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Jessica Fuentes C., Ingeniero Comercial
Directora Nacional de Aseguramiento de la Calidad
Modulo 1: Aseguramiento de la Calidad
en Educación Superior en Chile
PROCESO DE AUTOEVALUACIÓN
ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL 2022
Definiciones de
Calidad y
Aseguramiento de la
Calidad
Definiciones de Calidad
Calidad es una idea compleja sobre la cual existen diversas interpretaciones.
a) Según la RAE, calidad es un atributo, una propiedad o conjunto de propiedades que algo (una cosa, un proceso o una idea) tiene y
que permite juzgar su valor (RAE, 2001).
b) Blackmur (2007) ha sugerido pasar del estudio de la calidad al análisis de las calidades en la educación, abriendo espacio para que
la evaluación de la calidad se haga cargo de la diversidad de tareas y roles que cumple la educación superior.
c) Harvey & Green (1993) han propuesto diversas formas de entender la evaluación de la calidad en la educación superior. En ese
contexto, han previsto que la calidad puede entenderse como:
- Lo excepcional: Equivale a una medida absoluta y estática de calidad, asociada a la idea de prestigio, lo que dificulta que ella
sea operacionalizada.
- Lo perfecto: Aquello que es consistente, que no presenta errores, usado por la producción industrial y sujeto a estándares.
- Lo que cumple con el propósito para el que fue creado (fitness for purpose): Esta forma de entender calidad apunta a
la relación que media entre una cosa y el fin que ella persigue.
- El precio justo (value for money): En una lógica de rendición de cuentas, existe calidad cuando quienes pagan por un
producto o servicio estiman que su precio es justo.
- La transformación: Aquí el foco se encuentra en la experiencia de quien pasa por un proceso educativo, del cambio que
experimenta como resultado de ello.
Evaluación de la Calidad
La evaluación se encuentra en el núcleo de los sistemas de aseguramiento
de la calidad y si bien, existen varias formas de definirla, todas ellas tienden a
compartir los siguientes elementos:
- Recolectar y sistematizar información.
- Contrastar la evidencia reunida frente a estándares o criterios
predeterminados.
- Utilizar los resultados para apoyar los juicios que, a su vez, sustenten
acciones futuras.
La UNESCO define la evaluación de la calidad en la educación superior
como: "el proceso de reunir, cuantificar y usar sistemáticamente información,
con la perspectiva de juzgar la efectividad formativa y la pertinencia curricular
de una institución de educación superior como un todo (evaluación
institucional) o de sus programas educacionales (evaluación de programas).
Implica la revisión de las actividades centrales de una institución de
educación superior, incluyendo evidencia cualitativa y cuantitativa de las
actividades educacionales y los productos de la investigación científica".
Contraste
frente a
estándares
Uso de los
resultados para
apoyar juicios
Recolectar y
sistematizar
información
Aseguramiento de la Calidad
“El Aseguramiento de la calidad (o AC) es una expresión genérica que se usa para describir un conjunto de mecanismos que apuntan
al control, la garantía y la promoción de la calidad. Estos funcionan en una amplia diversidad de contextos productivos, incluyendo la
educación superior o terciaria”.
Desde la praxis, aseguramiento de la calidad en educación superior puede ser definida, a partir del énfasis en:” la capacidad con la
que cuenta una institución o programa para responder a las expectativas externas y a los propósitos y objetivos internos,
organizando sus procesos de manera consistente para el logro de los objetivos declarados”.
Es desde esta mirada que la calidad se asocia a lograr una consistencia interna y externa.
• la consistencia interna, esta enfatiza la necesidad de concentrarse en los propósitos y objetivos institucionales, a fin de que una
institución pueda ajustar sus acciones a sus principios y prioridades,
• la consistencia externa se refiere a que la institución o sus programas organicen sus recursos y procesos hacia el cumplimiento de
los requerimientos y las expectativas definidas por su grupo de referencia significativo, ya sea de disciplina, profesión o tipo de
institución.
Esto es lo que asegura que los resultados de la institución o programa sean confiables, además de estar en concordancia con
los estándares de Educación Superior (Proyecto ALFA Nro. DCI-ALA/2008/42, José Miguel Salazar).
Aseguramiento de la
Calidad en Educación
Superior en Chile
o Antes de 1980, 8 universidades que concentraban el 65%
de toda la matrícula nacional
o En 1980, las 8 universidades convierten en 25 instituciones
conformadas por la separación de sus sedes.
o En 1981, surgen nuevas Universidades, Institutos
Profesionales y Centros de Formación Técnica privadas y
autofinanciadas.
o En 1998, se reconocieron como instituciones de educación
superior las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad, y
de la Policía de Investigaciones.
o Incremento de instituciones privadas autofinanciadas
incrementaba la desregulación y la preocupación por la
calidad académica en muchas instituciones.
o En 1990 se publicó la Ley 18.962 Orgánica Constitucional
de Enseñanza (LOCE), con ella se introduce el
Aseguramiento de la Calidad y surge el Consejo Superior
de Educación (CSE).
o Surgen iniciativas de instituciones públicas y privadas para
la instalación de mecanismos institucionales de
aseguramiento de la calidad, pero el CSE es quien logra los
criterios de evaluación, la autoevaluación y evaluación de
pares.
o En 1999, el Ministerio de Educación decide la creación de
dos Comisiones Asesoras de Evaluación de la Calidad de
Programas, de pregrado CNAP y postgrado CONAP.
o Con el tiempo surgió especial interés y necesidad de
expandir los procesos de evaluación y acreditación de los
programas pero a nivel de instituciones de educación
superior (hoy acreditación institucional).
o En el año 2001, se ejecutó el proyecto piloto de
acreditación institucional de la CNAP, donde se fueron
incorporando las universidades, institutos profesionales y
centros de formación técnica de mayor tamaño en el
país.
o En 2002, la CNAP y CONAP presentaron al Ministerio de
Educación una propuesta de “Sistema Nacional de
Aseguramiento de la Calidad”.
o En 2006, surge la Ley 20.129 que crea el Sistema
Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación
Superior, conformado por el Consejo Nacional de
Educación, la Comisión Nacional de Acreditación y la
División de Educación Superior.
Historia de Aseguramiento de la Calidad
Historia de Aseguramiento de la Calidad
o El sistema fue haciéndose más complejo; no articulaba entre
la autonomía y la acreditación; su marco regulatorio y
capacidad fiscalizadora ya no eran suficientes para resguardar
la fe pública; la estructura de gobierno del Consejo Nacional
de Acreditación no lograba resolver los conflictos de interés y
sus decisiones no eran transparentes para los actores del
sistema. El sistema tampoco contemplaba las particularidades
del sector Técnico Profesional, lo que impactaba en un
desarrollo heterogéneo de la calidad y pertinencia de las
instituciones.
o En 2018 surge la Ley 21.091 De Educación Superior,
que redefine el rol de las instituciones de educación
superior, asumiendo imperantes la implementación
de sistemas de aseguramiento de la calidad y el
desarrollo de actividades de vinculación con el medio
e investigación. Así también define una
institucionalidad más fortalecida que fiscalice y
asegure la calidad de las instituciones de educación
superior con la creación de una Subsecretaría y
Superintendencia de Educación Superior, además de
generar cambios significativos en la Ley 20.129 De
Aseguramiento de la Calidad en Educación Superior,
principalmente en los procesos de acreditación.
o Actualmente, la Ley 20.129 de Aseguramiento de la
Calidad, tiene como primera medida la presentación
de todas las Instituciones no acreditadas. En el caso
del Instituto Profesional Valle Central, la fecha de
presentación es al 29 de septiembre del 2022.
Marco Legal en
Educación Superior
Constitución Política
de la República
Ley Orgánica Constitucional
de Enseñanza 18.962
• Derecho a la educación
• Derecho a la libertad de enseñanza
• Deber social de contribuir al desarrollo social
• Reconocimiento de instituciones de educación superior
• Títulos otorgados: Técnicos mínimo 1600 horas en capacidades; Profesionales mínimo
formación general y científica (Asignación Profesional: jornada de trabajo 44 horas;
título profesional: 6 semestres y 3.200 horas)
• Sistema de Aseguramiento de la calidad, supervisión, licenciamiento, autonomía y
pérdida de reconocimiento y cancelación de la personalidad jurídica.
Ley de Aseguramiento de la Calidad en Educación Superior
20.129
• Definiciones asociados a la educación superior y roles por tipo institución
• Sistema de educación superior y subsistemas universitario y técnico-profesional
• Subsecretaria de educación y Superintendencia
• Cambios en el Sistema de Aseguramiento de la Calidad (Ley 20.129)
• Gratuidad; Sistema de Acceso; Mayor énfasis en el Técnico-Profesional
Ley de Educación Superior 21.091
Marco Legal en Educación Superior
• Nuevo Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad: Subsecretaría
de Educación Superior; Consejo Nacional de Educación (CNED);
Comisión Nacional de Acreditación (CNA); Superintendencia de
Educación Superior (SES); Instituciones de educación superior;
• Acreditación integral y obligatoria
Diseño
curricular
Docencia
Recursos
de apoyo
Progresión
académica
Servicios e
infraestructura
Vinculación
con el
medio
Calidad según Ley 21.091
Las instituciones de educación superior y el Sistema
de que forman parte deben:
• orientarse a la búsqueda de la excelencia;
• a lograr los propósitos declarados por las
instituciones en materia educativa, de generación
del conocimiento, investigación e innovación; y
• a asegurar la calidad de los procesos y
resultados en el ejercicio de sus funciones y el
cumplimiento de los criterios y estándares de
calidad, cuando corresponda, establecidos por el
Sistema Nacional de Aseguramiento de la
Calidad de la Educación Superior.
En la búsqueda de la calidad, las instituciones de
educación superior deberán tener en el centro a
los estudiantes y sus aprendizajes, así como la
generación del conocimiento e innovación.
Fuente: realización propia
Definiciones clave Ley 21.091
a. Educación Superior: es un derecho; busca desarrollo de
conocimiento y aplicación; vinculación; formación
integral y ética; pensamiento autónomo y crítico.
b. Educación Técnica Profesional: desarrollo de aptitudes,
competencias, habilidades y conocimientos relacionados
con ocupaciones en diversos sectores económicos.
Deberá promover el aprendizaje permanente de las
personas y su integración en la sociedad.
c. Autonomía: entendida como la potestad para
determinar y conducir sus fines y proyectos
institucionales en la dimensión académica, económica y
administrativa, dentro del marco Constitucional y la ley.
d. Cooperación y colaboración: factor importante para la
búsqueda de la calidad y la equidad, así como también
para promover la transmisión y construcción
permanente del conocimiento y de las buenas prácticas
académicas e institucionales.
e. Diversidad de proyectos educativos institucionales: El
Sistema promueve y respeta la diversidad de
procesos y proyectos educativos, que se expresa en
la pluralidad de visiones y valores sobre la sociedad y
las formas de búsqueda del conocimiento y su
transmisión a los estudiantes y a la sociedad.
f. Inclusión de los estudiantes: velando por la
eliminación y prohibición de todas las formas de
discriminación arbitraria. Incluye la realización de
ajustes razonables para permitir la inclusión de las
personas con discapacidad.
g. Participación: Las instituciones de educación superior
promoverán y respetarán la participación de todos
sus estamentos en su quehacer institucional, con el
propósito de fomentar la convivencia democrática al
interior de aquéllas y el ejercicio de una ciudadanía
crítica, responsable y solidaria.
Definiciones Ley 21.091
h. Libertad académica: La educación superior debe
sustentarse en el respeto y la libertad académica, que
incluye la libre expresión de opiniones, ideas e información;
así como también en la libertad de cátedra, estudio,
creación e investigación para los miembros de las
comunidades académicas y docentes.
i. Pertinencia: El Sistema promoverá que las instituciones de
educación superior en su quehacer, y de conformidad con
sus fines, contribuyan permanentemente al desarrollo del
país, sus regiones y comunidades. Para ello, fomentará la
vinculación de sus integrantes con las necesidades de la
sociedad.
j. Transparencia: El Sistema y las instituciones de educación
superior proporcionarán información veraz, pertinente,
suficiente, oportuna y accesible a la sociedad y al Estado. La
transparencia es, a su vez, la base para la rendición de
cuentas académica, administrativa y financiera de las
instituciones de educación superior.
k. Trayectorias formativas y articulación: El Sistema
promoverá la adecuada articulación de los estudios
para el desarrollo armónico y eficiente del proceso
formativo de las personas a lo largo de su vida,
reconociendo los conocimientos adquiridos
previamente.
l. Acceso al conocimiento. El conocimiento humano es
un elemento fundamental para el desarrollo de la
sociedad y de cada uno de sus integrantes. El Sistema
promoverá, en el marco de la legislación vigente,
mecanismos para el acceso abierto al conocimiento
desarrollado dentro del sistema de educación
superior, particularmente respecto de aquél
financiado con recursos públicos.
m. Compromiso cívico. Las instituciones de educación
superior propenderán a la formación de personas con
vocación de servicio a la sociedad y comprometidas
con su desarrollo.
Cambios que trae la Ley 21.091
Subsistema
universitario
Subsistema técnico
profesional
- Universidades estatales
creadas por ley
- Universidades no
estatales pertenecientes al
Consejo de Rectores
- Universidades privadas
reconocidas por el Estado
- Centros de Formación
Técnica Estatales
- Institutos Profesionales
- Centros de Formación
Técnica privados
reconocidos por el Estado
Divide el Sistema de Educación
Superior en dos subsistemas
Creación de una Subsecretaría de
Educación Superior
Antes de la Ley 21.091 Con la Ley 21.091
Una misma subsecretaría a
cargo de la educación escolar y
superior (esta última a través de
la División de Educación
Superior).
No existía una mirada a largo
plazo que proyectara la
educación superior de acuerdo a
las necesidades del país.
No había una entidad enfocada
en fortalecer la Educación
Técnico Profesional de nivel
superior.
Se crea la Subsecretaría de
Educación Superior
Contemplará un Marco de
Cualificaciones en función de los
requerimientos del país.
Existirá una División de Educación
Universitaria y una División de
Educación Técnico Profesional.
Cambios que trae la Ley 21.091
Creación de la Superintendencia de
Educación Superior
Antes de la Ley 21.091 Con la Ley 21.091
No existía una entidad para
velar por el cumplimiento de
normativo.
La ley obligaba a las
universidades a constituirse
como personas jurídicas sin
fines de lucro, pero esto no
era fiscalizado.
Ante denuncias o reclamos
había que acudir a otras
entidades, por ejemplo,
SERNAC.
Se crea la Superintendencia de
Educación Superior, que tendrá
la misión de fiscalizar.
La Superintendencia controlará
el estado financiero de las
instituciones y el control por
parte de las empresas.
Será la Superintendencia la
encargada de recibir las
denuncias e investigarlas.
Gratuidad en la Educación Superior
Antes de la Ley 21.091 Con la Ley 21.091
La gratuidad era debatida
año a año en la Ley de
Presupuesto.
El avance de la gratuidad
dependía de la voluntad
política y el esfuerzo fiscal.
La gratuidad en Educación
Superior se establece por ley.
Ahora la ley fija los criterios
para aumentar la gratuidad a
los deciles restantes.
Cambios que trae la Ley 21.091
Cambios en el Sistema de Aseguramiento de la
Calidad
Antes de la Ley 21.091 Con la Ley 21.091
Las instituciones autónomas
podían someterse
voluntariamente a procesos de
acreditación institucional.
Agencias de acreditación privadas
certificaban la calidad de carreras
y programas de pregrado.
Si no estaban acreditadas, las
instituciones podían seguir
funcionando sin ningún tipo
de limitación.
Sólo carreras de Pedagogía
debían estar acreditadas
obligatoriamente.
La acreditación institucional es obligatoria para
todas las IES autónomas.
Se reduce la participación de las agencias
privadas y se potencia el rol de pares
evaluadores.
Las instituciones no acreditadas no podrán
impartir nuevas carreras, programas, abrir
sedes, aumentar vacantes e, incluso, podrían
cerrar.
Se suman acreditación obligatoria para
Medicina y Odontología.
Se modifica la composición de la CNA, con un
adecuado equilibrio entre los representantes del
sector universitario y del sector técnico
profesional.
Se establecen nuevas normas de inhabilidad e
incompatibilidad para el desempeño de
comisionados, aplicables a los pares
evaluadores. Estos últimos sólo podrán ser
personas naturales.
La ley 21.091 crea un mecanismo que establece
nuevos procesos e instrumentos para que
los estudiantes postulen y accedan a las
instituciones adscritas, a través de una plataforma
electrónica única administrada por la
Subsecretaría de Educación.
Esta plataforma ofrecerá a los postulantes
información sobre:
- El acceso a las instituciones de educación
superior.
- La oferta académica y vacantes.
- Los procesos de admisión.
- Los mecanismos y factores de selección.
- Políticas especiales de acceso.
- Plazos de postulación
Crea un nuevo sistema de acceso a
la educación superior
La ley plantea una Estrategia Nacional
de Formación para las instituciones de
educación Técnico Profesional.
Se busca fortalecer la articulación entre
el sistema educativo y la vinculación
con la educación universitaria y las
necesidades del país.
Cambios que trae la Ley 21.091
Redefine Funciones de Institutos Profesionales
Más énfasis en la educación
técnico superior “Los institutos profesionales son instituciones de educación
superior cuya misión es…
• la formación de profesionales capaces de contribuir al desarrollo
de los distintos sectores productivos y sociales del país,
• como también crear, preservar y transmitir conocimiento.
Cumplen su misión a través de..
• la realización de la docencia, innovación y vinculación con el
medio, con un alto grado de pertinencia al territorio donde se
emplazan.
• Asimismo, les corresponde articularse especialmente con la
formación técnica de nivel superior y vincularse con el mundo
del trabajo para contribuir al desarrollo de la cultura y a la
satisfacción de los intereses y necesidades del país y de sus
regiones.
• Dicha formación se caracteriza por la obtención de los
conocimientos y competencias requeridas para participar y
desarrollarse en el mundo del trabajo con autonomía, en el
ejercicio de una profesión o actividad y con capacidad de
innovar”.
La Ley 21.091 ratifica y define roles de
las universidades, institutos
profesionales y centros de formación
técnica.
Las universidades se concluye que
todas ellas deben ser instituciones
multifuncionales y respecto a los IP’s y
CFT’s deben ser trifuncionales.
Ley 20.129
Aseguramiento de la
Calidad en Educación
Superior
Sistema Nacional de Aseguramiento de la
Calidad
La Ley 21.091 de
Educación Superior
modifica la ley 20.129
de Aseguramiento de
la Calidad de la
Educación Superior, y
el Sistema de
Aseguramiento de la
Calidad.
Cabe recordar que la
ley 20.129 fue
publicada en el 2006,
tras una discusión
legislativa que duró de
más de 3 años.
Comité de Coordinación
Comité
Subsecretario
Educación
Superior
(preside)
Presidente de la
CNA
Presidente del
CNED
Superintendente
de Educación
Superior
Sistema Nacional de Aseguramiento de la
Calidad
La principal función del
Comité de Coordinación
es aportar a la mejora
del sistema a través el
diseño y la
implementación de
políticas públicas y de
procesos de promoción,
supervisión, evaluación y
fiscalización de la
calidad.
Juan Eduardo Vargas
Duhart
Jorge Avilés
Barros
Hernán Burdiles
Allende
Luz María Budge
Carvallo
Acreditación Institucional
Acorde a la Ley 20.129, la acreditación institucional será obligatoria para las
instituciones de educación superior autónomas y consistirá en
• la evaluación y verificación del cumplimiento de criterio y estándares de calidad,
los que se referirán a recursos, procesos y resultados (consistencia externa);
• el análisis de mecanismos internos para el aseguramiento de la calidad,
considerando tanto su existencia como su aplicación sistemática y resultados, y
su concordancia con la misión y propósito de las instituciones de educación
superior (consistencia interna).
La acreditación institucional será integral y considerará la evaluación de la totalidad
de las sedes, funciones y niveles de programas formativos de la institución de
educación superior, y de aquellas carreras y programas de estudio de pre y
postgrado, en sus diversas modalidades, tales como presencial, semipresencial o a
distancia, que hayan sido seleccionados por la Comisión para dicho efecto.
Dimensiones de acreditación
i. Docencia y resultados del proceso de formación.
Debe considerar las políticas y mecanismos
institucionales orientados al desarrollo de una función
formativa de calidad, los que se deberán recoger en
la formulación del modelo educativo.
i. Gestión estratégica y recursos institucionales.
Debe contemplar políticas de desarrollo y objetivos
estratégicos, y la existencia de una estructura
organizacional e instancias de toma de decisiones
adecuadas para el cumplimiento de los fines
institucionales.
i. Aseguramiento interno de la calidad. El sistema
interno de aseguramiento y gestión de la calidad
institucional debe abarcar la totalidad de las
funciones que la institución desarrolla, así como las
sedes que la integran y deberá aplicarse
sistemáticamente en todos los niveles y programas
de la institución de educación superior. Los
mecanismos aplicados deberán orientarse al
mejoramiento continuo, resguardando el desarrollo
integral y armónico del proyecto institucional.
i. Vinculación con el medio. La institución de
educación superior debe contar con políticas y
mecanismos sistemáticos de vinculación bidireccional
con su entorno significativo local, nacional e
internacional, y con otras instituciones de educación
superior, que aseguren resultados de calidad.
Asimismo, deberán incorporarse mecanismos de
evaluación de la pertinencia e impacto de las acciones
ejecutadas, e indicadores que reflejen los aportes de la
institución al desarrollo sustentable de la región y del
país.
i. Investigación, creación y/o innovación. Los
institutos profesionales y centros de formación técnica,
de acuerdo con su proyecto institucional, deberán
desarrollar políticas y participar en actividades
sistemáticas que contribuyan al desarrollo,
transferencia y difusión de conocimiento y tecnologías,
así como a la innovación, con el objetivo de aportar a
solución de problemas productivos o desafíos sociales
en su entorno relevante. Estas actividades deberán
vincularse adecuadamente con la formación de
estudiantes.
Modelo de Acreditación Institucional
Integral
Misión:
Docencia, Investigación, Vinculación
Plan Estratégico:
Con ejes, objetivos, metas que orienten el cumplimiento de la Misión, Visión y Propósitos
institucionales. Este debe contar con metas, indicadores y tiempos
Modelo Educativo:
formación integral y ética; pensamiento autónomo y crítico y de aprendizaje
permanente. Desarrollo de aptitudes, competencias, habilidades y conocimientos
relacionados con ocupaciones en diversos sectores económicos
Políticas y Mecanismos:
Orientados al desarrollo de una función formativa de calidad, los que se deberán recoger en la formulación
del modelo educativo. Políticas de desarrollo y objetivos estratégicos. Políticas de vinculación con el medio
y de investigación con impacto en la innovación.
Estructura Organizacional y Gobierno
estructura organizacional e instancias de toma de decisiones adecuadas para el cumplimiento de los fines
institucionales, misión y visión.
Procesos y Resultados
Procesos estratégicos - procesos misionales o clave – procesos de apoyo
 Funciones misionales
de las instituciones: La
acreditación integral
implica el alineamiento
desde las funciones
misionales que la Ley
21.091 establece según el
tipo de institución, hacia la
base de la estructura,
procesos y resultados.
Modelo de Acreditación integral y las
carreras
 De la muestra de carreras sobre las cuales se deberá entregar información:
Según Juan Music, Académico y Director de Aequalis, “su objetivo debería ser verificar
en ellas la consistencia interna, a través de evaluar la coherencia, pertinencia, eficacia
y homogeneidad con lo establecido a nivel institucional para dicha función.
Esto significa evaluar, entre otros aspectos:
• si todas ellas están alineadas con el modelo o proyecto educativo institucional a
nivel de diseño, implementación y evaluación,
• si se aplican todas las políticas, reglamentos y procedimientos institucionales en
aspectos como: creación, admisión, diseño e implementación y evaluar principales
resultados respecto tanto al nivel de logro de sus perfiles de egreso y de los
indicadores de progresión de los estudiantes, entre otros.
• Finalmente, si en todas ellas se han aplicado el sistema de aseguramiento de
calidad establecido por la institución y si ello ha implicado mejoras continuas.
Por lo tanto, lo expresado por la Ley significa que las instituciones deberían lograr
antes de su próxima acreditación institucional integral que todas sus carreras de
pregrado y programas de postgrado cumplan lo antes señalado y hayan implementado
sus planes de mejoramiento y producto de ellos muestren mejoras en su quehacer...”
Modelo integral y las carreras
Perfil de Egreso
Plan de Estudios
Docentes
Recursos de apoyo, infraestructura
Recursos de apoyo, infraestructura
Servicios administrativos y Bienestar
Misión, Visión y Valores
Modelo Educativo
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  • 1. Jessica Fuentes C., Ingeniero Comercial Directora Nacional de Aseguramiento de la Calidad Modulo 1: Aseguramiento de la Calidad en Educación Superior en Chile PROCESO DE AUTOEVALUACIÓN ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL 2022
  • 3. Definiciones de Calidad Calidad es una idea compleja sobre la cual existen diversas interpretaciones. a) Según la RAE, calidad es un atributo, una propiedad o conjunto de propiedades que algo (una cosa, un proceso o una idea) tiene y que permite juzgar su valor (RAE, 2001). b) Blackmur (2007) ha sugerido pasar del estudio de la calidad al análisis de las calidades en la educación, abriendo espacio para que la evaluación de la calidad se haga cargo de la diversidad de tareas y roles que cumple la educación superior. c) Harvey & Green (1993) han propuesto diversas formas de entender la evaluación de la calidad en la educación superior. En ese contexto, han previsto que la calidad puede entenderse como: - Lo excepcional: Equivale a una medida absoluta y estática de calidad, asociada a la idea de prestigio, lo que dificulta que ella sea operacionalizada. - Lo perfecto: Aquello que es consistente, que no presenta errores, usado por la producción industrial y sujeto a estándares. - Lo que cumple con el propósito para el que fue creado (fitness for purpose): Esta forma de entender calidad apunta a la relación que media entre una cosa y el fin que ella persigue. - El precio justo (value for money): En una lógica de rendición de cuentas, existe calidad cuando quienes pagan por un producto o servicio estiman que su precio es justo. - La transformación: Aquí el foco se encuentra en la experiencia de quien pasa por un proceso educativo, del cambio que experimenta como resultado de ello.
  • 4. Evaluación de la Calidad La evaluación se encuentra en el núcleo de los sistemas de aseguramiento de la calidad y si bien, existen varias formas de definirla, todas ellas tienden a compartir los siguientes elementos: - Recolectar y sistematizar información. - Contrastar la evidencia reunida frente a estándares o criterios predeterminados. - Utilizar los resultados para apoyar los juicios que, a su vez, sustenten acciones futuras. La UNESCO define la evaluación de la calidad en la educación superior como: "el proceso de reunir, cuantificar y usar sistemáticamente información, con la perspectiva de juzgar la efectividad formativa y la pertinencia curricular de una institución de educación superior como un todo (evaluación institucional) o de sus programas educacionales (evaluación de programas). Implica la revisión de las actividades centrales de una institución de educación superior, incluyendo evidencia cualitativa y cuantitativa de las actividades educacionales y los productos de la investigación científica". Contraste frente a estándares Uso de los resultados para apoyar juicios Recolectar y sistematizar información
  • 5. Aseguramiento de la Calidad “El Aseguramiento de la calidad (o AC) es una expresión genérica que se usa para describir un conjunto de mecanismos que apuntan al control, la garantía y la promoción de la calidad. Estos funcionan en una amplia diversidad de contextos productivos, incluyendo la educación superior o terciaria”. Desde la praxis, aseguramiento de la calidad en educación superior puede ser definida, a partir del énfasis en:” la capacidad con la que cuenta una institución o programa para responder a las expectativas externas y a los propósitos y objetivos internos, organizando sus procesos de manera consistente para el logro de los objetivos declarados”. Es desde esta mirada que la calidad se asocia a lograr una consistencia interna y externa. • la consistencia interna, esta enfatiza la necesidad de concentrarse en los propósitos y objetivos institucionales, a fin de que una institución pueda ajustar sus acciones a sus principios y prioridades, • la consistencia externa se refiere a que la institución o sus programas organicen sus recursos y procesos hacia el cumplimiento de los requerimientos y las expectativas definidas por su grupo de referencia significativo, ya sea de disciplina, profesión o tipo de institución. Esto es lo que asegura que los resultados de la institución o programa sean confiables, además de estar en concordancia con los estándares de Educación Superior (Proyecto ALFA Nro. DCI-ALA/2008/42, José Miguel Salazar).
  • 6. Aseguramiento de la Calidad en Educación Superior en Chile
  • 7. o Antes de 1980, 8 universidades que concentraban el 65% de toda la matrícula nacional o En 1980, las 8 universidades convierten en 25 instituciones conformadas por la separación de sus sedes. o En 1981, surgen nuevas Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica privadas y autofinanciadas. o En 1998, se reconocieron como instituciones de educación superior las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad, y de la Policía de Investigaciones. o Incremento de instituciones privadas autofinanciadas incrementaba la desregulación y la preocupación por la calidad académica en muchas instituciones. o En 1990 se publicó la Ley 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE), con ella se introduce el Aseguramiento de la Calidad y surge el Consejo Superior de Educación (CSE). o Surgen iniciativas de instituciones públicas y privadas para la instalación de mecanismos institucionales de aseguramiento de la calidad, pero el CSE es quien logra los criterios de evaluación, la autoevaluación y evaluación de pares. o En 1999, el Ministerio de Educación decide la creación de dos Comisiones Asesoras de Evaluación de la Calidad de Programas, de pregrado CNAP y postgrado CONAP. o Con el tiempo surgió especial interés y necesidad de expandir los procesos de evaluación y acreditación de los programas pero a nivel de instituciones de educación superior (hoy acreditación institucional). o En el año 2001, se ejecutó el proyecto piloto de acreditación institucional de la CNAP, donde se fueron incorporando las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica de mayor tamaño en el país. o En 2002, la CNAP y CONAP presentaron al Ministerio de Educación una propuesta de “Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad”. o En 2006, surge la Ley 20.129 que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, conformado por el Consejo Nacional de Educación, la Comisión Nacional de Acreditación y la División de Educación Superior. Historia de Aseguramiento de la Calidad
  • 8. Historia de Aseguramiento de la Calidad o El sistema fue haciéndose más complejo; no articulaba entre la autonomía y la acreditación; su marco regulatorio y capacidad fiscalizadora ya no eran suficientes para resguardar la fe pública; la estructura de gobierno del Consejo Nacional de Acreditación no lograba resolver los conflictos de interés y sus decisiones no eran transparentes para los actores del sistema. El sistema tampoco contemplaba las particularidades del sector Técnico Profesional, lo que impactaba en un desarrollo heterogéneo de la calidad y pertinencia de las instituciones. o En 2018 surge la Ley 21.091 De Educación Superior, que redefine el rol de las instituciones de educación superior, asumiendo imperantes la implementación de sistemas de aseguramiento de la calidad y el desarrollo de actividades de vinculación con el medio e investigación. Así también define una institucionalidad más fortalecida que fiscalice y asegure la calidad de las instituciones de educación superior con la creación de una Subsecretaría y Superintendencia de Educación Superior, además de generar cambios significativos en la Ley 20.129 De Aseguramiento de la Calidad en Educación Superior, principalmente en los procesos de acreditación. o Actualmente, la Ley 20.129 de Aseguramiento de la Calidad, tiene como primera medida la presentación de todas las Instituciones no acreditadas. En el caso del Instituto Profesional Valle Central, la fecha de presentación es al 29 de septiembre del 2022.
  • 10. Constitución Política de la República Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza 18.962 • Derecho a la educación • Derecho a la libertad de enseñanza • Deber social de contribuir al desarrollo social • Reconocimiento de instituciones de educación superior • Títulos otorgados: Técnicos mínimo 1600 horas en capacidades; Profesionales mínimo formación general y científica (Asignación Profesional: jornada de trabajo 44 horas; título profesional: 6 semestres y 3.200 horas) • Sistema de Aseguramiento de la calidad, supervisión, licenciamiento, autonomía y pérdida de reconocimiento y cancelación de la personalidad jurídica. Ley de Aseguramiento de la Calidad en Educación Superior 20.129 • Definiciones asociados a la educación superior y roles por tipo institución • Sistema de educación superior y subsistemas universitario y técnico-profesional • Subsecretaria de educación y Superintendencia • Cambios en el Sistema de Aseguramiento de la Calidad (Ley 20.129) • Gratuidad; Sistema de Acceso; Mayor énfasis en el Técnico-Profesional Ley de Educación Superior 21.091 Marco Legal en Educación Superior • Nuevo Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad: Subsecretaría de Educación Superior; Consejo Nacional de Educación (CNED); Comisión Nacional de Acreditación (CNA); Superintendencia de Educación Superior (SES); Instituciones de educación superior; • Acreditación integral y obligatoria
  • 11. Diseño curricular Docencia Recursos de apoyo Progresión académica Servicios e infraestructura Vinculación con el medio Calidad según Ley 21.091 Las instituciones de educación superior y el Sistema de que forman parte deben: • orientarse a la búsqueda de la excelencia; • a lograr los propósitos declarados por las instituciones en materia educativa, de generación del conocimiento, investigación e innovación; y • a asegurar la calidad de los procesos y resultados en el ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de los criterios y estándares de calidad, cuando corresponda, establecidos por el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. En la búsqueda de la calidad, las instituciones de educación superior deberán tener en el centro a los estudiantes y sus aprendizajes, así como la generación del conocimiento e innovación. Fuente: realización propia
  • 12. Definiciones clave Ley 21.091 a. Educación Superior: es un derecho; busca desarrollo de conocimiento y aplicación; vinculación; formación integral y ética; pensamiento autónomo y crítico. b. Educación Técnica Profesional: desarrollo de aptitudes, competencias, habilidades y conocimientos relacionados con ocupaciones en diversos sectores económicos. Deberá promover el aprendizaje permanente de las personas y su integración en la sociedad. c. Autonomía: entendida como la potestad para determinar y conducir sus fines y proyectos institucionales en la dimensión académica, económica y administrativa, dentro del marco Constitucional y la ley. d. Cooperación y colaboración: factor importante para la búsqueda de la calidad y la equidad, así como también para promover la transmisión y construcción permanente del conocimiento y de las buenas prácticas académicas e institucionales. e. Diversidad de proyectos educativos institucionales: El Sistema promueve y respeta la diversidad de procesos y proyectos educativos, que se expresa en la pluralidad de visiones y valores sobre la sociedad y las formas de búsqueda del conocimiento y su transmisión a los estudiantes y a la sociedad. f. Inclusión de los estudiantes: velando por la eliminación y prohibición de todas las formas de discriminación arbitraria. Incluye la realización de ajustes razonables para permitir la inclusión de las personas con discapacidad. g. Participación: Las instituciones de educación superior promoverán y respetarán la participación de todos sus estamentos en su quehacer institucional, con el propósito de fomentar la convivencia democrática al interior de aquéllas y el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable y solidaria.
  • 13. Definiciones Ley 21.091 h. Libertad académica: La educación superior debe sustentarse en el respeto y la libertad académica, que incluye la libre expresión de opiniones, ideas e información; así como también en la libertad de cátedra, estudio, creación e investigación para los miembros de las comunidades académicas y docentes. i. Pertinencia: El Sistema promoverá que las instituciones de educación superior en su quehacer, y de conformidad con sus fines, contribuyan permanentemente al desarrollo del país, sus regiones y comunidades. Para ello, fomentará la vinculación de sus integrantes con las necesidades de la sociedad. j. Transparencia: El Sistema y las instituciones de educación superior proporcionarán información veraz, pertinente, suficiente, oportuna y accesible a la sociedad y al Estado. La transparencia es, a su vez, la base para la rendición de cuentas académica, administrativa y financiera de las instituciones de educación superior. k. Trayectorias formativas y articulación: El Sistema promoverá la adecuada articulación de los estudios para el desarrollo armónico y eficiente del proceso formativo de las personas a lo largo de su vida, reconociendo los conocimientos adquiridos previamente. l. Acceso al conocimiento. El conocimiento humano es un elemento fundamental para el desarrollo de la sociedad y de cada uno de sus integrantes. El Sistema promoverá, en el marco de la legislación vigente, mecanismos para el acceso abierto al conocimiento desarrollado dentro del sistema de educación superior, particularmente respecto de aquél financiado con recursos públicos. m. Compromiso cívico. Las instituciones de educación superior propenderán a la formación de personas con vocación de servicio a la sociedad y comprometidas con su desarrollo.
  • 14. Cambios que trae la Ley 21.091 Subsistema universitario Subsistema técnico profesional - Universidades estatales creadas por ley - Universidades no estatales pertenecientes al Consejo de Rectores - Universidades privadas reconocidas por el Estado - Centros de Formación Técnica Estatales - Institutos Profesionales - Centros de Formación Técnica privados reconocidos por el Estado Divide el Sistema de Educación Superior en dos subsistemas Creación de una Subsecretaría de Educación Superior Antes de la Ley 21.091 Con la Ley 21.091 Una misma subsecretaría a cargo de la educación escolar y superior (esta última a través de la División de Educación Superior). No existía una mirada a largo plazo que proyectara la educación superior de acuerdo a las necesidades del país. No había una entidad enfocada en fortalecer la Educación Técnico Profesional de nivel superior. Se crea la Subsecretaría de Educación Superior Contemplará un Marco de Cualificaciones en función de los requerimientos del país. Existirá una División de Educación Universitaria y una División de Educación Técnico Profesional.
  • 15. Cambios que trae la Ley 21.091 Creación de la Superintendencia de Educación Superior Antes de la Ley 21.091 Con la Ley 21.091 No existía una entidad para velar por el cumplimiento de normativo. La ley obligaba a las universidades a constituirse como personas jurídicas sin fines de lucro, pero esto no era fiscalizado. Ante denuncias o reclamos había que acudir a otras entidades, por ejemplo, SERNAC. Se crea la Superintendencia de Educación Superior, que tendrá la misión de fiscalizar. La Superintendencia controlará el estado financiero de las instituciones y el control por parte de las empresas. Será la Superintendencia la encargada de recibir las denuncias e investigarlas. Gratuidad en la Educación Superior Antes de la Ley 21.091 Con la Ley 21.091 La gratuidad era debatida año a año en la Ley de Presupuesto. El avance de la gratuidad dependía de la voluntad política y el esfuerzo fiscal. La gratuidad en Educación Superior se establece por ley. Ahora la ley fija los criterios para aumentar la gratuidad a los deciles restantes.
  • 16. Cambios que trae la Ley 21.091 Cambios en el Sistema de Aseguramiento de la Calidad Antes de la Ley 21.091 Con la Ley 21.091 Las instituciones autónomas podían someterse voluntariamente a procesos de acreditación institucional. Agencias de acreditación privadas certificaban la calidad de carreras y programas de pregrado. Si no estaban acreditadas, las instituciones podían seguir funcionando sin ningún tipo de limitación. Sólo carreras de Pedagogía debían estar acreditadas obligatoriamente. La acreditación institucional es obligatoria para todas las IES autónomas. Se reduce la participación de las agencias privadas y se potencia el rol de pares evaluadores. Las instituciones no acreditadas no podrán impartir nuevas carreras, programas, abrir sedes, aumentar vacantes e, incluso, podrían cerrar. Se suman acreditación obligatoria para Medicina y Odontología. Se modifica la composición de la CNA, con un adecuado equilibrio entre los representantes del sector universitario y del sector técnico profesional. Se establecen nuevas normas de inhabilidad e incompatibilidad para el desempeño de comisionados, aplicables a los pares evaluadores. Estos últimos sólo podrán ser personas naturales. La ley 21.091 crea un mecanismo que establece nuevos procesos e instrumentos para que los estudiantes postulen y accedan a las instituciones adscritas, a través de una plataforma electrónica única administrada por la Subsecretaría de Educación. Esta plataforma ofrecerá a los postulantes información sobre: - El acceso a las instituciones de educación superior. - La oferta académica y vacantes. - Los procesos de admisión. - Los mecanismos y factores de selección. - Políticas especiales de acceso. - Plazos de postulación Crea un nuevo sistema de acceso a la educación superior
  • 17. La ley plantea una Estrategia Nacional de Formación para las instituciones de educación Técnico Profesional. Se busca fortalecer la articulación entre el sistema educativo y la vinculación con la educación universitaria y las necesidades del país. Cambios que trae la Ley 21.091 Redefine Funciones de Institutos Profesionales Más énfasis en la educación técnico superior “Los institutos profesionales son instituciones de educación superior cuya misión es… • la formación de profesionales capaces de contribuir al desarrollo de los distintos sectores productivos y sociales del país, • como también crear, preservar y transmitir conocimiento. Cumplen su misión a través de.. • la realización de la docencia, innovación y vinculación con el medio, con un alto grado de pertinencia al territorio donde se emplazan. • Asimismo, les corresponde articularse especialmente con la formación técnica de nivel superior y vincularse con el mundo del trabajo para contribuir al desarrollo de la cultura y a la satisfacción de los intereses y necesidades del país y de sus regiones. • Dicha formación se caracteriza por la obtención de los conocimientos y competencias requeridas para participar y desarrollarse en el mundo del trabajo con autonomía, en el ejercicio de una profesión o actividad y con capacidad de innovar”. La Ley 21.091 ratifica y define roles de las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica. Las universidades se concluye que todas ellas deben ser instituciones multifuncionales y respecto a los IP’s y CFT’s deben ser trifuncionales.
  • 18. Ley 20.129 Aseguramiento de la Calidad en Educación Superior
  • 19. Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad La Ley 21.091 de Educación Superior modifica la ley 20.129 de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, y el Sistema de Aseguramiento de la Calidad. Cabe recordar que la ley 20.129 fue publicada en el 2006, tras una discusión legislativa que duró de más de 3 años.
  • 20. Comité de Coordinación Comité Subsecretario Educación Superior (preside) Presidente de la CNA Presidente del CNED Superintendente de Educación Superior Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad La principal función del Comité de Coordinación es aportar a la mejora del sistema a través el diseño y la implementación de políticas públicas y de procesos de promoción, supervisión, evaluación y fiscalización de la calidad. Juan Eduardo Vargas Duhart Jorge Avilés Barros Hernán Burdiles Allende Luz María Budge Carvallo
  • 21. Acreditación Institucional Acorde a la Ley 20.129, la acreditación institucional será obligatoria para las instituciones de educación superior autónomas y consistirá en • la evaluación y verificación del cumplimiento de criterio y estándares de calidad, los que se referirán a recursos, procesos y resultados (consistencia externa); • el análisis de mecanismos internos para el aseguramiento de la calidad, considerando tanto su existencia como su aplicación sistemática y resultados, y su concordancia con la misión y propósito de las instituciones de educación superior (consistencia interna). La acreditación institucional será integral y considerará la evaluación de la totalidad de las sedes, funciones y niveles de programas formativos de la institución de educación superior, y de aquellas carreras y programas de estudio de pre y postgrado, en sus diversas modalidades, tales como presencial, semipresencial o a distancia, que hayan sido seleccionados por la Comisión para dicho efecto.
  • 22. Dimensiones de acreditación i. Docencia y resultados del proceso de formación. Debe considerar las políticas y mecanismos institucionales orientados al desarrollo de una función formativa de calidad, los que se deberán recoger en la formulación del modelo educativo. i. Gestión estratégica y recursos institucionales. Debe contemplar políticas de desarrollo y objetivos estratégicos, y la existencia de una estructura organizacional e instancias de toma de decisiones adecuadas para el cumplimiento de los fines institucionales. i. Aseguramiento interno de la calidad. El sistema interno de aseguramiento y gestión de la calidad institucional debe abarcar la totalidad de las funciones que la institución desarrolla, así como las sedes que la integran y deberá aplicarse sistemáticamente en todos los niveles y programas de la institución de educación superior. Los mecanismos aplicados deberán orientarse al mejoramiento continuo, resguardando el desarrollo integral y armónico del proyecto institucional. i. Vinculación con el medio. La institución de educación superior debe contar con políticas y mecanismos sistemáticos de vinculación bidireccional con su entorno significativo local, nacional e internacional, y con otras instituciones de educación superior, que aseguren resultados de calidad. Asimismo, deberán incorporarse mecanismos de evaluación de la pertinencia e impacto de las acciones ejecutadas, e indicadores que reflejen los aportes de la institución al desarrollo sustentable de la región y del país. i. Investigación, creación y/o innovación. Los institutos profesionales y centros de formación técnica, de acuerdo con su proyecto institucional, deberán desarrollar políticas y participar en actividades sistemáticas que contribuyan al desarrollo, transferencia y difusión de conocimiento y tecnologías, así como a la innovación, con el objetivo de aportar a solución de problemas productivos o desafíos sociales en su entorno relevante. Estas actividades deberán vincularse adecuadamente con la formación de estudiantes.
  • 23. Modelo de Acreditación Institucional Integral Misión: Docencia, Investigación, Vinculación Plan Estratégico: Con ejes, objetivos, metas que orienten el cumplimiento de la Misión, Visión y Propósitos institucionales. Este debe contar con metas, indicadores y tiempos Modelo Educativo: formación integral y ética; pensamiento autónomo y crítico y de aprendizaje permanente. Desarrollo de aptitudes, competencias, habilidades y conocimientos relacionados con ocupaciones en diversos sectores económicos Políticas y Mecanismos: Orientados al desarrollo de una función formativa de calidad, los que se deberán recoger en la formulación del modelo educativo. Políticas de desarrollo y objetivos estratégicos. Políticas de vinculación con el medio y de investigación con impacto en la innovación. Estructura Organizacional y Gobierno estructura organizacional e instancias de toma de decisiones adecuadas para el cumplimiento de los fines institucionales, misión y visión. Procesos y Resultados Procesos estratégicos - procesos misionales o clave – procesos de apoyo  Funciones misionales de las instituciones: La acreditación integral implica el alineamiento desde las funciones misionales que la Ley 21.091 establece según el tipo de institución, hacia la base de la estructura, procesos y resultados.
  • 24. Modelo de Acreditación integral y las carreras  De la muestra de carreras sobre las cuales se deberá entregar información: Según Juan Music, Académico y Director de Aequalis, “su objetivo debería ser verificar en ellas la consistencia interna, a través de evaluar la coherencia, pertinencia, eficacia y homogeneidad con lo establecido a nivel institucional para dicha función. Esto significa evaluar, entre otros aspectos: • si todas ellas están alineadas con el modelo o proyecto educativo institucional a nivel de diseño, implementación y evaluación, • si se aplican todas las políticas, reglamentos y procedimientos institucionales en aspectos como: creación, admisión, diseño e implementación y evaluar principales resultados respecto tanto al nivel de logro de sus perfiles de egreso y de los indicadores de progresión de los estudiantes, entre otros. • Finalmente, si en todas ellas se han aplicado el sistema de aseguramiento de calidad establecido por la institución y si ello ha implicado mejoras continuas. Por lo tanto, lo expresado por la Ley significa que las instituciones deberían lograr antes de su próxima acreditación institucional integral que todas sus carreras de pregrado y programas de postgrado cumplan lo antes señalado y hayan implementado sus planes de mejoramiento y producto de ellos muestren mejoras en su quehacer...”
  • 25. Modelo integral y las carreras Perfil de Egreso Plan de Estudios Docentes Recursos de apoyo, infraestructura Recursos de apoyo, infraestructura Servicios administrativos y Bienestar Misión, Visión y Valores Modelo Educativo
  • 26. Jessica Fuentes C., Ingeniero Comercial Dirección Nacional de Aseguramiento de la Calidad Modulo 1: Aseguramiento de la Calidad en Educación Superior en Chile PROCESO DE AUTOEVALUACIÓN ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL 2022