Grandes fortunas: el Gobierno reglamentó la leyMara Resio
El Gobierno reglamentó la ley de Aporte Solidario y Extraordinario para morigerar los efectos de la pandemia (ley 27605/2020) -conocida también como aporte de las grandes fortunas- y sus detalles se conocieron al publicarse la edición del Boletín Oficial correspondiente al viernes 29 de enero.
Grandes fortunas: el Gobierno reglamentó la leyMara Resio
El Gobierno reglamentó la ley de Aporte Solidario y Extraordinario para morigerar los efectos de la pandemia (ley 27605/2020) -conocida también como aporte de las grandes fortunas- y sus detalles se conocieron al publicarse la edición del Boletín Oficial correspondiente al viernes 29 de enero.
Real Decreto 727/1993 liberalización precios proteccionPepe Cuesta Martín
Básicamente lo que viene a decir este RD es que todos los pisos con protección anteriores al 78 pueden venderse al precio que se quiera. Normalmente no es necesario ni pedir permiso a la Comunidad para ello, aunque ojo, que algún Notario o Registrador puede pedirlo (tengo un compañero al que le sucedió).
Diferenciar entre vender al precio que se quiere y quitar dicha protección como carga. A efectos prácticos no afecta a una operación de compraventa, pero bueno, hay que saberlo.
Sentencia TJUE que declara la regulacion del ISD en España contraria al Princ...Blau Abogados / Solicitors
La Sentencia dictada en el procedimiento C-127/12 de la Comisión Europea contra el Reino de España, declara que España ha incumplido con las obligaciones que le incumben en cuanto a la restricción de la libre circulación de los capitales, prohibida por el apartado 1 del artículo 63 del TFUE, al permitir que se establezcan DIFERENCIAS en el TRATO FISCAL de las donaciones y las sucesiones entre los residentes y NO RESIDENTES en España y entre las donaciones y las disposiciones similares de bienes inmuebles situados en territorio español y fuera del mismo.
La AFIP reglamentó el régimen de registración de los contratos de alquiler. En la práctica, esto significará que tanto propietarios, inmobiliarias o inquilinos podrán formalizar el contrato
Escribe: Eduardo S. Wilson (*)
Un reciente fallo del 22 de mayo de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos Banco Bradesco Argentina S.A. c/ EN AFIP DGI resol. 48/07 s/ Dirección General Impositiva (RO B. 392 XLVII), en forma coincidente con una serie de sentencias anteriores de este mismo tribunal superior (Candy S.A.- C.866.XLII 03/07/09; Fluodinámica S.A. F.307.XLIV 04/05/10; Swaco S.591.XLV ROR; Razzini R.186.XLVIII 23/10/12) confirma el fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal en el sentido de que "las normas que prohíben la utilización del mecanismo del ajuste por inflación previsto en el título VI de la Ley 20.628 resultaban inaplicables respecto de la liquidación del Impuesto a las Ganancias de la actora..."
Real Decreto 727/1993 liberalización precios proteccionPepe Cuesta Martín
Básicamente lo que viene a decir este RD es que todos los pisos con protección anteriores al 78 pueden venderse al precio que se quiera. Normalmente no es necesario ni pedir permiso a la Comunidad para ello, aunque ojo, que algún Notario o Registrador puede pedirlo (tengo un compañero al que le sucedió).
Diferenciar entre vender al precio que se quiere y quitar dicha protección como carga. A efectos prácticos no afecta a una operación de compraventa, pero bueno, hay que saberlo.
Sentencia TJUE que declara la regulacion del ISD en España contraria al Princ...Blau Abogados / Solicitors
La Sentencia dictada en el procedimiento C-127/12 de la Comisión Europea contra el Reino de España, declara que España ha incumplido con las obligaciones que le incumben en cuanto a la restricción de la libre circulación de los capitales, prohibida por el apartado 1 del artículo 63 del TFUE, al permitir que se establezcan DIFERENCIAS en el TRATO FISCAL de las donaciones y las sucesiones entre los residentes y NO RESIDENTES en España y entre las donaciones y las disposiciones similares de bienes inmuebles situados en territorio español y fuera del mismo.
La AFIP reglamentó el régimen de registración de los contratos de alquiler. En la práctica, esto significará que tanto propietarios, inmobiliarias o inquilinos podrán formalizar el contrato
Escribe: Eduardo S. Wilson (*)
Un reciente fallo del 22 de mayo de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos Banco Bradesco Argentina S.A. c/ EN AFIP DGI resol. 48/07 s/ Dirección General Impositiva (RO B. 392 XLVII), en forma coincidente con una serie de sentencias anteriores de este mismo tribunal superior (Candy S.A.- C.866.XLII 03/07/09; Fluodinámica S.A. F.307.XLIV 04/05/10; Swaco S.591.XLV ROR; Razzini R.186.XLVIII 23/10/12) confirma el fallo de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal en el sentido de que "las normas que prohíben la utilización del mecanismo del ajuste por inflación previsto en el título VI de la Ley 20.628 resultaban inaplicables respecto de la liquidación del Impuesto a las Ganancias de la actora..."
El derecho tributario o fiscal es la disciplina parte del derecho financiero que tiene por objeto de estudio el ordenamiento jurídico que regula el establecimiento y aplicación de los tributos
IMÁGENES SUBLIMINALES EN LAS PUBLICACIONES DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁClaude LaCombe
Recuerdo perfectamente la primera vez que oí hablar de las imágenes subliminales de los Testigos de Jehová. Fue en los primeros años del foro de religión “Yahoo respuestas” (que, por cierto, desapareció definitivamente el 30 de junio de 2021). El tema del debate era el “arte religioso”. Todos compartíamos nuestros puntos de vista sobre cuadros como “La Mona Lisa” o el arte apocalíptico de los adventistas, cuando repentinamente uno de los participantes dijo que en las publicaciones de los Testigos de Jehová se ocultaban imágenes subliminales demoniacas.
Lo que pasó después se halla plasmado en la presente obra.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
7. El IVA Y LAS EXENCIONES OTORGADAS POR OTRAS LEYES SITUACIÓN ACTUAL NO se aplica la exención en IVA Ley posterior al 9-9-04 SI se aplica la exención en IVA Ley anterior al 9-9-04 Exenciones subjetivas genérica de todo impuesto SI se aplica la exención en IVA Exenciones subjetivas otorgadas por leyes donde taxativamente se exima del IVA
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49. SITUACIÓN ANTE EL IVA DE LOS HONORARIOS A DIRECTORES El empleador emite recibo de sueldos NO GRAVADOS Art. 3 .e.21 Honorarios por otras funciones En relación de dependencia Obligado a emitir comprobantes según R.G.1415 GRAVADOS Causas Trod Luis C.N.C.A.F. Sala III y Garat , Howard Luis C.N.C.A.F. Sala V La Sala D del TFN considera exento. “ Freires y Bilinkes 23-11-07) Honorarios por otras funciones Sin relación de dependencia EXCEPTUADO DE EMITIR COMPROBANTE SEGÚN RG 1415 ( ANEXO I PUNTO i EXENTOS Art. 7.H.18 Honorarios por tareas inherentes a su función