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COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITANICO
MANUAL DE CONVIVENCIA
PRESENTACIÓN
El Consejo Directivo de la institución, de conformidad con lo aprobado en el Acta n°003 del mes de
diciembre de 2.007, en atención a los lineamientos Constitucionales de Colombia y del Ministerio
de Educación Nacional; a la Ley 1098 de 2006, Código de infancia y adolescencia, a lo dispuesto
por la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) y demás normatividad educativa vigente,
adopta el presente Manual de Convivencia, con cuya implementación se posibilita el libre desarrollo
de la personalidad del estudiante, la adquisición de las herramientas necesarias para enfrentar los
retos del siglo XXI; además establece normas de conducta para estudiantes, profesores y
comunidad educativa en general que garanticen el mutuo respeto e incluye los procedimientos para
formular quejas o reclamos respectivos en casos de conflicto.
El presente manual de convivencia del COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITÁNICO de
Zipaquirá, será revisado anualmente pudiendo ser actualizado de conformidad con las
disposiciones legales vigentes, las recomendaciones recibidas por parte de la comunidad educativa
o las necesidades institucionales resultantes de la evaluación institucional.
CONSIDERANDO:
 Que es deber de toda institución educativa ajustarse a las disposiciones de la Constitución
Política Colombiana, a los lineamientos de la Ley 115 de 1994 y sujetarse a las
disposiciones del Decreto 1860 de 1994.
 Que el ingreso a cualquiera de los grados de la educación preescolar no esta sujeto a
ninguna prueba de admisión, examen psicológico, de conocimientos o a consideraciones
de raza, sexo, religión, condición física o mental.
 Que el manual de convivencia debe ajustarse estrictamente a lo dispuesto por la ley por
ser un instrumento pedagógico guía para las acciones de formación moral, respeto y
derechos de la comunidad educativa.
 Que los padres de familia, acudientes o protectores del menor acatan, al momento de
firmar la matrícula, las normas incluidas en dicho Manual.
RESUELVE:
CAPÍTULO 1
DIRECTRICES GENERALES Y MARCO LEGAL
El Colegio Campestre Colombo Británico esta ubicado en el kilómetro 3 de la vía Zipaquirá - Cajicá,
en la vereda Portachuelo, finca Manatá. Es una institución educativa de carácter privado, con
resolución de aprobación número 010142 del 1º de Diciembre de 2.005. El título del Proyecto
educativo Institucional P.E.I. “Bilingüismo y emprendimiento claves de un futuro exitoso” resume el
enfoque institucional y propende por una formación en la autonomía, la expresión en lengua
inglesa y el dominio de tecnologías de la comunicación, como herramientas necesarias para el
desarrollo laboral y profesional de sus egresados.
ACUERDO UNO
DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
De acuerdo con el artículo 68 de la Constitución Política Colombiana, la comunidad educativa
participará en la dirección de los establecimientos educativos; la cual está formada por estudiantes,
educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes y
administradores escolares quienes deben participar en el diseño, ejecución y evaluación del PEI. y
en la buena marcha del establecimiento.
CAPÍTULO 2
HORIZONTE INSTITUCIONAL
FILOSOFÍA: El Colegio Campestre Colombo Británico propende desde su modelo pedagógico, por
el ejercicio de los derechos y deberes humanos en un ambiente de participación democrática y de
pensamiento crítico, que permita a sus estudiantes una interpretación de la cultura regional,
nacional e internacional para dar sentido al progreso personal con plena conciencia del impacto
que tienen las acciones de los sujetos en el desarrollo de su comunidad, forjando personas con
espíritu emprendedor, capaces de proyectar su vida a partir del desarrollo de competencias
bilingües y de un amplio dominio de la tecnologías de la información y la comunicación.
LEMA: “Solidez en el saber, integridad en el ser, sabiduría en la decisión”.
MISION: Potenciar en los estudiantes su capacidad para sentir, pensar y actuar con autonomía, de
manera que construyan un proyecto de vida centrado en la convivencia ética, el amor hacia el
conocimiento y el compromiso con el crecimiento de Colombia, proporcionados gracias a la
educación bilingüe y el dominio de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs),
responsables del papel social que les corresponde desempeñar en términos de liderazgo e
innovación reflejados en el posicionamiento exitoso de sus egresados en los contextos: académico,
laboral y social.
VISION: En el año 2011 el Colegio Campestre Colombo Británico y sus egresados serán
reconocidos por su formación bilingüe y su capacidad emprendedora.
CAPÍTULO 3
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
ACUERDO DOS
Los estudiantes, en cada edad escolar, poseen características particulares propias del proceso de
maduración intelectual, biológica y social; por eso es importante en todo momento establecer su
nivel de desarrollo, como integrantes principales, que son, de la Comunidad Educativa, sin olvidar
que deben atender a su formación integral en beneficio propio y de la sociedad a la cual
pertenecen, descubriendo y potenciando sus habilidades específicas, sus capacidades
excepcionales y sus destrezas sociales. Los estudiantes del COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO
BRITÁNICO deben ser:
• Autónomos y conscientes de su realidad para crecer responsables y buscadores de
trascendencia.
• Dinámicos, respetuosos y alegres para que comprendan la importancia de ser
emprendedores con base en las exigencias del futuro.
• Poseedores de una clara y sólida escala de valores que les permita analizar su entorno
real y formar criterio, para tomar sanas y acertadas decisiones durante su estadía en el
colegio y también en la vida en comunidad.
• Curiosos y observadores para aprender a preguntar y cuestionar el mundo que les rodea.
• Atentos a comprender la diversidad haciéndose sensibles a las necesidades de los demás,
sin descuidar las suyas propias.
• Optimistas en la búsqueda de explicaciones a los fenómenos que encontrarán durante toda
su vida, asumiendo las consecuencias de sus actos y la responsabilidad de crecer
emocional e intelectualmente saludables.
ACUERDO TRES
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
• Recibir una educación integral, acorde con su edad.
• Recibir trato respetuoso, equilibrado y sin ningún tipo de discriminación.
• Tener la apropiada seguridad física y emocional.
• Recibir y canalizar todo tipo de recreación.
• Acceder a espacios adecuados para facilitar su aprendizaje.
• Tener libertad de pensamiento, expresión e ideología. Buscar o difundir información,
siempre y cuando no atente contra los demás, no entorpezca la buena marcha de la
institución o atente contra la moral, las buenas costumbres, ni el orden público.
• Descanso apropiado, según sus necesidades específicas.
• Acceso a información y material que promueva su bienestar educativo y social.
• Disentir ante cualquier miembro de la comunidad educativa, siempre que se haga en forma
cordial y en concordancia con el conducto regular.
• Participar en las organizaciones y Gobierno Escolar a través de los mecanismos
establecidos legalmente para ello.
• Elegir y ser elegido para cargos de representación estudiantil.
• Tener la posibilidad de enfrentar conflictos para el desarrollo de sus competencias
ciudadanas, aprender a solucionarlos y adquirir habilidad en el manejo de los principios
constitucionales del país.
ACUERDO CUATRO
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
• Asistir puntualmente a la Institución y permanecer durante el tiempo que duren las
actividades curriculares y extra curriculares.
• Llevar con orgullo, orden, pulcritud y respeto, el uniforme que identifica el C.C.C.B.
durante toda la jornada escolar manteniendo una adecuada presentación personal.
• Participar activamente en el desarrollo de las clases, cumpliendo con las
responsabilidades académicas, para mantener un alto nivel educativo y de formación
personal.
• Conocer y respetar la filosofía y los principios del C.C.C.B.; así como conocer y
cumplir el Proyecto Educativo Institucional; y conocer para dar cumplimiento a lo
dispuesto en el presente Manual de Convivencia.
• Representar dignamente a la Institución en cualquier evento en que participe.
• Preservar y conservar el medio ambiente escolar, doméstico, local, nacional y
mundial, en la medida de sus posibilidades.
• Ejercer constante auto-control equilibrado de su temperamento
• y responsabilizarse por sus actos.
• Respetar y cuidar los bienes y enseres del C.C.C.B., haciéndose responsable por los
daños ocasionados a los mismos.
• Respetar los derechos ajenos, no abusar de los propios y respetar las pertenencias
de los demás.
• Justificar, por intermedio de sus padres o acudiente y mediante comunicación
escrita, las ausencias que presente por fuerza mayor.
• Practicar la honestidad, la sinceridad, la lealtad, la prudencia, la colaboración, la
autonomía consciente y preservar la dignidad propia y ajena.
• Acudir al diálogo y la negociación como medios para la solución de conflictos y
dificultades, respetando la opinión de los demás.
• Mantener buenas conductas de higiene y presentación personal.
• Hacer uso adecuado del vocabulario con todas las personas que integran su
entorno.
• Practicar las normas de urbanidad y buenos modales, aceptando respetuosamente
las correcciones impartidas por miembros y autoridades de la institución.
• Colaborar con sus profesores y compañeros cuando estos así lo requieran en
beneficio del proceso educativo.
• Mantener su lugar de estudio y en general la institución en adecuados orden y aseo,
depositando las basuras en sus respectivos lugares de recolección.
• Portar únicamente los útiles de estudio, libros y materiales necesarios y abstenerse
de traer elementos diferentes a los que se requieren para el desarrollo normal de la
actividad pedagógica; de igual forma, evitar traer elementos de alto valor que no
hagan parte de os útiles de uso escolar
• Abstenerse de inducir a los compañeros y a otras personas a comportamientos
nocivos o negativos, que atenten contra su seguridad o dignidad mediante
conversaciones, invitaciones o sugerencias de cualquier tipo o naturaleza.
• Entregar los comunicados o información enviada por la institución dirigida a padres
o acudientes, de manera oportuna.
• Abstenerse de traer, portar o distribuir material pornográfico, armas, juguetes bélicos
y/o artefactos que generen violencia o induzcan a ella.
CAPÍTULO 4
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
ACUERDO CINCO
De acuerdo con lo dispuesto por el decreto 1286 de 2005, la expresión “padres de familia”
comprende a los padres y madres de familia, así como a los tutores o quienes ejercen la patria
potestad o acudientes debidamente autorizados, quienes al firmar la matrícula respectiva, se hacen
parte integrante de la vida del colegio y por tanto responsable de enterarse acerca de los procesos
educativos de sus hijos para apoyarlos, evaluarlos, ayudarles a mejorar, acompañarlos, procurar su
adecuado desarrollo y cumplir con las obligaciones económicas y de puntualidad correspondientes
para con la Institución Educativa que han escogido para sus hijos menores.
Los padres de familia o acudientes del COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITÁNICO deben
ser:
• Conocedores conscientes de lo que significa educar con base en la estrategia pedagógica
ofrecida por la Institución como herramienta básica para el desarrollo cognitivo, humano,
cultural y científico de sus hijos.
• Responsables de sus hijos en cuanto salud, útiles escolares, pago puntual de la
mensualidad y estabilidad emocional por medio de la participación activa en todos los
procesos o actividades institucionales.
• Colaboradores, según sus posibilidades e intereses, con los proyectos, planes y programas
de la institución así como con las necesidades de sus hijos.
• Sinceros en el trabajo de ser forjadores de futuro, con estabilidad física, psíquica y
emocional para con sus hijos, a partir de ejemplos de cumplimiento, puntualidad, entrega,
presencia, actitud crítica y afecto, que sirvan a la integración total de la comunidad.
• Atentos al llamado de docentes, directivos, división psicológica, hijos propios o ajenos que
necesiten comprensión o afecto; para garantizar la correcta aplicación de los fundamentos
sociales y pedagógicos propuestos por el PEI.
• Conciliadores ante la presencia de conflictos cuya solución exija habilidades especiales de
negociación, tolerancia, comprensión o acciones similares
ACUERDO SEIS
DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
• Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo
integral de los hijos de conformidad con la Constitución y la Ley.
• Recibir información del Estado acerca de los establecimientos educativos que se
encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo
• Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características de la
Institución Educativa, los principios que orientan su Proyecto Educativo Institucional; PEI,
el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el
sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional.
• Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso
educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la
Institución Educativa
• Participar en el proceso educativo que desarrollo el establecimiento en que están
matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación
de proyecto educativo institucional.
• Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del
establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de
sus hijos.
• Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento
académico y el comportamiento de sus hijos
• Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del
servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados
sus hijos
• Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno
escolar y ante las autoridades públicas en los términos previstos en la Ley General de
Educación y en sus reglamentos
• Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la
capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo
armónico de sus hijos.
ACUERDO SIETE
DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
Según lo dispuesto por el decreto 1286 de 2005, con el fin de asegurar el cumplimiento de los
compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, corresponde a los padres de familia del
COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITÁNICO:
• Postularse para la conformación del Consejo de padres de familia.
• Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente
reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria.
• Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el presente manual de
convivencia para facilitar el proceso educativo.
• Leer, analizar, sugerir correcciones para y acatar el Manual de Convivencia para contribuir
en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que
favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad
educativa.
• Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros
educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores
ciudadanos, estando pendientes de los deberes escolares sin caer en la práctica de
realizarlos por ellos, así como, dotar de uniformes y útiles que favorezcan el aprendizaje de
los hijos.
• Comunicar oportunamente y en primer lugar a las autoridades del establecimiento
educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el
maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir
pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.
• Asistir puntualmente a las reuniones y actividades programadas por el plantel y para las
cuales sean citados y apoyar a la institución en el desarrollo de las acciones que
conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los
aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento
institucional.
• Mantener contacto permanente con el profesor o profesora correspondiente a sus hijos
para conocer los logros o dificultades respectivas.
• Ser puntuales en la hora de llegada y salida de los niños en el Colegio, retirándolos a la
hora determinada institucionalmente.
• Solicitar personalmente los permisos que requieran sus hijos.
• Participar en el proceso de auto-evaluación anual de la Institución
ACUERDO OCHO
REGLAMENTO PARA LOS DOCENTES
Para todo fin se sujeta al Código Sustantivo de Trabajo, a los artículos 4 y 5 del estatuto de
profesionalización docente (Dec. 1278 de 2002) y a las condiciones pactadas al firmar el contrato
laboral. Las disposiciones adicionales se consignan en el manual de funciones, específico de su
labor profesional. El educador o educadora del COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITÁNICO
debe ser:
• Altamente hábil en la detección de habilidades especiales, fortalezas y debilidades que
presente el menor estudiante por medio de los proyectos de aula y del mismo PEI
• Tolerante, sin caer en la sumisión, para que el ser comprensivo sirva como herramienta en
la construcción de comunidades participativas, autónomas y sinceras
• Receptivo a las necesidades de la Institución y la Comunidad Educativa, para que el
proceso formativo sea bilateral y le haga más competente como instructor y como
motivador de las experiencias de los estudiantes a su cargo.
• Innovador y actualizado por medio de la investigación, desde la posibilidad de involucrar en
la educación, estrategias dinámicas de alegría y creatividad.
• Cariñoso con sus estudiantes y veraz con todos los miembros de la Comunidad Educativa,
de manera que se transparente su autoestima y autovaloración, que son el mejor ejemplo
para que los niños y las niñas, adquieran estas dimensiones tan importantes para su vida.
• Mediador diligente del conflicto y administrador equitativo, en el encuentro del estudiante
con su entorno escolar y cultural, posibilitando el desarrollo ideal del Proyecto Educativo
Institucional
• Responsable de pertenecer a una institución con características específicas definidas en el
PEI y en el presente Manual de convivencia.
ACUERDO NUEVE
DERECHOS DE LOS DOCENTES
• Recibir la remuneración correspondiente a su trabajo, acorde con su especialidad y dentro
de las fechas establecidas para ello.
• Ser respetados y tratados con la debida dignidad y equidad.
• Recibir estímulos tanto de padres o acudientes como de los directivos docentes del
Colegio.
• Solicitar y recibir permisos de acuerdo con sus necesidades reales, presentando
comprobante de asistencia a citas médicas u otras diligencias para las cuales sea
requerido.
• Descanso correspondiente, legal, acorde con el tiempo de trabajo.
• Capacitación adecuada, según sus necesidades, expectativas de crecimiento y proyección
personal o necesidades particulares derivadas del plan de mejoramiento institucional
especificados en el Proyecto Educativo Institucional.
ACUERDO DIEZ
DEBERES DE LOS DOCENTES
• Impartir las clases que les correspondan, en las horas señaladas, dentro del horario
establecido y de acuerdo con el currículo y el plan de estudios del Colegio.
• Participar en la elaboración del planeamiento de actividades de acuerdo con las
necesidades y las áreas respectivas
• Propiciar actividades que estimulen la práctica de valores como: respeto, responsabilidad y
convivencia, manteniendo el orden y la disciplina correspondientes al grupo y actividad con
que trabaja e informando acerca de las irregularidades que observen.
• Estimular a los estudiantes para obtener el mejor rendimiento académico que les sea
posible, utilizando los métodos y recursos pedagógicos establecidos por la Institución, para
obtener la educación integral y eficaz propuesta por el Proyecto Educativo Institucional.
• Diseñar y desarrollar las actividades de seguimiento y recuperación, de acuerdo con las
características y necesidades de la Comunidad estudiantil y en la medida que se requiera.
• Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para ayudarles a desarrollar su
personalidad y brindarles un ejemplo formativo coherente.
• Participar en los actos de Comunidad y asistir a las reuniones programadas por la
Institución, así como pertenecer a los comités donde sea requerido.
• Presentar oportunamente los informes académicos.
• Propiciar que el aula de clase se mantenga limpia y organizada al finalizar las actividades
diarias.
• Atender a los padres de familia o acudientes en los horarios establecidos para tal fin.
• Cumplir con las funciones adicionales que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza
de su cargo.
• Asistir a las reuniones de tipo pedagógico, fijadas por la institución un día a la semana en
el horario establecido desde inicio de labores
• Demostrar compromiso institucional, sentido de pertenencia y lealtad mediante la
coherencia en el decir y el quehacer.
CAPÍTULO 5
SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES
ACUERDO ONCE
LINEAMIENTOS ACADÉMICOS
1. El año escolar estará dividido en cuatro períodos, al final de cada cual se entrega el reporte
o informe de rendimiento académico correspondiente a cada estudiante, a los padres de
familia o acudientes, dichos períodos serán, a saber:
a. Febrero a abril
b. Abril a junio
c. Julio a septiembre
d. Septiembre a noviembre
2. La evaluación se hará por logros, estándares y competencias de acuerdo con lo
establecido por la ley y los criterios definidos en el PEI.
3. El proceso educativo y de evaluación deberá favorecer, en cada estudiante, el desarrollo
de sus capacidades y habilidades, procurando potenciar las fortalezas y fortalecer las
debilidades.
4. Para un buen desarrollo del proceso educativo es necesario identificar en cada estudiante
sus características, ritmo de desarrollo, intereses y estilo de aprendizaje por medio de una
evaluación diagnóstica al inicio del año escolar y cuyo seguimiento será responsabilidad de
cada docente.
5. El método pedagógico ofrece al estudiante amplias oportunidades para realizar apropiación
del aprendizaje y acumular experiencia como base para la obtención de logros personales
y académicos.
6. Las evaluaciones se llevarán a cabo mediante el uso de pruebas de comprensión, análisis,
discusión, crítica y en general verificarán la apropiación de conceptos a través de la
investigación acerca de la manera cómo aprende y aporta alternativas para la solución de
problemas diversos.
La valoración de los desempeños académicos se llevará a cabo con base en los siguientes
niveles de competencia, de acuerdo con lo establecido por el decreto 230 de 2002:
o EXCELENTE - Cuando el conjunto de indicadores de desempeño del estudiante sea
óptimo en cada uno de los procesos establecidos institucionalmente.
o SOBRESALIENTE - Cuando el conjunto de indicadores de desempeño del estudiante
sea destacado en cada uno de los procesos establecidos institucionalmente.
o ACEPTABLE - Cuando el conjunto de indicadores de desempeño del estudiante sea
digno de aprobación, es decir se ajuste a lo esperado en cada uno de los procesos
establecidos institucionalmente.
o INSUFICIENTE - Cuando el desempeño del estudiante muestre dificultades concretas,
que hayan tenido seguimiento y sean dignas de refuerzo o recuperación.
o DEFICIENTE - Cuando el desempeño del estudiante manifieste una dificultad formal de
aprendizaje que amerite la aplicación de estrategias de recuperación.
o Parágrafo. Según el Decreto 230 de 2002, se debe tener en cuenta que la promoción
de un grado a otro opera cuando se obtiene un promedio mayoritario de valoración
general en ACEPTABLE.
7. Previo a cada período académico el equipo docente planeará las actividades de
seguimiento y recuperación y las darán a conocer a los padres de familia en el caso que se
haga necesaria su implementación con alguno de los estudiantes.
8. Mensualmente el consejo académico se reunirá para analizar los casos en que sea
necesario aplicar estrategias de recuperación por parte de los estudiantes; como resultado
de tal evaluación se determinarán las actividades pedagógicas complementarias a
desarrollar para que cada estudiante mejore su proceso de aprendizaje.
9. En el nivel de educación pre escolar no se reprueban los grados, áreas o asignaturas;
razón por la cual los estudiantes reciben un seguimiento constante que controla su
aprendizaje y verifica sus capacidades y actitudes personales.
10. Al finalizar el año lectivo, programado para cuarenta semanas, se tendrá en cuenta que la
asistencia de cada estudiante haya sido superior a las tres cuartas partes del tiempo total
previsto para desarrollar los programas de estudio.
11. Cualquier inasistencia a la Institución educativa deberá ser justificada y debidamente
sustentada por los padres o acudientes responsables del estudiante.
12. En el plan de estudios de la Institución están formulados los procesos, logros e indicadores
de desempeño por nivel, por grado, por área o dimensión, y por asignatura. Los
educadores deberán realizar una evaluación continua del comportamiento y desempeño de
sus estudiantes en las áreas y asignaturas a su cargo y formularán las apreciaciones
cualitativas en torno a su desarrollo integral.
13. Los medios para la evaluación que se pueden emplear, entre otros, son: pruebas, trabajos,
exposiciones, informes, tanto individuales como en grupo, ya que permiten determinar los
niveles de análisis, síntesis, comprensión, crítica y en general verificar la adquisición de
conocimientos, apropiarse y producir conceptos por parte de los estudiantes, además de
desarrollar importantes habilidades y destrezas para la vida. También apreciaciones
cualitativas y cuantitativas resultado de la observación continúa de los educadores,
realizadas sobre el proceso de aprendizaje de los estudiantes por medio de entrevistas,
observaciones, descripciones, diálogos y otras formas de evaluar sus desempeños,
apreciaciones en las cuales podrán participar los mismos estudiantes mediante los
procesos de coevaluación y heteroevaluación.
14. Cada educador establecerá los mecanismos para evaluación de las áreas o asignaturas a
su cargo, conservando los criterios establecidos en el PEI, dándolos a conocer a los
estudiantes al inicio del grado y al iniciar cada tema o período académico según sea el
caso.
ACUERDO DOCE
DE LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS
1. Los certificados son un reconocimiento expreso de carácter académico otorgado a una
persona natural al concluir un plan de estudios, haber alcanzado los objetivos de formación
previstos para cada grado y adquirido el nivel de aprendizaje y desarrollo previsto.
2. Son competentes para expedir certificados de estudio: El Director(a) y Secretario(a) de la
Institución, con sus respectivos sellos y firmas. La entrega de certificados se hará durante
los cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud y pago de su costo respectivo.
ACUERDO TRECE
REQUISITOS PARA GRADOS
Al terminar el ciclo escolar de educación media vocacional los estudiantes tendrán derecho a la
correspondiente graduación, siempre y cuando hayan cumplido los siguientes requisitos:
• Haber terminado de manera satisfactoria el respectivo nivel escolar.
• Estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución Educativa
• Presentar recibo de pago por concepto de derechos de grado correspondientes.
ACUERDO CATORCE
HORARIOS
La comunidad educativa, padres de familia y acudientes se comprometerán a cumplir con los
horarios académicos establecidos, de incumplirse con ellos hasta un máximo de tres veces, se
sujetarán a la respectiva amonestación o sanción por incumplimiento.
Los horarios de labor académica establecidos por la institución serán:
 Nivel Exploratorio (Prekinder, kinder, transición)
o Entrada: 8 a.m.
o Recreo: 9:45 a.m. a 10:30 a.m.
o Almuerzo: 12:00 M a 1:00 p.m.
o Salida: 2.30 p.m.
 Niveles Vivencial y Fundamental (Primaria y Bachillerato)
o Entrada: 7:00 a.m.
o Recreo: 9: 45 a.m. a 10:15 a. m.
o Hora de almuerzo: 12:45 p.m. a 1:35 p.m.
o Salida: 3.30 p.m.
ACUERDO QUINCE
DE LOS PERMISOS
 Los permisos para la inasistencia de un estudiante deberán solicitarse con anticipación o
ser motivados por razones de fuerza mayor debidamente justificada por padres o
acudientes.
 Así mismo las excusas médicas deberán presentarse por escrito y debidamente
sustentadas por la firma del profesional o entidad responsable.
CAPÍTULO 6
SISTEMA DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
ACUERDO DIECISEIS
El Colegio Campestre Colombo Británico considera las competencias sociales, afectivas, morales y
emocionales como parte del desarrollo integral de la persona, y se ponen a prueba por medio de
las relaciones que suceden en el ámbito escolar. En la medida que se favorezca el desarrollo de
esas competencias, se garantizará el aprendizaje de la convivencia. Por consiguiente; toda acción
y/o comportamiento promovidos por el presente Manual de Convivencia se orientará hacia la
educación y formación integral, caracterizada por la comprensión del sentido de la norma y no
únicamente por su cumplimiento.
1. Entonces aquellas acciones o comportamientos de un integrante de la comunidad que
deteriore, vaya en detrimento o afecte de manera negativa el ambiente institucional o las
condiciones apropiadas de convivencia, conducirá al ejercicio de procesos de reflexión,
auto evaluación e interiorización de normas con el propósito de ayudar al estudiante a
aclarar y asumir de manera responsable sus actos con sus respectivas consecuencias,
generando cambios que lleven al crecimiento tanto personal como colectivo.
2. Si un o una estudiante no alcanza el nivel esperado en más del 25% de los indicadores de
desempeño para Convivencia Escolar, firmará junto con los padres un compromiso
formativo y será remitido al Departamento de Bienestar y Apoyo.
3. El incumplimiento de los deberes y normas establecidos es una contravención de la norma
y entre ellas se pueden mencionar:
 Manifiesta actitud desinteresada por mejorar la puntualidad en la llegada a la
institución educativa o a las respectivas clases.
 Hacer uso inadecuado de los servicios, recursos, espacios y/o materiales que el
colegio ha puesto a su disposición.
 Entregar los desprendibles firmados después del plazo establecido o no
entregarlos.
 Ocultar u omitir información y/o comunicaciones dirigidas a los padres de familia o
acudientes respecto al desempeño académico y/o formativo del estudiante.
 Usar indebidamente los documentos que le acreditan como integrante de la
comunidad estudiantil como el carné estudiantil o el de servicios complementarios.
 Incumplir en rutinas y procedimientos establecidos, tales como llegada a la ruta,
acciones en clase, irrespeto a turnos en filas y demás actividades relacionadas.
 Irrespetar de palabra u obra a directivos, profesores, padres, compañeros o
empleados del colegio.
 Amenazar o agredir física, verbal y/o psicológicamente a cualquier miembro de la
comunidad educativa.
 Mostrar irrespeto por los compañeros: usar apodos ofensivos, burla, crítica
mediante actos y/o palabras.
 Liderar, fomentar y/o participar de las burlas y/o presiones de grupo con actos
(abuchear, ignorar, discriminar) y/o palabras que atenten contra la dignidad de la
persona
 Abrir los casilleros ajenos, maletas, billeteras sin autorización del dueño.
 Hacer uso del servicio de transporte y cafetería sin pertenecer a ellos.
 Tomar ideas, creaciones, producción de otras personas y presentarlas como
propias.
 Encubrir compañeros por ausencia, retardo en la llegada al colegio o a clase; o
cualquier falta de honestidad.
 Exteriorizar hacia sus compañeros(as) manifestaciones amorosas propias de
espacios íntimos.
 Promover o realizar cualquier clase de venta o transacción comercial como
comestibles, objetos personales, libros, etc.
 Comportarse indebida o irrespetuosamente en actos cívicos, ceremonias religiosas
civiles, actos y salidas culturales, ecológicas, deportivas, convivencias, viajes y
actividades extracurriculares en donde se represente al colegio.
 Incumplimiento con los compromisos de Convivencia firmados por padres o
acudientes y estudiante.
 Falsificar y/o adulterar documentos y/o firmas; así como usar firmas o sellos de la
institución en forma fraudulenta
 Atentar contra su vida, su seguridad y/o la de sus compañeros.
 Serle comprobado hurto o malversación de fondos (para los estudiantes de
preescolar y primaria se tendrá en cuenta la edad y el seguimiento disciplinario en
el colegio antes de su aplicación).
 Intentar sobornar a directivas, profesores o personal administrativo y/o de servicios
para obtener beneficios formativos, académicos o de otra índole.
 Difamar o calumniar a la institución o a cualquier miembro de la comunidad.
 Practicar actos que atenten contra la dignidad humana o la salud mental dentro y
fuera del colegio y que por ende vayan contra sus principios.
 Desacreditar, difamar o calumniar al colegio, su filosofía o a cualquier miembro de
la comunidad educativa, utilizando cualquier medio expresivo o de comunicación.
 Dañar intencionalmente los útiles escolares, materiales, equipos, mobiliario, planta
física, libros pertenecientes a la institución o a cualquier miembro de la comunidad.
El estudiante asumirá los costos causados.
 Posesión, consumo y/o distribución de sustancias psicoactivas dentro o fuera de la
institución o en actividades organizadas por la misma. Así como embriagarse en el
colegio o presentarse en estado de embriaguez. En caso que el estudiante
evidencie síntomas físicos y/o comportamentales por consumo de estas
sustancias, lo padres serán citados para que se hagan en el colegio exámenes de
diagnostico correspondiente.
 Porte de cualquier arma, juguete bélico u objeto con el cual se atente o pueda
atentar contra cualquier miembro de la comunidad.
 Agresión física y deliberada a cualquier miembro de la comunidad.
 Inducir u obligar a cualquier estudiante o compañero a realizar actos lesivos para
la comunidad o cualquiera de sus miembros
 Promover el uso de material pornográfico en cualquiera de sus modalidades.
 Retirarse del colegio sin la debida autorización escrita y firmado por un coordinador
 Copiar, plagiar o intentar hacerlo en evaluaciones, trabajos y/o proyectos.
ACUERDO DIECISIETE
CONDUCTO REGULAR
1. Como acción para promover el derecho a la defensa, se escucha a la persona o personas
implicadas en un conflicto o contravención los descargos verbales que desee formular.
2. La instancia de mediación y concertación, que puede estar representada por un integrante
del equipo docente, del departamento de orientación, de coordinación o de rectoría realiza
la respectiva reflexión ante los hechos.
3. Todos los involucrados en el evento firman el acta correspondiente, previa evaluación de
su contenido a aceptación del mismo, conservando la coherencia con el presente manual
de convivencia y demás normas institucionales.
4. De acuerdo con la gravedad de los hechos el departamento de psicología atenderá el caso
y emitirá concepto por escrito
5. Iniciación de un proceso continuo, de observación y seguimiento al comportamiento de las
personas involucradas en la situación.
6. El estudiante firma el acta correspondiente en presencia de el Director de curso, el
Coordinador de Convivencia y representantes de estudiantes
7. Cuando se trate de una situación que afecte especialmente la sana convivencia o genere
riesgos futuros mayores, los padres o acudientes firmarán un compromiso de colaboración
con el colegio, manifestando su aceptación para que, en caso de reincidencia, se tomen
las medidas correctivas decididas por la institución, entre las cuales figuran:
 Asistencia a Jornada de Autoformación, que se realizan en día sábado, en la sede
del Colegio, en el horario de 8:30 a 10:30 a.m., es dirigida por el Departamento de
Bienestar y la Coordinación de Convivencia, con la finalidad de crear espacios de
reflexión y compromiso frente a las responsabilidades derivadas de ser integrante
de una comunidad educativa y social. Se exigirá puntualidad y el uso completo del
uniforme de diario o de Educación Física para ingresar y el transporte será
responsabilidad de los padres
 Aplicación de observaciones que afectarán el informe evaluativo de Convivencia
Escolar del estudiante en el periodo correspondiente si no se ha observado un
cambio de actitud.
 De presentarse actitud no conciliadora en cualquiera de las partes, se tomarán las
medidas que por mayoría se decidan en consejo; incluyendo: suspensión de la
persona por un tiempo determinado, exclusión definitiva de la comunidad educativa
o aplicación de sanción en acciones comunitarias que permitan verificar su
voluntad de cambio y negación del cupo para el año siguiente.
 Cuando se determine des-escolarización del estudiante, se seguirá el siguiente
procedimiento
o Firma del acta respectiva por parte del estudiante y los padres en
presencia del Director de Curso y Coordinación de convivencia
o Intercambio de trabajos escolares estudiante-profesores, mediante
sistemas electrónicos de trasferencia de información, trabajo que debe ser
realizado en casa por el estudiante.
o Compromiso de los padres a brindar apoyo psicológico externo y presentar
informes periódicos de ser solicitado por el Colegio.
o Asistencia de los padres o acudientes, al estudiante en casa, para verificar
el cumplimiento de los compromisos establecidos y su cambio
comportamental.
8. Por su parte el procedimiento correspondiente al Consejo Directivo es:
a. Definir sanción para los casos que no logren concertación.
b. El Consejo Directivo estudia cuidadosamente los argumentos y documentos
presentados por las instancias escolares antes de citar al estudiante y a los padres
de familia o acudientes para escuchar los descargos
c. Levantar un acta en la cual quede consignada la conclusión del caso, cualquiera
que ella sea, para fines de soporte legal.
d. Una vez concluido el caso y agotadas todas las instancias previas de concertación
o solución del mismo, es importante que todos los involucrados en la situación
tengan claridad que contra lo firmado en dicha acta, no procede recurso alguno.
ACUERDO DIECIOCHO
REGLAMENTO PARA USO DE CELULARES
En el C.C.B.B el uso de celulares esta sujeto a las siguientes normas:
 ESTUDIANTES
• El estudiante debe abstenerse absolutamente del uso de celulares, durante el tiempo
de clases, misas, izadas de bandera, actos comunitarios y culturales etc. El
incumplimiento de esta disposición, autoriza al docente o directivo para retener el
artefacto, que solo será entregado al padre de familia o acudiente, previo aviso de la
situación. En caso de ser reiterativo en la actividad, el estudiante perderá el derecho a
portarlo dentro de la institución.
• El estudiante que porta un celular es absolutamente responsable de su tenencia. En
caso de pérdida o daño el colegio no se hace responsable por tal situación.
• En todo caso es importante que los celulares que los padres otorguen a sus hijos para
ser usados dentro de la institución; no estén en la denominación de “gama alta” (alto
costo) para evitar mayores dificultades.
 DOCENTES
• El docente debe abstenerse del uso del celular, especialmente durante las horas de
clase, bien sea para responder o hacer llamadas y en ningún caso ausentarse del
salón para tal fin ya que estas acciones son formas de ejemplo y actitud respetuosa
con sus estudiantes.
 PADRES DE FAMILIA
• El padre de familia debe estar enterado de de los horarios de descanso y almuerzo
que estipula el colegio para que en dichos momentos, si lo considera necesario,
comunicarse con el estudiante y así evitar inconvenientes a todo el proceso de
comunidad y educación en el cual se halla comprometido.
• De presentarse una situación especial o de emergencia, el padre de familia o acudiente
debe utilizar en primera instancia los números de teléfono que ofrece la institución para
atenderle con prontitud y coordinar las acciones pertinentes para la situación.
CAPÍTULO 7
SISTEMA DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN LA INSTITUCIÓN
ACUERDO DIECINUEVE
La calidad de estudiante del Colegio Campestre Colombo Británico se adquiere mediante el acto
formal de matrícula, que consiste en sentar el acta correspondiente y la firma del contrato
respectivo por parte de los padres de familia, del estudiante y de la directiva de la Institución.
Para obtener la calidad de estudiante del establecimiento, es necesario:
a) Adquirir, diligenciar y presentar el formulario de admisión en las fechas determinadas.
b) Presentar copia o fotocopia de los siguientes documentos:
 Registro civil de nacimiento del educando;
 Certificación de vinculación a un sistema de seguridad social (Ley 100 de
1993);
 Certificado de salud general; de salud oral; de estado visual y de estado
auditivo, del o la menor.
c) Si al momento de la matrícula, los padres de familia, acudientes o protectores del
educando no presentan dichos documentos o uno de ellos, de todas maneras, se
formalizará dicha matrícula y la respectiva institución educativa propenderá por su pronta
consecución, mediante acciones coordinadas con la familia y los organismos pertinentes.
d) Si el documento faltante fuese el certificado de vinculación a un sistema de seguridad
social, el educando deberá estar protegido por un seguro colectivo que ampare en general
su salud, como en particular su atención inmediata en caso de accidente. El valor de la
prima correspondiente al mencionado seguro deberá ser cubierto por los padres de familia,
acudientes o protectores del educando.
e) Conocer y aceptar la filosofía, los principios, los fines y las normas que rigen la institución.
f) Haber superado todos los logros previstos para el grado inmediatamente anterior.
g) Legalizar la matrícula mediante aceptación y firma formal del Acta y el Contrato
respectivos.
h) Para ingresar a la Institución y hacer parte de la comunidad educativa se fijan los
siguientes rangos de edad: 2 años Pre jardín; 3 años, jardín; 4 años: 5 años cumplidos; no
obstante lo cual, la decisión de ingreso es exclusividad de la Directiva de la Institución,
quien se reservará el derecho de dar las razones para la ubicación en un grado o no
admisión de un o una aspirante a ingresar.
i) Para la renovación del contrato de matrícula los estudiantes antiguos deben presentar el
paz y salvo con el establecimiento educativo, certificado médico reciente y una fotografía
de 3x4.
j) La estructura de prestación de servicios es como sigue:
• Pre escolar
• Educación básica primaria
• Educación básica secundaria
• Educación media vocacional
CAPÍTULO 8
MODALES Y CUIDADOS PERSONALES
ACUERDO VEINTE
DEL UNIFORME
1. Todos los estudiantes vestirán el uniforme establecido por la Institución a fin de
preservarlos de discriminación por razones de apariencia.
2. Como acto de protección de la vida y la salud de niños y jóvenes, se realizarán las
acciones necesarias pertinentes para prevenir el consumo de sustancias psicoactivas.
3. Se evitarán lesiones físicas o heridas infringidas por medio de tatuajes, u objetos que sean
colocados en el cuerpo humano por medio de perforación del mismo en partes vitales o
delicadas.
4. El uniforme es de uso obligatorio, se deben presentar en las mejores condiciones de aseo,
orden y buen estado y sus características se describen a continuación:
• Educación física: Pantaloneta y camiseta del Colegio, Tenis blancos, medias blancas y
sudadera del colegio.
• Uniforme de diario niñas: Jardinera del colegio, blusa blanca de cuello bebe, medias
azules oscuras, zapatos cocacolos y chaqueta del colegio.
• Uniforme de diario niños: Pantalón azul oscuro, camisa blanca con corbata (La corbata
únicamente se utilizara en izadas de bandera y eventos especiales que el colegio
determine para su uso), medias azules oscuras, zapatos cocacolos y chaqueta del
colegio.
• Prendas complementarias
1. Overol y cachucha del colegio
2. traje y gorro de baño del colegio
3. delantal del colegio (Hasta 4º de primaria)
• NOTA: Se podrá usar accesorios bajo los siguientes parámetros:
o Cachuchas color azul del colegio, en zona de descanso y en actos al aire libre
o Bufandas color azul oscuro
o Máximo una gargantilla delgada y una manilla delgada
o Aretes (Todos, candongas muy pequeñas de oro o de plata) o en colores rojo,
blanco o azul oscuro
o El cabello debe estar aseado y peinado con estilo tradicional
o El colegio no permite ni peinados ni colores extravagantes
o La camiseta interior que se lleve debajo de la camisa blanca o debajo de la
camiseta del colegio debe ser totalmente blanca.
5. En colaboración con la familia los estudiantes deben seguir los siguientes lineamientos de
presentación personal:
a. Cabello peinado y limpio
b. Zapatos debidamente aseados
CAPÍTULO 9
FORMAS DE PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL
ACUERDO VEINTIUNO
GOBIERNO ESCOLAR
1. De acuerdo con lo establecido por el Decreto 1860 de 1994, los órganos del gobierno
escolar son: el consejo directivo, el Consejo académico; el rector(a). En especial el consejo
directivo se integrará de la siguiente manera:
 El rector(a), quien lo preside, dos representantes del personal docentes, dos
representantes de los padres de familia, un representante de los estudiantes, un
representante de los ex alumnos y un representante del sector productivo.
 Los representantes de los padres de familia en el consejo directivo se elegirán dentro de
los primeros treinta (30) días del año lectivo en reunión convocada para tal fin por el rector
de la Institución.
 La forma de elección de los demás representantes, así como las funciones del Consejo
directivo se estipulan en los artículos 21 y 23 del Decreto 1860 de 1994, respectivamente.
2. Por su parte, el decreto 1286 de 2005 dicta normas sobre la participación de los padres de
familia en los procesos educativos, estableciendo:
 El consejo de padres es un órgano destinado a asegurar la continua participación de los
mismos en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio.
 En el CCCB, estará integrado por dos padres de familia por cada uno de los grados que
ofrece la institución.
 La elección de los representantes al consejo de padres se llevará a cabo durante el
transcurso del primer mes del año escolar, contado desde la fecha de iniciación de
actividades académicas. Dicha elección es obligatoria, y se efectuará en reunión por
grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los
padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la
reunión.
3. El personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la
Institución, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los
estudiantes consagrados en la constitución política, las leyes, y el manual de convivencia;
sus funciones se describen en el artículo 28 del decreto 1860 de 1994.
ACUERDO VEINTIDOS
DE LOS ESTÍMULOS Y LA ACTUACIÓN EN EVENTOS
Los estudiantes y cuerpo docente se comprometen a participar en todos los eventos que se
programen durante el período escolar, como son: Izadas de bandera, jornadas culturales,
deportivas o folclóricas, día de la familia, día de los niños, talleres de formación familiar y todas las
actividades complementarias organizadas en beneficio de la Institución y progreso de sus
estudiantes, guardando el debido respeto que amerite cada ceremonia y de acuerdo con los
lineamientos y exigencias del Proyecto Educativo Institucional.
Se consideran estímulos aquellas acciones de reconocimiento que permiten optimizar el alcance
de los logros y se otorgan a los estudiantes por:
 Rendimiento académico, disciplinario, puntualidad, colaboración, presentación personal,
lealtad, solidaridad, entre otros; dichos estímulos serán concedidos en la medida que el
seguimiento realizado al estudiante permita verificar avance progresivo en su formación,
superando en mucho las expectativas.
 Dentro de los estímulos más importantes para quienes se destaquen en algún campo
durante un período académico, o al finalizar el año escolar se encuentran:
• Menciones y reconocimientos especiales, tanto individuales como de tipo grupal; al
nivel académico como en el desempeño personal y social , al finalizar cada bimestre
académico.
• Reconocimiento especial por destacarse en las competencias lingüísticas del idioma
inglés.
• Diploma de excelencia en reconocimiento al trabajo escolar integral. Se otorgará una
por cada grado al finalizar el año
• Se otorgará un reconocimiento especial al “Compromiso y la responsabilidad , durante
las izadas de bandera que programa la institución
• Diploma de excelencia en reconocimiento al trabajo escolar integral. Se otorgará una
por cada grado al finalizar el año
• Representar al colegio en eventos y foros
• Recibir notas de felicitación por parte de docentes o directivas
• Tener anotaciones positivas en su registro anecdótico.
CAPÍTULO 10
SERVICIOS ORIENTADOS AL BIENESTAR ESTUDIANTIL
ACUERDO VEINTITRES
SERVICIOS ESCOLARES ESPECIALES
Entre las múltiples necesidades derivadas de la prestación del servicio educativo, los estudiantes
son beneficiados con:
• RUTA ESCOLAR. Servicio de soporte en convenio con empresas transportadoras
legalmente reconocidas, garantizando a las familias, comodidad, seguridad, puntualidad y
facilidad de acceso a la institución.
• RESTAURANTE. Se ofrece este servicio con base en la minuta patrón para escolares, con
menú diario y cuyas condiciones responden a las normas alimenticias, de nutrición, higiene
y seguridad exigidas por la ley.
• LÚDICAS. Áreas optativas como: natación, inmersión day, tennis y caminatas, entre otras
actividades para el disfrute del medio ambiente y la práctica del inglés.
• ESCUELAS DE FORMACIÓN. Se ofrece formación deportiva (futbol, tennis), cultural
(danza y teatro) y artística (violín, pintura). En horarios extracurriculares y de participación
abierta para estudiantes y no estudiantes del colegio entre cinco y dieciocho años de edad.
• BIBLIOTECA. Servicio sistematizado en un ordenador por medio del cual se pueden
realizar todo tipo de búsquedas, y siempre se podrá utilizar con la supervisión y guía de la
persona encargada.
• ENFERMERÍA. Servicio que se presta durante toda la jornada escolar para cualquier
indisposición, lesión o urgencia que pueda producirse. El Colegio No suministra ningún tipo
de medicamento a los estudiantes, salvo envío de fórmula médica respectiva, indicando el
medicamento, la dosificación y los horarios de la misma, dicha medicación se realizará
bajo estricta responsabilidad por escrito de los padres o acudientes. Es un servicio de
atención primaria y de primeros auxilios, en ningún momento, se constituye como consulta
médica.
• Asimismo ningún estudiante podrá mantener medicamentos en su poder, bien sea en sus
pertenecías o pupitre.
• SEGURO ESCOLAR. Cada estudiante cuenta con el seguro de accidentes escolares el
cual cubre los accidentes que ocurran dentro del recinto escolar y también aquellos que
pudieran ocurrir en actividades realizadas fuera del colegio pero con la supervisión de
profesores o personas encargadas por el Centro. Este seguro tiene un costo adicional para
los padres o acudientes.
• ORIENTACIÓN, El departamento de orientación familiar se encarga de organizar, dirigir y
estimular la formación de los estudiantes, asesorando a los padres en la medida que sea
requerida dentro de la acción educativa del Colegio.
CAPÍTULO 11
CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, INTERNO Y EXTERNO ASÍ COMO
DE BIENES Y MATERIALES
ACUERDO VEINTICUATRO
 Por tratarse de un colegio campestre, el cuidado del medio ambiente reviste vital
importancia para todos los integrantes de la comunidad, en ese orden de ideas se
propician actividades específicas para:
o Adecuada disposición de desechos biodegradables.
o Reciclaje y/o reutilización para desechos de difícil degradación.
o Responsabilidad ecológica en el consumo de papel y recursos naturales.
o Precaución en la práctica de actividades que ocasionen alta contaminación
o Prevención de emergencias escolares con participación de toda la comunidad.
 Se promoverá el cultivo de criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la
utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos,
instalaciones e implementos.
 Se motivará padres de familia y acudientes para que las loncheras, en todo momento,
contengan alimentos que contribuyan a una dieta nutritiva y balanceada, verificando
oportunamente que el contenido sea adecuado, en especial para la edad de los menores,
prestando atención especial en que optimice el desarrollo físico y el crecimiento de los
estudiantes.
 La tendencia a preservar los bienes comunes desde la ética del cuidado, hará que todo el
personal se haga responsable del cuidado y correcto empleo de los materiales, haciendo
que el daño en cualquier implemento ocasionado de manera voluntaria o accidental por
cualquier integrante de la comunidad deba ser restituido o reparado a la mayor brevedad.
CAPÍTULO 13
PROYECCIÓN DE LOS ESTUDIANTES HACIA LA COMUNIDAD
ACUERDO VEINTICINCO
SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL
De acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 891 de 1986, según el cual es indispensable unificar y
adecuar las normas educativas existentes sobre Servicio Social, de tal manera que respondan a
las necesidades del país y que estén acordes con el Plan de Estudios del Colegio y conociendo la
conveniencia de formar a los estudiantes en una adecuada escala de valores cultivando en ellos
actitudes y hábitos que los preparen para un compromiso solidario con la comunidad; se regula el
Servicio Social como la práctica con la comunidad que deben realizar los estudiantes de Educación
Básica Secundaria y Media Vocacional, aplicando los conocimientos adquiridos a lo largo del
proceso educativo y en procura del desarrollo personal y comunitario.
• Dicha práctica consistirá en actividades de alfabetización, post-alfabetización, educación
básica primaria para jóvenes y adultos o cualquier otra de beneficio comunitario.
• También forma parte del Servicio Social la educación preventiva en salud dentro de la cual
se consideran enmarcadas las actividades propias del Frente Social Juvenil para la
Supervivencia y Desarrollo de la Infancia establecido mediante el Decreto 534 de 1985.
• La práctica del servicio social se llevará a cabo durante un mínimo de 80 horas de acuerdo
con lo previsto en el Decreto 1002 de 1984, por los alumnos de Educación Media
Vocacional. La señalada en el inciso tercero del mismo artículo tendrá lugar durante un
mínimo de 30 horas que se tomarán de la intensidad del área de Ciencias Naturales y
Salud y estará a cargo de los alumnos de 9º grado de Educación Básica en los
establecimientos docentes que sólo ofrezcan hasta dicho grado. En los establecimientos
que tuviesen el grado 10o de Educación Básica, este servicio estará a cargo de los
alumnos de tal grado.
• La Rectora del establecimiento es responsable ante la Secretaría de Educación de la
programación, ejecución, control y evaluación del Servicio Social que deban prestar los
correspondientes estudiantes.
• La prestación del Servicio Social es requisito indispensable para obtener el título de
bachiller.
CAPÍTULO 14
RÉGIMEN TARIFARIO
ACUERDO VEINTISEIS
COSTOS EDUCATIVOS
De acuerdo con las disposiciones del decreto 2253 de 1995, en especial en el artículo cuatro, los
costos originados por la prestación del servicio educativo, incluye los siguientes conceptos:
a. Valor de matrícula. Suma anticipada que se paga una vez al año en el momento de
formalizar la vinculación del educando al servicio educativo ofrecido por el
establecimiento educativo privado o cuando esta vinculación se renueva, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley 115 de 1994, cuyo valor no
podrá ser superior al 10% de la tarifa anual adoptada por el establecimiento
educativo conforme a la ley.
b. Valor de pensión. Suma anual que se paga al establecimiento educativo privado
por el derecho del estudiante a participar en el proceso formativo, durante el
respectivo año académico; en el CCCB, se hará por mensualidades.
c. Otros cobros, no periódicos, pero si originados como consecuencia de la
prestación del servicio educativo son:
a) Formulario de inscripción
b) Papelería, incluye: carné estudiantil, agenda, expedición de certificados y/o
constancias; y sistematización.
c) Seguro de vida estudiantil
ACUERDO VEINTISIETE
DISPOSICIONES FINALES
El presente Manual de Convivencia deroga todos los anteriores y se podrá revisar, actualizar y
reformar, cuando las circunstancias así lo ameriten o las disposiciones gubernamentales vigentes
lo soliciten
El presente Manual de Convivencia del COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITÁNICO, ha sido
revisado y actualizado, por el Consejo Directivo, el 18 de noviembre de 2008, en Zipaquirá, en
constancia de lo cual firman.
DIRECTORA SECRETARIA DOCENTE
ESTUDIANTE PADRES DE FAMILIA SECTOR PRODUCTIVO

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MANUAL DE CONVIVENCIA

  • 1. COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITANICO MANUAL DE CONVIVENCIA PRESENTACIÓN El Consejo Directivo de la institución, de conformidad con lo aprobado en el Acta n°003 del mes de diciembre de 2.007, en atención a los lineamientos Constitucionales de Colombia y del Ministerio de Educación Nacional; a la Ley 1098 de 2006, Código de infancia y adolescencia, a lo dispuesto por la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) y demás normatividad educativa vigente, adopta el presente Manual de Convivencia, con cuya implementación se posibilita el libre desarrollo de la personalidad del estudiante, la adquisición de las herramientas necesarias para enfrentar los retos del siglo XXI; además establece normas de conducta para estudiantes, profesores y comunidad educativa en general que garanticen el mutuo respeto e incluye los procedimientos para formular quejas o reclamos respectivos en casos de conflicto. El presente manual de convivencia del COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITÁNICO de Zipaquirá, será revisado anualmente pudiendo ser actualizado de conformidad con las disposiciones legales vigentes, las recomendaciones recibidas por parte de la comunidad educativa o las necesidades institucionales resultantes de la evaluación institucional. CONSIDERANDO:  Que es deber de toda institución educativa ajustarse a las disposiciones de la Constitución Política Colombiana, a los lineamientos de la Ley 115 de 1994 y sujetarse a las disposiciones del Decreto 1860 de 1994.  Que el ingreso a cualquiera de los grados de la educación preescolar no esta sujeto a ninguna prueba de admisión, examen psicológico, de conocimientos o a consideraciones de raza, sexo, religión, condición física o mental.  Que el manual de convivencia debe ajustarse estrictamente a lo dispuesto por la ley por ser un instrumento pedagógico guía para las acciones de formación moral, respeto y derechos de la comunidad educativa.  Que los padres de familia, acudientes o protectores del menor acatan, al momento de firmar la matrícula, las normas incluidas en dicho Manual. RESUELVE: CAPÍTULO 1 DIRECTRICES GENERALES Y MARCO LEGAL El Colegio Campestre Colombo Británico esta ubicado en el kilómetro 3 de la vía Zipaquirá - Cajicá, en la vereda Portachuelo, finca Manatá. Es una institución educativa de carácter privado, con resolución de aprobación número 010142 del 1º de Diciembre de 2.005. El título del Proyecto educativo Institucional P.E.I. “Bilingüismo y emprendimiento claves de un futuro exitoso” resume el enfoque institucional y propende por una formación en la autonomía, la expresión en lengua inglesa y el dominio de tecnologías de la comunicación, como herramientas necesarias para el desarrollo laboral y profesional de sus egresados. ACUERDO UNO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA De acuerdo con el artículo 68 de la Constitución Política Colombiana, la comunidad educativa participará en la dirección de los establecimientos educativos; la cual está formada por estudiantes, educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes y administradores escolares quienes deben participar en el diseño, ejecución y evaluación del PEI. y en la buena marcha del establecimiento. CAPÍTULO 2 HORIZONTE INSTITUCIONAL FILOSOFÍA: El Colegio Campestre Colombo Británico propende desde su modelo pedagógico, por el ejercicio de los derechos y deberes humanos en un ambiente de participación democrática y de pensamiento crítico, que permita a sus estudiantes una interpretación de la cultura regional, nacional e internacional para dar sentido al progreso personal con plena conciencia del impacto que tienen las acciones de los sujetos en el desarrollo de su comunidad, forjando personas con espíritu emprendedor, capaces de proyectar su vida a partir del desarrollo de competencias bilingües y de un amplio dominio de la tecnologías de la información y la comunicación. LEMA: “Solidez en el saber, integridad en el ser, sabiduría en la decisión”.
  • 2. MISION: Potenciar en los estudiantes su capacidad para sentir, pensar y actuar con autonomía, de manera que construyan un proyecto de vida centrado en la convivencia ética, el amor hacia el conocimiento y el compromiso con el crecimiento de Colombia, proporcionados gracias a la educación bilingüe y el dominio de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs), responsables del papel social que les corresponde desempeñar en términos de liderazgo e innovación reflejados en el posicionamiento exitoso de sus egresados en los contextos: académico, laboral y social. VISION: En el año 2011 el Colegio Campestre Colombo Británico y sus egresados serán reconocidos por su formación bilingüe y su capacidad emprendedora. CAPÍTULO 3 DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ACUERDO DOS Los estudiantes, en cada edad escolar, poseen características particulares propias del proceso de maduración intelectual, biológica y social; por eso es importante en todo momento establecer su nivel de desarrollo, como integrantes principales, que son, de la Comunidad Educativa, sin olvidar que deben atender a su formación integral en beneficio propio y de la sociedad a la cual pertenecen, descubriendo y potenciando sus habilidades específicas, sus capacidades excepcionales y sus destrezas sociales. Los estudiantes del COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITÁNICO deben ser: • Autónomos y conscientes de su realidad para crecer responsables y buscadores de trascendencia. • Dinámicos, respetuosos y alegres para que comprendan la importancia de ser emprendedores con base en las exigencias del futuro. • Poseedores de una clara y sólida escala de valores que les permita analizar su entorno real y formar criterio, para tomar sanas y acertadas decisiones durante su estadía en el colegio y también en la vida en comunidad. • Curiosos y observadores para aprender a preguntar y cuestionar el mundo que les rodea. • Atentos a comprender la diversidad haciéndose sensibles a las necesidades de los demás, sin descuidar las suyas propias. • Optimistas en la búsqueda de explicaciones a los fenómenos que encontrarán durante toda su vida, asumiendo las consecuencias de sus actos y la responsabilidad de crecer emocional e intelectualmente saludables. ACUERDO TRES DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES • Recibir una educación integral, acorde con su edad. • Recibir trato respetuoso, equilibrado y sin ningún tipo de discriminación. • Tener la apropiada seguridad física y emocional. • Recibir y canalizar todo tipo de recreación. • Acceder a espacios adecuados para facilitar su aprendizaje. • Tener libertad de pensamiento, expresión e ideología. Buscar o difundir información, siempre y cuando no atente contra los demás, no entorpezca la buena marcha de la institución o atente contra la moral, las buenas costumbres, ni el orden público. • Descanso apropiado, según sus necesidades específicas. • Acceso a información y material que promueva su bienestar educativo y social. • Disentir ante cualquier miembro de la comunidad educativa, siempre que se haga en forma cordial y en concordancia con el conducto regular. • Participar en las organizaciones y Gobierno Escolar a través de los mecanismos establecidos legalmente para ello. • Elegir y ser elegido para cargos de representación estudiantil. • Tener la posibilidad de enfrentar conflictos para el desarrollo de sus competencias ciudadanas, aprender a solucionarlos y adquirir habilidad en el manejo de los principios constitucionales del país. ACUERDO CUATRO DEBERES DE LOS ESTUDIANTES • Asistir puntualmente a la Institución y permanecer durante el tiempo que duren las actividades curriculares y extra curriculares. • Llevar con orgullo, orden, pulcritud y respeto, el uniforme que identifica el C.C.C.B. durante toda la jornada escolar manteniendo una adecuada presentación personal. • Participar activamente en el desarrollo de las clases, cumpliendo con las responsabilidades académicas, para mantener un alto nivel educativo y de formación personal. • Conocer y respetar la filosofía y los principios del C.C.C.B.; así como conocer y cumplir el Proyecto Educativo Institucional; y conocer para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Manual de Convivencia. • Representar dignamente a la Institución en cualquier evento en que participe.
  • 3. • Preservar y conservar el medio ambiente escolar, doméstico, local, nacional y mundial, en la medida de sus posibilidades. • Ejercer constante auto-control equilibrado de su temperamento • y responsabilizarse por sus actos. • Respetar y cuidar los bienes y enseres del C.C.C.B., haciéndose responsable por los daños ocasionados a los mismos. • Respetar los derechos ajenos, no abusar de los propios y respetar las pertenencias de los demás. • Justificar, por intermedio de sus padres o acudiente y mediante comunicación escrita, las ausencias que presente por fuerza mayor. • Practicar la honestidad, la sinceridad, la lealtad, la prudencia, la colaboración, la autonomía consciente y preservar la dignidad propia y ajena. • Acudir al diálogo y la negociación como medios para la solución de conflictos y dificultades, respetando la opinión de los demás. • Mantener buenas conductas de higiene y presentación personal. • Hacer uso adecuado del vocabulario con todas las personas que integran su entorno. • Practicar las normas de urbanidad y buenos modales, aceptando respetuosamente las correcciones impartidas por miembros y autoridades de la institución. • Colaborar con sus profesores y compañeros cuando estos así lo requieran en beneficio del proceso educativo. • Mantener su lugar de estudio y en general la institución en adecuados orden y aseo, depositando las basuras en sus respectivos lugares de recolección. • Portar únicamente los útiles de estudio, libros y materiales necesarios y abstenerse de traer elementos diferentes a los que se requieren para el desarrollo normal de la actividad pedagógica; de igual forma, evitar traer elementos de alto valor que no hagan parte de os útiles de uso escolar • Abstenerse de inducir a los compañeros y a otras personas a comportamientos nocivos o negativos, que atenten contra su seguridad o dignidad mediante conversaciones, invitaciones o sugerencias de cualquier tipo o naturaleza. • Entregar los comunicados o información enviada por la institución dirigida a padres o acudientes, de manera oportuna. • Abstenerse de traer, portar o distribuir material pornográfico, armas, juguetes bélicos y/o artefactos que generen violencia o induzcan a ella. CAPÍTULO 4 DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA ACUERDO CINCO De acuerdo con lo dispuesto por el decreto 1286 de 2005, la expresión “padres de familia” comprende a los padres y madres de familia, así como a los tutores o quienes ejercen la patria potestad o acudientes debidamente autorizados, quienes al firmar la matrícula respectiva, se hacen parte integrante de la vida del colegio y por tanto responsable de enterarse acerca de los procesos educativos de sus hijos para apoyarlos, evaluarlos, ayudarles a mejorar, acompañarlos, procurar su adecuado desarrollo y cumplir con las obligaciones económicas y de puntualidad correspondientes para con la Institución Educativa que han escogido para sus hijos menores. Los padres de familia o acudientes del COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITÁNICO deben ser: • Conocedores conscientes de lo que significa educar con base en la estrategia pedagógica ofrecida por la Institución como herramienta básica para el desarrollo cognitivo, humano, cultural y científico de sus hijos. • Responsables de sus hijos en cuanto salud, útiles escolares, pago puntual de la mensualidad y estabilidad emocional por medio de la participación activa en todos los procesos o actividades institucionales. • Colaboradores, según sus posibilidades e intereses, con los proyectos, planes y programas de la institución así como con las necesidades de sus hijos. • Sinceros en el trabajo de ser forjadores de futuro, con estabilidad física, psíquica y emocional para con sus hijos, a partir de ejemplos de cumplimiento, puntualidad, entrega, presencia, actitud crítica y afecto, que sirvan a la integración total de la comunidad. • Atentos al llamado de docentes, directivos, división psicológica, hijos propios o ajenos que necesiten comprensión o afecto; para garantizar la correcta aplicación de los fundamentos sociales y pedagógicos propuestos por el PEI. • Conciliadores ante la presencia de conflictos cuya solución exija habilidades especiales de negociación, tolerancia, comprensión o acciones similares ACUERDO SEIS DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA • Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos de conformidad con la Constitución y la Ley.
  • 4. • Recibir información del Estado acerca de los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo • Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características de la Institución Educativa, los principios que orientan su Proyecto Educativo Institucional; PEI, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional. • Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la Institución Educativa • Participar en el proceso educativo que desarrollo el establecimiento en que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación de proyecto educativo institucional. • Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos. • Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos • Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos • Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar y ante las autoridades públicas en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos • Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos. ACUERDO SIETE DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Según lo dispuesto por el decreto 1286 de 2005, con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, corresponde a los padres de familia del COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITÁNICO: • Postularse para la conformación del Consejo de padres de familia. • Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria. • Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el presente manual de convivencia para facilitar el proceso educativo. • Leer, analizar, sugerir correcciones para y acatar el Manual de Convivencia para contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. • Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos, estando pendientes de los deberes escolares sin caer en la práctica de realizarlos por ellos, así como, dotar de uniformes y útiles que favorezcan el aprendizaje de los hijos. • Comunicar oportunamente y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes. • Asistir puntualmente a las reuniones y actividades programadas por el plantel y para las cuales sean citados y apoyar a la institución en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional. • Mantener contacto permanente con el profesor o profesora correspondiente a sus hijos para conocer los logros o dificultades respectivas. • Ser puntuales en la hora de llegada y salida de los niños en el Colegio, retirándolos a la hora determinada institucionalmente. • Solicitar personalmente los permisos que requieran sus hijos. • Participar en el proceso de auto-evaluación anual de la Institución ACUERDO OCHO REGLAMENTO PARA LOS DOCENTES Para todo fin se sujeta al Código Sustantivo de Trabajo, a los artículos 4 y 5 del estatuto de profesionalización docente (Dec. 1278 de 2002) y a las condiciones pactadas al firmar el contrato laboral. Las disposiciones adicionales se consignan en el manual de funciones, específico de su labor profesional. El educador o educadora del COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITÁNICO debe ser:
  • 5. • Altamente hábil en la detección de habilidades especiales, fortalezas y debilidades que presente el menor estudiante por medio de los proyectos de aula y del mismo PEI • Tolerante, sin caer en la sumisión, para que el ser comprensivo sirva como herramienta en la construcción de comunidades participativas, autónomas y sinceras • Receptivo a las necesidades de la Institución y la Comunidad Educativa, para que el proceso formativo sea bilateral y le haga más competente como instructor y como motivador de las experiencias de los estudiantes a su cargo. • Innovador y actualizado por medio de la investigación, desde la posibilidad de involucrar en la educación, estrategias dinámicas de alegría y creatividad. • Cariñoso con sus estudiantes y veraz con todos los miembros de la Comunidad Educativa, de manera que se transparente su autoestima y autovaloración, que son el mejor ejemplo para que los niños y las niñas, adquieran estas dimensiones tan importantes para su vida. • Mediador diligente del conflicto y administrador equitativo, en el encuentro del estudiante con su entorno escolar y cultural, posibilitando el desarrollo ideal del Proyecto Educativo Institucional • Responsable de pertenecer a una institución con características específicas definidas en el PEI y en el presente Manual de convivencia. ACUERDO NUEVE DERECHOS DE LOS DOCENTES • Recibir la remuneración correspondiente a su trabajo, acorde con su especialidad y dentro de las fechas establecidas para ello. • Ser respetados y tratados con la debida dignidad y equidad. • Recibir estímulos tanto de padres o acudientes como de los directivos docentes del Colegio. • Solicitar y recibir permisos de acuerdo con sus necesidades reales, presentando comprobante de asistencia a citas médicas u otras diligencias para las cuales sea requerido. • Descanso correspondiente, legal, acorde con el tiempo de trabajo. • Capacitación adecuada, según sus necesidades, expectativas de crecimiento y proyección personal o necesidades particulares derivadas del plan de mejoramiento institucional especificados en el Proyecto Educativo Institucional. ACUERDO DIEZ DEBERES DE LOS DOCENTES • Impartir las clases que les correspondan, en las horas señaladas, dentro del horario establecido y de acuerdo con el currículo y el plan de estudios del Colegio. • Participar en la elaboración del planeamiento de actividades de acuerdo con las necesidades y las áreas respectivas • Propiciar actividades que estimulen la práctica de valores como: respeto, responsabilidad y convivencia, manteniendo el orden y la disciplina correspondientes al grupo y actividad con que trabaja e informando acerca de las irregularidades que observen. • Estimular a los estudiantes para obtener el mejor rendimiento académico que les sea posible, utilizando los métodos y recursos pedagógicos establecidos por la Institución, para obtener la educación integral y eficaz propuesta por el Proyecto Educativo Institucional. • Diseñar y desarrollar las actividades de seguimiento y recuperación, de acuerdo con las características y necesidades de la Comunidad estudiantil y en la medida que se requiera. • Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para ayudarles a desarrollar su personalidad y brindarles un ejemplo formativo coherente. • Participar en los actos de Comunidad y asistir a las reuniones programadas por la Institución, así como pertenecer a los comités donde sea requerido. • Presentar oportunamente los informes académicos. • Propiciar que el aula de clase se mantenga limpia y organizada al finalizar las actividades diarias. • Atender a los padres de familia o acudientes en los horarios establecidos para tal fin. • Cumplir con las funciones adicionales que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo. • Asistir a las reuniones de tipo pedagógico, fijadas por la institución un día a la semana en el horario establecido desde inicio de labores • Demostrar compromiso institucional, sentido de pertenencia y lealtad mediante la coherencia en el decir y el quehacer. CAPÍTULO 5 SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES ACUERDO ONCE LINEAMIENTOS ACADÉMICOS
  • 6. 1. El año escolar estará dividido en cuatro períodos, al final de cada cual se entrega el reporte o informe de rendimiento académico correspondiente a cada estudiante, a los padres de familia o acudientes, dichos períodos serán, a saber: a. Febrero a abril b. Abril a junio c. Julio a septiembre d. Septiembre a noviembre 2. La evaluación se hará por logros, estándares y competencias de acuerdo con lo establecido por la ley y los criterios definidos en el PEI. 3. El proceso educativo y de evaluación deberá favorecer, en cada estudiante, el desarrollo de sus capacidades y habilidades, procurando potenciar las fortalezas y fortalecer las debilidades. 4. Para un buen desarrollo del proceso educativo es necesario identificar en cada estudiante sus características, ritmo de desarrollo, intereses y estilo de aprendizaje por medio de una evaluación diagnóstica al inicio del año escolar y cuyo seguimiento será responsabilidad de cada docente. 5. El método pedagógico ofrece al estudiante amplias oportunidades para realizar apropiación del aprendizaje y acumular experiencia como base para la obtención de logros personales y académicos. 6. Las evaluaciones se llevarán a cabo mediante el uso de pruebas de comprensión, análisis, discusión, crítica y en general verificarán la apropiación de conceptos a través de la investigación acerca de la manera cómo aprende y aporta alternativas para la solución de problemas diversos. La valoración de los desempeños académicos se llevará a cabo con base en los siguientes niveles de competencia, de acuerdo con lo establecido por el decreto 230 de 2002: o EXCELENTE - Cuando el conjunto de indicadores de desempeño del estudiante sea óptimo en cada uno de los procesos establecidos institucionalmente. o SOBRESALIENTE - Cuando el conjunto de indicadores de desempeño del estudiante sea destacado en cada uno de los procesos establecidos institucionalmente. o ACEPTABLE - Cuando el conjunto de indicadores de desempeño del estudiante sea digno de aprobación, es decir se ajuste a lo esperado en cada uno de los procesos establecidos institucionalmente. o INSUFICIENTE - Cuando el desempeño del estudiante muestre dificultades concretas, que hayan tenido seguimiento y sean dignas de refuerzo o recuperación. o DEFICIENTE - Cuando el desempeño del estudiante manifieste una dificultad formal de aprendizaje que amerite la aplicación de estrategias de recuperación. o Parágrafo. Según el Decreto 230 de 2002, se debe tener en cuenta que la promoción de un grado a otro opera cuando se obtiene un promedio mayoritario de valoración general en ACEPTABLE. 7. Previo a cada período académico el equipo docente planeará las actividades de seguimiento y recuperación y las darán a conocer a los padres de familia en el caso que se haga necesaria su implementación con alguno de los estudiantes. 8. Mensualmente el consejo académico se reunirá para analizar los casos en que sea necesario aplicar estrategias de recuperación por parte de los estudiantes; como resultado de tal evaluación se determinarán las actividades pedagógicas complementarias a desarrollar para que cada estudiante mejore su proceso de aprendizaje. 9. En el nivel de educación pre escolar no se reprueban los grados, áreas o asignaturas; razón por la cual los estudiantes reciben un seguimiento constante que controla su aprendizaje y verifica sus capacidades y actitudes personales. 10. Al finalizar el año lectivo, programado para cuarenta semanas, se tendrá en cuenta que la asistencia de cada estudiante haya sido superior a las tres cuartas partes del tiempo total previsto para desarrollar los programas de estudio. 11. Cualquier inasistencia a la Institución educativa deberá ser justificada y debidamente sustentada por los padres o acudientes responsables del estudiante. 12. En el plan de estudios de la Institución están formulados los procesos, logros e indicadores de desempeño por nivel, por grado, por área o dimensión, y por asignatura. Los educadores deberán realizar una evaluación continua del comportamiento y desempeño de sus estudiantes en las áreas y asignaturas a su cargo y formularán las apreciaciones cualitativas en torno a su desarrollo integral. 13. Los medios para la evaluación que se pueden emplear, entre otros, son: pruebas, trabajos, exposiciones, informes, tanto individuales como en grupo, ya que permiten determinar los niveles de análisis, síntesis, comprensión, crítica y en general verificar la adquisición de conocimientos, apropiarse y producir conceptos por parte de los estudiantes, además de desarrollar importantes habilidades y destrezas para la vida. También apreciaciones cualitativas y cuantitativas resultado de la observación continúa de los educadores, realizadas sobre el proceso de aprendizaje de los estudiantes por medio de entrevistas, observaciones, descripciones, diálogos y otras formas de evaluar sus desempeños, apreciaciones en las cuales podrán participar los mismos estudiantes mediante los procesos de coevaluación y heteroevaluación. 14. Cada educador establecerá los mecanismos para evaluación de las áreas o asignaturas a su cargo, conservando los criterios establecidos en el PEI, dándolos a conocer a los
  • 7. estudiantes al inicio del grado y al iniciar cada tema o período académico según sea el caso. ACUERDO DOCE DE LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS 1. Los certificados son un reconocimiento expreso de carácter académico otorgado a una persona natural al concluir un plan de estudios, haber alcanzado los objetivos de formación previstos para cada grado y adquirido el nivel de aprendizaje y desarrollo previsto. 2. Son competentes para expedir certificados de estudio: El Director(a) y Secretario(a) de la Institución, con sus respectivos sellos y firmas. La entrega de certificados se hará durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud y pago de su costo respectivo. ACUERDO TRECE REQUISITOS PARA GRADOS Al terminar el ciclo escolar de educación media vocacional los estudiantes tendrán derecho a la correspondiente graduación, siempre y cuando hayan cumplido los siguientes requisitos: • Haber terminado de manera satisfactoria el respectivo nivel escolar. • Estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución Educativa • Presentar recibo de pago por concepto de derechos de grado correspondientes. ACUERDO CATORCE HORARIOS La comunidad educativa, padres de familia y acudientes se comprometerán a cumplir con los horarios académicos establecidos, de incumplirse con ellos hasta un máximo de tres veces, se sujetarán a la respectiva amonestación o sanción por incumplimiento. Los horarios de labor académica establecidos por la institución serán:  Nivel Exploratorio (Prekinder, kinder, transición) o Entrada: 8 a.m. o Recreo: 9:45 a.m. a 10:30 a.m. o Almuerzo: 12:00 M a 1:00 p.m. o Salida: 2.30 p.m.  Niveles Vivencial y Fundamental (Primaria y Bachillerato) o Entrada: 7:00 a.m. o Recreo: 9: 45 a.m. a 10:15 a. m. o Hora de almuerzo: 12:45 p.m. a 1:35 p.m. o Salida: 3.30 p.m. ACUERDO QUINCE DE LOS PERMISOS  Los permisos para la inasistencia de un estudiante deberán solicitarse con anticipación o ser motivados por razones de fuerza mayor debidamente justificada por padres o acudientes.  Así mismo las excusas médicas deberán presentarse por escrito y debidamente sustentadas por la firma del profesional o entidad responsable. CAPÍTULO 6 SISTEMA DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ACUERDO DIECISEIS El Colegio Campestre Colombo Británico considera las competencias sociales, afectivas, morales y emocionales como parte del desarrollo integral de la persona, y se ponen a prueba por medio de las relaciones que suceden en el ámbito escolar. En la medida que se favorezca el desarrollo de esas competencias, se garantizará el aprendizaje de la convivencia. Por consiguiente; toda acción y/o comportamiento promovidos por el presente Manual de Convivencia se orientará hacia la educación y formación integral, caracterizada por la comprensión del sentido de la norma y no únicamente por su cumplimiento. 1. Entonces aquellas acciones o comportamientos de un integrante de la comunidad que deteriore, vaya en detrimento o afecte de manera negativa el ambiente institucional o las condiciones apropiadas de convivencia, conducirá al ejercicio de procesos de reflexión, auto evaluación e interiorización de normas con el propósito de ayudar al estudiante a aclarar y asumir de manera responsable sus actos con sus respectivas consecuencias, generando cambios que lleven al crecimiento tanto personal como colectivo. 2. Si un o una estudiante no alcanza el nivel esperado en más del 25% de los indicadores de desempeño para Convivencia Escolar, firmará junto con los padres un compromiso formativo y será remitido al Departamento de Bienestar y Apoyo. 3. El incumplimiento de los deberes y normas establecidos es una contravención de la norma y entre ellas se pueden mencionar:  Manifiesta actitud desinteresada por mejorar la puntualidad en la llegada a la institución educativa o a las respectivas clases.
  • 8.  Hacer uso inadecuado de los servicios, recursos, espacios y/o materiales que el colegio ha puesto a su disposición.  Entregar los desprendibles firmados después del plazo establecido o no entregarlos.  Ocultar u omitir información y/o comunicaciones dirigidas a los padres de familia o acudientes respecto al desempeño académico y/o formativo del estudiante.  Usar indebidamente los documentos que le acreditan como integrante de la comunidad estudiantil como el carné estudiantil o el de servicios complementarios.  Incumplir en rutinas y procedimientos establecidos, tales como llegada a la ruta, acciones en clase, irrespeto a turnos en filas y demás actividades relacionadas.  Irrespetar de palabra u obra a directivos, profesores, padres, compañeros o empleados del colegio.  Amenazar o agredir física, verbal y/o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.  Mostrar irrespeto por los compañeros: usar apodos ofensivos, burla, crítica mediante actos y/o palabras.  Liderar, fomentar y/o participar de las burlas y/o presiones de grupo con actos (abuchear, ignorar, discriminar) y/o palabras que atenten contra la dignidad de la persona  Abrir los casilleros ajenos, maletas, billeteras sin autorización del dueño.  Hacer uso del servicio de transporte y cafetería sin pertenecer a ellos.  Tomar ideas, creaciones, producción de otras personas y presentarlas como propias.  Encubrir compañeros por ausencia, retardo en la llegada al colegio o a clase; o cualquier falta de honestidad.  Exteriorizar hacia sus compañeros(as) manifestaciones amorosas propias de espacios íntimos.  Promover o realizar cualquier clase de venta o transacción comercial como comestibles, objetos personales, libros, etc.  Comportarse indebida o irrespetuosamente en actos cívicos, ceremonias religiosas civiles, actos y salidas culturales, ecológicas, deportivas, convivencias, viajes y actividades extracurriculares en donde se represente al colegio.  Incumplimiento con los compromisos de Convivencia firmados por padres o acudientes y estudiante.  Falsificar y/o adulterar documentos y/o firmas; así como usar firmas o sellos de la institución en forma fraudulenta  Atentar contra su vida, su seguridad y/o la de sus compañeros.  Serle comprobado hurto o malversación de fondos (para los estudiantes de preescolar y primaria se tendrá en cuenta la edad y el seguimiento disciplinario en el colegio antes de su aplicación).  Intentar sobornar a directivas, profesores o personal administrativo y/o de servicios para obtener beneficios formativos, académicos o de otra índole.  Difamar o calumniar a la institución o a cualquier miembro de la comunidad.  Practicar actos que atenten contra la dignidad humana o la salud mental dentro y fuera del colegio y que por ende vayan contra sus principios.  Desacreditar, difamar o calumniar al colegio, su filosofía o a cualquier miembro de la comunidad educativa, utilizando cualquier medio expresivo o de comunicación.  Dañar intencionalmente los útiles escolares, materiales, equipos, mobiliario, planta física, libros pertenecientes a la institución o a cualquier miembro de la comunidad. El estudiante asumirá los costos causados.  Posesión, consumo y/o distribución de sustancias psicoactivas dentro o fuera de la institución o en actividades organizadas por la misma. Así como embriagarse en el colegio o presentarse en estado de embriaguez. En caso que el estudiante evidencie síntomas físicos y/o comportamentales por consumo de estas sustancias, lo padres serán citados para que se hagan en el colegio exámenes de diagnostico correspondiente.  Porte de cualquier arma, juguete bélico u objeto con el cual se atente o pueda atentar contra cualquier miembro de la comunidad.  Agresión física y deliberada a cualquier miembro de la comunidad.  Inducir u obligar a cualquier estudiante o compañero a realizar actos lesivos para la comunidad o cualquiera de sus miembros  Promover el uso de material pornográfico en cualquiera de sus modalidades.  Retirarse del colegio sin la debida autorización escrita y firmado por un coordinador  Copiar, plagiar o intentar hacerlo en evaluaciones, trabajos y/o proyectos. ACUERDO DIECISIETE CONDUCTO REGULAR 1. Como acción para promover el derecho a la defensa, se escucha a la persona o personas implicadas en un conflicto o contravención los descargos verbales que desee formular.
  • 9. 2. La instancia de mediación y concertación, que puede estar representada por un integrante del equipo docente, del departamento de orientación, de coordinación o de rectoría realiza la respectiva reflexión ante los hechos. 3. Todos los involucrados en el evento firman el acta correspondiente, previa evaluación de su contenido a aceptación del mismo, conservando la coherencia con el presente manual de convivencia y demás normas institucionales. 4. De acuerdo con la gravedad de los hechos el departamento de psicología atenderá el caso y emitirá concepto por escrito 5. Iniciación de un proceso continuo, de observación y seguimiento al comportamiento de las personas involucradas en la situación. 6. El estudiante firma el acta correspondiente en presencia de el Director de curso, el Coordinador de Convivencia y representantes de estudiantes 7. Cuando se trate de una situación que afecte especialmente la sana convivencia o genere riesgos futuros mayores, los padres o acudientes firmarán un compromiso de colaboración con el colegio, manifestando su aceptación para que, en caso de reincidencia, se tomen las medidas correctivas decididas por la institución, entre las cuales figuran:  Asistencia a Jornada de Autoformación, que se realizan en día sábado, en la sede del Colegio, en el horario de 8:30 a 10:30 a.m., es dirigida por el Departamento de Bienestar y la Coordinación de Convivencia, con la finalidad de crear espacios de reflexión y compromiso frente a las responsabilidades derivadas de ser integrante de una comunidad educativa y social. Se exigirá puntualidad y el uso completo del uniforme de diario o de Educación Física para ingresar y el transporte será responsabilidad de los padres  Aplicación de observaciones que afectarán el informe evaluativo de Convivencia Escolar del estudiante en el periodo correspondiente si no se ha observado un cambio de actitud.  De presentarse actitud no conciliadora en cualquiera de las partes, se tomarán las medidas que por mayoría se decidan en consejo; incluyendo: suspensión de la persona por un tiempo determinado, exclusión definitiva de la comunidad educativa o aplicación de sanción en acciones comunitarias que permitan verificar su voluntad de cambio y negación del cupo para el año siguiente.  Cuando se determine des-escolarización del estudiante, se seguirá el siguiente procedimiento o Firma del acta respectiva por parte del estudiante y los padres en presencia del Director de Curso y Coordinación de convivencia o Intercambio de trabajos escolares estudiante-profesores, mediante sistemas electrónicos de trasferencia de información, trabajo que debe ser realizado en casa por el estudiante. o Compromiso de los padres a brindar apoyo psicológico externo y presentar informes periódicos de ser solicitado por el Colegio. o Asistencia de los padres o acudientes, al estudiante en casa, para verificar el cumplimiento de los compromisos establecidos y su cambio comportamental. 8. Por su parte el procedimiento correspondiente al Consejo Directivo es: a. Definir sanción para los casos que no logren concertación. b. El Consejo Directivo estudia cuidadosamente los argumentos y documentos presentados por las instancias escolares antes de citar al estudiante y a los padres de familia o acudientes para escuchar los descargos c. Levantar un acta en la cual quede consignada la conclusión del caso, cualquiera que ella sea, para fines de soporte legal. d. Una vez concluido el caso y agotadas todas las instancias previas de concertación o solución del mismo, es importante que todos los involucrados en la situación tengan claridad que contra lo firmado en dicha acta, no procede recurso alguno. ACUERDO DIECIOCHO REGLAMENTO PARA USO DE CELULARES En el C.C.B.B el uso de celulares esta sujeto a las siguientes normas:  ESTUDIANTES • El estudiante debe abstenerse absolutamente del uso de celulares, durante el tiempo de clases, misas, izadas de bandera, actos comunitarios y culturales etc. El incumplimiento de esta disposición, autoriza al docente o directivo para retener el artefacto, que solo será entregado al padre de familia o acudiente, previo aviso de la situación. En caso de ser reiterativo en la actividad, el estudiante perderá el derecho a portarlo dentro de la institución. • El estudiante que porta un celular es absolutamente responsable de su tenencia. En caso de pérdida o daño el colegio no se hace responsable por tal situación. • En todo caso es importante que los celulares que los padres otorguen a sus hijos para ser usados dentro de la institución; no estén en la denominación de “gama alta” (alto costo) para evitar mayores dificultades.  DOCENTES
  • 10. • El docente debe abstenerse del uso del celular, especialmente durante las horas de clase, bien sea para responder o hacer llamadas y en ningún caso ausentarse del salón para tal fin ya que estas acciones son formas de ejemplo y actitud respetuosa con sus estudiantes.  PADRES DE FAMILIA • El padre de familia debe estar enterado de de los horarios de descanso y almuerzo que estipula el colegio para que en dichos momentos, si lo considera necesario, comunicarse con el estudiante y así evitar inconvenientes a todo el proceso de comunidad y educación en el cual se halla comprometido. • De presentarse una situación especial o de emergencia, el padre de familia o acudiente debe utilizar en primera instancia los números de teléfono que ofrece la institución para atenderle con prontitud y coordinar las acciones pertinentes para la situación. CAPÍTULO 7 SISTEMA DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN LA INSTITUCIÓN ACUERDO DIECINUEVE La calidad de estudiante del Colegio Campestre Colombo Británico se adquiere mediante el acto formal de matrícula, que consiste en sentar el acta correspondiente y la firma del contrato respectivo por parte de los padres de familia, del estudiante y de la directiva de la Institución. Para obtener la calidad de estudiante del establecimiento, es necesario: a) Adquirir, diligenciar y presentar el formulario de admisión en las fechas determinadas. b) Presentar copia o fotocopia de los siguientes documentos:  Registro civil de nacimiento del educando;  Certificación de vinculación a un sistema de seguridad social (Ley 100 de 1993);  Certificado de salud general; de salud oral; de estado visual y de estado auditivo, del o la menor. c) Si al momento de la matrícula, los padres de familia, acudientes o protectores del educando no presentan dichos documentos o uno de ellos, de todas maneras, se formalizará dicha matrícula y la respectiva institución educativa propenderá por su pronta consecución, mediante acciones coordinadas con la familia y los organismos pertinentes. d) Si el documento faltante fuese el certificado de vinculación a un sistema de seguridad social, el educando deberá estar protegido por un seguro colectivo que ampare en general su salud, como en particular su atención inmediata en caso de accidente. El valor de la prima correspondiente al mencionado seguro deberá ser cubierto por los padres de familia, acudientes o protectores del educando. e) Conocer y aceptar la filosofía, los principios, los fines y las normas que rigen la institución. f) Haber superado todos los logros previstos para el grado inmediatamente anterior. g) Legalizar la matrícula mediante aceptación y firma formal del Acta y el Contrato respectivos. h) Para ingresar a la Institución y hacer parte de la comunidad educativa se fijan los siguientes rangos de edad: 2 años Pre jardín; 3 años, jardín; 4 años: 5 años cumplidos; no obstante lo cual, la decisión de ingreso es exclusividad de la Directiva de la Institución, quien se reservará el derecho de dar las razones para la ubicación en un grado o no admisión de un o una aspirante a ingresar. i) Para la renovación del contrato de matrícula los estudiantes antiguos deben presentar el paz y salvo con el establecimiento educativo, certificado médico reciente y una fotografía de 3x4. j) La estructura de prestación de servicios es como sigue: • Pre escolar • Educación básica primaria • Educación básica secundaria • Educación media vocacional CAPÍTULO 8 MODALES Y CUIDADOS PERSONALES ACUERDO VEINTE DEL UNIFORME 1. Todos los estudiantes vestirán el uniforme establecido por la Institución a fin de preservarlos de discriminación por razones de apariencia. 2. Como acto de protección de la vida y la salud de niños y jóvenes, se realizarán las acciones necesarias pertinentes para prevenir el consumo de sustancias psicoactivas. 3. Se evitarán lesiones físicas o heridas infringidas por medio de tatuajes, u objetos que sean colocados en el cuerpo humano por medio de perforación del mismo en partes vitales o delicadas. 4. El uniforme es de uso obligatorio, se deben presentar en las mejores condiciones de aseo, orden y buen estado y sus características se describen a continuación: • Educación física: Pantaloneta y camiseta del Colegio, Tenis blancos, medias blancas y sudadera del colegio.
  • 11. • Uniforme de diario niñas: Jardinera del colegio, blusa blanca de cuello bebe, medias azules oscuras, zapatos cocacolos y chaqueta del colegio. • Uniforme de diario niños: Pantalón azul oscuro, camisa blanca con corbata (La corbata únicamente se utilizara en izadas de bandera y eventos especiales que el colegio determine para su uso), medias azules oscuras, zapatos cocacolos y chaqueta del colegio. • Prendas complementarias 1. Overol y cachucha del colegio 2. traje y gorro de baño del colegio 3. delantal del colegio (Hasta 4º de primaria) • NOTA: Se podrá usar accesorios bajo los siguientes parámetros: o Cachuchas color azul del colegio, en zona de descanso y en actos al aire libre o Bufandas color azul oscuro o Máximo una gargantilla delgada y una manilla delgada o Aretes (Todos, candongas muy pequeñas de oro o de plata) o en colores rojo, blanco o azul oscuro o El cabello debe estar aseado y peinado con estilo tradicional o El colegio no permite ni peinados ni colores extravagantes o La camiseta interior que se lleve debajo de la camisa blanca o debajo de la camiseta del colegio debe ser totalmente blanca. 5. En colaboración con la familia los estudiantes deben seguir los siguientes lineamientos de presentación personal: a. Cabello peinado y limpio b. Zapatos debidamente aseados CAPÍTULO 9 FORMAS DE PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL ACUERDO VEINTIUNO GOBIERNO ESCOLAR 1. De acuerdo con lo establecido por el Decreto 1860 de 1994, los órganos del gobierno escolar son: el consejo directivo, el Consejo académico; el rector(a). En especial el consejo directivo se integrará de la siguiente manera:  El rector(a), quien lo preside, dos representantes del personal docentes, dos representantes de los padres de familia, un representante de los estudiantes, un representante de los ex alumnos y un representante del sector productivo.  Los representantes de los padres de familia en el consejo directivo se elegirán dentro de los primeros treinta (30) días del año lectivo en reunión convocada para tal fin por el rector de la Institución.  La forma de elección de los demás representantes, así como las funciones del Consejo directivo se estipulan en los artículos 21 y 23 del Decreto 1860 de 1994, respectivamente. 2. Por su parte, el decreto 1286 de 2005 dicta normas sobre la participación de los padres de familia en los procesos educativos, estableciendo:  El consejo de padres es un órgano destinado a asegurar la continua participación de los mismos en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio.  En el CCCB, estará integrado por dos padres de familia por cada uno de los grados que ofrece la institución.  La elección de los representantes al consejo de padres se llevará a cabo durante el transcurso del primer mes del año escolar, contado desde la fecha de iniciación de actividades académicas. Dicha elección es obligatoria, y se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión. 3. El personero de los estudiantes será un alumno que curse el último grado que ofrezca la Institución, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la constitución política, las leyes, y el manual de convivencia; sus funciones se describen en el artículo 28 del decreto 1860 de 1994. ACUERDO VEINTIDOS DE LOS ESTÍMULOS Y LA ACTUACIÓN EN EVENTOS Los estudiantes y cuerpo docente se comprometen a participar en todos los eventos que se programen durante el período escolar, como son: Izadas de bandera, jornadas culturales, deportivas o folclóricas, día de la familia, día de los niños, talleres de formación familiar y todas las actividades complementarias organizadas en beneficio de la Institución y progreso de sus estudiantes, guardando el debido respeto que amerite cada ceremonia y de acuerdo con los lineamientos y exigencias del Proyecto Educativo Institucional. Se consideran estímulos aquellas acciones de reconocimiento que permiten optimizar el alcance de los logros y se otorgan a los estudiantes por:  Rendimiento académico, disciplinario, puntualidad, colaboración, presentación personal, lealtad, solidaridad, entre otros; dichos estímulos serán concedidos en la medida que el
  • 12. seguimiento realizado al estudiante permita verificar avance progresivo en su formación, superando en mucho las expectativas.  Dentro de los estímulos más importantes para quienes se destaquen en algún campo durante un período académico, o al finalizar el año escolar se encuentran: • Menciones y reconocimientos especiales, tanto individuales como de tipo grupal; al nivel académico como en el desempeño personal y social , al finalizar cada bimestre académico. • Reconocimiento especial por destacarse en las competencias lingüísticas del idioma inglés. • Diploma de excelencia en reconocimiento al trabajo escolar integral. Se otorgará una por cada grado al finalizar el año • Se otorgará un reconocimiento especial al “Compromiso y la responsabilidad , durante las izadas de bandera que programa la institución • Diploma de excelencia en reconocimiento al trabajo escolar integral. Se otorgará una por cada grado al finalizar el año • Representar al colegio en eventos y foros • Recibir notas de felicitación por parte de docentes o directivas • Tener anotaciones positivas en su registro anecdótico. CAPÍTULO 10 SERVICIOS ORIENTADOS AL BIENESTAR ESTUDIANTIL ACUERDO VEINTITRES SERVICIOS ESCOLARES ESPECIALES Entre las múltiples necesidades derivadas de la prestación del servicio educativo, los estudiantes son beneficiados con: • RUTA ESCOLAR. Servicio de soporte en convenio con empresas transportadoras legalmente reconocidas, garantizando a las familias, comodidad, seguridad, puntualidad y facilidad de acceso a la institución. • RESTAURANTE. Se ofrece este servicio con base en la minuta patrón para escolares, con menú diario y cuyas condiciones responden a las normas alimenticias, de nutrición, higiene y seguridad exigidas por la ley. • LÚDICAS. Áreas optativas como: natación, inmersión day, tennis y caminatas, entre otras actividades para el disfrute del medio ambiente y la práctica del inglés. • ESCUELAS DE FORMACIÓN. Se ofrece formación deportiva (futbol, tennis), cultural (danza y teatro) y artística (violín, pintura). En horarios extracurriculares y de participación abierta para estudiantes y no estudiantes del colegio entre cinco y dieciocho años de edad. • BIBLIOTECA. Servicio sistematizado en un ordenador por medio del cual se pueden realizar todo tipo de búsquedas, y siempre se podrá utilizar con la supervisión y guía de la persona encargada. • ENFERMERÍA. Servicio que se presta durante toda la jornada escolar para cualquier indisposición, lesión o urgencia que pueda producirse. El Colegio No suministra ningún tipo de medicamento a los estudiantes, salvo envío de fórmula médica respectiva, indicando el medicamento, la dosificación y los horarios de la misma, dicha medicación se realizará bajo estricta responsabilidad por escrito de los padres o acudientes. Es un servicio de atención primaria y de primeros auxilios, en ningún momento, se constituye como consulta médica. • Asimismo ningún estudiante podrá mantener medicamentos en su poder, bien sea en sus pertenecías o pupitre. • SEGURO ESCOLAR. Cada estudiante cuenta con el seguro de accidentes escolares el cual cubre los accidentes que ocurran dentro del recinto escolar y también aquellos que pudieran ocurrir en actividades realizadas fuera del colegio pero con la supervisión de profesores o personas encargadas por el Centro. Este seguro tiene un costo adicional para los padres o acudientes. • ORIENTACIÓN, El departamento de orientación familiar se encarga de organizar, dirigir y estimular la formación de los estudiantes, asesorando a los padres en la medida que sea requerida dentro de la acción educativa del Colegio. CAPÍTULO 11 CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, INTERNO Y EXTERNO ASÍ COMO DE BIENES Y MATERIALES ACUERDO VEINTICUATRO  Por tratarse de un colegio campestre, el cuidado del medio ambiente reviste vital importancia para todos los integrantes de la comunidad, en ese orden de ideas se propician actividades específicas para: o Adecuada disposición de desechos biodegradables. o Reciclaje y/o reutilización para desechos de difícil degradación. o Responsabilidad ecológica en el consumo de papel y recursos naturales. o Precaución en la práctica de actividades que ocasionen alta contaminación
  • 13. o Prevención de emergencias escolares con participación de toda la comunidad.  Se promoverá el cultivo de criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos.  Se motivará padres de familia y acudientes para que las loncheras, en todo momento, contengan alimentos que contribuyan a una dieta nutritiva y balanceada, verificando oportunamente que el contenido sea adecuado, en especial para la edad de los menores, prestando atención especial en que optimice el desarrollo físico y el crecimiento de los estudiantes.  La tendencia a preservar los bienes comunes desde la ética del cuidado, hará que todo el personal se haga responsable del cuidado y correcto empleo de los materiales, haciendo que el daño en cualquier implemento ocasionado de manera voluntaria o accidental por cualquier integrante de la comunidad deba ser restituido o reparado a la mayor brevedad. CAPÍTULO 13 PROYECCIÓN DE LOS ESTUDIANTES HACIA LA COMUNIDAD ACUERDO VEINTICINCO SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL De acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 891 de 1986, según el cual es indispensable unificar y adecuar las normas educativas existentes sobre Servicio Social, de tal manera que respondan a las necesidades del país y que estén acordes con el Plan de Estudios del Colegio y conociendo la conveniencia de formar a los estudiantes en una adecuada escala de valores cultivando en ellos actitudes y hábitos que los preparen para un compromiso solidario con la comunidad; se regula el Servicio Social como la práctica con la comunidad que deben realizar los estudiantes de Educación Básica Secundaria y Media Vocacional, aplicando los conocimientos adquiridos a lo largo del proceso educativo y en procura del desarrollo personal y comunitario. • Dicha práctica consistirá en actividades de alfabetización, post-alfabetización, educación básica primaria para jóvenes y adultos o cualquier otra de beneficio comunitario. • También forma parte del Servicio Social la educación preventiva en salud dentro de la cual se consideran enmarcadas las actividades propias del Frente Social Juvenil para la Supervivencia y Desarrollo de la Infancia establecido mediante el Decreto 534 de 1985. • La práctica del servicio social se llevará a cabo durante un mínimo de 80 horas de acuerdo con lo previsto en el Decreto 1002 de 1984, por los alumnos de Educación Media Vocacional. La señalada en el inciso tercero del mismo artículo tendrá lugar durante un mínimo de 30 horas que se tomarán de la intensidad del área de Ciencias Naturales y Salud y estará a cargo de los alumnos de 9º grado de Educación Básica en los establecimientos docentes que sólo ofrezcan hasta dicho grado. En los establecimientos que tuviesen el grado 10o de Educación Básica, este servicio estará a cargo de los alumnos de tal grado. • La Rectora del establecimiento es responsable ante la Secretaría de Educación de la programación, ejecución, control y evaluación del Servicio Social que deban prestar los correspondientes estudiantes. • La prestación del Servicio Social es requisito indispensable para obtener el título de bachiller. CAPÍTULO 14 RÉGIMEN TARIFARIO ACUERDO VEINTISEIS COSTOS EDUCATIVOS De acuerdo con las disposiciones del decreto 2253 de 1995, en especial en el artículo cuatro, los costos originados por la prestación del servicio educativo, incluye los siguientes conceptos: a. Valor de matrícula. Suma anticipada que se paga una vez al año en el momento de formalizar la vinculación del educando al servicio educativo ofrecido por el establecimiento educativo privado o cuando esta vinculación se renueva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley 115 de 1994, cuyo valor no podrá ser superior al 10% de la tarifa anual adoptada por el establecimiento educativo conforme a la ley. b. Valor de pensión. Suma anual que se paga al establecimiento educativo privado por el derecho del estudiante a participar en el proceso formativo, durante el respectivo año académico; en el CCCB, se hará por mensualidades. c. Otros cobros, no periódicos, pero si originados como consecuencia de la prestación del servicio educativo son: a) Formulario de inscripción b) Papelería, incluye: carné estudiantil, agenda, expedición de certificados y/o constancias; y sistematización. c) Seguro de vida estudiantil ACUERDO VEINTISIETE DISPOSICIONES FINALES
  • 14. El presente Manual de Convivencia deroga todos los anteriores y se podrá revisar, actualizar y reformar, cuando las circunstancias así lo ameriten o las disposiciones gubernamentales vigentes lo soliciten El presente Manual de Convivencia del COLEGIO CAMPESTRE COLOMBO BRITÁNICO, ha sido revisado y actualizado, por el Consejo Directivo, el 18 de noviembre de 2008, en Zipaquirá, en constancia de lo cual firman. DIRECTORA SECRETARIA DOCENTE ESTUDIANTE PADRES DE FAMILIA SECTOR PRODUCTIVO