un fin económico. Utilidad delUtilidad del patrimoniopatrimonio 1.- Constituye la garantía del acreedor quirografario 2.- Opera como transmisión universal 3.- Constituye una garantía para el resarcimiento de daños y perjuicios 4.- También es garantía en caso de enriquecimiento sin causa.
  • 63. 63 a) Realesa) Reales b) Personalesb) Personales Es el poder jurídico que ejerce una persona o individuo para el aprovechamiento, uso o disfrute de un bien, de forma absoluta. Relación jurídica por la que una persona se obliga con otra a realizar determinada conducta consistente en una prestación de dar, de hacer o de no hacer. DerechosDerechos patrimonialespatrimoniales “Patrimonio se define como el conjunto de bienes y obligaciones apreciables en dinero; son bienes adquiridos por cualquier medio legal. El patrimonio exacto que pueda tener una persona sea esta física o moral es el que resulta de la diferencia entre el activo y el pasivo” Jorge Eugenio Colin Olvera
  • 64. 64 Registro Civil.- Institución pública que se ocupa de hacer constar al Estado el estado civil personal mediante la intervención de funcionarios administrativos, dotados de fe publica para esos actos denominados tradicionalmente jueces. AntecedentesAntecedentes *Se originan en los Registros parroquiales que fueron secularizados en la época de Juárez (1870). *Código Civil (1884). *Ley de Relaciones familiares. (1917) *Código Civil de 1928 *Reglamento de 1941 reformado. Actas de nacimiento Adopciones Matrimonio Divorcio Defunción Interdicción Ausencia Presunción de muerte Constancias de tutela Emancipación De inscripción de resoluciones judiciales LibrosLibros de actasde actas Son de orden publico (obligatorias) Se otorgan por duplicado Se relacionan entre si Hacen prueba plena del hecho fundamental Son rectificables (en casos previstos por la ley) CaracterísticasCaracterísticas de lasde las constanciasconstancias
  • 65. 65 DERECHOS DE LA PERSONALIDADDERECHOS DE LA PERSONALIDAD.-Son facultades que la ley reconoce a las personas físicas, para el aprovechamiento de valores derivados de su propia esencia como seres humanos y de cualidades particulares desarrolladas en su individualidad, y en general de proyecciones materiales y espirituales que surgen y se deben respetar en el medio en el que dichas personas se desarrollan. Derechos de laDerechos de la personalidadpersonalidad Honor, secreto, nombre, imagen, titulo profesional. Intimidad personal ó domestica, tradiciones, creencias, sepulcros Comunicación, amistad, noviazgo Derecho a la libertad, a la vida, integridad física, a los cadáveres Derecho al silencio y al medio ambiente. 1.- Sociales1.- Sociales 2.- Anímicos2.- Anímicos FamiliaresFamiliares AfectuososAfectuosos 3.- Somáticos3.- Somáticos 4.- Ambientales4.- Ambientales
  • 66. 66 AUSENCIAAUSENCIA: Situación jurídica que observa una persona que por haberse separado de su domicilio sin dejar representante o noticia de su nueva estancia, crea una incertidumbre sobre su existencia. Conceptos similares a la ausencia: No presente, desaparecido. ProcedimientoProcedimiento de la declaración dede la declaración de ausenciaausencia 11.- Diligencias preparatorias. (Art. 648-668).- Diligencias preparatorias. (Art. 648-668) Denuncia de ausente Medidas provisionales de protección del beneficiario y bienes del presunto ausente. Se publican convocatorias en periódicos dando un plazo de 6 meses. Se designan tutores a los acreedores alimentarios en caso de menores dependientes. Se publican nuevas convocatorias cada año (durante dos años) Si no aparece se pasa a la siguiente fase. 2,. Incidente de declaración de ausente (Art. 669-678)2,. Incidente de declaración de ausente (Art. 669-678) Se inicia por los interesados. Se hacen publicaciones 6 veces cada quince días. A los 4 meses se da la ultima publicación. Se hace la Declaración judicial de ausencia que también se publica) 3.- Incidente de presunción de ausencia (Art. 705-714)3.- Incidente de presunción de ausencia (Art. 705-714) Solicitud de los interesados para que se haga la declaración de presunción de muerte a los 6 años de iniciado el procedimiento. Efectos de la ausenciaEfectos de la ausencia: 1.- Se pone fin a la sociedad conyugal. 2.- Se inicia el procedimiento sucesorio con todas sus consecuencias.
  • 67. 67 MUERTEMUERTE: Es el fin natural del proceso evolutivo de la materia viva, pone fin a la personalidad en cuanto a sus funciones vitales y a la persona misma en sus relaciones personalísimas. En otros tiempos existía la muerte civil. Formas similaresFormas similares a la muertea la muerte Capitis deminutio (Derecho Romano) Muerte civil (Edad media) Interdicción (actualidad) Inhabitación (restricciones, por ejemplo: presos) Efectos deEfectos de la muertela muerte 1.- Cesa la personalidad física 2.- Extingue los derechos y obligaciones que dependen de la vida 3.- Origina la apertura de la sucesión hereditaria
  • 68. 68 ¿Cuáles son los¿Cuáles son los fenómenos quefenómenos que acreditan la muerte?acreditan la muerte? 1.- Fenómenos1.- Fenómenos inmediatosinmediatos 2.- Fenómenos2.- Fenómenos consecutivosconsecutivos 3.- Fenómenos3.- Fenómenos transformativostransformativos Perdida del conocimiento Inmovilidad del tono muscular Cesación de la respiración y circulación Putrefacción Maceración Cosificación Momificación Saponificación Evaporación tergumentaria y aperguramiento Inflación corporal Lividez cadavérica Hipóstasis visceral Desparece la irritabilidad Rigidez total
  • 69. 69 El concepto de persona moralEl concepto de persona moral Las personas físicas no son las únicas que existen como sujetos de derecho. Hay además, personas morales, llamadas también civiles, colectivas, incorporales, ficticias, sociales y abstractas. La persona moral puede definirse según RUGGIERO como toda unidad orgánica resultante de una colectividad organizada o de un conjunto de bienes, a la que para el logro de un fin social, durable y permanente, se reconoce por el Estado capacidad de derecho patrimonial. El fundamento de las personas morales se encuentra en la necesidad de su creación para el cumplimiento de fines que el hombre, por si solo, con su actividad puramente individual, no podría realizar de manera satisfactoria, y en la inclinación natural que siente de agruparse con sus semejantes. 1 1 De Piña, Rafael. Elementos de Derecho Civil Mexicano, Porrúa, México, 1993. Pág. 248 IV.- LAS PERSONAS MORALESIV.- LAS PERSONAS MORALES
  • 70. 70 Atributos de lasAtributos de las personas moralespersonas morales 1.- Capacidad. Art. 26 CC. Las personas morales pueden ejercitar todos los derechos que sean necesarios para realizar el objeto de su institución. 2.- Razón social o denominación. Art. 2693 CC. 3.- Domicilio. Art. 33 CC. Las personas morales tienen su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración,.. 4.- Patrimonio. Su patrimonio será el conjunto de bienes, cargas, derechos y obligaciones susceptibles de apreciarse económicamente que han sido aportados por los socios que la han constituido. 5.- Nacionalidad. Pueden ser nacionales o extranjeras Características deCaracterísticas de las personaslas personas moralesmorales Son publicas o privadas. Publicas (el socio es el Estado), Privadas (particulares). Todas las personas morales deben ser licitas (conforme a la ley). Pueden ser nacionales o extranjeras. Civiles o Mercantiles (realizan actos de comercio). Su funcionamiento debe ser de acuerdo a su objeto social preestablecido y registrado.
  • 71. 71 TEORIAS DE LA PERSONALIDAD COLECTIVATEORIAS DE LA PERSONALIDAD COLECTIVA Las teorías de la personalidad colectiva son: realistas, negativas y formalistas. 1.- Teorías1.- Teorías RealistasRealistas Las sociedades y las personas morales son verdaderos organismos vivos equiparables al organismo humano a) Organicistasa) Organicistas Teoría del poder de la voluntadTeoría del poder de la voluntad (Salieres y Jellinek) Por el poder de la voluntad de las personas físicas se crean las personas morales. Teoría de la voluntad colectivaTeoría de la voluntad colectiva (Von Gierke) Aparte de la voluntad individual existe la voluntad colectiva de un organismo social no biológico. Teoría del InterésTeoría del Interés (Micherd, Ihering) El derecho es un interés jurídicamente protegido, este interés es la persona humana que pone en relieve el interés colectivo separándolo del particular. b) Teoríasb) Teorías voluntaristasvoluntaristas
  • 72. 72 2.- Teorías2.- Teorías negativasnegativas 1.-Teoría de la ficción1.-Teoría de la ficción (Savigny y Laurent(Savigny y Laurent) 2.- Teoría del patrimonio-2.- Teoría del patrimonio- afectación (Windscheld)afectación (Windscheld) 3.-Teoría del efecto3.-Teoría del efecto contractualcontractual (Vareilles)(Vareilles) 4.- Teoría de la4.- Teoría de la inutilidad oinutilidad o solidaridad socialsolidaridad social Sólo las personas físicas tienen voluntad, las personas morales son una ficción, una creación del derecho que finge la existencia de una persona. En la persona moral existen bienes afectos a un fin. Hay dos clases de patrimonios, los de las personas y los de destino o impersonales, los patrimonios de destino son las personas morales que tienen bienes afectos a un fin determinado. La persona moral es una propiedad colectiva con administrador único. No es posible que la personalidad descanse en un patrimonio ya que los bienes como tal, no son sujetos de derechos y obligaciones. La persona moral es el efecto de un contrato o declaración unilateral de voluntad que destaca o individualiza un patrimonio.
  • 73. 73 3.-Teorías3.-Teorías formalistasformalistas La persona moral es una pura creación del derecho. La persona física como la moral son una mera construcción del derecho, un centro de imputación normativa para atribuirles un conjunto de derechos y obligaciones. 1.- Kelsen La persona moral es un procedimiento técnico2.- Ferrara “En el derecho moderno, las sociedades, asociaciones y fundaciones gozan de personalidad. Aunque no son personas son conjuntos organizados de seres humanos o de bienes destinados a un fin licito y en razón de dicha finalidad, el derecho objetivo les ha atribuido personalidad mediante una construcción estrictamente jurídica o mejor” Ignacio Galindo Garfias
  • 74. 74 Teorías de la personalidad colectivaTeorías de la personalidad colectiva Teoría del patrimonio de afectación: esta teoría afirma que existen dos tipos de patrimonios: los que denomina patrimonios de personas y los que designa patrimonios d destino, o de afectación. Estos últimos son las personas morales cuya esencia esta constituida por un conjunto de bienes afectos a una finalidad. Teoría realista: parte del principio de que no son es hombre es persona, pues las asociaciones, sociedades y fundaciones, reúnen los requisitos necesarios para intervenir en la vida jurídica, no como u n creación fingida de la ley sino porque tiene u n existencia real por su propia naturaleza. Teoría de la ficción: la teoría que considera a la persona moral como una ficción. Sus autores afirman que solo son personas los seres dotados de voluntad; la persona moral es solo una creación de derecho, que finge la existencia de un persona donde no existe, a fin de hacerla capaz de tener un patrimonio y ser sujeto de derechos y obligaciones.1 1 GALINDO Garfias, Ignacio, Derecho Civil, Edit. Porrúa, ed. 13°, México 1994, pág. 790
  • 75. 75 Adquisición deAdquisición de la personala persona colectivacolectiva 1.- Personas colectivas de1.- Personas colectivas de derecho públicoderecho público La Nación adquiere personalidad cuando se constituyen como Estado soberano, independiente y políticamente organizado. El D.F., adquiere su personalidad a través de un decreto, las fundaciones públicas adquieren personalidad de acuerdo a las leyes de asistencia pública. 2.- Personas2.- Personas colectivas decolectivas de derecho privadoderecho privado (Sociedades,(Sociedades, asociacionesasociaciones privadasprivadas) Las sociedades y asociaciones civiles tienen personalidad a partir de la fecha de su constitución ante la Secretaría de Hacienda junto con su inscripción en el Registro Público de la Propiedad. Así mismo, todas se extinguen al término de su duración establecida en su escritura constitutiva o al concluir su liquidación conforma a la ley 3.- Personas3.- Personas colectivas decolectivas de derecho socialderecho social Sindicatos que se rigen por las disposiciones de la Ley Federal de Trabajo (dividida en dos rubros relación obrero-patrón colectiva y obrero patrón individual)
  • 76. 76 Extinción de lasExtinción de las personas moralespersonas morales Al concluir su duración y liquidación Las partes acuerdan su liquidación Liquidación obligatoria por el Estado Por quiebra—liquidación administrativa ordenada por el juez “La personalidad es esa aptitud para ser sujeto de situaciones y relaciones jurídicas, sin embargo, ello no comprende la sustancia misma de la personalidad; se compone por sus atributos, que son un conjunto de caracteres a ella inherentes y cuya razón de ser es precisamente alcanzar con ellos realidad funcionalidad y eficacia jurídica en la personalidad de los sujetos. Estos atributos son la capacidad, el estado civil, el patrimonio, el nombre, el domicilio y la nacionalidad; la participación de todos ellos en la personalidad de un ser humano es constante e invariable y precisamente su conjunto da la plenitud que se observa en dicha personalidad.” Jorge Alfredo Domínguez Martínez
  • 77. 77 V.- CONCLUSIÓN El derecho civil regularmente se define como una rama del Derecho Privado que tiene por objeto regular 3 materias fundamentales: personas, familia y patrimonio, sin embargo, podemos decir que el Derecho civil más allá de ser una simple rama del Derecho Privado, es la base de todo el derecho. Es el Derecho común, y de ahí la importancia indiscutible que este tiene. Por su parte, la persona; al ser centro de imputación de Derechos y obligaciones, es un elemento fundamental del cual depende la existencia misma del derecho objetivo y del derecho subjetivo. Sin embargo, en este curso, pudimos darnos cuenta de que no solo existen personas físicas sino también personas colectivas ó morales, y que, además, existen diversas teorías que intentan explicarnos la naturaleza de estas personas. El acto jurídico y el hecho jurídico, por su parte, son dos conceptos fundamentales del Derecho Civil, y de los cuales nacen 2 teorías (la teoría francesa ó bipartita, y la teoría alemana ó tripartita) que intentan explicarnos la naturaleza de estos conceptos. En conclusión, el Derecho Civil, es de una importancia inigualable. Quien no sabe derecho civil, no sabe derecho, y ningún abogado que se jacte de serlo puede dejar de estudiarlo.
  • 78. 78 VI.- BIBLIOGRAFIA DE PINA Vara, Rafael, Elementos de Derecho Civil Mexicano, Edit. Porrúa, ed. 19°, México 1995, DOMÍNGUEZ Martínez, Jorge Alfredo, Derecho Civil, Edit. Porrúa, ed. 10°, México 2006, FLORES Gomez, Fernando, Introducción al Estudio del Derecho y Derecho Civil, Edit. Porrúa, ed. 1¨, México, 2004. GALINDO Garfias, Ignacio, Derecho Civil, Edit. Porrúa, ed. 13°, México 1994 GARCIA Colin Olvera, Jorge Eugenio, Principios Generales Del Derecho Mexicano Vigente, Edit. In Tlapalli, ed. 1°, México 2006, pág. 157 ORTIZ Urquidi, Raúl, Derecho Civil, Edit. Porrúa, ed. 3°, México 1986 ROJINA Villegas, Rafael, Derecho Civil Mexicano, Edit. Porrúa, 8° edición, México 1997 ROJINA Villegas, Rafael, Compendio de Derecho Civil, Edit. Antigua Librería Robredo, 2° edición, México 1964