Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Mapa conceptual hecho imponible
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
NÚCLEO GUANARE – PORTUGUESA
Participante:
Colmenares Castillo Gisela. C.I. 13.530.967
Docente: Abog. EMILY RAMIREZ
Fecha: Guanare, Noviembre 2019
HECHO IMPONIBLE
2. El hecho
imponibleEs un elemento del tributo
que define como la
circunstancia o
presupuesto de hecho, de
carácter jurídico o
económico, que la ley
establece para configurar
cada tributo, cuya
realización origina el
nacimiento de la
obligación tributaria
principal, es decir, el pago
del tributo.
Aspectos del
hecho imponible
Objetivo o material: es la
riqueza o manifestación de la
capacidad económica que
pretende gravar el tributo.
Puede ser:
un acontecimiento de
naturaleza económica, que es
tipificado por la norma
tributaria y transformado en
figura jurídica. 2. un acto o
negocio jurídico, tipificado en
el ordenamiento positivo y
transformado en hecho
imponible por una norma
tributaria. 3. una situación que
se refiere a determinada
cualidad, estado o condición
de una persona. 4. la
actividad de una persona no
comprendida dentro del
marco de una actividad
específica.
Elemento subjetivo:
es la relación que une a
la persona física (véase
personalidad) o
persona jurídica que va
ser gravada por el
tributo con el hecho
imponible.
Elemento espacial:
determina el territorio
donde ha de realizarse el
hecho imponible. En el
IRPF, sería, como
principio general, el
territorio nacional.
Elemento temporal:
determina el momento en
el que se entiende
realizado el hecho
imponible y por lo tanto
nace la obligación
tributaria.
Efectos del
Acaecimiento
Obligaciones
condicionales :
Son aquellas
cuya eficacia
depende de la
realización de
una condición,
entendida como
un hecho futuro
e incierto.
Es el tiempo legal o
contractualmente
establecido que ha de
transcurrir para que se
produzca un efecto
jurídico, usualmente el
nacimiento o la
extinción de un
derecho subjetivo o el
tiempo durante el que
un contrato tendrá
vigencia.
Las prórrogas y
demás facilidades para
el pago a los que se
refiere este artículo, no
se aplicarán en los
casos de obligaciones
provenientes de
tributos retenidos o
percibidos, así como
de impuestos
indirectos cuya
estructura y traslación
prevea la figura de los
denominados créditos
y débitos fiscales.
Obligaciones
Provenientes a
Actividades ilícitas o
inmorales: tales
actividades no deben
ser gravadas, porque
de otro modo el Estado
estará
enriqueciéndose con
actos prohibidos por él,
y en cierta forma
asociándose a la
ilegalidad y sacando
provecho de ella.
Excepciones:
Son supuestos
de exención
aquellos en que,
a pesar de
realizarse el
hecho imponible,
la ley exime del
cumplimiento de
la obligación
tributaria
principal
Exoneración: Es la dispensa total o
parcial del pago de la obligación
tributaria concedida por el Poder
Ejecutivo en los casos autorizados por
la ley
Beneficios
tributarios
Hay
beneficios
tributarios
cuando la
desconexión
entre
hipótesis y
mandamiento
no es total
sino parcial,
siendo
disimiles los
nombres que
asignan las
distintas leyes
tributarias a
estos
beneficios.
tipos
a) neutralización
cuantitativamente
parcial; b) neutralización
temporalmente parcial:
se disminuye el monto
tributable (zonas de
emergencia
económicas); c) consiste
en montos que el Estado
entrega a los
particulares en casos
excepcionales y por
razones de incentivo
fiscal (reintegros,
subsidios)
La naturaleza especial de la relación jurídica
tributaria sustancial explica que se atribuya al
crédito del fisco una situación preeminente
con relación a otros créditos. Los privilegios
consisten en el derecho dado por la ley a un
acreedor para ser pagado con preferencia de
otro.
Privilegios Base imponible
Es la magnitud que se utiliza en cada impuesto para
medir la capacidad económica del sujeto. Representa
uno de los elementos constitutivos del hecho
imponible y responde a la necesidad de cuantificar
dicho presupuesto de hecho a fin de aplicar sobre esa
cantidad el porcentaje o la escala progresiva cuya
utilización dará como resultado el importe del
impuesto.