El documento resume la Justicia de Paz en Venezuela. Define la Justicia de Paz como una forma de justicia alternativa que permite resolver conflictos de manera más eficiente, rápida y a menor costo que los tribunales. Describe que los Jueces de Paz resuelven conflictos a nivel comunitario de manera conciliatoria. Presenta tres casos hipotéticos sobre ruidos molestos, daños a un vehículo y niños jugando en áreas comunes, que un Juez de Paz podría resolver aplicando conciliación o sanciones según la ley.
Se discute la Autonomía e Independencia de los Jueces en Venezuela. La ingerencia del Tribunal Supremo de Justicia en tal autonomía y los factores que la modifican. Se critica el Artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la evidente ausencia de la independencia del Poder Judicial.
Trabajo presentado ante la Universidad Bicentenaria de Aragua, nucleo Charallave, carrera: Derecho, para la materia Teoria General del Proceso II, profesor: Jean Carlos Montana, Alumna: Nancy Carolina Vanegas Terán, Modalidad: 100% On-line
Se discute la Autonomía e Independencia de los Jueces en Venezuela. La ingerencia del Tribunal Supremo de Justicia en tal autonomía y los factores que la modifican. Se critica el Artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la evidente ausencia de la independencia del Poder Judicial.
Trabajo presentado ante la Universidad Bicentenaria de Aragua, nucleo Charallave, carrera: Derecho, para la materia Teoria General del Proceso II, profesor: Jean Carlos Montana, Alumna: Nancy Carolina Vanegas Terán, Modalidad: 100% On-line
Instituto Academia de Formación Jurídica
“Simón Rodríguez”
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com
El procedimiento breve:
Es simplemente un juicio donde se han abreviado los lapsos y se han simplificado las formas procesales, tiene sin embargo la misma estructura del juicio ordinario. (Contestación de Demanda, Pruebas, Cuestiones Previas) Está estipulado desde el artículo 881 a 894 del C.P.C. venezolano.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
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El procedimiento breve:
Es simplemente un juicio donde se han abreviado los lapsos y se han simplificado las formas procesales, tiene sin embargo la misma estructura del juicio ordinario. (Contestación de Demanda, Pruebas, Cuestiones Previas) Está estipulado desde el artículo 881 a 894 del C.P.C. venezolano.
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“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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LA JUSTICIA DE PAZ
Es un mecanismo mediante el cual se solucionan los inconvenientes que surjan de la vida en comunidad, es decir, es una herramienta para solucionar pequeños conflictos que surjan en el devenir de las relaciones personales y cotidianas entre vecinos o familiares.
LA JUSTICIA DE PAZ
Es un mecanismo mediante el cual se solucionan los inconvenientes que surjan de la vida en comunidad, es decir, es una herramienta para solucionar pequeños conflictos que surjan en el devenir de las relaciones personales y cotidianas entre vecinos o familiares.
Dar y recibir es a menudo mejor que todo o nadaAndrés Vázquez
La frase es de sir Alan Ward, Presidente del Civil Mediation Council que tiene como misión inspirar a todos los sectores de la sociedad británica para usar la Mediación en la gestión y resolución de conflictos en Inglaterra y Gales. Y es que como afirma la Magistrada Ana Carrascosa, letrada del Consejo General del Poder Judicial, “la jurisdicción, la mediación y otras formas alternativas de resolución de conflictos, deben de aprender a convivir y colaborar entre ellas, buscando la mejor solución para cada tipo de conflicto”, en línea con el “sistema multipuerta” americano, “donde cada conflicto sigue el camino más adecuado para su resolución.”
El mediador puede ser operador de un cambio de paradigma pero, en palabras de la catedrática de Derecho de la UNED Esther Souto Galván, “el mediador debe centrarse en ayudar a resolver los conflictos…de forma que las partes puedan dar lugar a la configuración de una nueva salida a su problema, que ambas sientan como propia.”
Como advertía el destacado jurista argentino Remo Entelman, nuestra visión de las relaciones sociales, desde el prisma exclusivo del derecho, “nos ha llevado a creer que el orden jurídico es un sistema cerrado, que prevé soluciones para todos los problemas en los que se den pretensiones incompatibles, porque existe lo que se denomina una norma de clausura: lo que no está prohibido está jurídicamente permitido. Pero nada nos dice respecto del problema que enfrentamos cuando a nuestro vecino le está permitido algo incompatible con lo que a nosotros no nos está prohibido.”
Artículo también posteado en:
Ad Cordis
http://adcordis.com/blog
Mundo Youstice
http://mundoyoustice.ning.com/blog/dar-y-recibir-es-a-menudo-mejor-que-todo-o-nada
ODR Latinoamerica
http://odrlatinoamerica.com/profiles/blogs/dar-y-recibir-es-a-menudo-mejor-que-todo-o-nada
UNIDEM Uruguay
http://mediadoresenuruguay.ning.com
Los Medios Alternativos de Resolución de Conflictos y los Modos de Autocompos...Nanyiley Dominguez
Características, Los Medios Alternos de Resolución de Conflictos,Los Modos de la Autocomposición Procesal, Procedimientos, Fundamento Jurídico, Conclusión
Estudio comparativo para saber que importancia tienen los Medios alternativos de solución de controversias en los estados de Nayarit, México y Morelia-
La justicia de Paz
Un instrumento para resolver los conflictos cotidianos que se generan en la vida en comunidad, es uno de los procedimientos alternativos que buscan superar la insuficiencia del sistema de administración de justicia
Se define Justicia de Paz aquella que procura resolver de una manera rápida, sencilla y económica, los eventos que se pueden producir en una comunidad, a través de la equidad y que permite que la comunidad elija así sus propios jueces y procedimientos.
Definicion de las Instituciones, Definicion sobre las Instituciones Juridicas, Funcion, Importancia, Variabilidad de las Instituciones Juridicas, el Derecho Comparado y funciones de las Instituciones
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Fuentes del Derecho y su Definición y Relaciones del Derecho Consuetudinario con el
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Definición, Clasificación, Características. Moral: Definición, Características, Moral desde el Punto de Vista Formal y desde el Punto de Vista Material, Relación con el Derecho. Ética: Definición, Características, Relación con el Ejercicio del Derecho
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
1. La Justicia de la
Paz
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
UNIDAD CURRICULAR: MEDIOS ALTERNOS DE
RESOLUCIÓN DE CONFLICTO 2016/A
Profesora: Mónica Parra Alumna: Yoscárol Sanabria
C.I. V-16.095.811
Sección: SAIA C
2. La Justicia de la Paz
Tomando como base la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela cuyos valores
superiores son la democracia, la justicia, la vida, la
libertad, la igualdad y la solidaridad, consideramos
como un deber impulsar la implementación de la
Justicia de Paz en las comunidades.
El artículo 258 de nuestra Carta Magna, la define como un medio de Justicia
Alternativa, el cual permitirá la resolución de conflictos de una forma eficaz,
en menor tiempo, sin trámites burocráticos ni dilaciones innecesarias y lo que
es más importante aún sin los costos que implica introducir una demanda en
un Tribunal, lo que ayudaría a los ciudadanos que no cuenten con los recursos
económicos suficientes a acceder a la justicia.
3. La Justicia de la Paz
La Justicia de Paz como instrumento para
resolver los conflictos cotidianos que se
generan en la vida en comunidad, es uno
de los procedimientos alternativos que
buscan superar la insuficiencia del
sistema de administración de justicia,
cuya importancia y utilidad tienen
reconocimiento en las sociedades que han
comprendido el efecto positivo que
generan al mejorar el clima de armonía
entre los miembros de la comunidad.
4. La Justicia de la Paz
El Juez de Paz como representante de un Juzgado
de Paz o Tribunal, en las comunidades, cuya
jurisdicción u ámbito local le compete, está
dirigida a brindarle información acerca de las
competencias que este debe tener para buscar
estrategias que le permitan buscar soluciones a
los conflictos que puedan presentarse en los
diferentes sectores bajo su cargo, y también
sobre este importante campo de la actividad
humana; además de proporcionar explicación
acerca de porque las personas deben acudir a
estas instancias para solucionar conflictos
sometidos a su competencia mediante
conciliación entre las partes.
5. La Justicia de la Paz
En la actualidad el Juez de Paz es
importante en virtud que los pueblos
viven en constantes controversias y
es por ello que se han visto en la
necesidad de buscar esta instancia
para resolver conflictos.
6. La Justicia de la Paz
Se hace necesario recalcar que este medio alternativo se resolución de
conflicto es una institución que facilitará la simplificación de trámites,
la ausencia de formalismos y dilaciones innecesarias, abaratando la
justicia y haciéndola más transparente y accesible a los ciudadanos;
permitiéndole a las personas que no cuentan con recursos económicos
suficientes acceder a la justicia, vivir en armonía y hermandad,
conceptos básicos para la paz de los pueblos.
7. La Justicia de la Paz
Los edificios de propiedad horizontal tienen reglamentos de
condominio, que establecen la manera cómo deben comportarse
los propietarios, qué parte de los gastos comunes le toca pagar a
cada uno, cuáles son los usos permitidos, etc. En este sentido,
pueden darse casos relacionados con el buen uso de las áreas
comunes de un edificio.
Por ejemplo, los muchachos juegan en los pasillos porque se está
remodelando el parque infantil o porque no hay tal parque y la
calle es demasiado peligrosa. Si bien es cierto que, los niños
tienen derecho a jugar, también es cierto que ensucian las
paredes, golpean las puertas y molestan a las familias que no
tienen niños pequeños.
Estés es un caso en el cual un Juez de Paz puede decidir, debido al
incumplimiento de los reglamentos en cuanto a la convivencia.
Caso N° 1
8. La Justicia de la Paz
Supongamos que una vecina molesta con la música a sus vecinos.
Supongamos también que el Juez de Paz de la zona cuenta con una
Ordenanza sobre ruidos molestos que establece que quien haga
cierto tipo de ruidos después de determinada hora será multado
con Bs. 10.000.
En estos casos, el Juez de Paz antes de ir y cobrar la multa
directamente, debe intentar conciliar la posición de la vecina con
los demás vecinos, intentando que ellos mismos logran solucionar
el problema que tienen que inclusive puede deberse al hecho de
que lo que le parece molesto a uno no le parece así a los otros.
Esto garantiza, además, que las partes tengan mejor disposición
para cumplir el acuerdo a que han llegado; en lugar del cobro
represivo una multa que probablemente empeore la convivencia
del lugar.
En el caso planteado, si no es posible llegar a un acuerdo
conciliatorio con la vecina, entonces el Juez de Paz podrá aplicar la
multa de los Bs. 10.000 que establece la Ordenanza.
Caso N° 2
9. La Justicia de la Paz
Caso N° 3
Supongamos que una persona retrocede y choca el carro que su vecino
acaba de comprar y el mismo no está asegurado. Cuando el afectado se
acerca al taller le informan que el monto de la reparación excede por
mucho los 4 salarios mínimos y la vecina que lo chocó, se niega a pagar la
reparación, porque insiste que el carro estaba mal estacionado y es por ello
que ocurrió el accidente. El monto de la reparación es el techo que la ley
pone para que el Juez de Paz conozca, no obstante, ambas partes deciden
acudir al Juez de Paz como tercero de buena fe para que decida por la vía
de la equidad quién tiene la razón y quién debe pagar la reparación.
Ante esta circunstancia el Juez de Paz deberá admitir su competencia, pues
las partes así lo decidieron y el Articulo 8 ord. 5 de la Ley Orgánica de
Justicia de Paz, así lo establece. En principio se debe buscar una solución
por la vía de la conciliación, siguiendo los pasos y medios descritos en el
capítulo correspondiente a ese procedimiento, con el fin de lograr que las
partes lleguen a un arreglo ellas mismas.
Si el procedimiento de conciliación no conduce a un acuerdo, o si las partes
insisten desde un principio que ya agotaron toda posibilidad de negociación
o conciliación, el Juez procederá a tomar una decisión conforme a la
equidad.