EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
Los cuatro paradigmas en la investigación juridica
1. LOS CUATRO PARADIGMAS PARA EL ESTUDIO DE LOS
FENÓMENOS JURÍDICOS
Por: José Mariano Panes Torres
Mtra. Lina Denis Domínguez
2. Glosario
Términos Generales:
• Paradigma: Un paradigma es un modelo o patrón sostenido en
una disciplina científica o epistemológica o, a diversa escala, en
otros contextos de una sociedad.
• Teoría: Todas aquellas hipótesis que componen un saber y que
son el resultado de la observación directa de diversos fenómenos.
3. Glosario
• Epistemología: La epistemología es la ciencia que estudia el
conocimiento humano y el modo en que el individuo actúa para
desarrollar sus estructuras de pensamiento.
• Ontología: Estudia al ser en un sentido general y sus propiedades
más trascendentales. Se centra en cómo los entes pueden ser
clasificados de determinadas maneras, dentro de unas jerarquías y
subdivididos de acuerdo a las similitudes y las diferencias que
presentan.
4. Glosario
• A priori : Es el conocimiento que es absolutamente independiente
de toda experiencia, no de esta o aquella experiencia, posee
universalidad y necesidad.
• Términos jurídicos:
• Derecho: Conjunto de normas jurídicas que imponen deberes y
confieren facultades, creadas por el Estado, establecen las bases de
convivencia social y en caso de incumplimiento esta prevista de una
sanción judicial.
5. Glosario
• Ley: Regla o norma establecida por una autoridad superior para
regular, de acuerdo con la justicia, algún aspecto de las relaciones
sociales.
• Filosofía del Derecho: Estudia los fundamentos filosóficos
del Derecho como orden normativo e institucional de la conducta
humana en sociedad.
6. Glosario
• Hermenéutica Jurídica: Se ocupa de establecer los principios
elaborados doctrinaria y jurisprudencialmente, para efectuar una
adecuada interpretación de las normas jurídicas.
• Argumentación Jurídica: Es el proceso mental- lingüístico, sea
oral o escrito, que los operadores jurídicos realizan para persuadir o
convencer a la otra parte respecto a sus pretensiones, no como un
mero proceso discursivo del uso de la buena palabra, sino que se
deben expresar razonadamente los argumentos para tener la
eficacia y validez que se busca.
7. Conocimiento obtenido mediante el
cuestionario.
• La ciencia normal es la que práctica una comunidad científica que posee en común una
matriz disciplinar basada en un conjunto de ejemplares compartidos
• El cambio de visión, de una matriz disciplinar, genera un cambio de como se el mundo a
primera instancia: Por los cambios conceptuales, ya que no supone un cambio en el mundo,
solo un cambio de lo que de él se ve y como se ve.
• Los hechos singuen siendo los mismos aunque un termino se aplique en dos contextos o
teorías diferentes, esto es que solo surge cambio en la interpretación de los conceptos de lo
que uno puede percibir.
• El objeto de la teoría es el estudio de un ámbito de fenómenos, se desarrolla la teoría dando
respuesta a las cuestiones realizadas acerca de los fenómenos.
8. Conocimiento obtenido mediante el
cuestionario.
• Si la teoría inicial no es capaz de responder las cuestiones que se van imponiendo, la teoría
resulta inadecuada.
• Tenemos dos principales premisas en nuestra materia:
Aristóteles.- Todos los hombres por naturaleza desean conocer y el conocimiento proporciona
sabiduría
Hegel.- No cabe duda de que se puede saber algo de una manera falsa
• Esto no lleva a explicar que el deseo de conocer es natural del ser humano, por tal motivo
tenemos la probabilidad de tener un conocimiento verdadero y falso, por tanto el sujeto
debe desarrollar su actividad cognitiva por medio de las cuales es posible obtener
conocimientos validos o verdaderos
9. LOS CUATRO PARADIGMAS PARA EL ESTUDIO DE LOS FENÓMENOS JURÍDICOS
TEORÍA METAFÍSICA-
ONTOLÓGICA
TEORÍA METAFÍSICA-RACIONAL TEORÍA EMPIRISTA TEORÍA LINGÚISTICA
SOSTIENEN QUE TODO
CONOCIMIENTO ESTÁ CONTENIDO EN
UNA NATURALEZA ÓNTICA EXTERIOR
AL HOMBRE QUE ES DESCUBIERTA
POR LA RAZÓN.
SE PREGUNTA POR EL SER BAJO LA
TESIS DE LA UNIDAD ENTRE EL SABER
Y EL OBJETO.
LOCALIZA LA ESENCIA DEL
CONOCIMIENTO EN EL PENSAMIENTO
Y EN LA RAZÓN.
SOSTIENE QUE LA FUENTE DEL
CONOCIMIENTO RADICA EN LA
EXPERIENCIA ANTES QUE EN LA
RAZÓN.
PARTEN DEL HECHO QUE LOS
FENÓMENOS SOCIALES SIEMPRE SE
ENCUENTRAN LINGÜÍSTICAMENTE
MEDIADOS.
FILOSOFÍA DEL DERECHO DE SANTO
TOMÁS DE AQUINO:
LA LEY ETERNA ES LA REALIDAD
SUPREMA QUE CONSTITUYE LA
REALIDAD PRIMARIA DEL DERECHO Y
ESTABLECE LOS PRINCIPIOS
FUNDAMENTALES DE SU ORDEN
NECESARIO E IMPRIME EN LA RAZÓN
HUMANA UNA INCLINACIÓN NATURAL A
LA ACCIÓN DEBIDA Y AL FIN-BIEN
COMÚN.
SE DEDUCEN DE ESOS PRINCIPIOS
GENERALES, LOS CRITERIOS
JURÍDICOS CONCRETOS QUE
SERVIRÁN PARA CONFORMAR UN
SISTEMA JURÍDICO.
TEORÍA DEL DERECHO DE KANT:
EL DERECHO ENCUENTRA SU
FUNDAMENTO EN LA MORAL;
CUALQUIER OBLIGACIÓN JURÍDICA
INDIRECTAMENTE ES UNA OBLIGACIÓN
MORAL.
TEORÍA PURA DE DERECHO DE
KELSEN:
ES UN SISTEMA DE DERECHO CON
UNA FUNDAMENTACIÓN
ESTRICTAMENTE JURÍDICA.
SE OCUPA EXCLUSIVAMENTE DE LAS
ESTRUCTURAS FORMALES DE LAS
NORMAS JURÍDICAS.
UN JUICIO DE “DEBER SER” ES EL
PROPIO DEL DERECHO.
PARADIGMA DE LA FUERZA
MAX WEBER: EL DERECHO EN
SENTIDO SOCIOLÓGICO ES LA
EXISTENCIA DE UN MECANISMO
COACTIVO CONSIDERADO COMO
VÁLIDO POR LOS HOMBRES EN UNA
COMUNIDAD PARA ORIENTAR SU
CONDUCTA PRÁCTICA.
RUDOLF VON IHERING: EL DERECHO
NO ES UNA IDEA LÓGICA SINO UNA
IDEA DE FUERZA. EL ESTADO
MANTIENE EL ORDEN MEDIANTE LA
FUERZA.
FERDINAND LASALLE: EL PODER
PREVALECE SOBRE EL DERECHO.
ALF ROSS: EL PODER Y LA FUERZA
PROPIA DEL ESTADO FUNCIONAN POR
MEDIO DEL DERECHO.
HERMENEÚTICA JURÍDICA:
EL DERECHOE EXPRESADO EN
REGLAS, SOLO PUEDE FIJAR Y
ADQUIRIR SENTIDO EN UNA VIA DE
INTERPRETACIÓN, QUE PERMITE
COMPRENDER EL RECTO SIGNIFICADO
DE UNA DISPOSICIÓN JURÍDICA
GENERAL.
TEORÍA DE LA PRAXIS
INTERPRETATIVA DE RONALD
DWORKIN:
DETERMINAR JURÍDICAMENTE CUAL
ES EL DERECHO DE CADA QUIEN,
TIENE PRINCIPIO DE MORAL POLÍTICA.
ARGUMENTACIÓN JURÍDICA DE
ROBERT ALEXY:
SE DETERMINA SU CARÁCTER A
TRAVÉS DE LA VINCULACIÓN DEL
DISCURSO E INSTITUCIÓN, ES UN
SISTEMA DE PROCEDIMIENTO
COMPLETO.