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LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
LEY Nº 29783
DECRETO SUPREMO N. 005-2012-TR:
REGLAMENTO DE LA LEY DE SST Y SUS
MODIFICATORIAS
Ing. Hugo I. Parinango Valerio
hparinangovalerio6003@gmail.com
Cel 986778975
I. INTRODUCCIÓN
II. MODIFICATORIAS DE LA LEY
29783 LEY DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO Y SU D.
S. 005-2012-TR REGLAMENTO
DE LA LEY DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
III. LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO
INTRODUCCION
I INTRODUCCIÓN
INTRODUCCIÓN
II MODIFICATORIAS DE LA LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO Y SU D. S. 005-2012-TR REGLAMENTO DE
LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD TRABAJO
D.S. 016-2016-TR MODIFICATORIA DEL REGLAMENTO DE LA LEY 29783
LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABADO APROBADO D.S. 005-
2012-TR
Ahora según el D.S. 016-2016-TR, este artículo dice: los
exámenes médicos ocupacionales se practican cada 2
años. En el caso de los nuevos trabajadores se tendrá en
cuenta su fecha de ingreso, para el caso de los trabajadores con
vínculo vigente se tomará en cuenta la fecha del último examen
médico ocupacional practicado por su empleador.
El principal cambio que se aprecia es que ya no se solicita el
examen médico al inicio de la relación laboral pero mantiene:
• La obligación del empleador de asumir el costo de los
exámenes médicos a los que se someta el trabajador,
• La realización de un examen médico al término de la
relación laboral siempre que exista la solicitud escrita del
trabajador.
D.L. 1499
D.L. 1499
D.L. 1499
D.L. 1499
LEY 31246
D.S. 001-2021-TR MODIFICATORIA DEL REGLAMENTO DE
LA LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABADO APROBADO D.S. 005-2012-TR
APRUEBA EL REGISTRO ÚNICO DE
INFORMACIÓN SOBRE ACCIDENTES
DE TRABAJO, INCIDENTES
PELIGROSOS Y ENFERMEDADES
OCUPACIONALES
APRUEBA EL REGISTRO ÚNICO DE
INFORMACIÓN SOBRE ACCIDENTES
DE TRABAJO, INCIDENTES
PELIGROSOS Y ENFERMEDADES
OCUPACIONALES
APRUEBA EL REGISTRO ÚNICO DE
INFORMACIÓN SOBRE ACCIDENTES
DE TRABAJO, INCIDENTES
PELIGROSOS Y ENFERMEDADES
OCUPACIONALES
NOTIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES
DE TRABAJO Y ENFERMEDADES
OCUPACIONALES
NOTIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE
TRABAJO Y ENFERMEDADES
OCUPACIONALES
Tablas maestras
1. Tamaño de empresa
2. Tipo de empresa o
actividad
3. Documento de
identificación
4. Turno
5. Sexo
6. Estado civil
7. Grado de instrucción
8. Categoría ocupacional
9. Tipo de contrato
10. Seguro de salud
11. Nombre de la EPS
Tablas maestras
12.¿ Cuento con Seguro Complementario de
Trabajo de
Riesgo (SCTR) ?
13. Gravedad del accidente
14. Tipo de accidente
15. Agente causante
16. Tipo de centro médico asistencial
17. Parte del cuerpo afectada
18. Naturaleza de la lesión
19. Enfermedad Profesional u Ocupacional
20. Incidente peligroso
21. Tipo de incapacidad
22. Tipo de diagnostico de enfermedad
ocupacional
NOTIFICACIÓN DE LOS
ACCIDENTES DE TRABAJO Y
ENFERMEDADES OCUPACIONALES
Estructura de la ley N° 29783
III LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
LEY DE
SEGURIDAD
Y SALUD EN
EL TRABAJO
1.-
PREVENCION
2.-
RESPONSABILIDAD
3.-
COOPERACION
4.-INFORMACION
Y CAPACITACION
5.-GESTION
NTEGRAL
6.-ATENCION
INTEGRAL DE LA
SALUD
7.-CONSULTA Y
PARTICIPACION
8.-PRINCIPIO DE
PRIMACIA DE LA
REALIDAD
9.-PRINCIPIO DE
PROTECCION.
PRINCIPIOS
TITULO PRELIMINAR
OBJETIVO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TRABAJADORES Y SUS ORGANIZACIONES
SINDICALES
VELAR POR LA PROMOCION, DIFUSION Y
CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA
EMPLEADOR
DEBER DE PREVENCION
ESTADO
ROL FISCALIZADOR Y DE CONTROL
“Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país”
TITULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES
AMBITO DE APLICACION DE LEY DE SST
Comprende :
A toda persona bajo
modalidad formativa y
a los trabajadores
autónomos. También
se incluye a todo
aquel que, sin prestar
servicios, se encuentre
dentro del lugar de
trabajo, en lo que les
resulte aplicable.
D.S.
N.
005-2012-TR:
REGLAMENTO
DE
LEY
SST
SECTORES DE
SERVICIOS
SECTOR
PUBLICO
TRABAJADORES
POR CUENTA
PROPIA
TODOS LOS SECTORES ECONOMICOS
AMBITO DE APLICACION DE LEY DE SST
Pone en
PRACTICA
Formula
LA POLITICA REEXAMINA
Prevenir los accidentes, daños a la salud como
consecuencia del trabajo, guarden relación o
sobrevengan durante el trabajo, reduciendo al
mínimo, en la medida en que sea razonable y
factible, las causas de los riesgos inherentes al
medio ambiente de trabajo.
Objeto:
TITULO II POLITICA NACIONAL DE SST
SISTEMA NACIONAL
DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
CONSEJO REGIONAL
DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
CONSEJO NACIONAL
DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
TITULO III SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO
Sistema
Nacional de
SST
Sistema Nacional de SST
Política Nacional de
SST
Sistema
Nacional
de SST
MINISTERIO
DE TRABAJO
Y
PROMOCION
DEL EMPLEO
MINISTERIO
DE SALUD
ROL SUPRA SECTORIAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
El
Empleador
Enfoque de Sistema
de Gestión en
Seguridad y Salud en
el Trabajo Instrumentos y directrices
Internacionales
Legislación vigente
Titulo IV Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo
Conjunto de elementos interrelacionados o interactivos que tienen por objeto establecer
una política, objetivos de seguridad y salud en el trabajo, mecanismos y acciones necesarios
para alcanzar dichos objetivos, estando íntimamente relacionado con el concepto de
responsabilidad social empresarial, en el orden de crear conciencia sobre el ofrecimiento de
buenas condiciones laborales a los trabajadores mejorando, de este modo, su calidad de
vida, y promoviendo la competitividad de los empleadores en el mercado.
Fuente: GLOSARIO DE TÉRMINOS del Reglamento SST
D.S.
N.
005-2012-TR:
REGLAMENTO
DE
LEY
SST
Los empleadores podrán aplicar
estándares internacionales en
seguridad y salud en el trabajo para
atender situaciones no previstas en
la legislación nacional.
APLICACIÓN DE ESTANDARES
INTERNACIONALES
D.S.
N.
005-2012-TR:
REGLAMENTO
DE
LEY
SST
Los Reglamentos sectoriales
que establezcan obligaciones
y derechos superiores a los
contenidos en la Ley y el
Reglamento, prevalecerán
sobre éstos.
APLICACIÓN DE NORMAS SECTORIALES
a)Ser específica para
la organización y
apropiada a su
tamaño y a la
naturaleza de sus
actividades;
b) Ser concisa, estar
redactada con
claridad, estar
fechada y hacerse
efectiva mediante la
firma o endoso del
empleador o del
representante de
mayor rango con
responsabilidad en la
organización;
d) Ser actualizada
periódicamente y
ponerse a
disposición de las
partes interesadas
externas, según
corresponda
c) Ser difundida y
fácilmente
accesible a
todas las
personas en el
lugar de trabajo;
Política SG-SST
DOCUMENTACIÓN DEL SGSST QUE DEBE EXHIBIR
EL EMPLEADOR
REGISTROS OBLIGATORIOS DEL SGSST
R.M. 050-2013-TR
ORGANIZACIÓN DEL SGSST
D.S.
N.
005-2012-TR:
REGLAMENTO
DE
LEY
SST
Los trabajadores y los representantes de
las organizaciones sindicales tienen el
derecho de consultar los registros del
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud
en el Trabajo, con excepción de la
información relativa a la salud del
trabajador que sólo será accesible con su
autorización escrita.
CONSULTA DE LOS REGISTROS DE SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO
ORGANIZACIÓN DEL SGSST
R.M. 085-2013-TR
Constitución del Comité de SST
Sólo las Empresas que cuente
con 20 o más trabajadores,
constituirán obligatoriamente
un Comité de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
Los empleadores que cuenten
con sindicatos mayoritarios
incorporan un miembro del
respectivo sindicato en
calidad de observador.
REPRESENTANTE DE TRABAJADORES:
a) Ser trabajador del empleador.
b) Tener dieciocho (18) años de edad
como mínimo.
c) De preferencia, tener capacitación en
temas de seguridad y salud en el trabajo
o laborar en puestos que permitan
tener conocimiento o información sobre
riesgos laborales.
REPRESENTANTE DEL EMPLEADOR:
El empleador designa a sus
representantes,
titulares y suplentes ante el Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo, entre el
personal de dirección y confianza.
Requisitos para ser miembro del Comité de SST
Se realiza mediante un proceso electoral
que está a cargo de la organización
sindical mayoritaria o la que afilie el
mayor número de trabajadores.
De no existir sindicato, el empleador
convoca a la elección la cual debe ser
democrática, mediante votación secreta y
directa, entre los candidatos presentados
por los trabajadores.
La elección se realiza mediante votación
secreta y directa.
La nominación de los candidatos debe
efectuarse quince (15) días hábiles
antes de la convocatoria a elecciones,
a fin de verificar que éstos cumplan con
los requisitos legales.
Cómo se elige a los representantes de los
trabajadores ante el Comité
Se puede crear Comisiones Técnicas para
casos específicos?
El Comité de SST, cuando la
magnitud de la organización del
empleador lo requiera, puede crear
comisiones técnicas para el
desarrollo de tareas específicas,
tales como, la investigación de
accidentes de trabajo, el diseño del
programa de capacitación, la
elaboración de procedimientos,
entre otras.
La composición de estas comisiones
es determinada por el Comité.
En empresas con menos de
20 trabajadores, se designará
un Supervisor de Seguridad y
Salud en el Trabajo quien
será elegido por los
trabajadores de entre ellos
siguiendo la formalidad de
elección de representantes
de trabajadores ante el
Comité de SST.
¿Quién nombra al Supervisor de Seguridad y Salud
en el Trabajo?
•El Supervisor de
Seguridad y Salud en el
Trabajo debe llevar un
registro donde consten
los acuerdos adoptados
con la máxima autoridad
de la empresa o
empleador.
¿El Supervisor también lleva un Libro de Actas?
• Licencia con goce de haber
para la realización de sus
funciones.
• Protección contra el despido
incausado.
• Facilidades para el
desempeño de sus funciones
en sus respectivas áreas de
trabajo, seis meses antes y
hasta seis meses después del
término de su función.
Qué facilidades deben tener los miembros del
Comite o supervisor de SST?
Queda vacante por:
a) Vencimiento del plazo establecido para el
ejercicio del cargo, en el caso de los
representantes de los trabajadores y del
Supervisor de SST.
b) Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones
consecutivas del Comité de SST o a cuatro (4)
alternadas, en el lapso de su vigencia.
c) Enfermedad física o mental que inhabilita
para el ejercicio del cargo.
d) Por cualquier otra causa que extinga el
vínculo laboral.
Los cargos vacantes son suplidos por el
representante alterno, hasta la conclusión del
mandato.
En caso de vacancia del cargo de Supervisor de
SST debe ser cubierto a través de la elección
por parte de los trabajadores.
¿Cuándo queda vacante el cargo de miembro del
Comité o Supervisor de SST?
Los servicios de salud en
el trabajo aseguran que
las funciones que
desarrollen sean
adecuadas y apropiadas
para los riesgos de la
empresa para la salud en
el trabajo
Todo empleador organiza
un Servicio de SST propio o
común a varios
empleadores, cuya
finalidad será
esencialmente preventiva.
Los Servicios de SST
FUNCIONES DEL SERVICIO DE SST
IPERC
DECRETO SUPREMO N° 002-2020-TR
El cual modifica el Articulo N° 77 del Reglamento de la Ley N°
29783– Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual es el
D.S 005-2012-TR
En la actualidad: Requisitos mínimos para la
elaboración o actualización del IPERC.
 Incluir las posibles situaciones de emergencia identificando las
actividades rutinarias y no rutinarias de cada puesto de trabajo
Ejemplo:
* Puesto: Soldador de una metalmecánica
* Actividades rutinarias: soldeo de tuberías en el taller
* No rutinarias: soldeo de una tubería durante parada
de planta
* Situaciones de emergencia: soldeo de una tubería
durante una fuga
¿ Qué se podrían presentar a causa del desarrollo de su
trabajo o con ocasión del mismo?
 Identificar las condiciones de trabajo existentes o previstas,
indicando la posibilidad que el trabajador que se encuentre bajo
dichas condiciones sea especialmente sensible a determinados
factores de riesgo.
Ejemplo:
• Puesto: Soldador de una metalmecánica
* Factores Personales de Riesgo
. Deficiencia visual
. Uso de lentes de contacto
* Factores de trabajo
Físicos
. Radiación UV o infrarroja
Químicos
. Los fundentes pueden contener compuestos
inorgánicos (cloro y flúor)
 Advertir los peligros y riesgos existentes o previstos, relacionados
al medio ambiente u organización del trabajo.
Ejemplo:
* Puesto: Soldador de una metalmecánica
. Medio ambiente de trabajo
- Altura
- Espacio confinado
. Organización de trabajo
- Turnos
- Planificación de trabajo
- Monotonía
- Participación
 Indicar las medidas de protección para los trabajadores con
discapacidad y la evaluación de factores de riesgos
relacionados al enfoque de género y adolescentes.
 Revisar y analizar los resultados de las evaluaciones de
factores de riesgos físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y
psicosociales
 Revisar y analizar las los resultados de las investigaciones de
accidentes de trabajo o enfermedades profesionales
realizados por la empresa.
 Analizar los datos estadísticos recopilados de la
vigilancia de la salud colectiva de los trabajadores.
D.S.
N.
005-2012-TR:
REGLAMENTO
DE
LEY
SST RESULTADO DE LA EVALUACION INICIAL
El resultado de la evaluación inicial o línea de base debe:
a) Estar documentado.
b) Servir de base para adoptar decisiones sobre la
aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo, y
c) Servir de referencia para evaluar la mejora continua
del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo.
La supervisión permite:
a) Identificar las fallas o deficiencias en el SGSST
b) Adoptar las medidas preventivas y correctivas necesarias para eliminar o
controlar los peligros asociados al trabajo.
c) Prever el intercambio de información sobre los resultados de la SST
d) Aportar información para determinar si las medidas ordinarias de prevención
y control de peligros y riesgos se aplican y demuestran ser eficaces.
e) Servir de base para la adopción de decisiones que tengan por objeto mejorar
la identificación de los peligros y el control de los riesgos, y el Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
EVALUACION DEL SG SST
INSPECCIONES INTERNAS DE SST
INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO,
ENFERMEDADES OCUPACIONALES INCIDENTES
PELIGROSOS
AUDITORÍAS INTERNAS
En el enfoque de genero y protección de las trabajadoras, se
considera que al estar en estado de gestación tienen derecho a
ser transferidas a otro puesto que no implique riesgo para su
salud integral, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y
de categoría;
Por incumplimientos de deber de prevención genera la
obligación de indemnizar al trabajador o sus derecho habientes
Asignando los recursos necesarios para garantizar el trabajo del
Comité paritario.
Garantizar que las elecciones de los representantes de los
trabajadores se realicen a través de las organizaciones
sindicales.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS
EMPLEADORES
TITULO V DERECHOS Y OBLIGACIONES
- Garantizar que los trabajadores hayan sido consultados
antes de que se ejecuten cambios en las operaciones, los
procesos y en la organización del trabajo que pudieran tener
repercusiones en la seguridad y salud de los trabajadores.
Informar :
- Las razones de los exámenes de salud ocupacional.
- Los resultados de los informes médicos previos a la
asignación de un puesto de trabajo y los relativos a la
evaluación de la salud,
Los resultados de los exámenes no pueden ser utilizados para
ejercer discriminación alguna sobre los trabajadores es
pasible de acciones administrativas y judiciales.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS
EMPLEADORES
El trabajador debe responder e informar con veracidad a las
instancias públicas que se lo requieran, caso contrario es
considerado falta grave, sin perjuicio de la denuncia penal
correspondiente.
La transferencia de un trabajador motivada por razones de
seguridad y salud en el trabajo, esta debe producirse sin
menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría
Tiene derecho a comunicarse libremente con los inspectores
de trabajo, esto puede producirse aún sin la presencia del
empleador.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
POLÍTICAS EN EL PLANO DE LAS EMPRESAS Y CENTROS MÉDICOS
ASISTENCIALES.
TITULO VI INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE
TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES
Una completa novedad es el reporte
en caso de accidentes de trabajo,
enfermedades profesionales e
incidentes peligrosos que afecten a
trabajadores independientes, en este
caso la notificación esta a cargo del
propio trabajador o de sus familiares
en el centro asistencial que brinda la
primera atención, el cual debe
proceder a comunicar al Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo y
al Ministerio de Salud;
POLÍTICAS EN EL PLANO DE LAS EMPRESAS Y CENTROS
MÉDICOS ASISTENCIALES
INVESTIGACIONES DE ACCIDENTES DE TRABAJO,
ENFERMEDADES OCUPACIONALES E INCIDENTES
PELIGROSOS
PERITOS
TECNICOS
REPRESENTANTES O
VISITA DE INSPECCION
FACULTADES DE LOS INSPECTORES DE TRABAJO
- Aconsejar y recomendar la
adopción de medidas de SST.
- Solicitar la realización las
modificaciones.
-Iniciar el procedimiento
sancionador por
incumplimiento de las normas
de seguridad y salud en el
trabajo.
- Presunta comisión de delito
vinculado a la inobservancia de
las normas de seguridad y salud
en el trabajo, la inspección de
trabajo remite al Ministerio
Público los hechos que haya
conocido y los sujetos que
podrían resultar afectados
Para el adecuado ejercicio de las funciones de
inspección en materia de seguridad y salud en el
trabajo
TITULO VII INSPECCION DE TRABAJO EN SST
ORIGEN DE LAS ACTUACIONES INSPECTIVAS Y
REQUERIMIENTO EN CASO DE INFRACCIÓN
Las actuaciones inspectivas sobre esta materia se
originan por :
- Orden de las autoridades competentes del MTPE.
- A solicitud fundamentada de otro órgano del
sector público o de
- Cualquier órgano jurisdiccional en cuyo caso
deben determinarse las actuaciones que le
interesan y su finalidad.
- Por denuncia del trabajador;
De comprobarse la existencia de una infracción en
materia de seguridad y salud en el trabajo, se
sugiere al sujeto responsable de su comisión la
adopción, en un plazo determinado, de las
medidas necesarias para garantizar el
cumplimiento de sus disposiciones vulneradas y de
las modificaciones necesarias en sus instalaciones,
equipos y métodos de trabajo.
En el caso de que los inspectores
comprueben que la inobservancia de
la normatividad sobre prevención de
riegos laborales implica un grave e
inminente riesgo para la seguridad y
salud de los trabajadores pueden
ordenar de conformidad con la
legislación de inspecciones la
inmediata paralización o la
prohibición de los trabajos o tareas,
dichas ordenes son inmediatamente
ejecutadas, independientemente del
pago de las remuneraciones e
indemnizaciones a favor de los
trabajadores afectados.
PARALIZACIÓN O PROHIBICIÓN DE TRABAJOS
POR RIESGO GRAVE O INMINENTE
ENTIDAD EMPLEADORA PRINCIPAL
Servicios Contratistas
Subcontratistas
Visitantes
Practicantes
Otros
Infracciones por incumplimiento
de garantizar la SST
RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO A LA
OBLIGACIÓN DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE
LOS TRABAJADORES
DELITO PENA
El que no adopte las
medidas preventivas de SST
poniendo en riesgo su vida
y salud así como de los
trabajadores.
No menos de 2 años
Ni mayor de 5 años
Por inobservancia de las
normas de SST ocurre un
accidente mortal o con
lesiones graves
No menos de 5 años
Ni mayor de 10 años
INCORPORACIÓN DE LA FIGURA PENAL DEL DELITO
DE ATENTADO CONTRA LAS CONDICIONES DE
SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIALES
Código Penal del artículo 168-A
Tipo penal : Atentado contra las condiciones
de seguridad e higiene industriales
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
MODIFICATORIAS ( Ley 30222 )
CUARTA. Modificase el articulo 168 – A del Código Penal, con el texto
siguiente:
Articulo 168 . A Atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el
trabajo.
El que, deliberadamente, infringiendo las normas de seguridad y salud en el
trabajo y estando legalmente obligado, y habiendo sido notificado
previamente por la autoridad competente por no adoptar las medidas
previstas en estas y como consecuencia directa de dicha inobservancia, ponga
en peligro inminente la vida, salud o integridad física de sus trabajadores, será
reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro
años.
Si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de
seguridad y salud en el trabajo, se causa la muerte del trabajador o terceros o
le producen lesión grave, y el agente pudo prever este resultado, la pena
privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años en caso
de muerte y, no menor de tres ni mayor de seis años en caso de lesión grave.
Se excluye la responsabilidad penal cuando la muerte o lesiones graves son
producto de la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo
por parte del trabajador.”
“Artículo 168-A.- Atentado contra las condiciones de seguridad y salud
en el trabajo
El que, deliberadamente, infringiendo las normas de seguridad y salud en el
trabajo y estando legalmente obligado, ponga en peligro inminente la vida,
salud o integridad física de sus trabajadores de forma grave, será reprimido
con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.
Si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de
seguridad y salud en el trabajo, se causa la muerte del trabajador o terceros o
le producen lesión grave, y el agente pudo prever este resultado, la pena
privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años en caso
de muerte y, no menor de tres ni mayor de seis años en caso de lesión grave”.
(Decreto de Urgencia N° 044-2019) Se acaba de modificar el artículo 168-A
del Código Penal, que tipifica el delito de atentado contra las condiciones de
seguridad y salud en el trabajo. Se han realizado dos importantes cambios,
que permitirá la sanción penal a los empleadores infractores.
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LEY DE SST (2) (1) (1).ppt

  • 1. LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY Nº 29783 DECRETO SUPREMO N. 005-2012-TR: REGLAMENTO DE LA LEY DE SST Y SUS MODIFICATORIAS Ing. Hugo I. Parinango Valerio hparinangovalerio6003@gmail.com Cel 986778975
  • 2. I. INTRODUCCIÓN II. MODIFICATORIAS DE LA LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y SU D. S. 005-2012-TR REGLAMENTO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO III. LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 6. II MODIFICATORIAS DE LA LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y SU D. S. 005-2012-TR REGLAMENTO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD TRABAJO
  • 7.
  • 8.
  • 9.
  • 10.
  • 11.
  • 12.
  • 13. D.S. 016-2016-TR MODIFICATORIA DEL REGLAMENTO DE LA LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABADO APROBADO D.S. 005- 2012-TR Ahora según el D.S. 016-2016-TR, este artículo dice: los exámenes médicos ocupacionales se practican cada 2 años. En el caso de los nuevos trabajadores se tendrá en cuenta su fecha de ingreso, para el caso de los trabajadores con vínculo vigente se tomará en cuenta la fecha del último examen médico ocupacional practicado por su empleador. El principal cambio que se aprecia es que ya no se solicita el examen médico al inicio de la relación laboral pero mantiene: • La obligación del empleador de asumir el costo de los exámenes médicos a los que se someta el trabajador, • La realización de un examen médico al término de la relación laboral siempre que exista la solicitud escrita del trabajador.
  • 19.
  • 20. D.S. 001-2021-TR MODIFICATORIA DEL REGLAMENTO DE LA LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABADO APROBADO D.S. 005-2012-TR
  • 21.
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  • 30.
  • 31. APRUEBA EL REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO, INCIDENTES PELIGROSOS Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES
  • 32. APRUEBA EL REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO, INCIDENTES PELIGROSOS Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES
  • 33. APRUEBA EL REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO, INCIDENTES PELIGROSOS Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES
  • 34.
  • 35.
  • 36. NOTIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES
  • 37. NOTIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES
  • 38.
  • 39.
  • 40.
  • 41.
  • 42. Tablas maestras 1. Tamaño de empresa 2. Tipo de empresa o actividad 3. Documento de identificación 4. Turno 5. Sexo 6. Estado civil 7. Grado de instrucción 8. Categoría ocupacional 9. Tipo de contrato 10. Seguro de salud 11. Nombre de la EPS
  • 43. Tablas maestras 12.¿ Cuento con Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) ? 13. Gravedad del accidente 14. Tipo de accidente 15. Agente causante 16. Tipo de centro médico asistencial 17. Parte del cuerpo afectada 18. Naturaleza de la lesión 19. Enfermedad Profesional u Ocupacional 20. Incidente peligroso 21. Tipo de incapacidad 22. Tipo de diagnostico de enfermedad ocupacional
  • 44. NOTIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES
  • 45.
  • 46.
  • 47.
  • 48.
  • 49.
  • 50. Estructura de la ley N° 29783 III LEY 29783 LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 51. LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 1.- PREVENCION 2.- RESPONSABILIDAD 3.- COOPERACION 4.-INFORMACION Y CAPACITACION 5.-GESTION NTEGRAL 6.-ATENCION INTEGRAL DE LA SALUD 7.-CONSULTA Y PARTICIPACION 8.-PRINCIPIO DE PRIMACIA DE LA REALIDAD 9.-PRINCIPIO DE PROTECCION. PRINCIPIOS TITULO PRELIMINAR
  • 52. OBJETIVO DE LA LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TRABAJADORES Y SUS ORGANIZACIONES SINDICALES VELAR POR LA PROMOCION, DIFUSION Y CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EMPLEADOR DEBER DE PREVENCION ESTADO ROL FISCALIZADOR Y DE CONTROL “Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país” TITULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES
  • 53. AMBITO DE APLICACION DE LEY DE SST
  • 54. Comprende : A toda persona bajo modalidad formativa y a los trabajadores autónomos. También se incluye a todo aquel que, sin prestar servicios, se encuentre dentro del lugar de trabajo, en lo que les resulte aplicable. D.S. N. 005-2012-TR: REGLAMENTO DE LEY SST SECTORES DE SERVICIOS SECTOR PUBLICO TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA TODOS LOS SECTORES ECONOMICOS AMBITO DE APLICACION DE LEY DE SST
  • 55. Pone en PRACTICA Formula LA POLITICA REEXAMINA Prevenir los accidentes, daños a la salud como consecuencia del trabajo, guarden relación o sobrevengan durante el trabajo, reduciendo al mínimo, en la medida en que sea razonable y factible, las causas de los riesgos inherentes al medio ambiente de trabajo. Objeto: TITULO II POLITICA NACIONAL DE SST
  • 56. SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CONSEJO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TITULO III SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 57. Sistema Nacional de SST Sistema Nacional de SST Política Nacional de SST Sistema Nacional de SST
  • 58. MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO MINISTERIO DE SALUD ROL SUPRA SECTORIAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 59. El Empleador Enfoque de Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo Instrumentos y directrices Internacionales Legislación vigente Titulo IV Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo Conjunto de elementos interrelacionados o interactivos que tienen por objeto establecer una política, objetivos de seguridad y salud en el trabajo, mecanismos y acciones necesarios para alcanzar dichos objetivos, estando íntimamente relacionado con el concepto de responsabilidad social empresarial, en el orden de crear conciencia sobre el ofrecimiento de buenas condiciones laborales a los trabajadores mejorando, de este modo, su calidad de vida, y promoviendo la competitividad de los empleadores en el mercado. Fuente: GLOSARIO DE TÉRMINOS del Reglamento SST
  • 60.
  • 61.
  • 62. D.S. N. 005-2012-TR: REGLAMENTO DE LEY SST Los empleadores podrán aplicar estándares internacionales en seguridad y salud en el trabajo para atender situaciones no previstas en la legislación nacional. APLICACIÓN DE ESTANDARES INTERNACIONALES
  • 63. D.S. N. 005-2012-TR: REGLAMENTO DE LEY SST Los Reglamentos sectoriales que establezcan obligaciones y derechos superiores a los contenidos en la Ley y el Reglamento, prevalecerán sobre éstos. APLICACIÓN DE NORMAS SECTORIALES
  • 64. a)Ser específica para la organización y apropiada a su tamaño y a la naturaleza de sus actividades; b) Ser concisa, estar redactada con claridad, estar fechada y hacerse efectiva mediante la firma o endoso del empleador o del representante de mayor rango con responsabilidad en la organización; d) Ser actualizada periódicamente y ponerse a disposición de las partes interesadas externas, según corresponda c) Ser difundida y fácilmente accesible a todas las personas en el lugar de trabajo; Política SG-SST
  • 65.
  • 66. DOCUMENTACIÓN DEL SGSST QUE DEBE EXHIBIR EL EMPLEADOR
  • 67. REGISTROS OBLIGATORIOS DEL SGSST R.M. 050-2013-TR
  • 69. D.S. N. 005-2012-TR: REGLAMENTO DE LEY SST Los trabajadores y los representantes de las organizaciones sindicales tienen el derecho de consultar los registros del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, con excepción de la información relativa a la salud del trabajador que sólo será accesible con su autorización escrita. CONSULTA DE LOS REGISTROS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 72. Constitución del Comité de SST Sólo las Empresas que cuente con 20 o más trabajadores, constituirán obligatoriamente un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Los empleadores que cuenten con sindicatos mayoritarios incorporan un miembro del respectivo sindicato en calidad de observador.
  • 73. REPRESENTANTE DE TRABAJADORES: a) Ser trabajador del empleador. b) Tener dieciocho (18) años de edad como mínimo. c) De preferencia, tener capacitación en temas de seguridad y salud en el trabajo o laborar en puestos que permitan tener conocimiento o información sobre riesgos laborales. REPRESENTANTE DEL EMPLEADOR: El empleador designa a sus representantes, titulares y suplentes ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, entre el personal de dirección y confianza. Requisitos para ser miembro del Comité de SST
  • 74. Se realiza mediante un proceso electoral que está a cargo de la organización sindical mayoritaria o la que afilie el mayor número de trabajadores. De no existir sindicato, el empleador convoca a la elección la cual debe ser democrática, mediante votación secreta y directa, entre los candidatos presentados por los trabajadores. La elección se realiza mediante votación secreta y directa. La nominación de los candidatos debe efectuarse quince (15) días hábiles antes de la convocatoria a elecciones, a fin de verificar que éstos cumplan con los requisitos legales. Cómo se elige a los representantes de los trabajadores ante el Comité
  • 75. Se puede crear Comisiones Técnicas para casos específicos? El Comité de SST, cuando la magnitud de la organización del empleador lo requiera, puede crear comisiones técnicas para el desarrollo de tareas específicas, tales como, la investigación de accidentes de trabajo, el diseño del programa de capacitación, la elaboración de procedimientos, entre otras. La composición de estas comisiones es determinada por el Comité.
  • 76. En empresas con menos de 20 trabajadores, se designará un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo quien será elegido por los trabajadores de entre ellos siguiendo la formalidad de elección de representantes de trabajadores ante el Comité de SST. ¿Quién nombra al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo?
  • 77. •El Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo debe llevar un registro donde consten los acuerdos adoptados con la máxima autoridad de la empresa o empleador. ¿El Supervisor también lleva un Libro de Actas?
  • 78. • Licencia con goce de haber para la realización de sus funciones. • Protección contra el despido incausado. • Facilidades para el desempeño de sus funciones en sus respectivas áreas de trabajo, seis meses antes y hasta seis meses después del término de su función. Qué facilidades deben tener los miembros del Comite o supervisor de SST?
  • 79. Queda vacante por: a) Vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del cargo, en el caso de los representantes de los trabajadores y del Supervisor de SST. b) Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones consecutivas del Comité de SST o a cuatro (4) alternadas, en el lapso de su vigencia. c) Enfermedad física o mental que inhabilita para el ejercicio del cargo. d) Por cualquier otra causa que extinga el vínculo laboral. Los cargos vacantes son suplidos por el representante alterno, hasta la conclusión del mandato. En caso de vacancia del cargo de Supervisor de SST debe ser cubierto a través de la elección por parte de los trabajadores. ¿Cuándo queda vacante el cargo de miembro del Comité o Supervisor de SST?
  • 80.
  • 81. Los servicios de salud en el trabajo aseguran que las funciones que desarrollen sean adecuadas y apropiadas para los riesgos de la empresa para la salud en el trabajo Todo empleador organiza un Servicio de SST propio o común a varios empleadores, cuya finalidad será esencialmente preventiva. Los Servicios de SST
  • 83.
  • 84.
  • 85.
  • 86. IPERC
  • 87. DECRETO SUPREMO N° 002-2020-TR El cual modifica el Articulo N° 77 del Reglamento de la Ley N° 29783– Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual es el D.S 005-2012-TR En la actualidad: Requisitos mínimos para la elaboración o actualización del IPERC.
  • 88.  Incluir las posibles situaciones de emergencia identificando las actividades rutinarias y no rutinarias de cada puesto de trabajo
  • 89. Ejemplo: * Puesto: Soldador de una metalmecánica * Actividades rutinarias: soldeo de tuberías en el taller * No rutinarias: soldeo de una tubería durante parada de planta * Situaciones de emergencia: soldeo de una tubería durante una fuga ¿ Qué se podrían presentar a causa del desarrollo de su trabajo o con ocasión del mismo?
  • 90.  Identificar las condiciones de trabajo existentes o previstas, indicando la posibilidad que el trabajador que se encuentre bajo dichas condiciones sea especialmente sensible a determinados factores de riesgo.
  • 91. Ejemplo: • Puesto: Soldador de una metalmecánica * Factores Personales de Riesgo . Deficiencia visual . Uso de lentes de contacto * Factores de trabajo Físicos . Radiación UV o infrarroja Químicos . Los fundentes pueden contener compuestos inorgánicos (cloro y flúor)
  • 92.  Advertir los peligros y riesgos existentes o previstos, relacionados al medio ambiente u organización del trabajo.
  • 93. Ejemplo: * Puesto: Soldador de una metalmecánica . Medio ambiente de trabajo - Altura - Espacio confinado . Organización de trabajo - Turnos - Planificación de trabajo - Monotonía - Participación
  • 94.  Indicar las medidas de protección para los trabajadores con discapacidad y la evaluación de factores de riesgos relacionados al enfoque de género y adolescentes.
  • 95.  Revisar y analizar los resultados de las evaluaciones de factores de riesgos físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales
  • 96.  Revisar y analizar las los resultados de las investigaciones de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales realizados por la empresa.
  • 97.  Analizar los datos estadísticos recopilados de la vigilancia de la salud colectiva de los trabajadores.
  • 98. D.S. N. 005-2012-TR: REGLAMENTO DE LEY SST RESULTADO DE LA EVALUACION INICIAL El resultado de la evaluación inicial o línea de base debe: a) Estar documentado. b) Servir de base para adoptar decisiones sobre la aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y c) Servir de referencia para evaluar la mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • 99.
  • 100. La supervisión permite: a) Identificar las fallas o deficiencias en el SGSST b) Adoptar las medidas preventivas y correctivas necesarias para eliminar o controlar los peligros asociados al trabajo. c) Prever el intercambio de información sobre los resultados de la SST d) Aportar información para determinar si las medidas ordinarias de prevención y control de peligros y riesgos se aplican y demuestran ser eficaces. e) Servir de base para la adopción de decisiones que tengan por objeto mejorar la identificación de los peligros y el control de los riesgos, y el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. EVALUACION DEL SG SST
  • 102. INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES OCUPACIONALES INCIDENTES PELIGROSOS
  • 103.
  • 105.
  • 106. En el enfoque de genero y protección de las trabajadoras, se considera que al estar en estado de gestación tienen derecho a ser transferidas a otro puesto que no implique riesgo para su salud integral, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría; Por incumplimientos de deber de prevención genera la obligación de indemnizar al trabajador o sus derecho habientes Asignando los recursos necesarios para garantizar el trabajo del Comité paritario. Garantizar que las elecciones de los representantes de los trabajadores se realicen a través de las organizaciones sindicales. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES TITULO V DERECHOS Y OBLIGACIONES
  • 107. - Garantizar que los trabajadores hayan sido consultados antes de que se ejecuten cambios en las operaciones, los procesos y en la organización del trabajo que pudieran tener repercusiones en la seguridad y salud de los trabajadores. Informar : - Las razones de los exámenes de salud ocupacional. - Los resultados de los informes médicos previos a la asignación de un puesto de trabajo y los relativos a la evaluación de la salud, Los resultados de los exámenes no pueden ser utilizados para ejercer discriminación alguna sobre los trabajadores es pasible de acciones administrativas y judiciales. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES
  • 108. El trabajador debe responder e informar con veracidad a las instancias públicas que se lo requieran, caso contrario es considerado falta grave, sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente. La transferencia de un trabajador motivada por razones de seguridad y salud en el trabajo, esta debe producirse sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría Tiene derecho a comunicarse libremente con los inspectores de trabajo, esto puede producirse aún sin la presencia del empleador. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
  • 109. POLÍTICAS EN EL PLANO DE LAS EMPRESAS Y CENTROS MÉDICOS ASISTENCIALES. TITULO VI INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES
  • 110. Una completa novedad es el reporte en caso de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales e incidentes peligrosos que afecten a trabajadores independientes, en este caso la notificación esta a cargo del propio trabajador o de sus familiares en el centro asistencial que brinda la primera atención, el cual debe proceder a comunicar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y al Ministerio de Salud; POLÍTICAS EN EL PLANO DE LAS EMPRESAS Y CENTROS MÉDICOS ASISTENCIALES
  • 111. INVESTIGACIONES DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES OCUPACIONALES E INCIDENTES PELIGROSOS
  • 112. PERITOS TECNICOS REPRESENTANTES O VISITA DE INSPECCION FACULTADES DE LOS INSPECTORES DE TRABAJO - Aconsejar y recomendar la adopción de medidas de SST. - Solicitar la realización las modificaciones. -Iniciar el procedimiento sancionador por incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo. - Presunta comisión de delito vinculado a la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo, la inspección de trabajo remite al Ministerio Público los hechos que haya conocido y los sujetos que podrían resultar afectados Para el adecuado ejercicio de las funciones de inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo TITULO VII INSPECCION DE TRABAJO EN SST
  • 113. ORIGEN DE LAS ACTUACIONES INSPECTIVAS Y REQUERIMIENTO EN CASO DE INFRACCIÓN Las actuaciones inspectivas sobre esta materia se originan por : - Orden de las autoridades competentes del MTPE. - A solicitud fundamentada de otro órgano del sector público o de - Cualquier órgano jurisdiccional en cuyo caso deben determinarse las actuaciones que le interesan y su finalidad. - Por denuncia del trabajador; De comprobarse la existencia de una infracción en materia de seguridad y salud en el trabajo, se sugiere al sujeto responsable de su comisión la adopción, en un plazo determinado, de las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de sus disposiciones vulneradas y de las modificaciones necesarias en sus instalaciones, equipos y métodos de trabajo.
  • 114. En el caso de que los inspectores comprueben que la inobservancia de la normatividad sobre prevención de riegos laborales implica un grave e inminente riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores pueden ordenar de conformidad con la legislación de inspecciones la inmediata paralización o la prohibición de los trabajos o tareas, dichas ordenes son inmediatamente ejecutadas, independientemente del pago de las remuneraciones e indemnizaciones a favor de los trabajadores afectados. PARALIZACIÓN O PROHIBICIÓN DE TRABAJOS POR RIESGO GRAVE O INMINENTE
  • 115. ENTIDAD EMPLEADORA PRINCIPAL Servicios Contratistas Subcontratistas Visitantes Practicantes Otros Infracciones por incumplimiento de garantizar la SST RESPONSABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES
  • 116. DELITO PENA El que no adopte las medidas preventivas de SST poniendo en riesgo su vida y salud así como de los trabajadores. No menos de 2 años Ni mayor de 5 años Por inobservancia de las normas de SST ocurre un accidente mortal o con lesiones graves No menos de 5 años Ni mayor de 10 años INCORPORACIÓN DE LA FIGURA PENAL DEL DELITO DE ATENTADO CONTRA LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIALES Código Penal del artículo 168-A Tipo penal : Atentado contra las condiciones de seguridad e higiene industriales
  • 117. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS ( Ley 30222 ) CUARTA. Modificase el articulo 168 – A del Código Penal, con el texto siguiente: Articulo 168 . A Atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. El que, deliberadamente, infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y estando legalmente obligado, y habiendo sido notificado previamente por la autoridad competente por no adoptar las medidas previstas en estas y como consecuencia directa de dicha inobservancia, ponga en peligro inminente la vida, salud o integridad física de sus trabajadores, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. Si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de seguridad y salud en el trabajo, se causa la muerte del trabajador o terceros o le producen lesión grave, y el agente pudo prever este resultado, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años en caso de muerte y, no menor de tres ni mayor de seis años en caso de lesión grave. Se excluye la responsabilidad penal cuando la muerte o lesiones graves son producto de la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo por parte del trabajador.”
  • 118. “Artículo 168-A.- Atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo El que, deliberadamente, infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y estando legalmente obligado, ponga en peligro inminente la vida, salud o integridad física de sus trabajadores de forma grave, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. Si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de seguridad y salud en el trabajo, se causa la muerte del trabajador o terceros o le producen lesión grave, y el agente pudo prever este resultado, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años en caso de muerte y, no menor de tres ni mayor de seis años en caso de lesión grave”. (Decreto de Urgencia N° 044-2019) Se acaba de modificar el artículo 168-A del Código Penal, que tipifica el delito de atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Se han realizado dos importantes cambios, que permitirá la sanción penal a los empleadores infractores.

Notas del editor

  1. D.S. N ° 020-2019-TR Las capacitaciones deben ser presenciales atendiendo a los temas dispuestos en el plan anual de capacitaciones aprobado por el Comité de SST
  2. La ley nos dice ¿Qué hacer? Y el reglamento ¿como hacer?
  3. Prevención.- Tiene como objetivo el deber del empleador de garantizar, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores…. Un aspecto que se incluyo en el texto de la ley de SST es la consideración de los factores sociales, laborales y biológicos , diferenciados en función del sexo. Se entiende la adición por la creciente inclusión de las mujeres en el mundo del trabajo. Responsabilidad.- Imputa al empleador las implicancias económicas, legales y de cualquier otra índole ante la ocurrencia de accidentes o enfermedades de los trabajadores. En tal sentido esta delegación de la autoridad funcional no lo exonera de las responsabilidades que se gegran por incumplimiento de la legislación en prevención de los riesgos laborales. Cooperación.- Este principio tiene dos expresiones . Una en el ámbito nacional , en el denominado Sistema Nacional de SST con la conformación de la Comisión Nacional de SST y las Comisiones Regionales de SST. La otra expresión es el Comité de SST. Información y capacitación.- Reciben del empleador una oportuna y adecuada información y capacitación preventiva en la tarea a desarrollar, con énfasis en lo potencialmente riesgoso para la vida y seguridad de los trabajadores, ello con una finalidad eminentemente preventiva. Gestión Integral.- Se reconoce que la inversión preventiva tiene un impacto positivo en la mejora de las condiciones de trabajo, de la productividad y de la competividad de las empresas. En este principio se pone énfasis en que los trabajadores que sufran algún accidente de trabajo o enfermedad ocupacional tienen derecho a las prestaciones de salud necesarias y suficientes hasta su recuperación y rehabilitación , procurando su reinserción laboral. Este principio promueve que el Estado que el Estado establezca mecanismos de consulta y participación de las organizaciones de empleadores y trabajadores mas representativos y de los actores sociales para la adopción de mejoras en materia de SST. Brinden información completa y veraz sobre la materia. Ademas, se sostiene que en los casos en donde se presente una diferencia entre el contenido de un documento y la realidad, las autoridades deberán optar por lo verificado en la realidad. Sostiene que los trabajadores tienen derecho a que el Estado y los empleadores aseguren las condiciones de trabajo dignas que les garanticen un estado de vida saludable, física, mental y socialmente , en forma continua.
  4. El Estado, en consulta con las organizaciones mas representativas de los empleadores y de trabajadores, tiene la obligación de formular, poner en práctica y reexaminar periódicamente una Política Nacional de SST
  5. Creáse el Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo con participación de las organizaciones de empleadores y trabajadores, a fin de garantizar la protección de todos los trabajadores en el ámbito de la SST.
  6. MINSA representante de salud, CENSOPAS (Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente para la Salud , CONFIEP Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas
  7. Son las que dan las leyes y las fiscalizan.