Este documento describe los diferentes modos de extinción de la relación jurídica tributaria en Venezuela, incluyendo el pago, la compensación, la confusión, la remisión, la declaratoria de incobrabilidad y la prescripción. Explica que el pago es el cumplimiento de la obligación tributaria, la compensación extingue deudas recíprocas, la confusión ocurre cuando una persona es deudora y acreedora a la vez, y la prescripción extingue la deuda tributaria por el paso del tiempo.
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
Modos de extincion..
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICIAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
ESTUDIANTE:
JOSETH ALVAREZ
C.I: 25.400134
PROF: EMILY RAMIREZ
BARQUISIMETO, SEPTIEMBRE DEL 2016.
2. Modo de extinción de la relación
jurídica tributaria.
Establece en sus
Artículos:
EL PAGO
Art 40-48
LA COMPENSACIÓN
Art 49-51
LA CONFUSIÓN
Art 52.
LA REMISIÓN
Art 53
DECLARATORIA
DE
INCOBRABILIDA
Art 54
LA PRESCRIPCIÓN
Art 55-65
3. MODOS DE EXTINCIÓN CONCEPTO FUNCIÓN MODOS DE
PROCEDER
EFECTOS
PAGO
Es el cumplimiento de la
prestación que constituye el
objeto de la relación jurídica
tributaria principal.
Extinguir la obligación
dineraria a que estaba
obligada la parte
deudora.
Debe declararse y hacerse en el
lugar, fecha y forma que determine
la ley.
La liberación del deudor a través
del otorgamiento de recibo
correspondiente.
COMPENSACIÓN
Tiene lugar cuando dos
personas reúnen por derecho
propio la calidad de acreedor y
deudor recíprocamente
Extinguir ambas deudas
hasta el importe de la
menor, quedando
subsistente la mayor por
el saldo restante.
De oficio: la administración puede
acreditarse a su favor los saldos del
sujeto pasivo. A instancia del sujeto
pasivo: la compensación puede ser
opuesta por el contribuyente.
Extinción de los créditos.
CONFUSIÓN
Cuando las cualidades de
deudor y acreedor se reúnen en
la misma persona, la obligación
se extingue por confusión.
Extinguir la relación
tributaria en el momento
en que el sujeto activo
adquiera las cualidades
del sujeto pasivo.
El Estado debe adquirir la cualidad
de sujeto pasivo. Por ejemplo
cuando se convierte en heredero de
un deudor tributario.
La desaparición de los derechos y
obligaciones que se hayan visto
afectados por la misma.
REMISIÓN
Acto jurídico mediante el cual
una persona acreedora de otra
decide renunciar a su derecho
liberando del pago al deudor.
Extinguir la relación
tributaria mediante el
perdón de la
responsabilidad o deuda,
por parte del Estado a
favor del contribuyente.
El art 53 del COT establece que la
condonación solo puede hacerse a
través de la creación de una ley
especial.
Extingue la obligación, y con ésta
los derechos accesorios o de
garantía.
DECLARATORIA DE
INCOBRABILIDAD
Es una salida contable, es como
una limpieza de la contabilidad
de la hacienda pública.
Extinguir la relación
tributaria
De conformidad a los supuestos
planteados en el art 54 del COT.
Dejará en suspenso la iniciación o
en su caso, la prosecución del
procedimiento de cobro.
PRESCRIPCIÓN
Es un medio de adquirir un
derecho o de liberarse de una
obligación por el tiempo y bajo
las demás condiciones
determinadas por la Ley.
Extinguir la relación
tributaria en función del
paso del tiempo,
adicionalmente a los
aspectos enmarcados en
la ley.
Extingue la deuda tributaria por el
transcurso del tiempo. Si se
interrumpe se iniciará de nuevo el
computo del plazo de prescripción.
Liberarse de una obligación por el
transcurso del tiempo y bajo las
demás condiciones determinadas
por la ley.
4. REFERENCIAS:
http://www.slideshare.net/MariaFernandaTapia1/mapa-mental-sobre-los-modos-de-extincin-de-la-relacin-jurdica-
tributaria-65958323
El camino regular y más expedito de extinguir la obligación tributaria es pagando el tributo, bien en el banco porque
es retenido al momento de recibir el dinero, sea el sueldo, honorarios o la renta, existen también en derecho
tributario varias formas de extinguir la obligación (María Fernanda Tapia, 2016)
http://image.slidesharecdn.com/extincionobligtribariacuadro-160611231028/95/extincion-oblig-tribaria-cuadro-1-
638.jpg?cb=1465686636
El Estado debe adquirir la cualidad de sujeto pasivo. Por ejemplo cuando se convierte en heredero de un deudor
tributario (Mapa mental, 2015)
http://saia.uft.edu.ve/ead/pluginfile.php/970467/mod_resource/content/1/Modos_de_Extincion_de_la_Obligacio
n_Tributaria.pdf
El pago es el cumplimiento de la prestación que constituye el objeto de la relación jurídica tributaria principal, lo que
presupone la existencia de un crédito por suma líquida y exigible en favor del fisco (Tema de apoyo, UFT)